CONTRATO TARJETA DÉBITO VISA FORMATO CCTD

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1 CONTRATO TARJETA DÉBITO VISA FORMATO CCTD Conste por el presente documento el contrato TARJETA DÉBITO VISA, que celebran de una parte la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE SULLANA, a quien en adelante se denominará LA CAJA con RUC N , con domicilio en las Oficinas de esta Ciudad, inscrita en la partida electrónica N del Registro de Personas Jurídicas de Sullana, y de otra parte EL CLIENTE, cuyos datos se consignan en la parte final de este documento de acuerdo a las cláusulas siguientes: 1. CONCEPTO.- La Tarjeta Débito Visa (en adelante, La Tarjeta) es un instrumento consistente en un plástico con banda magnetizada y numerada, provisto de un circuito integrado o chip que almacena y procesa la información de EL CLIENTE, que permite realizar operaciones con cargo a depósitos previamente constituidos por EL CLIENTE, tales como operaciones en las ventanillas de la red de Agencias y Oficinas Especiales de LA CAJA (en adelante, Red de Agencias) o en dispositivos electrónicos provistos en las distintas oficinas de LA CAJA, tales como Saldomáticos ubicados en toda nuestra red de agencias y oficinas especiales, así como transacciones en cajeros automáticos a través de la red multibancaria que LA CAJA contrate con terceros (en adelante, Cajeros Automáticos) y redes afiliadas a VISA, y en otros canales que LA CAJA pueda implementar en un futuro. La red de agencias y oficinas especiales de LA CAJA a nivel nacional se encuentra descrita en su página web LA CAJA pone a disposición de EL CLIENTE dos modalidades de tarjeta de débito, las mismas que serán entregadas a EL CLIENTE al momento de abrir la cuenta de ahorros requerida, según corresponda: (i) La Tarjeta Clásica; que se encuentra vinculada a una o más cuenta (s) de ahorro libre o CTS de titularidad de EL CLIENTE, que pueden ser elegidas, sin ningún costo, previa o posteriormente a la activación de la tarjeta y a un pin o código secreto de acceso (clave secreta), el mismo que debe ser cambiado por EL CLIENTE al momento de la entrega de la tarjeta y en las oportunidades que EL CLIENTE lo requiera; y, (ii) La Tarjeta Sueldo Más, que se encuentra vinculada a la cuenta de remuneraciones SUELDO MÁS de EL CLIENTE y se activa conjuntamente con un pin o código secreto de acceso (clave secreta), que debe ser cambiado por EL CLIENTE al momento de la entrega de la tarjeta y en las oportunidades que EL CLIENTE lo requiera. En ambas 1

2 modalidades, el pin o código secreto de acceso será entregado sin costo en sobre cerrado junto con La Tarjeta. El cambio de código secreto no tiene costo alguno. 2. DE LA CUENTA PRINCIPAL.- En el caso de La Tarjeta Clásica, EL CLIENTE elegirá cuál de sus cuentas de ahorros o CTS en caso de tener saldo disponible, en moneda nacional o extranjera, será la cuenta principal de cargos que registre saldo suficiente. Para retiros realizados en Cajeros Automáticos de la Red Globalnet, de no registrar saldo la cuenta principal, la operación no podrá ser realizada. Para los retiros rápidos realizados en Cajeros Automáticos de la Red Unicard, en caso la cuenta principal de cargos no registre saldo suficiente, la operación podrá realizarse en tanto cualquier otra cuenta afiliada a la Tarjeta registre saldo suficiente. En el caso de retiros normales realizados en Cajeros Automáticos de la Red Unicard, la operación podrá realizarse en tanto la cuenta elegida por EL CLIENTE al momento de realizar la operación, registre saldo suficiente. Las operaciones de compras en establecimientos afiliados a visanet o con logo VISA (Visa Electrón) en el ámbito nacional e internacional, podrán realizarse en tanto cualquiera de las cuentas afiliadas a la Tarjeta registre saldo suficiente. 3. OPERACIONES.- EL CLIENTE podrá efectuar las siguientes operaciones (en adelante, las Operaciones), las cuales podrán o no tener un cobro de comisión o gasto adicional por su realización, los cuales constarán en la Cartilla de Información de cada producto afiliado a la tarjeta, respecto de su(s) cuenta(s) de ahorros o de remuneraciones mediante el uso de La Tarjeta: (i) Retiros en la Red de Agencias, en Cajeros Automáticos y cajeros corresponsales; (ii) Consultas de saldo en la Red de Agencias, Cajeros Automáticos y en los saldomáticos que se ubiquen en las Agencias y Oficinas de LA CAJA (en adelante, Saldomáticos); (iii) Transferencias en la Red de Agencias, Cajeros Automáticos, cajeros corresponsales y Saldomáticos; (iv) Pago de servicios y/o obligaciones en la Red de Agencias, cajeros corresponsales y Saldomáticos; (iv) Compras en establecimientos afiliados a visanet o con logo VISA (Visa Electrón) en el ámbito nacional e internacional. De igual forma EL CLIENTE, podrá realizar operaciones a través de la Plataforma de Banca por Internet Homebanking, debiendo para estos efectos, suscribir adicionalmente al presente contrato y sin ningún costo, las Condiciones del Sistema Homebanking, que es un servicio que presta LA CAJA a los titulares de cuentas de ahorro y créditos; a fin de que puedan realizar consultas 2

3 y operaciones tales como pago de créditos, de servicios, giros, transferencias y transacciones predeterminadas en línea, durante los 365 días del año, mediante el uso de una clave personal y secreta; así como de una tarjeta de coordenadas, para otorgar un mayor nivel de seguridad en el desarrollo de las operaciones. Las comisiones y gastos que resulten necesarios a criterio de LA CAJA, se originan como contraprestación por las operaciones realizadas por EL CLIENTE y no por el uso del Sistema Homebanking. Para estos efectos, EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a cargar en cualquiera de sus cuentas afiliadas a La Tarjeta los importes correspondientes a dichas comisiones y gastos, los cuales se encuentran establecidos en la Cartilla de Información u Hoja Resumen y en el Tarifario. Las Operaciones descritas en el párrafo anterior pueden otorgarse al momento de contratar o posteriormente. EL CLIENTE podrá solicitar la supresión o reactivación de cualquiera de las Operaciones para lo cual deberá acceder al Sistema Homebanking, ingresando a la página web de LA CAJA y seleccionar la opción referida a la operación que requiere no esté asociada a La Tarjeta, o que desea reactivar. La activación o supresión de las Operaciones se realizará automáticamente desde el momento en que EL CLIENTE realiza la gestión en el sistema Homebanking. Dicha solicitud, no produce la resolución del presente contrato. Queda establecido que el uso de La Tarjeta Clásica en los Cajeros Automáticos dependerá que la cuenta principal tenga fondos suficientes para efectuar las Operaciones, adicionalmente pueden efectuarse Operaciones con cuentas afiliadas a La Tarjeta (esto es, asociadas a La Tarjeta a solicitud de EL CLIENTE), pero sólo en aquellos cajeros que lo permitan, tales como, la red Unicard, cuyos cajeros automáticos muestran a EL CLIENTE todas las cuentas afiliadas que éste mantenga, a diferencia de la red Globalnet, cuyos cajeros solo muestran la cuenta principal afiliada. El uso de La Tarjeta Clásica dentro o fuera del país procederá solamente si la cuenta principal que ha elegido EL CLIENTE tiene fondos disponibles. El procedimiento para el uso de La Tarjeta Clásica fuera del país se encuentra a disposición de EL CLIENTE en la página web de LA CAJA Queda establecido que las operaciones de compras fuera del país mediante el uso de La Tarjeta, en aquellos establecimientos que no permitan ingresar la clave secreta, serán rechazadas por el operador de La Tarjeta, esto es, por UNIBANCA. 3

4 Cuando las Operaciones que realice EL CLIENTE usando La Tarjeta, sean en monedas distintas a las de la cuenta principal, LA CAJA cargará su importe, por el equivalente al monto de la moneda pertinente y al tipo del cambio compra/venta que tenga vigente LA CAJA en el momento del cargo. EL CLIENTE acepta las diferencias de cambio toda vez que LA CAJA pone a conocimiento a EL CLIENTE el tipo de cambio vigente, en nuestra red de Agencias u Oficinas a nivel nacional, y en nuestra página web. Queda establecido que el uso de La Tarjeta fuera del territorio nacional se deberá efectuar conforme a la normativa vigente del lugar donde se está haciendo uso de ella. 4. USO DE LA TARJETA.- LA CAJA expedirá La Tarjeta de manera innominada, para uso exclusivo de EL CLIENTE, y tendrá carácter de personal e intransferible, debiendo EL CLIENTE conservarla diligentemente y no divulgar ni transmitir sus claves secretas o códigos. La Tarjeta contendrá como mínimo la siguiente información: (i) Denominación Social de LA CAJA y la marca VISA; (ii) Número de Tarjeta; y, (iii) Fecha de vencimiento. La Tarjeta cuenta con elementos digitales y/o electrónicos que servirán para identificar a su titular como tal y sustituir la firma gráfica u hológrafa de su identificación. Las Operaciones podrán ser ampliadas, restringidas o reguladas por LA CAJA. Si dichas modificaciones suponen un perjuicio a EL CLIENTE, éstas serán informadas a EL CLIENTE con una anticipación de cuarenta y cinco (45) días calendario y por los medios de comunicación directa definidos en el numeral 17 del presente contrato. Toda operación efectuada a través de La Tarjeta se presume efectuada por EL CLIENTE cuando ésta es realizada mediante el uso conjunto de La Tarjeta y la clave secreta. El uso indebido de La Tarjeta es de responsabilidad exclusiva de EL CLIENTE, cuando por negligencia o intencionalidad acreditable por LA CAJA, éste hubiese revelado la clave secreta y/o entregado La Tarjeta a una tercera persona. En tal supuesto, LA CAJA queda liberada de toda responsabilidad civil o penal o de cualquier índole, salvo que se configuren los supuestos descritos en el numeral 14 del presente contrato, sobre operaciones no reconocidas por EL CLIENTE, en los cuales, éste no tiene responsabilidad. La presente disposición no será aplicable en el caso comprobado que terceros hayan 4

5 efectuado operaciones violando las políticas de seguridad informática o el sistema de control de LA CAJA, y en general mediante acciones que constituyan delitos informáticos. LA CAJA comunicará inmediata a EL CLIENTE de posibles operaciones de fraude, a través de su central de llamadas FONOCAJA; en cuyo caso, por seguridad de EL CLIENTE, LA CAJA podrá proceder con la cancelación de La Tarjeta si EL CLIENTE así lo requiriera. 5. COMISIONES Y GASTOS.- EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a cargar en cualquiera de sus cuentas de ahorros y/o de remuneraciones, afiliadas La Tarjeta, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera, todo concepto que resulte obligado a pagar por el uso regular de La Tarjeta, los mismos que se encuentran precisados en la Cartilla de Información. El uso de La Tarjeta está sujeto a la comisión por operaciones realizadas. El detalle de las comisiones y gastos aplicables a La Tarjeta está establecido en la Cartilla de Información que se entrega a EL CLIENTE y en nuestro Tarifario de Comisiones y Gastos. El costo del servicio se debita de la cuenta inmediatamente cuando se realizan las Operaciones. Queda expresamente convenido que LA CAJA podrá variar unilateralmente las comisiones y gastos pactados en la eventualidad que cambie o pudiera cambiar de modo adverso el contexto del mercado financiero; o en caso de modificaciones a la normatividad aplicable que afecten los costos y/o condiciones y/o características del presente contrato; o cambios en la situación política y/o económica del país que configuren circunstancias desfavorables para LA CAJA; o variaciones en las condiciones cambiarias; que afecten el sistema financiero nacional o internacional; o alzas en los costos de los servicios prestados por terceros. LA CAJA comunicará a EL CLIENTE la modificación de las comisiones y gastos, así como la fecha de entrada en vigencia de las mismas, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendario, cuando dichas modificaciones representen un incremento respecto de lo pactado, a través de los medios de comunicación establecidos en el numeral 17 del presente contrato. En caso de obligaciones vencidas y deuda exigible EL CLIENTE otorga desde ya su autorización para que LA CAJA pueda debitar de las cuentas afiliadas a La Tarjeta, los importes necesarios para la cancelación de las obligaciones; siendo entendido que LA CAJA no asumirá responsabilidad por la diferencia de cambio que resulte de la conversión de monedas, cuando sea el caso, constituyendo éste 5

6 un mecanismo de compensación, de conformidad con lo señalado en el numeral 11 del artículo 132 de la Ley Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Realizado el débito de la(s) cuenta(s) de EL CLIENTE, LA CAJA comunicará al mismo los detalles de la compensación, en un plazo máximo de siete (07) días naturales posteriores a la fecha de la compensación, empleando cualquiera de los siguientes medios: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria de EL CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por EL CLIENTE; y, (iii) comunicación telefónica al domicilio de EL CLIENTE o al teléfono móvil declarado por EL CLIENTE a LA CAJA. 6. VIGENCIA.- La Tarjeta tendrá una vigencia determinada por LA CAJA que no podrá exceder los cinco (5) años. La fecha de término de la vigencia se encuentra impresa en la misma tarjeta y una vez vencida, EL CLIENTE no podrá utilizar la tarjeta, debiendo solicitar su renovación en cualquiera de las Plataformas de Atención al Usuario de la Red de Oficinas de LA CAJA a nivel nacional, mediante la entrega de una tarjeta nueva. En dicha oportunidad, LA CAJA, solicitándole de manera verbal a EL CLIENTE, procurará la devolución física de La Tarjeta. En caso de que la devolución física de La Tarjeta no sea posible, EL CLIENTE será responsable de su destrucción. 7. ESTADO DE CUENTA.- EL CLIENTE podrá solicitar a LA CAJA el envío de los extractos de todos los movimientos producidos en sus depósitos durante el mes por el uso de La Tarjeta. Dicha información podrá ser enviada, a elección de EL CLIENTE, por medios físicos o electrónicos. Dicha información deberá ser remitida por LA CAJA en un plazo máximo de treinta (30) días posteriores al cierre del mes en el que la información es requerida y podrá ser remitida mensualmente si así lo solicita EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá acceder al detalle de sus últimos movimientos en los siguientes canales: Saldomáticos, Homebanking y Cajeros Automáticos. Las consultas de movimientos a través de los Saldomáticos y Homebanking no tienen costo. En el caso de consultas en los Cajeros Automáticos, el costo es aplicable si EL CLIENTE supera el número de operaciones libres señaladas en la cartilla de información. El costo aplicable se precisa en la cartilla de información. Cargos por concepto de envío del estado de cuenta serán aplicados cuando EL CLIENTE haya elegido la remisión de dicha información a través de medios físicos. 6

7 La elección será realizada por EL CLIENTE en la Cartilla de Información del producto de ahorros al que se encuentra asociada La Tarjeta. 8. AUTORIZACIÓN DE INFORMACIÓN PROTEGIDA.- EL CLIENTE autoriza expresa e inequívocamente a LA CAJA para que ésta o un tercero que ella designe, proceda a recopilar, durante la contratación y hasta el término de la relación contractual, sus datos personales, tales como datos de identificación, domicilio, actividades, ingresos económicos, patrimonio, y otros que sean necesarios, pertinentes y adecuados, así como para que proceda con su registro, almacenamiento, extracción, suministro, consulta, tratamiento y uso, para los fines relacionados con el objeto del presente contrato, su ejecución, y el cumplimiento de normativa de lavado de activos y otra que resulte aplicable a LA CAJA por razón de su actividad de intermediación financiera. EL CLIENTE manifiesta su conformidad para que LA CAJA a su vez pueda suministrar información protegida con la finalidad de facilitar las transacciones a través de cajeros automáticos de otros bancos o red multibancaria o similares con los cuales LA CAJA tiene contrato de Arrendamiento. Dicha autorización alcanza al empleo de dichos datos en la promoción de otros productos y/o servicios de LA CAJA. 9. PÉRDIDA, EXTRAVÍO, HURTO O ROBO DE LA TARJETA.- EL CLIENTE, tiene la obligación de comunicar de inmediato y sin dilación a LA CAJA, la pérdida, extravío, hurto o robo de La Tarjeta. Las consecuencias por la falta de cumplimiento estricto de esta obligación son responsabilidad de EL CLIENTE. Para tal efecto, LA CAJA pondrá a disposición de EL CLIENTE su central de llamadas FONOCAJA, la cual opera durante todos los días del año y las 24 horas del día, y cuyos números telefónicos se encuentran publicitados en la folletería que se entrega a EL CLIENTE al momento de la entrega de La Tarjeta y que se difunde en la Red de Oficinas de LA CAJA a nivel nacional, así como en la página web de LA CAJA Como consecuencia de la comunicación telefónica que EL CLIENTE realice a FONOCAJA, se generará una clave de bloqueo que será proporcionada a EL CLIENTE, registrándose la hora y fecha del aviso. Recibido el aviso, LA CAJA procederá a bloquear La Tarjeta. LA CAJA entregará a EL CLIENTE una copia respecto de la comunicación efectuada mediante medios físicos o electrónicos según elección del CLIENTE. EL CLIENTE asume total responsabilidad por las Operaciones no autorizadas que se realicen con anterioridad a su comunicación, salvo que se configuren los supuestos descritos en 7

8 el numeral 14 del presente contrato, sobre operaciones no reconocidas por EL CLIENTE, en los cuales, éste no tiene responsabilidad. Realizado el bloqueo, EL CLIENTE deberá solicitar la reposición de La Tarjeta mediante la entrega de una nueva Tarjeta, bajo costo de EL CLIENTE, para ello, deberá acercarse a cualquiera de las oficinas de la Red de Agencias de LA CAJA. Los números telefónicos para la comunicación respectiva están especificados en la parte reversa de La Tarjeta, en la página Web de LA CAJA y en la publicidad que se entrega a EL CLIENTE al momento de la entrega de La Tarjeta y que se difunde en la red de oficinas de LA CAJA 10. OPERACIONES INUSUALES, SOSPECHOSAS Y NO HABITUALES.- LA CAJA implementará sistemas de monitoreo de operaciones que tengan por objetivo detectar aquellas operaciones que no corresponden al comportamiento habitual de consumo de EL CLIENTE. Asimismo, implementará procedimientos para generar las alertas generadas por el sistema de monitorio antes mencionado. LA CAJA queda facultada por EL CLIENTE para bloquear su(s) cuenta(s) de ahorros y/o de remuneraciones cuando se advierta de operaciones inusuales o sospechosas de acuerdo a las normas de la materia, u operaciones que no corresponden al comportamiento habitual de consumo de EL CLIENTE. El bloqueo de La Tarjeta se comunicará a través de cualquiera de los siguientes medios de comunicación: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria de EL CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por EL CLIENTE; (iii) comunicaciones telefónicas al domicilio de EL CLIENTE, o al teléfono móvil declarado por EL CLIENTE, que puedan ser acreditadas fehacientemente; o, (iv) mensajes de texto al teléfono móvil declarado por EL CLIENTE. 11. CAMBIO DE CLAVE.- LA CAJA explicará a EL CLIENTE al momento de activar su Tarjeta cuál es el procedimiento mediante el cual podrá fácilmente cambiar de clave cuando así lo determine. EL CLIENTE podrá realizar el cambio de clave en cualquiera de las plataformas de la red de oficinas de LA CAJA, o en los Cajeros Automáticos de las redes de cajeros con los que opere LA CAJA. 12. OBLIGACIONES DEL CLIENTE.- EL CLIENTE se obliga frente a LA CAJA, a lo siguiente: a) A mantener en buen resguardo y bajo su posesión física La Tarjeta; así como en total reserva la clave secreta (pin o código secreto de acceso). 8

9 Esta clave equivale a la firma electrónica la misma que debe modificar directamente las veces que considere conveniente, especialmente cuando presuma que ésta ha trascendido a terceros. b) No conservar en forma conjunta la clave secreta con La Tarjeta, para prevenir el uso indebido de ambas en caso de extravío. 13. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LA CAJA.- LA CAJA no será responsable frente a EL CLIENTE, en caso de que por fuerza mayor o caso fortuito en un determinado momento o día, los Cajeros Automáticos u otros canales no funcionen o no ejecuten alguna de las Operaciones. LA CAJA no tiene responsabilidad de las incidencias entre EL CLIENTE y los establecimientos u otras entidades financieras por el uso de La Tarjeta, así como por cualquier tema relacionado a los bienes y servicios adquiridos con ella. 14. OPERACIONES NO RECONOCIDAS POR EL CLIENTE.- Ante el rechazo de una transacción o el reclamo por parte de EL CLIENTE de que ésta fue ejecutada incorrectamente, LA CAJA será responsable de demostrar que las operaciones fueron autenticadas y registradas. EL CLIENTE no es responsable de ninguna pérdida por las Operaciones realizadas en los siguientes casos, salvo que LA CAJA demuestre responsabilidad de EL CLIENTE: (i) Cuando La Tarjeta haya sido objeto de clonación; (ii) Por el funcionamiento defectuoso de los canales o sistemas puestos a disposición de EL CLIENTE para efectuar operaciones; (iii) Por la manipulación de los Cajeros Automáticos; (iv) Cuando se haya producido la suplantación de la identidad de EL CLIENTE en la Red de Agencias; (v) Operaciones denominadas micropago, que si bien no son empleadas por LA CAJA, en caso se pacte efectuar operaciones por montos poco signiticativos determinados por LA CAJA, en los que no se requiera la clave secreta u otro medio de autenticación por parte de EL CLIENTE al momento de efectuar el consumo u operación, las condiciones para la realización de estas operaciones, se establecerán en la página web de LA CAJA; (vi) Operaciones realizadas luego de la cancelación de La Tarjeta o cuando ésta haya expirado; (vii) Cuando EL CLIENTE no pueda realizar el bloqueo de LA TARJETA a través de la central de llamadas FONOCAJA de LA CAJA; y, (viii) Por las Operaciones realizadas luego de la notificación de la pérdida, extravío, robo o hurto de La Tarjeta. En caso EL CLIENTE no se encuentre conforme con los fundamentos alegados por LA CAJA para no asumir responsabilidad por las operaciones efectuadas, 9

10 podrá presentar un reclamo o denuncia, de acuerdo con lo establecido por el marco normativo vigente. 15. RECLAMOS Y CONSULTAS.- EL CLIENTE podrá presentar sus reclamos y/o formular sus consultas a través de la Plataforma de Atención al Usuario de LA CAJA o a través de los canales que LA CAJA tenga implementados (FONOCAJA y página web o que pueda implementar en el futuro. 16. DOMICILIO.- EL CLIENTE señala como domicilio, el indicado en este contrato, donde se le cursarán todas las comunicaciones escritas o notificaciones judiciales o extrajudiciales que LA CAJA le dirija. Todo cambio de domicilio para surtir efecto, deberá ser comunicado por escrito a LA CAJA, señalando el nuevo domicilio el que debe estar ubicado en esta misma ciudad. Sin perjuicio de ello, LA CAJA podrá emplear cualquiera de los demás medios previstos en la Ley para comunicarse con EL CLIENTE. EL CLIENTE se somete a la competencia y jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad donde se celebra este contrato, para todos los efectos derivados de él. 17. MODIFICACIONES DE COMISIONES, GASTOS Y OTRAS CONDICIONES CONTRACTUALES.- Las modificaciones a las comisiones y gastos, así como su fecha de entrada en vigencia, cuando supongan un perjuicio a EL CLIENTE; será informada, a elección de LA CAJA, por cualquiera de los medios de comunicación directos que se señalan a continuación: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria de EL CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por EL CLIENTE; (iii) comunicaciones telefónicas al domicilio de EL CLIENTE, o al teléfono móvil declarado por EL CLIENTE, que puedan ser acreditadas fehacientemente; y, (iv) mensajes de texto al teléfono móvil declarado por EL CLIENTE; con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendario. Las modificaciones contractuales referidas a: (i) la resolución del contrato por causal distinta al incumplimiento; (ii) la limitación o exoneración de responsabilidad por parte de LA CAJA; y (iii) la incorporación de servicios que no se encuentren relacionados a La Tarjeta; deberán ser comunicados a EL CLIENTE, a elección de LA CAJA, por cualquiera de los siguientes medios de comunicación señalados en el párrafo precedente de la presente Cláusula, de igual manera, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendario. 10

11 Cuando se trate de modificaciones a las condiciones contractuales en aspectos distintos a los previamente indicados en esta cláusula, LA CAJA difundirá los anuncios correspondientes en su Red de Agencias así como en la Página Web institucional Cuando las modificaciones a las comisiones y gastos impliquen condiciones más favorables para EL CLIENTE, éstas se aplican de manera inmediata, no requiriendo de notificación previa a EL CLIENTE, siendo comunicadas por LA CAJA posteriormente, a través de anuncios en su Red de Agencias, en la Página Web institucional y, a solo criterio de LA CAJA, a través de anuncios en medios de comunicación masivos. De no estar conforme con las modificaciones contractuales comunicadas, sea que se hayan comunicado por medios directos o indirectos, EL CLIENTE tiene el derecho a resolver este contrato, para cuyo efecto deberá comunicarlo por escrito a LA CAJA dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario computados a partir de la fecha de recepción del pre aviso de las modificaciones contractuales, pudiendo acercarse a cualquiera de las oficinas de la Red de Agencias para entregar la comunicación y solicitar la anulación de La Tarjeta. Caso contrario, se entenderán aceptadas las modificaciones. La negativa de EL CLIENTE a aceptar las modificaciones contractuales asociadas a la incorporación de servicios que no se encuentren directamente relacionadas a La Tarjeta, no implica la resolución del contrato principal. 18. RETIROS EN EFECTIVO.- Los retiros en efectivo comprenden la disposición en efectivo que EL CLIENTE realice a través de Cajeros Automáticos, cajeros corresponsales y ventanillas, solicitando la identificación de EL CLIENTE de acuerdo a los parámetros o políticas de LA CAJA que se encuentran detalladas en la cartilla de información y en la página web de LA CAJA- y demás puntos autorizados, mediante el uso de La Tarjeta y la clave secreta que para tal efecto se le proporciona. LA CAJA por razones de seguridad, podrá fijar límites máximos a los montos diarios disponibles en efectivo en los Cajeros Automáticos y/o ventanillas de la Red de Agencias y/o demás puntos autorizados u otros canales, dichos límites se informarán en la publicidad que se entrega a EL CLIENTE al momento de la entrega de La Tarjeta y que se difunde en la red de oficinas de LA CAJA. 11

12 LA CAJA, no asume responsabilidad en caso los establecimientos afiliados a VISA no aceptaran la tarjeta, ni por la idoneidad de los productos y servicios que EL CLIENTE adquiera. Asimismo, LA CAJA no asumirá responsabilidad por la falta de abastecimiento de dinero o por cualquier problema técnico que pudiera suscitarse, en la red de Cajeros Automáticos ubicados en establecimientos financieros distintos a LA CAJA, lo cual puede imposibilitar la dispensa de dinero o la realización exitosa de retiros en efectivo a EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá desactivar el servicio de retiros en efectivo como servicio asociado a La Tarjeta, a través del mecanismo establecido en el segundo párrafo de la Cláusula Tercera del presente contrato. 19. INTENTOS FALLIDOS DE CLAVE.- EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a bloquear La Tarjeta cuando EL CLIENTE realice tres (03) intentos consecutivos fallidos en la digitación de su clave secreta en cualquiera de los siguientes canales: (i) Cajeros Automáticos; (ii) Ventanillas de la Red de Agencias; y, (iii) Saldomáticos. No se requiere que los intentos fallidos se realicen solamente en uno de los canales antes indicados para que se proceda con el bloqueo de La Tarjeta. Luego de realizado el bloqueo, EL CLIENTE deberá solicitar en cualquiera de las Plataformas de Atención de las oficinas de la Red de Agencias de LA CAJA, el duplicado de La Tarjeta, mediante la entrega de una nueva Tarjeta, debiendo asumir los gastos y comisiones que se generen, los cuales se encuentra precisados en la Cartilla de Información y en el tarifario. 20. RESOLUCIÓN.- LA CAJA podrá resolver el contrato de tarjeta débito visa en cualquier momento: (i) verificado el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente contrato; (ii) cuando sin autorización de LA CAJA, la cuenta afiliada a La Tarjeta se utilice para colectas, recaudaciones o depósitos hechos por terceras personas, siempre que EL CLIENTE no haya informado a LA CAJA que la cuenta será destinada para dichos fines; y, (iii) cuando se realicen operaciones que puedan perjudicar a LA CAJA o a sus clientes. En dichos casos, LA CAJA deberá cursar aviso escrito al domicilio registrado de EL CLIENTE, con un plazo de quince (15) días calendario de anticipación. Del mismo modo, EL CLIENTE podrá ponerle término a este contrato, previa comunicación escrita y entrega de La Tarjeta que ha recibido de LA CAJA. El bloqueo o anulación de La Tarjeta será atendido automáticamente. La resolución de los 12

13 contratos de las cuentas afiliadas a La Tarjeta de EL CLIENTE; se rige por las condiciones establecidas en los mismos contratos. LA CAJA podrá elegir no contratar o modificar el presente contrato en aspectos distintos a las tasas de interés, comisiones o gastos, e incluso resolverlo, sin comunicación previa, en los siguientes casos: i) Administración del riesgo de sobreendeudamiento de EL CLIENTE. ii) Por consideraciones del perfil de actividad de EL CLIENTE vinculadas al Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; iii) En los casos de falta de transparencia de EL CLIENTE cuando como resultado de la evaluación realizada a la información proporcionada por EL CLIENTE; ya sea, antes de la celebración del presente contrato o durante la relación contractual, se compruebe que dicha información es inexacta, incompleta, falsa o inconsistente con la información previamente declarada o entregada por EL CLIENTE y repercuta negativamente en el riesgo reputacional o legal de LA CAJA, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda caber de conformidad con la normatividad aplicable. En caso que LA CAJA decidiera resolver el presente contrato por las causales indicadas en los numerales i) y ii) de esta cláusula, deberá comunicarlo a EL CLIENTE dentro de los siete (07) días calendarios posteriores a dicha resolución, por cualquiera de los medios de comunicación directos que se señalan a continuación: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria de EL CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por EL CLIENTE; y, (iii) comunicación telefónica al domicilio de EL CLIENTE o al teléfono móvil declarado por EL CLIENTE a LA CAJA. LA CAJA deberá sustentar la(s) causal(es) que justifican la resolución del contrato. EL CLIENTE se obliga a devolver inmediatamente La Tarjeta expedida, bajo cargo de recepción, asumiendo en caso contrario EL CLIENTE todas las responsabilidades civiles y/o penales que se originen por el uso irregular que se le pueda dar a La Tarjeta. 21. AUTORIZACIÓN PARA RECOPILACIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS.- Mediante el presente contrato, EL CLIENTE declara haber proporcionado a LA CAJA, datos o información personal y/o sensible, y otorga su consentimiento informado, previo, libre, expreso, inequívoco e indefinido, para que ésta pueda 13

14 recopilar, registrar, organizar, conservar, elaborar, modificar, almacenar, extraer, consultar, bloquear, transferir a terceras personas vinculadas o no a LA CAJA, sean éstos sus socios comerciales o no, nacionales o extranjeros, públicos o privados, suprimir la transferencia y uso de dicha información, para efectos de la gestión de los productos y/o servicios solicitados y/o contratados (incluyendo evaluaciones financieras, procesamiento de datos, formalizaciones contractuales, cobro de deudas, gestión de operaciones financieras y remisión de correspondencia, entre otros), la misma que podrá ser realizada a través de terceros. El consentimiento que otorga EL CLIENTE para el tratamiento de sus datos personales incluye su autorización para que LA CAJA pueda grabar las llamadas realizadas por su Contact Center para efectos de la gestión de los productos y/o servicios solicitados y/o contratados referidos, comprometiéndose a mantener absoluta reserva de las mismas. EL CLIENTE declara conocer que los datos personales y/o información sensible proporcionados a LA CAJA quedan incorporados al Banco de Datos Clientes de LA CAJA. Asimismo, EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a utilizar dicha información, inclusive luego de culminada la relación de consumo, comprendiendo aquella que pudiera encontrarse en fuentes accesibles para el público o que haya sido obtenida de terceros, para que le brinde cualquier información, promoción o publicidad sobre los productos o servicios administrados por ella misma o terceros, a través de comunicaciones a su dirección de correspondencia, domicilio, correo electrónico, teléfono fijo, teléfono celular, mensajes de texto o cualquier otro medio de comunicación. EL CLIENTE podrá revocar la autorización para el tratamiento de sus datos personales en cualquier momento. Para ello LA CAJA pondrá a disposición de EL CLIENTE mediante los canales de información disponibles, los mecanismos para proceder con la revocatoria. El uso de la información para la ejecución, cumplimiento o cobranza de algún saldo deudor, no se verá afectado por la revocatoria. 22. DECLARACIÓN DEL CLIENTE.- EL CLIENTE declara haber recibido copia del contrato de La Tarjeta suscrito con LA CAJA, el mismo que declara conocer y aceptar en su integridad, asimismo manifiesta que no le quedan dudas acerca de los conceptos y términos del contrato, los mismos que fueron aclarados en su 14

15 oportunidad por la persona representante de LA CAJA, de conformidad con el Artículo 16 de la Resolución SBS N CLIENTE (1) CLIENTE (2) D.O.I. D.O.I. DOMICILIO DOMICILIO CORREO ELECTRÓNICO CORREO ELECTRÓNICO Representante (s) legal(es)/testigo a ruego D.O.I. DOMICILIO Representante(s) legal(es)/testigo a ruego D.O.I. DOMICILIO LA CAJA RUC

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