TERCERO: Período de ejecución de la subvención y plazo de presentación de los documentos justificativos.

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1 INSTRUCCIÓN DE 21 DE ABRIL DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS SOCIALES E INFANCIA Y FAMILIA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS AL AMPARO DE LA ORDEN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2015 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL DESARRROLLO DE PROGRAMAS DE NORMALIZACIÓN SOCIAL PARA LA POBLACIÓN INMIGRANTE Y/O LA POBLACIÓN GITANA EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA PARA EL AÑO Las subvenciones, objeto de las presente instrucción, se encuentran reguladas por la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) así como en el Decreto 182/2014, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de Programas de Normalización Social para la población inmigrante y/o la población gitana de la Comunidad Autónoma de Extremadura,y se realiza la primera convocatoria pública de 2014 (D.O.E. núm. 167 de 29 de agosto ). De acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en materia de subvenciones públicas, las entidades beneficiarias de las mismas están obligadas a justificar la financiación recibida ante el órgano concedente, en este caso, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, mediante la presentación de dicha justificación ante la Dirección General de Políticas Sociales e Infancia y Familia. En este sentido, la resolución de concesión de estas subvenciones establecen que el plazo de justificación final de las mismas para el ejercicio 2016 finaliza el 15 de febrero de En caso de incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma se procederá al reintegro de la cantidad correspondiente. La presente instrucción servirá de instrumento para aclarar las obligaciones a las que estarán sujetas las entidades beneficiarias. Asimismo, tienen por objeto orientar a estas entidades para la correcta justificación económica de las subvenciones, indicando los pasos a seguir por las entidades para la presentación de la documentación e imputación de los gastos realizados y pagos efectuados en la ejecución de los programas subvencionados y la elaboración de la correspondiente memoria justificativa. En esta instrucción se incluyen los modelos de documentos que deben cumplimentar las entidades para la presentación de las correspondientes justificaciones, algunos de ellos ya incorporados en la propia orden de convocatoria. El régimen jurídico aplicable a estas subvenciones es el que a continuación se cita, sin perjuicio de lo establecido en la correspondiente Resolución de concesión de la subvención: - Normativa básica del Estado: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo. - Normativa específica autonómica: la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 ;Decreto 182/2014, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de 1

2 subvenciones para el desarrollo de Programas de Normalización Social para la población inmigrante y/o la población gitana de la Comunidad Autónoma de Extremadura; Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 3/2016, de 7 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016; Ley 5/2007, de Hacienda Pública de Extremadura. PRIMERO: Entidad responsable del cumplimiento de la subvención. Las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de la la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016, son las únicas responsables ante la Junta de Extremadura de la justificación de los gastos derivados de la ejecución del programa subvencionado y de la acreditación de la finalidad para la que ha sido concedida, conforme se dispone en la resolución de concesión. SEGUNDO: Objeto de la subvención. El objeto de la subvención concedida es la financiación del programa que ha sido previamente presentado, junto a la solicitud de subvención, por la entidad subvencionada, programa que deberá ejecutarse en los términos, condiciones y plazos establecidos en el mismo. La entidad beneficiaria de la subvención tiene, entre otras, la obligación de cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones así como comunicar a la Dirección General de Políticas Sociales e Infancia y Familia, tan pronto como se conozca, cualquier variación en la ejecución del programa subvencionado y en todo caso, con anterioridad a la justificación de los fondos percibidos. El incumplimiento de las obligaciones que la entidad asume como beneficiaria de la subvención podrá dar lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida o al reintegro de las cantidades abonadas, previa audiencia de la entidad beneficiaria. TERCERO: Período de ejecución de la subvención y plazo de presentación de los documentos justificativos. Con carácter general, el periodo de ejecución comprende el año 2016 (de 1 de enero a 31 de diciembre 2016), no obstante, habrá que ceñirse al período de inicio y final de cada uno de los programas subvencionados. La entidad beneficiaria debe tener en cuenta que el período de duración del programa es uno de los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención concedida, que ha influido en la cuantía final subvencionada y que por lo tanto, el programa subvencionado deberá ejecutarse en el período establecido en el programa previamente presentado por la entidad y aprobado por esta Dirección General. La entidad beneficiaria no podrá imputar gastos realizados fuera del período de ejecución establecido en el programa aprobado por la Dirección General. El plazo para la presentación de los documentos justificativos de la subvención concedida son: a) Justificación de gastos y pagos por importe igual o superior al 75% de la subvención antes del 10 de noviembre de b) Justificación de gastos y pagos por importe igual o superior al 100% de la subvención antes del 15 de febrero de Los plazos establecidos son de obligado cumplimiento. La no presentación de la documentación justificativa en el plazo establecido supone un incumplimiento de las obligaciones establecidas para la entidad beneficiaria. No obstante lo anterior, dado que el pago de la subvención se establece en cuatro abonos, se recomienda que, a fin de evitar el retraso en los correspondientes pagos, a medida que la entidad ejecute en un 25%, 50% y 75% respectivamente de la subvención concedida, se vayan presentado las correspondientes justificaciones. 2

3 CUARTO: Abono de la subvención. Conforme establece el artículo 10 del Decreto 182/2014 de 26 de agosto, el abono de la subvención concedida se realizará en cuatro pagos, por el importe del 25% de la subvención concedida cada uno de ellos. Para el abono de la subvención, que se realizará al número de cuenta que la entidad beneficiaria tenga dada de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, la entidad deberá aportar, con carácter previo, la siguiente documentación: Pago de la Subvención Abono del Primer 25% Abono del Segundo 25% Abono del Tercer 25% Abono del Cuarto 25% Documentación a presentar - Certificado del Secretario/a de la Entidad de inicio del programa subvencionado (Anexo I). - Certificado del Secretario/a de la Entidad del cumplimiento de las medidas de difusión y publicidad recogidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones (Anexo II). - Fotografía de la placa identificativa de la subvención concedida conforme a las especificaciones del Manual de Identidad Corporativa del Gobierno de Extremadura. - Declaración responsable relativa al IVA Soportado Imputado - Certificado pormenorizado de los ingresos, gastos y pagos del Secretario con el visto bueno del representante legal de la entidad beneficiaria, - por importe igual o superior al 25% de la subvención concedida según (Anexo IV). - Originales o fotocopias compulsadas de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que acrediten los gastos y pagos realizados en al ejecución del programa subvencionado que han sido incluidos en la Cuenta Justificativa del Gasto presentada. - Fotocopia compulsada de los contratos de trabajo del personal contratado junto a la titulación correspondiente así como certificado negativo del Registro de Delincuentes Sexuales de conformidad con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero de protección jurídica del menor, cuando el programa financiado contemple actuaciones educativas con menores. - Certificado pormenorizado de los ingresos, gastos y pagos del Secretario con el visto bueno del representante legal de la entidad beneficiaria, - por importe igual o superior al 50% de la subvención concedida según (Anexo IV). - Originales o fotocopias compulsadas de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que acrediten los gastos y pagos realizados en al ejecución del programa subvencionado que han sido incluidos en la Cuenta Justificativa del Gasto presentada. - Certificado pormenorizado de los ingresos, gastos y pagos del Secretario con el visto bueno del representante legal de la entidad beneficiaria, - por importe igual o superior al 75% de la subvención concedida según (Anexo IV). - Originales o fotocopias compulsadas de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que acrediten los gastos y pagos realizados en al ejecución del programa subvencionado que han sido incluidos en la Cuenta Justificativa del Gasto presentada. Plazo de presentación 10 días desde la recepción de la resolución de concesión. 10 de noviembre de de noviembre de de noviembre de

4 La entidad beneficiaria remitirá, en el plazo de 15 días desde la recepción de los diferentes abonos, certificado del Secretario/a de la entidad acreditativo de haber incluido en su contabilidad el ingreso del importe correspondiente con destino a la finalidad para la que ha sido concedida (Anexo III). QUINTO: Justificación de la subvención concedida. La entidad beneficiaria, con independencia de las justificaciones parciales presentadas para el abono de los diferentes pagos de la subvención concedida, deberá presentar, antes del 15 de febrero de 2017 la siguiente documentación: Certificado pormenorizado de los ingresos, gastos y pagos del Secretario con el visto bueno del representante legal de la entidad beneficiaria, según Anexo IV y acompañado de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa correspondiente al último 25% del gasto realizado. Memoria técnica explicativa anual que contenga los objetivos y resultados alcanzados, las actuaciones desarrolladas e incidencias surgidas durante el desarrollo del programa, conforme al Anexo V. Justificantes acreditativos de que en el programa y/o actividades relacionadas en el mismo subvencionadas se ha hecho constar la financiación de la Junta de Extremadura (modelos de documentos utilizados, fotografías, carteles, dípticos, artículos de prensa, etc.). SEXTO: Gastos Subvencionables. Se consideran gastos subvencionables y que por lo tanto, podrán ser imputados a la subvención concedida, los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza del programa subvencionado, resulten estrictamente necesarios, se hayan producido durante el período de ejecución del programa y, en todo caso antes del 31 de diciembre de 2016, se hayan abonado con anterioridad a las fechas de presentación de las correspondientes justificaciones y se encuentren debidamente presupuestados en el programa aprobado por esta Dirección General. La entidad beneficiaria se abstendrá de presentar gastos que no cumplan lo establecido en el apartado anterior, ya que no serán tenidos en cuenta por la Dirección General de Políticas Sociales e Infancia y Familia. Con carácter general, serán subvencionables los siguientes gastos: - Los gastos de la sede o delegación de la entidad: Cuando el inmueble en el que se ubique la sede o delegación de la entidad sea propiedad de la misma o exista contrato legal de arrendamiento o cesión y que vengan detallados en el presupuesto del programa objeto de subvención siempre que no superen en su conjunto el 10% del importe total concedido: - Cuotas de alquiler. - suministro de agua electricidad y gas. - Comunicaciones: teléfono, internet, telegramas, fax, correo y mensajería. - Cuotas de comunidad de vecinos. - Seguros del inmueble. - Adquisición de productos de limpieza, pintura y otros relacionados con el mantenimiento del local. - Material de oficina. - Alquiler de equipos informáticos y/o audiovisuales. - Creación y mantenimiento de páginas web y otros programas informáticos. 4

5 - Los gastos de contratación de personal encargado directamente de la realización del programa subvencionado (retribuciones, cuota patronal a la Seguridad Social, IRPF, vacaciones no disfrutadas e indemnizaciones por finalización de contrato), siempre y cuando los puestos de trabajo se ubiquen en la Comunidad Autónoma de Extremadura así como los gastos en concepto de dietas y desplazamientos del citado personal, siempre que quede constancia de los motivos y/o situaciones concretas de tales gastos. - Los gastos del desarrollo de actuaciones del programa subvencionado. 1º Los salarios, sueldos y honorarios de técnicos, conferenciantes, docentes, profesionales y expertos, que no manteniendo relación laboral con la entidad ni formen parte de la junta directiva de ésta, presten sus servicios en las actuaciones del programa, incluido gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento de los mismos. 2º Alquiler de locales, salas o aulas, distintos de los contemplados en la letra a), que sean usados directamente para el desarrollo de las actuaciones programadas así como los gastos originados por el mantenimiento de los mismos. 3º Alimentos y vestido de primera necesidad. 4º Becas a personas participantes en programas de formación para el empleo, con el límite máximo mensual del IPREM mensual establecido. 5º Gastos de alojamiento alternativo (pensión, hotel, alquiler de vivienda.) incluyendo todos los gastos de manutención y cualquier otro gasto que pudiera derivarse del mismo. 6º Material necesario para el desarrollo de talleres formativos, material escolar y educativo. 7º Alquiler de equipos informáticos y/o audiovisuales necesarios para el desarrollo de actuaciones. 8º Campañas de difusión e información en los diferentes medios de comunicación, material para exposiciones, campañas de sensibilización, material de publicidad, cartelería y otros de análoga naturaleza para la difusión de las actuaciones. 9º Elaboración, producción y publicación de materiales didácticos. 10º Contratación de grupos o formaciones de música, danza, corales y/o teatro. 11º Transporte, gastos de envío y montaje unidos al desarrollo de actuaciones. 12º Seguros de responsabilidad civil necesarios para el ejecución de las actuaciones recogidas en el programa. 13º Aquellos otros gastos que respondan de manera indubitada al desarrollo de actuaciones debidamente programadas y presupuestadas en el programa objeto de subvención - Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales y los de administración específicos siempre que quede debidamente acreditado que los mismos están directamente relacionados con el programa subvencionado y son indispensables para el su ejecución De conformidad con el artículo 36.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 12.5 del Decreto 182/2014, de 26 de agosto, no serán gastos subvencionables los siguientes: a) Los gastos derivados de la adquisición de bienes inventariables y los que tengan la naturaleza de amortizable. b) Los gastos de préstamos bancarios, incluidos préstamos hipotecarios. c) Los gastos originados por las entidades que integren la entidad beneficiaria. d) Los gastos que abone la entidad beneficiaria a otras entidades asociativas que integre o en las que se encuentre integrada. e) Los gastos de personal referidos a horas extraordinarias y las indemnizaciones por jubilaciones anticipadas. f) Los gastos de personal que pudieran derivarse de la contratación de algún miembro de la junta directiva de la entidad beneficiaria, ni los gastos de dietas, alojamientos y desplazamientos de dichos miembros. g) Los gastos del personal que la entidad no haya contratado directamente para la ejecución del programa subvencionado, ni los gastos de dietas, alojamientos y desplazamientos de dicho personal. 5

6 h) Los gastos originados por el pago de matricula a cursos de formación o de estudios/enseñanzas regladas o no regladas. i) Las obras o reformas de locales. j) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. k)intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. l) Gastos de procedimientos judiciales. Asimismo, los tributos serán gastos subvenciónales cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Además de lo anterior, no se considerarán gastos subvencionables, los que no estuvieran previamente presupuestados en el programa aprobado así como los que no se ajusten a lo establecido en la presente instrucción y a la normativa de aplicación. La Dirección General de Políticas Sociales e Infancia y Familia comprobará la adecuación de los gastos presentados por la entidad con el programa subvencionado y podrá aceptar sólo la parte de los mismos que estime acorde con la naturaleza de la subvención y de cada partida o concepto. SÉPTIMO: Justificación de los gastos de personal. Con carácter general podrán imputarse a la subvención concedida los gastos derivados de la contratación de personal necesario para la ejecución del programa subvencionado y que haya sido previamente presupuestados. Las retribuciones brutas imputables a la subvención del personal contratado, incluidos todos los complementos cualquiera que sea su denominación (a excepción de antigüedad), no podrán exceder, en ningún caso, de las cuantías recogidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2016, para cada uno de los grupos que se señalan a continuación: GRUPO (en el que se integra el puesto de trabajo) RETRIBUCIONES BRUTAS ANUALES GRUPO I ,98 GRUPO II ,36 GRUPO III ,42 GRUPO IV ,18 GRUPO V ,44 Las retribuciones anteriores incluyen 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias. La justificación de gastos de personal se realizará mediante la presentación por la entidad beneficiaria de la siguiente documentación, en original o copia compulsada: - Contrato de trabajo y titulación de la persona contratada. - Recibos de nóminas de cada uno de los meses imputados a la subvención concedida. - Transferencias bancarias de cada una de las nóminas que se imputan. - Boletines acreditativos de cotización a la Seguridad Social (relación nominal de trabajadores y recibo de liquidación de cotizaciones). En el caso de que el pago se realice por vía telemática los documentos TC1 y TC2 deberán acompañarse del correspondiente adeudo bancario original. - Impresos 111 y 190 de ingresos por retenciones de IRPF. La justificación en concepto de personal deberá corresponder con gastos y pagos. Por lo tanto, si a fecha de presentación de la correspondiente justificación por la entidad beneficiaria se han realizado gastos pero no pagos (por ejemplo, gastos derivados de la cuota patronal a la seguridad social) no podrán imputarse a la subvención concedida hasta que los mismos no sean efectivamente pagados. 6

7 Cuando el personal contratado perciba retribuciones con cargo a distintos programas y/o actuaciones subvencionadas deberá expresarse el porcentaje del salario y de la seguridad social financiada con cargo a la subvención concedida, con indicación de las administraciones, organismos o entidades que cofinancian, tal como se indica a continuación. MODELO DE SELLO ESTAMPILLADO (deberá estamparse sobre nóminas, recibos de salarios, documentos de cotización a la seguridad social, factura o cualquier otro documento de gasto que se impute a la subvención SIEMPRE sobre el documento original y posteriormente realizar la fotocopia compulsada o entregar documento original para justificar la subvención concedida) DECLARACIÓN RESPONSABLE Gasto imputado a la subvención concedida por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura para Programas de Normalización Social Año 2016 (Decreto 182/2014, de 26 de agosto) Cantidad imputada a la citada subvención: Fdo.: (Nombre y apellidos del responsable de la contabilidad) y sello de la entidad El personal contratado para la ejecución de programas de normalización que contemplen actividades con menores deberán aportar certificación negativa del Registro de Delincuentes Sexuales, en base a la aplicación del art de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero de protección jurídica del menor, en la redacción dada tras la entrada en vigor de la Ley 26/2015 de 28 de julio de Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. El profesional a contratar deberá solicitar directamente dicho certificado por cualquiera de los siguientes medios: 1. Por vía telemática: Quienes estén en posesión de D.N.I electrónico podrán acceder al certificado a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia ( El resultado se enviará a su correo electrónico, o bien a través de un código de acceso que se le facilitará mediante un mensaje en su móvil. 2. Presencialmente: El interesado podrá dirigir la solicitud al Registro Central de Delincuentes Sexuales a través de : a) Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. b) El Registro de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y de las Subdelegaciones en las provincias, así como en los Registros de cualquier órgano de la Administración Pública, en los términos establecidos por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 3. Por correo: El interesado dirigirá la solicitud a cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o bien al Centro de Atención al Ciudadano de dicho Ministerio ubicado en C/ La Bolsa, 6 en Madrid. La emisión de los certificados a instancia de los interesados será gratuita. 7

8 OCTAVO: Justificación de gastos de servicios profesionales y/o colaboraciones de profesionales. Cuando la entidad beneficiaria impute a la subvención concedida gastos en concepto de personal no vinculado jurídicamente con la entidad mediante relación laboral, sino mediante régimen de arrendamiento de servicios (servicios externos como por ejemplo servicios de asistencia psicológica o legal u otros servicios de naturaleza análoga), la justificación se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación, en original o copia compulsada: - Informe del representante legal de la entidad justificativo de la necesidad de realizar dicha contratación. - Copia del contrato en el que deberán reflejarse, entre otros extremos, la categoría profesional, el objeto del contrato, el período de prestación de servicios, y las horas de dedicación. - Factura o recibo firmado por el/la perceptor/a, que incluya: - Nombre, apellidos y N.I.F. del/de la trabajador/a, fecha y período de liquidación. - Retención por I.R.P.F. - IVA aplicado, cuando proceda. - Impresos 111 y 190, acreditativos del ingreso por retención de I.R.P.F. Cuando se imputen a la subvención concedida gastos por la participación puntual en conferencias, charlas, seminarios, coloquios y actos similares, que no se prolonguen en el tiempo ni siquiera con carácter discontinuo, tales remuneraciones, deberán ajustarse a lo establecido en la Orden de 5 de marzo de 2014 por la que se establece el baremo de remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento aplicables a las acciones formativas organizadas por la Escuela de Administración Pública de la Junta de Extremadura, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 49 de 12 de marzo de NOVENO: Justificación de dietas y desplazamientos. Podrán imputarse a la subvención concedida los gastos en concepto de dietas (alojamiento y manutención) y desplazamiento del personal contratado para la ejecución del programa subvencionado. Generarán derecho al cobro de dietas y desplazamientos los cometidos especiales que circunstancialmente se ordenen al personal contratado para la ejecución del programa subvencionado y que deba desempeñar fuera del término municipal donde radique su residencia oficial, entendiendo por tal, el municipio correspondiente a la oficina o dependencia en la que se desarrolle el programa subvencionado. No obstante lo anterior, no generarán derecho al cobro de dietas y desplazamientos los servicios que tengan por destino la localidad en la que el trabajador tenga su residencia oficial. Las cuantías máximas a abonar en concepto de dietas y desplazamiento serán las siguientes: CONCEPTO Desplazamientos Dieta- Manutención Dieta- Alojamiento IMPORTE Cuantía máxima de 0,22 Euros el Kilómetro Cuantía máxima de 38 Euros Cuantía máxima de 62 Euros Las cuantías anteriores se consideran con independencia del grupo / categoría profesional en la que se ubique el puesto de trabajo. Respecto a la justificación de los gastos en concepto de dietas y desplazamientos se realizará de la siguiente manera: - Si los desplazamientos se realizan en coche particular, se podrá imputar a la subvención los gastos de kilometraje (0,22 /Km), aportando el correspondiente recibo debidamente firmado por el perceptor por cada desplazamiento mediante el documento de liquidación de dietas (Anexo VI), debiéndose aportar un anexo por cada desplazamiento y persona, junto al certificado correspondiente de asistencia así como 8

9 cualquier documentación que permita constatar la veracidad del viaje: tickets de restaurantes, gasolineras, etc., no siendo necesario que los importes de dichos documentos coincidan con el importe del kilometraje. - Si los desplazamientos se realizan en transporte público, se justificarán aportando el correspondiente recibo debidamente firmado por el perceptor por cada desplazamiento mediante el documento de liquidación de dietas (Anexo VI) junto con los billetes del medio de transporte público utilizado (avión, tren, autobús, etc.) acreditativos del desplazamiento realizado. Cuando se trate de billetes electrónicos se deberá acompañar la tarjeta de embarque o el correspondiente justificante de pago. - Los gastos de alojamiento y manutención se justificarán mediante el documento de liquidación de dietas (Anexo VI), debiéndose cumplimentar un anexo por cada desplazamiento y persona. Los gastos de alojamiento se justificarán mediante factura expedida por el correspondiente establecimiento hotelero, o bien por la Agencia de Viajes, en este caso acompañada de documento acreditativo de la prestación del servicio, emitido por la empresa hotelera. No serán objeto de subvención los gastos extraordinarios. DÉCIMO: Justificación de los gastos para la sede o delegación de la entidad. La justificación de tales gastos se realizará mediante la presentación por la entidad beneficiaria de la siguiente documentación, en original o copia compulsada: - Gastos correspondientes a suministros de electricidad, agua, telefonía, gas, gasoil y otros de similar naturaleza. Mediante la presentación de la correspondiente factura a nombre de la entidad beneficiaria junto al adeudo bancario del pago de dicha factura. - Gastos de alquiler de inmuebles para el desarrollo del programa: deberá adjuntarse original o fotocopia compulsada del contrato de alquiler establecido junto al recibo del gasto y documento acreditativo del pago (certificado del propietario de recepción del importe, adeudo bancario, etc.) y los correspondientes justificantes (Modelos 115 y 180) de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. - Gastos de seguros del inmueble, deberá adjuntarse original o fotocopia compulsada de la póliza del seguro establecido, junto al recibo/factura y la acreditación del pago (adeudo bancario). En los casos de que el recibo/factura de seguro se extienda más allá de la finalización del programa subvencionado, sólo podrá imputarse la parte que corresponda, proporcionalmente, al período de ejecución del programa. ÚNDECIMO: Justificación de los gastos para el desarrollo de las actuaciones del programa subvencionado y de los gastos indirectos de la entidad beneficiaria Con carácter general podrán imputarse a la subvención concedida los gastos derivados de la ejecución del programa subvencionado, que hayan sido previamente presupuestados, siempre y cuando, dichos gastos se ajusten a lo establecido en la normativa en materia de subvenciones y en la presente instrucción. - Gastos de alquileres (diferentes a inmuebles) necesario para la ejecución del programa, tales como servicios de limpieza, gastos de fotocopiadoras, etc. deberá adjuntarse original o fotocopia compulsada de los contratos de alquiler establecidos, junto a las correspondientes facturas y documento acreditativo del pago (certificado del propietario de recepción del importe, adeudo bancario, etc.). - Gastos derivados de la edición de publicaciones, folletos y carteles, junto a la correspondiente factura y documento de acreditación del pago (adeudo bancario, certificado de recepción del importe, etc.), deberá adjuntarse junto a la factura de dichos gastos un ejemplar de la publicación, folleto o cartel, que deberá contener el logotipo de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura. En el caso de que no se recoja dicho logotipo no podrá imputarse a la subvención concedida. 9

10 Todos los gastos anteriores y otros de similar naturaleza que la entidad impute a la subvención concedida se justificarán mediante la presentación de original o fotocopia compulsada de la correspondiente factura junto a la acreditación del pago de la misma. A este respecto, las facturas, que deberán estar expedidas siempre a favor de la entidad beneficiaria de la subvención, deberán reunir los requisitos de facturación establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Dichos requisitos son los siguientes: - Número de factura, y en su caso, serie. - La fecha de su expedición. - La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que, en su caso, se haya recibido el pago anticipado, siempre que se trate de una fecha distinta a la de expedición de la factura. - Número de Identificación Fiscal, así como el nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a su expedición. - La identificación del tipo de bienes entregados o de servicios prestados. - Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, también la expresión «IVA incluido». - Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Unión Europea, así como el domicilio del destinatario de las operaciones, que deberá ser exclusivamente la entidad subvencionada. - Precio total e IVA repercutido. Cuando el precio incluya este impuesto constará "IVA incluido". Se exigirá, además, la acreditación del pago de las facturas y/o recibos, que en todo caso deberá realizarlo la entidad subvencionada, mediante cualquiera de las formas que se indican: - Inclusión en la propia factura del Recibí con firma y sello del emisor, en caso de pago en metálico, siempre y cuando el importe de la factura sea igual o inferior a los 300,00 Euros. producidos una vez dictada la resolución de concesión. - Adeudo bancario. - Transferencia bancaria. - Certificado de la empresa emisora de haber recibido el pago de la factura con indicación de la factura, número, fecha, importe y fecha de abono. No podrán pagarse en efectivo las operaciones con un importe igual o superior a 300,00 euros producidos una vez dictada la resolución de concesión. Cuando las facturas se expidan con cargo a distintos proyectos o programas subvencionados se hará constar en la misma el porcentaje financiado con la subvención concedida mediante estampación del sello con el porcentaje destinado a cada una de ellas, con indicación de las administraciones, organismos o entidades que cofinancien la totalidad de la factura. MODELO DE SELLO ESTAMPILLADO (deberá estamparse sobre nóminas, recibos de salarios, documentos de cotización a la seguridad social, factura o cualquier otro documento de gasto que se impute a la subvención SIEMPRE sobre el documento original y posteriormente realizar la fotocopia compulsada o entregar documento original para justificar la subvención concedida) 10

11 DECLARACIÓN RESPONSABLE Gasto imputado a la subvención concedida por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura para Programas de Normalización Social Año 2016 (Decreto 182/2014, de 26 de agosto) Cantidad imputada a la citada subvención: Fdo.: (Nombre y apellidos del responsable de la contabilidad) y sello de la entidad DUODECIMO: Modificación de la resolución. Las entidades subvencionadas podrán solicitar, con carácter excepcional, la modificación de la resolución de concesión cuando se produzcan alteraciones de las condiciones que han servido para el otorgamiento de la subvención siempre que no supongan una disminución de la puntuación mínima necesaria para que el programa pueda ser subvencionado, conforme al artículo 16 del Decreto 182/2014, de 26 de agosto. Cuando la entidad beneficiaria sea conocedora de cualquier circunstancia que pueda dar lugar a la modificación de la resolución, lo pondrán en conocimiento del órgano concedente de la subvención tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, procediéndose a la reducción de la cuantía de la subvención y/o, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas indebidamente. Para cualquier información respecto a la subvención concedida pueden contactar con las siguientes personas: - Pedro García Sánchez. Jefe de Servicio de Programas Sociales y Migraciones. Teléfono de contacto: Dirección de correo electrónico pedro.garcias@gobex.es - Raquel Sierra Rebolledo. Técnico del Servicio de Programas Sociales y Migraciones, teléfono Dirección de correo electrónico raquel.sierra@gobex.es - Isabel Moya Rodríguez. Técnico del Servicio de Programas Sociales y Migraciones, teléfono Dirección de correo electrónico isabel.moya@gobex.es - Susana Sánchez Fonseca. Auxiliar Administrativo del Servicio de Programas Sociales y Migraciones, teléfono Dirección de correo electrónico susana.sanchezf@gobex.es Toda la información y modelos de justificación están disponibles en la siguientes dirección web: Mérida, a 21 de abril de 2016 LA DIRECTORA GENERAL DE POLÍTICAS SOCIALES E INFANCIA Y FAMILIA. Fdo.: Carmen Núñez Cumplido. 11

12 ANEXOS - Anexo I Certificado del Secretario/a de la entidad de inicio del programa subvencionado. - Anexo II Certificado de cumplimiento de las medidas de difusión y publicidad recogidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de Extremadura. - Anexo III Certificado de Recepción de los fondos. - Anexo IV Cuenta justificativa del gasto. Declaración del destino de las ayudas y justificación de gastos. - Anexo V Memoria técnica de desarrollo del programa subvencionado. - Anexo VI Declaración responsable relativa al IVA Soportado Imputado IMPORTANTE: Todos los Anexos anteriores que debe entregar la entidad beneficiaria deben ser ORIGINALES, debidamente sellados y firmados por el Secretario/a de la entidad y el Presidente/a según proceda. Las firmas deberán ser ORIGINALES, no admitiéndose el estampado de firmas mediante sello ni firmas escaneadas. Asimismo, junto a la firma, tal y como establecen los diferentes Anexos, deberá recogerse el nombre y apellidos de las personas que firman los documentos. 12

13 Anexo I CERTIFICADO DEL SECRETARIO/A DE LA ENTIDAD DE INICIO DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO Orden de 25 de noviembre de 2015 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) D/Dña. con NIF en calidad de Sectario/a de la entidad con NIF y domicilio en C/ nº de la ciudad de, CERTIFICO, que el Programa financiado a la entidad con NIF mediante subvención concedida por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura al amparo de la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015), tiene fecha de inicio el de de Y para que conste y surta los efectos oportunos, firmo el presente documento conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 182/2014, de 18 de mayo (D.O.E núm. 167 de 29 de agosto), a de de (firma y sello de la entidad) Vº Bº El representante legal El Secretario/a de la entidad Fdo.: (nombre y apellidos) Fdo.: (nombre y apellidos) 13

14 Anexo II CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD Orden de 25 de noviembre de 2015 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) D/Dña. con NIF en calidad de Secretario/a de la entidad con NIF y domicilio en C/ nº de la ciudad de, CERTIFICO, que la entidad con NIF beneficiaria de una subvención al amparo de la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015), cumple con las medidas de publicidad recogidas en el artículo 15 del Decreto 182/2014, de 26 agosto así como en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, adjuntando junto al presente certificado fotografía de la placa/cartel identificativa del programa subvencionado. Y para que conste y surta los efectos oportunos, firmo el presente documento conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 182/2014, de 18 de mayo (D.O.E núm. 167 de 29 de agosto), a de de 2016 Vº Bº El representante legal El Secretario/a de la entidad Fdo.: (nombre y apellidos) Fdo.: (nombre y apellidos) 14

15 Anexo III CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DE LOS FONDOS Orden de 25 de noviembre de 2015 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) D/Dña. con NIF en calidad de Sectario/a de la entidad con NIF y domicilio en C/ nº de la ciudad de, CERTIFICO Que según consta en los documentos y antecedentes obrantes en esta secretaría a mi cargo, resulta que, en relación a la subvención concedida por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales a favor de esta entidad dictada al amparo al amparo de la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015), para la financiación del Programa ha sido anotada en la contabilidad de esta entidad ingreso de la Junta de Extremadura por importe de Euros con fecha de correspondiente al (primer 25%, segundo 25%, tercer 25% o cuarto 25% según proceda), habiéndose sido destinado a la finalidad para la que ha sido concedida. Y para que conste y surta los efectos oportunos, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 182/2014, de 18 de mayo (D.O.E núm. 167 de 29 de agosto), a de de (Sello de la Entidad y Firmas) Vº Bº EL/LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD EL/LA SECRETARIA DE LA ENTIDAD Fdo.: Fdo.: 15

16 ANEXO IV CUENTA JUSTIFICATIVA DEL GASTO CERTIFICADO DE INGRESOS, GASTOS Y PAGOS DE GASTOS 1 Orden de 25 de noviembre de 2015 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) D/Dª, con NIF, como Secretario/a de la entidad, con N.I.F., y domicilio en. CERTIFICA: 1º.- Que la cantidad concedida por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura, al amparo de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio, ha sido de Euros. 2º.- Que con fecha, ha sido anotada en la contabilidad de la entidad la cantidad de, correspondiente al 1 de la subvención concedida para la realización del programa de normalización social en Extremadura para el año 2016, habiendo sido destinada a la finalidad para la que fue concedida. 3º Que la relación numerada de facturas que se detallan, por importe total de euros, corresponden a gastos y pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad para lo que fue concedida la subvención y acorde con las partidas detalladas en el presupuesto de gasto presentado, con el siguiente desglose de gastos: NÚMERO DE FACTURA PROVEEDOR FECHA DE EMISIÓN CONCEPTO DE LA FACTURA IMPORTE DE LA FACTURA IMPORTE DE LA FACTURA QUE SE IMPUTA A LA SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES FECHA DE PAGO DE LA FACTURA NOMBRE ACTUACIÓN En el caso de que se hayan aportado fondos propios o se hayan percibido otras subvenciones: NÚMERO DE FACTURA FECHA DE EMISIÓN CONCEPTO DE LA FACTURA IMPORTE PROCEDENCIA DE LA FINANCIACIÓN Que la entidad arriba citada garantiza que dichos documentos no han sido presentados ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de ayudas concedidas por las mismas. Lo que manifiesto a efectos de justificación y cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 182/2014, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de Programas de Normalización Social para la población inmigrante y/o la población gitana en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la primera convocatoria para el ejercicio En. (Sello de la Entidad) Vº Bº del Representante Legal El Secretario de la entidad Fdo.: Fdo.: EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES 1 Se deben adjuntar facturas originales o copias compulsadas acreditativas de los gastos y pagos efectuados conforme se dispone en el artículo 11 del Decreto /2014, de de, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de normalización social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la primera convocatoria para el ejercicio Indicar el % del abono de la subvención que corresponda ( primer 25%, segundo 25%, tercer 25% o cuarto 25%). 16

17 Anexo V MEMORIA TÉCNICA EXPLICATIVA PROGRAMA DE NORMALIZACIÓN SOCIAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Orden de 25 de noviembre de 2015 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD NOMBRE DE ENTIDAD NIF DIRECCIÓN MUNICIPIO C.P PROVINCIA NÚMERO DE TELÉFONO NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD NOMBRE Y APELLIDOS DEL RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROGRAMA NÚMERO DE TELÉFONO RESPONSABLE TÉCNICO CORREO ELECTRÓNICO CORREO ELECTRÓNICO NIF DENOMINACIÓN PROGRAMA SUBVENCIONADO GRUPO DE POBLACIÓN DESTINATARIO (población inmigrante y/o población gitana) FECHA DE INICIO DEL PROGRAMA DATOS DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO FECHA FIN DEL PROGRAMA DURACIÓN EN MESES DEL PROGRAMA VARIACIONES PRODUCIDAS RESPECTO A LA DURACIÓN DEL PROGRAMA INDICANDO EL MOTIVO DE DICHAS VARIACIONES INDICAR COMO EL PROGRAMA DESARROLADO Y SUS ACTUACIONES HAN DADO RESPUESTA A LA NECESIDAD EXISTENTE ANTES DE SU EJECUCIÓN-DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN OBJETIVOS CONSEGUIDOS CON EL DESARROLLO DEL PROGRAMA - OBJETIVOS GENERALES CONSEGUIDOS 17

18 OBJETIVOS ESPECÍFICOS CONSEGUIDOS INDICAR PRINCIPALES VARIACIONES PRODUCIDOS RESPECTO A LOS OBJETIVOS PROPUESTOS INDICANDO EL MOTIVO DE DICHAS VARIACIONES: 18

19 AREAS Y ACTUACIONES REALIZADAS DEL PROGRAMA DE NORMALIZACIÓN SOCIAL. AREA DE ACTUACIÓN (Art. 2 del Decreto ) ACTUACIONES REALIZADAS (Art. 2 del Decreto 182/2014) CONCRETAR Y DESCRIBIR LO MÁS DETALLADO POSIBLE EN QUE HAN CONSISTIDO LAS ACTUACIONES Y CÓMO SE HAN EJECUTADO MUNICIPIO/S EN EL QUE SE HA DESARROLLADO BENEFICIARIOS DIRECTOS DE LA ACTUACIÓN LA ACTUACIÓN HOMBRES MUJERES COSTE TOTAL EJECUTADO

20 INDICAR PRINCIPALES VARIACIONES PRODUCIDAS (actuaciones desarrolladas, actuaciones no ejecutadas, variaciones en municipios, en el presupuesto, etc.) RESPECTO A LAS ACTUACIONES PRESENTADAS EN EL PROGRAMA PRESENTADO INDICANDO EL MOTIVO DE DICHAS VARIACIONES: RECURSOS HUMANOS EN LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA (personal contratado para el desarrollo del programa e imputado a la subvención concedida) Nombre y Apellidos persona contratada Denominación Puesto de trabajo Titulación Fecha de inicio de la contrataci ón Fecha final de contrataci ón Meses de contratación Jornada semanal de contratación (indicar tipo: completa/media, y el número de horas semanales). Coste Laboral Retribuciones brutas percibidas Cuota patronal seguridad social PROTOCOLOS DE COORDINACIÓN CON ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y/U ORGANISMOS DE ELLAS DEPENDIENTES (indicar cómo ha sido la coordinación con las administraciones públicos y/o organismos durante la ejecución del programa así como si se han establecidos protocolos de coordinación). EVALUACIÓN GENERAL DEL PROGRAMA (recoger una evaluación general del programa en atención a los indicadores de evaluación cuantitativos y cualitativos que se recogieron en el programa presentado y subvencionado). 20

21 10. COSTE TOTAL DEL PROGRAMA DE NORMALIZACIÓN SOCIAL. CUANTÍA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES CUANTÍA TOTAL EJECUTADA DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES APORTACIÓN DE LA ENTIDAD OTRAS FUENTES DE FINANCIACIÓN (Especificar) TOTAL DE INGRESOS GASTO EJECUTADO CONCEPTOS GASTOS RELACIONADOS CON LA SEDE O DELEGACIÓN DE LA ENTIDAD (Máximo 10% de la subvención concedida) ALQUILER DEL INMUEBLE SEDE DE LA ENTIDAD AGUA SUMINISTROS LUZ GAS TELÉFONO E INTERNET COMUNICACION CORREO ES MENSAJERÍA CUOTAS COMUNIDAD DE VECINOS SEGUROS DEL INMUEBLE PRODUCTOS DE LIMPIEZA, PINTURAS Y OTROS PARA MANTENIMIENTO DEL LOCAL MATERIAL DE OFICINA ALQUILER DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y/O AUDIOVISUALES CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE PAGINAS WEB Y OTROS PROGRAMAS INFORMÁTICOS OTROS GASTOS ESPECIFICAR GASTOS RELACIONADOS CON LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA RETRIBUCIONES BRUTAS DEL PERSONAL CUOTA PATRONAL SEGURIDAD SOCIAL DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DEL PERSONAL CONTRATADO GASTOS RELACIONADOS CON EL DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES CUANTÍA IMPUTADA A LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR LA C. DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL APORTACIÓN DE LA ENTIDAD OTRAS FUENTES DE FINANCIACIÓ N TOTAL EJECUTADO 21

22 ACTUACIÓN 1.- (especificar nombre) Desglosar todos y cada uno de los gastos se han ocasionado en la ejecución de la actuación nº 1 ejecutada ACTUACIÓN 2.- (especificar nombre) Desglosar todos y cada uno de los gastos se han ocasionado en la ejecución de la actuación nº 2 ejecutada ACTUACIÓN 3.- (especificar nombre) Desglosar todos y cada uno de los gastos se han ocasionado en la ejecución de la actuación nº 3 ejecutada... AÑADIR MÁS ACTUACIONES Y SU DESGLOSOE SI PROCEDE PRESUPUESTO TOTAL DEL PROGRAMA INDICAR LAS PRINCIPALES VARIACIONES PRODUCIDAS ENTRE EL PRESUPUESTO PRESENTADO EN EL PROGRAMA Y EL GASTO EJECUTADO EN SU EJECUCIÓN INDICANDO EL MOTIVO DE DICHAS VARIACIONES. VALORACIÓN GENERAL DEL PROGRAMA POR PARTE DE LA ENTIDAD En, a de de 201_ (Sello de la Entidad) El Representante legal El responsable técnico del programa El Secretario/a de la entidad Fdo.: Nombre y apellidos Fdo.: Nombre y apellidos Fdo.: Nombre y apellidos EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES 22

23 ANEXO VI DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL IVA SOPORTADO IMPUTADO Orden de 25 de noviembre de 2015 (D.O.E. núm. 243 de 21 de diciembre de 2015) Entidad sin ánimo de lucro Denominación razón social NIF Representante legal Nombre Apellidos NIF DECLARA Que el importe imputado en concepto de Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente a los gastos de la acción/ actividad/ programa/ proyecto subvencionado,..., no es recuperable ni va a ser reembolsado o compensado por cualquier medio. De este modo el IVA soportado imputado, como consecuencia de los gastos ocasionados en... (acción/ actividad/ programa/ proyecto) ha sido sufragado efectiva y definitivamente por la entidad a la que represento. Se adjunta certificación emitida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria relativa a la exención del IVA. Mérida, a...de...de 20. Representante Legal de la Entidad Firma y sello, Fdo:... 23

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