Los argumentos del contralor

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1 Lunes 05 marzo de 2018 Publicado a las 22:31 Actualizado a las 23:18 Las cartas de la Contraloría en su pugna con la Corte Suprema por las pensiones de la DGAC Publicado por Juan Pablo Figueroa Durante la mañana de este martes 6 de marzo, el pleno del Senado resolverá definitivamente una pelea que lleva en curso más de un año y que enfrenta a dos poderosas entidades del Estado: por un lado, la Contraloría General de República (CGR); por el otro, el Poder Judicial. Ambas instituciones se encuentran enfrascadas en una disputa sobre cuál tiene reales atribuciones para definir el régimen previsional de funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), los que exigen ser traspasados desde el sistema de capitalización individual que funciona a través de las AFP hacia el que rige para los funcionarios de las Fuerzas Armadas, un sistema privilegiado que es administrado por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y que se paga en 90% con recursos del Estado. Los trabajadores de planta y a contrata fundamentan su reclamo en que a pesar de ser civiles, la Ley Orgánica de la DGAC establece que para todos los efectos legales, (tienen) la calidad de Empleado Civil de las Fuerzas Armadas, por lo que se encuentran sujetos a todas sus disposiciones sobre remuneraciones. Aferrados a eso, y para que se les reconozca el derecho a ser parte del sistema previsional que rige para el personal del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea, es que acudieron en 2012 a la justicia, ante el 29 Juzgado Civil de Santiago, que cuatro años después falló en primera instancia en su contra. La causa llegó a la Corte de Apelaciones y ahí sufrió un vuelco: su sentencia aprobó el cambio de régimen. El Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó en agosto de 2016 un recurso para anular ese fallo ante la Corte Suprema. Y fue poco después de eso que la CGR, encabezada por el contralor Jorge Bermúdez, tomó un rol activo en el proceso, ya que a su juicio, definir sobre asuntos previsionales de empleados fiscales es materia de su exclusiva competencia, por lo que la justicia civil no tendría atribuciones para decidir al respecto.

2 Con esa lógica fue que Bermúdez recurrió en diciembre de ese mismo año al Senado para exigir una contienda de competencias, una figura que establece la Constitución en que se define que la Cámara Alta tendrá el rol de dirimir ante el cruce de atribuciones de las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia. Para el contralor general, el problema partió desde el minuto en que el tribunal de primera instancia acogió la denuncia de los funcionarios sobre una materia que constitucional y legalmente le corresponde a la entidad que él dirige. Lo consideró una intromisión en atribuciones. Lo solicitado por los demandantes en dicho juicio es que un órgano jurisdiccional interprete la norma administrativa de pensiones en un sentido determinado, que se traduce en que ellos gozarían un régimen previsional que no les corresponde, señaló el contralor en la carta que envió al entonces presidente del Senado, el senador Ricardo Lagos Webber. Ha pasado más de un año desde esa presentación en el Congreso, y después de sucesivas sesiones de la Comisión de Constitución del Senado, donde representantes de la CGR, la Corte Suprema, los trabajadores y otros expertos entregaron argumentos a favor y en contra del requerimiento de los funcionarios de la DGAC, el proceso está por llegar a su fin. Todo estará en manos de los parlamentarios que participen en el pleno de la sala este martes 6 de marzo a partir de las 11:00. Mientras ha transcurrido ese proceso, se han presentado diversos conflictos de interés por los que ya dos ministros de la Corte Suprema se han tenido que inhabilitar. Uno de ellos fue Hugo Dolmetsch, debido a que su hija, quien es parte de la demanda, y su yerno, son funcionarios de planta de la DGAC. Dolmetsch, sin embargo, alcanzó a dictar cuatro resoluciones, entre ellas, la reasignación de la causa desde la Tercera a la Cuarta Sala de la Corte Suprema, que ve asuntos laborales. Aquello, dice una fuente del Poder Judicial, va en contra de un auto acordado dictado por el mismo tribunal, el cual establecía que era la Tercera Sala la que debía pronunciarse, pues cuenta con competencia en reclamaciones constitucionales y sobre actos de las autoridades políticas y administrativas. El otro ministro es Milton Juica, quien tiene a dos sobrinos trabajando en la misma entidad. Ninguno de ellos figura entre quienes iniciaron las acciones legales, pero sí en una anterior y de similares características ante el Tribunal Constitucional (TC). Hoy la representación de la Corte Suprema en esta materia la tiene el ministro Sergio Muñoz.

3 Según la CGR, si el resultado les resulta desfavorable, no sólo el Estado tendrá que invertir cientos de miles de millones de pesos al año para cubrir las pensiones de esos poco más de funcionarios que acudieron a la justicia, sino que además la puerta quedará abierta para que empleados de otras entidades similares reclamen lo mismo, lo que implicaría un explosivo aumento del gasto fiscal en materia previsional. Los argumentos del contralor El artículo 4 del Código Orgánico de Tribunales le da la razón a Bermúdez en la disputa. Dicho artículo señala que está prohibido al Poder Judicial mezclarse en las atribuciones de otros poderes públicos y en general ejercer otras funciones que las determinadas en los artículos precedentes. El contralor, en tanto, ha sostenido ante los senadores que la Ley Orgánica de la CGR, en su artículo 6, señala que es su atribución exclusiva informar y pronunciarse sobre derechos a sueldos, gratificaciones, asignaciones, desahucios, pensiones de retiro, jubilaciones, montepíos, o cualquier otro asunto que se relacione o pueda relacionarse con la inversión o compromiso de los fondos fiscales. Y en esta materia, los recursos públicos involucrados son pieza clave. De acuerdo a la información que la CGR entregó al Senado, la Ley de Presupuestos destina anualmente al sistema previsional de las FF.AA. y Carabineros -a través de Capredena y Dipreca- más de $ millones, es decir, más de dos billones de pesos. Si el Senado decide que los fallos judiciales son válidos y se traslada a los funcionarios de la DGAC al sistema previsional de reparto, ese monto aumentaría en unos $ millones al año, inversión que equivaldría a la construcción de siete hospitales de mediana complejidad, como el de Casablanca. Eso, en teoría, sería sólo el inicio. La CGR ha señalado que si se acoge el requerimiento de los trabajadores aeronáuticos, empleados de otras entidades similares podrían solicitar ser incorporados a ese sistema previsional. En sus presentaciones, han mencionado a los funcionarios de la empresa pública que presta servicios de astilleros y maestranza a la Armada, ASMAR; de la que fabrica y provee de armas al Ejército, FAMAE; y de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile, ENAER. De hecho, funcionarios civiles de ENAER y del Hospital Naval de Valparaíso ya han presentado acciones similares. En total, serían unos trabajadores nuevos incluidos a Capredena, lo que aumentaría el gasto en $ millones al año.

4 Es decir, casi el 70% de lo que le costó al Estado la gratuidad de la educación superior durante Ese último monto no considera a los funcionarios civiles del Ministerio de Defensa, de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina (DIRECTEMAR), el Servicio Oceánico e Hidrográfico de la Armada (SHOA) u de otros organismos que también soliciten acogerse a ese sistema. En todo caso, los argumentos de la CGR no son sólo económicos, sino también legales. Bermúdez ha señalado que para los organismos públicos bajo sus fiscalización y supervisión, sus dictámenes son obligatorios. Respecto a la pertinencia y legalidad de cambiar el sistema previsional a funcionarios de la DGAC, hay varios de ellos en distintos años: en 2004, 2005, 2006, 2007, 2011, 2014 y Todos rechazan el traspaso amparándose en que los funcionarios que ingresaron a la DGAC después de haber entrado en vigencia la Ley , que estableció el régimen de pensiones para el personal de la Defensa Nacional, no pueden ser imponentes de Capredena, salvo unas pocas excepciones allí señaladas. Una fuente que conoce el fondo de la disputa explica que no es que no se puedan impugnar las decisiones de la Contraloría. Lo que sucede es que nunca se recurrió contra dichos dictámenes. La misma fuente agrega que se pretende, sin que exista en el ordenamiento jurídico ni una controversia particular, una declaración de mera certeza, pidiendo a los tribunales un pronunciamiento general y abstracto, eludiendo una competencia de carácter exclusivo de la CGR. La ley , en tanto, establece que los funcionarios que ingresaron a la DGAC después de su entrada en vigencia, en noviembre de 1985, cotizarán en Capredena, salvo que se encontrasen en alguna de las situaciones de excepción que establece su artículo 1. Dicho artículo plantea que ese régimen previsional comprende exclusivamente al personal de planta de las Fuerzas Armadas, el que se clasifica en Oficiales, Cuadro Permanente y Gente de Mar y Empleados Civiles, entre los cuales, no están los funcionarios de la DGAC. Por todo lo anterior es que la CGR sostuvo ante el Senado que es improcedente que ambas cortes se hayan abocado al conocimiento de los asuntos vinculados y que sería inconstitucional que no se respeten

5 sus atribuciones y competencias. Y sobre eso último ya hay antecedentes concretos. La jurisprudencia del TC Poco antes de que la CGR recurriera al Senado, presentó un recurso en contra del 29 Juzgado Civil de Santiago en el Tribunal Constitucional. Los alegatos se presentaron el 4 de enero de 2017 y días después se emitió una sentencia favorable para el organismo que encabeza Bermúdez (ver sentencia). No se trataba de la causa que involucraba a los funcionarios de la DGAC, sino que a otra que Héctor Rodríguez, el mismo abogado que los representa, presentó durante 2016 en nombre de otros 869 empleados de la misma entidad para poner término a una situación de incertidumbre jurídica. La sentencia del TC reconoce que existe una normativa clara y precisa en lo relativo a quienes se encuentran afiliados al régimen previsional de la Fuerzas Armadas: sólo el personal del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea ( ) Incorporar otra clase de personal a dicho régimen, entraña modificar esa normativa, lo cual exige la concurrencia de los poderes co-legisladores y, eventualmente, de este Tribunal Constitucional. Intertanto, tal normativa sólo puede ser informada de un modo generalmente obligatorio, para toda la Administración del Estado, sólo por la Contraloría General de la República, precisamente por concernir al régimen previsional aplicable a funcionarios públicos. En virtud de lo anterior, el TC ordenó al juzgado civil suspender la tramitación de la causa de esos 869 funcionarios de la DGAC. Pero aun así, la de los otros continuó hasta llegar a la Suprema y, ahora, hasta una disputa entre el Poder Judicial y la CGR que hoy se encuentra en su fase final.

6 Director de Chile Transparente espera que hoy el Senado dirima en favor de la Contraloría y no de la Corte Suprema contienda de competencia en caso DGAC Alberto Precht dice que si la Cámara Alta le da la razón al Poder Judicial, el Estado pagará montos millonarios, pero además abrirá la puerta a que instituciones similares reclamen que también les corresponde pasar del sistema de AFP a Capredena. Publicado el Carmen Novoa V. A las 11 horas de hoy se realizará una sesión especial en la sala del Senado con el fin de resolver la contienda de competencia entre la Contraloría General de la República y la Corte Suprema por las pensiones de 1331 funcionarios de la Dirección de Aeronáutica Civil (DGAC). Los funcionarios piden pasar desde el sistema de AFP hacia la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), que es un modelo especial que rige a las Fuerzas Armadas. La potestad resolutiva en la materia, es lo que tiene enfrentado a los dos órganos del Estado. La instancia de hoy, la solicitó el contralor general Jorge Bermúdez una vez que la Cuarta Sala de la Corte Suprema revirtiera lo dictaminado por el ente fiscalizador y permitiera el traspaso de los funcionarios públicos-, ya que según ha explicado esa decisión le podría costar al Estado cerca de 900 mil millones de pesos durante los próximos 30 años. En conversación con El Líbero el Director Ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, analiza la discusión que se dará esta mañana, a menos de una semana que se produzca el cambio de parlamentarios. Qué se resolverá en el Senado hoy? Se resolverá un procedimiento que se denomina contienda de competencia. Qué significa? Que dos instituciones señalan ser las competentes para resolver un determinado asunto. En este caso, la Contraloría dice yo tengo la atribución privativa, es decir, solo yo puedo conocer acerca de este asunto, y la Corte Suprema, por su parte, dice yo también puedo conocer sobre este. Es ahí donde se traba esta contienda de competencia que la tiene que promover uno de los dos órganos, en este caso lo hizo la Contraloría. Por qué ocurre? Ocurre porque la Contraloría General de la República desde el año y de manera uniforme-, ha excluido a los funcionarios de la Dirección de Aeronáutica Civil (DGAC) del sistema de Capredena, ya que señala que tienen el mismo régimen previsional que tenemos la mayoría de los chilenos, es decir AFP. Pero, en un giro bastante inesperado el Poder Judicial empezó a conocer si estos funcionarios de la DGAC tenían derecho o no para poder acceder al sistema de Capredena. En ese sentido, el Poder Judicial está cambiando un poco lo que había sido la doctrina

7 anterior, tanto así que en una primera instancia el Poder Judicial dijo yo no soy competente, y después cuando esto va a apelación, señala que sí es competente para poder conocerlo. Por qué es el Senado el que dirime en este caso? Siempre que hay contiendas de competencia un tercero que es imparcial es el que dirime, o sea otro poder del Estado. Si ocurriera una contienda de competencia entre el Senado y el Poder Judicial dirimiría el Tribunal Constitucional. Qué repercusiones tiene el fallo? Tiene relevancia en dos ámbitos. Primero, en el jurídico por cuanto si el Senado señala que el Poder Judicial es competente, termina con décadas de una jurisprudencia administrativa uniforme en cuanto se entendía que solamente la Contraloría podía conocer de estos asuntos, pero también, debilita el accionar de la Contraloría en estas materias. Pero además, si sólo se consideran los funcionarios que están haciendo la demanda (1331) y se les pasa de AFP a Capredena, estaríamos hablando de 123 mil millones de pesos. Esta cifra, y como lo ha dicho el Contralor, equivalen a más de siete hospitales públicos como el de Casa Blanca, que es de mediana complejidad. Es la única complejidad? No, porque además eso abriría una puerta que es muy peligrosa desde el punto de vista presupuestario, ya que otras instituciones similares pudieses señalar que a ellos también les corresponde estar en el régimen previsional de Capredena. Un ejemplo, son las fábricas de armamento del Ejército, de la marina o de la Fuerza Aérea; también los funcionarios de hospitales institucionales; el servicio religioso del Ejército; funcionarios civiles de Carabineros, entre otros. Todos ellos podrían decir a nosotros nos corresponde el sistema de Capredena y no el de AFP. Si ocurriese eso, y el Poder Judicial señalara que les corresponde, estamos hablando de un monto que pudiera ascender incluso a los 500 mil millones de pesos, esto es casi el 70% de lo que cuesta en régimen la gratuidad de la educación superior, por lo cual sería muy díficil para cualquier gobierno el poder solventar este gasto con los fondos regulares que tiene el Estado. Y si resuelve en favor de la Contraloría? Presumiblemente esta siga manteniendo el criterio de señalar que los funcionarios de la DGAC son funcionarios que deben someterse al sistema de AFP. A su modo de ver, qué es lo mejor? En este caso no debiera innovar porque si bien es bastante técnico se trata de una demanda de mera certeza, ya que se señala si corresponde o no la interpretación de una norma. Esa, privativamente a mi entender, debe ser interpretada por la Contraloría General de la República, no por los Tribunales de Justicia. No es paradójico que estén enfrentadas estas dos instituciones? Las contiendas de competencia no son habituales, y afortunadamente la misma Constitución establece la forma de dirimir. Es paradójico, no es algo habitual, y al no serlo sorprende. Y en este caso además sorprende porque el Poder Judicial finalmente cambia una tendencia que viene desde los años 80, en la cual se respetaba la competencia de la Contraloría como la única que puede resolver el régimen previsional de este tipo de funcionarios.

8 Estamos a menos de una semana para el cambio de mando. No era mejor esperar que asumieran los nuevos senadores? Esta va a ser la última votación del Senado, es algo muy importante. Además existen senadores que van a asumir como ministros -Hernán Larraín en Justicia y Alberto Espina en Defensa-, por lo cual uno podría ver que quizás esta contienda de competencia podría haber sido resuelta por un nuevo Senado o con anterioridad. En todo caso no existe ningún problema de legitimidad, ya que este fue el Senado que ha conocido con profundidad el asunto por lo que cuenta con los antecedentes necesarios para resolver. Cómo se resuelve finalmente el problema? Esto debe ser resuelto por la una ley de la República. Cuando se discuta la reforma previsional se debe debatir sobre cuál es el régimen de este tipo de trabajadores y también si vale la pena mantener un sistema como el de Capredena de la forma que existe hoy, que es tan dispar con el sistema de AFP. Generalmente esto ocurre porque los funcionarios de las Fuerzas Armadas tienen un régimen previsional que es mucho más favorable que el régimen de AFP, pero uno podría entender que esto ocurre porque un Carabinero está poniendo en riesgo su vida, lo mismo un militar que tiene un carrera que es compleja, que es más corta y que tiene riesgos asociados, tenga un sistema previsional distinto. Es de sentido común. Pero en este caso estamos hablando de funcionarios públicos que no tienen una gran diferencia con otros funcionarios públicos que sí se previsionan por el sistema de AFP, por lo que importaría una injusticia. Cuál es el riesgo real que tiene en su labor un funcionario de la DGAC versus uno del registro civil? Es difícil poder imaginarlo. Pero cuando uno habla de un Carabinero y un funcionario del Registro Civil si hay una diferencia importante en la función que cumplen y en el riesgo de esa función. En ese caso, se entiende que pueda haber un régimen previsional distinto, pero en este caso, con razones de lógica no debiese corresponder.

9 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 12 5 Senado dirimirá hoy contienda por competencia Contraloría-Suprema 8,6x7,7 66,

10 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 21,4x24,4 521,3 2 4 Presidente de la Cámara de Diputados desafía fallo del TC y revive capacidad sancionatoria del Sernac

11 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 13x13 169,3 2 5 Presidente de la Cámara de Diputados desafía fallo del TC y revive capacidad sancionatoria del Sernac

12 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 19 5 Cámara envía al Ejecutivo oficio para promulgación de nuevo Sernac 12,6x7,4 93,

13 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 19 6 Cámara envía al Ejecutivo oficio para promulgación de nuevo Sernac 12,9x7,

14 Fecha: Fuente: El Mercurio (Stgo - Chile) 17,2x26,9 463,8 4 2 Presidenta envía proyecto para exigir a Carabineros ser "leales, honestos y moralmente intachables"

15 Fecha: Fuente: Diario Financiero (Santiago - Chile) 16,4x13,3 219, Gobierno sube subsidio de tramos terrestres de Fibra Óptica Austral declarados desiertos

16 Fecha: Fuente: Diario Financiero (Santiago - Chile) 16,7x13,6 228, Gobierno sube subsidio de tramos terrestres de Fibra Óptica Austral declarados desiertos

17 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 24 2 Bachelet anuncia Nueva Constitución que amplía derechos pero "no parte de cero" 21,3x22,9 487,

18 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 24 3 Bachelet anuncia Nueva Constitución que amplía derechos pero "no parte de cero" 17,1x16,7 285,

19 Fecha: Fuente: Diario Pulso - Stgo - Chile 24 4 Bachelet anuncia Nueva Constitución que amplía derechos pero "no parte de cero" 9x17,4 156,

20 Fecha: Fuente: El Mercurio (Stgo - Chile) 3 2 Rigor de las auditorías en las FF.AA. 18,6x19,1 356,

21 Fecha: Fuente: El Mercurio (Stgo - Chile) 2 8 Van Rysselberghe por contrata: "Rompe cualquier tipo de pudor" 7x17,5 123,

22 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Calama - Chile) 26,6x21, Dirigentes intentarán destrabar en Santiago el rediseño de la Refinería de Chuquicamata

23 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Calama - Chile) 17,8x12 213,6 5 3 Dirigentes intentarán destrabar en Santiago el rediseño de la Refinería de Chuquicamata

24 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Calama - Chile) 13,7x9,6 131,2 5 4 Dirigentes intentarán destrabar en Santiago el rediseño de la Refinería de Chuquicamata

25 Fecha: Fuente: El Sur de (Concepcion - Chile) 5 2 Traspasan al nuevo gobierno regulación del transporte de Concepción y Tomé 23x24,4 561,

26 Fecha: Fuente: La Estrella de - Chiloe - Chile 5 2 Nueva regulación del pompón causa polémica en Chiloé 25,4x29,8 757,

27 Fecha: Fuente: La Hora - Stgo - Chile 4 2 Intendentes y financiamiento 4,6x26 119,

28 Fecha: Fuente: La Tercera - Stgo - Chile 24 2 Denuncia en la FNE acusa barreras a la libre competencia en licitación del SII 26,2x21,1 552,

29 Fecha: Fuente: La Tercera - Stgo - Chile 24 3 Denuncia en la FNE acusa barreras a la libre competencia en licitación del SII 12,6x14,3 180,

30 Fecha: Fuente: La Tercera - Stgo - Chile 24 4 Denuncia en la FNE acusa barreras a la libre competencia en licitación del SII 12,8x12 153,

31 Solicitada por un funcionario de la Universidad de Chile CGR desestimó reconsiderar dictamen que disminuyó Asignación Universitaria Complementaria en la Universidad de Chile pero ordenó revisar criterios de otorgamiento para resguardar el principio de igualdad El ente contralor señaló que en la especie no se ha modificado el monto de una asignación vigente. 6 de marzo de 2018 Se solicitó a la Contraloría General de la República por parte de un funcionario de la Universidad de Chile- la reconsideración del dictamen N , de 2016, de este origen, y que se ordene a la Universidad de Chile que reponga, a contar del 1 de enero de 2016, el monto de la Asignación Universitaria Complementaria de que gozaba hasta antes de esa data, mientras no se dicte un nuevo acto administrativo ajustado a derecho y debidamente notificado; en subsidio, el recurrente pide que se declare su derecho a gozar del último monto de dicha asignación que percibió en el cargo profesional grado 4 -que conservó en propiedad-, hasta antes de pasar a ocupar el cargo directivo de confianza, subdirector jurídico, grado 4, con aplicación de todos los reajustes concedidos durante el tiempo de su desempeño directivo y posteriores; criterio que, según indica, se ha aplicado a algunos funcionarios de esa universidad, pero no ha acontecido en su caso. Cabe recordar que el dictamen N , de 2016, concluyó que la decisión del Rector de dicha casa de estudios superiores, en orden a disminuir, a partir del 1 de enero de 2016, el monto de la Asignación Universitaria Complementaria que se le otorgaba con anterioridad, se encontraba ajustada a derecho, no obstante debía proceder a notificar al interesado del acto administrativo correspondiente, lo que no constaba que hubiere sido efectuado. Agregó que es preciso que los actos administrativos que regulen beneficios como el de la especie consideren criterios objetivos para su pago, de forma tal que su otorgamiento no implique una discriminación arbitraria entre empleados que estén en las mismas condiciones, con el fin de asegurar el derecho a la igualdad ante la ley en el ámbito laboral. Por lo anterior, determinó que el Rector de dicha casa de estudios debe dictar un nuevo acto administrativo que regule la Asignación Universitaria Complementaria, en el cual se contengan todas las pautas objetivas que se estime pertinente considerar, para determinar el monto que por tal concepto le corresponderá recibir a cada funcionario beneficiado. El ente contralor señaló que en la especie no se ha modificado el monto de una asignación vigente, sino que, una vez expirado el período en que aquélla debía enterarse respecto del interesado, la autoridad, en ejercicio de las facultades que le competen, y conforme con los procedimientos previstos para tal efecto, determinó otorgarle el beneficio remuneratorio de que se trata, para un nuevo período y por la suma que fijó en su caso, teniendo en cuenta los aspectos que le correspondía evaluar privativamente, en especial, la menor complejidad y carga de trabajo de las labores que pasó a cumplir desde enero de 2016, en relación a las condiciones del

32 cargo directivo que anteriormente desarrollaba. Asimismo, atendido que la mencionada asignación se otorga por un plazo determinado, la eventual invalidación del citado decreto universitario exento N 3.425, de 2016, en caso alguno lo habilitaría para percibir el porcentaje concedido a través del decreto universitario exento N , de 2015, por cuanto la vigencia de ese acto administrativo expiró en la fecha expresamente allí consignada. Por tanto, no procede que se ordene a la autoridad universitaria que mantenga la asignación que le otorgara al recurrente hasta diciembre del año 2015, puesto que el acto administrativo pertinente cesó en sus efectos, por lo que procede rechazar la solicitud de reconsideración del aludido dictamen N , de 2016, de este origen. Así, la CGR agregó que en sus actuaciones la Universidad de Chile debe dar cumplimiento al principio de igualdad ante la ley, al que están afectos las entidades públicas, de conformidad con el artículo 19 N 2, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, lo cual resulta aplicable al régimen remuneratorio de sus funcionarios. Así, se advierte que en lo relativo al reajuste de la Asignación Universitaria Complementaria, esa casa de estudios superiores habría aplicado criterios dispares entre sus funcionarios que se encuentran en la misma situación, en atención a sus diversas dependencias, lo que debe ser regularizado. En consecuencia, respecto a la solicitud subsidiaria del interesado, atendido que es atribución de esa autoridad universitaria la fijación del estipendio remuneratorio en comento, es menester que ella proceda a efectuar una revisión de los criterios de otorgamiento de la Asignación Universitaria Complementaria a sus funcionarios, de manera de resguardar el principio de igualdad ante la ley previsto en el aludido artículo 19 N 2, de la Carta Fundamental, y disponga los ajustes y pagos que procedan.

33 Fecha: Fuente: Austral de la Araucania (Temuco - Chile) 9 2 Rehabilitación gratuita 5,7x17 96,

34 Fecha: Fuente: Austral de (Valdivia - Chile) 18x16,7 299,9 6 2 Estudiantes de Panguipulli iniciarán sus clases en salas de emergencia tras incendio

35 Fecha: Fuente: Austral de (Valdivia - Chile) 18,2x22, Estudiantes de Panguipulli iniciarán sus clases en salas de emergencia tras incendio

36 Fecha: Fuente: Austral de (Valdivia - Chile) 14x15 209,9 6 4 Estudiantes de Panguipulli iniciarán sus clases en salas de emergencia tras incendio

37 Fecha: Fuente: El Centro de la (Septima Region - Chile) 9 5 Municipio de Talca defendió legalidad del Centro Crece 18,9x17,2 324,

38 Fecha: Fuente: El Centro de la (Septima Region - Chile) 9 6 Municipio de Talca defendió legalidad del Centro Crece 18,7x21,2 395,

39 Fecha: Fuente: El Llanquihue - Puerto Montt - Chile 6 2 Gobierno entrega actas de radicación a 11 familias del Parque V. Pérez Rosales 22,8x19,5 445,

40 Fecha: Fuente: El Llanquihue - Puerto Montt - Chile 6 3 Gobierno entrega actas de radicación a 11 familias del Parque V. Pérez Rosales 18,8x18,7 351,

41 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 2 2 ANEF en alerta por alza en dotación de planta que denunció nuevo intendente 26,8x32,9 884,

42 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 2 3 ANEF en alerta por alza en dotación de planta que denunció nuevo intendente 13,5x15,3 206,

43 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 2 4 ANEF en alerta por alza en dotación de planta que denunció nuevo intendente 13,5x15,3 206,

44 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 3 2 ANEF en alerta por alza en dotación de planta que denunció nuevo intendente 13,5x25,6 345,

45 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 3 3 ANEF en alerta por alza en dotación de planta que denunció nuevo intendente 9x6,5 58,

46 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 27,2x27, Concejales piden cuentas y reestructuración de gastos en plan de acción ante déficit municipal

47 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 13,6x32 436,3 6 3 Concejales piden cuentas y reestructuración de gastos en plan de acción ante déficit municipal

48 Fecha: Fuente: El Mercurio de (Valparaiso - Chile) 13,3x15,8 210,6 6 4 Concejales piden cuentas y reestructuración de gastos en plan de acción ante déficit municipal

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