INDICE POR TEMAS DE LA RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 1/2011 INDICE INDICE POR TEMAS DE LA RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 1/ Y CONSIDERANDO:...

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1 Ministerio de Finanzas Secretaría de Ingresos Públicos Publicación: R.N. N 01/2011 B.O Vigencia Modificaciones: Modif. R.N. N 02/2011 B.O Modif. R.N. N 03/2011 B.O Modif. R.N. N 04/2011 B.O Modif. R.N. N 05/2011 B.O Modif. R.N. N 06/2011 B.O Modif. R.N. N 07/2011 B.O Modif. R.N. N 08/2011 B.O Modif. R.N. N 09/2011 B.O Modif. R.N. N 10/2011 B.O Modif. R.N. N 11/2011 B.O Modif. R.N. N 12/2011 B.O Modif. R.N. N 13/2011 B.O Modif. R.N. N 14/2011 B.O Modif. R.N. N 15/2011 B.O Modif. R.N. N 16/2011 B.O Modif. R.N. N 17/2011 B.O Modif. R.N. N 18/2011 B.O Modif. R.N. N 19/2011 B.O Modif. R.N. N 20/2012 B.O Modif. R.N. N 21/2012 B.O Modif. R.N. N 22/2012 B.O Modif. R.N. N 23/2012 B.O Modif. R.N. N 24/2012 B.O Modif. R.N. N 25/2012 B.O Modif. R.N. N 26/2012 B.O Modif. R.N. N 27/2012 B.O Modif. R.N. N 28/2012 B.O Modif. R.N. N 29/2012 B.O Modif. R.N. N 30/2012 B.O Modif. R.N. N 31/2012 B.O Modif. R.N. N 32/2012 B.O Modif. R.N. N 33/2012 B.O Modif. R.N. N 34/2012 B.O Modif. R.N. N 35/2012 B.O Modif. R.N. N 36/2012 B.O Modif. R.N. N 37/2012 B.O Modif. R.N. N 38/2012 B.O Modif. R.N. N 39/2012 B.O Modif. R.N. N 40/2012 B.O Modif. R.N. N 41/2012 B.O Modif. R.N. N 42/2012 B.O Modif. R.N. N 43/2012 B.O Modif. R.N. N 44/2012 B.O Modif. R.N. N 45/2012 B.O Modif. R.N. N 46/2012 B.O Modif. R.N. N 47/2012 B.O Modif. R.N. N 48/2012 B.O Modif. R.N. N 49/2012 B.O Modif. R.N. N 50/2012 B.O Modif. R.N. N 51/2012 B.O Modif. R.N. N 52/2012 B.O Modif. R.N. N 53/2012 B.O Modif. R.N. N 54/2012 B.O Modif. R.N. N 55/2012 B.O Modif. R.N. N 56/2012 B.O Modif. R.N. N 57/2013 B.O Modif. R.N. N 58/2013 B.O Modif. R.N. N 59/2013 B.O Modif. R.N. N 60/2013 B.O Modif. R.N. N 61/2013 B.O Modif. R.N. N 62/2013 B.O Modif. R.N. N 63/2013 B.O Modif. R.N. N 64/2013 B.O Modif. R.N. N 65/2013 B.O Modif. R.N. N 66/2013 B.O Modif. R.N. N 67/2013 B.O Modif. R.N. N 68/2013 B.O Modif. R.N. N 69/2013 B.O Modif. R.N. N 70/2013 B.O Modif. R.N. N 71/2013 B.O Modif. R.N. N 72/2013 B.O Modif. R.N. N 73/2013 B.O Modif. R.N. N 74/2013 B.O Modif. R.N. N 75/2013 B.O Modif. R.N. N 76/2013 B.O Modif. R.N. N 77/2013 B.O Modif. R.N. N 78/2013 B.O Modif. R.N. N 79/2013 B.O Modif. R.N. N 80/2013 B.O Modif. R.N. N 81/2013 B.O Modif. R.N. N 82/2013 B.O Modif. R.N. N 83/2013 B.O Modif. R.N. N 84/2013 B.O Modif. R.N. N 85/2013 B.O Modif. R.N. N 86/2013 B.O Modif. R.N. N 87/2013 B.O Modif. R.N. N 88/2013 B.O Modif. R.N. N 89/2013 B.O Modif. R.N. N 90/2013 B.O Modif. R.N. N 91/2013 B.O Modif. R.N. N 92/2013 B.O Modif. R.N. N 93/2013 B.O Modif. R.N. N 94/2013 B.O Modif. R.N. N 95/2013 B.O Modif. R.N. N 96/2013 B.O Modif. R.N. N 97/2013 B.O Modif. R.N. N 98/2013 B.O Modif. R.N. N 99/2013 B.O Modif. R.N. N 100/2013 B.O Modif. R.N. N 101/2014 B.O Modif. R.N. N 102/2014 B.O. 04/02/2014 Modif. R.N. N 103/2014 B.O. 04/02/2014 Modif. R.N. N 104/2014 B.O. 04/02/2014 Modif. R.N. N 105/2014 B.O. 06/03/2014 Modif. R.N. N 106/2014 B.O. 10/03/2014 Modif. R.N. N 107/2014 B.O. 06/03/2014 Modif. R.N. N 108/2014 B.O. 06/03/2014 Modif. R.N. N 109/2014 B.O. 19/03/2014 Modif. R.N. N 110/2014 B.O Modif. R.N. N 111/2014 B.O Modif. R.N. N 112/2014 B.O Modif. R.N. N 113/2014 B.O Modif. R.N. N 114/2014 B.O Modif. R.N. N 115/2014 B.O Modif. R.N. N 116/2014 B.O Modif. R.N. N 117/2014 B.O Modif. R.N. N 118/2014 B.O Modif. R.N. N 119/2014 B.O Modif. R.N. N 120/2014 B.O Modif. R.N. N 121/2014 B.O Modif. R.N. N 122/2014 B.O Modif. R.N. N 123/2014 B.O Modif. R.N. N 124/2014 B.O Modif. R.N. N 125/2014 B.O Modif. R.N. N 126/2014 B.O Modif. R.N. N 127/2014 B.O Modif. R.N. N 128/2014 B.O Modif. R.N. N 129/2014 B.O Modif. R.N. N 130/2014 B.O Modif. R.N. N 131/2014 B.O Modif. R.N. N 132/2014 B.O Modif. R.N. N 133/2014 B.O Modif. R.N. N 134/2014 B.O Modif. R.N. N 135/2014 B.O Modif. R.N. N 136/2014 B.O Modif. R.N. N 137/2014 B.O Modif. R.N. N 138/2014 B.O Modif. R.N. N 139/2014 B.O Modif. R.N. N 140/2014 B.O Modif. R.N. N 141/2014 B.O Modif. R.N. N 142/2014 B.O Modif. R.N. N 143/2014 B.O Modif. R.N. N 144/2014 B.O Modif. R.N. N 145/2015 B.O Modif. R.N. N 146/2015 B.O Modif. R.N. N 147/2015 B.O Modif. R.N. N 148/2015 B.O Modif. R.N. N 149/2015 B.O Modif. R.N. N 150/2015 B.O Modif. R.N. N 151/ B.O Modif. R.N. N 152/ B.O Modif. R.N. N 153/2015 B.O Modif. R.N. N 154/2015 B.O Modif. R.N. N 155/2015 B.O Modif. R.N. N 156/2015 B.O Modif. R.N. N 157/2015 B.O Modif. R.N. N 158/2015 B.O Modif. R.N. N 159/2015 B.O Modif. R.N. N 160/2015 B.O Modif. R.N. N 161/2015 B.O INDICE POR TEMAS DE LA RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 1/2011 INDICE INDICE POR TEMAS DE LA RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 1/ INDICE... 1 RESOLUCIÓN NORMATIVA N Y CONSIDERANDO: TÍTULO I - NORMAS GENERALES CAPITULO 1: SERVICIOS DE ASISTENCIA NO PRESENCIAL- SITIO SEGURO- INGRESO CON CLAVE (FISCAL/C.I.D.I.) Sitio Seguro Servicios de Asistencia no Presencial al Contribuyente Vigencia Requerimiento de hardware y Software... 23

2 Contribuyentes con clave fiscal Funcionalidad Constatación Integral de datos Persona Física/Jurídica Documentación Comunicación Notificación Efectos de los trámites no presenciales Disposiciones Generales Servicios No Presenciales Sin Clave Fiscal: Adhesión Cedulón Digital Opción - Procedimiento CAPITULO 2: PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Presentación de Declaraciones Juradas de Contribuyentes Concursados y Fallidos Artículo 161 Código Tributario Presentación Declaración Jurada Actualización de Datos a Requerimiento de Organismo Tributario Provincial Confección y presentación del Formulario F-902 Rev. vigente Vía Electrónica 27 Confección y Presentación del Formulario F-902 Rev. vigente Vía Electrónica a Requerimiento de los Municipios CAPITULO 3: DOMICILIO FISCAL Contribuyentes Domiciliados Fuera de la Provincia - Domicilio Fiscal Domicilio Fiscal Electrónico Constitución Constitución Obligatoria Efectos Actuaciones con Domicilio Especial Constituido Vigencia Momento de la Notificación Inoperatividad del Sistema CAPITULO 4: OTRAS DISPOSICIONES Copias no Autenticadas Sanciones Multas a los Deberes Formales Casos comprendidos en el art. 75 del C.T.P., cuya aplicación puede no iniciarse con sumario Intimaciones Formulario de Uso Obligatorio Jurisdicción Administrativa Gastos de Franqueo TÍTULO II - PROCEDIMIENTO CAPÍTULO 1: MEDIOS DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SECCIÓN 1: Medios de Cancelación, Pago Electrónico de Servicios Débito Directo Informe de Deuda - Contribuyente Constitución de Domicilio Fiscal Electrónico Obligatorio Informe de Deuda Escribanos: Confección y Presentación de la Solicitud de Informe Notarial Pago Electrónico de Servicios Debito Directo en Tarjeta de Crédito Ámbito de Aplicación Beneficios

3 Forma de Pago Adhesión - Efectos Alta - Efectos Bajas Solicitud: Desistimiento: Efectos del desistimiento: Cambio de Tarjeta Devoluciones Casos Especiales - Expediente Responsables del Débito Constancia de pago: Débito Directo, Cuenta Bancaria o Tarjeta de Crédito.. 39 Cancelación de obligaciones mediante validación y autorización en línea de operaciones con tarjetas de crédito o débito Ámbito de Aplicación Operatoria- Condiciones Devoluciones y compensaciones Casos Especiales - Expediente Constancia de pago: Débito Directo Tarjeta de Crédito/Débito Cancelación de obligaciones por medio del Sistema de pago mediante tarjetas de crédito con autorización en línea a través de la web Ámbito de Aplicación Operatoria - Condiciones Devoluciones y compensaciones Casos Especiales - Expediente Constancia de pago: Tarjeta de Crédito a través de la web SECCIÓN 2: Régimen de Retención sobre las Remuneraciones de los Agentes Públicos, Jubilados, y/o Pensionados Provinciales Res. Ministerial N 249/03 Decreto 1087/ Ámbito de Aplicación Beneficios Descuento del Diez Por Ciento (10%) Premio Estímulo Cuotas Mensuales Formalidades Adhesión Efectos Alta Efectos Baja Efectos Baja Automática O de Oficio Devoluciones Casos Especiales - Expediente Sistema de débito automático por cuenta bancaria, tarjeta de crédito o Régimen de Retención sobre Remuneraciones SECCIÓN 3: DOCUMENTOS DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES FISCALES Exclusiones Condonación Formularios para Cancelar con DoCOF II las Obligaciones Tributarias y Otras Acreencias CAPÍTULO 2: FORMAS DE PAGO SECCIÓN 1: Plan de Facilidades de Pago. Régimen General Decreto N 1356/ Ámbito de Aplicación Deuda Incluida Reformulación Formas de Solicitar Plan de Pagos

4 Fecha de Perfeccionamiento del Plan Monto y Cantidad de Cuotas Pago Afianzamiento: Vencimiento de las Cuotas Formalidades Caducidad Del Rechazo Garantías Limitación a la Cantidad de Planes Acogidos: Deuda Gestión Judicial: Deudas en Proceso de Fiscalización: SECCIÓN 2: Cancelación Planes Decreto N 1356/10 por Débito Automático Desistimiento al Débito Automático SECCIÓN 3: Plan de Pago Docof Sección Sustituida por RN 144/2014 (B.O. 30/12/2014) Perfeccionamiento Confirmación Automática de Planes Vencimiento de los Anticipos o Cuotas Cuotas Disposiciones para el Acogimiento Pago Caducidad Cancelación Anticipada de Planes Otorgados por el Decreto N 259/ Reformulación de Planes vigentes Ámbito de Aplicación Solicitud de reformulación Obligaciones Vencidas al Pago con DoCOF Obligaciones Vencidas con Posterioridad al SECCIÓN 4: Plan de Facilidades de Pago Concursados y/o Quebrados- Ley Régimen Especial Cuarto Párrafo Articulo 103 del Código Tributario Régimen Especial Quinto Párrafo Articulo 103 del Código Tributario SECCION 5: Régimen de Compensación Generalidades Efectos Compensación en Línea (On-Line) Compensación en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Compensación de Crédito Fiscal por Honorarios Regulados Art. 25 Ley N Compensación Tasa Vial Provincial Ley N SECCIÓN 6: Decreto N 465/2010: Régimen y Plan de Facilidades de Pago. Vivienda Social (decreto Nº 495/2009) Ámbito de Aplicación Beneficiarios Condiciones y Beneficios Reformulación Perfeccionamiento del Plan Fecha de Perfeccionamiento Caducidad Exclusiones

5 SECCIÓN 7: PLAN DE FACILIDADES DE PAGO. RÉGIMEN DECRETO N 2112/ Ámbito de Aplicación Deuda Incluida Reformulación Fecha de Perfeccionamiento del Plan Beneficios: Regularización: Monto y Cantidad de Cuotas Pago Cese Hecho Imponible Vencimiento de las Cuotas Formalidades Perfeccionamiento automático de planes Caducidad Del Rechazo Garantías Bajas de Planes Vigentes Deudas en Proceso de Fiscalización SECCIÓN 8: RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS - DECRETO N 225/ Ámbito de Aplicación Deuda Incluida Reformulación Fecha de Perfeccionamiento Del Plan Beneficios: Regularización: Monto y Cantidad de Cuotas Pago Cese Hecho Imponible Vencimiento de las Cuotas Formalidades Perfeccionamiento automático de planes Caducidad Gastos Causídicos Del Rechazo Garantías Bajas de Planes Vigentes SECCIÓN 9: RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS - DECRETO N 1346/ Ámbito de Aplicación Deuda Incluida Reformulación Fecha de Perfeccionamiento del Plan Beneficios: Regularización: Monto y Cantidad de Cuotas Pago Vencimiento de las Cuotas Formalidades Caducidad Gastos Causídicos Del Rechazo

6 Garantías Bajas de Planes Vigentes SECCION 10: Decreto N 46/2013 Computo Tasa Vial Provincial Empresas de Transporte Automotor Regular de Pasajeros: SECCION 11: Decreto N 1151/2014 Régimen de Facilidades de Pago: Ámbito de Aplicación Exclusiones Deuda Incluida Reformulación Planes de Otros Regímenes Formas de Solicitar Plan de Pagos Fecha de Perfeccionamiento Del Plan Confirmación automática de planes - Emisión de Cuotas De las Cuotas y Condiciones de los Planes de Facilidades Deuda a financiar - planes Cese Hecho Imponible Vencimiento de las Cuotas Caducidad Refinanciación Del Rechazo Bajas de Planes Vigentes - Solicitud de reformulación Deudas en Proceso de Fiscalización: CAPÍTULO 3: RENDICIONES ENTES RECAUDADORES CAPÍTULO 4: EXENCIONES Vigencia Renovación de Exenciones. Vigencia: Formalidades Exenciones que no rigen de pleno derecho Decreto Provincial N 689/2012: Prórroga Plazo de Exenciones Otorgadas en Virtud del Decreto N 683/ Exenciones que rigen de pleno derecho Comunicación de Modificación Situación de Contribuyente Sanciones Formalidades a presentar para ofrecer garantía Art. 5 Ley Nº 5319 de Promoción Industrial Resoluciones de Exención sin fecha de término CAPÍTULO 5: BENEFICIOS ESPECIALES Desgravaciones Decaimiento de Derecho Solicitud del Beneficio Disposición Transitoria Decreto N 1087/2014: Restitución Formalidades Decreto Provincial N 1439/2014: Beneficio para contribuyentes y/o responsables de zona afectada por Explosión en Alta Córdoba A) Impuesto Inmobiliario B) Impuesto sobre los Ingresos Brutos Ley N 9727 Programa de Promoción y Desarrollo Industrial de Córdoba - Capítulo VII: Desgravaciones Impositivas para empresas madrinas CAPÍTULO 6: SISTEMA DE SEGUIMIENTO ESPECIAL Y PERSONALIZADO DE SUJETOS NOMINADOS COMO GRANDES CONTRIBUYENTES CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO Obligatorio

7 CAPÍTULO 7: CERTIFICADO FISCAL Confección y presentación de la Solicitud de Certificado Fiscal para Contratar Efectuada por la Web Información E.P.E.C CAPITULO 8: GESTIÓN PREJUDICIAL CAPITULO 9: PROCESO ADMINISTRATIVO CON CONTROL JUDICIAL CAPITULO 10: REGISTRO ÚNICO DE DEUDORES FISCALES MOROSOS. 113 CAPITULO 10 BIS: NÓMINA DE DEUDORES DEL IMPUESTO A LA PROPIEDAD AUTOMOTOR CON BASE IMPONIBLE MAYOR O IGUAL A $ RESOLUCIÓN MINISTERIAL N 149/ CAPÍTULO 11: RÉGIMEN DE CONSULTA VINCULANTE Requisitos: Presentación Consulta Vinculante A) Formalidades B) Admisibilidad c) Efectos de la Presentación Respuesta a la Consulta Vinculante A) Plazos B) Validez de la Respuesta C) Efectos de la Respuesta D) Publicación de la Respuesta Otras Disposiciones CAPÍTULO 12: AGENTES DE INFORMACIÓN PRESTADORES DE SERVICIOS DE TELEFONÍA FIJA Y/O MÓVIL Y PRESTADORES DE SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE TELEVISIÓN POR CABLE Y/O VÍA SATELITAL, RESOLUCIÓN Nº 03/2010 DE LA SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS SECCIÓN 1: Prestadores de servicios de telefonía fija y/o móvil Vigencia del Régimen: Constancia de Inscripción como Agente de Información Declaración Jurada Información requerida en las Declaraciones Juradas Vencimiento de Declaraciones Juradas Presentaciones en término Cese como Agente de Información TÍTULO III - IMPUESTO INMOBILIARIO CAPÍTULO 1: CONTRIBUYENTES OBLIGACIONES Poseedores a Titulo de Dueño Modificación Domicilio Postal a Través de los Servicios de Asistencia no Presencial al Contribuyente Régimen de Pago de Loteos Grupos Parcelarios Impuesto Inmobiliario Adicional Disposiciones Comunes a los Regimenes Especiales: Loteador-Parcelario E Inmobiliario Adicional Emergencia / Desastre Agropecuaria: Cuentas que Tributen el Impuesto Inmobiliario Rural por el Régimen de Loteo o Grupo Parcelario. Impuesto Inmobiliario Adicional CAPÍTULO 2: TRANSFERENCIA DE INMUEBLES

8 CAPÍTULO 3: BENEFICIOS ESPECIALES SECCIÓN 1: Facilidades de Pago Relevamientos Catastrales Ámbito de Aplicación Condonación Acogimiento Facilidades de Pago Anticipo Cuotas: Monto y Cantidad Rechazo de Solicitudes Vencimiento de las Cuotas Caducidad Plan de Facilidades de Pago Garantías Decaimiento de Beneficios Decreto N 1443/ TÍTULO IV - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS CAPÍTULO 1: DISPOSICIONES COMUNES PARA CONTRIBUYENTES Y AGENTES SECCIÓN 1: Formalidades de Inscripción - Comunicación de Modificaciones y/o Actualización de Datos y Cese - para Contribuyentes y Agentes Trámites: Inscripción/Reinscripción Excepción de trámites a través del Portal de Rentas Virtual Inscripción monotributistas sociales incluidos en el registro nacional de efectores Inscripción de Oficio - Inciso 6) del Artículo 20 del Código Tributario: Reconocimiento, Determinación o Declaración de Impuesto en la Provincia: 136 Comunicación de Modificaciones o Actualización de Datos Continuidad Económica Cese de Actividades Ceses Extemporáneos Contribuyente Local (Titulo Incorporado por RN 127/2014 (B.O. 26/08/2014) 140 Cese Agente de Retención y Percepción Comunicación del Cese Constancia de Inscripción/Cese en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos SECCIÓN 2: Aplicativos ) Aplicativo Sistema de Liquidación Agentes de Retención/Recaudación y Percepción Impuesto sobre los Ingresos Brutos Provincia de Córdoba Silarpib.Cba Actualización de Tablas Paramétricas Vigencia Generalidades Requerimientos de Hardware y SOFTWARE Funcionalidades Del Aplicativo Importación de Datos Declaración Jurada Régimen Especial de Presentación: Sistema de Transferencia Electrónica de Datos Osiris en Línea Operatoria Osiris en línea Pago en Entidad Bancaria Opción Pago Electrónico Disposiciones Transitorias

9 2.2) Aplicativo Impuesto sobre los Ingresos Brutos Provincia de Córdoba Apib.Cba para Contribuyentes Generalidades Actualización de tablas paramétricas Vigencia Modalidades Soporte Magnético Requerimientos de Hardware y Software Utilización Aplicativo Importación Procedimiento Entidad Bancaria Opción Pago Electrónico Disposiciones Transitorias SECCION 3: Pago Electrónico de Obligaciones Tributarias -Contribuyentes / Agentes de Retención/Recaudación y Percepción Operatoria Contribuyentes Locales y Agentes de Retención / Recaudación y Percepción Vencimientos Vigencia SECCIÓN 4: Consulta en el Sitio Seguro de Pagos Efectuados y Retenciones y/o Percepciones Decreto N 443/04 y Modificatorios Consulta de Pagos Contribuyentes y Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos CAPÍTULO 2: OTRAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES SECCIÓN 1: Codificación de Actividades I. Actividades que Gozan de Reducción / Incremento de Alícuotas II. Operaciones de Venta de Vehículos Automotores Nuevos Producidos en el Mercosur SECCIÓN 2: Regímenes de Tributación Vigentes Régimen Especial Fijo Régimen General Formalidades Régimen Especial de Tributación: Monto Fijo Inicio de Actividades: Régimen Especial Fijo - Plazos y Efectos Cambios de Régimen Microemprendimientos Productivos SECCIÓN 3: Facturación y Acreditación de Inscripción I Régimen de Facturación, Registración e Información II Régimen de Validación de Situación Fiscal Sujetos y Comprobantes Alcanzados Inscripción en el Régimen de Validación Sujetos Extraña Jurisdicción Baja al Régimen de Validación Procedimiento de Validación Validez de Comprobantes Sanciones Consulta de Códigos de Validación Vigencia del Régimen de Validación III Acreditación de Inscripción SECCIÓN 4: Presentación de Declaraciones Juradas

10 SECCIÓN 5: Régimen Especial de Presentación de Declaración Jurada - Sistema de Transferencia Electrónica de Datos - Osiris en Línea Ámbito de Aplicación: Contribuyentes Obligados a Utilizar Osiris en Línea Disposiciones Aplicables para la Presentación de Osiris en Línea Operatoria SECCIÓN 6: Régimen de Percepción Dirección General de Aduanas Contribuyentes del Convenio Multilateral: Caso Especial Liquidación y Pago de la Percepción Imputación de la Percepción Saldos a Favor SECCIÓN 6 BIS: RÉGIMEN DE PAGO A CUENTA Decreto 906/2014 Introducción de Carne y sus Subproductos Sujetos Obligados Exclusiones Liquidación e Importe a Depositar Momento Anulación de Liquidaciones de Pagos a Cuenta Decreto N 906/ Dicha anulación procederá solo si la liquidación generada no se encontrare abonada Solidaridad Imputación del Pago a Cuenta Forma de Cómputo Saldos a Favor SECCIÓN 7: Situaciones Especiales ) Call Center y Web Hosting ) Contribuyentes Comprendidos en el Artículo 208 Inc. 23 Código Tributario Vigente ) Actividad Industrial: Segundo Párrafo del Artículo 2 de la Ley N 9505, Leyes Modificatorias y Leyes Complementarias: Requisitos para obtener el encuadramiento en la Excepción a la Suspensión de la Exención inciso 23) del Artículo 215 del Código Tributario Vigencia Constancia de encuadramiento en la excepción de la suspensión Exención Industria - 2 párrafo Articulo 2 Ley N Verificación Anual del Encuadramiento en la Excepción de la Suspensión de la Exención Caducidad del Encuadramiento en la Excepción de la Suspensión Actividad Industrial sin Establecimientos Ubicados en la Provincia ) Actividad de Producción, Diseño, Desarrollo y Elaboración de Software: Contribuyentes que Desarrollan Actividad Industrial y/o Actividades Integrales de Diseño, Creación, Producción y Suministro de Programas y Sistemas Operativos de Informática, Comunicación y Procesamiento Electrónico de Datos ) Actividad de Provisión de Alimentos: ) Actividad Primaria, Industrial y Construcción: Ventas a Consumidores Finales ) Actividad de Construcción: Contribuyentes que Realicen Obras Públicas Alícuotas a Aplicar ) Productores de Seguro Única Actividad Totalmente Retenida Declaración Jurada Anual

11 9) Promoción Turística ) Base imponible negativa ) Saldos a favor ) Declaración Jurada Rectificativa en Menos ) Rectificación de Datos en Presentaciones y/o Pagos Efectuados para Corregir su Imputación Saldos Acreedores en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos resultantes de Declaraciones Juradas rectificativas ) Requisitos que Deben Verificarse en el Reintegro de Gastos: ) Deducción de Empleadores de Bomberos Voluntarios Ley 8058 y Modificatorias ) Locación de Inmuebles: Artículo 178 inciso b) del Código Tributario: ) Liquidación Administrativa (Segundo Párrafo del Art. 58 C. T.): ) las fundaciones, los colegios o consejos profesionales y asociaciones profesionales con personería gremial, cualquiera fuese su grado, reguladas por las leyes respectivas, las asociaciones civiles o simples asociaciones civiles o religiosas exentos por la totalidad de sus ingresos Declaración Jurada Anual ) Alta de Actividades informadas en Declaraciones Juradas ) Producción, Comercialización y/o Distribución de Cualquier Tipo de Programas para Ser Trasmitidos por Radio o Televisión Código Alta de oficio: ) Ley N 9693 Sistema de Información para el Fortalecimiento de la Actividad Comercial y de Servicios (SIFCoS): ) Industrialización de Combustibles Líquidos y Gas Natural Comprimido con Venta y/o Expendio al Público O según Corresponda Alta de Oficio ) Aporte para el Fondo para el Financiamiento del Sistema Educativo FoFISE Ley N ) Decreto N 2598/2011 -ratificado por Ley N : EXENCIÓN EVENTOS CULTURALES Y/O ESPECTÁCULOS MUSICALES, ARTISTICOS Y CIRCENSES ) Decreto N 46/2013 Computo Tasa Vial Provincial Empresas de Transporte Automotor Regular de Pasajeros: ) Locación de Bienes Inmuebles Códigos de Actividad y : ) Artículo 15 Ley N REEMPADRONAMIENTO CONTRIBUYENTES a los cuales se le hubiera emitido Resolución reconociendo la EXENCIÓN DEL INCISO 3) DEL ART. 207 DEL CODIGO TRIBUTARIO, T.O y modificatorias o su correlativo en años anteriores, SIN LIMITACION DE VIGENCIA TEMPORAL: ) Artículo 16 Ley REENCUADRAMIENTO CONTRIBUYENTES a los cuales se le hubiera emitido la resolución, reconociendo la EXENCIÓN DEL INCISO 3) DEL ART. 214 DEL CODIGO TRIBUTARIO, T.O o su correlativo en años anteriores, CON LIMITACIÓN DE VIGENCIA TEMPORAL: ) MERA COMPRA: CAPÍTULO 3: AGENTES DE RETENCIÓN, RECAUDACIÓN Y PERCEPCIÓN

12 SECCIÓN 1: Régimen de Retención, Recaudación y Percepción Decreto N 443/ Sujetos Pasibles Resoluciones de Exención sin Fecha de Término Sujetos No Pasibles Contribuyentes Pasibles de Retención por Liquidaciones Tarjetas de Créditos y Similares Resolución N 58/2004 de la Secretaria de Ingresos Públicos Constancia de Exclusión de la Nómina de los Contribuyentes Pasibles de Retención por Tarjeta de Créditos y/o Similares (Resolución de la Secretaria de Ingresos Públicos Nº 58/2004) Sujeto Pasible de Retención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Régimen Especial Monto Fijo Agentes de Percepción nominados en el sector P) Sector Prestadores de Servicios Públicos del anexo II de la Resolución N 19/2014 de la Secretaría de Ingresos Públicos Constancia de Inclusión en la Nómina de los Contribuyentes excluidos de la percepción por parte de las empresas prestadoras de servicios públicos conforme el Artículo 407 de la resolución normativa N 1/ Acreditación de otras situaciones especiales ante los agentes nominados en el anexo II sector P) Sector prestadores de servicios públicos de la resolución N 19/2014 de la Secretaría de ingresos públicos Agentes de Percepción nominados en el sector P) Sector Prestadores de Servicios Públicos y en el Sector B) Sector Bebidas, Embotelladoras de Gaseosas y Cervezas Alícuota Incremental Actividades previstas Resolución de la Secretaría de Ingresos Públicos N 19/ Constancia de Exclusión de la Nómina de los Contribuyentes Pasibles del incremento en la alícuota de percepción (Resolución Nº 19/2014 de la Secretaria de Ingresos Públicos) Decreto N 137/2013: Certificado de Sujeto no Pasible de Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Régimen Especial Monto Fijo Agentes de Percepción - Anexo II - V): Intermediarios Base de Retención o Percepción Operaciones de Retenciones, Recaudaciones y Percepciones Efectuadas, Omitidas de Practicar y Anuladas Constancia de Retención- Recaudación Percepción Efectuada, omitida y anulada Constancia de Retención/Percepción Productores de Seguros Única Actividad Constancia de retención Sistemas de Pago por Tarjetas de Crédito y Similares a Utilizar con el Sistema de Liquidación SiLARPIB.CBA Constancia de Retención/Percepción Lotería de Córdoba Sociedad del Estado Constancia Intermediarios Constancia Titulares y/o Administradores de Portales Virtuales Número de Constancia a Utilizar a Partir de la Vigencia del Silarpib.Cba: ) Número Constancia de Retención y/o Recaudación Efectuada, Omitida o Anulada ) Número Constancia de Percepción Efectuada, Omitida o Anulada ) Número Constancia de Retención y/o Percepción Art. 33 del Decreto

13 Sistema de Liquidación Agentes de Retención, Recaudación y/o Percepción Decreto Nº 443/2004 y Modificatorios Pago Declaración Jurada Sumas Retenidas Indebidamente e Importes Depositados de Retenciones no Efectuadas Sumas Percibidas Indebidamente Del Agente De los Contribuyentes: Libros Alícuota de Retención Incrementada por Aplicación del 2 Párrafo del Artículo 3 o del Artículo 13, según corresponda, de la Resolución de la Secretaría de Ingresos Públicos N 19/ Solicitud de Certificados de No Retención y/o No Percepción y/o No Recaudación Decreto N 443/2004 y modificatorios Por Saldos a Favor Por los Ingresos del Año Anterior Formalidades Que Deben Presentar Los Contribuyentes A Los Agentes, Intermediarios o A La Dirección General de Rentas a Fin de Acreditar Situaciones Especiales Contribuyentes Comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral Contribuyentes de Otras Jurisdicciones, no Alcanzados por el Impuesto en la Provincia de Córdoba Operaciones de Retención Operaciones de Percepción Sujetos Retenidos/PERCIBIDOS y No Alcanzados por el Impuesto en la Provincia de Córdoba Sujetos No Pasibles de Retención, Recaudación y/o Percepción Operaciones no Sujetas a Retención y/o Percepción Contribuyentes con Reducción de Alícuota O alícuota especial: Acreditación del encuadramiento en la exención dispuesta por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N 9505 para la Actividad Industrial Retención a UTE-ACE y/o Consorcios de Construcción que finalizan su objeto de obra pública Actividad de Construcción: Contribuyentes que Realicen Obras Públicas Alícuotas a Aplicar Disposiciones Especiales Escribanos Operaciones Financieras Disposiciones Generales De Los Agentes Inscripción Documentación Respaldatoria Cese Aporte Para El Financiamiento Del Sistema Educativo Ley Nº 9870 (Fofise) No Comprendido En Los Montos A Retener / Percibir /Recaudar Constancias de Retención / Percepción /Recaudación Válidas De Los Contribuyentes Consulta de Retenciones, Percepciones y Recaudaciones del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Decreto N 443/04 y Modificatorios Imputación pago a cuenta

14 Operaciones de Retenciones y/o percepciones no Declaradas Oportunamente Trámite de Compensación por Pago de Mayo Comitentes Número de Constancia Número de Constancia para Liquidaciones de Tarjetas de Créditos y Similares Declaración Jurada Anual Productores de Seguro Disposiciones Transitorias De Los Agentes SECCIÓN 2: Régimen de Recaudación sobre Acreditaciones Bancarias Decreto N 707/2002- Contribuyentes Locales y de Convenio Procedencia Exclusiones Constancias de exclusión otorgadas con anterioridad a la ley 9505 por exención en la actividad de Industria o construcción Cálculo de la Recaudación Recaudaciones Indebidas Devoluciones Recaudaciones Indebidas Solicitud de Devolución de Recaudaciones Indebidas Depósito de lo Recaudado Declaración Jurada Mensual Recaudaciones Correspondientes a Periodos Anteriores a Mayo del Constancia de las Recaudaciones para el Contribuyente CAPITULO 4: AGENTES DE INFORMACIÓN SECCIÓN 1: Agentes de Información Actividad de Construcción. Resolución Nº 49/2006 de la Secretaría de Ingreses Públicos Sujetos obligados a actuar como Agentes de Información Inscripción como Agente de Información Declaración Jurada Trimestral Declaración Jurada Inicial Presentaciones en término Información requerida en las Declaraciones Juradas Periodos a Informar Vigencia del Régimen Vencimiento de Declaraciones Juradas Cese como Agente de Información TÍTULO V - IMPUESTO DE SELLOS CAPÍTULO 1: DISPOSICIONES COMUNES PARA CONTRIBUYENTES Y AGENTES DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y/O RECAUDACIÓN Diferencia de Impuesto Forma de Cálculo CAPÍTULO 2: IMPUESTO DE SELLOS CONTRIBUYENTES Declaración Jurada Autoliquidación del Impuesto de Sellos por Actos, Contratos y Operaciones por Instrumentos Privados Presentación de Declaración Jurada y Pago Impuesto de Sellos Diferencia de Impuesto Incumplimientos: CAPÍTULO 3: AGENTES DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y RECAUDACIÓN - CONTRIBUYENTES AUTORIZADOS A TRIBUTAR POR DECLARACIÓN JURADA EL IMPUESTO DE SELLOS SECCIÓN 1: RÉGIMEN DE RETENCIÓN, PERCEPCIÓN Y/O RECAUDACIÓN DECRETO Nº 31/

15 CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO Obligatorio Disposiciones Comunes Sujetos pasibles Resoluciones de Exención sin Fecha de Término Base de cálculo de la retención, percepción y/o recaudación Alícuotas, escalas e importes fijos a aplicar Inscripción Comunicación de Modificaciones o Actualización de Datos Continuidad Económica Cese Servicios de Asistencia no Presencial al Contribuyente Declaración Jurada y Pago de las Dependencias del Estado Provincial Nominados Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación del Impuesto de Sellos que utilizan el Sistema Único de Administración Financiera (SUAF) Resolución N 15/2012 sus Modificatorias y Complementarias, de la Secretaría de Ingresos Públicos Momento de la Retención, Percepción y/o Recaudación Declaración Jurada y Pago Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación y Contribuyentes Autorizados Declaración Jurada y Pago Encargados de los Registros del Automotor La obligación de presentar la Declaración Jurada subsiste no obstante la inexistencia de operaciones gravadas en el período correspondiente PAGO Liquidación DE ESCRIBANOS PÚBLICOS Y MARTILLEROS PÚBLICOS ACTOS propios DE LOS AGENTES ACTUACIÓN DEL AGENTE SOBRE ACTOS, CONTRATOS U OPERACIONES EN LOS QUE SE HAYA TRIBUTADO EL IMPUESTO CON ANTERIORIDAD LIBROS ESPECIALES Y OBLIGATORIOS OTROS REQUISITOS OTROS DATOS DE INTERÉS SECCIÓN 2: SITUACIONES ESPECIALES DE LOS AGENTES - CONTRIBUYENTES Sujetos Comprendidos en la Ley Nº 6230 (T.O. Ley Nº 5319) y Modificatorias Decreto Nº 6582/81 Y Modificatorios- Promoción Industrial y no Nominados Como Agentes Operaciones de Compraventa o Consignación de Cereales, Forrajeras, Oleaginosas u Otros Productos o Subproductos de la Agricultura y Contratos O Instrumentos Vinculados a la Actividad Agrícola Efectuadas a Través de Bolsas, Mercados, Cámaras o Asociaciones con Personería Jurídica, Filiales, Agencias, Oficinas o Representaciones Permanentes Apertura de Filiales en Otra Jurisdicción (BIS). OPERACIONES DE CEREALES, FORRAJERAS, OLEAGINOSAS U OTROS PRODUCTOS O SUBPRODUCTOS DE LA AGRICULTURA Y CONTRATOS O INSTRUMENTOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA EFECTUADAS A TRAVÉS DE BOLSAS, MERCADOS, CÁMARAS O ASOCIACIONES CON PERSONERÍA JURÍDICA, FILIALES, AGENCIAS, OFICINAS O REPRESENTACIONES PERMANENTES Contratos de Depósito de Granos y Aquellos Utilizados para Respaldar Operaciones de Transferencias de Granos Previamente Formalizadas por los Contratos de Depósito

16 4. Operaciones Registradas en Bolsas, Cámaras o Asociaciones con Personería Jurídica Constituidas en la Provincia Reciprocidad en Operaciones de Granos: Artículo 225 del Código Tributario Operaciones de Compraventa de Mercaderías Efectos en la Provincia Sujetos que Obtengan Autorización para Ingresar el Impuesto por el Régimen de Declaración Jurada BAJAS DE AUTORIZACIONES Escribanos de Registro y Martilleros Públicos Encargados de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor Inscripción de Vehículos Automotores Cero Kilómetro (0 Km) SECCIÓN 3: APLICATIVO DE LIQUIDACIÓN DE LOS AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS VIGENCIA ACTUALIZACIÓN DE TABLAS PARAMÉTRICAS REQUERIMIENTOS DE HARDWARE Y SOFTWARE IMPORTACIÓN DE DATOS DECLARACIÓN JURADA RÉGIMEN ESPECIAL DE PRESENTACIÓN: SISTEMA DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE DATOS OSIRIS EN LÍNEA OPERATORIA OSIRIS EN LÍNEA SECCIÓN 4: PAGO ELECTRÓNICO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS -CONTRIBUYENTES / AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN - DEL IMPUESTO DE SELLOS Operatoria PAGO ELECTRÓNICO DEL IMPUESTO DE SELLOS Vigencia TÍTULO VI - IMPUESTO A LA PROPIEDAD AUTOMOTOR CAPÍTULO 1: CONTRIBUYENTES OBLIGACIONES Servicios de Asistencia no Presencial al Contribuyente Registros Nacionales de la Propiedad Automotor - Pago a Cuenta Plazos Especiales de pago: Decreto N 46/2013 Computo Tasa Vial Provincial Empresas de Transporte Automotor Regular de Pasajeros: Nómina de Deudores del Impuesto a la Propiedad Automotor con Base Imponible Mayor o Igual a $ Resolución Ministerial N 149/ CAPÍTULO 2: AGENTES DE INFORMACIÓN SECCIÓN 1: Municipios y Comunas SECCIÓN 2: Concesionarios Rechazo de Soportes Magnéticos SECCIÓN 3: Titulares de Registro y/o Encargados de los Respectivos Registros Seccionales dependientes del Registro Nacional de la Propiedad Automotor de la Provincia de Córdoba Declaración Jurada Vencimiento de la Declaración Jurada Causales de Rechazo Soportes Magnéticos TÍTULO VI BIS TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS CAPITULO 1: TASA VIAL PROVINCIAL LEY N SECCIÓN 1: Responsables Sustitutos

17 Alta de Responsables Sustitutos CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO Obligatorio Baja de Responsables Sustitutos Presentación de Declaración Jurada y Pago SECCIÓN 2: Usuarios Consumidores Decreto N 1085/ Alta como Usuario Consumidor: Presentación de Declaración Jurada y Pago SECCIÓN 3: Agentes de Información Tasa Vial Provincial Resolución N 48/2012 de la Secretaria de Ingresos Públicos Alta como Agente de Información Alta como Agente de Información: Excepción Baja de Agentes de Información Presentación de Declaración Jurada y Pago Resolución N 6/2013 de la Secretaria de Ingresos Públicos SECCIÓN 4: Compensación / Devolución Tasa Vial Provincial Ley N Compensación / Devolución Responsables Sustitutos Usuarios Consumidores Modificación de Datos Comunicación de Cese TÍTULO VII - OTRAS RECAUDACIONES A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS CAPITULO 1: FONDO PARA LA ASISTENCIA E INCLUSIÓN SOCIAL TITULO III LEY N CAPITULO 2: FONDO PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR TÍTULO IV LEY N TÍTULO VIII NORMAS NO VIGENTES TÍTULO IX - OTRAS DISPOSICIONES Vigencia

18 RESOLUCIÓN NORMATIVA N 1 Córdoba, 29 de Abril de VISTO: La Resolución Nº 113 del Ministerio de Finanzas de fecha (B.O ) y la Resolución Normativa N 01/2009 (B.O ) y modificatorias, Y CONSIDERANDO: QUE la citada Resolución Ministerial dispuso que la Dirección de Rentas realizara las tareas necesarias para derogar, sin excepciones, la totalidad de las normas reglamentarias dictadas hasta ese momento, debiendo reemplazarlas por un único cuerpo normativo concentrador de las nuevas disposiciones que regiría en adelante en toda la Provincia. Asimismo, en el Artículo 4 estableció que la Dirección debía arbitrar las medidas conducentes a que el nuevo cuerpo normativo que produjeran, comenzara con una nueva numeración y se mantuviera actualizado de manera constante y permanente. QUE la sistematización y ordenamiento de disposiciones es una importante herramienta para otorgar certeza, precisión y mejorar la relación Fisco Contribuyente, aspectos que también- facilitan el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales. QUE con la Resolución Normativa N 01/2004 (RN 1/04) y con la posteriores Resoluciones Normativas N 01/2007 (RN 1/07) y N 01/2009 (RN 1/09) se unificaron todas las disposiciones normativas dictadas en una sola Resolución que precisó y reglamentó determinados aspectos del Código Tributario Provincial (Ley N 6006 T.O y sus modificatorias) y demás normas tributarias, estableciendo el nuevo mecanismo de presentar en Anexos aquellas disposiciones de carácter variable. QUE las normativas siguientes hicieron referencia a dicho texto único -modificando, sustituyendo, incorporando y/o derogando Artículos y Anexos de la RN 1/04 y posteriormente con la RN 1/07- RN 1/09 y, a la vez, en forma permanente y constante se publicó el texto reordenado con todas las modificaciones en la página de Internet, sin cambiar la numeración de los Artículos y Anexos. QUE ante la circunstancia de la sanción de normas por parte de la Dirección de Rentas, posteriores al ordenamiento oportunamente realizado, se considera conveniente disponer la realización de otra nueva tarea de simplificación en este mismo Organismo. QUE resulta necesario aprobar el Texto de un nuevo cuerpo normativo como Resolución Normativa N 01/2011 (RN 01/11), en el cual se realiza la nueva numeración de los Artículos y de los Anexos -considerando las incorporaciones y derogaciones de todas las Normativas posteriores a la Resolución Normativa N 1/2009 hasta la número 44/2011 inclusive-, con la adaptación de todas las remisiones a Artículos, el traspaso de algunas condiciones o disposiciones a Anexos/Apéndices, la 18

19 actualización de Formularios, Aplicativos, Sistemas y Leyes y otras normas impositivas en el texto y en las referencias. QUE se consideró útil incorporar al final del cuerpo normativo una Sección de Apéndices en la cual se trasladó aquellos Anexos o parte de los mismos que no se encuentran vigentes en el año en curso y que sirven a efectos de ver las condiciones y disposiciones en años anteriores para resolver correctamente en situaciones pendientes retroactivas o de constatación de beneficios, planes, regimenes, exenciones, etc. QUE en la tarea realizada se mantuvieron los lineamientos normativos existentes efectuando las modificaciones en la redacción, que se entendieron necesarias en función a los objetivos de simplificación buscados y a fin de actualizar a las nuevas disposiciones que, en materia tributaria, fueron dictadas. QUE es oportuno mantener el capítulo 3 de Servicios de Recaudación de Entidades Recaudadoras en el Titulo II, el actual procedimiento de las Rendiciones diarias de los montos recaudados en Archivo Único Uniforme, establecido en el Nuevo Modelo de Ingresos e Imputaciones perteneciente al proyecto de Refuncionalización de la Dirección General de Rentas, en función del Acta Acuerdo firmada con las respectivas entidades recaudadoras y que rige en la actualidad a partir del nuevo modelo. QUE se considera beneficioso unificar en un mismo título, con remisión al Anexo respectivo, todas las disposiciones referidas a exenciones a efectos de facilitar al Contribuyente la ubicación y aplicación de las mismas. QUE resulta conveniente eliminar -a través de este reordenamiento- las normas referidas al Registro, rendición y destrucción de Valores fiscales previstas en los Artículos N 511, 512, 513 y 514 de la Resolución Normativa N 1/2009 y modificatorias, atento que los mismos han perdido vigencia a tenor de la modificación introducida por la Ley N 9576 al Artículo 260 del Código Tributario Provincial Ley N 6006, TO 2004 y modificatorias; y que a la fecha no existen estampillas fiscales en el Tesoro del Banco de la Provincia de Córdoba, conforme la destrucción autorizada por el Decreto N 1842/2009. QUE la unificación amerita brindar a los Contribuyentes una manera ágil de localización de las normas, aprobándose un Índice por Tema, un Índice de Anexos, un Índice de Apéndices, la Tabla de Equivalencias de Artículos Evolución y la Tabla de Equivalencia de Anexos. QUE la decisión de dejar sin efecto, sin excepciones, las disposiciones normativas vigentes hasta el presente, para reemplazarlas por un nuevo texto ordenado, constituye un aporte concreto a la simplicidad tributaria y producirá notables ventajas para los Contribuyentes y la propia Administración. QUE los respectivos considerandos integrantes del cuerpo de todas las Resoluciones que fueron oportunamente derogadas y las que por la presente se derogan- servirán de base para la interpretación de los alcances de este nuevo Texto de la Resolución Única, en virtud de la unificación realizada. 19

20 QUE a efectos de poder remitirse a la Resolución origen del Artículo vigente en la RN 01/11 resulta de utilidad, además de aprobar las tablas de equivalencias mencionadas, ratificar la Tabla de Equivalencias Resoluciones Anteriores que formaba parte de la Resolución Normativa N 1/2009. QUE la actual derogación de una norma que -a su vez- oportunamente derogó alguna otra, no supone poner nuevamente en vigencia esta última. QUE no debieran producirse cambios en las situaciones jurídicas vigentes con anterioridad a este ordenamiento, debiendo conservar plenamente sus efectos todos los actos jurídicos ya ejecutados o que se hubieran perfeccionado durante la vigencia de la normativa que se deroga. QUE cualquier interpretación en contrario no se compadecerá con el espíritu regulatorio del trabajo y de las pautas impartidas por el Ministerio de Finanzas que fueron consideradas por este Organismo al ejecutar la tarea. QUE no se pueden liberar los Contribuyentes de la obligación de cumplir con la Normativa que se deroga, en la medida que a la fecha de producir efectos este nuevo cuerpo normativo, existieran obligaciones incumplidas o actuaciones administrativas o judiciales pendientes y que correspondan a períodos anteriores. QUE de manera simétrica a lo señalado en el párrafo precedente, esta Dirección General de Rentas resolverá las actuaciones en trámite y situaciones pendientes a la fecha de producir efectos la presente, respetando las disposiciones que se encontraban vigentes durante el período fiscal que motivan las mismas. QUE las referencias o citas a las disposiciones que se derogan efectuadas en diversos instrumentos y/o actuaciones administrativas o judiciales, deberán entenderse referidas de corresponder a su equivalente en el nuevo ordenamiento. QUE para evitar vacíos normativos, simultáneamente con la derogación efectuada, corresponde que produzcan efectos las nuevas disposiciones emergentes de la tarea desarrollada. QUE se estima conveniente, para asegurar el adecuado conocimiento de la nueva norma por parte de los Contribuyentes, Responsables, Profesionales y Personal de esta Administración, que la misma no produzcan efectos inmediatos. QUE se realizaron los esfuerzos necesarios para contribuir a la simplificación normativa y al logro de seguridad jurídica en el Territorio Provincial. POR ELLO, atento a las facultades otorgadas por los Artículos 18 y 37 del Código Tributario vigente, Ley N T.O y modificatorias, la Resolución Nº 113 del Ministerio de Finanzas de fecha (B.O ); EL DIRECTOR GENERAL DE LA 20

21 R E S U E L V E : ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER en un sólo cuerpo y de manera unificada las normas reglamentarias que regirán, en el ámbito de la Provincia de Córdoba, la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General Rentas. Este cuerpo Normativo está conformado por tres partes: 1) Una parte Resolutiva, que comprende las disposiciones emanadas por esta Dirección, dividida en Nuevo Títulos y cada uno de ellos con sus respectivos Capítulos y Secciones. 2) Otra parte de Anexos, con la información complementaria a la parte resolutiva donde se encuentra esquematizado principalmente los requisitos, formalidades, plazos, tablas de códigos de actividades, vigencias, instrucciones, modelos, etc. 3) La tercera con Apéndices que es una recopilación ordenada y detallada de disposiciones no vigentes para el año en curso. Asimismo, apruébense: El Índice por Tema, El Índice de Anexos, El Índice de Apéndices, La Tabla de Equivalencias de Artículos Evolución, La Tabla de Equivalencia de Anexos y La Tabla de Equivalencia Anexos/Apéndices que forman parte integrante de la presente Resolución, Ratifíquese la Tabla de Equivalencias Resoluciones Anteriores de la Resolución Normativa N 1/2011 que se anexa a la presente. TÍTULO I - NORMAS GENERALES CAPITULO 1: SERVICIOS DE ASISTENCIA NO PRESENCIAL- SITIO SEGURO- INGRESO CON CLAVE (FISCAL/C.I.D.I.) TÍTULO REMPLAZADO POR RN 24/2012 (B.O ) TÍTULO REMPLAZADO POR RN 142/2014 (B.O ) ARTÍCULO 2º.- ARTÍCULO SUSTITUIDO POR RN 142/2014 (B.O ) Estarán obligados a utilizar la Clave Fiscal que otorga la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o la Clave Ciudadano Digital (C.I.D.I) otorgada por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, los sujetos pasivos y/o los responsables de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas y los Agentes de Información, en los casos que así lo determine esta Dirección. En los supuestos que no disponga de las mismas deberán solicitarse conforme los procedimientos habilitados por dicho Organismo Nacional y/o Estado Provincial. 21

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