ADJUDICA DEMARCACIÓN DE LETREROS DE FERROCARRIL

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1 La Uruca, San José, Costa Rica, martes 15 de diciembre del ,00 AÑO CXXXI Nº Páginas CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL ADJUDICA DEMARCACIÓN DE LETREROS DE FERROCARRIL Págs La Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial acordó adjudicar la Contratación para la demarcación horizontal de letreros de ferrocarril, líneas de paro y separadoras de carril, en los cruces de ferrocarril con la vía pública, trayecto Pavas-San Pedro y viceversa. HACIENDA ADICIONA SECCIÓN AL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE IMPORTACIÓN DEFINITIVA Y TEMPORAL Pág. 8

2 Pág 2 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del CONTENIDO Pág Nº PODER EJECUTIVO Decretos...2 Acuerdos...6 DOCUMENTOS VARIOS...8 PODER JUDICIAL Avisos...27 Reseñas...27 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos...28 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA...28 REGLAMENTOS...33 REMATES...35 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS...35 RÉGIMEN MUNICIPAL...38 AVISOS...39 NOTIFICACIONES...60 FE DE ERRATAS...70 Artículo 1.- Modifícanse el artículo 2 de la Ley No. 8691, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico para el año 2009, publicada en el Alcance No. 56 a La Gaceta No. 253 de 31 de diciembre de 2008, en la forma en que se indica a continuación: REBAJAR Título: 210 MINIST. DE EDUCACION PUBLICA Registro Contable: Programa: DEFINICIÓN Y PLANIF. DE LA POLITICA EDUC CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 0 REMUNERACIONES 22,000, REMUNERACIONES BASICAS 8,000, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 1,000, SUPLENCIAS 7,000, REMUNERACIONES EVENTUALES 14,000, DIETAS 14,000,000 Total Rebaja del Programa: ,000,000 PODER EJECUTIVO DECRETOS 1 DECRETO Nº H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA a.i. DGPN-H Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas y la Ley No. 8691, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico para el año 2009 de 10 de diciembre de Considerando: 1- Que el inciso b) del artículo 45 de la Ley No. 8131, publicada en La Gaceta No. 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto. 2- Que mediante el Decreto Ejecutivo No H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta No. 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo. 3- Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo No H-MP-PLAN, autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa. 4- Que se hace necesario realizar la presente modificación presupuestaria para incrementar rubros de la partida de Remuneraciones, con la finalidad de subsanar eventuales faltantes en la atención de estos gastos en el Ministerio de Educación Pública. Programa: SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN Registro Contable: MATERIALES Y SUMINISTROS 4,400, PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS 4,400, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 4,400,000 CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF Total C-E Rebaja CF I-P del CONCEPTO Programa: MONTO 4,400,000 EN Programa: CAPACITACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL Registro Contable: MATERIALES Y SUMINISTROS 1,100, PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS 1,100, TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES 1,100,000 Total Rebaja del Programa: ,100,000 Programa: DESARROLLO CURRICULAR Y VÍNCULO AL TRABAJO Registro Contable: REMUNERACIONES 550, REMUNERACIONES BASICAS 550, SUPLENCIAS 550,000 Total Rebaja del Programa: ,000 Programa: INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL SISTEMA EDUC. Registro Contable: MATERIALES Y SUMINISTROS 800, PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS 800, COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 800, Que el Ministerio de Educación Pública ha solicitado su confección, cumpliendo en todos los extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente. Total Rebaja del Programa: ,000 Por tanto; Decretan: Programa: APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA A LA EDUCACIÓN Registro Contable: REMUNERACIONES 500,000

3 4 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 3 6 CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 003 INCENTIVOS SALARIALES 500,000 CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN OTROS INCENTIVOS SALARIALES 3,000, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 500,000 Total Rebaja del Sub Programa/Proyecto: ,200,000 Total Rebaja del Programa: ,000 Programa: DESARROLLO Y COORDINACIÓN REGIONAL Registro Contable: REMUNERACIONES 25,100, INCENTIVOS SALARIALES 25,100, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 25,100,000 Total Rebaja del Programa: ,100,000 Programa: PROGRAMAS DE EQUIDAD Registro Contable: REMUNERACIONES 600, REMUNERACIONES BASICAS 600, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 600,000 Sub Programa/Proyecto: ENSEÑANZA ESPECIAL 04 Registro Contable: REMUNERACIONES 98,200, REMUNERACIONES BASICAS 74,200, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 74,200, INCENTIVOS SALARIALES 24,000, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 13,000, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Rebaja del Sub Programa/Proyecto: Sub Programa/Proyecto: 05 EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS Registro Contable: ,000,000 98,200,000 0 REMUNERACIONES 200,339, REMUNERACIONES BASICAS 113,339, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 113,339, REMUNERACIONES EVENTUALES 1,000,000 Total Rebaja del Programa: , DISPONIBILIDAD LABORAL 1,000, INCENTIVOS SALARIALES 86,000,000 Programa: IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA Sub Programa/Proyecto: 01 ENSEÑANZA PREESCOLAR, 1ER. Y 2DO. CICLO Registro Contable: REMUNERACIONES 22,060, REMUNERACIONES EVENTUALES 14,060,554 CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO DISPONIBILIDAD LABORAL 14,060,554 G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 003 INCENTIVOS SALARIALES 8,000, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Rebaja del Sub Programa/Proyecto: Sub Programa/Proyecto: 02 3ER. CICLO Y EDUC. DIV. ACADÉM. Registro Contable: ,000,000 22,060,554 0 REMUNERACIONES 202,200, REMUNERACIONES BASICAS 125,200, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 125,200, REMUNERACIONES EVENTUALES 9,000, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 20,000, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION 13,000, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 53,000,000 AUMENTAR Total Rebaja del Total Rebaja del Total Rebaja del Total Rebajar Sub Programa/Proyecto: Programa: Título: Título: 210 MINIST. DE EDUCACION PUBLICA Programa: DEFINICIÓN Y PLANIF. DE LA POLITICA EDUC. Registro Contable: ,339, ,000, ,050, ,050,000 CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 0 REMUNERACIONES 22,000, INCENTIVOS SALARIALES 22,000, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 2,250, DISPONIBILIDAD LABORAL 9,000, INCENTIVOS SALARIALES 68,000, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION 15,500, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 12,000, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 4,250, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION 8,000,000 Total Aumento del Programa: ,000, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 48,000,000 Total Rebaja del Sub Programa/Proyecto: ,200,000 Sub Programa/Proyecto: 03 3ER. CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA Registro Contable: REMUNERACIONES 135,200, REMUNERACIONES BASICAS 80,200, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 80,200, REMUNERACIONES EVENTUALES 3,000,000 Programa: SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN Registro Contable: REMUNERACIONES 4,400, INCENTIVOS SALARIALES 4,400, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 600, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Aumento del Programa: ,800,000 4,400, DISPONIBILIDAD LABORAL 3,000, INCENTIVOS SALARIALES 52,000, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 30,000, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION 19,000,000 Programa: CAPACITACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL Registro Contable: REMUNERACIONES 1,100,000

4 Pág 4 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 001 REMUNERACIONES BASICAS 600, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 600, INCENTIVOS SALARIALES 500, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Aumento del Registro Contable: Programa: Programa: DESARROLLO CURRICULAR Y VÍNCULO AL TRABAJO ,000 1,100,000 0 REMUNERACIONES 550, REMUNERACIONES BASICAS 200, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 200, INCENTIVOS SALARIALES 350, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 100, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Aumento del Registro Contable: Programa: Programa: INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL SISTEMA EDUC , ,000 0 REMUNERACIONES 800, INCENTIVOS SALARIALES 800, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Aumento del Programa: 9 Programa: APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA A LA EDUCACIÓN CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO 800, ,000 Registro Contable: G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 0 REMUNERACIONES 454,300, REMUNERACIONES BASICAS 327,200, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 4,100, SUPLENCIAS 323,100, INCENTIVOS SALARIALES 127,100, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 22,100, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 105,000,000 Total Aumento del Sub Programa/Proyecto: ,300,000 Sub Programa/Proyecto: 02 3ER. CICLO Y EDUC. DIV. ACADÉM. Registro Contable: REMUNERACIONES 120,000, REMUNERACIONES BASICAS 120,000, SUPLENCIAS 120,000,000 Total Aumento del Sub Programa/Proyecto: ,000,000 Sub Programa/Proyecto: 03 3ER. CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA Registro Contable: REMUNERACIONES 45,500, REMUNERACIONES BASICAS 45,500, SUPLENCIAS 45,500,000 0 REMUNERACIONES 500, REMUNERACIONES BASICAS 500,000 Total Aumento del Sub Programa/Proyecto: ,500, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 500,000 Sub Programa/Proyecto: 04 Total Aumento del Programa: Programa: DESARROLLO Y COORDINACIÓN REGIONAL Registro Contable: ,000 0 REMUNERACIONES 25,100, REMUNERACIONES BASICAS 11,100, SUELDOS PARA CARGOS FIJOS 11,100, INCENTIVOS SALARIALES 14,000, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 3,500, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION Total Aumento del Registro Contable: Programa: Programa: PROGRAMAS DE EQUIDAD ,500,000 25,100,000 0 REMUNERACIONES 600, INCENTIVOS SALARIALES 600, RETRIBUCION POR AÑOS SERVIDOS 100,000 ENSEÑANZA ESPECIAL Registro Contable: REMUNERACIONES 11 35,700, REMUNERACIONES BASICAS 1,500,000 CLASIFICACION DE GASTOS SEGUN OBJETO SUPLENCIAS 1,500,000 G-O FF C-E CF I-P CONCEPTO MONTO EN 003 INCENTIVOS SALARIALES 34,200, OTROS INCENTIVOS SALARIALES 34,200,000 Total Aumento del Sub Programa/Proyecto: ,700,000 Sub Programa/Proyecto: 05 EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS Registro Contable: REMUNERACIONES 2,500, REMUNERACIONES BASICAS 2,500, RESTRICCION AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION 500, SUPLENCIAS 2,500,000 Total Aumento del Programa: ,000 Total Aumento del Sub Programa/Proyecto: ,500,000 Programa: IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA Sub Programa/Proyecto: 01 ENSEÑANZA PREESCOLAR, 1ER. Y 2DO. CICLO Registro Contable: Total Aumento del Programa: Total Aumento del Título: 210 Total Aumentar 658,000, ,050, ,050,000

5 12 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 5 14 Rebajar Código Clase RELACION DE PUESTOS DE CARGOS FIJOS PARA EL AÑO MINIST. DE EDUCACION PUBLICA Objeto Gasto Detalle de los Puestos DEFINICIÓN Y PLANIF. DE LA POLITICA EDUC. Cuota Mensual Cuota Anual Código Clase Detalle de los Puestos Cuota Mensual Cuota Anual TRABAJADORES MISCELANEOS. RESOLUCION DG DE LA D.G.S.C. DEL ,000, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 80,200,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 3 3ER. CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA 135,200, RECONOCIMIENTO DE INCREMENTO SALARIAL POR COSTO DE VIDA. 1,000, PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 7,000,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS PROGRAMA: 550 DEFINICIÓN Y PLANIF. DE LA POLITICA EDUC DESARROLLO CURRICULAR Y VÍNCULO AL TRABAJO 8,000, PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 550,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS PROGRAMA: 553 DESARROLLO CURRICULAR Y VÍNCULO AL TRABAJO APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA A LA EDUCACIÓN 550, RETRIBUCION SOBRESUELDO DE CARRERA PROFESIONAL LEY 6010 DEL Y DECRETO EJECUTIVO 4949-P DEL Y RES DE DGSC. 500,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS PROGRAMA: 555 APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA A LA EDUCACIÓN DESARROLLO Y COORDINACIÓN REGIONAL 500, INCENTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA DOCENCIA, RESOLUCION DG DE DG , DG829-97, DG829-97, DG DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL 25,100,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS PROGRAMA: 557 DESARROLLO Y COORDINACIÓN REGIONAL PROGRAMAS DE EQUIDAD Código Clase RECONOCIMIENTO DE INCREMENTO SALARIAL POR 25,100,000 COSTO DE VIDA. Cuota 600,000 Cuota Detalle de los Puestos Mensual Anual TOTAL REBAJAR SUELDOS PROGRAMA: 558 PROGRAMAS DE EQUIDAD IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA ENSEÑANZA PREESCOLAR, 1ER. Y 2DO. CICLO 600, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,000, SOBRESUELDO POR DISPONIBILIDAD DE TRABAJADORES MISCELANEOS. RESOLUCION DG DE LA D.G.S.C. DEL ,060,554 TOTAL REBAJAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 1 ENSEÑANZA PREESCOLAR, 1ER. Y 2DO. CICLO 22,060, ER. CICLO Y EDUC. DIV. ACADÉM INCENTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA DOCENCIA, RESOLUCION DG DE DG , DG829-97, DG829-97, DG DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL 48,000, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,000, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 12,000, SOBRESUELDO POR DISPONIBILIDAD DE TRABAJADORES MISCELANEOS. RESOLUCION DG DE LA D.G.S.C. DEL ,000, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 125,200,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 2 3ER. CICLO Y EDUC. DIV. ACADÉM. 202,200, ER. CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA INCENTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA DOCENCIA, RESOLUCION DG DE DG , DG829-97, DG829-97, DG DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL 3,000, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,000, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 30,000, SOBRESUELDO POR DISPONIBILIDAD DE ENSEÑANZA ESPECIAL RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,000, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 13,000, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 74,200,000 TOTAL REBAJAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 4 ENSEÑANZA ESPECIAL 98,200, EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS INCENTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA DOCENCIA, RESOLUCION DG DE DG , DG829-97, DG829-97, DG DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL 53,000, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,000, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 20,000, SOBRESUELDO POR DISPONIBILIDAD DE TRABAJADORES MISCELANEOS. RESOLUCION DG DE LA D.G.S.C. DEL ,000, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO 15 EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 113,339,446 TOTAL REBAJAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 5 EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS 200,339,446 Código Cuota Cuota Clase Detalle de los Puestos Mensual Anual TOTAL REBAJAR SUELDOS PROGRAMA: 573 IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA TOTAL REBAJAR SUELDOS TITULO: 210MINIST. DE EDUCACION PUBLICA TOTAL REBAJAR SUELDOS Aumentar 210 MINIST. DE EDUCACION PUBLICA DEFINICIÓN Y PLANIF. DE LA POLITICA EDUC. 658,000, ,750, ,750, RETRIBUCION SOBRESUELDO DE CARRERA PROFESIONAL LEY 6010 DEL Y DECRETO EJECUTIVO 4949-P DEL Y RES DE DGSC. 4,250, RETRIBUCION POR LA PROHIBICION DEL EJERCICIO PROFESIONAL (LEY No DEL 15/12/75 Y SUS REFORMAS) 15,500, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 2,250,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN 550 DEFINICIÓN Y PLANIF. DE LA POLITICA EDUC. 22,000, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,800, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 600,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 551 SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN CAPACITACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL 4,400, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG , PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 600,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 552 CAPACITACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL DESARROLLO CURRICULAR Y VÍNCULO AL TRABAJO RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL 1,100,000

6 16 Pág 6 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del Código Clase Detalle de los Puestos Cuota Mensual Cuota Anual Y RES.DG , RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 100, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 200,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 553 DESARROLLO CURRICULAR Y VÍNCULO AL TRABAJO INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL SISTEMA EDUC. 550, RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 554 INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL SISTEMA EDUC APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA A LA EDUCACIÓN 800, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 500,000 Código Clase Detalle de los Puestos ENSEÑANZA ESPECIAL Cuota Mensual Cuota Anual INCENTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA DOCENCIA, RESOLUCION DG DE DG , DG829-97, DG829-97, DG DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL 34,200, PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 1,500,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 4 ENSEÑANZA ESPECIAL 35,700, EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 2,500,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 5 EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS 2,500,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 573 IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA TOTAL AUMENTAR SUELDOSTITULO: 210MINIST. DE EDUCACION PUBLICA TOTAL AUMENTAR SUELDOS 658,000, ,050, ,050,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 555 APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA A LA EDUCACIÓN 500, DESARROLLO Y COORDINACIÓN REGIONAL RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG ,500, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 3,500, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., 17 PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 11,100,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 557 DESARROLLO Y COORDINACIÓN REGIONAL Código Cuota Clase PROGRAMAS Detalle DE EQUIDAD de los Puestos Mensual 25,100,000 Cuota Anual RETRIBUCION POR DEDICACION EXCLUSIVA LEY 7055 DEL Y RES.DG DEL Y RES.DG , RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 100,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOSPROGRAMA: 558 PROGRAMAS DE EQUIDAD IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA ENSEÑANZA PREESCOLAR, 1ER. Y 2DO. CICLO 600, INCENTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA DOCENCIA, RESOLUCION DG DE DG , DG829-97, DG829-97, DG DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL 105,000, RETRIBUCION SOBRE SUELDO MINIMO (ARTICULO 5º LEY DE LA ADMINISTRACION PUBLICA No. 6835) DEL 22/12/82 22,100, PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 323,100, PARA DAR FINANC. A RESOL.DE REASIG. ASIGNAC. Y REAJ.DE SALARIOS, EMITIDAS POR LA DGSC, AUTORID.PRESUP. LOS PODERES Y SUS ÓRGANOS AUX., ASÍ COMO EL T.S.E., PROD.DE EST.INDIVID. DE PUESTOS Y REESTR.INSTIT.(A DISTRIB. POR RESOL. ADMINIST. APROB. POR DGPN) 4,100,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 1 ENSEÑANZA PREESCOLAR, 1ER. Y 2DO. CICLO 454,300, ER. CICLO Y EDUC. DIV. ACADÉM PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 120,000,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 2 3ER. CICLO Y EDUC. DIV. ACADÉM. 120,000, ER. CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA PARA EL PAGO DE PERSONAL SUSTITUTO GENERADO POR GOCE DE VACACIONES, SUSTITUCION POR INCAPACIDADES, LICENCIAS Y OTROS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA VIGENTE 45,500,000 TOTAL AUMENTAR SUELDOS SUB-PROGRAMA: 3 3ER. CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA 45,500,000 Artículo 2º.- Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Hacienda a. i., José Luis Araya Alpízar. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (D35647-IN ). OSCAR ARIAS SÁNCHEZ ACUERDOS José Luis Araya Alpízar Ministro de Hacienda a.i. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Nº SE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo 140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 8º, 19 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965, Decreto Ejecutivo Nº RE del 30 de marzo del 2001, publicado en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio del Considerando: 1º Que el artículo 8 del Estatuto del Servicio Exterior de la República establece que las funciones del Servicio Exterior serán ejercidas por funcionarios de carrera, quienes podrán ser destinados al desempeño de cargos en el exterior o en el servicio interno del Ministerio. 2º Que el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República define la rotación y el traslado de los funcionarios de carrera del Servicio Exterior de la República. 3º Que en acuerdo Nº SE del 8 de mayo del 2009 se nombró al Agregado de carrera David Yifong Li Fang, en el cargo de Ministro Consejero en comisión en la Embajada de Costa Rica en Washington D.C., Estados Unidos de América. 4º Que el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América no acepta la acreditación como diplomático de un funcionario que tenga, además de la nacionalidad de Costa Rica, la de ese país. Por tanto: ACUERDAN: Artículo 1º Dejar sin efecto el Acuerdo Nº SE del 8 de mayo del 2009, mediante el cual se rota al Agregado de carrera David Yifong Li Fang, cédula número , de su cargo en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar un puesto de Ministro Consejero en comisión en la Embajada de Costa Rica en Washington D.C., Estados Unidos de América. Artículo 2º Rige a partir del 1º de junio del Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de junio del dos mil nueve. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº SE EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

7 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 7 Considerando: 1º Que según el artículo 37 de la Ley Nº 6703, la recuperación del patrimonio nacional arqueológico que se encuentra fuera de Costa Rica, se llevará a cabo por los medios diplomáticos del caso. 2º Que es necesario que un representante diplomático de Costa Rica, viaje a Santiago de Compostela. Por tanto: ACUERDA: Artículo 1º Designar al señor Istvan Ulises Alfaro Solano, cédula Nº , Ministro Consejero de la Embajada de Costa Rica en España, para que viaje a la ciudad de Santiago de Compostela, a fin de visitar el Juzgado Nº 3 de esa localidad, donde se conoce la Comisión Rogatoria Internacional por el tráfico internacional de piezas arqueológicas de origen costarricense, contra el señor Leonardo Augustus Patterson Patterson. Artículo 2º Los gastos de transporte terrestre y alimentación de serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior, Subpartida Transporte en el Exterior y Gastos de viaje y transporte para funcionarios públicos, por concepto de viáticos se le girará la suma de $ Todo sujeto a liquidación. Artículo 3º Rige el 24 de junio del Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los nueve días del mes de junio de Publíquese. Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº SE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo 140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 5º del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de ACUERDAN: Artículo 1º Asignarle funciones consulares al señor Francisco José Aguilar Urbina, cédula Nº , Embajador de Costa Rica en Holanda. Artículo 2º Rige a partir de 15 de junio del Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de junio del dos mil nueve. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). MINISTERIO DE HACIENDA Nº AH LA MINISTRA DE HACIENDA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1), artículo 28 incisos 1) y 2) acápite a) de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO , publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del Considerando: 1º Que la LXII Reunión Extraordinaria de la Asamblea de Gobernadores del BCIE y de la XVIII Reunión del Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica y República Dominicana. 2º Que la participación del señor Fernando Rodríguez Garro, cédula , Asesor del Despacho de la Ministra del Ministerio de Hacienda, es fundamental para que participe en la LXII Reunión Extraordinaria de la Asamblea de Gobernadores del BCIE y de la XVIII Reunión del Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica y República Dominicana, a celebrarse en Panamá del 19 de setiembre del 2009 al 21 de setiembre del Por tanto, ACUERDAN: Artículo Primero. Designar al señor Fernando Rodríguez Garro, cédula , Asesor del Despacho de la Ministra del Ministerio de Hacienda, para que participe en la LXII Reunión Extraordinaria de la Asamblea de Gobernadores del BCIE y de la XVIII Reunión del Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica y República Dominicana a celebrarse en Panamá del 19 de setiembre del 2009 al 21 de setiembre del Artículo Segundo. Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida por un monto de aproximado de $400 y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto aproximado de $500 serán cubiertos por la subpartida 10503, Internet serán cubiertos con recursos de la subpartida del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda. Artículo Tercero. El presente acuerdo rige del 19 de setiembre del 2009 a partir de las 5:00 p. m. hasta el 21 de setiembre del 2009 a las 9:00 p. m. Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de setiembre del año Jenny Phillips Aguilar, Ministra de Hacienda. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ). MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Nº 251-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA: 1º Autorizar a la Ingra. Anabelle Benavides Moraga, cédula , Coordinadora del Programa Regional de Desarrollo Rural y del Proyecto de Desarrollo Territorial Sostenible Aranjuez Sardinal, para que participe en el IV Curso Internacional sobre Cooperativismo Agrario, que se realizará en el Centro Nacional de Capacitación (CENCA), del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MAR), ubicado en Torrejón de Ardoz, Madrid, España, del 26 de octubre al 20 de noviembre del º Los gastos serán cubiertos por la Agencia de Cooperación Española para el Desarrollo (AECID). 3º Rige a partir del 25 de octubre al 21 de noviembre del Dado en el Despacho Ministerial el día dos del mes de octubre del dos mil nueve. Carlos Villalobos Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 289-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA: 1º Autorizar al Ing. Roberto Azofeifa Rodríguez, cédula , funcionarios de la Dirección Superior de Operaciones Regionales y Extensión Agropecuaria (DESOREA), para que participen en un Taller en donde se analizará el enfoque de agro cadena que está desarrollando el MAG en nuestras regiones y el fortalecimiento del Servicio de Extensión en el MAG de Trinidad y Tobago que se realizará en Trinidad y Tobago, del 7 al 20 de noviembre del º Los pasajes y gastos de alimentación hospedaje y alimentación serán cubiertos por la FAO. 3º Rige a partir del 7 al 21 de noviembre del Dado en el Despacho Ministerial el día cinco del mes de noviembre del dos mil nueve. Carlos Villalobos Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 300-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA: Modificar los artículos 2 y 3 del acuerdo de viaje 269-PE, los cuales deben leerse: 2) Los pasajes, gastos de alimentación, hospedaje e impuestos de salida del país, serán cubiertos por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. 3) Rige a partir del 28 de noviembre al 5 de diciembre del Dado en el Despacho Ministerial el día doce del mes de noviembre del dos mil nueve. Carlos Villalobos Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 304-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

8 Pág 8 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 ACUERDA: Modificar el artículo 1 del acuerdo de viaje 269-PE, el cual debe leerse: 1) Autorizar a los Ingenieros: Dagoberto Elizondo Valverde, cédula , Javier Ávila Vega, cédula , Francisco Brenes Brenes, cédula , Rafael Mesen Vega, cédula , y al Ing. Juan Carlos Jiménez Segura, cédula , funcionarios de la Dirección Superior de Operaciones Regionales y Extensión Agropecuaria, para que participen en un Entrenamiento intensivo en cuanto al currículo de emprendedurismo ESI que se realizará en Lincoln, Nebraska, Estados Unidos, del 30 de noviembre al 4 de diciembre del Dado en el Despacho Ministerial el día trece del mes de noviembre del dos mil nueve. Carlos Villalobos Arias, Ministro de Agricultura y Ganadería. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA Nº 136 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº MP del 23 de mayo de ACUERDAN: Artículo 1º Nombrar al señor Jorge Arturo Escalante González, mayor, cédula de identidad número , como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para el Desarrollo de la Mujer y la Familia en Violencia, cédula jurídica número , de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, 14 de octubre de ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Justicia y Gracia, Hernando París R. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 143 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº MP del 23 de mayo de ACUERDAN: Artículo 1º Nombrar al señor Marvin Antonio Camacho Villegas, mayor, cédula de identidad número , como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Operación Gaya Internacional, cédula jurídica número , de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º Rige a partir de su publicación Dado en la Presidencia de la República. San José, 6 de noviembre de ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Justicia y Gracia, Hernando París R. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 144 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº MP del 23 de mayo de ACUERDAN: Artículo 1º Nombrar al señor Romano Orlich Montejo, mayor, cédula de identidad número , como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Rumisel para el Progreso Agri-Social, cédula jurídica número , de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, 6 de noviembre de ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Justicia y Gracia, Hernando París R. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). DOCUMENTOS VARIOS GOBERNACIÓN Y POLICÍA DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Indianas 1, 2 y 3 de Siquirres, Limón.. Por medio de su representante: Henry Giovanni Solano Blanco, cédula ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro. San José, 9 de noviembre del Departamento de Registro. Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa. 1 vez. RP (IN ). HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS Resolución DGA San José, a las quince horas con treinta minutos del día veinticinco de noviembre de dos mil nueve. Considerando: I. Que el artículo 6 de la Ley General de Aduanas, Nº 7557 del 20 de octubre de 1995 publicada en La Gaceta Nº 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que uno de los fines del régimen jurídico es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior. II. Que el artículo 9 de la Ley General de Aduanas, establece como funciones del Servicio Nacional dé Aduanas, actualizar los procedimientos aduaneros y proponer las modificaciones de las normas, para adaptarlas a los cambios técnicos, tecnológicos y a los requerimientos del Comercio Internacional. III. Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas, señala que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, que en el uso de su competencia le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas, la emisión de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias a su cargo. IV. Que la resolución RES-DGA , del 22 de junio del 2005, de la Dirección General de Aduanas, publicada en el Alcance N 23 a La Gaceta N 143 de fecha 26 de julio del 2005, recoge los procedimientos de Ingreso y Salida de Mercancías, Vehículos y Unidades de Transporte, Tránsito Aduanero, Depósito Fiscal e Importación Definitiva y Temporal. V. Que acorde con las implementaciones que se han venido gestando en el Servicio Nacional de Aduanas, en procura de las nuevas exigencias del Comercio Internacional y la modernización de la gestión del Servicio Aduanero Costarricense, es imperante establecer reformas y modificaciones al procedimiento que regula el Ingreso de Viajeros y sus Mercancías. VI. Que en razón de lo anterior se debe dejar sin efecto la resolución RES-DGA del 24 de diciembre de 2004, denominada Manual Procedimientos Ingreso de Viajeros y sus Mercancías publicada en La Gaceta N 31 del 14 de febrero de 2005, así como sus anexos. Por tanto: Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho de cita, potestades y demás atribuciones aduaneras que otorgan los artículos 6º del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, 6º, 9º, 11 y 22 de la Ley General de Aduanas y sus reformas, EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS, RESUELVE: 1º Adiciónese una Sección XII al Manual de Procedimientos de Importación Definitiva y Temporal, resolución RES-DGA , del 22 de junio del 2005, de la Dirección General de Aduanas, publicada en el Alcance Nº 23 a La Gaceta N 143 de fecha 26 de julio del 2005, denominada: Del Ingreso de Viajeros y sus Mercancías, misma que se anexa a la presente. 2º Déjese sin efecto la resolución RES-DGA del 24 de diciembre de 2004, denominada Manual de Procedimientos Ingreso de Viajeros y sus Mercancías publicada en La Gaceta N 31 del 14 de febrero de 2005, así como sus anexos. 3º La presente resolución rige a partir de su publicación. 4º Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS EDICTOS Nº DIA-R-E-822/2009. El señor Marvin Martínez Araya, portador de la cédula de identidad Nº , en su calidad de apoderado generalísimo de la compañía Distribuidora de Productos Agropecuarios, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto fungicida de nombre comercial Agromat Fosetyl-

9 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 9 AL 80 WP, compuesto a base de Fosetyl Aluminio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y Ley Nº 8702 trámite de solicitudes de Registro de Agroquímicos. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 07 de diciembre del Unidad Registro de Agroinsumos. Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í. 1 vez. (IN ). SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL EDICTOS El señor Luis Guillermo Muñoz con número de cédula , vecino de Alajuela, en calidad de apoderado legal de la compañía Droguería Luis Muñoz, con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Apetovit, fabricado por: Laboratorios Farbiovet S. A. Ecuador. Con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Buclizina 50,00 mg, Sulfato Ferroso 140,00 mg., Tiamina (Vitamina B1) 1100 mg. riboflavina (vitamina B2) 450 mg., Piridoxina (Vitamina B6) 2200 mg., Cianocobalamina (Vitamina B12) 6 mg., Ácido Pantoténico (D-Pantenol) 600 mg., Niacinamida 6200 mg, Ácido Ascórbico (Vitamina C) 600 mg, vehículo CSP 100,00 ml y las siguientes indicaciones terapéuticas: Estimulante no hormonal del apetito y crecimiento, antianémico y vigorizante orgánico. Con base en el Decreto Ejecutivo N MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 14 de setiembre del Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe. 1 vez. (IN ). El señor Luis Guillermo Muñoz con número de cédula , vecino de Alajuela, en calidad de apoderado legal de la compañía Droguería Luis Muñoz con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Fugozol, fabricado por: Laboratorios Farbiovet S. A. Ecuador. Con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Albendazol 25 g., Sulfato de Zinc 2 g., Sulfato de Cobalto 3.20 g. y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el tratamiento de infestaciones causadas por nematodos, cestodos y tremátodos, en ganado bovino, ovino, caprino, porcino y equino. Con base en el Decreto Ejecutivo N MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 14 de setiembre del Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe. 1 vez. (IN ). OBRAS PÙBLICAS Y TRANSPORTES CONSEJO TÈCNICO DE AVIACIÒN CIVIL N San José, a las 11:30 horas de 23 de noviembre de Se conoce solicitud de otorgamiento de un Certificado de Explotación de la empresa denominada Taxi Aéreo Centroamericano Sociedad Anónima, cedula jurídica , representada por el señor José Guerra Laspiur, cedula de identidad , en calidad de Apoderado Generalísimo sin limite de suma para ofrecer servicios bajo la modalidad de vuelos especiales nacionales e internacionales, con aeronaves de ala fija, con fundamento en lo siguiente: Resultando: 1º Que mediante escrito de fecha el 27 de mayo del 2003, el señor Manuel E. Guevara Velásquez, en calidad de Apoderado presentó de la empresa Taxi Aéreo Centroamericano Sociedad Anónima, solicitó ante el Consejo Técnico de Aviación Civil de renovación de Certificado de Explotación de Servicios Aéreos Especiales, Nacionales e Internacionales con aeronaves de ala fija. Asimismo, mediante escrito el señor José Ángel Guerra Laspiur, Apoderado Generalísimo de la empresa Taxi Aéreo Centroamericano S. A. solicitó al Consejo Técnico de Aviación Civil que el Certificado de Explotación sea otorgado por un plazo de 15 años, le cual permite la Ley 2º Mediante oficio Nº DGAC-TA de fecha 25 de agosto del 2008, la Dirección de Transporte Aéreo, analizó la solicitud de la compañía y en lo que interesa señala: La solicitud presentada no contenía todos los requisitos establecidos en la legislación correspondiente, por lo que con fecha 5 de agosto del presente año, se le comunicó a la empresa mediante el oficio Nº que debía indicar el equipo de vuelo propuesto y la capacidad, así como las tarifas que se aplicarían por el servicio. Con fecha 8 de agosto del 2008, la empresa cumplió con la totalidad de los requisitos, por lo que un informe sobre el análisis de la solicitud planteada se detalla a continuación. Conclusiones: Como resultado del análisis efectuado, se obtuvieron las siguientes conclusiones: a. La compañía Taxi Aéreo Centroamericano S. A., presentó con fecha 24 de julio, 20088, una solicitud para obtener la renovación del certificado de explotación para ofrecer servicios de vuelos especiales nacionales e internacionales con aeronaves de ala fija, la cual complementa la solicitud presentada desde el 19 de marzo del b. El último Certificado de Explotación fue otorgado mediante la Resolución Nº del 12 de junio de 1998, por un plazo de cinco años, que vencieron el 12 de junio del c. La flota propuesta para la prestación de los servicios esta compuesta por dos (2) aeronaves de ala fija. d. El servicio será prestado desde la base de operaciones con que cuenta la compañía Taxi Aéreo Centroamericano S. A., localizada en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, en el hangar Nº 9. e. La empresa solicitó aplicar diferentes tarifas por hora de vuelo, según el tipo de equipo empleado, para la aeronave Cessna U-206 la tarifa es de $ y para la aeronave Piper Séneca es de $ las cuales fueron comparadas con las aplicadas en el mercado, encontrándose que las mismas se encuentran en rasgos aceptables, por lo que se recomienda su aprobación. f. Para demostrar la capacidad financiera, la compañía presento una certificación suscrita por un contador publico autorizado, en la que se indica que la compañía tiene suficiente solvencia económica para continuar prestando los servicios de vueles especiales nacionales e internacionales, con lo que se tiene que la compañía cumplió con el requisito establecido en la legislación vigente. g- Las actividades de vuelos especiales es un importante soporte para la industria del turismo, por lo que se recomienda extender el certificado de explotación solicitado a la empresa. Recomendación. Con base en el análisis realizado y en el tanto que la empresa haya cumplido con las formalidades técnicas y legales para la prestación del servicio, se recomienda: Otorgar a la empresa Taxi Aéreo Centroamericano S. A. un certificado de explotación para ofrecer servicios de vuelos especiales nacionales e internacionales, con aeronaves de ala fija, bajo las siguientes condiciones: Flota y capacidad: Autorizar la operación con las siguientes Aeronaves: TI-AML, Cessna U206, 5 pasajeros y TI-ATX, Piper Séneca PA T, 5 pasajeros Tarifas: Autorizar las siguientes tarifas por hora de vuelo: para aeronaves tipo Cessna U-206 $ y para aeronaves tipo Piper Séneca $ Cualquier modificación deberá estar aprobada por el Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo establecido en los artículos 162 al 164 de la Ley General de Aviación Civil Base de operaciones: Hangar Nº 9 del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma. Plazo: Otorgar el Certificado de Explotación por un plazo de 5 años, según los lineamientos establecidos por el CETAC. 3º Que mediante artículo quinto de la sesión ordinaria celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 14 de enero del 2009, se acordó elevar a audiencia pública la solicitud de la empresa Taxi Aéreo Centroamericano Sociedad Anónima, para brindar servicios de vuelos especiales, nacionales e internacionales, con aeronaves de ala fija. 4º El aviso de audiencia pública fue publicado en La Gaceta Nº 26 del 6 e febrero del 2009, celebrándose la misma el 3 de marzo de 2009 sin que se presentaran oposiciones. 5º Que mediante oficio Nº GCT de fecha 29 de junio del 2009, el señor Álvaro Vargas Segura, Jefe de Operaciones Aeronáuticas y el Ingeniero Alvaro Morales González, Jefe de Aeronavegabilidad manifiestan lo siguiente: Por medio de la presente, el Grupo de Certificación Técnica, tanto Operaciones Aeronáuticas como Aeronavegabilidad le informa que la compañía, Taxi Aéreo Centroamericano S. A. (TACSA), concluyó la Fase IV para la renovación del Certificado de Operador Aéreo. Adjunto GCT del 29 de junio, 2009, donde se le comunica a la empresa la conclusión de Fase IV. Se recomienda elevar a Audiencia Pública y otorgar el Certificado de Explotación a la empresa TACSA, en la modalidad de Vuelos Especiales de Taxi Aéreo, nacional e internacional. 6º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: El objeto en el cual se centra la presente resolución, versa sobre la solicitud presentada por la compañía Taxi Aéreo Centroamericano, cedula jurídica , representada por el señor José Ángel Guerra Laspiur, para que se le otorgue un Certificado de Explotación para bridar servicios de vuelos especiales con aeronaves de ala fija en el territorio nacional e internacional.

10 Pág 10 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 En este sentido el artículo 10 inciso I) de la Ley General de Aviación Civil señala que es una atribución del Consejo Técnico de Aviación Civil el otorgamiento, prórroga, suspensión, caducidad, revocación, modificación o cancelación de certificados de explotación o permisos provisionales para servicios de transporte aéreo, de aviación agrícola, de talleres de mantenimiento de aeronaves, fábricas de piezas o partes de las mismas, de escuelas para la enseñanza aeronáutica, sus diferentes ramas y para cualquier actividad lucrativa que el Poder Ejecutivo juzgue necesario que debe contar con la posesión de un certificado de explotación. Por su parte, la misma ley General de Aviación Civil establece en su artículo 143 que podrán brindarse servicios aéreos por medio de una concesión, es decir por medio de un certificado de explotación que otorga el Consejo Técnico de Aviación Civil y el certificado de Operador Aéreo otorgado por la Dirección General de Aviación Civil. El Decreto Nº 3326-T denominado Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación en su artículo 1º indica que para la prestación de cualquier servicio aéreo será necesario el respectivo certificado de explotación, debidamente otorgado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, de acuerdo con la Ley N y sus reglamentos. En este sentido, debemos indicar que mediante oficio Nº DGAC-TA de fecha 25 de agosto del 2008, la Dirección de Transporte Aéreo, analizó la solicitud de la compañía y en lo que interesa recomendó: Otorgar a la empresa Taxi Aéreo Centroamericano S. A. un certificado de explotación para ofrecer servicios de vuelos especiales nacionales e internacionales, con aeronaves de ala fija, bajo las siguientes condiciones: Flota y capacitad: Autorizar la operación con las siguientes Aeronaves: TI-AML, Cessna U206, 5 pasajeros y TI-ATX, Piper Séneca PA T, 5 pasajeros Tarifas: Autorizar las siguientes tarifas por hora de vuelo: para aeronaves tipo Cessna U-206, $ y para aeronaves tipo Piper Séneca $ Base de operaciones: Hangar Nº 9 del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma. Por otra parte debido a que no se procedió con el archivo de la gestión por presentada en el 2002, por encontrarse la empresa en el proceso de certificación técnica, se deberá resolver la presente gestión como renovación del certificado de explotación, debido a que no se dictó caducidad del procedimiento. Asimismo, mediante oficio mediante oficio Nº GCT de fecha 29 de junio del 2009, el señor Álvaro Vargas Segura, Jefe de Operaciones Aeronáuticas y el Ingeniero Álvaro Morales González, Jefe de Aeronavegabilidad manifiestan lo siguiente: Por medio de la presente, el Grupo de Certificación Técnica, tanto Operaciones Aeronáuticas como Aeronavegabilidad le informa que la compañía, Taxi Aéreo Centroamericano S. A. (TACSA), concluyó la Fase IV para la renovación del Certificado de Operador Aéreo. Adjunto GCT del 29 de junio, 2009, donde se le comunicó a la empresa la conclusión de Fase IV. Se recomienda elevar a Audiencia Pública y otorgar el Certificado de Explotación a la empresa TACSA, en la modalidad de Vuelos Especiales de Taxi Aéreo, nacional e internacional. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley. Por tanto EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: Otorgar a la compañía denominada Taxi Aéreo Centroamericano Sociedad Anónima, cédula jurídica , representada por el señor José Ángel Guerra Laspiur, la renovación del certificado de explotación, bajo los siguientes términos: Servicios a brindar: 1. Servicios a brindar: Servicios bajo la modalidad de vuelos especiales, nacionales e internacionales, con aeronaves de ala fija. 2. Vigencia: La vigencia del certificado de explotación será de cinco años contados a partir de su expedición. 3. Equipo: Mat Flota y capacitad: Autorizar la operación con las siguientes Aeronaves: TI-AML, Cessna U206, 5 pasajeros y TI-ATX, Piper Séneca PA T, 5 pasajeros 4. Tarifas: Autorizar las siguientes tarifas por hora de vuelo: para aeronaves tipo Cessna U-206 $ y para aeronaves tipo Piper Séneca $ Cualquier modificación deberá estar aprobada por el Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo establecido en los artículos 162 al 164 de la Ley General de Aviación Civil 6. Base de operaciones: Hangar Nº 9 del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma. Consideraciones técnicas La empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación. Lo anterior será aplicable a cualquier servicio relacionado con la seguridad de vuelo; su validez y eficacia dependerán del resultado de las inspecciones técnicas de Programa de Vigilancia de la Dirección General de Aviación Civil y el cumplimiento de las especificaciones de operación, los manuales aprobados y la reglamentación técnica aplicable. La empresa se someterá a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado. Cumplimiento de las leyes La concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil número 5150 de 14 de mayo de 1973, sus reformas y reglamentos. Otras obligaciones La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades aeronáuticas. Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº MOPT, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de Asimismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15 de la Ley General de Aviación Civil. Además deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los contratos de seguros. Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley. Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo vigésimo segundo de la sesión ordinaria Nº celebrada el 23 de noviembre del dos mil nueve. José Guillermo Rojas Chaves, Vicepresidente. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL La Dirección General de Aviación Civil, avisa que la señora Alina Nassar Jorge, mayor de edad, casada una vez, abogada, vecina de San José, Barrio Tournón, con cédula de identidad uno-novecientos noventacuatrocientos cincuenta y ocho, en calidad de apoderada especial de la compañía Mexicana de Aviación Sociedad Anónima de Capital Variable, cédula de persona jurídica tres-cero doce-treinta y cuatro mil noventa y tres, ha solicitado para su representada ampliación y modificación de su certificado de explotación para brindar los servicios regulares internacionales de pasajeros, carga y correo para operar la ruta Cancún, México-San José, Costa Rica y viceversa con una frecuencia de cuatro (4) vuelos semanales, explotando derechos de tercera y cuarta libertad del aire. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo octavo de la sesión ordinaria número , celebrada el día 30 del mes de noviembre del 2009, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de quince días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 09:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento. Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 71, título Nº 360, emitido por el Colegio Nocturno de Osa, en el año dos mil cuatro, a nombre de Solís Mora Juana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los dos días del mes de noviembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe. RP (IN ).

11 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 11 Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 195, título Nº 948, emitido por el Liceo Académico Diurno de Ciudad Neily, en el año dos mil cinco, a nombre de Cascante Zúñiga Dinnier Oswaldo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los cinco días del mes de noviembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MSc. Lilliam Aguilar Mora, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, título Nº 244, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Sabalito, en el año dos mil, a nombre de Cordero Montoya Amelia Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los trece días del mes de abril del dos mil nueve. Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. RP (IN ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título Nº 127, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Mora Guerrero Yoncy María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 3 de diciembre del MSc. Liliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 35, título Nº 118, emitido por el Saint Peter s High School, en el año dos mil siete, a nombre de Gamboa Mora Melania. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 3 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Lic. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 3, título N 10, emitido por el Liceo José Albertazzi Avendaño, en el año dos mil cuatro, a nombre de Loría Cordero Bolívar José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 3 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Lic. Liliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, título Nº 18, emitido por el Instituto Latinoamericano de Psicología y Pedagogía Alternativas, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Montealegre Cubillo Jorge Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 4 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Lic. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 23, título Nº 287, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Stephen Sánchez Rita Lorena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los once días del mes de noviembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 188, título Nº 1812, emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil tres, a nombre de Herrera Jiménez Elizabeth del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 7 de diciembre del Lic. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 84, título N 502, emitido por el Liceo Nocturno de Puriscal, en el año dos mil tres, a nombre de Quirós Quirós María Fernanda. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 4 de diciembre del Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 142, título N 2661, emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Esquivel Villalobos Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 7 de diciembre del Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 77, título N 326, emitido por el Liceo de Calle Fallas, en el año dos mil, a nombre de Hernández Agüero Stephany Raquel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 17 de junio del Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 21, título N 300, emitido por el Colegio Panamericano, en el año dos mil ocho, a nombre de Guislain Ribas Nicole Marie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 17 de agosto del Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social de la organización social denominada Sindicato de los Trabajadores del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados siglas SITRAA, aprobada en asamblea celebrada el 24 de abril del 2009, 868-SI. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible al tomo: 16, folio: 64, asiento: 4557 del día 18 de octubre del La reforma afecta los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32. San José, 19 de noviembre del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. Exonerado. (IN ). DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES En Sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 30 de setiembre del 2009, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA , a la) señora Madrigal Huertas Rosse María, cédula de identidad , vecina de San José; por un monto de cuarenta y un mil ciento cuarenta y siete colones sin céntimos ( ,00), con un rige a partir de la inclusión de planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo. 1 vez. RP (IN ). En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas, del 30 de setiembre del 2009, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA , al(a la) señor(a) Benavides Espinoza Iris, cédula de identidad , vecino(a) de Heredia; por un monto de treinta mil setecientos noventa y tres colones sin céntimos ( ), con un rige a partir de la inclusión de planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo. 1 vez. (IN ).

12 Pág 12 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 JUSTICIA Y GRACIA REGISTRO NACIONAL OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADO PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Nº Rodolfo Herrera Murillo, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, comerciante, costarricense, con domicilio en: Colonia Villalobos frente al bar Duende, Río Frío, Horquetas, Sarapiquí, Heredia, solicita el registro de: A B R 6 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 26 de noviembre del RP (N ). Nº Cándido Cerdas Narváez, cédula de residencia Nº , mayor, soltero, agricultor, nicaragüense, con domicilio en: de la escuela 500 metros norte, Pueblo Nuevo, San José, Upala, Alajuela, solicita el registro de: A Y Q 8 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 13 de noviembre del RP (N ). Nº Gómez Castrellón Carlos Manuel, cédula de residencia Nº , mayor, casado una vez, empresario, nacionalidad panameña, con domicilio en: del Balneario 50 sur, 250 este, Patarrá, Desamparados, San José, solicita el registro de: A T Q 9 como marca de ganado que usará preferentemente en Quebradilla, Cartago. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 23 de octubre del RP (N ). Nº Bello Méndez Martín, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, ganadero, con domicilio en: 2 kilómetros sur de la escuela de Limoncito de Coto Brus, Puntarenas, solicita el registro de: A C R 1 como marca de ganado que usará preferentemente en: Limoncito, Coto Brus, Puntarenas. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 24 de noviembre del RP (N ). Nº Cruz Alvarado Favián, residente permanente número , mayor, casado una vez, separado de hecho, salvadoreño, con domicilio en: frente al teléfono público, Los Ángeles de Quebrada Grande, Liberia, Guanacaste, solicita el registro de: A A R 3 como marca de ganado que usará preferentemente en: Liberia, Liberia, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 19 de noviembre del RP (N ). Nº Murillo Vargas Mikel, cédula de identidad Nº , mayor de edad, casado una vez, ganadero, con domicilio en: del templo católico, 100 metros al norte, Santa Rosa, Tilarán, Guanacaste, solicita el registro de: como marca de ganado que usará preferentemente en: Cañas, Cañas, Guanacaste y Tilarán, Tilarán, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 2 de junio del RP (N ). Nº Marco Antonio Fernández Chinchilla, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, agricultor, costarricense, con domicilio: frente a la plaza de deportes, Gravilias, Cangrejal, Acosta, San José, solicita el registro de: A D R 6 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 1º de diciembre del RP (N ). Nº Huertas Cubero Dagoberto c.c. Leitón Cubero Dagoberto, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en: frente de la iglesia católica, San Ramón de Quebrada Grande, Tilarán, Guanacaste, solicita el registro de: C 2 9 como marca de ganado que usará preferentemente en Quebrada Grande, Tilarán, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 4 de noviembre del RP (IN ). Nº Mata Castro Manuel, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en: 500 metros al sur de la Escuela, Lindora de Monteverde, Puntarenas, Puntarenas, solicita el registro de: A S Q 8 como marca de ganado que usará preferentemente en Monteverde, Puntarenas, Puntarenas. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 19 de octubre del RP (IN ). Nº Villalobos Fernández Orman, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Alajuela, Upala, Aguas Claras, de la escuela un kilómetro y medio al sur, solicita el registro de: 1 1 V, como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Aguas Claras, de la escuela un kilómetro y medio al sur. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 5 de marzo del RP (IN ). Nº Fernández Trejos Rodrigo, cédula de identidad Nº , mayor, divorciado, comerciante, con domicilio en: finca Diez, de la Aguja 2 km al este, Horquetas, Sarapiquí, Heredia, solicita el registro de: T 8 2 como marca de ganado que usará preferentemente en Horquetas, Sarapiquí, Heredia. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 24 de noviembre del RP (IN ). Nº Arrieta Pizarro Wilbert, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, agricultor, con domicilio en: 700 metros este plaza de deportes, Chircó, Lagunilla, Santa Cruz, Guanacaste, solicita el registro de: 4 W A, como marca de ganado que usará preferentemente en Lagunilla, Santa Cruz, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 2 de noviembre del RP (IN ). Nº Orlando Arce Quirós, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, ganadero, costarricense, con domicilio: 300 metros sur de la guardia rural Río Cuarto, Grecia, Alajuela, solicita el registro de: Q 0 A como marca de ganado, que usará preferentemente en La Unión, La Virgen de Sarapiquí, Heredia. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 23 de noviembre del RP (IN ). Nº Roy Gerardo Pearson Rojas, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en: 200 metros este de la iglesia, San Pedro, Pérez Zeledón, San José, solicita el registro de: A V Q 7 como marca de ganado, que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Nº Aparicio Aparicio Rafael Martín, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, agricultor, con domicilio en: Barrio Los Ángeles, 75 metros este de Almacén Romano, Cañas, Cañas, Guanacaste, solicita el registro de: A A R 9 como marca de ganado, que usará preferentemente en Bagaces, Bagaces, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 20 de noviembre del RP (IN ).

13 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 13 Nº Hidalgo Víquez Hugo, cédula número Nº , mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en: San Ramón, Alajuela, solicita el registro de: 4 4 H como marca de ganado, que usará preferentemente en Esparza, Puntarenas. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 3 de noviembre del RP (IN ). Nº Carlos Quirós Araya, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con domicilio: 200 metros norte de la escuela, Pacayitas, La Suiza, Turrialba, Cartago, solicita el registro de: A X Q 2 como marca de ganado, que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 5 de noviembre del RP (IN ). Nº González Rodríguez Marvin, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en: 3 kilómetros sur de la escuela, La Unión del Sur, Santa Rosa, La Vaca, Laurel, Corredores, Puntarenas, solicita el registro de: A C R 7 como marca de ganado, que usará preferentemente en: Laurel, Corredores, Puntarenas. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 25 de noviembre del RP (IN ). Nº Araya Chacón Braulio, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en: Piedades Norte de San Ramón, Alajuela, solicita el registro de: B 7 7 como marca de ganado, que usará preferentemente en: Ángeles, San Ramón, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 27 de noviembre del RP (IN ). REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Clementina Mayorga Corea, cédula residencia , en calidad de apoderada especial de Don Nelson Alfonso Agüed, cédula G, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 34 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: tabaco, incluidos cigarros puros; artículos para fumadores; cerillas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de octubre del 209. Expediente A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de noviembre del (IN ). Clementina Mayorga Corea, cédula residencia , en calidad de apoderada especial de Don Nelson L Alfonso Agüed, cédula G, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 34 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: tabaco, incluidos cigarros puros; artículos para fumadores; cerillas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de octubre del Expediente A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de noviembre del (IN ). Jenny Obando Canales, cédula , solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: toallas sanitarias, paños higiénicos (compresas), tapones sanitarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre del Expediente A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de noviembre del (IN ). Henry Jiménez Dalorzo, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Sociedad Anónima, solicita la inscripción de: como señal de propaganda, en clase 50 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar un establecimiento comercial dedicado a la venta y distribución de diferentes tipos de comida, para relacionar con la marca FOODtime! Con el número de registro Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre del 2007, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de agosto del RP (IN ). Ana Lorena Conejo Sáenz, cédula , en calidad de apoderada generalísima de The Cottom Store Sociedad Anónima, cédula jurídica solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 24 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa de cama y de mesa, tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases. Reservas: del color gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de noviembre del RP (IN ). Alberto Araya Cruz, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Video por Internet Araya de Costa Rica S. A., cédula jurídica número solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de prestación de video digital. Difusión de videos por internet. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de noviembre del RP (IN ). Julio Eduardo Ugarte Badilla, cédula , en calidad de apoderado especial de Borgynet International Holdings Corporation, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas con cereales, pan pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levaduras, polvos para esponjar, sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias, hielo, de fabricación de mi representada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de octubre del RP (IN ). José Miguel Fonseca Saborío, cédula , solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios profesionales de asesoría jurídica y notarial. Reservas: de los colores blanco y rojo. No se hace reserva de la palabra notarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 07 de noviembre del RP (IN ).

14 Pág 14 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Eduardo Dada Hutt, cédula , en calidad de representante legal de Orgánicos Ecogreen, S. A. cédula jurídica , solicita la inscripción de: CALYNIT, como marca de fábrica en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: fabricación de fertilizantes y abonos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre del 2007, según expediente N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de octubre del (IN ). Geysa Muñiz, pasaporte , en calidad de apoderado generalísimo de Talomex S. A., solicita la inscripción de: Economy Rent a Car, como nombre comercial en clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al alquiler de vehículos de transporte terrestre. Ubicado en San José, Sabana Norte, contiguo a la Agencia Datsun, edificio Economy Rent A Car. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2009, según expediente N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 4 de noviembre del (IN ). Geysa Muñiz, pasaporte , en calidad de apoderado generalísimo de Talomex S. A., solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 39 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios relacionados con el alquiler de vehículos de transporte terrestre. Reservas: de los colores rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2009, según expediente N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 5 de noviembre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart Stores Inc., solicita la inscripción de: 5th ENERGY, como marca de comercio y servicios, en clases 9, 36, 37 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9, aplicaciones comerciales o industriales computarizadas (comprimidos en software) y edificadas o facilidades del manejo de sistemas comprimidos de software de computadoras, eléctricas y/o electrónicas, censores de movimiento magnéticos y electromagnéticos, equipos de escáner y monitoreo, circuitos y tableros de circuitos, microprocesadores, computadoras vendidas individualmente y/o como componente de algún producto en específico y/o como sistema para monitorear e incrementar el rendimiento energético, el calor, la ventilación del aire o las operaciones de mantenimiento; en clase 36, corretaje computarizado de los sistemas de eficiencia de energía para otros como los componentes de la aplicación y edificación de facilidades del sistema de manejo en el comercio o la industria brindada a negocios financieros y negocios monetarios; en clase 37, servicios de instalación de aparatos computadorizados para ahorro energético a ser utilizados como componentes de aparatos comerciales e industriales en construcciones y en sistemas de administración de edificios; y en clase 42, consultas técnicas en el campo de sistemas computarizados de eficacia de energía para otros como: componentes de las aplicaciones del comercio y la industria en la edificación o facilidades de sistemas de manejo, diseños y desarrollo de sistemas computarizados de eficiencia de energía para otros como un componente de las aplicaciones en el comercio o la industria en la edificación o facilidades del sistema de manejo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de setiembre del (IN ). Álvaro Enrique Dengo Solera, en calidad de gestor oficioso de Wal-Mart Stores Inc., solicita la inscripción de: YOUR ZONE, como marca de comercio, en clases 2, 11, 14, 20, 21, 24 y 27 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 2, colores, barnices lacas, preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera, materias tintóreas, mordientes, resinas naturales en estado bruto, metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresoras y artistas; en clase 11, aparatos de alumbrado, de calefacción, de producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias; en clase 14, metales preciosos y sus aleaciones y artículos de estas materias o de chapado no comprendidos en otras clases, joyería, bisutería, piedras preciosas, relojería e instrumentos cronométricos; en clase 20, muebles, espejos, marcos, productos, no comprendidos en otras clases de maderas, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas; en clase 21, utensilios y recipientes para el menaje y la cocina, peines y esponjas, cepillos (con excepción de los pinceles), materiales para la fabricación de cepillos, material de limpieza, virutas de hierro, vidrio en bruto o semielaborado (con excepción del vidrio de construcción), cristalería, porcelana y loza, no comprendidas en otra clase; en clase 24, tejidos y productos textiles no comprendidos en otra clase, ropa de cama y de mesa; y en clase 27, alfombras, felpudo, esteras, linóleum y otros revestimientos del suelo, tapicerías murales que no sean de materias textiles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 6 de octubre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart Stores Inc., solicita la inscripción de: GREAT VALUE, como marca de comercio, en clases 9 y 11 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9, aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, eléctricos especialmente baterías, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza, aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido e imágenes, soportes de registros magnéticos, discos acústicos, distribuidores automáticos, y mecanismos para aparatos de previo pago, cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores, extintores; y en clase 11, aparatos de alumbrado especialmente bombillos, de calefacción, de producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de setiembre del (IN ). Álvaro Enrique Dengo Solera, cédula , en calidad de apoderado de Compagnie Gervais Danone, solicita la inscripción de: DEFENSIS, como marca de fábrica, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir: leche, leche en polvo, cuajada, saborizada y batida. Productos lácteos, conocidos como: postres de leche, yogures, yogures para beber, queso tipo cottage, bebidas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas saborizadas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas lechosas compuestas de leche o productos lácteos, bebidas lechosas que comprenden fruta. Productos fermentados a base de productos lácteos o productos fermentados con sabor a base de productos lácteos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de setiembre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de apoderado especial de Anton Riemerschmind Weinbrennerei und Likörfabrik GmbH & Co. KG., solicita la inscripción de: XUXU, como marca de comercio, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de setiembre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart Stores Inc., solicita la inscripción de: SAVING PEOPLE MONEY SO THEY CAN LIVE BETTER, como marca de servicio, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de setiembre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de apoderado especial de Wal-Mart Stores Inc., solicita la inscripción de: AHORRANDO DINERO A LA GENTE PARA QUE VIVAN MEJOR, como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de setiembre del (IN ). Álvaro Enrique Dengo Solera, cédula , en calidad de gestor oficioso de Compagnie Gervais Danone, solicita la inscripción de: DANIMALS, como marca de comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: leche, leche en polvo, cuajada, saborizada

15 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 15 y batida. Productos lácteos, conocidos como: postres de leche, yogures, yogures para beber, queso tipo cottage, bebidas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas saborizadas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas lechosas compuestas de leche o productos lácteos, bebidas lechosas que comprenden fruta. Productos fermentados a base de productos lácteos, o productos fermentados con sabor a base de productos lácteos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de setiembre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de gestor oficioso de Crayons Inc., solicita la inscripción de: CRAYONS, como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos alimenticios conocidos como: paletas heladas de frutas congeladas, dulces congelados conocidos como: helados, congelados con sabor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 1º de octubre del (IN ). Álvaro Enrique Dengo Solera, en calidad de gestor oficioso de Compagnie Gervais Danone, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: leche, leche en polvo, cuajada, saborizada y batida. Productos lácteos, conocidos como: postres de leche, yogures, yogures para beber, queso tipo cottage, bebidas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas saborizadas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas lechosas compuestas de leche o productos lácteos, bebidas lechosas que comprenden fruta. Productos fermentados a base de productos lácteos o productos fermentados con sabor a base de productos lácteos. Todos ellos bajos en grasa, lo cual los hace que sean livianos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 6 de octubre del (IN ). Álvaro Enrique Dengo Solera, en calidad de gestor oficioso de Compagnie Gervais Danone, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: leche, leche en polvo, cuajada, saborizada y batida. Productos lácteos, conocidos como: postres de leche, yogures, yogures para beber, queso tipo cottage, bebidas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas saborizadas compuestas a base de leche o productos lácteos, bebidas lechosas compuestas de leche o productos lácteos, bebidas lechosas que comprenden fruta. Productos fermentados a base de productos lácteos o productos fermentados con sabor a base de productos lácteos. Reservas: de los colores verde, amarillo y celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 6 de octubre del (IN ). José Antonio Gamboa Vázquez, en calidad de apoderado especial de Cooper Chengshan (Shandong) Tire Company Ltd., solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: llantas para vehículos, bandas de rodamiento lisas para llantas de vehículos, bandas de rodamiento tipo tractor para llantas de vehículos, estructura principal de soporte para llantas con neumático, bandas de rodamiento para llantas de doble huella para vehículo, llantas con neumático, llantas sólidas para vehículos, neumáticos para llantas de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de agosto del (IN ). Luis Diego Ramírez Arias, en calidad de apoderado generalísimo de Interexpresso Costa Rica Corporación ILC S. A., cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clases 36 y 39 internacionales, para proteger y distinguir: en clase 36, servicios de seguros, servicios de agente y corredor de seguros, servicios de correduría e intermediación aduanera, servicios de agencia de aduanas, servicios de aseguramiento de todo tipo de carga, servicios de suscripción de seguros, servicios de tramitación de reclamos y otros servicios relativos a la ejecución de seguros e indemnizaciones, servicios de consultoría e información en materia de seguros, servicios de alquiler de inmuebles, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de información relativa a trámites aduaneros, servicios de asesoría, preparación, tramitación y presentación de documentación necesaria para el pago de impuestos y desalmacenaje de mercadería y carga en aduanas; y en clase 39, servicios de transporte, servicios de transporte por vías marítimas, terrestres y aéreas, servicios relacionados con el planeamiento, control e implementación de servicio, de transporte y almacenaje de bienes y mercadería, servicios de empaque, embalaje y almacenaje de todo tipo de bienes y mercadería, servicios de vigilancia, custodia, entrega y preservación de mercadería y bienes almacenados y transportados, servicios de información y comunicación, por vías alámbricas e inalámbricas, incluyendo Internet, relativa al transporte de todo tipo de bienes, tarifas, horarios y modalidades de transporte, servicios de seguimiento y rastreo de mercadería y bienes transportados y almacenados, servicios de contratación de servicios de carga, descarga, embarque y desembarque de bienes y mercadería, servicios de corretaje de fletes y transportes, servicios de consolidación de todo tipo de carga, servicios de alquiler de bodegas, contenedores y vehículos de transporte, servicios de preparación de documentación necesaria para el transporte nacional e internacional de mercadería y bienes, incluyendo su transporte y desalmacenaje por aduanas y otras oficinas gubernamentales, servicios de embalaje, empaque, reempaque y empaquetado de mercadería, información de almacenaje y artículos almacenados y en depósito. Reservas: de los colores azul y celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de mayo del (IN ). Rolando Castro Blanco, cédula Nº , en calidad de apoderado general de Fundación Unanimes, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 45 internacional, para proteger y distinguir: servicios legales, servicios de seguridad para la protección de bienes e individuos, servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer las necesidades de los individuos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de agosto del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de agosto del (IN ). Jaime Abezas Peterson, cédula Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Sociedad Agencia de Seguros Asersa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 36 internacional. Para proteger y distinguir: seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. Reservas: de los colores pantone 329-8C, tinta blanca y pantone DS U. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de octubre del RP (IN ). Jaime Cabezas Peterson, cédula Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Operadora Inversalud Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 36 internacional. Para proteger y distinguir: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. Reservas: de los colores Pantone DS PreceesBlack y Pantone DS 49-2C. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

16 Pág 16 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de octubre del RP (IN ). Carolina Alemán Ramírez, cédula Nº , solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: ropa casual deportiva, licras, camisetas y buzos para la practica de la gimnasia y deportiva. Reservas: de los colores gris y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de febrero del RP (IN ). Rafael Sibaja Chavarría, cédula Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Gestores del Saber Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: los servicios periodísticos y publicitarios, además brindamos servicios en dirección de negocios, administración de negocios y trabajos de oficina. Reservas: de los colores negro, blanco, celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de noviembre del RP (IN ). Aisha Acuña Navarro, cédula Nº , en calidad de gestor oficioso de Kenco S. A., solicita la inscripción de: TOTAL GROUND como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido e imágenes; Soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores y de extintores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de setiembre del RP (IN ). Aisha Acuña Navarro, cédula Nº , en calidad de gestor oficioso de Kenco S. A., solicita la inscripción de: LATINCASA como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido e imágenes; Soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores y de extintores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de setiembre del RP (IN ). Aisha Acuña Navarro, cédula Nº , en calidad de gestor oficioso de Kenco S. A., solicita la inscripción de: LATINCASA como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la elaboración, diseño, manufactura, comercialización y distribución de aparatos: aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores y de extintores, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, Avenida 10 calle 37: específicamente al final de la avenida 10, 25 metros al norte, 100 metros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de setiembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de setiembre del RP (IN ). Aisha Acuña Navarro, cédula Nº , en calidad de gestor oficioso de Kenco S. A., solicita la inscripción de: TOTAL GROUND como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: establecimiento comercial e industrial dedicado a la fabricación, diseño, ensamble, manufactura, compra y venta, exportación y comercialización de aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores. Así como los accesorios de los mismos o relacionados con ellos. Prestación de servicios reparación y mantenimiento preventivo, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, Avenida 10, calle 37, específicamente del final de la avenida 10, 25 metros al norte, 100 metros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de setiembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de setiembre del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, cédula Nº , en calidad de representante legal de Grupo Bimbo S. A. B. de C. V., solicita la inscripción de: HAZ SANDWICH como señal de propaganda en clase 50 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar la marca Bimbo, en clases 29 y 30. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de febrero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de junio del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, en calidad de apoderado especial de Masipak Industria e Comercio de Máquinas Automáticas S. A., solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 7 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: máquinas automáticas para envasar, embalaje, empaquetar, envasado, embalaje y empaquetado automático, máquina de envasado, embalaje y empaquetado automático, máquinas para rellenar potes tarros, latas, botellas, y recipientes similares, alimentadotes (parte de máquinas), máquinas de etiquetado, clasificación, designación, máquinas de fechado, citas, datas, esferas, orlas, superficies transportadoras, aparatos elevadores y máquinas transportadoras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de abril de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de junio del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Róblelo, en calidad de apoderado especial de Samsung Electronics Co. Limited, solicita la inscripción de: SAMSUNG HOL!C como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: teléfonos móviles. teléfonos inteligentes, juegos electrónicos de software para teléfonos móviles, tonos de timbres para bajar de computadoras, gráficos y música vía global por red de computadoras y por dispositivos o artefactos sin cable, audífonos, cargadores eléctricos de batería, baterías eléctricas recargables. computadoras, impresoras y computadoras, monitores y computadoras, asistentes personales digitales, semiconductores, aparatos de televisión, videocámaras, cámaras digitales, cajas superiores de o para aparatos digitales, cables ópticos, teléfonos, lectores y/o aparatos para dvd, aparatos para mp3 y reproductores mp3, centros de sistemas de red de computadoras, swítches. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de abril de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de junio del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, cédula Nº , en calidad de apoderado especial de Sidus S. A., solicita la inscripción de: H. H. T. como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger

17 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 17 y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para uso humano, específicamente productos endocrinológicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de agosto del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, cédula , en calidad de apoderado especial de Sidus S. A., solicita la inscripción de: BIOTROFIN como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para uso humano, específicamente productos estimulantes del metabolismo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de agosto del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, cédula , en calidad de apoderado especial de Sidus S. A., solicita la inscripción de: LENOBIO como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para uso humano, específicamente productos estimulantes del crecimiento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de agosto del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, cédula Nº , en calidad de representante legal de Grupo Bimbo S.A.B. de C. V., solicita la inscripción de: Marinela FIGURITAS como marca de fábrica en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, galletas, galletas infantiles, galletitas, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre; salsas (condimentos); especias, hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de agosto del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Roblelo, en calidad de apoderado especial de BIAL-Portela & C a., S. A., solicita la inscripción de: ZEBINIX como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones sanitarias para usos o propósitos médicos; sustancias dietéticas adaptadas para uso medico, alimentos para bebés, emplastos, yesos, materiales para vendaje, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; ceras dentales; desinfectantes; preparaciones para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de junio de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 28 de julio del RP (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, en calidad de apoderado especial de BIAL-Portela & C a., S. A., solicita la inscripción de: EXALIEF como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones sanitarias para usos o propósitos médicos; sustancias dietéticas adaptadas para uso medico, alimentos para bebés, emplastos, yesos, materiales para vendaje, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; ceras dentales; desinfectantes; preparaciones para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de junio de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 28 de julio del RP (IN ). Mario Fonseca Solera, cédula número , en calidad de representante legal de Elettronica S.p.A, solicita la inscripción de: elt ELECTRONICA mind is the first defence como marca de servicios en clase 42 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios científicos y tecnológicos e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis industrial y de investigación y desarrollo de hardware y software de computadoras. Reservas: Prioridad Nº RM 2006 C de fecha 29 de diciembre del Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de enero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de junio del RP (IN ). Jorge Ángulo Solano, cédula Nº , en calidad de apoderado generalísimo de GYM George Angul Fitness S. A., solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: gimnasio, acondicionamiento físico, entrenamiento deportivo y asesorías deportivas. Reservas: de los colores blanco, verde y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de noviembre del RP (IN ). Susana Patricia Vallejo Esquivel, cédula Nº , en calidad de apoderada generalísima de Clínica Restaurativa Dental Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a labores odontológicas y estética dental, ubicado en Heredia centro, calle 11, avenida 15. Reservas: de los colores: azul rey, verde menta y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de noviembre del RP (IN ). Gerardo Cásares Alvarado, cédula Nº , en calidad de Tipo representante desconocido de D.C.S. Daytona Soft Corporation S. A., solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 42 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: software diseñado para implementar el teletrabajo. El producto permite administrar áreas operativas o proyectos, administrar equipos de trabajo, administrar tareas, controlar agendas y diarios de labores, administrar y compartir archivos con un portal para clientes estableciendo la comunicación formal y con su propio buscador de información. Reservas: de los colores negro, verde y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de julio del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de representante legal de Laboratorios Internacionales Labin S. A., solicita la inscripción de: GEL TEX como marca de comercio en clase 3 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear o sustancias para colar, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentríficos y un fijador para el cabello (gel texturizante). Todos los productos anteriores son en gel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 31 de julio del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de representante legal de Arturo Agüero Palacios, cédula Nº , solicita la inscripción de: GRUPO SUPERIOR como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a todo tipo de actividades relacionadas con la agricultura y los negocios. Ubicado en Alajuela, San Rafael de Ojo de Agua, 500 metros al oeste de la Escuela Saint Paul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de agosto del RP (IN ).

18 Pág 18 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de representante legal de Distribuidora Interamericana de Alimentos Diasa S. A., cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: DORIA como marca de comercio en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: pastas y galletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de agosto del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de representante legal de Compañía de Jarabes y Bebidas Gaseosas la Mariposa Sociedad Anónima, solicita la inscripción de: AQUA PLUS como marca de comercio en clase 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: agua pura, aguas minerales, aguas gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas con sabor a frutas, zumos, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de agosto del RP (IN ). Yanina Cordero Pizarro, cédula Nº , en calidad de apoderada general de Laboratorios Stein Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: PEPTILASE como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos de uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Denise Garnier Acuña cédula , en calidad de apoderada especial de Impersa, S. A., cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: PEGA MEJOR como señal de propaganda en clase 50 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar productos de tales como materiales de construcción no metálicos, asfalto, pez y betún; morteros para la construcción, cemento, materiales de construcción no metálicos, revestimiento no metálicos. La señal de propaganda será utilizada con la marca Impermix expediente Nº Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de agosto del RP (IN ). Yanina Cordero Pizarro, cédula , en calidad de apoderada general de Laboratorios Stein Sociedad Anónima, cédula jurídica N º , solicita la inscripción de: HERBAVATE como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos de uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Denise Garnier Acuña cédula Nº , en calidad de representante legal de IMPERSA, S. A. cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: CONSTRUYA MEJOR como señal de propaganda en clase 50 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar productos de tales como materiales de construcción no metálicos; asfalto, pez y betún; morteros para la construcción, cemento, materiales de construcción no metálicos, revestimiento no metálicos. La señal de propaganda será utilizada con la marca Impersa con número de registro Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de agosto del RP (IN ). Yanina Cordero Pizarro, cédula Nº , en calidad de apoderado general de Laboratorios Stein Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: TRANSMEGA como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos de uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, en calidad de apoderada especial de RBC Life Sciences Inc., solicita la inscripción de: SPIRULINA NANOCLUSTERS como marca de comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas que contienen spirulina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de agosto del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de apoderada especial de Banco HSBC (COSTA RICA) S. A. cédula jurídica , solicita la inscripción de: BANEX como marca de servicios en clase 36 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: seguros; servicios financieros, servicios monetarios, servicios inmobiliarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de noviembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, en calidad de apoderada de H-D Michigan, LLC, solicita la inscripción de: HELICON como marca de comercio en clase 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: motores para motocicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de abril de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de julio del RP (IN ). Cristian Calderón Cartín, cédula Nº , en calidad de apoderado especial de Farmacéutica Medcell Limitada, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos agrícolas, hortícolas y forestales y granos no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y vegetales frescos; semillas, plantas y flores naturales; productos alimenticios para animales; malta. Reservas: de los colores negro y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del RP (IN ). Cristian Calderón Cartín, en calidad de apoderado especial de Farmacéutica Medcell Limitada, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados; miel, jarabe de melaza; levaduras, polvo para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas, (condimentos); especias, hielo. Reservas: de los colores negro y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del RP (IN ). Cristian Calderón Cartín, cédula Nº , en calidad de apoderado especial de Farmacéutica Medcell Limitada, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; preparaciones sanitarias para uso médico; sustancias dietéticas adaptadas para uso médico, alimento para bebés; yeso para uso médico, material para curaciones (apósitos y vendas); material para tapar dientes; cera dental; desinfectantes; preparaciones para la destrucción de animales dañinos; fungicidas,

19 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Pág 19 herbicidas. Reservas: de los colores negro y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de apoderada especial de Volio & Trejos Asociados S. A., cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 37 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de construcción. Reservas: de los colores vino y blanco, no hace reserva de las palabras constructora y asociados S.A. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de agosto de RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de representante legal de Volio & Trejos Asociados S. A., cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado al servicio de la construcción, reparación, servicios de instalación, ubicada en San José, San Pedro Montes de Oca, Barrio Los Yoses, 50 metros oeste y 25 al sur del Apartotel Los Yoses. Reservas: de los colores vino y blanco. No hace reserva de las palabra Constructora y Asociados S. A. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de agosto de RP (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula Nº , en calidad de apoderada especial de Compañía de Jarabes y Bebidas Gaseosas La Mariposa Sociedad Anónima, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: agua pura, agua filtrada, aguas minerales, aguas minerales con o sin sabor, aguas gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, zumos, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: de los colores azul, fucsia, verde, amarillo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de agosto de RP (IN ). Denise Garnier Acuña, en calidad de apoderada especial de Brenntag Holding GmbH, solicita la inscripción de: como marca de comercio y servicios en clase 1; 2; 3; 4; 37; 39; 40 y 42 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 1: Productos químicos destinados a la industria, ciencia, propósitos fotográficos, para hydroquímicos, para la industria de cosméticos, emulsificadores, estabilizadores, solventes resinas artificiales en estado bruto, plásticos en estado bruto, composiciones extintoras, preparaciones para el temple y la soldadura de metales, productos químicos destinados a almacenar y preservar alimentos frescos, sales industriales, floculantes, materias curtientes, materia química para la impregnación de cuero y textiles, materias para preservar y hacer impermeable el cemento, detergentes para uso en procesos de manufacturación, almidón para aplicaciones industriales, baños cáusticos para metales, adhesivos para aplicaciones industriales, ácido fórmico, ácido cítrico, ácido benzoico, ácido clorhídrico, leche de zinc, alcohol industrial, formaldehído, agua desmineralizada, fluidos hidráulicos, oxido de aluminio, sílice en gelatina, sffice en gel, y en particular como secantes, solventes para pinturas, inhibidores de parafina, emulsión para brakers (infractores), Inhibidores de corrosión, clarificadores de agua-estimuladores esponjosos, removedor de sarro, desinfectantes formulados, químicos para incrementar las características de los alimentos con respecto al sabor, color y consistencia. En clase 2: Solventes, materias adhesivas y disolventes para pinturas, materias tintóreas, pigmentos colorantes. En clase 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, detergentes, con excepción de detergentes para aplicaciones comerciales; preparaciones para decolorar; materias para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; aceites esenciales. En clase 4: Aceites y grasas industriales; lubricantes; productos para absorber, regar y concentrar el polvo; aceites para calentar y mejorar la combustión, aditivos para combustibles. En clase 37: Servicios de perforación, medición, limpieza, mantenimiento y reparación de tuberías. En clase 39: Servicios de almacenamiento, manejo de carga, empaque y transporte de químicos, cauchos y plásticos como servicios pagados. En clase 40: Servicios de reciclaje de materiales industriales, residuos y desperdicios de producción en particular con relación en las estipulaciones, reglamentos y leyes de las autoridades sobre desperdicios, aguas residuales y emisión de gases. Servicios de conversión, utilización, disposición y eliminación de materiales industriales, residuos y desperdicios de producción, también y en particular en relación con las estipulaciones, reglamentos y leves de las autoridades sobre desperdicios, aguas residuales y emisión de gases. (Todo lo antes mencionados es con servicios pagados) servicios de consultoría en el campo de tratamiento, transformación, utilización, eliminación, reciclaje y eliminación de material de explotación, residuos o desechos de producción, incluida la limpieza, el refinamiento, la fabricación por contrato de servicios para la formulación, presentación y mezcla de productos químicos. En clase 42: Servicios de consultoría que involucren acuerdos en relación con las estipulaciones, reglamentos y leyes de autoridades sobre desperdicios, aguas residuales y emisión de gases (todos los servicios arriba mencionados es con servicios pagados). Servicios de laboratorios de ingeniera fisicoquímica; control de calidad, prueba de calidad y prueba de materiales. Servicios de laboratorio químico; servicios de consultoría en relación con la contaminación de tuberías. Reservas: de los colores rojo y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de abril de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de julio de RP (IN ). Raquel Herrera Vargas, cédula Nº , solicita la inscripción de: D papel Librerías como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a la venta y distribución de productos de papel, cartón, y en general artículos de estas materias, productos de imprenta; artículos de encuadernación; papelería en general, libros, materiales escolares, adhesivos para la papelería o la casa; artículos para la elaboración de manualidades, artículos de oficina en general. Ubicado en San José, Coronado, Residencial Villa Flores, tercera etapa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de setiembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 6 de octubre de RP (IN ). Maricela Alpízar Chacón, cédula Nº , en calidad de apoderada especial de Farmacias de la Familia, S. A., solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un e s t a b l e c i m i e n t o comercial dedicado a la venta de productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos: material para empastar los dientes y para improntas. Ubicado en San José, Sabana oeste, del balcón verde, 300 norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de agosto de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de noviembre de RP (IN ). Ainhoa Pallares Alier, cédula residencia , en calidad de apoderado especial de Geely Holding Group Co. Ltd., solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Automóviles, coches-restaurante, camionetas (vehículos), camiones, motores para vehículos terrestres, carros a motor, motores para autos, carros cajas de cambios para vehículos terrestres, motores para vehículos, vehículos de motor, motocicletas, bicicletas, mini carros, cubiertas de ruedas para vehículos, yates. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de agosto de RP (IN ).

20 Pág 20 La Gaceta Nº 243 Martes 15 de diciembre del 2009 Karla Villalobos Wong, en calidad de apoderada especial de Lolita S. A., solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de vestimenta, calzado y sombrerería. Al reagrupamiento, por cuenta de terceros, de productos diversos (con excepción de su transporte), permitiendo a los consumidores examinar y comprar estos productos con comodidad. Ubicado en Río Negro 1338, 1er. Piso, C.P.11100, Montevideo, Uruguay. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de enero de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de agosto de RP (IN ). Karla Villalobos Wong, cédula Nº , en calidad de apoderada especial de Laboratorios Babe S.L., solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 31 de julio de RP (IN ). Karla Villalobos Wong, cédula Nº , en calidad de apoderada especial de Laboratorios Babe S.L., solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 31 de julio de RP (IN ). Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula Nº , en calidad de apoderado especial de Carlos Alberto Cuba Vera, solicita la inscripción de: ONYX JEANS como marca de fábrica en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: jeans. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de abril de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 20 de agosto de RP (IN ). Sandra Abarca Rosales, cédula Nº , en calidad de apoderada generalísima de Creaciones Sansara S. A. cédula jurídica número , solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: la elaboración y confección de ropa, uniformes de enfermería, para colegiales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de noviembre de RP (IN ). Juan Carlos Valdés, pasaporte , en calidad de apoderado generalísimo de Avanzit Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 38 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Reservas: no hace reserva de la palabra Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de noviembre de RP (IN ). Juan Carlos Valdés, pasaporte , en calidad de apoderado generalísimo de Avanzit de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un e s t a b l e c i m i e n t o comercial dedicado a la comercialización de servicios de infraestructura y soporte de telecomunicaciones, ubicado en San José, Escazú, de Toycos doscientos metros al este y ochocientos metros al sur, número ocho. Reservas: no se reserva uso exclusivo de las palabras COSTA RICA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de noviembre de RP (IN ). Teresa Acon Fung, cédula Nº , en calidad de apoderada generalísima de Consorcio Interamericano Caribe de Exportación Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 28 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: proteger diferentes tipos de máquinas para hacer ejercicios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de noviembre del (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº , en calidad de representante legal de Productora La Florida S. A., cédula jurídica número , solicita la inscripción de: como señal de propaganda, en clase 50 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Promocionar: cervezas, cervezas de bajo contenido alcohólico, cerveza aguada, cerveza fuerte, cerveza negra, ale, porter, bebidas no alcohólicas a base de malta, bebidas de cereales, bebidas de todo tipo, incluyendo aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes; cervezas, bebidas de malta y otras preparaciones para hacer bebidas. En relación con la marca Bavaria desde 1932, en clase 32. Reservas: de los colores vino, marrón, rojo, verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2007, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de noviembre del (IN ). Darwin Vargas Araya, cédula Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Grupo Soteel S. A., cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la prestación de servicios de control de costos, plantación, gestión de negocios comerciales y electromecánica. Ubicado en Alajuela, Guadalupe, ciento cincuenta metros al oeste y ciento cincuenta metros al norte, del Súper La Guaria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de noviembre del (IN ).

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