ESTRATEGIA ESTATAL 2017

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1 0 ESTRATEGIA ESTATAL 2017 Sistema Nacional de Formación Continua, Actualización de conocimientos, Capacitación y Superación Profesional para maestros de Educación Básica COORDINACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA DEL ESTADO DE MICHOACÁN FORMACIÓN CONTINUA formacioncontinuamich@gmail.com

2 DIRECTORIO ING. SILVANO AUREOLES CONEJO GOBERNADOR DEL ESTADO DE MICHOACÁN MTRO. ALBERTO FRUTIS SOLIS SECRETARIO DE EDUCACIÓN EN EL ESTADO MTRO. EN D. ERIC GONZALEZ CARDENAS SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO MTRA. RUTH LOEZA RAMIREZ DIRECTORA ESTATAL DE FORMACIÓN CONTINUA Agosto 2017

3 Contenido Presentación... 1 Marco Normativo... 3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos... 3 Ley General de Educación... 5 Ley General del Servicio Profesional Docente... 6 Plan Nacional de Desarrollo Programa Sectorial de Educación Ley de Educación para el estado de Michoacán Plan de Desarrollo Integral del Estado de Michoacán Objetivos Líneas de Formación A. Formación para el Proyecto de Enseñanza y los Proyectos correspondientes a cada figura educativa, como elementos fundamentales para la Evaluación del Desempeño B. Atención al personal educativo a partir de las necesidades de formación, derivadas de los mecanismos y procesos del Servicio Profesional Docente C. Actualización en el Modelo Educativo y fortalecimiento en temas prioritarios; conocimientos pedagógicos, de gestión escolar, disciplinarios y temas transversales socialmente relevantes Estrategia Estatal de Formación Continua Acciones para el Desarrollo de la oferta Académica de Formación Difusión de los Programas Académicos Acciones de Seguimiento Transparencia y Rendición de cuentas ANEXOS Fichas técnicas para la elaboración de la oferta académica de formación FICHAS TÉCNICAS LÍNEA DE FORMACIÓN

4 Presentación 1 La Subsecretaría de Educación Básica en el Estado de Michoacán, por medio de la Dirección General de Formación Continua, emite el presente documento Estrategia Estatal de Formación Continua en Michoacán 2017, del cual se pretende generar condiciones que promuevan el logro de la calidad en los aprendizajes de los alumnos, mismos que se sustentan en el Artículo 3 de nuestra Constitución Mexicana, y de la misma manera lograr una cultura de conocimiento de la Ley General SPD, principalmente el cumplimiento del Artículo 52 en el cual establece que la evaluación del desempeño es obligatoria para todos los docentes y técnicos docentes en servicio de educación básica, con cumplimiento de cada cuatro años. En el presente documento se establece el marco normativo que regula la formación y el desarrollo profesional del personal docente, técnico docente y con funciones de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica en los distintos niveles y modalidades educativas; las líneas de formación conforme a las prioridades educativas nacionales, temas de relevancia social, atención a las necesidades de formación que derivan del Servicio Profesional Docente, así como al Nuevo Modelo de Evaluación del Desempeño, con la finalidad de que dicho personal, adquiera y/o fortalezcan los conocimientos, capacidades y aptitudes que requiere en el ejercicio de sus funciones para la mejora de sus prácticas y el aprendizaje de los estudiantes. La implementación de la Estrategia Estatal 2017, ratifica el compromiso con la formación continua y el desarrollo profesional de los docentes, personal con funciones de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica del país, como

5 un componente clave de la Reforma Educativa en curso; la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal educativo para la efectividad del derecho 2 de todos los educandos a una educación de calidad, con equidad e inclusión en el Estado de Michoacán.

6 Marco Normativo 3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado - Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. [ ] Además: a) Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; b) Será nacional, en cuanto sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al acrecentamiento de nuestra cultura; c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión de grupos, de

7 sexos o de individuos, y d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos; 4 II. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. [ ] Artículo73. El Congreso tiene facultad: XXV. Para establecer el Servicio Profesional Docente en términos del artículo 3 de esta Constitución [ ] Transitorios Quinto. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3 y 73, fracción xxv, de esta Constitución, el Congreso de la Unión y las autoridades competentes deberán prever al menos lo siguiente: 1. El uso de la evaluación del desempeño docente para dar mayor pertinencia y capacidades al sistema nacional de formación, actualización y superación profesional para maestros, en el marco de la creación de un servicio profesional docente, la evaluación de los maestros debe

8 tener, como primer propósito, el que ellos y el sistema educativo cuenten con referentes bien fundamentados para la reflexión y el diálogo conducentes a una 5 mejor práctica profesional. El sistema educativo deberá otorgar los apoyos necesarios para que los docentes puedan, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades, [ ]. Ley General de Educación Artículo 20. Las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia constituirán el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros que tendrá las finalidades siguientes: I. La formación, con nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial, básica incluyendo la de aquellos para la atención de la educación indígenaespecial y de educación física; II. La formación continua, la actualización de conocimientos y superación docente de los maestros en servicio, citados en la fracción anterior. El cumplimiento de estas finalidades se sujetará, en lo conducente, a los lineamientos, medidas y demás acciones que resulten de la aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente; III. La realización de programas de especialización, maestría y doctorado adecuados a las necesidades y recursos educativos de la entidad, y IV. El desarrollo de la investigación pedagógica y la difusión de la cultura educativa. Las autoridades educativas locales podrán coordinarse para llevar a cabo actividades relativas a las finalidades previstas en este artículo, cuando la calidad de los servicios o la naturaleza de las necesidades hagan recomendables proyectos regionales. Asimismo, podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones de educación superior nacionales o del extranjero para ampliar las opciones de formación, actualización y superación docente. Artículo 21. Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado, los maestros deberán satisfacer los requisitos que, en su caso, señalen las autoridades

9 competentes y, para la educación básica y media superior, deberán observar lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente. 6 Para garantizar la calidad de la educación obligatoria brindada por los particulares, las autoridades educativas, en el ámbito de sus atribuciones, evaluarán el desempeño de los maestros que prestan sus servicios en estas instituciones. Para tal efecto, dichas autoridades deberán aplicar evaluaciones del desempeño, derivadas de los procedimientos análogos a los determinados por los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, para evaluar el desempeño de los docentes en educación básica y media superior en instituciones públicas. Las autoridades educativas otorgarán la certificación correspondiente a los maestros que obtengan resultados satisfactorios y ofrecerán cursos de capacitación y programas de regularización a los que presenten deficiencias, para lo cual las instituciones particulares otorgarán las facilidades necesarias a su personal. Ley General del Servicio Profesional Docente Artículo 8. En el ámbito de la Educación Básica corresponden a las Autoridades Educativas Locales las atribuciones siguientes: VIII. Ofrecer programas y cursos gratuitos, idóneos, pertinentes y congruentes con los niveles de desempeño que se desea alcanzar [ ] IX. Ofrecer al Personal Docente y al Personal con Funciones de Dirección y Supervisión programas de desarrollo de capacidades para la evaluación interna [ ] X. Organizar y operar el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela, de conformidad con los lineamientos generales que la Secretaría determine. XI. Ofrecer los programas de regularización a que se refiere el Título Segundo, Capítulo VII de la ley. XII. Emitir lineamientos a los que se sujetará la elección de personal que refiere el artículo 47 de la ley.

10 Artículo 10. Corresponden a la Secretaría las atribuciones siguientes: VII. Emitir los lineamientos generales que deberán cumplirse en la prestación del Servicio de 7 Asistencia Técnica a la Escuela en la Educación Básica. VIII. Emitir lineamientos generales para la definición de los programas de regularización de los docentes de Educación Básica a que se refiere el artículo 54 de la ley [ ] IX. Emitir los lineamientos generales de los programas de Reconocimiento, Formación Continua, de Desarrollo de Capacidades, de Regularización y de Desarrollo de Liderazgo y Gestión. Artículo 13. El servicio Profesional Docente tiene los propósitos siguientes: IV. Estimular el reconocimiento de la labor docente mediante opciones de desarrollo profesional. VI. Otorgar los apoyos necesarios para el Personal del Servicio Profesional Docente a través de políticas, programas y acciones específicas. VII. Garantizar la formación, capacitación y actualización continua del Personal del Servicio Profesional Docente a través de políticas, programas y acciones específicas. Artículo 17. El Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela apoyará a los docentes en la práctica de la evaluación interna, así como en la interpretación y uso de las evaluaciones externas. Este servicio se brindará a solicitud de los docentes, del director o cuando la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determinen que una Escuela requiere de algún apoyo específico. Artículo 18. El Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela será brindado por Personal con Funciones de Dirección o Supervisión y por Personal Docente con Funciones de Asesor Técnico Pedagógico [ ] Artículo 19. En la Educación Básica la prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela deberá ajustarse a los lineamientos generales que emita la Secretaría. Artículo 27. En la Educación Básica la Promoción a una plaza con funciones de dirección dará lugar a un Nombramiento, sujeto a un periodo de inducción con

11 duración de dos años ininterrumpidos, dentro del cual el personal de que se trate deberá cursar los programas de desarrollo de liderazgo y gestión escolar 8 determinados por la Autoridad Educativa Local. Artículo 45. El Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión que destaque en su desempeño y, en consecuencia, en el cumplimiento de su responsabilidad, será objeto del Reconocimiento. Los programas de Reconocimiento para docentes en servicio deben: III. Ofrecer mecanismos de acceso al desarrollo profesional. Artículo 53. Cuando la evaluación del desempeño se identifique la insuficiencia en el nivel de desempeño de la función respectiva, el personal de que se trate se incorporará a los programas de regularización que la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determine, según sea el caso. Dichos programas incluirán el esquema de tutoría correspondiente. Artículo 59. El Estado proveerá lo necesario para que el Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión en servicio tengan opciones de formación continua, actualización, desarrollo profesional y avance cultural. Para los efectos del párrafo anterior, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados ofrecerán programas y cursos. En el caso del Personal Docente y del Personal con funciones de Dirección los programas combinarán el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela con cursos, investigaciones aplicadas y estudios de posgrado. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones dedicadas a la formación pedagógica de los profesionales de la educación e instituciones de educación superior nacionales o extranjeras, para ampliar las opciones de formación, actualización y desarrollo profesional.

12 Las Autoridades educativas y los Organismos Descentralizados estimularán los proyectos pedagógicos y de desarrollo de la docencia que lleven a cabo las 9 organizaciones profesionales de docentes. Artículo 60. La oferta de formación continua deberá: I. Favorecer el mejoramiento de la calidad de la educación; II. Ser gratuita, diversa y de calidad en función de las necesidades de desarrollo del personal; III. Ser pertinente con las necesidades de la Escuela y de la zona escolar; IV. Responder, en su dimensión regional, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional; V. Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate, y VI. Atender a los resultados de las evaluaciones externas que apliquen las Autoridades Educativas, los Organismos Descentralizados y el Instituto. VII. El personal elegirá los programas o cursos de formación en función de sus necesidades y de los resultados en los distintos procesos de evaluación en que participe. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación emitirá los lineamientos conforme a los cuales las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados llevarán a cabo la evaluación del diseño, de la operación y de los resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional, y formulará las recomendaciones pertinentes. Las acciones de formación continua, actualización y desarrollo profesional se adecuarán conforme a los avances científicos y técnicos. Artículo 68. Quienes participen en el Servicio Profesional Docente previsto en la presente Ley tendrán los siguientes derechos: III. Recibir junto con los resultados del proceso de evaluación o concurso, el dictamen de diagnóstico que contenga las necesidades de regularización y formación continua que correspondan. IV. Tener acceso a los programas de capacitación y formación continua necesarios para mejorar su práctica docente con base en los resultados de su evaluación.

13 V. Ser incorporados, en su caso, a los programas de inducción, reconocimiento, formación continua, desarrollo de capacidades, regularización, desarrollo de 10 liderazgo y gestión que correspondan. Plan Nacional de Desarrollo Meta 3. Un México con Educación de Calidad. Objetivo 3.1. Desarrollar el potencial humano de todos los mexicanos con una educación de calidad. Estrategia Establecer un Sistema de Profesionalización Docente que promueva la formación, selección, actualización y evaluación del personal docente y de apoyo técnico-pedagógico. Líneas de acción: Estimular el desarrollo profesional de los maestros, centrado en la escuela y en el aprendizaje de los alumnos, en el marco del Servicio Profesional Docente. Robustecer los programas de formación para docentes y directivos. Impulsar la capacitación permanente de los docentes para mejorar la comprensión del Modelo Educativo, las prácticas pedagógicas y el manejo de las tecnologías de la información con fines educativos. Programa Sectorial de Educación Objetivo 1. Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población. Estrategia 1.4. Fortalecer la formación inicial y el desarrollo profesional docente centrado en la escuela y el alumno.

14 Línea de acción Fortalecer la profesionalización docente en la escuela de educación básica mediante la ejecución de las acciones previstas en la Ley General 11 del Servicio Profesional Docente. Línea de acción Diseñar e impulsar esquemas de formación continua para maestros de educación básica según lo previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente. Línea de acción Impulsar las modalidades de formación fuera de la escuela que refuercen el desarrollo profesional docente. Ley de Educación para el estado de Michoacán Capítulo XXVII De La Mejora De La Práctica Profesional Artículo La evaluación interna deberá ser una actividad permanente, de carácter formativo y tendiente al mejoramiento de la práctica profesional de los docentes y al avance continuo de la escuela y de la zona escolar. Dicha evaluación se llevará a cabo bajo la coordinación y liderazgo del director. Los docentes tendrán la obligación de colaborar en esta actividad. Artículo Para el impulso de la evaluación interna la Secretaría y los organismos descentralizados deberán: I. Ofrecer al Personal Docente y al Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión programas de desarrollo de capacidades para la evaluación. Esta oferta tendrá como objetivo generar las competencias para el buen ejercicio de la función evaluadora e incluirá una revisión periódica de los avances que las escuelas y las zonas escolares alcancen en dichas competencias; II. Organizar en cada Escuela los espacios físicos y de tiempo para intercambiar experiencias, compartir proyectos, problemas y soluciones con la comunidad de docentes y el trabajo en conjunto entre las escuelas de cada zona escolar, que permita la disponibilidad presupuestal; así como aportar los apoyos que sean necesarios para su debido cumplimiento. Los programas a que se refiere la fracción I considerarán los perfiles,

15 parámetros e indicadores para el desempeño docente determinados conforme a la Ley General del Servicio Profesional Docente, en los aspectos que sean 12 conducentes; III. Determinar, en su caso, el apoyo que el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela brinde al personal docente en la práctica de la evaluación interna, así como en la interpretación y uso de las evaluaciones externas. Este servicio será brindado por personal docente con funciones de Dirección o Supervisión o de Asesor Técnico Pedagógico que determine la propia autoridad educativa local o los organismos descentralizados. En el caso del personal docente con funciones de asesoría técnica pedagógica, dicha determinación se hará conforme lo establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente; IV. Hacer pública la información sobre las plazas docentes con funciones de Asesor Técnico Pedagógico existentes y las responsabilidades de quienes las ocupan en cada escuela y zona escolar; V. Organizar y operar, en la Educación Media Superior, el Servicio de Asistencia Técnica a la escuela y, en todo caso, que sea eficaz y pertinente, y, VI. Establecer, con base en los resultados de la evaluación interna, compromisos verificables de mejora. Plan de Desarrollo Integral del Estado de Michoacán El incremento anual del nivel de escolaridad en el Estado es sumamente bajo. Se establecerán programas específicos prioritarios e integrales para disminuir la deserción escolar, sobre todo en los niveles de secundaria, preparatoria y estudios profesionales, y con esto incrementar de forma sensible el nivel de escolaridad. Al finalizar este período de gobierno, Michoacán buscará estar en un lugar cercano la media nacional en esta materia. A través de programas federales encaminados a ampliar la calidad, inclusión, y equidad de la población mexicana en el proceso educativo, se perseguirá mejorar la calidad de la cobertura educativa en el Estado, y ampliar el acceso de los estudiantes a alimentos, actividades culturales, deportivas, recreativas y curriculares que garanticen una formación integral.

16 Asimismo, se dará prioridad a incrementar sustantivamente la participación de la comunidad, padres de familia y demás actores del sector público y privado en el 13 proceso educativo. El analfabetismo deberá reducirse de manera paulatina al establecer convenios de coordinación con instancias y entidades federales, que permitan detonar acciones efectivas para atender esta problemática.

17 Objetivos 14 GENERAL Impulsar el desarrollo profesional del personal educativo del Estado de Michoacán, mediante acciones de formación continua y actualización, que favorezcan el desarrollo de sus capacidades con la finalidad de fortalecer el desempeño del docente en el aula y en la escuela para la mejora del aprendizaje de los alumnos en el marco de una educación de calidad con equidad e inclusión. ESPECIFICOS Impulsar acciones de formación para el proyecto de enseñanza y los correspondientes a cada figura educativa como elementos fundamentales para la evaluación del desempeño, el fortalecimiento de conocimientos pedagógicos, disciplinarios y de desarrollo personal y social. Impulsar acciones formativas para la atención del personal educativo a partir de las necesidades de formación derivadas de los mecanismos y procesos del Servicio Profesional Docente. Fortalecer la actualización docente en el Estado, sobre temas de relevancia social: escuelas al centro, el planteamiento curricular, la formación y el desarrollo profesional docente, la inclusión y equidad y la gobernanza del sistema educativo, a partir de los requerimientos educativos identificados en los CTE S y en el SATE.

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19 Líneas de Formación 16 A. Formación para el Proyecto de Enseñanza y los Proyectos correspondientes a cada figura educativa, como elementos fundamentales para la Evaluación del Desempeño. Dado el impacto de la política educativa y la situación actual que se vive en las escuelas del país, y en específico en el Estado de Michoacán, esta línea de formación tiene el propósito de atender al replanteamiento del modelo de Evaluación del Desempeño establecido por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) a los nuevos instrumentos de Evaluación del Desempeño 2017, como parte del proceso de transición de la evaluación y en el marco del Programa de fortalecimiento y actualización de conocimientos pedagógicos y disciplinarios o curriculares. El desarrollo de esta línea considera un esquema de trabajo con modalidad secuenciada para orientar la elaboración de los Proyectos correspondientes a cada figura educativa, que brinde herramientas de apoyo a quienes participarán en la Evaluación del Desempeño y que refleje su aprovechamiento en acciones de mejora a la práctica cotidiana en el ámbito de la escuela o contexto donde se lleva acabo y, sobre todo, su impacto en el aprendizaje de los estudiantes. PROCESO PROGRAMA LGSPD PERMANENCIA Programa de Apoyo para el personal que participará en la Evaluación del Desempeño, en el marco del Nuevo Modelo de Evaluación Art. 53, INEE B. Atención al personal educativo a partir de las necesidades de formación, derivadas de los mecanismos y procesos del Servicio Profesional Docente Esta línea de formación incluye al personal educativo del Estado de Michoacán, sujeto a formación que debe contar con programas académicos específicos, que

20 atiendan a las necesidades de formación identificadas a partir de los resultados obtenidos en las evaluaciones del Servicio Profesional Docente, teniendo como 17 referente principal los Perfiles, parámetros e indicadores (PPI) que correspondan a cada figura educativa y proceso de evaluación: Ingreso, Permanencia, Promoción y Reconocimiento. Así como el documento Etapas, aspectos, métodos e instrumentos (EAMI) para el personal educativo correspondiente, que emite la CNSPD. Considera, dentro de la formación como personal educativo a los Asesores Técnicos Pedagógicos (ATP) que presentarán Evaluación del Desempeño para la Permanencia, conforme al replanteamiento del Modelo de Evaluación del Desempeño. Además, toma en cuenta, las diversas funciones que realiza el personal educativo en servicio en el marco del Reconocimiento, como son la formación de Tutores para los docentes de nuevo ingreso, la formación de Tutores en el proceso de regularización para la permanencia y para el personal directivo en servicio, interesado en brindar Asesoría Técnica. Proceso para el Ingreso En relación con este proceso se definen dos programas de formación dirigidos al personal que participe en los Concursos de Oposición para el Ingreso a la Educación Básica, orientados a fortalecer los conocimientos pedagógicos y las herramientas didácticas que le permitan desarrollar mejor sus funciones. Proceso para la Promoción Este proceso formativo está conformado por seis programas dirigidos a quienes acceden a una categoría o nivel docente superior al que desempeñaban, y tienen la finalidad de capacitar en temas específicos para el desempeño eficaz de la nueva función. Proceso para la Permanencia

21 El propósito de los programas formativos correspondiente a éste proceso, es lograr que el personal educativo cuente con conocimientos, capacidades y aptitudes para 18 la mejora continua de su práctica educativa y el máximo logro de aprendizajes de los estudiantes. Con estos elementos, se espera que el personal educativo tenga mayores posibilidades de consolidar su compromiso profesional y su quehacer educativo en la escuela. Proceso para el Reconocimiento En este caso se definen dos programas académicos para formar a quienes deseen desarrollar la función de Tutoría, la cual implica un movimiento lateral de Reconocimiento y es adicional al cumplimiento de la función docente. Para dar cumplimiento a lo anterior, se requiere formar Tutores que atiendan al personal de nuevo ingreso al Servicio Profesional Docente, asimismo, al personal que participó en la Evaluación del Desempeño y obtuvo resultado Insuficiente, lo que implica estar sujeto a un proceso de regularización. Éste rubro incluye, además, formación para el personal con funciones de dirección interesado en brindar Asesoría Técnica a otras escuelas (Art. 47 fracción III, de la LGSPD). INGRESO PROCESO PROGRAMA LGSPD PROMOCION 1. Programa de Formación para el personal de nuevo ingreso al Servicio Profesional Docente, al término de su primer año escolar, Evaluación Diagnóstica. 2. Programa de Formación para fortalecer las capacidades, conocimientos y competencias del personal de nuevo ingreso al Servicio Profesional Docente. Evaluación del Desempeño 2 años. 3. Programa de Desarrollo de Liderazgo y Gestión Escolar para el personal con funciones de Dirección 4. Programa de Formación para el personal con funciones de Dirección. desarrollo de Capacidades para la evaluación POBLACIÒN OBJETIVO Art Art. 22 1,018 Art. 27 Art

22 PERMANENCIA RECONOCIMIENTO interna y uso de los resultados de las evaluaciones externas ( ) 5. Programa de Formación para el personal con funciones de Dirección, que presentará Evaluación del Desempeño al término de su periodo de inducción de 2 años..(ciclo escolar ) 6. Programa de Formación para el personal con funciones de Supervisión, que determine la Autoridad Educativa Local. ( ) 7. Programa de Formación para el personal con funciones de Supervisión. Desarrollo de Capacidades para la evaluación interna y uso de los resultados de las evaluaciones externas. ( ) 8. Programa de Actualización profesional para el personal con funciones de Asesoría Técnica Pedagógica. 9. Programa de Formación para el personal con funciones de Asesoría Técnica Pedagógica. Desarrollo de Capacidades para la evaluación interna y uso de los resultados de las evaluaciones externas. ( ) 10. Programa de Formación para el personal con funciones de Asesoría Técnica Pedagógica, que presentará evaluación del desempeño al término de su periodo de inducción de 2 años. ( ) 11. Programa de Regularización para el personal con resultado insuficiente en la Evaluación del Desempeño. 12. Programa de Regularización para el personal en servicio con resultado no idóneo en el Concurso de Oposición para el Ingreso a la Educación Básica. 13. Programa de Formación de Tutores para el personal docente y técnico docente de nuevo ingreso y regularización. 14. Programa de Formación para Directores con función de Asesoría Técnica. Art Art Art Art. 41 Art Art Art Art. 22 y 53 Art C. Actualización en el Modelo Educativo y fortalecimiento en temas prioritarios; conocimientos pedagógicos, de gestión escolar, disciplinarios y temas transversales socialmente relevantes. En el marco de la Reforma Educativa, la Ley General de Educación dispuso en el Décimo segundo transitorio: A efecto de dar cumplimiento a la obligación de garantizar la calidad en la educación, las autoridades educativas deberán proveer lo necesario para revisar el Modelo Educativo en su conjunto, los planes y programas, los materiales y métodos educativos. De igual manera, propone la reorganización de los principales componentes del sistema educativo con la finalidad de mejorar los procesos de enseñanza y de aprendizaje, así como el logro educativo de los estudiantes en el marco de la educación de calidad.

23 Es así, que la actualización del Modelo Educativo es parte sustancial de la Reforma Educativa 2013, misma que elevó a rango constitucional la obligación del Estado 20 Mexicano a mejorar la calidad de la educación y lograr una educación equitativa e incluyente. La actualización del Modelo Educativo, implicó la participación de diversas figuras de la sociedad en foros de consulta, nacionales y estatales, reuniones regionales, Consejos Técnicos Escolares, reuniones de academias, entre otras. Finalmente, a partir de las conclusiones logradas, en junio de 2017, la Secretaría de Educación Pública publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Modelo Educativo para la Educación Obligatoria y el documento Aprendizajes Clave para la Educación Integral. Plan y Programas de estudio para la educación básica. El Modelo Educativo tiene como aciertos, un enfoque humanista; elección de aprendizajes clave; énfasis en habilidades socioemocionales; la descarga administrativa y el planteamiento de una nueva gobernanza, organizado en 5 ejes: I- Planteamiento curricular, II- La escuela al centro del sistema educativo, III- Formación y desarrollo profesional docente, IV- Inclusión y equidad y V- La gobernanza del sistema educativo. El Planteamiento curricular parte de un enfoque humanista que integra las directrices del nuevo currículo de la Educación Básica, mismo que reúne el desarrollo de aprendizajes clave que se organizan en tres componentes: la formación académica; el desarrollo personal y social de los alumnos, que pone especial énfasis en sus habilidades socioemocionales y la autonomía curricular, siendo así, que la escuela se posiciona al centro de la política educativa y por tanto, la formación y desarrollo profe-sional docente cobra la relevancia que requiere la implementación de la política actual. En este contexto, la Estrategia Estatal de Formación Continua del estado de Michoacán, considera mediante las modalidades presencial, semipresencial y en línea, ofrecer una oferta académica de formación continua pertinente y de calidad, centrada en el aprendizaje de los alumnos, que permita al docente generar

24 ambientes incluyentes con la capacidad de adaptar e implementar el contenido curricular, desarrollar el potencial de sus alumnos en su contexto específico, 21 considerando el apoyo de diversas instituciones y figuras involucradas en la gobernanza del sistema educativo. Para lograrlo, esta línea de formación propone que se desarrollen actividades de actualización sobre el Modelo Educativo y su planteamiento curricular, los aprendizajes clave para el desarrollo integral y demás componentes que lo conforman. PROGRAMA Objetivos Población objetivo Programa de Actualización sobre el Modelo Educativo y en temas de relevancia social, que determine la AEL a partir de las necesidades formativas detectadas. R.O a), b) y c) De igual forma, en el marco del Sistema Estatal de Formación Continua, 2017, y como parte de esta línea de formación, se desarrollará una oferta académica que considere temas socialmente relevantes y pertinentes, aplicables desde la transversalidad de la práctica pedagógica relacionados a los derechos humanos, la educación para la paz, la convivencia escolar pacífica, la igualdad de género, la educación integral para la sexualidad y la educación intercultural y bilingüe, entre otros. Para dar cumplimiento a lo anterior descrito, y a lo establecido en el Art. 60 de la LGSPD, fracciones III. Ser pertinente con las necesidades de la escuela y de la zona escolar y la fracción IV. Responder en su dimensión regional, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional, es necesario el desarrollo de programas de formación orientados a fortalecer los ámbitos educativos de conocimientos pedagógicos, disciplinarios, de gestión escolar y

25 temas transversales que contribuyan al desarrollo personal y social que requiere el personal educativo para la mejora de su práctica. 22 Las acciones de formación de esta línea serán a través de una convocatoria estatal donde se ofertarán cursos y diplomados en línea, que atienderán a los ámbitos pedagógicos y curriculares del plan y programas de estudio que entrarán en vigor en el ciclo escolar , de gestión escolar y temas de relevancia social, tal como se muestra en la tabla 1.

26 Oferta de cursos y diplomados de formación académica para el fortalecimiento de conocimientos pedagógicos, disciplinarios y de desarrollo personal y social. 23 Modalidad en línea Tabla 1 Ámbito No. Oferta Formativa Pedagógico Curso: Evaluación del aprendizaje de los estudiantes. Diplomado: Formación de tutores para docentes y técnicos docentes (nuevo ingreso y regularización). Curso: Reflexión como estrategia de mejora e innovación en la práctica docente. Curso: Principios pedagógicos de la Propuesta Curricular para la Educación Básica. Nivel Educativo Preescolar General, Preescolar Indígena, Primaria General, Primaria Indígena, Primaria Multigrado, Migrantes, Secundaria General, Secundaria Técnica, Telesecundaria, Secundaria Comunitaria, Educación Artística, Educación Especial Normatividad LGSPD Art. 16 LGSPD Art. 22 y 53 LGSPD Art. 13 y 14 PPI. Dimensión 3. Para la mejora de la práctica profesional. Ley General de Educación 5 Diplomado: Fortalecimiento de la Función de Dirección Escolar. 6 7 Diplomado: Fortalecimiento de la Función de Supervisión. Diplomado: Fortalecimiento de la función de Asesoría Técnica Pedagógica. LGSPD Art. 27, 29 y 41 Gestión escolar 8 Curso: Coaching para docentes. 9 Curso: Participación social en la gestión escolar. Preescolar General, Preescolar Indígena, Primaria General, Primaria Indígena, Primaria Multigrado, Migrantes, Secundaria General, Secundaria Técnica, Telesecundaria, Secundaria Comunitaria, Educación Artística, Educación Especial Programa Sectorial de Educación Numeral 1.2 Fortalecimiento de las capacidades de gestión de las escuelas. Programa Sectorial de Educación Numeral 1.7 Fortalecimiento de la escuela y su entorno. 10 Curso: Evaluación interna en la escuela y uso de los resultados de las evaluaciones externas. LGSPD Art. 16 y 17

27 Ámbito No. Oferta Formativa Nivel Educativo Normatividad 24 Conocimientos disciplinarios y pedagógicos Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la lectura y escritura. * Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de las Matemáticas. * Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la Biología en la Educación Secundaria. * Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la Física en Educación Secundaria. * Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la Química en Educación Secundaria. * Preescolar General, Preescolar Indígena, Primaria General, Primaria Indígena Primaria Multigrado, Migrantes Secundaria General, Secundaria Técnica, Telesecundaria, Secundaria Comunitaria Plan Nacional de Desarrollo Fortalecimiento de las áreas de: Español, Matemáticas, Ciencias naturales y Ciencias sociales, de acuerdo a los resultados de aprendizaje de las pruebas nacionales e internacionales. 16 Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje del Español en Educación Secundaria. * 17 Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de las Matemáticas en la Educación Secundaria. * Conocimientos disciplinarios y pedagógicos Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la Geografía de México y del Mundo en Educación Secundaria. * Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la Historia en Educación Secundaria. * Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de la Formación Cívica y Ética en la Educación Secundaria. * Secundaria General, Secundaria Técnica, Telesecundaria, Secundaria Comunitaria Plan Nacional de Desarrollo Fortalecimiento de las áreas de: Español, Matemáticas, Ciencias naturales y Ciencias sociales, de acuerdo a los resultados de aprendizaje de las pruebas nacionales e internacionales. 21 Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje de las Artes en la Educación Secundaria. * 22 Curso: Contenido y didáctica para el desarrollo del aprendizaje del Inglés en la Educación Básica. Preescolar, Primaria y Secundaria

28 Ámbito No. Oferta Formativa Temas transversales * Curso: Inclusión y Equidad en el aula y la escuela. Curso: Convivencia escolar y el desarrollo personal y social en el aula y la escuela. Nivel Educativo Preescolar General, Preescolar Indígena, Primaria General, Primaria Indígena, Primaria Multigrado, Migrantes, Secundaria General, Secundaria Técnica, Telesecundaria, Secundaria Comunitaria, Educación Artística, Educación Especial Normatividad Programa Sectorial de Educación Estrategia 3 Igualdad de oportunidades y la no discriminación Nueva propuesta curricular Diplomado: Desarrollo de competencias digitales en la sociedad del conocimiento. *Con base en el Plan y Programas de estudio vigentes. Programa Sectorial de Educación Numeral 1.5 Dotación de TIC en las escuelas parara favorecer los aprendizajes. Estrategia Estatal de Formación Continua 2017 LÍNEA PROGRAMA Manejo sobre la Tecnología de la Información y Comunicación Inclusión y equidad en el aula y la escuela Proyectos de enseñanza, intervención y mejora escolar Convivencia escolar y el desarrollo personal y social en el aula y la escuela Prácticas pedagógicas en las aulas y los contenidos curriculares 2017 POBLACIÓN OBJETIVO Docentes, directivos (directores, supervisores y jefes de sector) y ATP Docentes, directivos (directores, supervisores y jefes de sector) y ATP Docentes, directivos (directores, supervisores y jefes de sector) y ATP Docentes, directivos (directores, supervisores y jefes de sector) y ATP Docentes, directivos (directores, supervisores y jefes de sector) y ATP No. DOCENTES DESEADOS FECHA CON PRESUPUESTO Abierto Agosto PRODEP Abierto Agosto PRODEP Abierto Agosto PRODEP Abierto Agosto PRODEP Abierto Agosto PRODEP

29 Acciones para el Desarrollo de la oferta Académica de Formación 26 La oferta de formación continua requiere de la identificación de aspectos a mejorar en el quehacer docente, a través de los procesos de evaluación para la Permanencia (evaluación diagnóstica y desempeño), Promoción y de Reconocimiento marcados en la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD). Cada línea de formación continua pretende contribuir al fortalecimiento de las prácticas de enseñanza, sus resultados aportarán información que retroalimente a los docentes para mejorar su quehacer profesional, así como referente para la oferta educativa. LÍNEA 1: Formación para el Proyecto de Enseñanza y los correspondientes a cada figura educativa como elementos fundamentales para la Evaluación del Desempeño, el fortalecimiento de conocimientos pedagógicos, disciplinarios y desarrollo personal y social. META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 1. Fortalecer las prácticas de enseñanza, intervención y mejora escolar. 5,473 Curso y/o Diplomado Proyecto de Enseñanza. Curso: Proyecto de Gestión escolar Difusión de la oferta educativa. Notificación por figura educativa. Seguimiento al registro y permanencia Mayo 2017

30 Curso: Proyecto de Asesoria y acompañamiento en la formación educativa. 27

31 LÍNEA 2: Atención al personal educativo a partir de las necesidades de formación, derivadas de los mecanismos y procesos del Servicio Profesional Docente. 28 PROCESO DE INGRESO META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 2. Identificar la Curso en Difusión de la Abril 2017 necesidad de línea. oferta formación Taller breve educativa. continua en las (presencial) Notificación por prácticas de figura enseñanza al educativa. término de 2 Seguimiento al años - Desempeño- registro y ( ). permanencia en la formación 367 educativa. PROCESO DE INGRESO META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 3. Identificar la Curso en Difusión de la Abril 2017 necesidad de línea oferta formación docentes y educativa. continua en las técnico Notificación por prácticas de docente. figura enseñanza al educativa. término de 1 Seguimiento, año -Diagnóstica- registro y ( ). permanencia en la formación PROCESO DE PROMOCIÓN META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO

32 4. Identificar la necesidad de formación continua en las prácticas Liderazgo y Gestión Escolar. 2 años - Desempeño- ( ). 40 Curso en línea para Directores. Difusión de la oferta educativa. Notificación por figura educativa. Seguimiento al registro y permanencia en la formación educativa. Abril PROCESO DE PROMOCIÓN META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 5. Identificar la Curso en Difusión de la Abril 2017 necesidad de línea para oferta formación continua en las Directores. educativa. Notificación por prácticas de figura Liderazgo y educativa. Gestión Seguimiento al Escolar. 2 años - Desempeño- (2016- registro y 2017). 35 permanencia en la formación educativa. PROCESO DE PROMOCIÓN META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 6. Identificar la Curso en Difusión de la Mayo 2017 necesidad de línea para oferta formación continua en las supervisores. educativa. Invitación por la prácticas de autoridad AEL Liderazgo y Seguimiento al Gestión registro y Escolar. 2 años permanencia ( ). 24 en la formación educativa.

33 PROCESO DE PROMOCIÓN META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 7. Fortalecer las Curso en Difusión de Abril competencias del línea para la oferta 2017 personal con ATP. educativa. funciones de Notificación asesoría técnica por figura pedagógica en educativa. escritura, lectura y Seguimiento matemáticas. 2 al registro y años -Inducción- (2015- permanencia 2016). en la formación 35 educativa Desarrollar competencias profesionales en los asesores técnicos pedagógicos para la evaluación interna y externa. ( ). 24 PROCESO DE PROMOCIÓN META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO Curso en Difusión de la Abril 2017 línea para oferta ATP educativa. Invitación de AEL Seguimiento al registro y permanencia en la formación educativa. 9. Contribuir al fortalecimiento de las prácticas de enseñanza para mejorar su quehacer profesional ( ). 327 PROCESO DE PERMANENCIA META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO Tutoría en Difusión de la Abril 2017 línea oferta Talleres educativa. presenciales Notificación por figura educativa. Seguimiento al registro y permanencia en la formación educativa.

34 PROCESO DE RECONOCIMIENTO META ESTRATEGIA ACCIONES PERIODO COSTO 10. Impulsar la Programa de Difusión de la Abril 2017 formación de tutoría. oferta tutorías dentro de la escuela o en la Taller resencial. educativa. Seguimiento al zona. (2015- registro y 2016). permanencia en la formación educativa. 31

35 Difusión de los Programas Académicos 32 Como Parte de la estrategia de difusión de las acciones propias de la PRODEP 2017, se hará uso de las redes sociales oficiales, las páginas web de las diferentes dependencias, así como de las direcciones electrónicas y físicas de las diferentes direcciones educativas, esto como una forma de lograr la eficiencia de los recursos destinados. De igual manera se realizará la difusión de las convocatorias correspondientes, ante las autoridades educativas de los diversos niveles de educación básica.

36 Acciones de Seguimiento 33 La política de formación continua dirigida a los maestros en servicio requiere de una serie de acciones que permitan observar los aciertos y limitaciones, conocer el impacto, así como la satisfacción de las necesidades de los participantes para quienes está destinado. La finalidad es generar un proceso permanente de retroalimentación y reorientación a través de encuestas parciales para lograr responder a las necesidades y expectativas educativas de los docentes, directivos y asesores técnicos y del Estado de Michoacán. La revisión de informes y reportes sistemáticos (por semana, bloque), permite valorar integralmente la operación, pertinencia y viabilidad de las actividades, el acompañamiento la asesoría, el grado y dificultad que conlleva la aplicación de los contenidos y la norma en la organización del Trabajo por Proyectos, la adaptación de los contenidos en el trabajo en el aula,, el uso de la terminología utilizada en las asesorías, la distribución de los materiales en tiempo y forma, el uso de los recursos didácticos en el proceso enseñanza aprendizaje, las actitudes de participación, aceptación y resistencia de algunos miembros de la red pedagógica. Es necesario que las IF diseñen inviten a la permanencia durante la formación, sin endurecer las reglas de participación, esto implica el ejercicio de la autocrítica y la manifestación abierta y objetiva de las mismas figuras involucradas con cuya colaboración permitan identificar problemas u obstáculos y la toma de decisiones más adecuadas. El sistema de seguimiento no busca asignar valores negativos o positivos a los resultados sino encontrar las causas de los problemas para superarlos, así como obtener las pistas objetivas para reorientar las acciones de tutoría implementadas en las distintas opciones de formación continua ofertadas en la entidad. El trabajo metodológico se ha organizado tomando en consideración tres indicadores:

37 1. ORGANIZACIÓN 34 Este apartado comprende los aspectos logísticos necesarios para el desarrollo del trabajo, la focalización de las muestras, el total de participantes, los instrumentos para recabar la información, calendarización de acciones, así como los aspectos administrativos requeridos para informar en red del avance. 2. LEVANTAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. Concentración de datos cuantitativos sobre la percepción del curso y/o oferta educativa. 3. INFORME Interpretación cualitativa de resultados. Elaboración del informe mensual de DGFC Transparencia y Rendición de cuentas La instancia estatal de Formación continua del Estado de Michoacán, está obligada a difundir oportunamente la información y el conocimiento que genera a la sociedad y a los distintos actores del Secretaria de Educación Pública. Esta información debe ser pertinente, válida y confiable, de tal manera que sea capaz de detonar procesos de mejora educativa en el salón de clases, en la escuela, y en el sistema educativo. El compromiso con la difusión involucra también fomentar la transparencia y la rendición de cuentas de la misma. Una de las acciones que se implementará como parte de las estrategias para promover la transparencia y la rendición de cuentas, productos y resultados de su gestión será la de publicar en un portal de Internet los lineamientos, criterios y

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