INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL.
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- Jaime Aguilar Rojo
- hace 5 años
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1 INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL. La suscrita Diputada Patricia Lugo Barriga, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos que se mencionan en el apartado correspondiente, pongo a la consideración de esta Cámara de Diputados la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. Por lo anterior y a efecto de reunir los elementos exigidos por el numeral 1 del artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados de este Honorable Congreso de la Unión, la Iniciativa se presenta en los siguientes términos: I. Planteamiento del problema que la Iniciativa pretende resolver y argumentos que sustentan la Iniciativa. Planteamiento del problema que la Iniciativa pretende resolver: La ubicación del territorio mexicano lo hace sujeto a la acción de fenómenos de origen diverso, que pueden ocasionar desastres, como es el caso del fenómeno volcánico. Del sinnúmero de ellos en distintas épocas geológicas, de acuerdo con información del Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), en México catorce volcanes han hecho erupción en tiempos históricos, considerándolos activos o que representan zonas activas. Por ello y con la finalidad de que el CENAPRED cuente con un área especializada que concentre a expertos, académicos, científicos y técnicos operativos que permita proveer de análisis y diagnósticos al Gobierno Federal, para la correcta toma de decisiones en lo referente al tema volcánico, se propone establecer el Sistema Nacional Vulcanológico. Argumentos que sustentan la Iniciativa. Es de reconocer el esfuerzo que autoridades y sociedad de nuestro país han hecho en materia de Protección Civil. La construcción y el establecimiento de todo un esquema coordinado y de la mano de científicos, técnicos y operativos en la materia, han ido impulsando la formación de una cultura de protección civil, con una visión de Sistema cuya labor es la de articular y armonizar la respuesta preventiva y oportuna en la atención de emergencias y desastres, así como la participación de las personas como actores de su propia seguridad, a través de la identificación de los peligros y riesgos en su entorno y con el aprendizaje de medidas y acciones de prevención. Asimismo, se debe reconocer que falta un importante trecho para lograr que esa cultura sea realidad constante y permanente en la vida y ambiente de las comunidades, así como para alcanzar una efectiva coordinación de acciones entre las partes integrantes del denominado Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC), entendido por la Ley General aplicable como el conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos, normas, instancias, principios, instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones, que establecen corresponsablemente las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos voluntarios, sociales, privados y con los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los organismos constitucionales autónomos, de las entidades federativas, de los municipios y las delegaciones, a fin de efectuar acciones coordinadas, en la materia. Por ello, es relevante impulsar en el contexto cultural de las comunidades de nuestro país, la convicción de que no es posible evitar los fenómenos de origen natural, ni la magnitud con que se manifiestan, pero sí se puede reducir su impacto destructivo en personas, bienes y entorno, reduciendo la vulnerabilidad a través de la identificación de los factores o causas que inciden y de la adopción de medidas, acciones, planes y programas que contribuyan.
2 Es una realidad que no podemos evitar que se manifiesten los fenómenos naturales, lo que sí podemos es reducir la probabilidad de afectación de personas bienes y sistemas, a través de la reducción de la vulnerabilidad. A través de esa hipótesis, es como debemos de entender la importancia de la cultura de la prevención en la que la participación de la sociedad es determinante. Ante esta vulnerabilidad, surge entonces la necesidad de abordar la gestión integral del riesgo de desastres, con un manejo interinstitucional, multisectorial e interdisciplinario, encaminado a tomar acciones preventivas y correctivas que, además, fortalezcan la capacidad de una sociedad para enfrentar peligros y reducir vulnerabilidades presentes y futuras y no solamente esperemos la inminencia de un desastre para actuar sino que además, estemos preparados para ello. La gestión integral de riesgos contempla dos fases: la primera, previa al desastre, a través de: la identificación y análisis de los riesgos; su prevención, reducción y mitigación; la transferencia del riesgo o protección financiera; y, el manejo de desastres durante la preparación y alerta de emergencia. La segunda fase, posterior al desastre, conformada por tres componentes: respuesta inmediata a la emergencia; la rehabilitación y recuperación, y, la reconstrucción. Necesariamente ambas fases deben incorporarse como parte integral de los planes y programas de desarrollo urbano, de la planeación territorial, económica y política en los ámbitos local, regional, nacional y hasta internacional, apoyadas, entre otros instrumentos, por una legislación efectiva que precise responsabilidades de todos los sectores en la prevención, atención y recuperación, y que destine recursos a fondos para la prevención, reducción de riesgos y la atención de desastres. Conducidos por estos conceptos los contenidos de la presente Iniciativa, los propósitos que la animan, se enmarcan en la contribución desde el ámbito legislativo, para el diseño normativo que garantice la elaboración de políticas públicas, programas y acciones, con visión integral y de Sistema, en el caso específico del riesgo volcánico. En México, los volcanes activos se encuentran distribuidos en diversas regiones del país, en particular, en una faja central que va desde Nayarit a Veracruz. Quienes habitan en esas regiones, deben tener una percepción clara de los beneficios pero también de los múltiples riesgos de vivir cerca de un volcán activo, para tomar medidas preventivas. Definimos a la actividad volcánica a través de su actividad, es decir, de la cantidad y fuerza de sus erupciones, definidas como emisiones de mezclas de roca fundida rica en materiales volátiles (magma), gases volcánicos que se separan de éste (vapor de agua, bióxido de carbono, bióxido de azufre y otros) y fragmentos de rocas de la corteza, arrastrados por los anteriores. Estos materiales pueden ser arrojados con distintos grados de violencia, dependiendo de la presión de los gases provenientes del magma o de agua subterránea sobrecalentada por el mismo. Cuando la presión dentro del magma se libera a una tasa similar a la que se acumula, el magma puede salir a la superficie sin explotar. En este caso se tiene una erupción efusiva. La roca fundida emitida por un volcán en estas condiciones sale a la superficie con un contenido menor de gases y se llama lava. Si el magma acumula más presión de la que puede liberar, las burbujas crecen hasta tocarse y el magma se fragmenta violentamente, produciendo una erupción explosiva. México es un país rico en volcanes, la tasa de erupción promedio durante los últimos 500 años ha sido de unas 15 erupciones de diversos tamaños por siglo. Algunas muy destructivas como las de Colima de 1576 y 1818 o las de San Martín Tuxtla de 1664 y 1793 o recientemente la del volcán El Chichón en 1982, que produjo numerosas víctimas, devastó 150 Km2 de áreas boscosas y de cultivo y destruyó varios miles de cabezas de ganado. El nacimiento del volcán Paricutín, produjo flujos de lava, provocando destrucción de poblaciones y tierras cultivables, sin ocasionar víctimas.
3 En otro orden de ideas, el artículo 23 de la Ley General de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) es la institución técnica-científica de la Coordinación Nacional de Protección Civil encargada de crear, gestionar y promover políticas públicas en materia de prevención de desastres y reducción de riesgos a través de la investigación, el monitoreo, la capacitación y la difusión. Tiene entre sus atribuciones, el apoyo técnico al Sistema Nacional, así como la integración del Atlas Nacional de Riesgos, la conducción de la Escuela Nacional de Protección Civil, la coordinación del monitoreo y alertamiento de fenómenos perturbadores y promover el fortalecimiento de la resiliencia de la sociedad en su conjunto. Es determinante la labor que realiza del monitoreo volcánico, consistente en un dispositivo de vigilancia de un volcán, constituido por equipos de alta tecnología, como redes de instrumentos que son desplegados sobre el correspondiente volcán para detectar su nivel de actividad sísmica, deformaciones que experimenta, cambios en la composición de fumarolas, manantiales y otras manifestaciones, así como para observarlo en forma directa por medio de equipos de video. La valiosa participación del CENAPRED, aunada a sus atribuciones conforme a la legislación aplicable, amerita que en el caso del riesgo volcánico, se sistematice y articule su participación especializada, con la de científicos de Estados con volcanes activos, que mantienen un monitoreo permanente y la integración de un Comité Científico Asesor, para que integren el servicio vulcanológico, como la institución técnica-científica dependiente del CENAPRED especializado en la operación, instalación, mantenimiento y análisis de información derivada de una red de vigilancia volcánica, a través de los observatorios volcanológicos u otros implementos científicos que se establezcan y, en coordinación con el Servicio Sismológico Nacional, determinar la peligrosidad de eventos posibles o presentes en materia volcánica y su afectación a la población, para la toma de decisiones de alto nivel en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil. Todo lo anterior, motiva a la autora de la presente Iniciativa a proponer una adición a la Ley General de Protección Civil a fin de establecer el Sistema Nacional Vulcanológico, como un órgano especializado dependiente del CENAPRED a fin de que realice las labores de operación, instalación, mantenimiento y análisis de información derivada de una red de vigilancia volcánica, y que en coordinación con el Servicio Sismológico Nacional, determine la peligrosidad de eventos posibles o presentes en materia volcánica y su afectación a la población, para la toma de decisiones de alto nivel en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil. Dada la importancia del fenómeno vulcanológico en nuestro país, la promovente considera que es determinante dotar a las áreas técnicas y científicas de ámbitos de especialización sin menoscabo presupuestal por lo que se aprovecharía en su constitución el diseño institucional con que ya se cuenta a través de su adscripción al Centro Nacional de Prevención de Desastres. II. Fundamento legal de la Iniciativa. Esta Iniciativa se presenta en ejercicio de las facultades que, a la suscrita, en su calidad de Diputada Federal de la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión, le confiere el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como el artículo 6º numeral 1, fracción I, artículo 77 numeral 1 y artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados. III. Denominación del proyecto de Reforma. Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. IV. Texto normativo propuesto.
4 ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 2 fracción VIII y 23 y se adicionan una fracción LXI al artículo 2 y un artículo 23 Bis, todos de la Ley General de Protección Civil para establecer el Servicio Vulcanológico Nacional, para quedar como sigue: Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por: I. a VII. VIII.CENAPRED: El Centro Nacional de Prevención de Desastres; IX. a LX. LXI. Sistema Vulcanológico: El SistemaNacionalVulcanológico. Artículo 23. El CENAPRED es la institución técnica-científica de la Coordinación Nacional de Protección Civil encargada de crear, gestionar y promover políticas públicas en materia de prevención de desastres y reducción de riesgos a través de la investigación, el monitoreo, la capacitación y la difusión. Tiene entre sus atribuciones, el apoyo técnico al Sistema Nacional, así como la integración del Atlas Nacional de Riesgos, la conducción del Sistema Vulcanológico y de la Escuela Nacional de Protección Civil, la coordinación del monitoreo y alertamiento de fenómenos perturbadores y promover el fortalecimiento de la resiliencia de la sociedad en su conjunto. Artículo 23 Bis. El Sistema Vulcanológico es la institución técnica-científica adscrita al CENAPRED encargada de la operación, instalación, mantenimiento y análisis de información derivada de una red de vigilancia volcánica, a través de los implementos científicos que se establezcan, en su desempeño se coordinará con el Servicio Sismológico Nacional, con el fin dedeterminar la peligrosidad de eventos posibles o presentes en materia volcánica y su afectación a la población. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. El Ejecutivo Federal deberá emitir el Reglamento del Servicio Vulcanológico Nacional dentro del plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto. TERCERO. Los recursos humanos, materiales y financieros así como los archivos que actualmente operan las dependencias y entidades de la administración pública federal relacionadas con las funciones del Servicio Vulcanológico Nacional deberán ser transmitidas a éste a más tardar el 1 de enero de CUARTO. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, deberá implementar el Servicio Vulcanológico Nacional a más tardar el 1 de enero de 2015, para lo cual se le autoriza a que realice las adecuaciones presupuestales correspondientes. El Ejecutivo Federal deberá proponer, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión los recursos suficientes para la plena operación del Servicio Vulcanológico Nacional. Palacio Legislativo de San Lázaro, a los XX días del mes de julio de DIPUTADA PATRICIA LUGO BARRIGA
5 Diagnóstico de Peligros e Identificación de Riesgos de Desastres en México. CENAPRED. Secretaría de Gobernación. Primera Edición. México, Pág. 2. Ibid., pág. 59.
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