SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA XXVI CONGRESO GENERAL ORDINARIO DE REPRESENTANTES 2008

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA XXVI CONGRESO GENERAL ORDINARIO DE REPRESENTANTES 2008"

Transcripción

1 SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA XXVI CONGRESO GENERAL ORDINARIO DE REPRESENTANTES 2008 RELATORÍA DE LA MESA V JUBILACIONES Y PENSIONES Siendo las 11:45 a.m. del día 6 de octubre del 2008, quedó instalada la mesa V. de JUBILACIONES Y PENSIONES, procediendo de inmediato a nombrar un Presidente y un Relator tal como lo establece el Artículo sexto del Reglamento Interno del XXVI Congreso General de Representantes (CGR) quedando para tal efecto: Presidente: Biólogo Martín Zendejas Aranda Relator: Ing. José Luis Gutiérrez Ruiz Nombrados los responsables de la conducción y conclusiones de dicha mesa, se procedió a establecer el horario de trabajo, quedando al final dos propuestas: 1ª.- Horario corrido de 9 a 15 horas 2ª.- De 10 a 12 horas y por la tarde de 17 a 19 horas Se pasó a votación quedando la primera propuesta con 35 votos y la segunda con 18 votos. Una vez establecido el horario de trabajo, el Presidente de la mesa pasó a consideración la forma de trabajo a seguir en dicha mesa, quedando por mayoría de votos tomar como base de discusión y análisis las propuestas de esta mesa que se realizaron en el XXV CGR y en su caso retomarlas o modificarlas, por lo cual el Presidente de la mesa leyó cada una de dichas propuestas, las cuales se analizaron y se discutieron, llegando a las siguientes conclusiones: CLÁUSULA 2 del CCT.- Se acordó retomar la propuesta del XXV CGR en el sentido de insistir se suprima la frase en lo que les sea aplicable CLÁUSULA Igual que en la Cláusula 2, insistir en suprimir en lo que les sea aplicable CLÁUSULA Aumentar el monto del Bono a $2, (dos mil quinientos pesos 00/100 M. N.)

2 CLÁUSULA Retomar la propuesta del XXV CGR y agregar que dichos pagos se deberán realizar en un tiempo no mayor de 30 días naturales a partir del dictamen de jubilación, por parte del Consejo Universitario. CLÁUSULA Se retoma lo acordado en el XXV CGR. CLÁUSULA Se retoma lo acordado en el XXV CGR con las siguientes modificaciones: 1.- Suprimir la frase a un solo grupo 2.- Que en el inciso b) se cambie la sección por las horas y al final se agregue que sea por salario extraordinario. 3.- Se propuso incluir la frase incluidos los Técnicos Académicos se discutió al respecto acordándose no hacerlo porque la frase Trabajadores Académicos ya los incluían, de todas formas se acordó pasarlo a la mesa de violaciones, debido a que a un profesor jubilado se le está negando este derecho. CLÁUSULA TRANSITORIA DECIMA OCTAVA (NUEVA).- Se retoman las propuestas del XXV CGR con las siguientes modificaciones: 1.- En el primer párrafo, al final cambiar la palabra jubilados por Universitarios y exigir a las Autoridades Universitarias, la creación de un módulo médico en alguna de las propiedades de la Universidad atendido por médicos del IMSS. 2.- En el segundo párrafo al final agregar la palabra Apatzingán. 3.- En lo referente al tercer párrafo, hacer un exhorto al Comité Ejecutivo General para que atienda este asunto. 4.- Por lo que respecta al cuarto párrafo, preguntar qué gestión se hizo al respecto. ACUERDOS PARA LLEVAR A LA PLENARIA DE CONCLUSIONES: 1.- Se informe, por quien corresponda, del avance del proyecto de la Casa de Retiro para los Maestros y Maestras Nicolaitas. 2.- Exigir el pago completo del Aguinaldo tal como lo establece el CCT. 3.- Esta mesa propone se busque la forma de incluir en el CCT que se les de preferencia de ingreso a la Universidad a los hijos de los trabajadores académicos que cumplan con el perfil. 4.- Por acuerdo de esta mesa, se solicita al Comité Ejecutivo General, se entregue una copia del acuerdo administrativo al que hace referencia la Cláusula Décima cuarta transitoria a los jubilados que lo soliciten. 5.- Exigir se de a conocer a los integrantes del Sindicato, el resultado de las Auditorías entregadas al Gobierno federal y Estatal.

3 6.- Para el caso del fondo de retiro esta mesa acuerda y propone se cambie la aportación de la Universidad de la cuota fija (Cláusula 128 inciso J) a una cuota porcentual. 7.- Exigir al Comité Ejecutivo General que defienda ante las Autoridades las propuestas de esta mesa y no lleguemos al próximo CGR a proponer lo mismo. 8.- Respecto al problema de reforma al sistema de jubilaciones y pensiones se discutió ampliamente y la mesa llegó a la siguiente conclusión: En tanto la Autoridad Universitaria no presente un proyecto formal, que pretenda modificar el sistema de jubilaciones y pensiones de la UMSNH vigente, la mesa acuerda y propone a la Plenaria de este XXVI CGR, como segunda instancia de gobierno de nuestro sindicato, determina que el Comité Ejecutivo General no suscriba ACUERDO O CONVENIO alguno a este respecto sin antes consultar a los afectados. CLAUSULA 2.- Los trabajadores académicos en activo de la Universidad gozarán de todos los derechos previstos por la ley, este Contrato y demás convenios pactados por las partes, siempre y cuando estos no contravengan a la Ley y al Contrato Colectivo de Trabajo. Los trabajadores que hayan dejado de prestar sus servicios por jubilación o pensión por la Universidad, gozarán de los mismos derechos, incluyendo lo de carácter emergente conforme a lo dispuesto en la Legislación Universitaria vigente a la firma del presente Contrato. CLAUSULA Los trabajadores académicos jubilados gozarán de los mismos derechos y prestaciones que se otorguen a los trabajadores en servicio, incluyendo a lo relativo a solución de conflictos. Éstos trabajadores gozarán de los aumentos que se otorguen a los trabajadores en servicio, incluyendo los de carácter emergente. CLAUSULA Se instituye el día 5 de diciembre de cada año como día del Jubilado y Pensionado Universitario; fecha en la cual la Universidad entregará un bono de $2, (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) a cada uno de los Jubilados y Pensionados. CLAUSULA La Universidad se obliga a cubrir a los trabajadores en el momento en el que se jubilen o a los que por incapacidad permanente se pensionen, independientemente de cualquier otra prestación a que tenga derecho, una gratificación a su antigüedad de la siguiente manera: a) de 5 (cinco) a 10 (diez) años de servicio el importe de 5 (cinco) meses de salario integrado.

4 b) De 10 (diez) a menos de 15 (quince) años de servicio el importe de 6 meses. c) De 15 (quince) a menos de 20 (veinte) años de servicio el importe de 7 meses de salario integrado d) De 20 (veinte) años de servicio en adelante el importe de 8 meses de salario integrado para los pensionados, y seis meses de salario integrado en caso de jubilación. Dichos pagos deberán realizarse en un tiempo no mayor de 30 días naturales. CLAUSULA Se acordó la redacción siguiente: la Institución se obliga a pagar la cuota correspondiente al IMSS, en beneficio del trabajador académico que se jubile; dentro del régimen ordinario y en términos del último salario integrado de cada trabajador hasta que cumpla la edad de 65 (sesenta y cinco) años. Por acuerdo de la mesa, se propone un apartado a), o en su caso una cláusula 135 bis, en los términos vigentes. En caso del fallecimiento del trabajador académico, activo y/o jubilado la Universidad se obliga a pagar una pensión vitalicia del 25% del salario integrado al momento de su fallecimiento a los beneficiarios del trabajador. CLAUSULA Los trabajadores académicos jubilados no podrán desempeñar cargos directivos o trabajos remunerados económicamente en la Universidad, sin embargo, cuando la capacidad psicofísica y laboral de los jubilados lo permita, podrán impartir clases hasta por 6 (seis) horas/semana/mes, en alguna de las dependencias en que impartían clases. Este derecho podrá ejercerse a partir del permiso prejubilatorio. Al mismo tiempo se acordó que el sindicato tenga una vigilancia estricta en los siguientes aspectos: a) Que la autoridad entregue la hoja de cotización al IMSS que efectúa por cada trabajador académico. b) Que se pague por nómina y de manera continua la clase y/o trabajo académico que desempeñan los profesores y técnicos académicos jubilados. c) Que el pago que se hace por las horas que atienden los trabajadores académicos jubilados no sea con carácter de servicios extraordinarios sino de salario extraordinario. CLAUSULA DECIMO OCTAVA TRANSITORIA.

5 En tanto no se construya la clínica familiar esta mesa acuerda solicitar al Comité Ejecutivo General del sindicato la gestión ante quien corresponda en el IMSS, para que se asignen 2 médicos internistas para que atiendan periódicamente cada 6 meses a los maestros Universitarios o en su caso exigir a las Autoridades Universitarias la creación de un módulo médico en alguna de las propiedades de la Universidad y que sea atendido por médicos del IMSS. La mesa solicita al Comité Ejecutivo General que en la próxima revisión contractual se cumpla con la cláusula total y cabalmente que al letra dice: La Universidad y el Sindicato convienen en gestionar ante el IMSS la creación de una unidad medica y consulta familiar, para la atención de los trabajadores académicos y sus familias en Morelia, Uruapan y Apatzingán. La mesa solicita al Comité Ejecutivo en la próxima revisión contractual que los maestros jubilados que imparten clase hasta por 6 horas se acredite su justificación de inasistencia temporal por enfermedad, para impartir dichas clases, esta se extenderá en la clínica o modulo universitario. La mesa acuerda solicitar al Comité Ejecutivo General, se haga valer la revisión contractual del año 2005, referente al pago que por derecho de agua potable reclama OOAPAS, ya que dicha revisión quedo convenido que la Universidad gestionaría ante el gobierno del Estado el pago de dicha cantidad. PROPUESTAS DE REFORMA AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO VIGENTE MESA V.- JUBILACIONES Y PENSIONES Lo escrito en negrita y subrayado, es lo que se propone modificar REDACCION ACTUAL CLAUSULA 2.-Los trabajadores en activo de la Universidad gozarán de todos los derechos., gozarán de los mismos derechos en lo que les sea aplicable, incluyendo.. CLAUSULA Los trabajadores académicos jubilados gozarán, en lo que les PROPUESTA DE REDACCION CLAUSULA 2.-Los trabajadores en activo de la Universidad gozarán de todos los derechos., gozarán de los mismos derechos, incluyendo.. CLAUSULA Los trabajadores académicos jubilados gozarán, de los

6 sea aplicable, de los mismos derechos.. CLAUSULA Se instituye el día 5 de diciembre de cada año, como Día del Jubilado y pensionado Universitario; fecha en la cual la Universidad entregará un bono de $ 1, (UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M. N.) a cada uno de los jubilados y pensionados. CLAUSULA La Universidad se obliga a cubrir a los trabajadores en el momento en que se jubilen., una gratificación a su antigüedad de la siguiente manera: a) De 5 (cinco) a menos de 10 (diez) años de servicio, el importe de 3 (tres) meses de salario integrado; b) De 10 (diez) a menos de 15 (quince) años de servicio, el importe de 4 (cuatro) meses de salario integrado; c) De 15 (quince) a menos de 20 (veinte) años de servicio, el importe de 5 (cinco) meses de salario integrado; d) De 20 (veinte) años de servicio en adelante, el importe de 6 (seis) meses de salario integrado para los pensionados, y 5 (cinco) meses de salario integrado en caso de jubilación. CLAUSULA Los trabajadores académicos jubilados no podrán desempeñar cargos directivos o trabajos remunerados económicamente en la Universidad, sin embargo, cuando la capacidad psicofísica y laboral de los jubilados lo permita, podrán impartir clases a un solo grupo sin rebasar 6 (seis) horas/semana/mes, en alguna de las dependencias en que impartían clase. Este mismos derechos.. CLAUSULA Se instituye el día 5 de diciembre de cada año, como Día del Jubilado y pensionado Universitario; fecha en la cual la Universidad entregará un bono de $ 2, (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.) a cada uno de los jubilados y pensionados. CLAUSULA La Universidad se obliga a cubrir a los trabajadores en el momento en que se jubilen., una gratificación a su antigüedad de la siguiente manera: a) De 5 (cinco) a menos de 10 (diez) años de servicio, el importe de 5 (cinco) meses de salario integrado; b) De 10 (diez) a menos de 15 (quince) años de servicio, el importe de 6 (seis) meses de salario integrado; c) De 15 (quince) a menos de 20 (veinte) años de servicio, el importe de 7 (siete) meses de salario integrado; d) De 20 (veinte) años de servicio en adelante, el importe de 8 (ocho) meses de salario integrado para los pensionados, y 6 (seis) meses de salario integrado en caso de jubilación. El monto de estos pagos se deberá cubrir en un plazo no mayor de 30 días naturales a partir del dictamen de jubilación, por parte del Consejo Universitario. CLAUSULA Los trabajadores académicos jubilados no podrán desempeñar cargos directivos o trabajos remunerados económicamente en la Universidad, sin embargo, cuando la capacidad psicofísica y laboral de los jubilados lo permita, podrán impartir clases sin rebasar 6 (seis) horas/semana/mes, en alguna de las dependencias en que

7 derecho podrá ejercerse a partir del permiso prejubilatorio. impartían clase. Este derecho podrá ejercerse a partir del permiso prejubilatorio. CLAUSULAS TRANSITORIAS DECIMA SEPTIMA.- La Universidad y el Sindicato convienen en gestionar ante el IMSS, la creación de una unidad médica de consulta familiar, para la atención de los trabajadores académicos y sus familias, en Morelia. DECIMA SEPTIMA.- La Universidad y el Sindicato convienen en gestionar ante el IMSS, la creación de una unidad médica de consulta familiar, para la atención de los trabajadores académicos y sus familias, en Morelia, Uruapan y Apatzingán Cláusula décima octava En tanto no se construya la clínica familiar esta mesa acuerda solicitar al Comité Ejecutivo General del sindicato la gestión ante quien corresponda en el IMSS, para que se asignen 2 médicos internistas para que atiendan periódicamente cada 6 meses a los maestros Universitarios o en su caso exigir a las Autoridades Universitarias la creación de un módulo médico en alguna de las propiedades de la Universidad y que sea atendido por médicos del IMSS. La mesa solicita al Comité Ejecutivo General que en la próxima revisión contractual se cumpla con la cláusula Décima séptima transitoria total y cabalmente que al letra dice: La Universidad y el Sindicato convienen en gestionar ante el IMSS la creación de una unidad médica y consulta familiar, para la atención de los trabajadores académicos y sus familias en Morelia, Uruapan y Apatzingán. La mesa solicita al Comité Ejecutivo en la próxima revisión contractual que los maestros jubilados que imparten clase hasta por 6 horas se acredite su justificación de inasistencia temporal por enfermedad, para impartir dichas clases, esta se extenderá en la clínica o modulo universitario. La mesa acuerda solicitar al Comité Ejecutivo General, se haga valer la revisión contractual del año 2005, referente al pago que por derecho de agua potable reclama OOAPAS, ya que dicha revisión quedo convenido que la Universidad gestionaría ante el gobierno del Estado el pago de dicha cantidad.

Sistema de Pensiones y Jubilaciones. Variables a Considerar en Pensiones y Jubilaciones

Sistema de Pensiones y Jubilaciones. Variables a Considerar en Pensiones y Jubilaciones 1 Sistema de Pensiones y Jubilaciones Variables a Considerar en Pensiones y Jubilaciones 1 Variables a Considerar en Pensiones y Jubilaciones SALARIO $ El monto del salario que recibes como trabajador

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 2774-1PO3-11 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Instituto de Seguridad y 1. Nombre de

Más detalles

SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA

SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA FORO ANÁLISIS DE LA SITUACION FINANCIERA DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA Y SU REPERCUSIÓN EN LA JUBILACIÓN Y PENSIÓN DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS PONENCIA

Más detalles

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS 31 de Enero de 2007 1 CONVENIO QUE CELEBRA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS, CON EL COMITÉ

Más detalles

Derechos obtenidos por el STAUS para académicos jubilados y pensionados, del 2008 al 2018

Derechos obtenidos por el STAUS para académicos jubilados y pensionados, del 2008 al 2018 SINDICATO DE TRABAJADORES ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA Derechos obtenidos por el STAUS para académicos jubilados y pensionados, del 2008 al 2018 Dr. Sergio Barraza Félix Secretario de Trabajo

Más detalles

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS CONVENIO QUE CELEBRA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS, CON EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA

Más detalles

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL ELEMENTOS DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS RELATIVOS A LA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DEL ISSSTE 1 C O N T E N I D O I. ARGUMENTOS

Más detalles

CLAUSULAS ESTIPULADAS EN EL CONVENIO PACTADO CON EL SINDICATO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE

CLAUSULAS ESTIPULADAS EN EL CONVENIO PACTADO CON EL SINDICATO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE 1 PRIMERA DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL CONVENIO SINDICAL DEL AÑO DOS MIL ONCE, EL GOBIERNO DEL ESTADO, OTORGARA CON EFECTOS RETROACTIVO AL PRIMERO DE ENERO DEL PRESENTE AÑO UN INCREMENTO DEL 4.2% (CUATRO

Más detalles

RESULTADOS DE LA NEGOCIACIÓN SALARIAL Y CONTRACTUAL 2016

RESULTADOS DE LA NEGOCIACIÓN SALARIAL Y CONTRACTUAL 2016 RESULTADOS DE LA NEGOCIACIÓN SALARIAL Y CONTRACTUAL 2016 1. Incremento de un 3.15% (tres punto quince por ciento) directo al salario por cuota diaria contenidos en el tabulador vigente (sin prestaciones).

Más detalles

Comisión de Energía. II. Objeto y contenido de la proposición con punto de acuerdo:

Comisión de Energía. II. Objeto y contenido de la proposición con punto de acuerdo: DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE SE TRANSPARENTE EL APOYO QUE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA ENTREGARÁ A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD PARA

Más detalles

CONVOCATORIA PARA OTORGAR ESTÍMULOS POR ANTIGÜEDAD AL PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS PROMOCIÓN 2018

CONVOCATORIA PARA OTORGAR ESTÍMULOS POR ANTIGÜEDAD AL PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS PROMOCIÓN 2018 CONVOCATORIA PARA OTORGAR ESTÍMULOS POR ANTIGÜEDAD AL PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE TAMAULIPAS PROMOCIÓN 2018 Con fundamento en los Artículos 86 de la Ley de Premios,

Más detalles

DICTAMEN DE LOS PUNTOS DE ACUERDO RELACIONADOS CON EL FIDEICOMISO FERRONALESJUB

DICTAMEN DE LOS PUNTOS DE ACUERDO RELACIONADOS CON EL FIDEICOMISO FERRONALESJUB DE LA TERCERA COMISIÓN, EL QUE CONTIENE PUNTO DE ACUERDO: EN TORNO AL PATRIMONIO DEL FIDEICOMISO FERRONALESJUB 5012-6 DE NACIONAL FINANCIERA, SNC., RELATIVO AL FONDO DE JUBILACIONES DE LOS TRABAJADORES

Más detalles

Pliego Petitorio. Revisión Contractual Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad 1 de Sonora

Pliego Petitorio. Revisión Contractual Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad 1 de Sonora Pliego Petitorio Revisión Contractual 2015 Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad 1 de Sonora UNIVERSIDAD DE SONORA P R E S E N T E: De conformidad con la Cláusula 256 del Contrato Colectivo

Más detalles

Reglamento del Fondo de Pensiones por Jubilación para los Trabajadores de la UAT, afiliados al STUAT

Reglamento del Fondo de Pensiones por Jubilación para los Trabajadores de la UAT, afiliados al STUAT Reglamento del Fondo de Pensiones por Jubilación para los Trabajadores de la UAT, afiliados al STUAT COMISION DE LEGISLACION DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO CAPÍTULO I Del Objeto ARTÍCULO PRIMERO. El Fondo

Más detalles

COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE VERACRUZ MARCO NORMATIVO DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES EJERCICIO 2009 PERCEPCIONES

COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE VERACRUZ MARCO NORMATIVO DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES EJERCICIO 2009 PERCEPCIONES 1301 DESPENSA PERCEPCIONES 1.- Características: Prestación económica que se otorga al personal para coadyuvar en su capacidad adquisitiva de bienes de consumo básico. 2.- Periodicidad: El pago es quincenal

Más detalles

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido'

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido' LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

Derechos sindicales de académicos jubilados y pensionados

Derechos sindicales de académicos jubilados y pensionados SINDICATO DE TRABAJADORES ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA Derechos sindicales de académicos jubilados y pensionados Dr. Sergio Barraza Félix Secretario de Trabajo y Conflictos Septiembre de 2018

Más detalles

Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales Subdirección de Pensiones ABRIL 2018

Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales Subdirección de Pensiones ABRIL 2018 Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales Subdirección de Pensiones ABRIL 2018 PENSIONES POR DÉCIMO TRANSITORIO Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales Subdirección

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA HIJOS DE TRABAJADORES ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA HIJOS DE TRABAJADORES ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA HIJOS DE TRABAJADORES ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA El Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora es un organismo para la defensa de los

Más detalles

SERVICIOS QUE PRESTA LA ENTIDAD Nombre del documento: DIRECCION DE PENSIONES CIVILES DEL Dependencia o Entidad: ESTADO

SERVICIOS QUE PRESTA LA ENTIDAD Nombre del documento: DIRECCION DE PENSIONES CIVILES DEL Dependencia o Entidad: ESTADO SERVICIOS QUE PRESTA LA ENTIDAD Nombre del documento: DIRECCION DE PENSIONES CIVILES DEL Dependencia o Entidad: ESTADO Unidad Administrativa: DIRECCION DE PRESTACIONES Servicios Consulta de Saldo Requisitos

Más detalles

CUADRO COMPARATIVO PARA OBSERVAR LA RECUPERACION DE DERECHOS ELEMENTALES DE JUBILACION

CUADRO COMPARATIVO PARA OBSERVAR LA RECUPERACION DE DERECHOS ELEMENTALES DE JUBILACION CUADRO COMPARATIVO PARA OBSERVAR LA RECUPERACION DE DERECHOS ELEMENTALES DE JUBILACION Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar el otorgamiento de las pensiones y prestaciones

Más detalles

XXVI CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO SECCION 7 CHIAPAS. CONVOCATORIA

XXVI CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO SECCION 7 CHIAPAS. CONVOCATORIA XXVI CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO SECCION 7 CHIAPAS. CONVOCATORIA El Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, en uso de las facultades que le confiere lo dispuesto

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA

Más detalles

PERSONAL SINDICALIZADO DIAS DE ASUETO

PERSONAL SINDICALIZADO DIAS DE ASUETO DIAS DE ASUETO cláusula 7 del Contrato Colectivo de Trabajo, nos especifica que los Días de Descanso Obligatorio son : 01 de Enero (AÑO NUEVO), 02 de Febrero (PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA),

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

En la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 20 (veinte) de marzo de 2007 (dos mil siete).

En la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 20 (veinte) de marzo de 2007 (dos mil siete). 1/5 En la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 20 (veinte) de marzo de 2007 (dos mil siete). Visto para dictaminar el expediente número RPJ/8519862/03/07 integrado con motivo de la solicitud de pensión

Más detalles

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido7

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido7 LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

C. PETRA ESCOBAR OLGUÍN

C. PETRA ESCOBAR OLGUÍN LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A C O N V O C A T O R I A PARA OTORGAR AL PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN RECOMPENSA ECONÓMICA POR AÑOS DE SERVICIO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2018 El Gobierno del Estado de Oaxaca, a través del

Más detalles

I. Jubilación. 1. Nombre del trabajador; 2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; 4.

I. Jubilación. 1. Nombre del trabajador; 2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; 4. LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI REGLAMENTO DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACIÓN, VEJEZ E INCAPACIDAD PARA LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. CAPÍTULO PRIMERO. DEL

Más detalles

Plan de Pensiones por Jubilación

Plan de Pensiones por Jubilación Plan de Pensiones por Jubilación Personal Académico Comité Ejecutivo SPSU 2012-2016 Agosto 2014 Plan de Pensiones por Jubilación Introducción Proceso de jubilación IMSS-UABC Caso UABC Casos Reales Plan

Más detalles

Informe de la Situación Financiera de la UMSNH Enero Octubre 2017

Informe de la Situación Financiera de la UMSNH Enero Octubre 2017 Informe de la Situación Financiera de la UMSNH Enero Octubre 2017 Presentado al Honorable Consejo Universitario Sesión Ordinaria verificada el 27 de octubre de 2017 ANTECEDENTES 2 ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL

Más detalles

Proceso de Jubilación para el. Personal Académico

Proceso de Jubilación para el. Personal Académico Proceso de Jubilación para el Personal Académico Comité Ejecutivo SPSU 2012-2016 Noviembre de 2015 Plan de Pensiones por Jubilación Todo Académico de la UABC, cumpliendo con los requisitos correspondientes,

Más detalles

C. VIRGINIA ROJAS GUTIÉRREZ

C. VIRGINIA ROJAS GUTIÉRREZ LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO,

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, Dr. Fernando Enrique Mayans Canabal, Senador de la República integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso de la Unión, con

Más detalles

COMENTARIOS GENERALES A LA INICIATIVA DE LEY DEL ISSSTE

COMENTARIOS GENERALES A LA INICIATIVA DE LEY DEL ISSSTE COMENTARIOS GENERALES A LA INICIATIVA DE LEY DEL ISSSTE 1. COMENTARIOS GENERALES: No se trata de una reforma a la Ley del ISSSTE, sino de una nueva Ley que modifica por completo al Instituto: los seguros,

Más detalles

OFICIO: OF.SG.01/0997/2008 ASUNTO: Pliego Petitorio del STUNAM.

OFICIO: OF.SG.01/0997/2008 ASUNTO: Pliego Petitorio del STUNAM. OFICIO: OF.SG.01/0997/2008 ASUNTO: Pliego Petitorio del STUNAM. DR. JOSE NARRO ROBLES RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO P R E S E N T E AGUSTÍN RODRÍGUEZ FUENTES EN MI CARÀCTER DE SECRETARIO

Más detalles

Secretaría Administrativa

Secretaría Administrativa Secretaría Administrativa Dirección General de Personal Preguntas comunes sobre la Ley del ISSSTE 1.- En la nueva Ley se redujeron de 21 a 4 los seguros y prestaciones? No. Se reorganizaron de acuerdo

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS CONVENIO QUE CELEBRA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN AGREMIADOS EN LA Y EL COMITÉ EJECUTIVO SECCIONAL DE ESTA ORGANIZACIÓN SINDICAL. C L Á U S U L A

Más detalles

Plan de Pensiones por Jubilación. Personal Académico. Comité Ejecutivo SPSU Octubre 2011

Plan de Pensiones por Jubilación. Personal Académico. Comité Ejecutivo SPSU Octubre 2011 Plan de Pensiones por Jubilación Personal Académico Comité Ejecutivo SPSU 2008-2012 Octubre 2011 Plan de Pensiones por Jubilación Convenio Reglamentario El fondo se formó en 1994 con una aportación del

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

LEY DEL SEGURO SOCIAL

LEY DEL SEGURO SOCIAL Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Ingeniería División de Ingenierías Civil y Geomática Departamento de Construcción Profesor: Ing. Heriberto Esquivel Castellanos CÁMARA DE DIPUTADOS DEL

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA

Más detalles

PENSIONES p Pensión. Directorio Delegacional: (elegir directorios y directorio delegacional)

PENSIONES p Pensión. Directorio Delegacional:   (elegir directorios y directorio delegacional) MÉXICO Si has tenido hijos o familiares con defectos al nacimiento deberás tomar 4 miligramos al Cuáles las prestaciones día, antes son de embarazarte y durante los tres principales a las que tiene derecho?

Más detalles

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido

I. A la esposa o esposo del trabajador fallecido LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL SEGURO DE VIDA A JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL SEGURO DE VIDA A JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL SEGURO DE VIDA A JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 19 de abril

Más detalles

Propuesta presentada por parte de la UABCS al Sindicato Administrativo el 7 de marzo de

Propuesta presentada por parte de la UABCS al Sindicato Administrativo el 7 de marzo de Propuesta presentada por parte de la UABCS al Sindicato Administrativo el 7 de marzo de 2007 2007-03-08 La Paz, BCS., a 07 de marzo de 2007. C. ALEJANDRO MONCAYO LUCERO Secretario General del SUTAUABCS

Más detalles

ARGENTINA. 1. Un mismo trabajador no podrá ser contratado con período de prueba, por el mismo empleador, más de una vez.

ARGENTINA. 1. Un mismo trabajador no podrá ser contratado con período de prueba, por el mismo empleador, más de una vez. Pagina 1 di 5 1: WEBTEXT/40740/64957/S95ARG01.htm ARGENTINA Ley núm. 24465, de 23 de marzo de 1995, por la que se modifica el Régimen de Contrato de Trabajo, y se establece la modalidad especial de fomento

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

ACUERDO 1: REMANENTE.

ACUERDO 1: REMANENTE. ACUERDOS APROBADOS EN LA XVI ASAMBLEA ORDINARIA DE CAJA MAGISTERIAL DE AHORROS Y PRÉSTAMOS DE LA SECCIÓN 54, CELEBRADA EL 28 DE ABRIL DE 2017. ACUERDO 1: REMANENTE. LOS SOCIOS ACTIVOS CON UNA ANTIGÜEDAD

Más detalles

Reglamento para la Comisión del Retiro Voluntario, Jubilación, Invalidez, Vejez, Cesantía y Muerte (Ayuda Sindical)

Reglamento para la Comisión del Retiro Voluntario, Jubilación, Invalidez, Vejez, Cesantía y Muerte (Ayuda Sindical) Reglamento para la Comisión del Retiro Voluntario, Jubilación, Invalidez, Vejez, Cesantía y Muerte (Ayuda Sindical) Reformas y adiciones aprobadas en la Asamblea General Extraordinaria del día 10 de agosto

Más detalles

C. J. VICENTE ORDAZ VÁZQUEZ

C. J. VICENTE ORDAZ VÁZQUEZ LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA

Más detalles

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ASAMBLEA NACIONAL COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ASAMBLEA NACIONAL COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ASAMBLEA NACIONAL COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL INFORME QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL SOBRE EL PROYECTO DE LEY

Más detalles

EL H. CONGRESO DEL ESTADO, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA DE HOY, TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE:

EL H. CONGRESO DEL ESTADO, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA DE HOY, TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE: EL H. CONGRESO DEL ESTADO, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA DE HOY, TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE: A C U E R D O 51 PRIMERO. Que dado que en el análisis del ejercicio del gasto en relación con el presupuesto

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

FONDO DE AYUDA SINDICAL POR DEFUNCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL R E G L A M E N T O

FONDO DE AYUDA SINDICAL POR DEFUNCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL R E G L A M E N T O Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social SECCIÓN SINDICAL XXXIV FONDO DE AYUDA SINDICAL POR DEFUNCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL R E G L A M E N T O Artículo 1º.- Por voluntad de

Más detalles

Plan de Pensiones por Jubilación. Personal Académico. Comité Ejecutivo SPSU Septiembre 2013

Plan de Pensiones por Jubilación. Personal Académico. Comité Ejecutivo SPSU Septiembre 2013 Plan de Pensiones por Jubilación Personal Académico Comité Ejecutivo SPSU 2012-2016 Septiembre 2013 Plan de Pensiones por Jubilación Convenio Reglamentario Objetivo: Crear una cobertura más amplia y que

Más detalles

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS 20 de Enero de 2005 1 CONVENIO QUE CELEBRA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS, CON EL COMITÉ

Más detalles

Índice de Libro Integración del Salario Prestaciones Y Grado de Riesgo

Índice de Libro Integración del Salario Prestaciones Y Grado de Riesgo Índice de Libro Integración del Salario Prestaciones Y Grado de Riesgo Págs.174 CAPÍTULO 1 SALARIO DIARIO INTEGRADO Factor para la integración del salario base de cotización en el primer año de la prestación

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador; LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

BASE TERCERA: Las disposiciones de estas bases son aplicables al Personal Docente de Tiempo Completo de la Universidad.

BASE TERCERA: Las disposiciones de estas bases son aplicables al Personal Docente de Tiempo Completo de la Universidad. BASES DE OPERACIÓN DEL FONDO DE PENSIONES POR JUBILACION PARA PERSONAL DOCENTE DE TIEMPO COMPLETO AL SERVICIO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS DE ACUERDO CON EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA UAT Y

Más detalles

CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA COMPENSACIÓN DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN BÁSICA DE LOS SEPEN.

CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA COMPENSACIÓN DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN BÁSICA DE LOS SEPEN. CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA COMPENSACIÓN DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN BÁSICA DE LOS Personal Docente del Modelo de Educación Básica. Autorización por H. Junta de Gobierno:

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

DECLARACION ANUAL 2016

DECLARACION ANUAL 2016 DECLARACION ANUAL 2016 DECLARACION ANUAL 2016 CAPÍTULO XI DE LA DECLARACIÓN ANUAL Artículo 150. Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos

Más detalles

DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO

DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO 1. ANTECEDENTES. El artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores que reúnan las condiciones exigidas para

Más detalles

MOVIMIENTOS DE BAJA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE

MOVIMIENTOS DE BAJA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE MANUAL DE S EN MATERIA DE PERSONAL MOVIMIENTOS DE BAJA DEL PERSONAL Vigencia: Febrero 2016 213 OBJETIVO Tramitar y registrar el término de la relación laboral del personal administrativo de base en forma

Más detalles

Proceso de Jubilación para el

Proceso de Jubilación para el Proceso de Jubilación para el Personal Académico Agosto de 2016 Comité Ejecutivo SPSU 2012-2016 Plan de Pensiones por Jubilación Todo Académico de la UABC, cumpliendo con los requisitos correspondientes,

Más detalles

RESEÑA DE LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 457/2011 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

RESEÑA DE LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 457/2011 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RESEÑA DE LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 457/2011 SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EL FONDO DE AHORRO ES PARTE INTEGRANTE DEL SALARIO PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD

Más detalles

I. Jubilación. 1. Nombre del trabajador; 2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; 4.

I. Jubilación. 1. Nombre del trabajador; 2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; 4. LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE BASE 2008-2010 NOVIEMBRE 2008 Cláusulas del CCT 2008-2010 179 Propuestas STUNAM Cláusulas nuevas 13 TOTAL 192 Cláusulas ordinarias modificadas

Más detalles

C. JOSÉ LUIS NÚÑEZ ZAGALA

C. JOSÉ LUIS NÚÑEZ ZAGALA LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

Personal Docente del Nivel de Educación Especial del Modelo de Educación Básica. Autorización por H. Junta de Gobierno: 12 de marzo de 2004.

Personal Docente del Nivel de Educación Especial del Modelo de Educación Básica. Autorización por H. Junta de Gobierno: 12 de marzo de 2004. LINEAMIENTOS QUE REGULAN EL OTORGAMIENTO Y PAGO DE LA PRESTACIÓN APOYO A LA INTEGRACIÓN EDUCATIVA AL PERSONAL QUE OSTENTE LA PLAZA DE EDUCACIÓN ESPECIAL. Personal Docente del Nivel de Educación Especial

Más detalles

Personal Docente adscrito a los Servicios de Educación Publica del Estado de Nayarit. Autorización por la H. Junta de Gobierno: 12 de Marzo de 2004.

Personal Docente adscrito a los Servicios de Educación Publica del Estado de Nayarit. Autorización por la H. Junta de Gobierno: 12 de Marzo de 2004. Lineamientos para cubrir el Pago Anual de la Compensación por Actividades Directivas a los Docentes en Funciones de Directivos y frente a Grupo y Docentes con clave de Maestro de Grupo en Función Directiva

Más detalles

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS

SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN SECCIÓN 38 CONVENIOS CONVENIO QUE CELEBRA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS, CON EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA

Más detalles

7. C. JUANA BASALDÚA HERNÁNDEZ

7. C. JUANA BASALDÚA HERNÁNDEZ LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

CAPITULO III. SUBDIRECCIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES

CAPITULO III. SUBDIRECCIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES CAPITULO III. SUBDIRECCIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES Es la encargada de la recepción y revisión de la documentación de trabajadores y sus familiares para el trámite de la credencial que los

Más detalles

PENSIONISSSTE PENSIONISSSTE

PENSIONISSSTE PENSIONISSSTE PENSIONISSSTE EVOLUCIÓN HISTÓRICA 1959-1960 1972 1992 1997 2002 2007 SE PUBLICA LA LEY DEL ISSSTE, Y AL AÑO SIGUIENTE ENTRA EN OPERACIÓN SE CREAN LOS ISTITUTOS DE VIVIENDA FOVISSSTE PARA QUIENES CITIZAN

Más detalles

SINDICATO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO PROPUESTA DE INCREMENTO AL FONDO DE JUBILACIONES

SINDICATO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO PROPUESTA DE INCREMENTO AL FONDO DE JUBILACIONES SINDICATO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO PROPUESTA DE INCREMENTO AL FONDO DE JUBILACIONES La Cláusula 102 del Contrato Colectivo de Trabajo UJED SPAUJED vigente establece

Más detalles

C. JOSÉ GUADALUPE ARIZAGA CRUZ

C. JOSÉ GUADALUPE ARIZAGA CRUZ LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador; LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador; LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA Reglas para el Otorgamiento de Créditos al Amparo del Artículo 43 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. ======================================================================

Más detalles

Modificaciones y Adiciones al Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral

Modificaciones y Adiciones al Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral Modificaciones y Adiciones al Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral SECCIÓN SEGUNDA ORGANIZACIÓN Y PLANEACIÓN DE RECURSOS HUMANOS APARTADO I CAPÍTULO

Más detalles

Análisis de la Problemática con el ISSSTESON

Análisis de la Problemática con el ISSSTESON Análisis de la Problemática con el ISSSTESON Comisión Especial Dr. Javier Martín Quintanar Gálvez M. E. Olimpia Ofelia Cortez Rivera C. Dra. Victoria María Núñez Navarro Dr. Sergio Barraza Félix OBJETIVO

Más detalles

PARA LAS EMPRESAS. Anteriormente, aplicaba una tasa del 28%

PARA LAS EMPRESAS. Anteriormente, aplicaba una tasa del 28% PARA LAS EMPRESAS 1. Las personas morales deberán calcular el ISR aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%. Se determinará la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador; LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

Principales actividades

Principales actividades Principales actividades Cumpliendo las actividades aplicables a ésta Dirección, algunas de ellas las auditorias federales y estatales y del despacho externo, y siendo respaldados con el apoyo de las distintas

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador;

2. Fecha de inicio y terminación del servicio; 3. Empleo, cargo o comisión; c) Dos últimos recibos de pago del trabajador; LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO

QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE

Más detalles

XXIII SECCIÓN 42, CHIHUAHUA

XXIII SECCIÓN 42, CHIHUAHUA EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 79, FRACCIONES XXIV y XXXIV; ARTÍCULO 81, FRACCIONES

Más detalles