CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO

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1 BOLETÍN OFICIAL DE CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO Orn MED/12/2013, 20 septembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvencones stnadas a fomentar actuacones sarrollo sostenble en el ámbto ambental ndustral que vayan a ser sarrolladas por entdas representatvas las empresas y trabajadores la Comundad Autónoma Cantabra. Una las competencas a sarrollar y ejercer por el Goberno Cantabra, recogda en el artículo 25 l Estatuto Autonomía para Cantabra, aprobado por Ley Orgánca 8/1981, 30 dcembre, es la funcón ejecutva en matera proteccón l medo ambente, sendo la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, el órgano superor l Goberno Cantabra, encargado establecer los planes actuacón relaconados con el medo ambente. Dentro las dferentes actuacones la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, son objetvos generales los encamnados a consegur sarrollar y aplcar en Cantabra los postulados rvados la proteccón l medo ambente y la consecucón un sarrollo sostenble, para lo cual es necesaro consegur la colaboracón y el fomento las mejoras la ndustra cántabra. Los organzacones sndcales, creadas conformdad con la Ley Orgánca 11/1985, 2 agosto, Lbertad Sndcal; las organzacones profesonales empresaros, creadas conformdad con la Ley 19/1977, 1 abrl, sobre regulacón l Derecho Asocacón Sndcal y las Cámaras Comerco, reguladas conformdad con la Ley 3/1993, 22 marzo, Básca las Cámaras Ofcales Comerco, Industra y Navegacón; son organzacones que cuentan con capacdad para ostentar la actvdad representatva sus aflados, empresas y trabajadores, ante las Admnstracones Públcas. Y entre sus objetvos se encuentra el propcar el sarrollo económco sostenble en la Comundad Autónoma Cantabra, que se traduzca en la mejora l medo ambente y la obtencón una stuacón socal cada vez más justa. Para la consecucón estos objetvos comunes, la Consejería quere promover, medante la convocatora las presentes ayudas, la realzacón proyectos medoambentales por parte estas entdas, con el fn consegur un sarrollo sostenble y el cumplmento rguroso la normatva medoambental. En cuanto al procedmento concesón, es aplcacón lo dspuesto en el artículo 22.2 la Ley Subvencones Cantabra según el cual el procedmento ordnaro será el concurrenca compettva, entendendo por tal aquél medante el cual la concesón las subvencones se realza medante la comparacón las solctus presentadas que reúnan las condcones para accer a la subvencón, a fn establecer una prelacón entre las msmas acuerdo con los crteros valoracón prevamente fjados en las bases reguladoras y en la convocatora, y adjudcar, con el límte fjado en la convocatora ntro l crédto dsponble, aquellas que hayan obtendo mayor valoracón en aplcacón los ctados crteros. Consrando lo anterormente expuesto, la presente Orn tene por objeto establecer las bases y hacer públca la convocatora para la concesón las subvencones y asegurar el cumplmento los prncpos publcdad, objetvdad y concurrenca compettva. Por ello, en el marco la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, y en uso las atrbucones conferdas en el artículo 33.f) la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. Pág /15

2 BOLETÍN OFICIAL DE DISPONGO Artículo 1.- Objeto la convocatora. 1.- Es objeto la presente Orn establecer las bases reguladoras y hacer públca la convocatora ayudas para subvenconar a dversos agentes económcos y socales que vayan a realzar programas o proyectos medoambentales, que ncdan en la mplementacón l sarrollo sostenble en los procesos ndustrales las empresas la Comundad Autónoma Cantabra. 2.- Los programas o proyectos, que estarán drgdos a empresas y/o trabajadores l ámbto ndustral regonal, puen comprenr a modo enuncatvo y no lmtatvo actuacones elaboracón estudos e nformes, asesoramento con respecto a la normatva vgente y dvulgacón buenas práctcas ambentales, talleres trabajo y/o jornadas técncas, fomento la cooperacón nterempresaral en la valorzacón y efcenca en la gestón recursos, etc; abordando aspectos que promuevan la mplementacón tecnologías más efcentes y la mejora los procesos productvos s un punto vsta medoambental. 3.- En atencón a sus característcas específcas, y conforme a lo establecdo en el artículo 23 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, esta convocatora ncluye las bases reguladoras por las que se rge la concesón las subvencones. 4.- Estas ayudas están contempladas en el Plan Estratégco Subvencones aprobado por la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, formando parte las líneas subvencón que se queren fomentar s la msma. Artículo 2.- Gastos subvenconables. 1.- Se consrarán subvenconables los gastos necesaros para el sarrollo las actvdas ncludas en los programas y proyectos propuestos. 2.- En nngún caso serán gastos subvenconables: Gastos protocolaros, representatvos o smlares. Los gastos generales funconamento las entdas solctantes, que no tengan una relacón drecta con el proyecto o programa a sarrollar. Los splazamentos, salvo que se acredte sufcentemente la estrcta necesdad los msmos, y aplcándose las cuantías límte reguladas en el Decreto 36/2011, 5 mayo, sobre nmnzacones por razón l servco (BOC 11 mayo 2011, número 89). Los sayunos, comdas, merendas, cenas y análogos. Los ntereses udores las cuentas bancaras. Intereses, recargos y sancones admnstratvas y penales. Los gastos procedmentos judcales. Cualquer otro análogo a los anterores. 3.- Úncamente podrá ser consrado como subvenconable el mporte correspondente al IVA soportado por la entdad por los gastos ncurrdos con motvo la ejecucón l proyecto en aquellos casos en que se acredte la no ducbldad l referdo IVA soportado, bendo necesaramente aportarse en tal supuesto certfcado acredtatvo frmado por el Presnte/ Secretaro General la entdad que se trate (Anexo I). 4.- Aquellas solctus que contengan partdas ntro l presupuesto que no puedan consrarse subvenconables acuerdo a este artículo, y sempre que no superen un 20% dcho presupuesto, serán tramtadas, s ben se exclurán dchas partdas las posble subvencón. En caso que dchas partdas superen el 20% l presupuesto, se procerá a la negacón íntegra la solctud por tal causa. En el prmero los supuestos la resolucón concesón tallará aquellas partdas que se consren subvenconables. Pág /15

3 BOLETÍN OFICIAL DE Artículo 3.- Benefcaros. 1.- Podrán acogerse a la presente convocatora las sguentes entdas: a) Las organzacones sndcales que reúnan la condcón más representatvas acuerdo con lo establecdo en el artículo 7.1 la Ley Orgánca 11/1985, 2 agosto Lbertad Sndcal, y la Ley Cantabra 4/2009, 1 dcembre, Partcpacón Insttuconal los Agentes Socales en el ámbto la Comundad Autónoma. b) Las organzacones empresarales más representatvas, conforme a la Dsposcón Adconal Sexta l Real Decreto Legslatvo 1/1995, 24 marzo, por el que se aprueba el texto refunddo l Estatuto los Trabajadores, y la Ley Cantabra 4/2009, 1 dcembre, Partcpacón Insttuconal los Agentes Socales en el ámbto la Comundad Autónoma. c) Las Cámaras Comerco, Industra, y en su caso Navegacón, reguladas por la Ley 3/1993, 22 marzo, Básca las Cámaras Ofcales Comerco, Industra y Navegacón. 2.- Para tener recho a estas ayudas, las organzacones solctantes berán cumplr los sguentes requstos: Estar consttudas legalmente conformdad con la normatva que las regulan. Carecer ánmo lucro. Tener su domclo socal o una representacón permanente en la Comundad Autónoma Cantabra. Se entenrá por representacón, el dsponer se con personal la organzacón, ya sea contratado o voluntaro, y domclo estable don realzar sus actvdas. Presentar una actuacón vable técnca y ambentalmente. Dchas entdas berán mantener los requstos exgdos durante todo el tempo que dure la actvdad subvenconada. 3.- No podrán obtener la condcón benefcaro aquellas entdas ncursas en alguno los supuestos contemplados en el artículo 13 apartados 2 y 3 la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones o en el artículo 12 apartados 2 y 3 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, quedando expresamente excludas aquellas entdas que antes l dctado la propuesta resolucón concesón no se encuentren al corrente sus oblgacones con la Agenca Estatal la Admnstracón Trbutara, con la Segurdad Socal, o con el Goberno Cantabra o respecto las cuales concurra cualquera otra las causas establecdas en la legslacón admnstratva en matera subvencones como excluyente la condcón eventual benefcaro. 4.- No podrán concurrr a la presente convocatora aquellas entdas que tengan pendente cumplmento una sancón admnstratva frme en matera medo ambente. 5.- Los benefcaros las subvencones reguladas por la presente Orn podrán subcontratar con terceros la ejecucón l total la actvdad subvenconada, en los térmnos establecdos en el artículo 30 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Artículo 4.- Procedmento concesón y concurrenca con otras ayudas. 1.- El procedmento concesón la presente subvencón se realzará en régmen concurrenca compettva. 2.- Las ayudas convocadas son compatbles con el eventual otorgamento otras subvencones, ayudas, ngresos o recursos con la msma fnaldad procentes cualesquera Admnstracones o entes públcos o prvados, ya sean naconales, la Unón Europea o organsmos nternaconales, con el límte que en nngún caso el mporte total las ayudas recbdas podrá rebasar el coste total las actvdas realzadas, el cual berá reflejarse en proyecto que talle cada una las msmas y su prevsón coste. Pág /15

4 BOLETÍN OFICIAL DE Artículo 5.- Solctus: forma, lugar y plazo presentacón. 1.- El plazo presentacón las solctus y documentacón correspondente, será 20 días naturales contado a partr l día sguente a la publcacón la presente Orn en el Boletín Ofcal Cantabra. 2.- Las solctus se formalzarán en el molo ofcal que fgura en el Anexo I la presente Orn, e rán frmadas por el Presnte/Secretaro General la organzacón, drgéndose al Excmo. Sr. Consejero Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo l Goberno Cantabra. La totaldad los Anexos recogdos en la presente Orn puen scargarse la págna web l Goberno Cantabra en la dreccón: web/atencon-a-la-cudadana/ayudas-y-subvencones). 3.- Las solctus podrán ser presentadas en el Regstro auxlar la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, stuado en la calle Lealtad nº 24, Santanr, o en cualquera los lugares establecdos en el artículo la Ley Cantabra 6/2002, 10 dcembre, Régmen Jurídco l Goberno y la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. S en el uso este recho la solctud fuera remtda por correo, su sellado y fechado copa por la Admnstracón postal requerrá que se realce en la ofcna postal en sobre aberto, conforme a lo dspuesto en el Real Decreto 1829/1999, 3 dcembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestacón los servcos postales. 4.- Se podrá solctar subvencón para la realzacón un únco proyecto. S se presentara más una solctud por una msma entdad, sólo se admtrá a trámte la regstrada en prmer lugar, salvo que se presentara renunca expresa a la prmera solctud presentada. 5.- La nformacón relatva a la Orn estará a dsposcón los nteresados en el número /10/84 y amás en el número 012 s se llama s Cantabra, o el para llamadas s fuera la Comundad Autónoma. Artículo 6. - Documentacón a aportar por los solctantes. Las entdas solctantes berán entregar ntro l plazo conceddo mpreso solctud acuerdo con Anexo I, convenentemente cumplmentado, fechado y frmado por el Presnte/Secretaro General la entdad, al que se berán adjuntar los sguentes documentos: 1. Proyecto actvdas a realzar, contenendo como mínmo los sguentes aspectos: Denomnacón y scrpcón la actvdad a realzar. Cronograma la actvdad a realzar. Recursos materales, técncos y humanos precsos para el sarrollo l proyecto. Usuaros fnales la actvdad proyectada. Presupuesto sglosado por conceptos gasto ndcando, en su caso, la cantdad aportada por la entdad solctante. 2. Anexo II la presente Orn, convenentemente frmado por el Presnte/Secretaro General la entdad. 3. Anexo III la presente Orn, convenentemente frmado por el Presnte/Secretaro General la entdad, o alternatvamente la documentacón que en él msmo se especfca. 4. Documentacón acredtatva la representacón que ostenta la persona que formula la solctud, cuando actúe con tal carácter, o certfcado l órgano competente la organzacón que acredte la capacdad l frmante para oblgarse en nombre ella. 5. Copa l códgo ntfcacón fscal la entdad solctante. 6. En su caso, s la entdad se encuentra nscrta en un regstro públco estatal, se adjuntara a la presente solctud copa l certfcado nscrpcón y los estatutos. 7. Para optar a la puntuacón prevsta en el apartado 7.1 se berán aportar cartas apoyo a la realzacón l proyecto por parte empresas l sector ndustral cántabro, frmadas por el Gerente/Presnte la empresa. Junto a las cartas apoyo se berán presentar Pág /15

5 BOLETÍN OFICIAL DE ben copa los TC2 a juno 2013 las empresas para certfcar su número trabajadores, o ben alternatvamente certfcado expeddo por los respectvos Jefes Recursos Humanos en que se certfque el número trabajadores cada una tales empresas. En caso no presentar esta documentacón, se valorará con 0 puntos el crtero valoracón prevsto en el apartado Para optar a la puntuacón prevsta en el apartado 7.2, se berá sgnar por parte la organzacón una persona que ejercerá como responsable l proyecto e nterlocutor con la Admnstracón, aportando documentacón que acredte su experenca profesonal ntro l sector ndustral en sus aspectos ambentales. En caso no presentar esta documentacón, se valorará con 0 puntos el crtero valoracón prevsto en el apartado 7.2. Los solctantes no estarán oblgados a la presentacón la presente documentacón en el supuesto que ya obren en por cualquer órgano o undad la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, sempre que se haga constar la fecha, el órgano, regstro o pennca en que fueron entregados, y no hayan transcurrdo más cnco años s la fnalzacón l procedmento al que correspondan. Artículo 7. - Crteros valoracón. Para la seleccón los benefcaros se tendrán en cuenta los sguentes crteros: 1.- Apoyo explcto a la realzacón l proyecto por parte empresas l sector ndustral la Comundad Autónoma Cantabra. Hasta un máxmo 30 puntos, otorgando la máxma puntuacón a los proyectos que cuenten con el apoyo empresas ndustrales con un mayor número trabajadores mplcados, puntuándose el resto forma scennte y proporconal, medante una formula lneal. Para calcular el número trabajadores correspondente a los apoyos recbdos se computará el que haya sdo acredtado a través cualquera los dos medos prevstos en el artículo 6.7., aplcándose la sguente formula: Nº trabajadores los apoyos recbdos = (número trabajadores empresas con más 100 trabajadores) + (número trabajadores empresas con 100 o menos trabajadores x 2). 2.- Experenca acredtada trabajo en el sector ndustral en sus aspectos ambentales la persona que haya sdo sgnada como responsable l proyecto por parte la organzacón. Hasta un máxmo 20 puntos, aplcando las sguentes formulas: - Hasta 2 años: (años*5)/2. - Más 2 años y hasta 5 años: (años*10)/5. - Más 5 años y hasta 20 años: (años - 5) *0, Más 20 años: 20 puntos. 3.- Caldad y característcas técncas y económcas l proyecto: hasta 17,5 puntos, sglosados la sguente manera: - Clardad en la exposcón y scrpcón la actuacón o actuacones a llevar a cabo: scrpcón l objeto la actuacón, ndcando antecentes y stuacón preva a la msma, necesdas a satsfacer y justfcacón la solucón adoptada. Hasta 10,5 puntos. - Nvel talle l presupuesto presentado: presentacón presupuestos parcales, precos untaros, medcones y otros talles precsos para la valoracón. Hasta 4 puntos. - Caldad l programa sarrollo los trabajos a llevar a cabo, con prevsón su tempo y coste. Hasta 3 puntos. 4.- Cofnancacón l coste total l proyecto, medante la aportacón fondos propos la entdad, o medante la aportacón subvencones, ayudas, ngresos o recursos procentes cualesquera Admnstracones o entes públco o prvados, ya sean naconales, la unón Europea o organsmos nternaconales, que la entdad recba y stne a fnancar el proyecto: hasta 10 puntos, que se otorgarán forma scennte y proporconal al porcentaje cofnancacón, aplcando las sguentes formulas: Pág /15

6 BOLETÍN OFICIAL DE - S el proyecto está cofnancado en más un 75% l presupuesto total y hasta un 100%: (porcentaje cofnancacón-75)*0, S el proyecto está cofnancado en un porcentaje l presupuesto total superor al 0% y hasta un 75%: (porcentaje cofnancacón*5)/75. Artículo 8.- Instruccón. 1.- La nstruccón l procedmento se realzará por la Dreccón General Medo Ambente. Recbdas las solctus, la Dreccón General Medo Ambente comprobará que cumplen los requstos exgdos. S una solctud presentara fectos o resultara ncompleta, se requerrá al solctante para que en el plazo 10 días hábles subsane la falta o acompañe los documentos preceptvos con ndcacón que s no lo hcere, o lo hcere fuera l plazo establecdo, se le entenrá por sstdo la msma, acuerdo con lo prevsto en el artículo 71 la Ley 30/1992, 26 novembre, Régmen Jurídco las Admnstracones Públcas y l Procedmento Admnstratvo Común. 2.- Se constturá un Comté Valoracón, el cual estará ntegrado por un Presnte que será el Drector General Medo Ambente o persona en quen legue, tres funconaros sgnados por el Presnte, y un Secretaro, con voz pero sn voto, asmsmo sgnado por dcho Presnte. Se podrán sgnar asesores, con voz pero sn voto, para ndcar un crtero técnco en la valoracón las solctus. El Comté Valoracón actuará acuerdo a las atrbucones establecdas en el artículo 24 la Ley 10/2006, Subvencones Cantabra, efectuando la valoracón las solctus presentadas. 3.- Una vez concluda la valoracón solctus, el órgano nstructor formulará propuesta resolucón, bdamente motvada, especfcando la cuantía la subvencón en cada caso a otorgar, ntro l límte las dsponbldas presupuestaras. 4.- Dcha propuesta resolucón tendrá carácter provsonal cuando fguren en el procedmento, o sean tendos en cuenta, hechos, alegacones o pruebas dstntas que las aducdas por los solctantes subvencón. En tal supuesto, se procerá a la publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra la propuesta resolucón provsonal concedéndose un plazo dez días hábles en concepto trámte audenca, para formulacón alegacones y aportacón cuantos documentos o pruebas estmen precsos los nteresados en fensa sus ntereses. Transcurrdo el plazo alegacones y examnadas las aducdas, el órgano nstructor requerrá nforme al Comté Valoracón y formulará la propuesta resolucón fntva. 5.- En el supuesto que no fguren en el procedmento n sean tendos en cuenta otros hechos n otras alegacones y pruebas que las aducdas por los solctantes subvencón, la propuesta resolucón ncalmente formulada por el órgano nstructor tendrá el carácter fntva. 6.- Con anterordad al dctado la propuesta resolucón concesón, el órgano nstructor habrá comprobar s los solctantes se hallan al corrente l cumplmento sus oblgacones trbutaras con la Agenca Estatal Admnstracón Trbutara, frente a la Segurdad Socal o sus oblgacones con la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra. En el caso que alguno los posbles benefcaros se encuentre en una o varas estas stuacones, la subvencón berá ser negada. Artículo 9. - Resolucón. 1.- La competenca para resolver corresponrá al ttular la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo conformdad con el artículo 9 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, órgano al cual berá ser elevada por el órgano nstructor la propuesta resolucón fntva. 2.- Contra la resolucón que se adopte, que no pondrá fn a la vía admnstratva, podrá nterponerse recurso alzada en el plazo un mes, a contar s el día sguente al su publcacón, ante el Consejo Goberno Cantabra. Pág /15

7 BOLETÍN OFICIAL DE 3.- El plazo resolucón l procedmento será tres meses una vez publcada la convocatora en el Boletín Ofcal Cantabra; transcurrdo dcho plazo sn que haya recaído resolucón expresa, podrá entenrse sestmada la petcón. 4.- La resolucón l procedmento se publcará en el Boletín Ofcal Cantabra, expresando la convocatora, el programa y crédto presupuestaro mputacón, los benefcaros, la cantdad concedda y la fnaldad la subvencón, asmsmo, se hará constar manera expresa la sestmacón l resto solctus, expresando en cada caso la causa la sestmacón. La publcacón la resolucón en el Boletín Ofcal Cantabra sustturá a la notfcacón surtendo sus msmos efectos, y computándose los plazos a partr l día sguente a la fecha su publcacón. Artículo Fnancacón, cuantía y abono. 1.- Las subvencones a concer tendrán una cuantía máxma ,67, y se fnancarán la sguente manera: La cantdad cncuenta ml euros (50.000,00 ), con cargo a la aplcacón presupuestara B.783 los Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para el año La cantdad decsés ml sescentos sesenta y ses euros con sesenta y sete céntmos euro (16.666,67 ) la aplcacón presupuestara que corresponda l año La cuantía la subvencón podrá alcanzar el 100% los gastos subvenconables, con un máxmo por solctud, sn que en nngún caso el mporte la subvencón pueda ser tal cuantía que, asladamente, o en concurrenca con otras subvencones o ayudas procentes otras Admnstracones Públcas o otros entes públcos o prvados, naconales o nternaconales, superen el coste total l proyecto o actvdad a sarrollar por el benefcaro. 3.- S por lmtacón presupuestara, la cuantía otorgada a la últma las entdas benefcaras fuese nferor a la que correspondera por la aplcacón los crteros valoracón, se le reconocerá el recho a percbr lo que reste hasta agotar el crédto presupuestaro dsponble. S la últma entdad renunca a la cuantía restante, el crédto será lberado. 4.- S dos o más entdas obtuveran la msma puntuacón y el crédto presupuestaro dsponble fuera nsufcente para el otorgamento subvencón a todas ellas, el crtero que se aplcará para la concesón la ayuda será el la mayor puntuacón obtenda en el crtero adjudcacón prevsto en el artículo 7.1. En caso persstr el empate se atenrá sucesvamente a los crteros prevstos en los apartados 2, 3 y 4 l artículo 7, y por últmo se utlzará el orn presentacón las solctus, consrando a tal efecto exclusvamente la fecha en que se habrían presentado la totaldad la documentacón exgda por la presente convocatora. 5.- El abono las subvencones se efectuará antcpadamente forma fracconada la sguente manera: Un prmer pago correspondente al 75% l total la subvencón concedda sn necesdad justfcacón preva, una vez se haya aprobado la resolucón concesón las ayudas. Un segundo pago l 25% restante la subvencón concedda una vez se haya justfcado por el benefcaro el cumplmento l 75% l total la actuacón. Prevamente a la realzacón los pagos, berá comprobarse que los benefcaros se hallan al corrente l cumplmento sus oblgacones trbutaras con la Agenca Estatal la Admnstracón Trbutara y frente a la Segurdad Socal y sus oblgacones con la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, y que no son udores por resolucón procenca rentegro. 6.- Toda alteracón las condcones tendas en cuenta para la concesón la subvencón podrá dar lugar a la modfcacón la resolucón la concesón. Dará lugar necesaramente a la modfcacón la resolucón concesón la obtencón concurrente subvencones otor- Pág /15

8 BOLETÍN OFICIAL DE gadas por otras Admnstracones o entes públcos o prvados, naconales o nternacones que supongan que el mporte total subvenconado rebase el coste l proyecto realzado, bendo en tal supuesto resolverse la volucón por el benefcaro l exceso percbdo sobre el coste subvenconable. Artículo 11.- Oblgacones los benefcaros: 1.- Las entdas subvenconadas quedan sujetas al cumplmento las oblgacones establecdas en el artículo 14 la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones y en el artículo 13 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 2.- La ejecucón l proyecto berá ncarse una vez notfcada la resolucón concesón la ayuda y berá fnalzar en el plazo máxmo dez meses, salvo en las stuacones excepconales prevstas en el artículo 13 esta Orn, dvddo en las sguentes fases: Fase 1: El 75% l proyecto berá ejecutarse en el plazo máxmo sete meses tras la notfcacón la resolucón concesón la ayuda. Fase 2: El 25% restante se realzará en el plazo máxmo tres meses tras fnalzar el plazo la Fase Asmsmo las organzacones subvenconadas están oblgadas a: Comuncar a la Dreccón General Medo Ambente la solctud u obtencón subvencones o ayudas para la msma fnaldad, procentes cualquer otra Admnstracón o ente públco o prvado, naconal o nternaconal, comuncando las cuantías solctadas y obtendas. Garantzar el mantenmento las crcunstancas que motvaron el otorgamento la subvencón. Facltar cuanta nformacón relaconada con la subvencón les sea requerda por la Intervencón General la Admnstracón la Comundad Autónoma Cantabra, el Trbunal Cuentas u otros órganos competentes, sn perjuco lo establecdo en la normatva en matera proteccón datos. Hacer constar en todas las actuacones publcdad, comuncacón y dfusón la actvdad que está subvenconada por la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo. En el caso que la nformacón, amás en publcacones, se ofrezca por medos electróncos o audovsuales se aplcará gualmente lo anteror. Aportar en tempo y forma la documentacón necesara para la concesón la subvencón y pago la msma que le fuera requerda. 4.- En el caso que la entdad benefcara tenga pendentes la concesón autorzacones necesaras para sarrollar la actuacón para la que se solcta la ayuda, se berá aportar copa éstas antes l nco la actvdad. 5.- Todos los benefcaros estas ayudas podrán ser requerdos por técncos la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, para llevar a cabo una reunón segumento l sarrollo l proyecto. 6.- Los benefcaros se encuentran comprometdos a realzar la actvdad en los térmnos prevstos en su solctud, con las modfcacones que, en su caso, se acepten por la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, a lo largo l procedmento concesón o durante el período ejecucón, sempre que dchas modfcacones no alteren la fnaldad perseguda con la concesón la ayuda n perjudquen los rechos terceros. La resolucón sobre la aceptacón o no las modfcacones presentadas, será adoptada por el Drector General Medo Ambente. Artículo 12.- Justfcacón. 1.- La justfcacón la subvencón se hará conforme a la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra y el artículo 72 l Real Decreto 887/2006, 21 julo, por el que se aprueba el Reglamento la Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones. Pág /15

9 BOLETÍN OFICIAL DE 2.- La justfcacón se referrá al mporte total l proyecto subvenconado, no pudendo lmtarse a la cuantía la subvencón solctada, n al mporte la subvencón concedda. Cuando las actvdas sean fnancadas amás con la subvencón, con fondos propos u otras subvencones o recursos, berá acredtarse en la justfcacón el mporte, procenca y aplcacón tales fondos a las actvdas subvenconadas. 3.- Las justfcacones se establecen como sgue: Fase 1: El prmer 75% l mporte total la actuacón se justfcará en el plazo máxmo un mes una vez fnalzado el plazo ejecucón la Fase 1 prevsto en el artículo Fase 2: El 25% la actuacón restante se justfcará en el plazo un mes s la fnalzacón l plazo ejecucón la Fase 2 prevsto en el artículo La justfcacón las subvencones se realzará presentando ante la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, los sguentes documentos: a) Una memora actuacón justfcatva las actvdas realzadas y los resultados obtendos, en la que se scrba la ncnca ambental y repercusón socal los proyectos fnancados. b) Certfcacón l Presnte/Secretaro General la organzacón que ncluya una relacón clasfcada los gastos la actvdad, ndcando: procenca los fondos empleados (Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo; fondos propos; otros ngresos o subvencones otorgadas a la entdad), concepto l gasto, nombre y NIF l proveedor o l perceptor en caso gasto laboral, número factura, fecha emsón la factura o documento representatvo l gasto laboral, fecha pago, mporte, así como su mputacón a la subvencón. (Anexo IV). S aparecen costes generales ndrectos ncorporados en la relacón, se berán ndcar los crteros reparto. c) Se presentará la justfcacón documental los gastos, medante la entrega facturas orgnales o documentos valor probatoro equvalente en el tráfco jurídco mercantl o con efcaca admnstratva con el fn realzar en ellos la dlgenca que haga constar la vnculacón a la subvencón concedda. Deberán acompañarse los correspondentes documentos acredtatvos pago. Los documentos orgnales presentados serán valdados y estampllados con objeto posbltar el control la concurrenca subvencones, procedéndose spués a la volucón los orgnales a los benefcaros. En el caso mputar a esta subvencón gastos correspondentes a nómnas, se berá presentar orgnal estas nómnas, justfcantes bancaros su abono (transferenca bancara a favor cada una las personas trabajadoras) y l ngreso las retencones practcadas a los msmos en la Agenca Estatal la Admnstracón Trbutara (molo 111). En el caso mputar gastos seguros socales trabajadores la entdad, se berá aportar orgnal los boletnes cotzacón a la Segurdad Socal y justfcantes su abono. En el caso que los gastos mputados a la subvencón estén sujetos a IRPF, los benefcaros berán presentar el recbo orgnal, bdamente frmado por el perceptor, y en el que berá constar su nombre y apelldos, NIF, retencón IRPF correspondente, así como documento acredtatvo haber efectuado el ngreso l ctado mpuesto en la Agenca Trbutara. d) De conformdad con lo prevsto en el artículo 31.3 la Ley 38/2003, Ley 38/2003, 17 novembre, General Subvencones, cuando el coste la actuacón subvenconada supere las cuantías establecdas en el Texto Refunddo la Ley Contratos l Sector públco para el contrato menor, se aportará memora l representante la entdad en el que berán nclurse al menos tres ofertas dferentes proveedores, con carácter prevo a la contraccón l compromso para la obra, la prestacón l servco o la entrega l ben, ndcando cuál es la oferta elegda y justfcando la eleccón cuando no recaga en la propuesta económca más ventajosa; salvo que por sus especales característcas no exsta en el mercado sufcente número entdas que los realcen, presten o sumnstren, o salvo que el gasto se hubere realzado con anterordad a la subvencón. Pág /15

10 BOLETÍN OFICIAL DE e) Carta pago en el supuesto volucón remanentes no utlzados la ayuda. La documentacón berá aportarse en ambas fases, en su parte proporconal correspondente. 4.- Asmsmo la Dreccón General Medo Ambente podrá requerr al benefcaro la documentacón que estme oportuna, con el fn aclarar la justfcacón presentada. Artículo 13.- Prórroga los plazos ejecucón y justfcacón. 1.- Cuando los benefcaros no puedan cumplr los plazos ejecucón establecdos en el artículo 11.2 o los plazos justfcacón establecdos en el artículo 12.3 podrán solctar a la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo la prórroga, bdamente motvada, tenendo en cuenta que el plazo fnal para la ejecucón las actvdas subvenconadas sólo podrá amplarse en caso mostrar por parte l benefcaro que la mora en la ejecucón la actvdad se be a causas no mputables a él msmo. 2.- El Consejero Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, podrá acordar, forma motvada, y ntro los límtes l artículo 49 la Ley 30/1992, 26 novembre, la amplacón los plazos ejecucón la actuacón y los plazos presentacón la documentacón justfcatva Artículo 14.- Causas revocacón y rentegro. 1.- Procerá la revocacón la subvencón y, en su caso, el rentegro las cantdas percbdas, con la exgenca l nterés mora correspondente, s el momento l pago la subvencón hasta la fecha en que se rentegren voluntaramente los fondos percbdos o se acuer por la Admnstracón la procenca l rentegro, en los casos prevstos en el artículo 38 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 2.- Cuando el cumplmento por el benefcaro se aproxme modo sgnfcatvo al cumplmento total y se acredte por éste una actuacón nequívocamente tennte a la realzacón la actvdad subvenconada y al cumplmento los fnes que termnaron el otorgamento la subvencón, la cantdad a rentegrar vendrá termnada por los sguentes crteros: * El ncumplmento parcal los fnes para los que se presentó la solctud: 10% *: Incumplmento parcal las oblgacones correspondentes a la adopcón meddas dfusón l carácter publco las ayudas: 5%. 3.- Cuando el cumplmento por el benefcaro no se aproxme modo sgnfcatvo al cumplmento total procerá el rentegro parcal la subvencón. En tal supuesto, por la Admnstracón concente berá ser termnado el porcentaje ncumplmento la actvdad, bendo ser exgdo l benefcaro el rentegro l mporte que resulte la aplcacón dcho porcentaje a la subvencón ncalmente concedda. 4.- El procedmento rentegro se ncará por resolucón l Drector General Medo Ambente correspondendo la tramtacón dcho procedmento a dcha Dreccón General. 5.- La resolucón dcho procedmento rentegro corresponrá al órgano concente la subvencón. Artículo 15.- Régmen sanconador. 1.- A la presente Orn resultará aplcacón el régmen nfraccones y sancones establecdo en el Título IV la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. 2.- El eventual procedmento a segur caso consrarse la exstenca nfraccón se ajustará a las garantías establecdas en el Real Decreto 1398/1993, 4 agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercco la potestad sanconadora. 3.- El procedmento sanconador se ncará por resolucón l Drector General Medo Ambente, correspondendo la nstruccón dcho procedmento a dcha Dreccón General. Pág /15

11 BOLETÍN OFICIAL DE 4.- La resolucón dcho procedmento sanconador corresponrá al Consejero competente conformdad con el artículo 70 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. DISPOSICIÓN ADICIONAL En lo no prevsto en la presente Orn, regrá lo dspuesto en la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra, el Real Decreto 887/2006, 21 julo, por el que se aprueba el Reglamento la Ley 38/2003, General Subvencones, la Ley Presupuestos Generales la Comundad Autónoma Cantabra para el año 2013, y más normatva autonómca aplcable, sn perjuco la aplcacón supletora la normatva estatal reguladora la matera. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orn entrará en vgor al día sguente su publcacón en el Boletín Ofcal Cantabra. Santanr, 20 septembre El consejero Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, Francsco Javer Fernánz González. Pág /15

12 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO ANEXO I/Orn MED/12/ 2013 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DESTINADA A FOMENTAR ACTUACIONES DE DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL ÁMBITO INDUSTRIAL QUE VAYAN A SER DESARROLLADAS POR ENTIDADES REPRESENTATIVAS DE LAS EMPRESAS Y TRABAJADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE. 1.- DATOS DE LA ORGANIZACIÓN SOLICITANTE: Nombre l Representante: Nombre la Entdad: Domclo: Localdad: Teléfono/Fax/ D.N.I.: C.I.F.: C.P. Emal: 2.- DATOS DEL PROYECTO: 2.1- Denomnacón l Proyecto: 2.2- Coste l Proyecto sn IVA: 2.3- IVA: 2.4- Coste total l proyecto* (IVA INCLUIDO): SOLICITA le sea concedda una subvencón por mporte (máxmo ,00 ). (Úncamente se procerá a subvenconar el IVA cuando se clare la no ducbldad en el sguente apartado.) 3.- DECLARACIÓN DE DEDUCIBILIDAD DEL IVA D./ Dña.representante la entdad, en relacón con la presente solctud subvencón CERTIFICA: (marcar con una X la opcón que proceda) Que en esta entdad NO ES DEDUCIBLE la cuota l IVA en la actvdad objeto la presente subvencón. Que en esta entdad SI ES DEDUCIBLE la cuota l IVA en la actvdad objeto la presente subvencón. 4.- SE APORTA LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: Proyecto actvdas a realzar. Anexo II Anexo III. Documentacón acredtatva la representacón que ostenta la persona que formula la solctud. Copa l códgo ntfcacón fscal la entdad solctante. S la entdad se encuentra nscrta en un regstro públco estatal, se adjuntara a la presente solctud copa l certfcado nscrpcón y los estatutos. Otros (en su caso): En., a El representante la entdad (Presnte/Secretaro General) Fdo * La persona frmante la presente claracón se hace responsable la veracdad su contendo. * Cuando exsta dscrepanca entre la cuantía reflejada en este anexo y la que aparece en el presupuesto la memora scrptva, se tomará como válda ésta últma. EXCMO. SR. CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO Pág /15

13 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO ANEXO II/Orn MED/12/2013 DECLARACIÓN RESPONSABLE El abajo frmante, Don. con NIF número.. como representante la entdad..... con CIF.., DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que la menconada entdad: (Marcar con una X la opcón que proceda) No tene pendente cumplmento nnguna sancón admnstratva frme en matera medo ambente. No ncurre en nnguna las crcunstancas prevstas en los artículos 12.2, letras a), b), c), d), f), g) y h) y 12.3 la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo Subvencones Cantabra. Tene una representacón permanente en la Comundad Autónoma Cantabra acuerdo con los requstos establecdos en el artículo 3.2 la presente Orn convocatora, radcando en la sguente dreccón:.. Es ttular la cuenta bancara que a contnuacón se específca, en la cual se sea se abone en su caso la subvencón concedda: CÓDIGO ENTIDAD DE CÓDIGO SUCURSAL DE D.C. NUMERO DE CUENTA Cofnancacón l Coste Total l Proyecto: (Marcar con una X la opcón que proceda en el caso exstr cofnancacón para el proyecto) El coste total l proyecto se fnancará con la subvencón la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, y amás: la entdad aportará los sguentes fondos propos : (cuantía en Euros) la entdad aportará para este proyecto las subvencones, ayudas, ngresos o recursos, que ha solctado y/o recbdo, que se tallan a contnuacón: Organsmo Fecha solctud Euros solctados Fecha aprobacón Euros recbdos En.., a Fdo. (Presnte/Secretaro General) * La persona frmante la presente claracón se hace responsable la veracdad su contendo. EXCMO. SR. CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO DEL GOBIERNO DE. Pág /15

14 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO ANEXO III /Orn MED/12/2013 CONSENTIMIENTO EXPRESO El abajo frmante, Don. con NIF número.. como representante la entdad..... con CIF, DECLARO: (Marcar con una X la opcón que proceda) Que autorzo a la Dreccón General Medo Ambente para comprobar m ntdad medante el acceso al Sstema Estatal Verfcacón Datos Intdad. Que no autorzo a la Dreccón General Medo Ambente para comprobar m ntdad medante el acceso al Sstema Estatal Verfcacón Datos Intdad, adjuntando a la presente solctud copa m Documento Naconal Intdad. (Marcar con una X la opcón que proceda) (Sólo para el supuesto que la entdad realce su actvdad exclusvamente ntro l ámbto la Comundad Autónoma Cantabra, estando por lo tanto nscrta en un regstro públco autonómco cántabro) Que autorzo a la Dreccón General Medo Ambente para comprobar ofco la nscrpcón la entdad solctante en el regstro públco autonómco correspondente y solctar una copa los Estatutos la entdad. Que no autorzo a la Dreccón General Medo Ambente para comprobar ofco la nscrpcón la entdad solctante en el regstro públco autonómco correspondente, adjuntando a la presente solctud copa la nscrpcón y copa sus Estatutos. (Marcar con una X la opcón que proceda) Que autorzo a la Dreccón General Medo Ambente para recabar los certfcados a emtr por la Agenca Estatal la Admnstracón Trbutara, por la Hacenda la Comundad Autónoma Cantabra y por la Tesorería General la Segurdad Socal acuerdo con lo dspuesto en el art la Ley Cantabra 10/2006, 17 julo, Subvencones Cantabra. Que no autorzo a la Dreccón General Medo Ambente para recabar los referdos certfcados, adjuntándose a la presente solctud los sguentes certfcados: Y para que conste suscrbo la presente, en... a Fdo.:... * La persona frmante la presente claracón se hace responsable la veracdad su contendo. EXCMO. SR. CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO DEL GOBIERNO DE. Pág /15

15 BOLETÍN OFICIAL DE GOBIERNO CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y URBANISMO ANEXO IV/Orn MED/12/2013 D/Dña con NIF..., en su caldad representante la entdad....con CIF número.. CERTIFICA: Que las facturas que se relaconan a contnuacón corresponn a gastos relaconados con el objeto la subvencón concedda para la fnancacón actuacones stnadas a fomentar el sarrollo sostenble en el ámbto ndustral, subvenconado por la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, al amparo la Orn MED 12/2013. (La justfcacón se referrá al total la actuacón, y no a la cuantía solctada n a la concedda.) PROCEDENCIA DE LOS FONDOS EMPLEADOS CONCEPTO DEL GASTO NOMBRE Y N.I.F. DEL PROVEEDOR/PERCEPTOR Nº FACTURA FECHA FACTURA FECHA DE PAGO IMPORTE IMPUTACIÓN A SUBVENCIÓN IMPORTE TOTAL Para que conste y srva justfcacón ante la Consejería Medo Ambente, Ornacón l Terrtoro y Urbansmo, suscrbo la presente, en... a Fdo.:... * La persona frmante la presente certfcado se hace responsable la veracdad su contendo. DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE 2013/14263 Pág /15

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