Política de Capacitación del Personal CDECSIC

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1 Política de Capacitación del Personal CDECSIC 04 de febrero de 2015

2 ÍNDICE 1. PROPÓSITO ALCANCE VIGENCIA TERMINOLOGÍA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL...4 Política de Capacitación del Personal 2

3 1. Propósito Una de las preocupaciones fundamentales del CDEC SIC es promover el desarrollo de sus Recursos Humanos. En este sentido, la política de capacitación tiene por objetivo proveer al trabajador de las competencias necesarias para desarrollar su trabajo en las mejores condiciones. Esta permite actualizar sus conocimientos profesionales, mejorar su productividad, y contribuir a su desarrollo y satisfacción personal, posibilitando el acceso a nuevas oportunidades y desafíos en la medida en que el organismo lo requiere. 2. Alcance Esta política rige para todos los trabajadores del CDEC SIC que realicen cursos de capacitación gestionados y financiados total o parcialmente por el organismo. La Dirección de Administración y Presupuesto (DAP) deberá realizar anualmente un levantamiento de las necesidades de Capacitación de cada área a través del Sistema de Gestión del Desempeño. Adicionalmente, resolverá aquellas iniciativas extraordinarias de capacitación que sean solicitadas por los Directores Técnicos. Cualquier elemento no contenido en la presente política quedará sujeto a la definición por parte de la DAP, con consulta al Directorio si fuera materia de competencia de éste último. 3. Vigencia Esta Política tiene vigencia a partir del 04 de febrero de Todas las modificaciones que sean efectuadas a esta Política deberán constar por escrito y entrarán en vigencia una vez aprobadas por el Directorio. Estas regirán en tanto no se emita y apruebe una nueva Política y/o sus respectivas modificaciones. 4. Terminología Para todos los efectos de esta Política se entenderá por: Franquicia Tributaria: Es un incentivo tributario otorgado por el Fisco para promover el desarrollo de programas de capacitación al interior de las organizaciones. OTIC: Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación. OTEC: Organismos Técnicos Capacitadores, autorizados y evaluados por SENCE. Talentos: Miembros de la organización que demuestran la capacidad de asumir más responsabilidades y desarrollarse más en la organización; personas identificadas por las Direcciones Política de Capacitación del Personal 3

4 Técnicas como de alto potencial o preparadas para asumir mayores desafíos obteniendo resultados exitosos para sí y para la organización. 5. Capacitación del Personal 5.1 Visión del CDEC SIC sobre la Capacitación El CDEC SIC como organismo de excelencia técnica debe contar con actividades de capacitación permanente que mantengan a su personal actualizado en las competencias que requieran para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades. Dichas capacitaciones serán un medio para asegurar un estándar de desempeño óptimo en la realización de sus funciones, con miras a consolidarse y mantenerse como un organismo de reconocimiento nacional y regional en constante desarrollo y mejora continua. Para cumplir con esto, el CDEC SIC llevará a cabo anualmente un programa de capacitación técnica y de competencias conductuales para su personal que considerará actividades de: Cursos Seminarios Talleres Diplomados Pasantías Coaching Otras Todas estas opciones serán analizadas, evaluadas y definidas para cada requerimiento según el tipo de competencia que se busque desarrollar en los equipos con el asesoramiento oportuno de la DAP, siempre en atención a las necesidades y funciones del cargo. 5.2 Detección de Necesidades de Capacitación (DNC) Para la Detección de Necesidades de Capacitación del personal se contará con un proceso general, el cual será definido y coordinado por la DAP y abarcará a toda la organización. El proceso de DNC se realizará una vez al año en las fechas que establezca la DAP posterior al proceso de Evaluación de Desempeño, el cual será considerado como una de las principales fuentes de información para proponer y definir acciones de capacitación técnica y conductual para el personal. Otros criterios que se considerarán válidos al momento de definir el plan de capacitación individual podrán ser: Política de Capacitación del Personal 4

5 Personas incluidas en el programa de gestión de talentos. Personas que se encuentren en un programa de sucesión o plan de carrera. Programas de retención e incentivos específicos. Será responsabilidad de cada Dirección Técnica el proponer acciones de capacitación para sus equipos velando por su pertinencia y aporte a las funciones del CDEC SIC. Estas propuestas deberán ser validadas por cada Director Técnico y serán evaluadas por la DAP, quien aprobará y coordinará la gestión oportuna para cada una de las acciones a implementar. La documentación detallada del Modelo de Detección de Necesidades de Capacitación será responsabilidad de la DAP, que la formalizará mediante la construcción de un documento que formalice el modelo, incluyendo las herramientas, criterios, plazos, alcances y formatos del mismo. 5.3 Gestión de Talentos Una vez al año, cuando se justifique, y posteriormente a la evaluación de desempeño, cada Director Técnico presentará a la DAP un listado de personas, acompañado de evidencias de desempeño, que debido a sus competencias debieran ser consideradas como Talentos para el organismo. Será responsabilidad de la DAP validar a los candidatos propuestos, y en conjunto con la Dirección Técnica a la que pertenezcan, diseñar acciones específicas para cada uno en base a su perfil, intereses y las necesidades del organismo. El registro de talentos será administrado y de responsabilidad de la DAP, y en general será administrado en forma confidencial. 5.4 De la Capacitación en Idiomas Se favorecerá la capacitación en inglés para los trabajadores que lo requieran en función de los requisitos de idioma documentados en la descripción de su cargo. No obstante, el dominio del idioma inglés será obligatorio para todo trabajador que se integre desde fuera del CDEC SIC a un cargo que así lo requiera. 5.5 Estudios de Postgrado El CDEC SIC en su búsqueda de excelencia técnica y profesional, considerará en sus programas de sucesión y desarrollo de talentos, las alternativas de estudio de postgrado que ofrecen las universidades nacionales, atendiendo a las necesidades propias de las funciones del trabajador y las necesidades del organismo. Política de Capacitación del Personal 5

6 Las necesidades de estudios de Postgrado deberán ser aprobadas conjuntamente por la Dirección Técnica y la DAP, considerando los antecedentes y justificaciones de cada Dirección Técnica proponente y los recursos disponibles, incluyendo eventuales costos de reemplazo temporal del estudiante. Estos estudios se realizarán bajo un modelo de financiamiento compartido correspondiente a un 75% de cargo del organismo y un 25% de cargo del trabajador. El trabajador adquirirá el compromiso de asistencia y aprobación del programa de postgrado y de permanencia en el CDEC SIC por un período equivalente a la duración de sus estudios una vez titulado. En caso de no cumplir los compromisos de asistencia, aprobación y permanencia, el costo integral del programa será de cargo del trabajador. 5.6 Utilización de Franquicia Tributaria para el Financiamiento de los Cursos de Capacitación Como medida de eficiencia, cada vez que sea apropiado y conveniente a las necesidades del organismo, se procurará ocupar el 1% de las remuneraciones imponibles totales a través del uso de la franquicia tributaria sobre la renta afecta. Para estos efectos el CDEC SIC se relacionará con el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) a través de un organismo intermediario (OTIC), y anualmente le entregará a dicho organismo un monto de hasta el 1% de las remuneraciones imponibles de sus trabajadores. Política de Capacitación del Personal 6

7 Versión Estado Elaborador Revisor Aprobador 01 Aprobado JC. Olmedo, J. Peralta DAP Directorio Política de Capacitación del Personal 7

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