Programa Nacional Verificación de la calidad de los plaguicidas químicos de uso agrícola
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- Francisco José Castellanos Castillo
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1 Programa Nacional Verificación de la calidad de los plaguicidas químicos de uso agrícola I. JUSTIFICACIÓN.- Dentro del proceso de comercialización, los plaguicidas están expuestos a cambios de temperatura, malas condiciones de almacenamiento y otros factores que pueden afectar su calidad. Todo cambio en el producto puede originar riesgos a la salud, medio ambiente o alterar su eficacia. Por tal razón, es importante vigilar regularmente la calidad de los plaguicidas formulados existentes en el mercado, para brindar la seguridad de que estos productos servirán para los fines a que se destinan, orientando el uso a través de las indicaciones en la etiqueta, así como detectar problemas por adulteraciones de plaguicidas existentes en el mercado. El Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola aprobado mediante DS AG mediante el artículo 39 establece que Los titulares de registro de plaguicidas químicos de uso agrícola están obligados a: - Realizar los análisis para el control interno de la calidad de sus productos,de conformidad con las especificaciones técnicas declaradas, las disposiciones del presente Reglamento y las normas que se expidan para el caso. - Brindar las facilidades del caso a los funcionarios del SENASA o entes acreditados con funciones de supervisión o inspección, a fin de que realicen su labor y la toma de muestras de plaguicidas para la verificación oficial de las especificaciones técnicas. Del mismo modo, deberán reponer en los establecimientos o almacenes, los productos cuyos envases o empaques hayan sido extraídos o abiertos para tal fin por los funcionarios del SENASA. Del mismo modo, el DS AG mediante el Artículo 6º, establece como una actividad post registro la Vigilancia de la calidad de los plaguicidas químicos de uso agrícola, la cual se ejecutara con el Programa Nacional de Verificación de la calidad de los Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola..
2 Finalmente, el Perú ha suscrito el contrato de préstamo No. 2045/OC-PE con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la ejecución del Programa Desarrollo de la Sanidad Agraria e Inocuidad Agro-Alimentaria, con el objetivo de incrementar los niveles y la protección de la sanidad agraria, inocuidad agroalimentaria y de los sistemas de provisión de insumos agrarios. Dentro de la estructura del referido Programa se considera el proyecto Fortalecimiento del Sistema Post registro de Plaguicidas Químicos de uso Agrícola así como el componente: Verificación de la Calidad Sanitaria de los plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, motivos por los cuales se hace necesario continuar con la ejecución del Programa Nacional de verificación de la calidad de plaguicidas químicos de uso agrícola en el presente año I. OBJETIVO Verificar la Calidad Sanitaria de los Plaguicidas Químicos Uso Agrícola, teniendo en cuenta las especificaciones establecidas por FAO / OMS, de no existir estas especificaciones, se utilizará los métodos establecidos en las Normas Técnicas Peruanas - NTP o en su defecto la información técnica del fabricante o formulador del producto y que fue proporcionado por el importador o Titular de Registro al momento de registrar el plaguicida. II. BASE LEGAL. Decisión 436 y modificatorias, Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola. Decisión 767, modificaciones de la Decisión 436 Resolución 630, Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso agrícola. D.S. Nº AG, Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola y sus modificatorias. D.L Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria. D.S. Nº AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria. D.S Nº AG. Reglamento para reforzar las acciones de control post registro de plaguicidas químicos de uso agrícola. Manual sobre elaboración y empleo de las especificaciones de la FAO y de la OMS para plaguicidas.
3 Metodologías CIPAC/AOAC. Código Internacional de Conducta de la FAO. Normas Técnicas Peruanas (NTP). Manual Técnico de Toma y Envío de Muestras para Control de la Calidad de Plaguicidas Formulados PRO-UCCIRT / FOR 01 SENASA III. ALCANCE.- El ámbito de ejecución del Programa Nacional de verificación de la calidad sanitaria de los plaguicidas 2013 comprende la toma de muestras en: Los almacenes de los Titulares de registro y en los establecimientos comerciales de plaguicidas registrados ante el SENASA en 12 regiones del país. IV. PERIODO DE EJECUCIÓN.- El Programa Nacional de verificación de la calidad sanitaria de los plaguicidas químicos de uso agrícola correspondiente al año 2013, se efectuará desde el mes de agosto 2013 hasta el mes de diciembre del 2013 V. DESARROLLO DEL PROGRAMA NACIONAL.- 1. Ingredientes Activos a muestrear. N INGREDIENTES ACTIVOS A MUESTREAR 1 2,4 D 2 AZOXISTROBIN 3 BUTHACLOR 4 CARBENDAZIM 5 CARBOFURAN 6 CHLORPYRIFOS 7 CHLOROTALONIL
4 8 IMIDACLOPRID 9 DIFECONAZOLE 10 LUFENURON 11 FIPRONIL 12 IPRODIONE 13 PENDIMETHALIN 14 OXAMYL 2. Formulaciones registradas por ingrediente activo N PLAGUICIDAS FORMULADOS POR INGREDIENTE ACTIVO Ingrediente Activo Formulaciones 1 2,4 D 27 2 AZOXISTROBIN 17 3 BUTHACLOR 19 4 CARBENDAZIM 18 5 CARBOFURAN 23 6 CHLORPYRIFOS 56 7 CHLOROTALONIL 20 8 IMIDACLOPRID 65 9 DIFECONAZOLE LUFENURON FIPRONIL IPRODIONE PENDIMETHALIN OXAMYL 14 Total 348
5 3. Lugares a muestrear: Almacenes de Titulares de registro N Región donde se hará el muestreo Almacenes de titulares 1 Lima 130 TOTAL Lugares a muestrear: Establecimientos Comerciales N Regiones donde se hará el muestreo Nº de Establecimientos Comerciales de PQUA registrados 1 JUNIN HUANUCO CAJAMARCA AYACUCHO ANCASH AREQUIPA PIURA LAMBAYEQUE CUSCO ICA LA LIBERTAD 235 TOTAL 2,623
6 5. Metodología de Muestreo: El método de muestreo está basado en el procedimiento PRO-SIA /FOR-01 Toma y Envío de Muestras Para el Control de Calidad de Plaguicidas Formulados de la Sub Dirección de Insumos Agrícolas del SENASA 6. Número de muestras por lugares. Lugares a muestrear Establecimientos Comerciales de PQUA registrados Número de muestras a tomar 348 Almacenes de Titulares de registro 348 Total Laboratorio de Referencia para análisis de las muestras: El laboratorio donde se realizarán los análisis a las muestras es en la Oficina de los Centros de Diagnóstico y Producción del SENASA a través de la Unidad del Centro de Control de Insumos y Residuos Tóxicos (UCCIRT) del SENASA. 8. Diseño del Programa Nacional: En función de la capacidad operativa, capacidad efectiva de toma de muestras, capacidad analítica y diagnóstica del laboratorio del SENASA, se estableció el número de muestras totales a ser tomadas en las 12 regiones al correspondiente Programa Nacional de verificación Exigencias : Los titulares de registro de plaguicidas químicos de uso agrícola tendrán la responsabilidad de cumplir con las exigencias que determine el SENASA en el marco de este Programa, en ese sentido el titular del registro asumirá el costo que demande el análisis de sus muestras en el laboratorio de la UCCIRT del SENASA.
7 VI. PROCEDIMIENTO DE DIRIMENCIA Los resultados de análisis emitidos por la UCCIRT del SENASA, pueden determinar muestras no conformes de plaguicidas, por encontrarse fuera de especificación respecto a los siguientes fundamentos: Concentración de Ingrediente Activo en el producto formulado. Presencia de niveles de impureza de importancia toxicológica (Sulfotep en el ingrediente activo: Chlorpirifos). De acuerdo al Programa Nacional de Verificación de la Calidad Sanitaria de los PQUA, las empresas cuyos productos se encuentren fuera de especificación técnica establecida por FAO o fuera de las especificaciones declaradas en su registro, están en la facultad de solicitar un proceso de dirimencia. Los productos que se usarán para la dirimencia son aquellos que quedaron inmovilizados en el establecimiento comercial de cada Dirección Ejecutiva del SENASA, o en los almacenes de los titulares de registro. Para ello, el titular de registro comunicará a la Dirección Ejecutiva del SENASA regional, el lugar donde se encuentren las muestras para realizar la toma de la contra muestra, tomando las siguientes consideraciones: Si la muestra inmovilizada presenta signos de manipulación del empaque sellado, esta no será considerada para la dirimencia. Si el empaque de la muestra está intacta se verificará el Nº de lote, el cual debe de coincidir con la muestra analizada en el laboratorio, si los lotes no coinciden, la contra muestra no será considerada para la dirimecia. En caso que sucediera cualquiera de las eventualidades anteriormente descritas, se procederá a ubicar otro producto con el mismo lote, ya sea en el establecimiento comercial o en otros cercanos. Una vez ubicado el producto con el mismo lote se procederá a iniciar un nuevo proceso de toma de muestra, siguiendo el procedimiento descrito en el manual técnico.
8 Si la contra muestra está apta para ser enviada al laboratorio, el especialista del SENASA deberá levantar el acta de TOMA DE MUESTRA DE PLAGUICIDAS QUIMICOS DE USO AGRICOLA PARA DIRIMENCIA en la cual indicará al laboratorio al cual será enviada la contra muestra. Para ello, el titular de registro deberá elegir el laboratorio donde se remitirá la contra muestra. Dicho laboratorio deberá contar con metodologías aprobadas por NTP o CIPAC/AOC. La muestra tomada deberá de ser embalada de acuerdo a lo establecido en el manual técnico, previo llenado de la cadena de custodia, y enviada al laboratorio elegido. Todos los gastos que genere el envío de la contra muestra será asumida por el titular de registro. El área responsable de la toma de muestra deberá de comunicar a la Sub Dirección de Insumos Agrícolas el envío de la contra muestra con la finalidad de estar presente en la apertura del empaque del envió cuando llegue al laboratorio seleccionado. VII. ETIQUETAS En los casos comprobados de productos comercializados con etiquetas que no se ajusten a lo aprobado, en su totalidad o parcialmente, se notificará al titular de los lotes implicados, iniciándose el procedimiento sancionador de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 235º del la Ley del Procedimiento Administrativo General, al incurrir en la infracción administrativa contemplada en el artículo 56 del Reglamento para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola, aprobado por Decreto Supremo AG. VIII. INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 39º D.S AG Los titulares de registro de plaguicidas químicos de uso agrícola están obligados a: Brindar las facilidades del caso a los funcionarios del SENASA o entes acreditados con funciones de supervisión o inspección, a fin de que realicen su labor y la toma de muestras de plaguicidas para la verificación oficial de las especificaciones técnicas. Del mismo modo, deberán reponer en los establecimientos o almacenes, los productos cuyos envases o empaques hayan sido extraídos o abiertos para tal fin por los funcionarios del SENASA.
9 El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones dará lugar a una multa equivalente a cinco (05) UIT vigente. La reincidencia en cualquiera de las faltas se sancionará con la cancelación de su registro y consecuentemente con la cancelación de los registros de sus productos. Articulo 56 DS AG h)por incumplimiento de las exigencias que determine el SENASA en el marco del Programa Nacional de Vigilancia de la Calidad de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con multa de dos (2) UIT. i)como consecuencia del Programa Nacional de Vigilancia de la Calidad de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, en los casos comprobados de un producto fuera de especificaciones técnicas de la FAO o en las especificaciones técnicas aprobadas en sus registros, se sancionará con multa de cinco (5) UIT, complementariamente se notificará al titular del registro el recojo a nivel nacional de los lotes implicados en el análisis en un tiempo no mayor de 45 días, pasado ese plazo, su incumplimiento se aplicará una multa de cinco (5) UIT. La Molina 31 de julio del 2013
10 TOMA DE MUESTRAS PLAGUICIDAS 2013 MES ANÁLISIS AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE Dirección Ejecutiva JUNIN HUANUCO CAJAMARCA AYACUCHO ANCASH AREQUIPA PIURA LAMB CUSCO ICA LA LIB TOTAL Nº Establecimientos Nº Almacen titular LIMA 2,4-D AZOXYSTROB IN BUTACHLOR CARB ENDAZIM CARB OFURAN CHLOROTHALONIL CHLORPYRIFOS DIFENOCONAZOLE FIPRONIL IMIDACLOPRID IPRODIONE NOVIEMBRE LUFENURON OXAMYL PENDIMETHALIN TOTAL MUESTRAS
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