INSTRUCTIVO OPERATIVO - REVISIÓN POSTULACIONES BECA POR SOLIDARIDAD

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1 INSTRUCTIVO OPERATIVO - REVISIÓN POSTULACIONES BECA POR SOLIDARIDAD 1. Introducción El Programa de Becas Nacionales - Subprograma Nacional Tercer Nivel, mantiene dentro de la oferta de becas vigentes al componente de beca por Solidaridad, el cual procura beneficiar a todos/as aquellos/as ecuatorianos/as que hayan sido afectados/as por casos fortuitos o de fuerza mayor, convulsiones sociales, económicas, políticas, desastres naturales o antropogénicos, enfermedades catastróficas, del/a solicitante o de sus familiares en primer grado de consanguinidad y primero de afinidad; siempre que residan dentro del mismo núcleo familiar, los cuales deberán estar debidamente justificados; que cuentan con un cupo de estudios en una Institución de Educación Superior (IES) pública o particular del país, para cursar sus estudios de tercer nivel, técnico o tecnológico superior, en modalidad presencial. 2. Condiciones a tomar en cuenta para revisión de postulaciones Los documentos para acreditar condiciones de vulnerabilidad causadas por casos fortuitos o de fuerza mayor, convulsiones sociales, económicas, políticas, desastres naturales o antropogénicos, enfermedades catastróficas, del/a solicitante o de sus familiares en primer grado de consanguinidad y primero de afinidad, serán emitidos por diferentes instituciones públicas, por lo cual se debe tomar en cuenta la institución que tendrá la facultad para emitir esta documentación. Ministerio del Interior, Policía Nacional, Fiscalía General del Estado: Emisión de certificados sobre Convulsiones sociales y Políticas. Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria: Certificados de Convulsión económica. Secretaría de Gestión de Riesgos, Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y Ministerio de Ambiente: Emisión de certificados sobre desastres naturales o antropogénicos. Centros de Salud o Puntos de atención Médica del Ministerio de Salud Pública: Emisión de certificado sobre enfermedades catastróficas. Convulsiones sociales, económicas, políticas Los documentos mínimos emitidos para certificar alguna de estas condiciones, deberán dar cumplimiento satisfactorio a los siguientes puntos: a) Documentación de sustento Informes de instituciones públicas donde se dé a conocer los nombres de los afectados, número de cédula y fecha del hecho.

2 Informes policiales donde se dé a conocer los nombres de los afectados, número de cédula y fecha del hecho. Notas de prensa donde se dé a conocer los nombres de los afectados, número de cédula y fecha del hecho. Enfermedades Catastróficas Para respaldar esta condición se deberán solicitar dos (2) Certificados médicos emitidos por centros de salud pública o dependencias del Ministerio de Salud pública (MSP), donde se certifique el diagnóstico de la enfermedad catastrófica, el tratamiento y la fecha desde la cual padece de la enfermedad. El certificado deberá ser validado con el listado de enfermedades catastróficas del MSP (Anexo 2). Desastres naturales o antropogénicos Los documentos mínimos emitidos para certificar alguna de estas condiciones, deberán dar cumplimiento satisfactorio a los siguientes puntos: a) Documentación de sustento Declaratoria de zona de emergencia del lugar de residencia (validación con información de la planilla de servicios básicos del lugar de residencia), que incluya los nombres de los afectados, número de cédula y fecha del hecho. Declaratoria de daños ambientales y/o desastres naturales, del lugar de residencia (validación con información de la planilla de servicios básicos del lugar de residencia), que incluya los nombres de los afectados, número de cédula y fecha del hecho. Notas de prensa donde se dé a conocer que su sector de residencia ha sido afectado (validación con información de la planilla de servicios básicos del lugar de residencia), que incluya los nombres de los afectados, número de cédula y fecha del hecho. Si cuenta con uno de los documentos mencionados se podrá dar paso con el registro de la postulación. 3. Elaboración de Informe técnico Tomando en cuenta que el financiamiento de la beca plantea la aplicación de la retroactividad del beneficio partiendo desde la fecha en la que se suscitó el hecho que afectó al postulante, el analista deberá seguir los siguientes pasos para la elaboración del informe técnico: Fecha desde que se diagnostica la enfermedad catastrófica o fecha en la que se suscitó el hecho que afectó al postulante. Fecha de inicio y fin de estudios. Promedio de notas acumulado obtenido en los periodos cursados. Fechas de inicio y fin de los semestres o periodos académicos cursados. Semestre o periodo académico en el que se encuentra.

3 Con esta información se determinará: Semestre o periodo académico desde el cual partirá el financiamiento, para la determinación de esta información se deberá verificar la fecha desde la que se presenta el hecho y las fechas de inicio y fin de los periodos de estudios cursados. Sólo se podrá aplicar la retroactividad del financiamiento si el postulante estuvo cursando estudios de tercer nivel, en modalidad presencial, durante el periodo señalado. Presentación de la información (Actualización de modelo de informe técnico Anexo 1): El modelo del informe técnico será el mismo que se ha venido aplicando para el Programa de Becas nacionales Subprograma Nacional Tercer Nivel. Dentro de los antecedentes, se deberá detallar claramente la información sobre la vulnerabilidad/hecho que se está considerando para el ingreso de la postulación y se deberá indicar el extracto de información que reposa en los documentos de respaldo entregados por el postulante para el análisis del caso. Como parte de los antecedentes se deberá incluir el anexo de cálculo de financiamiento, en el que se detalle la información de los periodos de estudios que serán considerados para aplicar la retroactividad del financiamiento y se deberá definir el monto de beca a adjudicarse, por los periodos de estudio ya cursados. En el encabezado del informe se deberá detallar monto de financiamiento retroactivo. 4. Envío de postulaciones a consideración del Comité de Becas y Ayudas Económicas del IECE Previo el envío de las postulaciones al componente de beca por Solidaridad, cada analista deberá incluir el detalle de antecedentes aplicados para el análisis de cada postulación y se deberán remitir de manera escaneada la totalidad de respaldos solicitados para el ingreso de las postulaciones.

4 ANEXO 1 INFORME TÉCNICO No-(colocar el número del informe acorde a la secuencia respectiva) (colocar el nombres y apellidos completos del adjudicatario/becario/postulante) (colocar número de cédula de ciudadanía) COMITÉ DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS DEL IECE A. Información General Programa de Becas: PROGRAMA DE BECAS NACIONALES SUBPROGRAMA NACIONAL TERCER NIVEL Componente de Beca: BECA POR SOLIDARIDAD Nombre del Centro de Estudios o Universidad: Carrera de estudio: Fecha de inicio del financiamiento: Fecha de finalización del financiamiento: Estado actual del postulante/adjudicatario/becario: Monto de financiamiento retroactivo: B. Antecedentes (nombre completo de la IES pública o particular donde va a iniciar o está cursando estudios)nota: No colocar siglas (colocar la carrera a cursar o que está cursando) (colocar fecha de inicio de financiamiento,, formato ddd/mmm/aaa) (colocar fecha de finalización de financiamiento, formato ddd/mmm/aaa) (Postulante/Adjudicatario/a ; Becario/a) USD a. Con fecha día/mes/ano el postulante fue aceptado en la Universidad xxx para cursar su estudios de xxxx, cumpliendo la totalidad de requisitos para el proceso de admisión en la Institución de Educación Superior. (colocar solo para inicio de estudios) b. El postulante está en xxxx semestre, de la carrera xxx, en la Universidad xxx. Su record académico no presenta arrastre de materias o promedio inferiores a 8/10 o su equivalente. (colocar solo para estudios en curso) c. Se constató por medio de (algún tipo de documentación) la condición de vulnerabilidad del postulante que es xxx. d. De acuerdo a las Bases de Postulación del Subprograma de becas Nacionales Tercer Nivel, literal D. Financiamiento, tercer párrafo se indica que: Sólo en el caso del Componente de Becas de Solidaridad, el financiamiento de la beca será a partir de suscitado el hecho, sin perjuicio de la fecha de adjudicación.,

5 por lo cual, después de validar los documentos presentados por el postulante se ha identificado como fecha de inicio de financiamiento a la de xxx, y se tendrá que adjudicar el monto de xxx por los periodos de estudios desde la fecha indicada, tal y como se detalla en el anexo de a continuación: Mes SBU Base de cálculo COMPONENTE " " Periodo de nivelación Observación Monto del Período de Nivelación USD 0,00 e. El postulante entrego documentos de postulación completos, con fecha xxx f. Las Bases de Postulación de Becas Nacionales Subprograma Nacional tercer Nivel, reconocen a favor de los adjudicatarios del componente de becas, el derecho a financiamiento de la carrera académica, para inicio de estudios o estudios en curso. A. Solicitud Se pone a consideración de comité la revisión del caso, una vez que el postulante ha cumplido con el proceso de postulación y ha completado todos los requisitos solicitados en las Bases de Postulación, los mismos que se consideran pertinentes de acuerdo a las bases de postulación B. Criterio Técnico La solicitud del postulante se considera pertinente/ no pertinente debido a que ha demostrado por medio de documentación original el apego a los requisitos solicitados para el componente y que constan en las Bases de Postulación, dentro del literal XXX.

6 Fecha de Elaboración: Responsable de elaboración: Firma de responsable (colocar la fecha de elaboración) (colocar nombre de analista responsable de elaboración) (colocar la firmar de responsable de elaboración) Fecha Revisión: de Responsable de Revisión: Firma de responsable (colocar la fecha de revisión) (colocar nombre de analista responsable de revisión) (colocar la firmar de responsable de revisión)

7 ANEXO 2 LISTADO DE ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS Enfermedades catastróficas definidas por el Ministerio de Salud Pública: 1. Todo tipo de malformaciones congénitas de corazón y todo tipo de valvulopatías cardiacas. 2. Todo tipo de cáncer. 3. Tumor cerebral en cualquier estadio y de cualquier tipo. 4. Insuficiencia renal crónica. 5. Trasplante de órganos: riñón, hígado, médula ósea. 6. Secuelas de quemaduras graves. 7. Malformaciones arterio venosas cerebrales. 8. Síndrome de Klippel Trenaunay. 9. Aneurisma tóraco-abdominai. Fuente: Registro Oficial Nro de jueves 7 de septiembre de 2012.

8 GLOSARIO DE TÉRMINOS BECA: Beca es la subvención total o parcial otorgada a personas naturales, para que realicen estudios, actividades académicas en instituciones de educación, movilidad académica, capacitación, formación, perfeccionamiento, entrenamiento o cualificación profesional, investigación y transferencia de conocimientos. POSTULANTE: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana o extranjera con carnet de refugiado, que acredite su condición de estudiante y que se somete a los procesos de postulación, precalificación, evaluación y selección, establecidos por el IECE y las entidades oferentes de becas con las que el IECE tenga convenios, previos a la adjudicación de una beca. La calidad de postulante no le otorga más derechos que los de acceder y participar en los referidos procesos para el otorgamiento de la beca y no le asegura la adjudicación de la misma, ni genera obligación adicional alguna por parte del IECE o el oferente de becas. ADJUDICATARIO/A: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana, extranjera residente o extranjera con carnet de refugiado, que ha superado los procesos de postulación, precalificación, evaluación y selección. BECARIO/A: Persona natural de nacionalidad ecuatoriana, extranjera residente o extranjera con carnet de refugiado, que en calidad de postulante, ha superado los procesos de postulación, precalificación, evaluación y selección, que es declarada como adjudicataria de la beca otorgada por el IECE a través del comité correspondiente o la entidad oferente para realizar sus estudios, una vez que haya suscrito el Contrato de Subvención respectivo. CASO FORTUITO: Un caso fortuito es un acontecimiento que no puede imputarse al sujeto, aunque el desarrollo del acontecimiento en cuestión impida que se cumpla la obligación o la ley. Este hecho se considera que no ha podido ser previsto y que de haberlo sido, podría haberse evitado. FUERZA MAYOR: Cuando existe un hecho que impide que la voluntad de dos partes sea llevada a cabo, este hecho se denomina Fuerza Mayor. Este hecho siempre debe ser de carácter imprevisible, y ocurrir de manera excepcional. Además debe ser ajeno a cualquiera de las dos partes que pretendan realizar un acto, se considera que se trata de fuerza mayor cuando no se puede impedir. Tiene relación con lo expresado en el Código Civil en el artículo 1105: "Fuera de los casos expresamente mencionados en la Ley y de los en que así lo declare la obligación, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables." CONVULSIÓN: Agitación política, social o económica de carácter violento que rompe la normalidad.

9 DESASTRE NATURAL: Son los desastres producidos por la fuerza de la naturaleza, entre los que se tiene: Sismos/Terremotos, Maremotos/Tsunamis, Erupciones Volcánicas, Deslizamiento de Tierras, Derrumbes, Aludes, Aluviones, inundaciones, sequías, heladas, tormentas, granizadas, tornados, huracanes, plagas, epidemias, incendios, entre otros. DESASTRE ANTROPOGÉNICO: El término antropogénico se refiere a los efectos, procesos o materiales que son el resultado de actividades humanas a diferencia de los que tienen causas naturales sin influencia humana. Normalmente se usa para describir contaminaciones ambientales en forma de desechos químicos o biológicos como consecuencia de las actividades económicas, tales como la producción de dióxido de carbono por consumo de combustibles fósiles ENFERMEDAD CATASTRÓFICA: Es aquella patología de curso crónico que suponen un alto riesgo para la vida de la persona, cuyo tratamiento es de alto costo económico e impacto social que por ser de carácter prolongado o permanente pueda ser susceptible de programación. Generalmente cuentan con escasa o nula cobertura por parte de las aseguradoras.

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