AyJ. o_ 2_Persona2 SEGURO DE ENFERMEDAD PARA LOS FUNCIONARIOS Y JUBILADOS DEL GATT Y FAMILIARES A SU CARGO
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- Josefa Soto Coronel
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1 Un ejemplar para cada afiliado I NT(91)43 funcionario o jubilado 11 de diciembre de 1991 del GATT AyJ. o_ 2_Persona2 SEGURO DE ENFERMEDAD PARA LOS FUNCIONARIOS Y JUBILADOS DEL GATT Y FAMILIARES A SU CARGO 1. De conformidad con lo previsto en el Reglamento interno, el Comité de Gestión rinde el presente informe al Director General y a los afiliados. El Comité Mixto de Gestión establecido en 1989 tiene actualmente la siguiente composición: 3 miembros designados por el Director General: Sres. H. Glanzmann, P. Rolian y F. Saliba 3 miembros designados por el Consejo del Personal: Sres. P. Melin, P. Obez y N. Valsamidis. Observadores : - Sra. A. Kaeser, Asistenta Social - Sr. L. Till, representante de los jubilados. Desde su creación el Comité se ha reunido cinco veces. 2. Funcionamiento del contrato colectivo de seguro de enfermedad y accidentes contratado por ICITO/GATT con la Caise-Maladie Suisse d'entreprises (CMSE) para su personal. Jubilados y personas a cargo a) El l 9 de julio de 1989 el seguro de enfermedad y accidentes del personal de GATT se transfirió de la Mutualidad de las Naciones Unidas a la CMSE, organismo sin fines lucrativos, por las razones que se explicaron entonces. La CMSE está sometida a la legislación del país huésped del GATT y a la intervención de sus cuentas por los órganos de vigilancia de ese país, pero sus prestaciones están adaptadas a las necesidades de atención médica de los funcionarios y jubilados del GATT. La CMSE está especializada en los seguros colectivos. El número de personas aseguradas por ella asciende a unas , de las que una parte importante trabaja o vive fuera de Suiza. La CMSE forma parte de la Fédération Genevoise des Caisses-Maladies (FGCA), por lo que las tarifas del tratamiento médico y hospitalario se fijan por convención, circunstancia especialmente importante para los afiliados de nuestro contrato colectivo, ya que ayuda a contener el alza de los costes. b) Después de un período de introducción y adaptación, las operaciones administrativas y de reembolso se desarrollan a satisfacción de la Administración del GATT y de la gran mayoría de los afiliados. Para facilitar el contacto entre los funcionarios o jubilados y la CMSE, ésta designó a una persona que se ocupa especialmente de los afiliados del GATT y que atiende con amabilidad y eficacia las preguntas que se le dirigen. Si las solicitudes de reembolso están debidamente rellenadas y van acompañadas de los justificantes prescritos, la CMSE, dotada de un sistema de gestión profesional y moderno, efectúa rápidamente el reembolso
2 Página 2 Según las informaciones que tiene este Comité, todos los casos de enfermedad o accidente con hospitalización en Suiza o en el extranjero que suponían gastos extraordinarios se han saldado a entera satisfacción de los interesados. La Dirección de la CMSE ha dado muestras de gran comprensión para encontrar soluciones en algunos casos límite. Además, se han podido obtener diferentes mejoras de las prestaciones, algunas de las cuales ya fueron puestas en conocimiento de los afiliados y otras se indican en el presente informe. El Comité ha podido comprobar que las prestaciones de que se benefician los afiliados del contrato GATT/CMSE figuran entre las mejores que ofrecen las organizaciones internacionales. Por otra parte, la comparación a nivel local e internacional con otros seguros permite afirmar que los beneficiarios del contrato del GATT gozan de una cobertura adecuada con una cotización y una participación muy ventajosas. 3. Renovación del contrato El contrato celebrado con la CMSE con efecto a partir del I e de julio de 1989 llegó a expiración el 30 de junio de Como los resultados del primer semestre de 1991 no se conocieron hasta el mes de agosto y el balance del período anterior estaba equilibrado, se decidió prorrogar el contrato en las mismas condiciones hasta el 31 de diciembre de De acuerdo con el Comité de Gestión, el contrato con la CMSE se ha renovado para Número de personas aseguradas El total de personas aseguradas por nuestro contrato se ha mantenido estable. Su composición es la siguiente: a) - Funcionarios en activo: 390 Cónyuges (de los que 23 no se consideran personas a cargo y abonan una prima no subvencionada por el GATT): 146 Familiares secundarios a cargo: 3 Hijos: menores de 21 años 310 de 21 años o más (estudiantes): _ b) - Jubilados: 80 Cónyuges: 29 Viudos/viudas, familiares secundarios: 11 Hijos: menores de 21 años: 11 de 21 años o más (estudiantes): Total de asegurados: c) Edad media de los adultos asegurados: 46 años d) Número de hijos asegurados gratuitamente: hasta el término del año 1991: a partir del cuarto hijo: 7 a partir de 1992: a partir del tercer hijo: 33
3 Página 3 e) El 96 por ciento de los funcionarios del GATT con un contrato de más de seis meses están cubiertos por nuestro contrato colectivo. f) Los funcionarios que optan por no participar en nuestro contrato tienen que firmar una fórmula de descargo de la responsabilidad del GATT. (Esa opción puede resultar necesaria o útil si el funcionario y las personas a su cargo están asegurados en otra caja, obligatoriamente o no, o si su contrato con el GATT es de una duración que no justifica el cambio de una caja a otra.) Algunos jubilados están cubiertos por el sistema de seguridad social de su país de residencia. g) El personal temporero contratado por días o por meses puede asegurarse con prestaciones limitadas. 5. Situación financiera La subida del coste medio de la atención médica por enfermedad y accidente prosigue al ritmo de alrededor del 8 por ciento anual. Los gastos en caso de hospitalización aumentan más rápidamente que el coste de los tratamientos ambulatorios. La CMSE no puede evitar el aumento de sus prestaciones. El balance técnico de la CMSE correspondiente a 1990 (primas menos prestaciones y gastos de explotación) se saldó con un ligero déficit que se pudo cubrir con los productos neutros (intereses obtenidos con la inversión de las reservas, etc.). El porcentaje de reservas del conjunto de la CMSE, que asciende al 24 por ciento de los gastos anuales, está en conformidad con lo prescrito por la ley. En cuanto a los resultados financieros del contrato GATT/CMSE, en el cuadro del anexo I figuran las cifras de los ingresos y gastos, por semestres, desde el inicio del contrato. Como puede verse, la prima global de 206 francos por adulto y mes fijada en 1989 ha sido suficiente, ya que los resultados de los tres últimos semestres están prácticamente equilibrados. El excedente del primer semestre de nuestro contrato, correspondiente al período comprendido entre el I s de julio y el 31 de diciembre de 1989, se explica por el desfase de las solicitudes de reembolso. Desgraciadamente, los reembolsos a los afiliados del GATT han aumentado considerablemente durante el año 1991 y, según las indicaciones provisionales, en el trimestre de julio a septiembre de 1991 el aumento ha sido mayor aún. Esta evolución desfavorable, sumada a los importantes aumentos anunciados (alrededor del 15 por ciento) de las tarifas de hospitalización y atención médica, presagian una deterioración creciente de nuestro contrato si se mantuvieran las bases actuales. En el anexo II figura un estado detallado de las prestaciones de nuestro seguro de grupo GATT/CMSE. 6. Mejoramiento de las condiciones y de las prestaciones de nuestro contrato a partir del I a de enero de 1992 a) Franquicia anual por los gastos de tratamiento médico ambulatorio: La franquicia de 200 francos anuales por adulto se reduce a 150 francos (no hay franquicia en el caso de los niños); Como la contribución total a los gastos de un adulto (franquicia más participación del 10 por ciento) no debe exceder del quíntuplo de la franquicia anual, esa contribución máxima, que era francos, pasa a ser de 750;
4 Página 4 b) Liberación de la cotización a partir del tercer hijo; c) Mantenimiento obligatorio en el contrato colectivo de las personas que por razón de edad o de invalidez dejan de prestar servicio en el GATT. Por otra parte, señalamos a la CMSE distintas mejoras que deseábamos obtener en las prestaciones, mejoras sobre las cuales había deliberado el Comité y que debían discutirse con ocasión de la renovación del contrato. Se trataba en particular de las siguientes cuestiones: definición de una posible reserva en el momento de la afiliación chequeo vacunas, tratamientos médicos preventivos reembolso del coste de los medicamentos mesoterapia osteopatía exclusión territorial en caso de trasferencia a un seguro individual a la salida del contrato colectivo curas termales odontología: aumento facultativo del crédito anual. En todas estas cuestiones se ha conseguido una mejora. Se completarán el contrato existente y el "resumen de las prestaciones", de lo que se dará cuenta en otra comunicación. Es de prever que esas mejoras supondrán reembolsos suplementarios que afectarán a los resultados financieros de nuestro contrato. 7. Aumento de la prima pagadera a la CMSE y de la cotización de los funcionarlos Por todas esas razones, la CMSE nos propone una adaptación de la prima global a partir del I a de enero de 1992, que pasará: de 206 (prima actual) a francos mensuales por cada adulto y de 103 (prima actual) a 123 francos mensuales para cada hijo menor de 21 arios se mantienen sin variación las demás cl&usulas del contrato-marco. Antes de dar su conformidad al aumento de la prima global, el Comité de gestión ha tomado nota de los argumentos siguientes: i) El aumento de las primas propuesto por la CMSE ha sido objeto de un detenido análisis desde todos los puntos de vista. De concierto con la Dirección de la CMSE se ha hecho una proyección de la evolución de nuestro contrato teniendo en cuenta el aumento propuesto de la prima y el aumento previsto de los gastos médicos. ii) Se ha mantenido la fórmula para el cálculo de la cotización pagadera por los funcionarios de los distintos grados, establecida en La subvención global- de la organización, del 60 por ciento, se aplica al ingreso medio entre el grado G.l, escalón 1, y el grado D.2 escalón máximo. La remuneración media correspondiente a cada grado sirve de referencia para determinar el importe de la subvención concedida y de la cotización pagadera por el funcionario.
5 Página 5 iii) Se ha modificado el baremo de cotizaciones introduciendo una cotización mínima del 30 por ciento de la prima pagadera a la CMSE, redondeada a 70 francos por mes. Este mínimo es aplicable a los funcionarios en servicio activo y a los jubilados, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 d) del reglamento interior. iv) Las nuevas cotizaciones propuestas representan para la gran mayoría de funcionarios del GATT un porcentaje de su remuneración inferior al que representaban en v) A diferencia de las cotizaciones de otros seguros de enfermedad que se calculan en porcentaje de la remuneración, la prima de nuestra Caja y las cotizaciones de los afiliados del GATT no han variado desde Las cotizaciones fijadas entonces eran ya inferiores a las del antiguo seguro (Mutualidad de las Naciones Unidas) para la gran mayoría de los funcionarios del GATT, y la subvención con cargo al presupuesto del GATT se ha podido mantener al nivel de El Comité de Gestión ha dado unánimemente su conformidad para la adopción del baremo de cotizaciones aplicable a partir del l 9 de enero de 1992 (anexo III). 8. Cotizaciones de los jubilados Las cotizaciones de los jubilados y de las personas a su cargo se calculan con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento. Con la introducción, el l 9 de enero de 1992, del nuevo baremo de cotizaciones (anexo IV) quedan igualadas las contribuciones de los funcionarios en servicio activo y de los jubilados, habida cuenta de su remuneración neta de impuesto y haciendo abstracción del mínimo de cotización exigido. El Comité de Gestión ha dado unánimemente su conformidad para la aplicación del nuevo baremo de cotizaciones de los jubilados a partir del I s de enero de Igual que anteriormente, los jubilados recibirán a principios de cada trimestre una factura en la que se indicará la cotización pagadera antes del término del trimestre. Ginebra, 11 de diciembre de 1991 Comité de Gestión del Seguro de Enfermedad de ICITO/GATT H. Glanzmann P.H. Rolian Secretario Presidente
6 Anexo I RESULTADO FINANCIERO DEL CONTRATO DE SEGURO DE ENFERMEDAD Y ACCIDENTES CELEBRADO CON LA CMSE PARA EL PERSONAL DEL GATT Seguro de atención médico-farmacéutica. "Patient privé combiné'' y seguro de atención odontológica (En francos suizos) INGRESOS GASTOS DIFERENCIA OTROS GASTOS RESERVA SALDO PERIODO Primas y subvenciones Reembolsos a los afi 1iados (previa deducción de la franquicia y la participación Reaseguro de grandes riesgos Gastos administrativos Asignación a la reserva i i *) !! *) La CMSE nos ha informado de que las cifras provisionales de los reembolsos a los afiliados del GATT, efectuados durante el segundo semestre de 1991, indican una fuerte progresión de los gastos. Observaciones: El contrato colectivo entre la CMSE y el GATT prevé que la CMSE corre con los riesgos del contrato. En contrapartida de la prima global convenida, la CMSE toma a su cargo los gastos de gestión (aplicación del reglamento del contrato, verificación, cálculo y pago de las prestaciones a los afiliados, gestión de la reservas y de su inversión, etc.). Las tareas administrativas del GATT se limitan a la información del personal, la afiliación de los miembros y el cobro y pago de la prima convenida. La administración del GATT no es responsable de la gestión de fondos para este seguro, por lo que no hay lugar a presentar balance ni cuenta de pérdidas y ganancias.
7 Anexo II ESTADO DE LOS GASTOS MEDICOS DE LOS AFILIADOS Y DE LOS REEMBOLSOS DE LA CMSE, PREVIA DEDUCCIÓN DE LA FRANQUICIA Y DE LA PARTICIPACIÓN DEL 10 POR CIENTO (25 POR CIENTO EN EL CASO DE LOS GASTOS ODONTOLÓGICOS) DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE 1" DE JULIO DE 1989 Y EL 30 DE JUNIO DE do semestre 1er semestre do semestre er semestre Número de asegurados Tratamiento ambulatorio a) Médico b) Medicamentos c) Maternidad d) Otros gastos: análisis, fisioterapia, curas, atención domiciliaria, óptica, transporte urgente Total ill. _5J_ I 9^ IZ!L0J.5_ ^ Número de casos ambulatorios Gastos por caso Gasto medio por asegurado p.a Tratamiento hospitalario frs.s Número de casos de hospitalización Oías de hospitalización Duración media de la hospitalización (días) Coste medio por caso de hospitalización frs.s Coste medio por día de hospitalización frs.s Gasto medio por asegurado frs.s , , p.a , , Atención odontológica frs.s Gasto medio por asegurado frs.s 51, p.a 162 Total 1. 2, 3 frs.s Franquicia y participación ) a cargo de los asegurados ) frs.s TOTAL REEMBOLSADO A LOS ASEGURADOS frs.s Prima por el seguro de "grandes riesgos* frs.s (Operaciones de corazón, diálisis, etc.) Gasto medio por asegurado frs.s p.a 31 TOTAL DE LOS REEMBOLSOS Y LA PRIMA POR GRANDES RIESGOS frs.s
8 SEGURO DE ENFERMEDAD DEL PERSONAL DEL GATT concertado con LA CAISSE-MALADIE SUISSE d'entreprises (CNSE) Baremo de las cotizaciones a cargo de los funcionarlos afiliados Con efecto a partir del I a de enero de 1992 (Francos suizos) Cat. y Grado solo Hijo hasta 21 años + cónyuge a cargo + 1 hijo a cargo + cónyuge + 1 hijo a cargo + cónyuge + 2 o más hijos a cargo Cónyuge no a cargo*) Hijo hasta 21 años no a cargo*) Hijo estudiante entre 21 y 25 años (con certificado de escolaridad) Hijo estudiante entre 25 y 30 años (con certificado de escolaridad) Familiar secundario a cargo*) G.l ) G.2 ) G.3 ) G G G G.7 P.l ) ) ) ) P P P P D.l D y categorías superiores ' 166 X O )Según el reglamento del personal
9 Anexo IV BAREMO DE COTIZACIONES DE LOS JUBILADOS DEL GATT (Con efecto a partir del I a de enero de 1992) [Cotización mensual, por persona adulta asegurada, en francos suizos] Base del cálculo, según el art. 10 del Reglamento interno Cotización Asegurado GATT Total hasta FS etc. 70 min La cotización por los hijos menores de 21 años es la mitad de la correspondiente al adulto asegurado. Cotización mínima: 70 francos mensuales por adulto 35 francos mensuales por hijo hasta 21 años
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