Condiciones Generales Individual / Familiar

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1 Condiciones Generales Individual / Familiar Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Tabla de Procedimientos Terapéuticos Diciembre 2000

2 Indice Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual y Familiar I. Definiciones 3 Compañía 3 Contratante 3 Asegurado Titular 3 Dependientes Económicos 3 Asegurados Totales 3 Accidente 3 Enfermedad 3 Enfermedad Congénita 3 Urgencia Médica 4 Suma Asegurada 4 Deducible 4 Coaseguro 4 Médico 4 Hospital o Sanatorio 4 Hospitalización 4 Endoso 4 Periodo de Espera 4 Prestadores de Servicios Médicos y Hospitalarios Afiliados 4 Tabla de Procedimientos Terapéuticos 5 Programación de Cirugías 5 II. Objeto 5 III. Gastos Médicos Mayores Cubiertos 5 Gastos de Hospitalización y Médicos 5 Medicamentos 7 Estudios de Laboratorio y Gabinete 7 Cobertura del Recién Nacido 7 Complicaciones del Embarazo, Parto o Puerperio 7 Uso de Ambulancia 7 Uso de Ambulancia Terrestre Especializada por Urgencia Médica. 8 Uso de Ambulancia Aérea por Urgencia Médica. 8 Preexistencia Declarada 8 Urgencia Médica en el Extranjero 9 Complicaciones de Gastos Médicos Mayores No Cubiertos 9 Padecimientos Congénitos 10 IV. Gastos Médicos Mayores Cubiertos con Periodo de Espera 11 V. Gastos Médicos Mayores No Cubiertos 11 Pág. 1

3 VI. Cláusulas Generales. 14 Contrato 14 Cobertura del Contrato 14 Periodo de Pago del Beneficio 14 Modificaciones y Notificaciones 14 Vigencia 14 Residencia 14 Primas 14 Altas 15 Bajas 15 Ajustes 15 Privilegio de Conversión 16 Renovación 16 Rehabilitación 16 Cambio de Plan 17 Prescripción 17 Moneda 17 Omisiones o Inexactas Declaraciones 17 Competencia 18 Edad 18 Siniestros 18 Pago de Indemnizaciones 19 Sistema de Pago Directo 19 Sistema de Pago por Reembolso 19 Modificación de Participación de Deducible y Coaseguro 19 Interés Moratorio 20 Otros Seguros 20 VII. Plan Plus Individual/Familiar 21 VIII. Coberturas Adicionales con Costo para Pólizas Individuales/Familiares 23 VIII.1. Programa Cliente Especial. 23 VIII.2. Cobertura de Atención Médica en el Extranjero (CAME) 31 VIII.3. Paquete de Beneficios Adicionales 33 VIII.4. Cobertura de Dinero en Efectivo 43 VIII.5. Extensión de Cobertura. 45 VIII.6. Incremento en Tabla de Procedimientos Terapéuticos 46 VIII.7 Cobertura de Descuento por Accidente (DPA) 47 VIII.8. Cobertura de Vida en Vida 48 IX. Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad. 51 X. Tabla de Procedimientos Terapéuticos. 67 2

4 Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar I. Definiciones Para efectos del siguiente contrato se considerarán las siguientes definiciones: Compañía Toda mención en adelante de La Compañía se refiere a Seguros Comercial América S.A. de C.V. Contratante Es aquella persona física o moral, que ha solicitado la celebración del contrato para sí y/o para terceras personas y que además se compromete a realizar el pago de las primas. Asegurado Titular Es aquella persona asegurada que firma como responsable de la póliza en la solicitud. Dependientes Económicos Se consideran dependientes económicos del Asegurado Titular al Cónyuge o Concubinario que posea tal carácter conforme a lo dispuesto en el artículo 1635 del Código Civil para el Distrito Federal y los hijos solteros menores de 25 años, que no tengan ingresos por trabajo personal. Asegurados Totales Es el Asegurado Titular y sus dependientes económicos, aceptados como Asegurados por La Compañía y que aparecen referidos en la carátula de la póliza. Accidente Acontecimiento proveniente de una causa externa, fortuita, súbita y violenta, que produce lesiones que requieran atención médica o la muerte en la persona del Asegurado dentro de los primeros 90 días siguientes de la fecha en que ocurrió el acontecimiento. No se considerará accidente a las lesiones corporales o la muerte provocadas intencionalmente por el Asegurado. Todas las lesiones corporales sufridas por una persona en un accidente, se consideran como un solo evento. Enfermedad Toda alteración de la salud que resulte de la acción de agentes morbosos de origen interno o externo con relación al organismo, que amerite tratamiento médico y/o quirúrgico. Las alteraciones o enfermedades que se produzcan como consecuencia inmediata o directa de las señaladas en el párrafo anterior, de su tratamiento médico y/o quirúrgico, así como sus recurrencias o recaídas, complicaciones y secuelas, se considerarán como una misma enfermedad. Enfermedad Congénita Se entiende como congénita, la enfermedad con la que se nace o que se contrae en el útero materno. 3

5 Urgencia Médica Es la aparición repentina de una alteración de la salud del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida del enfermo o accidentado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos. Suma Asegurada Límite máximo de responsabilidad de La Compañía por cada asegurado a consecuencia de una enfermedad y/o accidente cubierto, de acuerdo a las estipulaciones consignadas en la carátula de la póliza, endosos y cláusulas correspondientes para cada cobertura contratada, mientras éstas se mantengan vigentes en forma continua. Deducible Se entenderá por deducible los primeros gastos a cuenta del Asegurado hasta el límite establecido en la carátula de la póliza por cada Accidente o Enfermedad amparada. Cuando en un Accidente, queden simultáneamente afectados varios Asegurados de una misma póliza, el deducible se aplicará una sola vez. Coaseguro Cantidad a cargo del Asegurado como porcentaje de los gastos cubiertos después de aplicar el deducible. Dicho porcentaje queda indicado en la carátula de la póliza. Médico Persona que ejerce la medicina, titulado y legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión que puede ser Médico General, Médico Especialista, Cirujano u Homeópata. Hospital o Sanatorio Institución legalmente autorizada para la atención médica y quirúrgica de pacientes que cuente con salas de intervenciones quirúrgicas y con médicos y enfermeras titulados las 24 horas del día. Hospitalización Es la estancia continua en un hospital o sanatorio, siempre y cuando ésta sea justificada y comprobable para el padecimiento; a partir del momento en que el asegurado ingrese como paciente interno. Endoso Documento que modifica, previo acuerdo entre las partes, las condiciones del contrato y forma parte de éste. Periodo de Espera Es el lapso de tiempo ininterrumpido que debe transcurrir desde la fecha de alta del Asegurado para que se pueda cubrir un padecimiento, de acuerdo a las especificaciones de la póliza y de las Condiciones Generales. Prestadores de Servicios Médicos y Hospitalarios Afiliados Médicos y Hospitales vinculados con La Compañía por convenios que tienen por objeto proporcionar a los Asegurados el servicio de pago directo de los Gastos Médicos Mayores Cubiertos, por la atención otorgada por estos prestadores a los Asegurados. 4

6 Tabla de Procedimientos Terapéuticos Relación de procedimientos terapéuticos que determinan el monto máximo que pagará La Compañía para cada Enfermedad y/o Accidente cubierto por concepto de honorarios médicos para dichos procedimientos. Programación de Cirugías Autorización previa al internamiento que el Asegurado recibe por la realización de alguna intervención quirúrgica con hospitalización, cirugía ambulatoria y/o tratamiento médico. II. Objeto Si como consecuencia de un accidente y/o enfermedad que haya tenido tratamiento médico o quirúrgico cubierto por la póliza, el Asegurado incurriera en cualquiera de los gastos enumerados más adelante, La Compañía reembolsará el costo de los mismos hasta por la suma asegurada, ajustándolos previamente a las limitaciones consignadas en la carátula de la póliza por tipo de gasto, inicio de vigencia y periodo de cobertura, así como a las condiciones generales, endosos y cláusulas adicionales, siempre y cuando los gastos hayan sido erogados dentro de la República Mexicana, la póliza se encuentre en vigor para ese Asegurado al momento del accidente y/o enfermedad o dichos padecimientos cumplan con las condiciones específicas de Preexistencia Declarada señaladas en las Condiciones Generales III. Gastos Médicos Mayores Cubiertos Gastos de Hospitalización y Médicos Siempre que sean proporcionados por instituciones o por personas autorizadas legalmente para el ejercicio de su actividad (que no sean familiares del Asegurado) y sean médicamente necesarios. 1. Honorarios de Procedimientos Terapéuticos. La cantidad que se liquide por este concepto incluirá todas las atenciones prestadas al Asegurado por los cirujanos, ayudantes e instrumentistas, consultas postoperatorias, así como por visitas hospitalarias, de acuerdo al límite establecido en la Tabla de Procedimientos Terapéuticos, que forma parte de este contrato anexo a estas condiciones generales. Los procedimientos terapéuticos realizadas que no se encuentren en la tabla se valuarán por similitud a los comprendidos en él. Cuando en una misma sesión quirúrgica se practiquen al Asegurado dos o más procedimientos, La Compañía pagará únicamente el importe del mayor, o uno de ellos cuando los montos estipulados en la tabla de procedimientos terapéuticos sean iguales. Sin embargo, si el mismo cirujano realiza otra intervención independiente a la efectuada en otra parte del cuerpo del paciente, considerando que existen dos incisiones dentro de una misma sesión, los honorarios serán cubiertos al 100% para la intervención que tenga el valor más alto más el 50% de la o las siguientes. 5

7 En el caso de un politraumatizado, se seguirá el procedimiento anterior, pero si se requiere la intervención de otro especialista, los honorarios de éste serán cubiertos al 100% de lo marcado en la tabla. Si hubiere necesidad de una nueva intervención quirúrgica y se practicare dentro de las 24 horas siguientes a la conclusión de la primera, ambas se considerarán como una sola; si la nueva intervención se efectúa después del lapso señalado, se entenderá como una intervención distinta e independiente de la primera. 2. Honorarios por consultas médicas, de acuerdo a los límites establecidos en la carátula de la póliza. 3. Gastos dentro del Hospital. Representados por el costo de la habitación (privada estándar con baño, de acuerdo a los límites establecidos en la carátula de la póliza), alimentos, medicamentos, laboratorio, gabinete, y atención general de enfermeras, sala de operaciones o de curaciones y terapia intensiva. 4. Honorarios del Anestesista, hasta el 30% de los honorarios cubiertos en el procedimiento terapéutico. 5. Equipo de Anestesia y material médico. 6. Costo de la cama extra para el acompañante del Asegurado, durante la estancia de éste en el hospital. 7. Honorarios de enfermeras, que bajo prescripción del médico tratante, sea necesario para la convalecencia domiciliaria, con límite máximo de 30 días. 8. Tratamientos tales como radioterapia, quimioterapia, hidroterapia, inhaloterapia, fisioterapia y otros semejantes. 9. Honorarios médicos por atención hospitalaria sin intervención quirúrgica de acuerdo a la tabla de procedimientos terapéuticos. 10. Honorarios de médicos quiroprácticos que cuenten con cédula profesional, siempre y cuando sean recomendados por el médico tratante. 11. Cirugía reconstructiva a consecuencia de un accidente sólo si el primer gasto se realiza en los primeros 90 días de ocurrido dicho accidente. 12. Consumo de oxígeno. 13. Transfusiones de sangre, aplicaciones del plasma, suero y otras substancias semejantes, así como las pruebas de compatibilidad que correspondan al número de donaciones que reciba el asegurado. 14. Gastos originados por la renta de aparatos ortopédicos y prótesis, que se requieran a consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto, de acuerdo con el límite establecido en la carátula de esta póliza. En aquellos casos en los que el costo de la renta sea superior al de la compra, se cubrirá la compra únicamente con la aprobación previa de La Compañía. a) Las prótesis dentales sólo como consecuencia de accidente, siempre y cuando se afecten piezas dentales naturales. b) Queda excluida la reposición de aparatos de prótesis. 6

8 15. Renta de equipo tipo hospital, que por prescripción médica sea necesario para la convalecencia domiciliaria. Medicamentos 16. Medicamentos consumidos por el Asegurado en el hospital o sanatorio y los adquiridos fuera de él, siempre que sean prescritos por los médicos tratantes, que estén relacionados con el padecimiento y se presente la nota de la farmacia acompañada de la receta correspondiente. Estudios de Laboratorio y Gabinete 17. Análisis de laboratorio o estudios de rayos X, isótopos radioactivos, de electrocardiografía, encefalografía o de cualesquiera otros indispensables que hayan sido utilizados para el diagnóstico y/ o tratamiento de una enfermedad o accidente cubierto. Cobertura del Recién Nacido 18. Se cubre desde el primer día de nacido los tratamientos médicos y quirúrgicos por los padecimientos congénitos, talla baja y enfermedades ocurridas al nacimiento, siempre y cuando la madre tenga 10 meses continuos de asegurada en la póliza y se haya notificado a la Compañía a más tardar a los 30 días de ocurrido el nacimiento, mediante la obligación de pagar el alta del recién nacido. Complicaciones del Embarazo, Parto o Puerperio 19. Las complicaciones del embarazo, del parto y del puerperio, de la Cónyuge o de la Asegurada titular, enunciados a continuación: Con periodo de espera de 4 meses para: a) Las intervenciones quirúrgicas realizadas con motivo del embarazo extrauterino. b) Embarazo molar Con periodo de espera de 10 meses para: a) Los estados de fiebre puerperal. b) Los estados de eclampsia y toxicosis gravídica. c) Placenta accreta. d) Placenta previa. e) Atonía Uterina. Lo anterior se cubre hasta el límite establecido en la carátula de la póliza. Se cubre la operación cesárea de la Cónyuge o de la Asegurada Titular, siempre que ésta sea la primera en la vida de la asegurada y hasta el límite establecido en la carátula de la póliza para este padecimiento, con un periodo de espera de 10 meses a partir del alta de la asegurada. Uso de Ambulancia 20. Servicio de ambulancia terrestre, hacia o desde el hospital y con el límite establecido en la carátula de esta póliza. 7

9 Uso de Ambulancia Terrestre Especializada por Urgencia Médica. 21. En caso de urgencia médica se cubre la ambulancia terrestre, totalmente equipada o con servicios de terapia intensiva cuando se requiera, siempre y cuando el padecimiento este cubierto. Considerándose como urgencia médica, la aparición repentina de una alteración en la salud del asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida del enfermo o accidentado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos. Al hacer uso de este beneficio no se aplicará deducible ni coaseguro. Uso de Ambulancia Aérea por Urgencia Médica. 22. Cubre la transportación en ambulancia aérea en territorio nacional si a consecuencia de una urgencia médica cubierta, el asegurado requiere atención hospitalaria y en la localidad en donde se encuentra no se cuenta con los recursos médicos hospitalarios necesarios para su atención. Considerándose como urgencia médica, la aparición repentina de una alteración en la salud del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida del enfermo o accidentado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos. Este beneficio no se brindará cuando: El motivo del traslado no sea por indicación médica. El traslado del paciente, por cualquier circunstancia, sea impedido por la autoridad competente con motivo de sus funciones legalmente reconocidas y hasta que esta circunstancia se solucione. El paciente no esté autorizado por un médico para el traslado hasta el destino elegido. El paciente no tenga confirmada su reservación de hospital y de ambulancia terrestre en el destino. Los horarios y/o las condiciones meteorológicas no permitan la operación segura en el aeropuerto. Este beneficio opera a través de pago por reembolso y a toda reclamación que se origine por este concepto se le aplicará un coaseguro del 20% sobre el monto total de la factura de vuelo. Preexistencia Declarada 23. Se cubren los padecimientos preexistentes que se declaren al momento de solicitar la póliza, entendiéndose como padecimientos preexistentes aquellos cuyos síntomas o signos se hayan manifestado con anterioridad a la fecha de alta de cada asegurado de la póliza. Estos padecimientos se cubrirán después de dos años de cobertura continua de este seguro, siempre y cuando el asegurado no haya recibido tratamiento y no haya tenido síntomas de dicha condición preexistente durante el periodo de espera mencionado anteriormente. Es requisito indispensable que el asegurado haya declarado que tiene dicho(s) padecimiento(s) al momento de solicitar su póliza. Esta cobertura no aplica: A padecimientos cardiacos, accidentes vasculares, diabetes, padecimientos oncológicos, Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), enfermedades degenerativas y/o padecimientos neurológicos. A condiciones específicamente mencionadas en el capítulo de Gastos Médicos Mayores No Cubiertos, salvo el inciso 1 de dicha sección. A los padecimientos no declarados en la solicitud del seguro. Endosos específicos de exclusión de la póliza 8

10 Urgencia Médica en el Extranjero 24. Se cubren los gastos originados en caso de sufrir alguna enfermedad o accidente que pueda ser considerada como urgencia médica fuera del territorio nacional en viaje de placer y/o negocios. Considerándose como urgencia médica, la aparición repentina de una alteración en la salud del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida del enfermo o accidentado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos. La suma asegurada y deducible para esta cobertura están indicados en la carátula de la póliza. Al estar estabilizada y controlada la condición patológica o traumática del paciente, cesará la urgencia médica y por lo tanto, los efectos del beneficio. La aseguradora pagará la reclamación en Moneda Nacional, de acuerdo al tipo de cambio vigente en la fecha de erogación de los gastos cubiertos. Los gastos Cubiertos para esta cláusula son: Cuarto semi-privado y alimentos del paciente. Médicos y/o cirujanos. Honorarios por intervención quirúrgica, así como visitas intrahospitalarias. Anestesiólogo. Honorarios profesionales. Suministro en el hospital. Medicamentos, material médico, equipos anestésicos y sala de operaciones. Servicio de diagnóstico. Exámenes de laboratorio y gabinete, radiografías, etc. Servicio de ambulancia terrestre. En la localidad hacia o desde el hospital, siempre y cuando médicamente sea necesario. Aparatos ortopédicos y prótesis, necesarios para el tratamiento médico, a excepción de reemplazos. Esta cobertura no ampara: Las exclusiones y limitaciones de los gastos que se encuentran estipulados en la sección de Gastos Médicos Mayores No Cubiertos de estas condiciones generales. Tratamientos que no sean catalogados como de urgencia, de común acuerdo por el médico tratante y La Compañía. Las complicaciones del embarazo y/o del (los) recién nacido(s), el parto y la cesárea. Complicaciones de Gastos Médicos Mayores No Cubiertos 25. Se cubre tratamiento médico y/o quirúrgico en territorio nacional de cualquier complicación de los padecimientos, lesiones, afecciones o intervenciones de las siguientes exclusiones expresamente declaradas en la sección de Gastos Médicos Mayores No Cubiertos en este contrato: Tratamientos o intervenciones quirúrgicas de carácter estético Tratamiento de calvicie, obesidad, reducción de peso o esterilidad Intervenciones quirúrgicas o tratamientos para control de la fertilidad, natalidad y sus complicaciones. 9

11 Tratamientos preventivos Tratamientos o intervenciones quirúrgicas de nariz y senos paranasales por enfermedad. Tratamientos maxilofaciales. Así como cualquier complicación derivada del embarazo, parto o puerperio. Estos gastos de las complicaciones procederán siempre y cuando se puedan considerar como una urgencia médica. Considerándose como urgencia médica, la aparición repentina de una alteración en la salud del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas o signos agudos de tal severidad, que ponen en peligro la vida del asegurado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos vitales. Este beneficio se brindará cuando: Se ponga en peligro la vida del asegurado o la viabilidad de alguno de sus órganos. Al estar estabilizada y controlada la condición patológica o traumática del paciente, cesará la emergencia médica y por lo tanto, los efectos del beneficio de esta cobertura. Padecimientos Congénitos 26. Se cubren los padecimientos congénitos de los asegurados incluidos en ésta póliza, siempre y cuando sus signos o síntomas hayan pasado desapercibidos, no sean aparentes a la vista o no hayan sido diagnosticados previamente a la fecha de alta del asegurado en esta póliza. 10

12 IV. Gastos Médicos Mayores Cubiertos con Periodo de Espera 1. Se cubren a partir del segundo año del alta del Asegurado afectado, los gastos resultantes por tratamiento médico y/o quirúrgico derivado por accidente y/o enfermedad de: Los tratamientos de litiasis renal y en vías urinarias. Padecimientos ginecológicos. Padecimientos de la columna vertebral, excepto hernias de disco. Insuficiencia venosa, varicocele y várices de miembros inferiores. Insuficiencia del piso perineal. Nariz y/o senos paranasales por accidente con coaseguro del 50%, siempre y cuando el primer gasto ocurra dentro de los 90 días a la fecha del accidente. Endometriosis ( no se cubre tratamientos de endometriosis que estén relacionados con la esterilidad). 2. Se cubren a partir del tercer año del alta del asegurado afectado, los gastos resultantes por tratamiento médico y/o quirúrgico derivado por accidente y/o enfermedad de: Padecimientos de glándulas mamarias. Hemorroides, fístulas y fisuras rectales o prolapsos del recto. Amigdalitis y adenoiditis. Hernias (incluyendo las de disco), eventraciones. V. Gastos Médicos Mayores No Cubiertos El contrato de seguro contenido en esta póliza no cubre gastos que se originen a consecuencia de: 1. Enfermedades preexistentes al momento de la contratación de la póliza entendiéndose como padecimientos preexistentes: Aquellos cuyos síntomas o signos no pudieron pasar desapercibidos o aquellos que se hayan manifestado con anterioridad a la fecha de alta de cada asegurado en esta póliza, Aquellos en los que se haya integrado un diagnóstico por un médico previo a la fecha de alta de cada asegurado en la póliza. Aquellos que fueron aparentes a la vista. Dichos padecimientos preexistentes salvo lo mencionado en el inciso 23 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 11

13 12 2. Tratamientos psiquiátricos o psicológicos, trastornos de enajenación mental, estados de depresión psíquica o nerviosa, histeria, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones clínicas, así como tratamientos para corregir trastornos de la conducta y el aprendizaje. 3. Afecciones propias del embarazo, aborto, partos prematuros o partos normales o anormales. Legrados cualquiera que sea su causa y toda complicación del embarazo, del parto o del puerperio que no sean las consignadas en esta póliza en los incisos 19 y 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 4. Tratamientos y padecimientos que resulten del alcoholismo o toxicomanías. 5. Tratamientos o intervenciones quirúrgicas de carácter estético o plástico, salvo lo mencionado en el inciso 11 y 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 6. Tratamiento de calvicie, obesidad, reducción de peso o esterilidad, salvo lo especificado en el inciso 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 7. Adquisición de anteojos, lentes de contacto, lentes intraoculares y aparatos auditivos. 8. Tratamientos o intervenciones quirúrgicas con el fin de corregir el astigmatismo, presbiopía, hipermetropía, miopía o cualquier otro trastorno de la refracción y estrabismo. 9. Intervenciones quirúrgicas o tratamientos para control de la fertilidad, natalidad, infertilidad y sus complicaciones, salvo lo especificado en el inciso 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 10. Gastos realizados por acompañantes del Asegurado durante el internamiento de éste en sanatorio u hospital, excepto cama extra. 11. Cualquier cuidado o tratamiento debido a lesión autoinfligida, intento de suicidio, aún y cuando se cometa en estado de enajenación mental. 12. Lesiones que ocurran en riña con provocación por parte del Asegurado o por actos delictuosos intencionales en que participe directamente el Asegurado o estando bajo influencia de algún enervante, estimulante o similar que no haya sido prescrito por un médico. 13. Lesiones que el Asegurado sufra en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, insurrección, revolución o rebelión. 14. Lesiones que el Asegurado sufra cuando viaje como ocupante de algún automóvil, motocicleta o cualquier otro vehículo similar en carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad. 15. Práctica de: box, alpinismo, paracaidismo, espeleología, charrería, tauromaquia y deportes aéreos. 16. La práctica profesional de cualquier deporte. 17. Lesiones que el Asegurado sufra cuando viaje como piloto, pasajero, mecánico o miembro de la tripulación de aeronaves, que no pertenezcan a una línea

14 comercial legalmente establecida y concesionada para el servicio del transporte regular de pasajeros. 18. Tratamiento médico o quirúrgico de cualquier complicación de los padecimientos, lesiones, afecciones o intervenciones expresamente excluidas en este contrato, salvo lo mencionado en el inciso 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 19. Tratamientos médicos o quirúrgicos a base de hipnotismo, quelaciones y magnetoterapia. 20. Tratamientos dentales, alveolares, gingivales, maxilofaciales y sus complicaciones, a excepción de accidentes y sujeto a lo estipulado en los puntos 11 y 14 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos y el inciso 1 de los Gastos Médicos Mayores Cubiertos con Periodo de Espera para tratamiento médico y/o quirúrgico de nariz y/o senos paranasales. 21. Circuncisión. 22. Curas de reposo o descanso, exámenes médicos generales para comprobación del estado de salud, conocidos con el nombre de check up. 23. Tratamientos preventivos, salvo lo especificado en el inciso 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 24. Tratamientos en vías de experimentación. 25. Tratamiento médico o quirúrgico de nariz y/o senos paranasales que sea originado por enfermedad, salvo lo especificado en el inciso 25 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 26. Honorarios y cualquier tipo de tratamiento médico o quirúrgico realizado por acupunturistas, naturistas y vegetarianos. 27. Todos los gastos erogados por tratamientos derivados del síndrome de inmunodeficiencia adquirida y sus complicaciones. 28. Enfermedades congénitas, salvo lo definido en los incisos 18 y 26 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 29. Padecimientos derivados de radiaciones atómicas o nucleares, no prescritas por un médico. 30. Reposición de ortesis y prótesis. 31. También son exclusiones aquellas que figuren en las condiciones especiales y endosos anexos a esta póliza. 32. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos para manejo de talla baja, cualquiera que sea su causa, salvo lo mencionado en el inciso 18 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 33. Gastos erogados fuera de la República Mexicana, a excepción de lo especificado en el punto 24 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 34. Gastos erogados por el donador de órgano. 13

15 VI. Cláusulas Generales. Contrato Las declaraciones del Contratante proporcionadas por escrito a La Compañía en la solicitud de seguro, las condiciones generales, la póliza, la tabla de procedimientos terapéuticos y los endosos adicionales en su caso, constituyen testimonio del contrato de seguro. Cobertura del Contrato a) Accidente. Los asegurados inscritos en la presente póliza quedarán cubiertos en el caso de accidente amparado, a partir de la fecha inicial de vigencia en la carátula de la póliza. b) Enfermedad. Si se trata de una enfermedad salvo mención contraria, está quedará cubierta luego de transcurrir 30 días de la fecha de alta del asegurado a la póliza, lapso que no tendrá lugar cuando se trate de renovaciones, y para los padecimientos del recién nacido de acuerdo al inciso 18 de Gastos Médicos Mayores cubiertos. Periodo de Pago del Beneficio La compañía reembolsará el costo de los gastos generados por un accidente y/o enfermedad cubierto de acuerdo a lo establecido en la cláusula de Pago de Indemnizaciones a partir de la fecha de la primera erogación y hasta la Suma Asegurada siempre y cuando los gastos se efectúen encontrándose la póliza en vigor. Modificaciones y Notificaciones Las condiciones generales de la póliza, las cláusulas y los endosos respectivos sólo podrán modificarse previo acuerdo entre el Contratante y La Compañía. Dichas modificaciones deberán constar por escrito, en endosos debidamente registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. En consecuencia, los agentes o cualquier otra persona no autorizada de La Compañía, carecen de facultades para hacer modificaciones o concesiones. Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones (Artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro). Cualquier reclamación o notificación relacionada con el presente contrato de seguro deberá hacerse a La Compañía por escrito, precisamente en su domicilio social. Vigencia Salvo pacto en contrario, la vigencia de este contrato será de un año, entrando en vigor desde la fecha que se estipula en la carátula de la póliza. Residencia Sólo estarán protegidas bajo este seguro las personas que radiquen permanentemente y que su domicilio habitual sea dentro de la República Mexicana. Primas La prima total de esta póliza es la suma de las primas de cada uno de los Asegurados correspondientes a las coberturas contratadas, de acuerdo con su ocupación, sexo y edad alcanzada en la fecha de emisión. 14

16 En cada renovación la prima se determinará de acuerdo con la edad alcanzada por cada uno de los Asegurados, aplicando las tarifas en vigor a esa fecha, registradas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. El contratante debe pagar la prima anual de cada cobertura a partir de la fecha de inicio de vigencia. En caso de optar por liquidar la prima anual de manera fraccionada, ya sea mensual, trimestral o semestral, se aplicará la tasa de financiamiento por pago fraccionado que se pacte entre las partes en la fecha de la celebración del contrato. La prima, o cada una de sus fracciones, vencerán al inicio de cada periodo pactado. A partir del vencimiento de la prima, el Contratante dispondrá de 30 días naturales para efectuar el pago de ésta, durante los cuales el seguro continuará en pleno vigor. En este periodo no se otorgará el servicio de pago directo si la póliza no ha sido pagada. Transcurrido este plazo, si el pago no se ha realizado, los efectos de este contrato cesarán automáticamente. Cualquier prima vencida y no pagada será deducida de cualquier indemnización. Los pagos deberán efectuarse en las oficinas de La Compañía a cambio de un recibo expedido por la misma. Altas Cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos en la póliza podrá ser incluida en la cobertura mediante solicitud del contratante y aceptación de La Compañía, conforme a las pruebas de asegurabilidad que queda facultada para pedir. Esta inclusión deberá ser reportada a La Compañía en los 30 días siguientes a la fecha en que la persona se hizo elegible al plan. Del mismo modo, si el Asegurado Titular contrae matrimonio, el cónyuge podrá quedar cubierto por la póliza siempre que se de aviso del hecho por escrito dentro de los 30 días siguientes del matrimonio civil a La Compañía y se aprueben la solicitud del seguro y cuestionario médico debidamente requisitados. Los hijos de la pareja matrimonial o del concubinato nacidos durante la vigencia de la póliza, quedarán cubiertos desde su fecha de nacimiento, debiendo hacer el aviso correspondiente dentro de los 30 días siguientes del nacimiento a La Compañía. De no hacerse así, la inclusión de los hijos estará condicionada a la aceptación de la Compañía. Una vez aceptada la inclusión del nuevo asegurado deberá efectuarse el pago de la prima correspondiente Bajas Causarán baja de esta póliza las personas que hayan dejado de pertenecer a la familia asegurada. Los beneficios del seguro para estas personas cesarán desde el momento de la separación. Se excluirán de la cobertura de esta póliza, a partir de la siguiente renovación, los hijos del asegurado titular que: a) Contraigan matrimonio. b) Cumplan 25 años de edad. Ajustes En caso de altas de dependientes o de aumento de beneficios, La Compañía cobrará al Contratante una prima calculada proporcionalmente desde la fecha del movimiento hasta el vencimiento del periodo del seguro y emitirá el recibo correspondiente contando con el plazo de espera ya descrito. 15

17 En el caso de bajas de dependientes o disminución de beneficios, se procederá en forma similar, devolviéndose al contratante el 60% de la prima no devengada. Privilegio de Conversión Cualquier dependiente del Contratante que haya sido excluido de la póliza por cualquiera de las situaciones señaladas en la cláusula de Bajas, tendrá derecho a que, si lo solicita, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que fue dado de baja de la presente póliza, le sea expedida una póliza individual de gastos médicos mayores cubriendo la prima correspondiente, sin requerirse para ello pruebas de asegurabilidad. En el caso de que dicho dependiente ya cuente con una reclamación, se continuará con el pago de los beneficios de acuerdo a la cláusula de Cambio de Plan siempre y cuando le sea expedida la póliza y no existan periodos al descubierto. Renovación Este contrato se considerará renovado, por periodos de un año, si dentro de los últimos 30 días de vigencia de cada periodo, el contratante no da aviso por escrito, de su voluntad de no renovarlo. El pago de prima acreditada mediante el recibo, extendido en las formas usuales de La Compañía, se tendrá como prueba suficiente de tal renovación. Después de dos años completos en cobertura continua, La Compañía acuerda que a ningún individuo asegurado se le podrá penalizar con la cancelación de su póliza debido a una mala experiencia de reclamación de siniestros, siempre y cuando las primas hayan sido pagadas, de esta manera La Compañía se compromete a una Renovación Vitalicia Garantizada de esta póliza con el Asegurado. La Compañía se reserva el derecho de cancelar la póliza, si se descubre que las declaraciones hechas en la solicitud son falsas o incompletas, aunque no tenga relación con la o las reclamaciones que se hayan presentado y si basándose en dicha información correcta o completa, La Compañía hubiera restringido o rechazado la póliza. La Compañía se reserva el derecho de cancelar o modificar las primas y el deducible de la póliza en la fecha de renovación si el asegurado cambia de país de residencia, sin importar los años que la póliza haya estado en vigor. Rehabilitación No obstante lo dispuesto en la Cláusula de Prima de las Condiciones Generales, el Contratante podrá, dentro de los treinta días siguientes al último día del plazo de gracia señalado en dicha Cláusula, pagar la prima de este seguro o la parte correspondiente de ella, si se ha pactado su pago fraccionado; en este caso, por el sólo hecho del pago mencionado, los efectos de este seguro se rehabilitarán a partir de la hora y día señalado en el comprobante de pago y La Compañía devolverá, a prorrata, en el momento de recibir el pago, la prima correspondiente al periodo durante el cual cesaron los efectos del seguro, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Sin embargo, si a más tardar al hacer el pago de que se trata, el Asegurado solicita por escrito que se amplíe la vigencia del seguro, ésta automáticamente se prorrogará por un lapso igual al comprendido entre el último día del mencionado plazo de gracia y la hora y día en que surte efecto la rehabilitación. En caso de que no se consigne la hora en el comprobante de pago, se entenderá rehabilitado el seguro desde las cero horas de la fecha de pago. Sin perjuicio de sus efectos automáticos, la rehabilitación a que se refiere esta Cláusula, la hará constar La Compañía para efectos administrativos, en el recibo que emita con motivo del pago correspondiente y en cualquier otro documento que se emita con posterioridad a dicho pago. 16

18 En ningún caso, La Compañía responderá de siniestros ni sus complicaciones, ocurridos durante el periodo comprendido entre el vencimiento del aludido plazo de gracia y la hora y día de pago a que se refiere esta Cláusula. No aplica preexistencia declarada para los siniestros ocurridos en dicho periodo. Cambio de Plan En caso de que el asegurado tuviera contratado algún otro plan, y a la renovación quisiera realizar un cambio de plan, su antigüedad sería reconocida siempre y cuando no pierda continuidad de una renovación a otra. Los nuevos padecimientos que se presenten a partir de la fecha en que se realizó el cambio de plan, quedarán cubiertos bajo los límites y condiciones establecidos en la nueva póliza. Para los padecimientos originados durante la vigencia de la póliza anterior, se aplicarán los límites, deducible y coaseguro especificados en las Condiciones Generales y endosos especiales de la póliza contratada al momento de inicio del siniestro. Para las coberturas de Maternidad, Complicaciones del Embarazo, Puerperio, Parto y/o Cesárea, en caso de que la asegurada afectada tuviera contratado algún otro plan, y a la renovación quisiera realizar un cambio de plan, su antigüedad sería reconocida siempre y cuando no pierda continuidad de una renovación a otra. Si el embarazo se originó durante la vigencia de la póliza anterior, se aplicarán los límites, deducible y coaseguro especificados en las Condiciones Generales y endosos especiales de la póliza contratada al momento del inicio del embarazo. Prescripción Todas las acciones que se deriven del presente contrato de seguro prescribirán en dos años, contados en los términos del artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma ley. La prescripción se interrumpirá no sólo por causas ordinarias, sino también por el nombramiento de perito o por la iniciación del procedimiento señalado por el artículo 50 Bis y el Artículo 68 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Moneda Todos los pagos relativos a este contrato ya sean por parte del Contratante o de La Compañía, se efectuarán en moneda nacional conforme a la ley monetaria vigente en la época de los mismos. Cuando los gastos se hagan en moneda extranjera y procedan de acuerdo a las condiciones de esta póliza, serán reembolsados en moneda nacional de acuerdo al tipo de cambio para solventar obligaciones en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana vigente al día de erogación de los gastos, dictada por el Banco de México, y publicado en el Diario Oficial de la Federación. Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro. 17

19 Competencia En caso de controversia, el quejoso deberá acudir a la Comisión Nacional de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros en sus oficinas centrales o en las de sus delegaciones, en los términos de los Artículos 65, 67, 68, 69, 70, 71 y 72 Bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y si dicho organismo no es designado árbitro, podrá acudir ante los tribunales competentes del domicilio de La Compañía que se indica en la carátula de la póliza. Edad a) La Compañía aceptará el ingreso a esta póliza a personas desde el primer día de nacidas hasta los 64 años. En los casos de renovación esta póliza podrá ser renovada de acuerdo a las cláusulas de Renovación, Altas y Privilegio de Conversión para los asegurados incluidos en ella y podrá efectuarse mientras viva el Asegurado y se pague la prima vigente al momento de la Renovación, durante los 30 primeros días de vigencia de la misma, siempre y cuando no haya perdido continuidad. b) Si a consecuencia de inexacta declaración, la edad del Asegurado, al tiempo de la celebración o en su caso de la renovación del contrato de seguro, hubiere estado fuera de los límites fijados, los beneficios de la presente póliza quedarán rescindidos para el Asegurado y La Compañía reintegrará al Contratante el 70% de la parte de la prima correspondiente a ese Asegurado. c) Cuando se compruebe que hubo inexactitud en la indicación de la edad del Asegurado, y la prima pagada fuese inferior a la que correspondiera realmente, la responsabilidad de La Compañía se reducirá en la proporción que exista entre la prima pagada y la prima de tarifa para la edad real en la fecha de celebración del contrato. Si fuese mayor se devolverá la prima pagada en exceso. d) La Compañía se reserva el derecho de exigir, en cualquier momento, la comprobación de la fecha de nacimiento de los Asegurados y una vez comprobada, La Compañía deberá anotarla en la propia póliza y extenderá el comprobante de tal hecho al Asegurado y no tendrá derecho alguno para exigir nuevas pruebas sobre la edad. Siniestros a) Es obligación del reclamante dar aviso por escrito a La Compañía, en el curso de los primeros cinco días hábiles, de cualquier accidente o enfermedad que pueda ser motivo de indemnización. El retraso para dar aviso, no traerá como consecuencia lo establecido en el artículo 67 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro si se prueba que tal retraso se debió a causa de fuerza mayor o caso fortuito y que se proporcionó tan pronto como cesó uno u otro. Cuando cualquiera de los Asegurados se haya programado para someterse a una cirugía que no tenga carácter de emergencia, el Asegurado Titular deberá notificarlo cuando menos con 5 días hábiles de anticipación a la fecha en que éste deba internarse. El Asegurado Titular tiene la obligación de presentar las pruebas que hubieren determinado dicha cirugía. b) En toda reclamación, el reclamante deberá comprobar a La Compañía la realización del siniestro. El reclamante deberá presentar a La Compañía las formas de declaración que para tal efecto se le proporcionen, así como los comprobantes originales que reúnan los requisitos fiscales de los gastos efectuados tales como: notas, facturas y recetas si es que contara con ellas, así como todos los documentos médicos y estudios relacionados con el evento reclamado. En caso de no cumplirse estos requisitos, La Compañía quedará liberada de cualquier obligación derivada de la correspondiente reclamación. c) La Compañía tendrá derecho, siempre que lo juzgue conveniente, a comprobar a su costa cualquier hecho o situación de los cuales deriven para ella una obligación. La obstaculización por parte del Contratante y/o Asegurado para que se lleve a cabo esa comprobación, liberará a La Compañía de cualquier obligación. 18

20 d) La Compañía sólo pagará los honorarios de médicos titulados y enfermeras tituladas y legalmente autorizados para el ejercicio de su profesión y que no sean familiares del Asegurado, así como los gastos de internamiento efectuados en sanatorios y hospitales legalmente autorizados. e) No se hará, por parte de La Compañía, ningún pago a establecimientos de caridad, beneficencia, asistencia social o cualquier otro semejante en donde no se exige remuneración. La Compañía pagará al Asegurado o a quien corresponda la indemnización que proceda, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se reciban todas las pruebas requeridas para fundamentar la reclamación. Pago de Indemnizaciones La cuantía del reembolso se determinará de la siguiente manera: a) Se sumarán todos los gastos médicos cubiertos, ajustándolos a los límites establecidos en la carátula de la póliza y/o Condiciones Generales y/o endosos específicos. b) A la cantidad resultante se descontará, primero el deducible y después la cantidad por concepto de coaseguro de acuerdo al porcentaje establecido en la carátula de la póliza. c) El deducible se aplicará para cada enfermedad o accidente cubierto. Sistema de Pago Directo En el caso de que el Asegurado requiera internamiento, podrá hacer uso del sistema de pago directo en el que, previa verificación de La Compañía respecto a la procedencia del caso, vigencia de la póliza, endosos especiales, alta de asegurados, pagos, etc., si procede la reclamación La Compañía efectuará el pago de los gastos cubiertos por la póliza a los proveedores de servicio que acepten el pago directo, quedando a cargo del Asegurado los gastos no cubiertos, así como el deducible y el coaseguro que correspondan. Sistema de Pago por Reembolso Funciona para aquellos gastos cubiertos por la póliza que: El servicio médico se hubiere proporcionado por médicos o en hospitales que no estuvieran en el convenio de ésta Compañía; Por la situación de internamiento (falta de documentos, duda en cuanto a la vigencia de la póliza, coberturas, alta de asegurados, pagos, etc.), no se hubiera autorizado y/o generado la oportunidad para el servicio de pago directo. Modificación de Participación de Deducible y Coaseguro En caso de no utilizar la Red Médica de forma completa (hospital y médicos), pero el hospital corresponde a la jerarquía del plan contratado, el deducible, el coaseguro, la tabla de Procedimientos Terapéuticos y todas las coberturas, se aplicarán de acuerdo a las cantidades establecidas en la carátula de la póliza, Condiciones Generales y/o endosos específicos. Si por cualquier circunstancia el Asegurado que utiliza la Red Médica, se atiende en un hospital de mayor jerarquía a los del plan contratado (ver tabla de hospitales por estado y ciudad), se le aplicará el coaseguro contratado y 5 puntos porcentuales adicionales a éste, operando las coberturas y límites del plan contratado. 19

21 Si el asegurado no utiliza la Red Médica y se atiende en un hospital de mayor jerarquía a los del plan contratado, se le aplicará el coaseguro contratado y 15 puntos porcentuales adicionales a éste, operando las coberturas y límites del plan contratado. La atención en otros hospitales se ajusta a las coberturas y límites del plan contratado, indicados en la carátula de la póliza, Condiciones Generales y/o endosos. En territorio nacional siempre que el monto de la reclamación sea superior al deducible contratado, cuando se utilice médico y hospital en convenio a través de pago directo: Si la póliza tiene un deducible menor o igual a $2,500 se elimina deducible y coaseguro. Si el deducible contratado es superior a $2,500, sobre éste se eliminará la cantidad de $2,500 y el total del coaseguro. Las coberturas de Procedimientos Terapéuticos, Anestesista y Consultas Médicas operan sin límite. Para la cobertura de Cuarto y Alimentos se pagará cuarto privado estándar al 100%. En cirugía de nariz y/o senos paranasales a consecuencia de un accidente, tanto en pago directo como reembolso, se aplicará un coaseguro del 50%. Para la reclamación por cesárea, tanto en pago directo como reembolso se aplicará el límite máximo de suma asegurada marcado en la carátula de la póliza para este concepto. En gastos complementarios tramitados vía reembolso se aplicará el coaseguro y limitaciones de la póliza. Interés Moratorio En caso de que La Compañía, no obstante de haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del Artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés Legal aplicable, se obliga a pagar al Asegurado, beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio calculado, a una tasa anual igual al promedio del costo porcentual promedio de captación que publica mensualmente el Banco de México, durante el lapso de mora. Dicho interés se computará a partir del día siguiente a aquél en que venza el plazo de treinta días señalado en el citado precepto. En caso de juicios o arbitrajes en los términos de los Artículos 65, 67, 68, 69, 70, 71 y 72 Bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, los intereses moratorios se calcularán conforme a lo dispuesto en el Artículo 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Otros Seguros Si las coberturas aseguradas en esta póliza estuvieran amparadas en todo o en parte, por otros seguros, en esta u otras Compañías, las indemnizaciones pagaderas en total por todas las pólizas no excederá a los gastos reales incurridos y se liquidarán en proporción a los beneficios que cubra cada póliza, de acuerdo al contenido de los artículos 100, 101 y 102 de la Ley sobre el Contrato del Seguro. 20

22 VII. Plan Plus Individual/Familiar Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este plan se obtendrán las coberturas a continuación detalladas de forma adicional a las coberturas especificadas en la Sección III. Gastos Médicos Mayores Cubiertos de las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. Las coberturas del Plan Plus que a continuación se mencionan sólo cubrirán los gastos erogados en territorio nacional. 1.- Suma Asegurada sin Límite. No habrá límite máximo de responsabilidad por parte de la Compañía para aquellos padecimientos cubiertos cuyo primer gasto sea erogado a partir de la contratación del Plan Plus elegido y la póliza se encuentre en vigor para ese asegurado. Para aquellos padecimientos cubiertos que iniciaron antes de la contratación de esta cobertura, se aplicara la suma asegurada vigente al momento de la ocurrencia del siniestro. 2.- Cobertura de Maternidad por Parto Normal. Se cubre la maternidad por parto normal, con un periodo de espera de 10 meses de cobertura continua, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia de la póliza con cobertura Plus. Estarán cubiertos los gastos médicos y/o quirúrgicos y de hospitalización por maternidad, que comprende parto normal, para la asegurada titular o la cónyuge, con una suma asegurada tope estipulada para este beneficio en la carátula de la póliza y no aplica deducible ni coaseguro. Esta cláusula modifica al punto 3 de la sección V. Gastos Médicos Mayores No Cubiertos. 3.- Cobertura de Cesárea. Se cubren todas las cesáreas en la vida de la asegurada titular o la cónyuge, con el límite establecido para éste beneficio en la carátula de la póliza, no aplicará deducible ni coaseguro. El periodo de espera de esta cobertura es de 10 meses a partir del alta de la asegurada al Plan Plus. Esta cláusula modifica al punto 19 de la sección III. Gastos Médicos Mayores Cubiertos. 4.- Cobertura de Circuncisión. Se cubre después de un periodo de espera de 2 años con cobertura continua de Gastos Médicos Mayores en La Compañía. Aplica el deducible y el coaseguro contratados, establecidos en la carátula de la póliza. Esta cláusula modifica al punto 21 de la sección V. Gastos Médicos Mayores No Cubiertos. 5.- Cobertura de tratamiento médico y/o quirúrgico de nariz y/o senos paranasales. Se cubre por accidente o enfermedad después de un periodo de espera de 2 años de cobertura continua de Gastos Médicos Mayores en La Compañía, aplicándose el deducible y el coaseguro contratados establecidos en la carátula de la póliza. 21

23 Esta cláusula modifica al punto 1 de la sección IV. Gastos Medicos Mayores Cubiertos con Periodo de Espera, y el inciso 25 de la sección V. Gastos Médicos Mayores No Cubiertos. 6.- Cobertura de Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). Se cubre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) después de un periodo de espera de 4 años de cobertura continua de Gastos Médicos Mayores en La Compañía, siempre que el virus del SIDA no haya sido detectado antes o durante este periodo, es decir, el SIDA deberá ser diagnosticado positivo a los estudios serológicos y confirmado una vez que se ha cubierto el periodo de espera ya mencionado. Asimismo, no se cubrirán durante el mismo lapso, los estudios de diagnóstico para la detección de este padecimiento. Aplica el deducible y el coaseguro contratados, establecidos en la carátula de la póliza. Esta cláusula modifica al punto 27 de la sección VI. Gastos No Cubiertos. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambios y con la aplicación para este plan. 22

24 VIII. Coberturas Adicionales con Costo para Pólizas Individuales/Familiares VIII.1. Programa Cliente Especial. Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio se obtendrán las siguientes coberturas: 1.- Cobertura Adicional de Enfermedades Catastróficas De acuerdo a esta cobertura se establece ampliar la suma asegurada básica sólo para las enfermedades descritas por este beneficio el equivalente en Moneda Nacional a 1,000,000 USD al asegurado afectado. Los padecimientos cubiertos que aplican para esta cobertura y bajo este concepto son: Cáncer : Es la enfermedad que se manifiesta por la presencia de un tumor maligno caracterizado por su crecimiento descontrolado, y la proliferación de células malignas y para fines de esta cobertura estará incluido el cáncer con metástasis, cáncer de páncreas, cáncer de hígado, cáncer en el sistema nervioso o localizado en los aparatos linfáticos, circulatorios y leucemia. Enfermedad (es) Neurológica (s), Cerebro-Vascular y Cerebrales: Quedarán cubiertos los tratamientos médico y quirúrgicos derivados de enfermedades degenerativas, tumores benignos y malignos del sistema nervioso central. Tumores o malformaciones del aparto circulatorio, localizado en el sistema nervioso central. Así como Isquemia, Trombosis y Hemorragia cerebral. Enfermedades de las coronarias que requieren cirugía: Quedará cubierto la intervención quirúrgica de Tórax abierto de 2 o más arterias para la colocación de hemoductos para la revascularización del miocardio. La necesidad de este tipo de intervenciones deberá ser demostrada mediante angiografía coronaria. Quedan excluidos para esta cobertura los procedimientos quirúrgicos como la angioplastia, el stent, la trombolisis u otros tratamientos similares. Trasplantes de Organos Mayores: Se cubren los trasplantes de los siguientes órganos: corazón, pulmón, páncreas, riñón, hígado y médula ósea. Se incluyen los gastos médicos-hospitalarios para el Asegurado; asimismo quedarán cubiertos los gastos médicos-hospitalarios del donante a partir de la hospitalización para la intervención quirúrgica de donación y hasta que se registre la salida del hospital, momento en el que cesará esta cobertura para el donante. Cobertura. Este beneficio sólo opera para padecimientos que inicien a partir de la contratación de esta cobertura adicional y cuyo primer gasto se realice a partir de la contratación de dicho beneficio. Para aquellas pólizas que contaban con esta cobertura de enfermedades catastróficas y que no tuvieran periodos al descubierto, se respetará la antigüedad de ésta, tomándose como fecha original la de la primera emisión de la cobertura de enfermedades catastróficas. 23

25 El incremento de la suma asegurada al equivalente en Moneda Nacional a 1, USD iniciará a partir de la fecha de inicio de la enfermedad, entendiéndose ésta como la fecha del primer gasto, atención médica o inicio de síntomas. Precertificación Es la autorización por parte de La Compañía para determinar, si el padecimiento está cubierto o no por esta cobertura. El asegurado tendrá la obligación de enviar a La Compañía por lo menos con 10 días hábiles de anticipación a la fecha de admisión al hospital o Centro de trasplante, el informe médico, el aviso de accidente y/o enfermedad, la historia clínica y el resultado de estudios practicados. En caso de urgencia médica tendrá que notificar durante las 24 horas siguientes el ingreso al hospital. Esta cobertura no podrá operar sí: La compañía no determina que sea un padecimiento cubierto por esta cobertura ó Si el asegurado no cumple con dar aviso a La Compañía. Deducible y Coaseguro. Para los gastos generados en territorio nacional se aplicará la cláusula de Modificación de Participación de Deducible y Coaseguro de las Cláusulas Generales de las Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. Para los gastos generados en territorio extranjero se aplicará el deducible y coaseguro de la carátula de la póliza. En caso de usar Red Médica en forma completa (hospital y médicos) se eliminará el total del deducible y 10 puntos porcentuales del coaseguro. La aplicación del deducible es única por cada Accidente o Enfermedad cubierta independientemente del territorio en el que se hayan realizado los gastos. Edad. La Compañía aceptará el ingreso a ésta cobertura a personas desde el primer día de nacidas hasta los 64 años. Para la renovación la edad máxima de aceptación es hasta 69 años. Podrán pertenecer a la familia asegurada los hijos menores de 25 años solteros que sean dependientes económicos del asegurado principal. Exclusiones No estarán cubiertas las siguientes enfermedades: Cáncer In-situ del cuello uterino. Cáncer de la piel, quedando cubierto el melanoma maligno. Tumores en presencia del virus de Inmunodeficiencia adquirida, SIDA. Gastos que se originen a consecuencia de enfermedades preexistentes y sus complicaciones a la contratación de la cobertura. Además aplican las exclusiones de las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. 24

26 2.- Segunda Opinión Médica Internacional. Esta cobertura ofrece el acceso a un programa de consulta médica especializada, para asegurados que padecen enfermedades graves cubiertas por estas Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar a través de una Red de Médicos consultantes en los Estados Unidos de Norteamérica, con el propósito de emitir una opinión médica calificada relacionada con el padecimiento del asegurado. Obligaciones del Beneficiario. El asegurado deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se trate de afecciones mayores amparadas en estas Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/familiar y que no requieran manejo de emergencia, o que el tiempo permita realizar los trámites necesarios para la coordinación de este beneficio. b) Padecimientos que por su complejidad así lo requieran como por ejemplo: Cáncer, Enfermedades neurológicas graves, Cirugías Cardiovasculares, Trasplantes de órganos mayores, en ningún caso para padecimientos menores y cuyo diagnóstico sea de fácil determinación. Solicitud Para solicitar el servicio de segunda opinión médica, el asegurado deberá presentar en nuestras oficinas divisionales la siguiente documentación: Requisitar el formato inicial diseñado para solicitar este servicio, en el que se incluye solicitud del servicio de segunda opinión médica internacional para: Ratificar Diagnóstico. Corroborar tratamiento. Alternativas de tratamiento. Tarjeta que lo identifica como asegurado de Seguros Comercial América. Identificación oficial con fotografía Aviso de accidente o enfermedad. Historia Clínica completa debidamente requisitada por su médico tratante que incluya: padecimiento actual, antecedentes personales no patológicos, antecedentes patológicos con diagnóstico, tiempo de evolución y tratamiento. Resúmenes clínicos de los médicos que lo han atendido. Si ha estado hospitalizado, copia de su expediente clínico. Resultados de todos los exámenes que le hayan practicado, en el caso de estudios especiales como Rayos X, tomografías, resonancia magnética, ultrasonido, placas y algunos otros. En caso de que el médico que realiza la segunda opinión médica necesitara estudios adicionales, se entenderá que esos gastos se harán de acuerdo a los procedimientos tradicionales establecidos para Pago Directo o Reembolso. 25

27 Diagnóstico La respuesta de la segunda opinión médica se entregará al asegurado en dos maneras: en el formato original que el médico interconsultante emitió en inglés y con su respectiva traducción al español. Exclusiones. Gastos que se originen a consecuencia de enfermedades preexistentes a la contratación de la cobertura. Además aplican las exclusiones de las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. 3.- Cuarto Suite De acuerdo a esta cobertura se ofrece un ascenso del cuarto privado estándar a Cuarto Suite en territorio nacional siempre y cuando la hospitalización sea derivada o a consecuencia de un accidente y/o enfermedad cubiertos por estas Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. Además este beneficio está sujeto a la disponibilidad del cuarto suite dentro del hospital. Este beneficio se cubrirá de lo que resulte menor entre: Un máximo de 2 veces el costo del cuarto sencillo estándar ó El cuarto suite, siempre y cuando sea la suite inmediata superior al cuarto privado estándar. Exclusiones. Esta cobertura no aplica para la cobertura Urgencia Médica en el Extranjero (UME) ni para la Cláusula de Atención Médica en el Extranjero (CAME). 4.- Paquete de Admisión De acuerdo a esta cobertura se establece que La Compañía cubrirá el paquete de admisión considerado como los primeros artículos de uso personal que se le entregan al paciente al momento de ingresar al hospital. Este beneficio opera siempre y cuando la hospitalización sea derivada o a consecuencia de un accidente y/o enfermedad cubiertos por estas Condiciones Generales de Gastos Médico Mayores Individual/Familiar. 26

28 5.- Asistencia Médica PCE Con esta cobertura el asegurado afectado recibirá los beneficios de Asistencia Médica definidos a continuación. La prestación de estos servicios será proporcionada por La Compañía a través de AXA Assistance México, empresa especializada en programas de asistencia. Para fines de la cobertura de Asistencia Médica PCE se aplicará las siguientes condiciones: I. Disposiciones Previas. Siempre que se utilicen con la primera letra en mayúscula en las presentes Condiciones Generales de este beneficio, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye. I.1 Definiciones. 1. Compañía: Toda mención en delante de La Compañía se refiere a Seguros Comercial América, S. A. de C.V. 2. Compañía de Asistencia: Toda mención en delante de La Compañía de Asistencia se refiere a AXA Assistance México. 3. Beneficiario(s): Para fines de esta cobertura serán el Titular de la Póliza de Gastos Médicos Mayores y su Familia, inscritos al Programa Cliente Especial de La Compañía, cuya Póliza sea válida, vigente y emitida por La Compañía, además será el personal de servicio doméstico del Beneficiario o invitados del Beneficiario tal como se define en el beneficio II.1 (b) de estas Condiciones Generales. 4. Equipo Médico de La Compañía de Asistencia: El personal médico y asistencial apropiado que esté gestionando los Servicios de Asistencia por cuenta de La Compañía de Asistencia a un Beneficiario. 5. Familia: Cuando se mencione el término Familia, se referirá exclusivamente al Beneficiario y sus dependientes, que estén dados de alta en la Póliza de Gastos Médicos Mayores y que aparezcan en la carátula de dicha Póliza o en el certificado correspondiente. 6. Representante: Cualquier persona, sea o no acompañante del Beneficiario que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia. 7. Residencia Permanente: El domicilio habitual en los Estados Unidos Mexicanos del Beneficiario tal como aparece en la carátula de la Póliza de Gastos Médicos Mayores o cualquier otro medio razonable de comprobación. 8. Servicios de Asistencia: Los Servicios Asistenciales que gestiona La Compañía de Asistencia a los Beneficiarios en los términos de estas Condiciones Generales, para los casos de una Situación de Asistencia de un Beneficiario. 9. Situación de Asistencia: Todo Accidente o Enfermedad de un Beneficiario ocurridos en los términos y con las limitaciones establecidas en estas Condiciones Generales, así como las demás situaciones descritas, que dan derecho a la gestión de los Servicios de Asistencia. 27

29 I.2 Territorialidad. Los servicios que se mencionan en las presentes Condiciones Generales, se gestionarán en cualquier lugar de los Estados Unidos Mexicanos, desde la propia Residencia Permanente del Beneficiario y hasta toda la República Mexicana. II. Beneficios II.1 Ambulancia por Emergencia En caso de que un Beneficiario sufra una Enfermedad y/o Accidente tales que el Equipo Médico de La Compañía de Asistencia, en contacto con el médico que atienda al Beneficiario, recomienden su hospitalización, La Compañía de Asistencia organizará y gestionará: El traslado del Beneficiario al centro hospitalario más cercano; y Si fuera necesario por razones médicas. a) El traslado del Beneficiario al centro hospitalario más apropiado a las particularidades de las heridas o de la Enfermedad del Beneficiario, bajo supervisión médica, por los medios más adecuados incluyéndose sin limitación lo siguiente: 1. Si el traslado necesario es desde la Residencia Permanente del Beneficiario y hasta un radio de 100 Kms. a partir de ésta se incluye: ambulancia terrestre, de terapia intensiva, intermedia o estándar, según las circunstancias y gravedad de cada caso. 2. Si el traslado es a más de 100 Kilómetros del centro de la población de la Residencia Permanente del Beneficiario se incluye: ambulancia aérea, avión de línea comercial, ambulancia terrestre, de terapia intensiva, intermedia o estándar, según las circunstancias y gravedad de cada caso. El Equipo Médico de La Compañía de Asistencia y el médico tratante tomarán las disposiciones necesarias para éste traslado. Este servicio está limitado a un máximo de 3 (tres) eventos por año y por Póliza. b) Si el Beneficiario requiere el envío de una ambulancia para personas no incluidas en la Póliza de Gastos Médicos Mayores, tales como: personal doméstico al servicio del propio Beneficiario o invitados del Beneficiario, el traslado en la ambulancia será pagado por el Beneficiario directamente a quien preste el servicio según las tarifas vigentes de éste, en el momento que el prestador del servicio así se lo solicite al Beneficiario. II.2 Consulta Telefónica. A petición del Beneficiario, el Equipo Médico de La Compañía de Asistencia, le asistirá orientando telefónicamente al Beneficiario sobre problemas menores o dudas con relación a: a) Utilización de medicamentos. b) Síntomas o molestias que le estén aquejando. Este servicio será proporcionado las 24 horas de los 365 días del año. El Equipo Médico de La Compañía de Asistencia, no emitirá ningún diagnóstico, pero a solicitud del Beneficiario, se le direccionará para: a) Enviarle la visita de un médico a domicilio. b) Concertarle una cita con un médico, o en un centro hospitalario. c) El envío de una ambulancia. 28

30 La Compañía de Asistencia no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos médicos o instituciones médicas, por omisiones del Beneficiario o si éste no sigue las instrucciones de manera precisa. II.3 Consulta Domiciliaria. A solicitud del Beneficiario, La Compañía de Asistencia gestionará el envío de un medico general hasta su domicilio o el lugar donde se encuentre. Este servicio está limitado a un máximo de 3 (tres) eventos por año y por Póliza. El Beneficiario pagará únicamente los primeros $150.- Pesos M.N., de cada visita domiciliaria, directamente al médico que esté proporcionando el servicio, al momento que finalice la consulta domiciliaria. III. Obligaciones del Beneficiario. III.1 Solicitud de Asistencia. En caso de una Situación de Asistencia y antes de iniciar cualquier acción, el Beneficiario llamará a los teléfonos designados de la central de alarma de La Compañía de Asistencia, facilitando los datos siguientes: a. Indicará el lugar donde se encuentra y número de teléfono donde La Compañía de Asistencia podrá contactar con el Beneficiario o su Representante. b. Su nombre y su número de Póliza. c. Describirá el problema o dolencia que le aqueje y el tipo de ayuda que precise. El Equipo Médico de La Compañía de Asistencia, tendrá libre acceso al Beneficiario y a su historia clínica, para conocer su situación y si tal acceso le es negado La Compañía de Asistencia no tendrá obligación de gestionar ninguno de los Servicios de Asistencia. III.2.Ambulancia por Emergencia (Traslado Médico). En los casos de traslado médico y a fin de facilitar una mejor intervención de La Compañía de Asistencia, el Beneficiario o su Representante deberán facilitar: El nombre, dirección y número de teléfono del hospital o centro médico donde el Beneficiario esté ingresado o el lugar donde se encuentre. El nombre, dirección y número de teléfono del médico que atienda al paciente, y de ser necesario, los datos del médico de cabecera que habitualmente atienda al Beneficiario. El Equipo Médico de La Compañía de Asistencia o sus representantes deberán tener libre acceso al expediente médico y al Beneficiario para valorar las condiciones en las que se encuentra. Si se negara dicho acceso, el Beneficiario perderá el derecho a los Servicios de Asistencia. En cada caso, el Equipo Médico de La Compañía de Asistencia decidirá cuando es el momento más apropiado para el traslado y determinará las fechas y los medios más adecuados para el traslado. III.3 Normas Generales. a) Mitigación El Beneficiario está obligado a tratar de mitigar y limitar los efectos de las Situaciones de Asistencia. 29

31 b) Cooperación con La Compañía de Asistencia El Beneficiario deberá cooperar con La Compañía de Asistencia para facilitar la recuperación de los pagos efectuados en las diferentes intervenciones, aportando a La Compañía de Asistencia los documentos necesarios, ayudar a La Compañía de Asistencia y con cargo a La Compañía de Asistencia, a complementar las formalidades necesarias. c) Personas que prestan los Servicios de Asistencia. Las personas que prestan los Servicios de Asistencia son, en su mayor parte, contratistas independientes elegidos por La Compañía de Asistencia, con la adecuada titulación y competencia según los niveles medios del lugar, momento y circunstancias en que se gestionen los Servicios de Asistencia, por lo que La Compañía de Asistencia no obstante que será responsable por la gestión de los servicios de acuerdo con lo estipulado en estas Condiciones Generales, no será en ningún caso responsable por las deficiencias en que incurran tales personas, sociedades o establecimientos. d) Prescripción de las Reclamaciones Cualquier reclamación relativa a una Situación de Asistencia deberá ser presentada dentro de los 90 días naturales de la fecha en la que se produzca, prescribiendo cualquier acción legal transcurrido dicho plazo. e) Subrogación La Compañía de Asistencia quedará subrogada, hasta el límite de los gastos realizados y de las cantidades pagadas al Beneficiario, en los derechos y acciones que correspondan al Beneficiario contra cualquier responsable de un Accidente o Enfermedad que hayan dado lugar a la gestión de los Servicios de Asistencia. IV. Exclusiones. 1. Las Situaciones de Asistencia ocurridas durante viajes o vacaciones realizados por los Beneficiarios en contra de la prescripción de algún médico o durante viajes de duración superior a sesenta (60) días naturales, no dan derecho a los Servicios de Asistencia. 2. Los Beneficiarios no tendrán derecho a ser reembolsados por La Compañía de Asistencia, por costos generados en una Situación de Asistencia ya que se trata de que el asegurado no tenga la necesidad de contratar por su cuenta proveedores de servicio no calificados. 3. Traslados a causa o como consecuencia de trasplante de órganos o miembros de cualquier tipo, sean en ambulancia o por cualquier otro medio. 4. Lesiones o padecimientos menores, tales que no ameriten traslado en ambulancia, como pueden ser: Gripas, catarros, fracturas de dedos, dolores agudos de cabeza, etc., mencionadas de manera ilustrativa, más no limitativa. 5. Además, aplican todas las exclusiones establecidas en estas Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. También serán aplicables para la cobertura de Programa Cliente Especial las definiciones establecidas en las Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar, todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambios ni modificaciones. 30

32 VIII.2. Cobertura de Atención Médica en el Extranjero (CAME) Mediante el pago de la prima correspondiente a esta cláusula se obtendrá el siguiente beneficio: De acuerdo a esta cláusula se establece que los gastos médicos erogados por el asegurado fuera del territorio nacional y que se encuentren cubiertos de acuerdo a las Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar, serán amparados hasta los límites mencionados por esta cobertura, sujeto a las siguientes condiciones: Residencia Solo estarán protegidas bajo esta cobertura las personas que radiquen permanentemente y que su domicilio habitual sea dentro de la República Mexicana. Para los Asegurados Dependientes en viajes de estudio que lleguen a residir más de 3 meses fuera del territorio nacional, con un máximo de 12 meses, se le aplicará la tarifa correspondiente a la zona 3, después de transcurrido este periodo quedará excluido del contrato. Participación del Asegurado Deducible y Coaseguro. Invariablemente se aplicará tanto por accidente como por enfermedad y su monto se estipula en la carátula de esta póliza. Pago de Reclamaciones Esta cobertura funciona en la forma tradicional de reembolso y tiene la opción de ser utilizada como pago directo. Sistema de Pago Directo En caso de que el Asegurado requiera internamiento mayor a 24 horas, podrá hacer uso del sistema de pago directo en el que, previa verificación de La Compañía respecto a la procedencia del caso, vigencia de la póliza, endosos especiales, altas de asegurados, pagos, etc., si procede la reclamación La Compañía efectuará el pago de los gastos cubiertos por la póliza a los proveedores de servicio que acepten el pago directo. Sistema de Pago por Reembolso Funciona para aquellos gastos cubiertos por la póliza en atención médica en el extranjero que: No hubiese requerido internamiento mayor a 24 horas; El servicio médico se hubiera proporcionado por médicos o en hospitales que no aceptasen el pago directo por parte de La Compañía; Por la situación del internamiento (falta de documentos, duda en cuanto a la vigencia de la póliza, coberturas, alta de asegurados, pagos, etc.), no se hubiere autorizado el pago directo. 31

33 Gastos Cubiertos 1. Cuarto semi - privado y alimentos del paciente. 2. Médicos y/o cirujanos. Honorarios por intervención quirúrgica, así como visitas intrahospitalarias y/o consultas. 3. Anestesista (honorarios profesionales). 4. Suministros en el hospital (medicamentos, material médico, equipos anestésicos y sala de operaciones). 5. Aparatos ortopédicos y prótesis necesarios para el tratamiento médico. Queda excluida la reposición de aparatos de prótesis. 6. Servicios de ambulancia terrestre (en la localidad hacia o desde el hospital). 7. Enfermera privada. 8. Servicios de terapia física, radioterapia y fisioterapia. 9. Medicamentos adquiridos fuera del hospital, que estén relacionados con el padecimiento y acompañados de la receta médica. 10. Renta de equipo tipo hospital que, por prescripción médica, sea necesario para la convalecencia domiciliaria. Exclusiones a) Las enfermedades preexistentes al inicio de esta cobertura, independientemente de la antigüedad de la cobertura en territorio nacional. Para aquellas pólizas que contaban con la cobertura en el extranjero y que no tuvieran periodos al descubierto, se respetará la antigüedad de ésta, tomándose como fecha original la de la primera emisión de la cobertura en el extranjero. b) La operación cesárea y el parto natural. c) Adicionalmente a las exclusiones de ésta cláusula, las limitaciones mencionadas en las Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar y endosos especiales, no se amparará lo mencionado en el capítulo de Gastos Cubiertos con periodo de espera, de acuerdo a los tiempos establecidos. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambios ni modificaciones y con aplicación para esta cobertura. 32

34 VIII.3. Paquete de Beneficios Adicionales Mediante el pago de la prima correspondiente a estos beneficios se obtendrán las siguientes coberturas: 1.- Accidentes Personales De acuerdo a la suma asegurada, la cual aparece en la carátula de la póliza, se ofrece a los asegurados mayores de 12 años una protección en caso de muerte como consecuencia de un accidente, si ésta sobreviniera dentro de los 90 días siguientes a la fecha del mismo. A los asegurados que por consecuencia de un accidente sufran pérdidas orgánicas, (si suceden dentro de los 90 días posteriores a la fecha de ocurrencia de éste), se les proporcionará una indemnización hasta por la suma asegurada, indicada en la carátula de la póliza, de acuerdo a la tabla siguiente: Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100% Una mano y un pie 100% Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo 100% Una mano o un pie 50% La vista de un ojo 30% El pulgar de cualquier mano 15% El índice de cualquier mano 10% La pérdida significará: En cuanto a las manos y a los pies, la pérdida por anquilosis o la separación en las coyunturas de la muñeca o del tobillo o arriba de los mismos, En cuanto a los ojos la pérdida completa e irreparable de la vista, En cuanto a los dedos pulgar e índice la anquilosis o la separación de la coyuntura metacarpofalangeal o arriba de la misma. En caso de sufrir varias de las pérdidas arriba especificadas, la responsabilidad total de La Compañía en ningún caso excederá el límite establecido para este beneficio. Cualquier indemnización pagada por La Compañía, reduce en la misma proporción la Suma Asegurada de este beneficio para el asegurado afectado, hasta agotarse, relevando de toda responsabilidad posterior a La Compañía. Los beneficiarios para el caso de muerte accidental, serán: Los específicamente designados por el Asegurado o, en su defecto, A la sucesión. 33

35 Pago de indemnizaciones La indemnización que resulte comprobada conforme al contrato será pagada dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que fueran entregadas las pruebas correspondientes a La Compañía. Estos beneficios no se concederán si la muerte del Asegurado o las pérdidas orgánicas que sufra son debidas directa, total o parcialmente a: Enfermedad corporal o mental, infecciones con excepción de las que acontezcan como resultado de una lesión accidental; tratamiento médico o quirúrgico, cuando éste no sea necesario a consecuencia de un accidente. Suicidio o cualquier intento del mismo, o mutilación voluntaria, cualquiera que sea la causa que lo provoque. Hernias y eventraciones que no sean consecuencia de un accidente. Envenenamientos de cualquier origen o naturaleza excepto los accidentales. Guerra, rebelión, revolución o insurrecciones. Lesiones sufridas al prestar servicio militar de cualquier clase. Riña, siempre y cuando el Asegurado haya sido el provocador, o actos delictivos intencionales en que participe directamente el Asegurado. La participación en cualquier forma de navegación submarina. Accidentes que ocurran mientras el Asegurado se encuentre en cualquier vehículo tomando parte en carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad. La participación en eventos de box, paracaidismo, charrería, alpinismo, espeleología, tauromaquia, cualquier clase de deporte aéreo o actividades similares a las mencionadas. Accidentes o lesiones que por culpa del Asegurado sufra como consecuencia de encontrarse bajo la influencia de enervantes o drogas, excepto cuando estas últimas hayan sido prescritas por un médico. Al hacer uso de este beneficio no se aplicará deducible ni coaseguro. 2.- Accidentes Personales en Viajes Aéreos Ofrece a los Asegurados mayores de 12 años una protección hasta por el límite establecido en la carátula de la póliza en caso de muerte o pérdidas orgánicas como consecuencia de un accidente, si alguna de éstas sobreviniera dentro de los 90 días siguientes a la fecha del mismo. A los Asegurados que por consecuencia de un accidente sufran pérdidas orgánicas (Si suceden dentro de los 90 días posteriores la indemnización por pérdidas orgánicas se hará a la fecha de ocurrencia de éste), se les proporcionará una indemnización, lo anterior, conforme a la tabla de indemnizaciones del inciso 1. Este beneficio surtirá efectos durante el viaje sencillo o de ida y vuelta amparado por el boleto de transportación, comenzando sus efectos en o después de la fecha de expedición que aparece en esta póliza, terminando con la llegada al punto de destino o seis meses después de la fecha en que se inicie el vuelo, según lo que ocurriere primero como sigue: a) Mientras se encuentre como pasajero subiendo, a bordo o bajando del aeroplano en que hará el viaje, siempre que sea operado por una línea aérea establecida y, a la cual le haya otorgado licencia para el transporte de pasajeros la autoridad competente del país cuyo registro ostente. Así mismo, mientras se encuentre viajando dentro del aeropuerto en un vehículo terrestre operado por la autoridad del 34

36 mismo o por la línea aérea, para dirigirse al lugar donde se encuentre colocado el aeroplano en el que se hará el viaje o viceversa, así como a consecuencia de ser golpeado por dicho aeroplano. b) Mientras se encuentre viajando en vehículo terrestre para la transportación de pasajeros, proporcionado u ordenado directa o indirectamente por tal línea aérea o por la autoridad del aeropuerto y viceversa, inmediatamente antes de la salida anunciada del aeroplano o inmediatamente después de su llegada a ese aeropuerto o para la transportación de pasajeros que se haga necesaria por alguna interrupción o suspensión temporal del servicio por parte de la línea aérea, antes de llegar al punto de destino del vuelo. c) Como consecuencia de estar expuesto a los elementos naturales, después de un aterrizaje forzoso o destrucción del aeroplano en que se haga el viaje. d) Mientras se encuentre en algún lugar donde se provea al Asegurado de comida y albergue, siempre que los gastos por estos conceptos sean por cuenta de la línea aérea. e) No invalidará este beneficio cualquier cambio en los puntos de salida o de destino del aeroplano en el cual el Asegurado haga el viaje al amparo del boleto de transportación anotado en esta póliza. f) En caso de que el Asegurado sea menor de 12 años o éste sujeto a interdicción queda expresamente establecido que se excluye el riesgo de muerte de esta cobertura, la cual comprenderá únicamente las demás indemnizaciones que se mencionan en este beneficio. g) Si después de un año de la fecha de desaparición o destrucción de un aeroplano en el cual el Asegurado estuviere viajando, su cuerpo no fuere encontrado, se presumirá que sufrió la pérdida de la vida a consecuencia de lesiones corporales producidas por causas accidentales. 3.- Gastos Funerarios Este beneficio cubre los gastos funerarios que tengan que hacerse al ocurrir el fallecimiento de cualquier persona asegurada en la póliza, hasta por el límite establecido en la carátula de la póliza. Servicio de pago directo en Agencia Funerarias: En caso de muerte del Asegurado, a consecuencia de un accidente en el primer año de vigencia de la póliza o por enfermedad a partir del segundo año de vigencia, se cubrirán sus servicios funerarios en aquellas Agencias Funerarias que cuenten con convenio de pago directo con La Compañía, y de existir remanente, éste será pagado en nuestras oficinas, previa comprobación del gasto efectuado, a: Los específicamente designados por el asegurado o, en su defecto, A la sucesión. Para el caso de fallecimiento del Asegurado en el que no se haya dado el pago directo a la Agencia Funeraria, el pago se tendrá que reclamar en la forma tradicional, es decir, por medio de reembolso en las oficinas de Seguros Comercial América, S.A. de C.V. Cuando el servicio lo proporcione alguna agencia funeraria con la cual no exista convenio, se considerará lo siguiente: a) El pago de servicio se hará por medio de reembolso a los beneficiarios designados. b) Se deberán presentar los documentos necesarios y, además, las facturas originales del servicio. c) La documentación deberá ser entregada en la oficina de Seguros Comercial América, S.A. de C.V., para la elaboración del pago respectivo, el cual equivaldrá al monto de las facturas presentadas por quien acredite haber efectuado el pago, con un límite establecido en la carátula de la póliza. 35

37 De existir diferencia, a favor de los beneficiarios, entre la suma asegurada para este beneficio y el monto de las facturas presentadas, ésta será pagada a los beneficiarios designados por el Asegurado o, en su defecto, a su sucesión. En caso de menores de 12 años sólo se reembolsará el importe de las facturas originales que se presenten por los servicios funerarios. Condiciones Generales adicionales para el Paquete de Beneficios: Objeto. La Compañía se obliga a pagar los gastos funerarios hasta la suma asegurada indicada en la carátula de la póliza, mediante el pago de la prima convenida, si algún Asegurado fallece dentro de la vigencia de esta póliza. Suicidio. En caso de muerte por suicidio del Asegurado, cualquiera que haya sido su causa, si se verifica antes de dos años de la celebración del contrato, La Compañía solo cubrirá la reserva matemática que corresponda a la fecha en que ocurra el fallecimiento. Comprobación del siniestro. La Compañía tiene derecho de solicitar al reclamante toda clase de información o documentos relacionados con el siniestro. Pago del beneficio. Se pagará previa comprobación de la muerte del Asegurado, a más tardar treinta días después de la fecha en que La Compañía reciba los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación. Gastos no cubiertos. El beneficio será nulo cuando el fallecimiento del Asegurado sea a consecuencia de un accidente o una enfermedad ocurridos, con fecha anterior a la iniciación de la vigencia de esta póliza. Esta cláusula podrá modificarse únicamente mediante acuerdo entre La Compañía y el Asegurado, que deberá constar por escrito en endosos o en cláusulas adicionales previamente registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Al hacer uso de este beneficio no se aplicará deducible ni coaseguro. 4.- Servicios Asistenciales en el Extranjero 4.1. Disposiciones Previas La prestación de este servicio será proporcionado por La Compañía a través de Axxa Assistance México, empresa especializada en programas de asistencia en viaje Definiciones. Siempre que se utilicen con la primera letra en mayúscula en las presentes Condiciones Generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye. a) Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños corporales a una persona física, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y súbita, y que suceda durante la vigencia de la Póliza de Gastos Médicos Mayores. b) Beneficiario(s): Los Asegurados cuya relación aparece en la carátula de la póliza de Gastos Médicos Mayores emitida por COMERCIAL-AMERICA, válida y vigente al momento de producirse una Situación de Asistencia. c) $ U.S. Dólares: La moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. 36

38 d) Equipo Médico de La Compañía de Asistencia: El personal médico y asistencial apropiado que esté prestando asistencia por cuenta de La Compañía de asistencia a un Beneficiario. e) Enfermedad: Cualquier alteración de la salud de los asegurados de la Póliza, que suceda, se origine o se manifieste por primera vez después de la fecha de salida en viaje. f) Familiar en 1er. Grado: Cuando se mencione el término Familiar en 1er. Grado, se referirá al padre, madre, cónyuge e hijos del Titular de la Póliza. g) Fecha de Inicio: El mismo indicado en la carátula de la póliza de Gastos Médicos Mayores Individual Familiar. h) Póliza de Seguro de Gastos Médicos Mayores: Toda póliza de Gastos Médicos Mayores, válida y vigente, emitida por COMERCIAL - AMERICA en los Estados Unidos Mexicanos. i) País de Residencia: Para fines de este contrato los Estados Unidos Mexicanos. j) Representante: Cualquier persona, sea o no acompañante del Beneficiario que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia. k) Residencia Permanente: El domicilio habitual en los Estados Unidos Mexicanos de los Asegurados de la Póliza. l) Servicios de Asistencia: Los servicios que presta La Compañía de asistencia al Beneficiario, en los términos de estas Condiciones Generales para los casos de una Situación de Asistencia. m) Situación de Asistencia: Todo Accidente o Enfermedad ocurrido al Titular de una Póliza, en los términos y con las limitaciones establecidas en estas Condiciones Generales, así como las demás situaciones descritas en estas Condiciones Generales que dan derecho a la prestación de los Servicios de Asistencia. n) Titular de la Póliza: La persona física cuyo nombre aparece en la póliza de Gastos Médicos Mayores Territorialidad. Los servicios de asistencia que se mencionan en estas Condiciones Generales, serán válidos en todo el mundo a partir de una distancia de 100 Km del centro de la población de Residencia Permanente del Beneficiario, excepto dentro de los Estados Unidos Mexicanos Los Servicios de Asistencia Asistencia Médica Gastos Médicos y de Hospitalización. La Compañía de asistencia proporcionará y tomará a su cargo los servicios médicos necesarios hasta el límite máximo del equivalente en moneda nacional a $5,000. -U.S Dólares por viaje y hasta el equivalente en moneda nacional a $10,000. -U.S Dólares por año para cada asegurado de la Póliza. Quedan excluidos costos de prótesis, lentes y lentes de contacto, aparatos auditivos, dentaduras, cirugía plástica, revisiones de salud periódicas «check up» o rutinarias, gastos médicos y de hospitalización realizados fuera del País de Residencia cuando hayan sido prescritos antes de comenzar el viaje u ocurridos después del retorno del beneficiario. 37

39 Gastos Dentales. En el caso de los problemas agudos que requieran tratamiento odontológico de urgencia, La Compañía de asistencia proporcionará dichos servicios, hasta un máximo del equivalente en moneda nacional a $ U.S. Dólares por año para el titular de la Póliza Gastos de Hotel por Convalecencia. La Compañía de asistencia pagará los gastos necesarios para la prolongación de la estancia en un hotel escogido por el Beneficiario, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si esta prolongación ha sido prescrita por el médico local y por el Equipo Médico de La Compañía de asistencia. Este beneficio está limitado al equivalente en moneda nacional a $100. -U.S. Dólares por día con un máximo de 5 (cinco) días naturales consecutivos Traslado Médico. Si el Beneficiario sufriera lesiones o traumatismos tales que el Equipo Médico de La Compañía de asistencia, en contacto con el médico que lo atienda, recomienden su hospitalización, La Compañía de asistencia organizará y pagará: El traslado del Beneficiario al centro hospitalario más cercano y si fuera necesario por razones médicas. a) El traslado, bajo supervisión médica, por los medios más adecuados (incluyéndose sin limitación, ambulancia aérea, avión de línea comercial o ambulancia) al centro hospitalario más apropiado de acuerdo a las heridas o lesiones que presente. b) Si las condiciones médicas permiten su traslado o repatriación, el Equipo Médico de La Compañía de asistencia organizará el traslado o repatriación, bajo supervisión médica y en avión de línea comercial, al hospital o centro médico más cercano a su Residencia Permanente. El Equipo Médico de La Compañía de asistencia y el médico tratante tomarán las medidas necesarias para este traslado o repatriación Traslado o Repatriación a Domicilio. Si el Beneficiario después del tratamiento local, según el criterio del médico tratante y del Equipo Médico de La Compañía de asistencia, no puede regresar a su Residencia Permanente como pasajero normal, o no puede utilizar los medios inicialmente previstos, La Compañía de asistencia organizará su traslado o repatriación por avión de línea comercial y se hará cargo de todos los gastos suplementarios que fueran necesarios, así como del boleto de regreso del Beneficiario Boleto Redondo para un Familiar. En caso de hospitalización del Beneficiario y de que su hospitalización se prevea de una duración superior a 10 (diez) días naturales, La Compañía de asistencia pondrá a disposición de una persona designada por el Beneficiario un boleto de ida y vuelta (clase económica con origen en la ciudad de Residencia Permanente del Beneficiario) a fin de acudir a su lado Repatriación en caso de Fallecimiento / Entierro Local. En caso de fallecimiento del Beneficiario, La Compañía de asistencia realizará todas las formalidades necesarias (incluyendo cualquier trámite legal) y se hará cargo de: a) El traslado del cadáver o cenizas hasta el lugar de inhumación en la ciudad de Residencia Permanente del Beneficiario; o, b) A petición de los herederos o Representantes del Beneficiario, inhumación en el lugar donde se haya producido el deceso, La Compañía de asistencia se hará cargo de estos gastos sólo hasta el límite de la equivalencia del costo en caso de traslado del cuerpo prevista en el apartado anterior. 38

40 4.2.8 Regreso Anticipado al Domicilio. La Compañía de asistencia organizará y tomará a su cargo los gastos suplementarios para el regreso anticipado del beneficiario, por avión de línea comercial (Clase Económica), en caso de fallecimiento de un Familiar en primer Grado, en la ciudad de Residencia Permanente, siempre que no pueda utilizar su boleto original para el regreso. Asistencia Personal Localización y Reenvío de Equipajes y Efectos Personales. En el caso de robo o extravío de equipaje o efectos personales del Beneficiario, La Compañía de asistencia le asesorará para la denuncia de los hechos y le ayudará en su localización, si los objetos fuesen recuperados, La Compañía de asistencia se hará cargo de su reenvío hasta el lugar donde se encuentre el Beneficiario o hasta su Residencia Permanente Asistencia Administrativa. En caso de robo o pérdida de documentos esenciales para la continuación del viaje, como son; pasaporte, visa, boletos de avión, etc., La Compañía de asistencia proveerá de la información necesaria, así como del procedimiento a seguir con las autoridades locales, con el fin de obtener el reemplazo de dichos documentos perdidos o robados Transmisión de Mensajes. La Compañía de asistencia se encargará de transmitir a petición del Beneficiario, los mensajes urgentes que le soliciten derivados de una Situación de Asistencia Obligaciones del Beneficiario Solicitud de Asistencia. En caso de una Situación de Asistencia y antes de iniciar cualquier acción, el Beneficiario llamará por cobrar a la central de alarma de La Compañía de asistencia, facilitando los datos siguientes: a. Indicará el lugar donde se encuentra y número de teléfono donde La Compañía de asistencia podrá contactar con el Beneficiario o su Representante, así como todos los datos que el gestor de asistencia le solicite para localizarlo. b. Su nombre y su número de Póliza de Seguro de Gastos Médicos Mayores. c. Describirá el problema y el tipo de ayuda que precise. El Equipo Médico de La Compañía de asistencia, tendrán libre acceso al Beneficiario y a su historia clínica para conocer su situación y si tal acceso le es negado por causas imputables al beneficiario La Compañía de asistencia no tendrá ninguna obligación de prestar los Servicios de Asistencia Imposibilidad de Notificación a la Compañía de Asistencia. Los servicios a que se refieren estas Condiciones Generales, configuran la única obligación a cargo de La Compañía de asistencia, y sólo en casos de absoluta y comprobada urgencia o imposibilidad del beneficiario para solicitarlos en los términos de estas propias Condiciones Generales, dicho beneficiario podrá acudir directamente a terceros en solicitud de los servicios; en tal supuesto, La Compañía de asistencia y de acuerdo con la cláusula 43.2(b), podrá reembolsar al beneficiario la suma que hubiera erogado, pero exclusivamente cuando se trate de servicios médicos de hospitalización. En ningún otro supuesto habrá lugar a reembolso. a) En caso de peligro de la vida. En situación de peligro de muerte, el Beneficiario o su Representante legal deberán actuar siempre con la máxima celeridad para organizar su traslado al hospital más cercano del lugar 39

41 donde se haya producido el accidente o enfermedad con los medios más inmediatos y apropiados o tomar las medidas más oportunas, y tan pronto como les sea posible contactarán con la central de alarma de La Compañía de asistencia para notificar la situación. b) Hospitalización sin previa notificación a La Compañía de asistencia. En caso de accidente o enfermedad que conduzca a la hospitalización del Beneficiario sin previa notificación a La Compañía de asistencia, el Beneficiario o su Representante, deberán contactar con la central de alarma de La Compañía de asistencia a más tardar dentro de los 3 (tres) días naturales siguientes al Accidente o inicio de la Enfermedad. A falta de dicha notificación, La Compañía de asistencia considerará al Beneficiario como responsable de los costos y gastos ocurridos Traslado Médico y Repatriación. En los casos de traslado médico o repatriación y a fin de facilitar una mejor intervención de La Compañía de asistencia, el Beneficiario o su Representante deberá facilitar: El nombre, domicilio y número de teléfono del hospital o centro médico donde el Beneficiario esté ingresado. El nombre, domicilio y número de teléfono del médico que atienda al paciente, y de ser necesario, los datos del médico de cabecera que habitualmente atienda al Beneficiario. El equipo médico de La Compañía de asistencia o sus representantes deberán tener libre acceso al expediente médico y al Beneficiario para valorar las condiciones en las que se encuentra, si se negara dicho acceso, el Beneficiario perderá el derecho a los Servicios de Asistencia. En cada caso, el Equipo Médico de La Compañía de asistencia decidirá junto con el médico tratante cuando sea el momento más apropiado para el traslado y/o repatriación y determinará las fechas y los medios más adecuados para el traslado y/o la repatriación. En el caso del traslado o la repatriación del Beneficiario efectuada por La Compañía de asistencia, el beneficiario si esta a su alcance, deberá entregar a La Compañía de asistencia la parte del billete original de cualquier medio de transporte no utilizada, o el valor del mismo, en compensación del costo de dicho traslado. Si ha lugar, La Compañía de asistencia devolverá al Beneficiario la diferencia que se produzca una vez deducido el costo del traslado o repatriación Normas Generales. a) Moderación El beneficiario está obligado a tratar de moderar y limitar los efectos de las Situaciones de Asistencia. b) Cooperación con La Compañía de asistencia El Beneficiario deberá cooperar con La Compañía de asistencia para facilitar la recuperación de los pagos efectuados en las diferentes intervenciones, aportando a La Compañía de asistencia los documentos necesarios, ayudar a la misma, y con cargo a ésta a completar las formalidades necesarias. c) Subrogación. La Compañía de asistencia se subrogará, hasta por el límite de los gastos realizados y de las cantidades pagadas al Beneficiario, en los derechos y acciones que correspondan al Beneficiario contra cualquier responsable de un Accidente o Enfermedad que hayan dado lugar a la prestación de los Servicios de Asistencia. 40

42 d) Personas que prestan los Servicios de Asistencia. Las personas que prestan los Servicios de Asistencia son, Contratistas independientes de La Compañía de asistencia por lo que La Compañía de asistencia no obstante que será responsable por la prestación de los servicios de acuerdo con lo estipulado en este contrato, no será responsable por las deficiencias en que incurran tales personas o establecimientos. e) Prescripción de las Reclamaciones. Cualquier reclamación relativa a una Situación de Asistencia deberá ser presentada dentro de los 90 días de la fecha en que se produzca, prescribiendo cualquier acción legal transcurrido dicho plazo, si no existiera Exclusiones Las Situaciones de Asistencia ocurridas durante viajes o vacaciones realizados por el Beneficiario en contra de la prescripción del médico de cabecera o después de sesenta (60) días naturales de viaje, no dan derecho a los Servicios de Asistencia Cualquier tipo de gasto médico, farmacéutico u hospitalario inferior al equivalente en moneda nacional a $50. - U.S. Dólares Con excepción de lo dispuesto en la Sección 4.3.2(b) de estas Condiciones Generales, el Beneficiario no tendrá derecho a ser reembolsados por La Compañía de asistencia También quedan excluidas las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa de: a) Lesiones que el Asegurado sufra en el servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, insurrección, rebelión, revolución, terrorismo, riña, radioactividad y actos delictuosos en que participe directamente el Asegurado o por culpa grave del mismo. b) Autolesiones o participación directa del Beneficiario en actos criminales. c) La participación directa del beneficiario en combates, salvo en caso de defensa propia. d) La práctica de deportes como profesional, la participación en competencias oficiales y en exhibiciones. e) La participación del Beneficiario en cualquier clase de carreras, competencias o exhibiciones. f) Las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear, de la radioactividad o de cualquier tipo de accidente causado por combustibles nucleares. g) Enfermedades mentales o alienación. h) Cualquier enfermedad persistente, crónica o recurrente y la convalecencia se considerará como parte de la enfermedad. 41

43 i) Embarazos en los últimos tres meses antes de la fecha «Fecha Probable del Parto», así como este último y los exámenes prenatales. j) Exámenes de la vista, con el fin de conseguir o corregir una graduación, así como procedimientos quirúrgicos como queratotomías radiales u otro tipo de cirugías con del fin de modificar errores refractarios. k) Transplante de miembros u órganos de cualquier tipo. l) Enfermedades, estados patológicos, accidentes producidos por la ingestión intencionada o administración de tóxicos (drogas), narcóticos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica o por ingestión de bebidas alcohólicas. m) Suicidio o enfermedades y lesiones resultantes del intento de suicidio. n) Las lesiones sobrevenidas en el ejercicio de una profesión de carácter manual. El uso del Servicio Asistencial en el extranjero implica la conformidad con el programa suscrito. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambios ni modificaciones y con aplicación para ésta cobertura. 42

44 VIII.4. Cobertura de Dinero en Efectivo Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio se obtendrá la siguiente cobertura: Definiciones: Renta Diaria Límite máximo de responsabilidad de Seguros Comercial América por cada asegurado a consecuencia de una enfermedad y/o accidente de acuerdo a la renta diaria establecida en la carátula de la póliza, que implique una hospitalización cubierta. Periodo de Espera para Renta Diaria Es el lapso de tiempo ininterrumpido que debe transcurrir a partir de que el asegurado ingresa al hospital. Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio y si como consecuencia de un accidente y/o enfermedad cubierto, el asegurado incurriera en una hospitalización, La Compañía pagara la renta diaria contratada, ajustándolos previamente a las limitaciones consignadas en la carátula por inicio de vigencia y periodo de cobertura, así como a las condiciones generales, endosos y cláusulas adicionales, siempre y cuando la hospitalización haya sido erogada dentro de la República Mexicana, la póliza se encuentre en vigor para ese Asegurado y la Hospitalización se origine dentro de la fecha de cobertura. I.- Renta Diaria por Hospitalización Se cubre la renta diaria por hospitalización a consecuencia de una enfermedad y/o accidente cubierto. También, se cubre la renta diaria por los siguientes conceptos: Cobertura del Recién Nacido Se cubre desde el primer día de nacido en territorio nacional la hospitalización por los tratamientos médicos y/o quirúrgicos por padecimientos congénitos, talla baja y enfermedades ocurridas al nacimiento siempre y cuando la madre tenga 10 meses continuos de asegurada en la póliza y se haya notificado a la Compañía a más tardar a los 30 días de ocurrido el nacimiento, mediante la obligación de pagar el alta del Recién nacido. La renta diaria se otorga durante el tiempo que el recién nacido permanezca hospitalizado. Complicaciones del Embarazo que se Presenten ya sea Pos Parto o del Puerperio b). Se entiende por este concepto, las complicaciones médicas y quirúrgicas de la asegurada que sean consecuencia inmediata de la atención del parto y/o puerperio, incluyendo las consecuencias de la cesárea. II. Renta Diaria por Hospitalización con Periodo de Espera 1. Se cubre la renta por hospitalización, a partir del segundo año del alta del Asegurado afectado, lo siguiente: Fragmentación de un cálculo, conocido como litotripsias. Padecimientos ginecológicos. Padecimientos de la columna vertebral 43

45 Insuficiencia venosa y várices de miembros inferiores. Del piso perineal. Nariz y/o senos paranasales por accidente, siempre y cuando el primer gasto ocurra dentro de los 90 días a la fecha del accidente. Endometriosis 2. Se cubre la renta por hospitalización, a partir del tercer año de la alta del asegurado afectado, lo siguiente: Exclusiones Padecimientos de glándulas mamarias. Hemorroides, fístulas y fisuras rectales o prolapsos del recto. Amigdalitis y adenoiditis. Hernias (incluyendo las de disco), eventraciones. Están excluidos de éste contrato cualquier tipo de hospitalización a consecuencia de lo estipulado en la Sección V de Gastos Médicos Mayores No Cubiertos. Queda excluida la Maternidad y Cesárea excepto lo mencionado en el inciso 19 de Gastos Médicos Mayores Cubiertos. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambio ni modificaciones y con aplicación para ésta cobertura. 44

46 VIII.5. Extensión de Cobertura. Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio se obtendrá la siguiente cobertura: Cláusula adicional que opera en caso de que el asegurado Titular fallezca o se invalide de forma total y permanente, la Compañía renovará automáticamente la póliza bajo las mismas condiciones durante 5 años, pagando así las primas de los asegurados inscritos en la póliza al momento de ocurrir el siniestro, sin incluir beneficios adicionales. Invalidez. Para los efectos de este beneficio, se define como Invalidez Total y Permanente el hecho de que el Asegurado haya sufrido lesiones corporales o padezca una enfermedad que lo imposibilite para el desempeño de su trabajo habitual o de cualquier otro que pudiere producirle remuneración o utilidad por el resto de su vida apropiado a sus conocimientos, aptitudes y compatible con su posición social. También se considerará Invalidez Total y Permanente la pérdida irreparable de la vista en ambos ojos, de las dos manos o de los dos pies, o de la pérdida conjunta de una mano y un pie, o de una mano y la vista de un ojo, o de un pie y la vista de un ojo. Gastos Cubiertos. Esta cobertura opera para todos los padecimientos cubiertos definidos en las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar, siempre y cuando el padecimiento sea un gasto cubierto y procedente, que se origine dentro de la fecha de cobertura del presente beneficio adicional y el monto de la reclamación sea superior al deducible contratado. La contratación de esta cobertura es para todos los asegurados inscritos en la póliza. Edad La Compañía aceptará el ingreso a esta póliza a personas desde el primer día de nacidas hasta los 64 años. Para la renovación la edad máxima de aceptación es hasta 69 años. Podrán pertenecer a la familia asegurada los hijos menores de 25 años solteros que sean dependientes económicos del asegurado titular. Exclusiones. Esta cobertura no opera en caso de que el asegurado fallezca o se invalide de forma total y permanente a causa de un padecimiento preexistente a la contratación de esta cobertura o en caso de que la causa del siniestro sea un gasto no cubierto por la póliza. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambios ni modificaciones y con aplicación para ésta cobertura. 45

47 VIII.6. Incremento en Tabla de Procedimientos Terapéuticos Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio se obtendrá la siguiente cobertura: Esta cláusula adicional tiene por objeto proporcionar una opción flexible para la Tabla de Procedimientos Terapéuticos dentro de su esquema hospitalario, lo que significa que al contratar alguno de los planes de la línea Individual/Familiar, el asegurado podrá solicitar un incremento más alto en la de Tabla de Procedimientos Terapéuticos a la designada en su plan. Esta cobertura opera para todos los gastos cubiertos definidos en las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar, siempre y cuando el padecimiento sea un gasto cubierto y procedente, que se origine dentro de la fecha de cobertura y el monto de la reclamación sea superior al deducible contratado. El incremento en la Tabla de Procedimientos Terapéuticos se aplicará únicamente para nuevos padecimientos, es decir para padecimientos que hayan ocurrido antes de la contratación de esta cobertura, aplicará la tabla del plan vigente al momento de ocurrir el siniestro. Al contratar esta cobertura se modifican los límites de los padecimientos que aparecen en la Tabla de Procedimientos Terapéuticos los cuales dependerán del plan que se contrata y del incremento que el asegurado seleccione. El asegurado podrá contratar incrementos en la de Tabla de Procedimientos Terapéuticos designada en su plan para su tabla desde un 5% hasta un 100%, el cual se indicará en la carátula de la póliza. La contratación de esta cobertura es para todos los asegurados inscritos en la póliza. Edad La Compañía aceptará el ingreso a esta póliza a personas desde el primer día de nacidas hasta los 64 años. Para la renovación la edad máxima de aceptación es hasta 69 años. Podrán pertenecer a la familia asegurada los hijos menores de 25 años solteros y que sean dependientes económicos del asegurado titular. Participación del asegurado. Para esta cobertura opera el deducible y el coaseguro contratados. Contratación Esta cobertura sólo se puede contratar al inicio o a la renovación de la póliza y no durante la vigencia. Si a la renovación el asegurado no desea contratar esta cobertura, los padecimientos que hayan ocurrido durante la vigencia se pagarán hasta el límite de Tabla de Procedimientos Terapéuticos vigente al momento de la ocurrencia del siniestro. Exclusiones. a) El incremento en la Tabla de Procedimientos Terapéuticos operará sólo para nuevos padecimientos, en ningún caso estos limites se aplicarán para padecimientos que tengan fecha de ocurrencia anterior a la contratación de esta cobertura. b) Esta cobertura está sujeta a las exclusiones y limitaciones estipuladas en las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/ Familiar y en la carátula de la póliza, para las cuales no opera esta cobertura. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambios ni modificaciones y con aplicación para ésta cobertura. 46

48 VIII.7 Cobertura de Descuento por Accidente (DPA) Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio se obtendrá la siguiente cobertura: Cuando el Asegurado sufra un Accidente, entendiéndose como un acontecimiento proveniente de una causa externa, imprevista, súbita y violenta, que produce lesiones que requieran atención médica o la muerte en la persona del Asegurado dentro de los primeros 90 días siguientes de la fecha en que ocurrió dicho acontecimiento, el pago de la reclamación por los gastos cubiertos dentro del territorio nacional se manejarán de la siguiente manera, siempre y cuando el monto de la reclamación sea superior al deducible contratado: Por concepto de deducible: Si la póliza tiene un deducible contratado menor o igual a $2,500, se elimina el deducible. Si el deducible contratado es superior a $2,500, sobre éste se eliminará la cantidad de $2,500. Por concepto de coaseguro: Si la póliza tiene un coaseguro contratado menor o igual al 10%, se elimina el coaseguro. Si el coaseguro contratado es superior a un 10%, el asegurado tendrá que cubrir por concepto de coaseguro la diferencia entre el contratado y 10 puntos porcentuales. Exclusiones. Esta cobertura no aplica para los gastos generados a consecuencia de tratamiento médico y/o quirúrgico de Nariz y/o Senos Paranasales por Accidente Esta cobertura no aplica para los gastos generados por el uso de Ambulancia Aérea por Accidente. No se considerará accidente a las lesiones corporales o la muerte provocadas intencionalmente por el Asegurado. Esta cobertura está sujeta a las exclusiones y limitaciones, estipuladas en los gastos no cubiertos de éstas Condiciones Generales. Los gastos erogados fuera de la República Mexicana. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambio ni modificaciones y con aplicación para ésta cobertura. 47

49 VIII.8. Cobertura de Vida en Vida Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente a este beneficio se obtendrá la siguiente cobertura: De acuerdo a esta cobertura se establece pagar al asegurado afectado la Suma Asegurada estipulada en la carátula de la póliza para este beneficio o en su defecto el 50% de ésta cantidad a los Beneficiarios designados, en el momento en que al asegurado se le diagnostique cualquiera de las siguientes enfermedades graves bajo las siguientes condiciones: 1. Infarto al miocardio: necrosis (muerte) de una parte del músculo cardíaco (miocardio), provocado por la reducción de la luz de alguna arteria coronaria y que produzca dolor pectoral, con o sin estados de choque, de insuficiencia cardíaca, de trastornos graves de ritmo o la conducción, asociados a cambios electrocardiográficos típicos y aumento de las Enzimas Cardíacas en la Sangre Periférica. Para el pago de esta cobertura se procederá siempre y cuando: El infarto al miocardio haya requerido atención hospitalaria, cuyos primeros 3 o 4 días fuesen en unidad coronaria o similar y el tratamiento bajo vigilancia de cardiólogo certificado (Cardiólogo certificado por el Consejo Mexicano de Cardiología). El infarto al miocardio determine incapacidad médica para el desarrollo posterior de su trabajo habitual. 2. Cirugía de las Coronarias: Operación quirúrgica con tórax abierto, para la colocación de hemoductos (by-pass) ya sea de las venas o arterias para la revascularización del miocardio. La necesidad de una intervención de este tipo deberá ser demostrada mediante angiografía coronaria. Queda específicamente excluido cualquier otro tipo de intervención (angioplastía, trombólisis). 3. Accidente Vascular Cerebral: Cualquiera que produzca secuelas neurológicas durante más de 24 horas y que sean de naturaleza permanente. Se incluye infarto del tejido cerebral, trombosis, hemorragias intracraneales las subarancoideas y embolia de fuente extracraneal. 4. Cáncer: La presencia corporal de células con multiplicación y crecimiento desmedido que puedan agruparse en un tumor y posteriormente invadir por contigüidad o por metástasis (dispersión) a otros tejidos. Esto incluye leucemia, linfomas y la enfermedad de Hodgkin. Queda específicamente excluido cualquier tipo de cáncer de piel, tumores que sean considerados como pre-malignos y cualquier clase de cáncer no-invasivo o in-situ (quedan cubiertos los melanomas malignos). 5. Insuficiencia Renal: Insuficiencia crónica e irreversible de ambos riñones, que requiere de tratamiento de diálisis. 6. Trasplante de Órganos Mayores: Se cubren únicamente los de corazón, pulmón, hígado y riñón (como receptor). 48

50 La Compañía tiene derecho de solicitar al asegurado toda clase de información o documentos relacionados con el siniestro. Esta cobertura cesará al primer momento en que el asegurado presente su reclamación por este beneficio; con ello concluirá también el pago de primas por esta cobertura. Edad. La Compañía aceptará el ingreso a ésta cobertura adicional a personas desde el primer día de nacidas hasta los 64 años. Para la renovación la edad máxima de aceptación es hasta 69 años. Podrán pertenecer a la familia asegurada los hijos menores de 25 años solteros que sean dependientes económicos del asegurado principal. Suma Asegurada La Suma Asegurada se pagará en una sola exhibición y no se reinstala para ningún padecimiento. Pago de reclamaciones Para que proceda el pago se deberá comprobar que el asegurado afectado sufre o ha sufrido una enfermedad de las especificadas para esta Cobertura, a través de una declaración médica o del médico que le hubiere atendido y con las mismas pruebas y estudios médicos que le sirvieron a los doctores de base para diagnosticar la enfermedad. Al confirmar la existencia de esta enfermedad se entregará al asegurado afectado la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza después de un período de reembolso de 30 días naturales continuo. En caso de que el asegurado falleciere dentro del periodo de espera de 30 días, se pagará a quienes se hayan designado como beneficiarios, el 50% de la suma asegurada contratada por el asegurado titular. Este beneficio operará vía reembolso. Exclusiones Cualquier otro tipo de intervención diferente a la definida en Cirugía de las Coronarias de este beneficio adicional como angioplastía o trombólisis. Además, son exclusiones de este beneficio las mismas que se aplican y forman ya parte de las presentes Condiciones Generales de Gastos Médicos Mayores Individual/Familiar. Todas las demás condiciones y coberturas permanecen sin cambio ni modificaciones y con aplicación para ésta cobertura. 49

51 50

52 IX. Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Los siguientes Hospitales son exclusivos para la atención de los padecimientos cubiertos dentro de la Cobertura de Gastos Médicos Mayores. Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Aguascalientes Aguascalientes Centro de Especialidades Médico Quirúrgicas SÍ SÍ SÍ Sí Baja California Norte Centro Hospitalario de Aguascalientes SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico Quirúrgico de Aguascalientes SÍ SÍ SÍ No Hospital Miguel Hidalgo SÍ SÍ SÍ Sí Ensenada Hospital de Las Américas No SÍ SÍ No Clínica Santa Catalina SÍ SÍ SÍ Sí Hospital San José SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio del Carmen SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio San Gabriel SÍ SÍ SÍ Sí Mexicali Hospital Almater SÍ SÍ SÍ No Hospital México AmericaNo SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Santa Catalina SÍ SÍ SÍ Sí Tijuana Centro Médico Florence SÍ SÍ SÍ No Baja California Sur H y Cent. Medico del Prado SÍ SÍ SÍ No Hospital Ernesto Contreras No SÍ SÍ No Hospital San Fco. de Tijuana SÍ SÍ SÍ No Hospital del Carmen No SÍ SÍ No Hospital Cent. Médico Excel SÍ SÍ SÍ No Hospital de Notre Dame (Serv. Hospitalarios Materna - Infantil) SÍ SÍ SÍ No La Paz Central de Esp. Médicas SÍ SÍ SÍ No Campeche Campeche Sanatorio y Clínica Campeche, S.A. SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Del Carmen Clínica Morelos SÍ SÍ SÍ No La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 51

53 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Coahuila Cd. Acuña Hospital Ejeza SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Sabinas Clínica de la Mujer, S.A. No SÍ SÍ Sí Clínica del Magisterio Secc. 38 No SÍ SÍ Sí Hospital General San Lucas No SÍ SÍ Sí Cuatro Cienegas Clínica San José de Cuatro Cienegas No SÍ SÍ Sí Monclova Centro de Cirugía Ambulatoria SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico Quirúrgico San Martín SÍ SÍ SÍ Sí Clínica de Traumatología y Ortopedia SÍ SÍ SÍ Sí Clínica del Magisterio Secc. 38 SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San Francisco SÍ SÍ SÍ Sí Hospital de Esp. de Monclova SÍ SÍ SÍ Sí Hospital San José de Monclova No SÍ SÍ Sí Muzquiz Hospital General de San Lucas Muzquiz SÍ SÍ SÍ Sí Nueva Rosita Centro Médico Quirúrgico de Nueva Rosita, S.A. de C.V. No SÍ SÍ Sí Clínica Hospital Z Cruz No SÍ SÍ Sí Clinica Maternidad Jasefina No SÍ S Sí Piedras Negras Clínica de Especialistas SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San José SÍ SÍ SÍ Sí Clínica y Farmacia México SÍ SÍ SÍ Sí Saltillo Clínica Hospital del Magisterio SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Quirúrgica de La Concepción SÍ SÍ SÍ No Hospital del Niño SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Universitario de Saltillo SÍ SÍ SÍ Sí Hosptal Muguerza de Saltillo SÍ SÍ SÍ No Torreón Beneficencia Española de La Laguna SÍ SÍ SÍ No Clínica Club de Leones de Torreón SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Los Angeles SÍ SÍ SÍ No La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 52

54 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Colima Colima Unión Médico Quirúrgica de Colima SÍ SÍ SÍ Sí Manzanillo Clínica Quirúrgica Echauri SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Manzanillo SÍ SÍ SÍ Sí Chiapas Tapachula Hospital de Esp. de Agustín Soconusco SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio de Lourdes SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Soconusco SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Metropolitano del Sur No SÍ SÍ Sí Tuxtla Gutiérrez Centro Médico Ana Isabel SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico MetropolitaNo SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Pérez Fernández, S.A de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico del Sureste No SÍ SÍ Sí Hospital Manzur Elías No SÍ SÍ Sí Sanatorio Paredes S.A. de C.V. No SÍ SÍ Sí Sanatorio Rojas S.A de C.V SÍ SÍ SÍ Sí Chihuahua Cd. Camargo Clínica Santa Clara SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Cuauhtemoc Hospital Médica Sierra SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Delicias Clínica Conchita SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Delicias SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Juárez Centro Médico de Especialidades SÍ SÍ SÍ No Hospital Policlínica Nogales No SÍ SÍ No Hospital Guernika SÍ SÍ SÍ No Hospital LatinoamericaNo SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Poliplaza SÍ SÍ SÍ Sí Chihuahua Clínica del Centro SÍ SÍ SÍ No Clínica San Felipe SÍ SÍ SÍ Sí Hospital CIMA SÍ SÍ SÍ No Hospital Clínica del Parque SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Palmore SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 53

55 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Chihuahua Sanatorio y Maternidad La Luz SÍ SÍ SÍ Sí Selecta Unidad de Cirugía de Corta Estancia SÍ SÍ SÍ Sí Hidalgo Del Parral Clínica Hinojos de Especialidades SÍ SÍ SÍ Sí Fundación de Beneficencia de Jesús SÍ SÍ SÍ Sí Distrito Federal Distrito Federal Centro Gineco-Obstétrico Santa Mónica, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Centro Médico Dalinde (Inter-Hosp, S.A. de C.V.) SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico Tíber (Servicios Hospitalarios Tiber, S.A de C.V.) SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico Xochimilco No SÍ SÍ Sí Cirugía del Valle, S.A de C.V. (Exclusivo Cirugía Ambulatoria Programada) SÍ SÍ SÍ No Clínica de Especialidades Médicas del Sur, S.C. (Exclusivo Cirugía Programada) SÍ SÍ SÍ No Clínica de Especialidades Oftamológicas No SÍ SÍ No Clínica de Integración Médica Especializada, S.C. (Cime) (Exclusivo Cir. Ambulatoria Programada) SÍ SÍ SÍ No Clínica Londres (Servicio Médico Social, S.A. de C.V.) SÍ SÍ No No Clínica Loreto (Servimedi S.C.) (Exclusivo Cirugía Ambulatoria Programada) SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Médica Santa Rosa, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San José (Clínica Pediátrica) SÍ SÍ SÍ Sí Hospimed, S.A. de C.V. (Antes Hospital Santelena) SÍ SÍ SÍ No Hospital ABC (The American British Cowdray, I.A.P.) SÍ SÍ No No Hospital Angeles de Las Lomas S.A. de C.V. SÍ SÍ No No Hospital Angeles del Pedregal, S.A de C.V. SÍ SÍ No No Hospital CAMI (Centro de Atención Médica Integral, S.A de C.V.) SÍ SÍ SÍ No Hospital de México (Asociación Gineco-Obstétrica, S.A de C.V.) SÍ SÍ SÍ No Hospital Español (Sociedad de Beneficencia Española) SÍ SÍ No No La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 54

56 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Distrito Federal Hospital Infantil Privado, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Los Cedros, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Merlos SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Metropolitano, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Hospital Mig, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Hospital Mocel (Hospitales Nacionales, S.A. de C.V.) SÍ SÍ SÍ No Hospital San Angel Inn (Centro de Protección a La Salud, S.A.) SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Santa Coleta, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Santa Fé, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Hospital Santa Teresa Institución Gineco Obstétrica, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Hospital Santaelena No SÍ SÍ No Hospital Sanatorio EL Refugio No SÍ SÍ Sí Intitución Gineco-Obtetrica y de Perinatología No SÍ No No Instituto de Cirugía Sur, S.A. de C.V. (Cirugía Ambulatoria) SÍ SÍ SÍ No Instituto Médico de La Mujer S.A de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Instituto Nacional de Cardiología «Ignacio Chávez» (Exclusivo Cirugía Programada) SÍ SÍ SÍ No Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (Exclusivo Cirugía Programada) SÍ SÍ SÍ No Instituto Nacional de La Nutrición «Salvador Zubirán» SÍ SÍ SÍ No Izcalli Medical Center No SÍ SÍ No Laser Ocular Lomas, S.C. (Clínica Oftalmológica de Cirugía Ambulatoria) SÍ SÍ SÍ No Médica Londres (Hydroponics International Products, S.A. de C.V.) SÍ SÍ SÍ No Médica Sur, S.A. de C.V. SÍ SÍ No No Oftalmédica (Hocce S.A. dec.v.) (Clínica Oftalmológica de Cirugía Ambulatoria) SÍ SÍ SÍ No Oftalmológica Sur, S.A de C.V. (Clínica Oftalmológica de Cirugía Ambulatoria) SÍ SÍ SÍ No Policlínica del Sur, S.A. SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 55

57 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Policlínicas Milenium, S.A. de C.V. (Cirugía Ambulatoria Programada) SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Durango (Nuevo Sanatorio Durango, S.A. de C.V.) SÍ SÍ SÍ No Sanatorio El Refugio, S.A. SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Obregón y Galería, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Oftalmológico Mérida, S.A de C.V. (Clínica Oftalmológica de Cirugía Ambulatoria) SÍ SÍ SÍ No Sanatorio San Agustín, S.A. de C.V. (Exclusivo Cirugía Programada) SÍ SÍ SÍ No Sanatorio San José Satélite SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Santa Teresa Zacatecas, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Trinidad, S.A de C.V. SÍ SÍ SÍ No Torre Médica, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Unidad de Medicina Integral, S.A. de C.V. (Cirugía Ambulatoria Programada) SÍ SÍ SÍ Sí Unidad Quirúrgica Montgober, S.A. de C.V. (Cirugía Ambulatoria Progrmada) SÍ SÍ SÍ Sí Durango Durango Hospital de La Paz SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Durango SÍ SÍ SÍ Sí Hospital San Jorge SÍ SÍ SÍ No Hospital General de Durango No SÍ SÍ Sí Estado de México Chalco Clínica Same, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Los Reyes La Paz Clínica Maternidad Santa Fé, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Texcoco Centro Perinatológico de Texcoco SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Hospital Santo Niño de Atocha SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Futura SÍ SÍ SÍ Sí Toluca Central Quirúrgica San Ricardo SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico Toluca SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Florencia SÍ SÍ SÍ No Servicios Médicos Quirúrgicos de Toluca SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 56

58 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Zona Metropolitana Clínica Lomas Anáhuac S.A. de C.V. (Exclusivo Cirugía Ambulatoria Programada) SÍ SÍ No No Clínica Torres SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Viveros, S.A de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Corporativo Hospital Satélite (Antes Hospital Ciudad Satélite, S.A de C.V.) SÍ SÍ No No Institución Gineco-Obstétrica y de Perinatología, S.A. de C.V. (Hospital Río de La Loza) SÍ SÍ No No Izcalli Medical Center, S.A de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Médica San Marcos, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Metropolitano de Especialidades San José, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Anita SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio San José Satélite, S.A de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Servicios Médicos y Quirúrgicos Cerrual, S.C. (Exclusivamente Cirugía Programada) SÍ SÍ SÍ Sí Guanajuato Guanajuato Centro de Especialidades de Celaya SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Celaya, S.A de C.V SÍ SÍ SÍ Sí Santorio GuadalupaNo SÍ SÍ SÍ No Irapuato Hospital Torre Médica SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Santa Teresa de Irapuato SÍ SÍ SÍ Sí León Central Médico Quirúrgica Chavez SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Aranda de La Parra SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Moderno Pablo de Anda SÍ SÍ SÍ Sí Salamanca Centro Medico Salamanca No SÍ SÍ Sí Guerrero Unidad de Urgencias y Cirugía Ambulatoria Medicina Integral No SÍ SÍ Sí Médica Integral SÍ SÍ SÍ Sí Acapulco Hospital del Pacífico SÍ SÍ No No Hospital Privado Magallanes SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Sagrado Corazón SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 57

59 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Chilpancingo Clínica Guadalupana SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San José SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Privado Anahuac SÍ SÍ SÍ Sí Zihuatanejo Clínica Maciel SÍ SÍ SÍ Sí Hidalgo Cd. Sahagun Clínica de Especialidades Fray Bernardino de Sahagún SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Santa Fé SÍ SÍ SÍ Sí Pachuca Central Médico Quirúrgica La Paz SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Beneficencia Española SÍ SÍ SÍ Sí Tula Sanatorio Dr. Cervantes SÍ SÍ SÍ Sí Tulancingo Centro Médico Quirúrgico Sta Elena SÍ SÍ SÍ Sí Jalisco Cd. Guzmán Hospital San José SÍ SÍ SÍ Sí Guadalajara Hospital Angel de Leaño SÍ SÍ SÍ No Hospital Bernardette SÍ SÍ SÍ Sí Hospital del Carmen SÍ SÍ SÍ No Hospital México AmericaNo SÍ SÍ SÍ No Hospital Santa María Chapalita SÍ SÍ SÍ No Hospital Terranova SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Jardines de Guadalupe No SÍ SÍ Sí Nuevo Hospital Colinas SÍ SÍ SÍ Sí Nuevo Sanatorio Arboledas SÍ SÍ SÍ No Hospital San Javier SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Guadalajara SÍ SÍ SÍ No Sanatorio San Fco. de Asis SÍ SÍ SÍ Sí Puerto Vallarta Centro Médico Quirúrgico de Vallarta SÍ SÍ SÍ No Hospital Medasist Vallarta SÍ SÍ SÍ No Michoacán Lázaro Cardenas Clinica Maternidad de Fátima SÍ SÍ SÍ Sí Clinica Morelia SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 58

60 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Morelia Clínica Fátima, S.A. SÍ SÍ SÍ Sí Hospital de La Luz SÍ SÍ SÍ Sí Hospital de Ntra. Sra. de La Salud SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Memorial SÍ SÍ SÍ No Uruapan Hospital Fray Juan de San Miguel SÍ SÍ SÍ Sí Zamora Clínica Hospital San José SÍ SÍ SÍ Sí Morelos Cuautla Sanatorio Reforma SÍ SÍ SÍ Sí Cuernavaca Centro Hospitalario Morelos SÍ SÍ SÍ No Hospital Bella Vista SÍ SÍ SÍ No Hospital Henry Dunant No SÍ SÍ No Hospital Cuernavaca SÍ SÍ No No Jojutla Clinica Zurita No SÍ SÍ Sí Nayarit Tepic Centro Qurúrgico San Rafael No SÍ SÍ Sí Nuevo León Monterrey Centro de Atención Médica Leones (Urgencias y Servicio Las 24 Horas) SÍ SÍ SÍ No Centro de Cirugía Ambulatoria SÍ SÍ SÍ No Centro Médico Osler SÍ SÍ SÍ No Clínica Oca SÍ SÍ SÍ Sí Clínica y Maternidad Conchita SÍ SÍ SÍ No Hospital de Ginecología y Obstetricia SÍ SÍ SÍ No Hospital José A. Muguerza SÍ SÍ SÍ No Hospital San José de Monterrey SÍ SÍ No No Santa Engracia SÍ SÍ SÍ No Oaxaca Oaxaca Cirugía y Gineco Obstetricia de Oaxaca, S.A. de C.V. (Hospital Reforma) SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Refoma No SÍ SÍ Sí Hospital Carmen SÍ SÍ SÍ Sí Clínica 2002, S.C. No SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 59

61 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Puebla Tuxtepec Clínica de Especialidades San Francisco SÍ SÍ SÍ Sí Clínica del Niño SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San Juan Bautista SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Tuxtepec SÍ SÍ SÍ Sí Puebla Beneficencia Española SÍ SÍ SÍ No Central Gineco-Obstetrica (Central Hospitalaria de Puebla) SÍ SÍ SÍ Sí Fundación Tamariz Oropeza SÍ SÍ No No Hospital U.P.A.E.P. SÍ SÍ SÍ No Sanatorio Humboldt SÍ SÍ SÍ Sí Unidad Hospitalaria La Paz SÍ SÍ SÍ Sí Tehuacán Sanatorio Sagrado Corazón SÍ SÍ SÍ Sí Tepeaca Centro de Salud del Carmen SÍ SÍ SÍ Sí Teziutlán Junta Particular de Caridad SÍ SÍ SÍ Sí Querétaro Unidad Médica La Paz SÍ SÍ SÍ Sí Querétaro Hospital Angeles de Querétaro SÍ SÍ SÍ No Hospital de La Santa Cruz SÍ SÍ SÍ No Hospital de La Santa Cruz No SÍ SÍ No Sanatorio San José No SÍ SÍ Sí Hospital Internacional de Queretero No SÍ SÍ No Hospital San José de Querétaro SÍ SÍ SÍ No San Juan Del Rio Hospital COSCAMI SÍ SÍ SÍ Sí Quintana Roo Cancún Ameri-Med SÍ SÍ No No Hosp. de Espcialidades Médico Quirugicas de Cancún, S.A. de C.V. (Hosp.Total Assist) SÍ SÍ No No Hosp. Espcializado de Cancún, S.A. de C.V. (Hospital Americano) SÍ SÍ No No Operadora de Servicios Médicos Metro, S.A. de C.V. (Unidad Quirúrgica Del Sur) SÍ SÍ No No La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 60

62 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Roca del Mar del Caribe, S.A. de C.V. (Clínica Nazareth de Cancún) SÍ SÍ SÍ No Cozumel Centro Médico de Cozumel, S.A. de C.V. SÍ SÍ No No Hosp. Médica San Miguel de Cozumel, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ No Chetumal Clinica Especialidades y Diagnóstico de Chetumal No SÍ SÍ Sí San Luis Potosí Sinaloa Clínica Carranza, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Valles Clínica Santa María de Valles No SÍ SÍ Sí Sanatorio San José de Valles, S.A. de C.V. No SÍ SÍ Sí San Luis Potosí Centro Médico del Potosí SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Díaz Infante SÍ SÍ SÍ No Hospital de Nuestra Sra. de La Salud SÍ SÍ SÍ No Nuestra Señora de Los Angeles No SÍ SÍ Sí Sociedad de Beneficencia Española SÍ SÍ SÍ No Culiacán Clínica Hospital Culiacan SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Santa Maria SÍ SÍ SÍ Sí Sanat. Cemsi Chapultepec SÍ SÍ SÍ No Operadora y Prestadora de Serv. No SÍ SÍ Sí Sanatorio Batiz Ramos SÍ SÍ SÍ No Guamuchil Centro Médico de Guamuchil SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio y Maternidad de Dios No SÍ SÍ Sí Guasave Centro Médico de Guasave SÍ SÍ SÍ Sí Hospital GuadalupaNo No SÍ SÍ Sí Guasave Sanatorio Dr. Armando Diaz de León No SÍ SÍ Sí Los Mochis Cent. Médico de Los Mochis SÍ SÍ SÍ Sí H. Dr, Agraz Santana SÍ SÍ SÍ No Hospital Fátima SÍ SÍ SÍ Sí Mazatlán Clínica del Mar de Mazatlán SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Sharp Mazatlán SÍ SÍ No No Mazatlán Sanatorio San Fco. de Asis SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 61

63 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Sonora Agua Prieta Hosp. Español del Noroeste SÍ SÍ SÍ Sí Hosp. San José del Noroeste SÍ SÍ SÍ Sí Latinoamericacano de Espec. SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Fátima No SÍ SÍ Sí Caborca Centro Médico de Caborca SÍ SÍ SÍ Sí Clínica de Esp. Santa Fé No SÍ SÍ Sí Hospital San Francisco SÍ SÍ SÍ Sí Cananea Hospital del Ronquillo SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Obregón C. Hospital San José SÍ SÍ SÍ No Maternidad San Gerardo SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio La Purísima SÍ SÍ SÍ No Guaymas DADIVITAN, A.C. SÍ SÍ SÍ Sí Hermosillo Cent. Med. del Noroeste SÍ SÍ SÍ No Hosp. Hermosillo (Licona) SÍ SÍ SÍ No Hosp. Privado de Hermosillo (CIMA) SÍ SÍ SÍ No Hospital Militar Regional No SÍ SÍ Sí Hosp. San Francisco No SÍ SÍ Sí Magdalena Centro Médico de Especialid. SÍ SÍ SÍ Sí Clínica del Valle SÍ SÍ SÍ Sí Nacozari Centro Médico de Nacozari SÍ SÍ SÍ Sí Navojoa Centro Médico de Navojoa SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San José de Navojoa SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Lourdes SÍ SÍ SÍ Sí Nogales Hospital Silva Herzog SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico de Sonora No SÍ SÍ No Clínica Kennedy SÍ SÍ SÍ Sí Hospital del Socorro SÍ SÍ SÍ Sí Puerto Peñasco Salud y Serv de Medicina SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 62

64 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico San Luis Río Colorado Clínica Santa Margarita SÍ SÍ SÍ Sí Tabasco Villahermosa Asoc. Civil Filantrópica y Educativa, A.C. (Hospital del Sureste) SÍ SÍ No No Asociación Civil Filantropica y Educativa No SÍ SÍ No Especialidades Médicas de Tabasco, S.A. (Clínica Guadalupe) SÍ SÍ SÍ No Clinica Air Medica 2000 No SÍ No No Unidad Médica Guerrero No SÍ SÍ No Hospital Ceracom, S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Tamaulipas Cd. Mante Hospital de Praga SÍ SÍ SÍ Sí Cd. Reynosa Hospital Infantil del Noroeste No SÍ SÍ Sí Centro Ginecológico Reynosa SÍ SÍ SÍ Sí Hospital de Especialidades Santander SÍ SÍ SÍ No Hospital Nueva Esperanza SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Regional del Río Reynosa SÍ SÍ SÍ No Cd. Valle Hermoso Centro de Especialidades Sta. Teresa SÍ SÍ SÍ Sí Centro Médico San Angel No SÍ SÍ Sí Cd. Victoria Hospital Civil de Cd. Victora SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Gral. de Cd. Victora SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Infantil de Cd. Victoria SÍ SÍ SÍ Sí Matamoros Clínica de Atención Médica SÍ SÍ SÍ No Clínica León y Garza SÍ SÍ SÍ No Clínica Margaritas SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Voguel S.A. No SÍ SÍ Sí Hospital Prof. En Diag. Especializado SÍ SÍ SÍ No Hospital Reforma SÍ SÍ SÍ No Hospital y Centro de Esp. Médico Quirúrgicas SÍ SÍ SÍ No Nuevo Laredo Hospital Casa de Salud San José SÍ SÍ SÍ Sí Hospital de Especialidades SÍ SÍ SÍ No Río Bravo Hospital de Las Américas Morelos SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 63

65 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Médica Génesis SÍ SÍ SÍ No Tampico Beneficencia Española de Tampico No SÍ SÍ No Clínica Hospital Cemain SÍ SÍ SÍ No Médica Salve SÍ SÍ SÍ Sí Médica Universidad SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio de Alijadores SÍ SÍ SÍ No Torre Médica Tampico SÍ SÍ SÍ Sí Tlaxcala Apizaco Hospital Central de Apizaco SÍ SÍ SÍ Sí Atempan Centro Hospitalario Cedros No SÍ SÍ Sí Huamantla Sanatorio Guadalupe SÍ SÍ SÍ Sí Tlaxcala Centro Hospitalario Cedros SÍ SÍ SÍ Sí Veracruz Coatzacoalcos Centro Médico Quirúrgico Vida SÍ SÍ SÍ Sí Hospital MetropolitaNo SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Zarza SÍ SÍ SÍ Sí Córdoba Sanatorio Providencia No SÍ SÍ Sí Sanatorio Huerta SÍ SÍ SÍ Sí Jalapa Hospital San Francisco SÍ SÍ SÍ Sí Minatitlán Sanatorio MetropolitaNo SÍ SÍ SÍ Sí Orizaba Hospital Concordia SÍ SÍ SÍ Sí Sanatorio Escudero No SÍ SÍ Sí Sanatorio Rebeca SÍ SÍ SÍ Sí Poza Rica Hospital Dr. Fausto Dávila SÍ SÍ SÍ Sí Hospital San Juan Bosco No SÍ SÍ Sí Unidad Médica de Especialidades No SÍ SÍ Sí Tierra Blanca Centro Médico Regional SÍ SÍ SÍ Sí Tuxpan C.E. Médicas Las Huastecas SÍ SÍ SÍ Sí La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 64

66 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico Veracruz Beneficencia Española SÍ SÍ No No Clínica Médica Cristal SÍ SÍ SÍ Sí Clínica San Luis Rafera SÍ SÍ SÍ No Hospital Mareke SÍ SÍ No No Yucatán Mérida Centro de Especialidades Médicas del Sureste, S.A. de C.V. (Cem) SÍ SÍ SÍ Sí Clínica Merida. S.A. de C.V. SÍ SÍ SÍ Sí Hospital Santaelena de Mérida No SÍ SÍ No Grupo Médico de Merida, S.A. de C.V. (Centro Médico Pensiones) SÍ SÍ SÍ Sí Instituto Médico Quirúrgico del Sureste No SÍ SÍ No Hospimed, S.A. de C.V. (Clínica Santelena) SÍ SÍ SÍ Sí Grupo Médico de Pensiones No SÍ SÍ No Intituto Médico Panamericano, S.A. de C.,V (Cema) SÍ SÍ SÍ Sí Sociedad Médica García Gineres, S.A. de C.V. (Centro Médico Pensiones) SÍ SÍ SÍ Sí Zacatecas Zacatecas Centro Hospitalario San José SÍ SÍ SÍ No Clínica Quirúrgica Guad. No SÍ SÍ No Centro Médico Quirúrgico de Zacatecas SÍ SÍ SÍ No La presente tabla especifica los Hospitales a los que usted puede ingresar de acuerdo al plan que tiene contratado 65

67 Tabla de Hospitales por Estado y Ciudad Ciudad Hospital Afiliado a la Red Acceso al Hospital de Acuerdo al Plan Contratado Magno Superior Básico 66

68 X. Tabla de Procedimientos Terapéuticos Introducción La presente tabla de procedimientos terapéuticos sólo opera para reembolso. Para aplicar la tabla de procedimientos terapéuticos se tomará en cuenta lo siguiente: 1. El pago de los procedimientos terapéuticos correspondientes a este listado procederá siempre y cuando dicho procedimiento quirúrgico quede cubierto por las condiciones especificadas en la póliza. 2. Para cada procedimiento quirúrgico u otro procedimiento señalado en esta tabla, el pago máximo será el establecido en el inciso correspondiente. 3. Las cantidades de esta tabla incluyen los honorarios del cirujano, ayudantes y/o instrumentistas, así como las visitas hospitalarias. 4. Los procedimientos terapéuticos que no se encuentren en esta tabla, se valuarán en similitud a las comprendidas en él. 5. Cuando se efectúen dos o más procedimientos en el mismo campo operatorio, la compañía pagará aquel procedimiento efectuado que tenga el costo más elevado o uno de ellos si los costos son iguales. 6. Si en el mismo procedimiento se realizan dos o más operaciones en diferente campo quirúrgico, se pagará el 100% de la que tenga el valor más alto más el 50% de la o las siguientes. 7. Cuando se requiera la intervención de dos o más cirujanos de diferente especialidad para el tratamiento de una misma persona en un mismo tiempo quirúrgico, o en tiempos quirúrgicos sucesivos, se aplicará la tabla para cada cirujano en forma individual. En el caso de los pacientes politraumatizados, el pago se hará de acuerdo a lo establecido en los párrafos 5 y Si hubiere necesidad de un nuevo proceso terapéutico y se practicare dentro de las 24 horas siguientes a la conclusión de la primera, ambas se considerarán como uno solo; si el nuevo procedimiento se efectúa después del lapso señalado, se entenderá como un proceso distinto e independientemente del primero. 67

69 68

70 Tabla de Procedimientos Terapéuticos CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sistema Tegumentario Incisión y drenaje de absceso simple (Ej. hidroadenitis supurativa, abscesos cutáneos o subcutáneos, quiste forúnculo o paraniquia) «Incisión y extracción de cuerpo extraño en tejido subcutáneo; simple» 675 1,216 1, Incisión y extracción de cuerpo extraño en tejido subcutáneo complicado 852 1,535 2, Incisión y drenaje de hematoma, seroma o colección líquida , Incisión y drenaje de absceso por herida quirúrgica infectada 895 1,613 2, «Desbridación extensa de piel infectada ó eczematosa; hasta del 10% de superficie corporal» 859 1,548 2, cada 10% de superficie corporal adicional «Desbridación incluyendo extirpación de material extraño asociado con fracturas abiertas y/o luxaciones; piel y tejido subcutáneo.» 675 1,216 1, «Desbridación incluyendo extirpación, de material extraño asociado con fracturas abiertas y/o luxaciones; piel, tejido subcutáneo, fascia muscular, y músculo «898 1,619 2, «Desbridación incluyendo extripación, de material extraño asociado con fracturas abiertas y/o luxaciones; piel, tejido subcutáneo, fascia muscular, músculo y hueso» 1,406 2,534 3, Biopsia de piel, tejido subcutáneo y/o mucosa (incluyendo cierre simple) Extirpación de verrugas blandas, varios pólipos fibrocutáneos, cualquier zona, hasta 15 lesiones, cualquier método (corte, cauterización química o eléctrica) por cada 10 lesiones adicionales «Excisión de lesión benigna en piel y tejido subcutáneo, de tronco, brazos y piernas; como por ejemplo: lesiones quísticas (incluye cierre simple) menores de 3 cm de diámetro (lipomas). Excepto verrugas blandas y cicatrices» 713 1,344 1, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 994 1,743 2, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 1,420 2,413 3, «Excisión de lesión benigna en piel y tejido subcutáneo, de cuero cabelludo, cuello, manos, pies, genitales; como por ejemplo: lesiones quísticas (incluye cierre simple) menores de 3 cm de diámetro. Excepto verrugas blandas y cicatrices.» 666 1,200 1, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 752 1,355 1, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 859 1,548 2, «Excisión de lesiones benignas en piel de cara, pabellones auriculares, párpados, nariz, labios y mucosas; menores de 3 cm de diámetro» 1,598 2,880 3, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 1,731 3,120 4, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 1,864 3,360 4, Excisión de piel y tejido subcutáneo, debido a hidradenitis, axilar (tratamiento completo) 843 1,521 1, Excisión en piel y tejido subcutáneo, por hidradenitis inguinal (tratamiento completo) 843 1,521 1, Excisión de piel y tejido subcutáneo, debido a hidradenitis, perianal, perineal o umbilical (tratamiento completo) 843 1,521 1, «Excisión de lesión malignas en piel o tejido subcutáneo (incluyendo cierre simple y anestesia local ), de tronco, brazos o piernas; menores de 3 cm de diámetro.» 573 1,032 1, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 773 1,394 1, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 1,217 2,194 2, «Excisión de lesión maligna en piel o tejido subcutáneo de, cuero cabelludo, cuello,manos, pies y genitales; menores de 3 cm de diámetro» 1,331 2,400 3, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 1,503 2,710 3, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 1,718 3,097 4, «Excisión de lesión maligna en cara, pabellón auricular, párpados, nariz, labios; menores de 3 cm de diámetro» 1,718 3,097 4, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 2,004 3,613 4, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 2,219 4,000 5, Onicoexceresis, parcial o completa , Inserción de expansor tisular que no sea localizado en mama (inicial y subsecuentes) 3,579 6,452 8, Reemplazo expansor tisular con colocación de prótesis permanentes (no de mama) 4,080 7,355 9, Remoción de tejido expansor sin inserción de prótesis (no de mama) 787 1,419 1, Sutura simple (una capa) de heridas superficiales en piel cabelluda, cuello, axilas, genitales externos, tronco y/o miembros pélvicos y torácicos incluyendo manos y pies, menores de 3 cm 703 1,267 1,663 69

71 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno de 3 a 10 cm 1,279 2,145 2, mayores de 10 cm 1,125 2,027 2, Sutura simple de heridas superficiales en cara, pabellones auriculares, párpados, nariz, labios y/o mucosas, menores de 3 cm 1,265 2,281 2, de 3 a 10 cm 1,217 2,194 2, mayores de 10 cm 1,431 2,581 3, sutura simple de dehicencia de una herida superficial (piel) 702 1,265 1, Sutura de heridas que requieren cierre en capas (piel y tej. subcutáneo) en piel cabelluda, axila, tronco y/o extremidades (incluyendo manos y pies) menores de 3 cm 843 1,521 1, de 3 a 10 cm 1,125 2,027 2, mayores de 10 cm 1,265 2,281 2, sutura de heridas que requieren cierre en capas ( piel y tejido subcutáneo) en cuello, manos, pies, genitales externos menores de 3 cm 984 1,774 2, de 3 a 10 cm 1,265 2,281 2, Sutura de heridas que requieren cierre en capas (piel y tej. subcutáneo) en cara, pabellones auriculares, nariz, labios y / o mucosas menores de 3 cm 984 1,774 2, de 3 a 5 cm 1,265 2,281 2, mayores de 5 cm 1,109 2,000 2, Sutura de heridas que requieren procedimiento reconstructivo (laceraciones o avulsiones complicadas), en tronco menores de 3 cm 984 1,774 2, de 3 a 10 cm 1,265 2,281 2, Sutura de heridas que requieren procedimiento reconstructivo (laceraciones o avulsiones complicadas) en cuero cabelludo, brazos y/o piernas menores de 3 cm 1,406 2,534 3, de 3 a 10 cm 1,646 2,968 3, Sutura de heridas que requieren procedimiento reconstructivo (laceraciones avulsiones complicadas) en frente, mejillas, mentón, boca, cuello, axilas, genitales externos, manos y/o pies menores de 3 cm 1,217 2,194 2, mayores de 3 cm 1,646 2,968 3, Sutura de heridas que requieren procedimiento reconstructivo (laceraciones o avulsiones complicadas) en nariz, pabellores auriculares de 1 cm o menos 716 1,290 1, mayores de 1 cm a 3 cm 1,217 2,194 2, de 2,6 cm a 7,5 cm 1,646 2,968 3, Cierre secundario de herida quirúrgica o dehicencia amplia o complicada 859 1,548 2, «Reconstrucción con transferencia de tejido adyacente (Z plastía, W plastía, colgajo de rotación) para párpados, nariz, orejas y/o labios; menores de 10 cm cuadrados)» 2,109 3,801 4, Injerto único o múltiple para úlceras pequeñas, puntas de dedos u otra área mínima (excepto cara) de 2,0 cm de diámetro 1,467 2,645 3, Injerto en tronco, cuero cabelludo, piernas, manos y/o pies (excepto dedos) hasta de 100 cm cuadrados o 1% de área corporal de lactantes y niños 2,952 5,322 6, Injerto de espesor total libre incluyendo cierre directo de zona donante, en tronco de menos de 20 cm cuadrados 3,551 6,718 8, «Injerto de espesor total, libre, incluyendo cierre directo de zona donante; en frente, mejillas, mentón, boca, cuello, axilas, genitales, manos y/o pies hasta de 20 cm cuadrados» 2,684 4,839 6, Injerto de espesor total, libre, incluyendo cierre directo de zona donante, en nariz, pabellones auriculares, parpados y/o labios hasta de 20 cm cuadrados. 3,435 6,194 8, Aplicación de aloinjerto de piel, menor de 100 cm cuadrados. 1,431 2,581 3, Formación de pedículo (colgajo) directo o tubular con o sin transferencia, de tronco 3,361 6,059 7, Colgajo muscular miocutáneo o fasciocutáneo en cabeza y cuello (por ej. Músculo temporal, masetero, esternocleidomastoideo) 5,680 10,338 13, Colgajo muscular miocutáneo o fasciocutáneo en tronco 3,906 7,456 8, Colgajo muscular miocutáneo o fasciocutáneo en miembros torácicos 3,906 7,456 8, Colgajo muscular miocutáneo o fasciocutáneo en miembros pélvicos 3,906 7,456 8, Injerto libre de fascia para parálisis del nervio facial. (incluyendo obtención de fascia) 7,544 13,600 17, injerto libre de músculo (incluyende obtención del injerto) 3,655 6,589 8, Excisión de úlcera coxígea por presión, con coxigectomía, con procedimiento de cierre con colgajo 3,795 6,842 8, Excisión de úlcera sacra por presión, con procedimiento de cierre con colgajo. 3,795 6,842 8, Excisión, úlcera isquiática por presión, con procedimietno de cierre con colgajo cutáneo 3,795 6,842 8, excisión úlcera trocantérica por presión, con procedimiento de cierre con colgajo cutáneo 3,795 6,842 8,981 70

72 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Quemaduras, Tratamiento Local limpieza y tratamiento local inicial o subsecuente, para lesiones por quemadura de segundo y tercer grado, bajo anestesia local (hasta 9 % de superficie corporal) 716 1,292 1, desbridación amplia bajo anestesia, para lesiones por quemaduras (del 9% de sup. corporal) 984 1,774 2, Escarotomía de lesiones por quemaduras 3,836 6,981 8, Destrucción de lesiones benignas o premalignas, por cualquier método (electrocirugía, criocirugía, láser) excepto verrugas blandas o lesiones proliferativas vasculares cutáneas, incluye anestesia local Destrucción por cualquier método (Ej. Técnica láser) de lesiones proliferativas vasculares cutáneas menores de 10 cm cuadrados 675 1,216 1, lesiones mayores de 10 cm cuadrados 675 1,216 1, Destrucción por cualquier método (electrocirugía, criocirugía, láser) de verrugas planas, molusco contagioso o milios hasta 14 lesiones 750 1,140 1, Destrucción de lesiones malignas por cualquier método (electrocirugía, criocirugía, láser) en tronco, brazos o piernas menores de 3 cm de diámetro 644 1,161 1, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 823 1,484 1, lesiones mayores de 5 cm de diámetro 1,002 1,806 2, «Destrucción de lesiones malignas por cualquier método (electrocirugía, criocirugía, láser) en cuero cabelludo, manos, pies y/o genitales; menores de 3 cm de diámetro.» 716 1,290 1, lesiones de 3 a 5 cm de diámetro 1,074 1,935 2, Destrucción de lesiones malignas por cualquier método (electrocirugía, criocirugía, láser) en cara, orejas, párpados, nariz, labios, mucosas, menores de 1 cm de diámetro 787 1,419 1, lesiones de 1 a 3 cm de diámetro 859 1,548 2, «Moh (técnica microquirúrgica). Quimiocirugía. Incluye la remoción de todo el tumor macroscópico, la excisión quirúrgica de muestras de tejido, exámen microscópico y preparación histopatológica completa; hasta 5 muestras de tejido» 1,324 2,387 3,133 Mama Punción y aspiración de quiste mamario cada quiste adicional Mastotomía con exploración o drenaje de absceso profundo 1,419 2,455 3, Biopsia de mama, con aguja trocar 994 1,563 2, Biopsia de mama, incisional 1,198 2,160 2, Exploración de pezón con o sin excisión de conducto lactífero solitario o papiloma de conducto lactífero 1,217 2,194 2, Excisión de fístula de conducto lactífero. 1,217 2,194 2, Excisión de quiste, fribroadenoma u otro tumor benigno o maligno, tejido mamario aberrante, lesión de conducto, lesión de pezón o de la areola, en hombre o mujer una o más lesiones 2,574 4,640 6, Excisión de lesión mamaria, identificada mediante colocación preoperatoria de marcador radiológico. (esterotaxia) 1,932 3,484 4, Excisión de lesiones adicionales, identificadas por marcadores radiológicos 966 1,742 2, Mastectomía por ginecomastia (hombres) 3,555 6,409 8, Mastectomía parcial 3,480 7,340 10, Mastectomía parcial con lifadenectomía axilar 6,326 11,404 14, Mastectomía simple, completa 5,680 8,928 12, Mastectomía subcutánea 3,579 6,452 8, Mastectomía radical, incluyendo músculos pectorales y ganglios linfáticos axilares 8,524 14,731 20, Mastectomía radical, incluyendo músculos pectorales y ganglios linfáticos axilares y mamarios internos 9,943 17,185 23, Mastectomía radical modificada, con linfadenectomía axilar, con o sin músculos pectorales. 9,137 16,472 21, Excisión de tumor de pared torácica, que compromete costillas, con reconstrucción plástica sin linfadenectomía mediastinal 5,680 10,338 13, Excisión de tumor de pared torácica, que compromete costillas con reconstrucción plástica y con linfadenectomía mediastinal 10,736 19,355 25, inserción inmediata de prótesis de mama, posterior a mastectomía o cirugía reconstructiva 3,078 5,548 7, inserción diferida de prótesis de mama, posterior a mastectomía 3,900 7,030 9, Reconstrucción de areola/ pezón 2,290 4,129 5, Reconstrucción de mama, directa o diferida con expansor tisular, incluye expansión subsecuente. 8,280 14,927 19, Reconstrucción de mama usando otra técnica Reconstrucción de mama con colgajo miocutáneo transverso del recto del abdomen incluyendo cierre de zona donante 9,231 16,098 20,724 71

73 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sistema Musculoesquelético Biopsia de hueso superficial con aguja o trocar (Ej. esternón, apófisis espinosas, costillas, cráneo) 1,420 2,824 3, Biopsia de hueso profundo con aguja o trócar (Ej. cuerpo vertebral, femúr, etc.) 2,131 4,714 5, Biopsia de hueso con excisión. 1,385 2,496 3, Extracción de cuerpo extraño en músculo o tendón 1,420 2,413 3, Extracción de cuerpo extraño en músculo o tendón, complicada 1,420 2,413 3, Infiltración en tendón, o ligamento ,118 1, Artrocentesis, aspiración o inyección en articulaciones, bursa o ganglio (Ej. temporomandibular, acromioclavicular, muñeca, codo, tobillo y bolsa de olecranón) 713 1,118 1, Artrocentesis, aspiración o inyección en articulaciones mayores o bursa (Ej. hombro, cadera, rodilla, bursa subacromial, etc.) 713 1,118 1, Retiro de material de osteosíntesis 1,420 2,231 3, Reimplante de dedo por amputación completa, incluye articulación metacarpofalángica hasta inserción del tendon flexor superficial, (excepto pulgar). 9,943 18,808 24, Reimplante de dedo pulgar por amputación completa, incluye articulación carpometacarpiana hasta articulación metacarpo falángica. 9,943 18,808 24, Injerto de tendón 4,686 8,456 10,863 Cráneo Huesos Faciales y Articulación Temporo Madibular Resección radical por tumor maligno, de tejido blando en cara o cuero cabelludo 4,263 6,695 9, Excisión de tumor benigno o quiste de hueso facial excluyendo la mandíbula 2,415 3,794 5, Excisión de tumor maligno de hueso facial excluyendo la mandíbula 4,970 8,721 11, Excisión de tumor benigno de mandíbula 4,260 6,695 9, Excisión de tumor maligno de mandíbula 4,970 8,721 11, Resección radical por tumor maligno de mandíbula 7,101 11,159 15, Excisión de tumor de huesos del cráneo (Ej. Displasia fibrosa), con renostrucción de paredes orbitarias, frente, complejo nasoetmoidal, con injertos. 6,249 12,641 15, Artroplastía temporomandibular, con o sin autoinjerto (incluye la obtención del injerto) 4,686 9,958 12,663 Fracturas/Luxaciones de Cara Reducción abierta de fractura nasoetmoidal 3,906 8,686 11, Reducción abierta de fractura deprimida de seno frontal 3,906 8,686 11, Reducción abierta de fractura de complejo nasomaxilar, Lefort II, con fijadores. 4,686 9,958 12, Reducción abierta de fractura de complejo nasomaxilar, Lefort II, con injerto óseo (incluye obtención de injerto) 7,186 12,458 13, Reducción abierta de fractura con hundimiento de arco cigomático, (Ej. Técnica de Gilles). 1,989 4,580 5, Reducción abierta de fractura con hundimiento de malar, incluyendo arco cigomático y trípode malar 4,686 9,958 12, «Reducción abierta de fractura de piso de la órbita por estallido»»; abordaje por antrostomía (tipo Caldwell-Luc)» 3,438 6,610 8, «Reducción abierta de fractura de piso de la órbita por estallido»»; abordaje combinado.» 3,680 8,066 10, «Reducción abierta de fractura de piso de la órbita»» por estallido»», con implante o con injerto» 7,186 12,458 13, «Reducción abierta de fractura palatal o maxilar (tipo Lefort I»»)» 3,906 8,686 11, «Reducción abierta de fractura craneofacial (tipo Lefort III»»), con material de osteosíntesis.» 6,249 12,641 15, Reducción abierta de fractura craneofacial, con fijación y con injerto óseo (incluye obtención del injerto). 7,186 12,458 13, Reducción abierta de fractura mandibular complicada, con material de osteosíntesis y fijación interdental. 1,989 4,444 5, Reducción cerrada de luxación temporo-mandibular con manipulación 1,293 2,430 3, Reducción abierta de luxación temporo-mandibular 1,846 2,949 3,819 Cuello (Tejidos Blandos) y Tórax Incisión y drenaje de absceso profundo o hematoma, de tejidos blandos de cuello o tórax 1,406 2,534 3, Biopsia de tejidos blandos de cuello o tórax 698 1,259 1, Resección radical de tumor maligno de tejidos blandos de cuello y tórax 3,374 6,082 7, Excisión de primera costilla y/o costilla cervical 3,093 5,575 7, Escalenotomía, sin resección de costilla cervical 2,249 4,055 5,322 72

74 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Escalenotomía, con resección de costilla cervical 9,840 17,739 23, Resección radical de tumor maligno de tejidos blandos en dorso o cara lateral de tórax. 6,530 11,772 15, Reducción cerrada de fracturas y/o luxaciones vertebrales, con manipulación y /o tracción. (incluye inmovilización) 3,374 6,082 7, Reducción abierta de fracturas y/o luxaciones de vértebras lumbares, vía posterior 7,028 12,671 16, Reducción abierta de fracturas y/o luxaciones de vértebras cervicales, vía posterior. 7,028 12,671 16, Reducción abierta de fracturas y/o luxaciones de vértebras torácicas, vía posterior 7,028 12,671 16,631 Columna Vertebral. Artrodesis Artrodesis por vía anterior, de columna cervical (clivus C1 C2) 10,936 20,278 26, Artrodesis por vía anterior, de columna cervical de C2 para abajo, con injerto óseo. 9,137 16,472 21, Artrodesis vía anterior de columna torácica, con o sin injerto óseo. 9,137 16,472 21, Artrodesis vía anterior de columna lumbar por técnica de intercuerpos incluyendo disquectomía parcial para preparar el interespacio 9,943 18,124 23, Artrodesis por vía posterior. Craneocervical (occipucio-c2). 7,731 13,938 18, Artrodesis C1-C2, vía posterior. 7,731 13,938 18, Artrodesis cervical por vía posterior o pósterolateral de segmento inferior a C2, 6,561 14,094 18, Artrodesis torácica por vía posterior o pósterolateral. 7,731 13,938 18, Artrodesis lumbar por vía posterior o pósterolateral 7,811 14,094 18, Artrodesis vía posterior de columna lumbar con técnica de intercuerpos 7,811 14,094 18, Instrumentación no segmentaria posterior (Ej. Varilla de Harrington). 9,840 17,739 23, Instrumentación segmentaria posterior, 3-6 segmentos vertebrales 11,245 20,274 26, Instrumentación por vía anterior. 9,840 17,739 23,283 Abdomen Abdomen, Excisión de tumor de pared abdominal,subfacial (Ej. fibroma duro) 1,265 2,281 2,994 Hombro Extirpación de depósito calcáreo subdeltoideo (o intratendinoso). 1,687 3,041 3, Incisión y drenaje de absceso profundo o hematoma. 1,406 2,534 3, incisión y drenaje de absceso de bolsa sinovial. 1,406 2,534 3, Artrotomía, articulación glenohumeral, (exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño ) 2,811 5,068 6, Artrotomía de articulación acromioclavicular o esternoclavicular, (exploración, drenaje y/o extracción de cuerpo extraño ) 2,811 5,068 6, Resección radical de tumor maligno en tejido blando de la región del hombro. 5,328 9,605 12, Artrotomía con sinovectomía de articulación glenohumeral, con o sin biopsia 4,970 8,721 11, Artrotomía con sinovectomía de articulación esternoclavicular 4,498 8,109 10, Claviculectomía total 4,509 8,129 10, Acromioplastía o acromionectomía, parcial o total, con o sin liberación del ligamento córacoacromial 5,623 10,137 13, Excisión de quiste óseo o tumor benigno de clavícula o escápula 2,530 4,562 5, Excisión de quiste óseo o tumor benigno de clavícula o escápula con injerto (incluye la obtención del injerto) 3,437 6,197 8, Excisión de quiste óseo o tumor benigno de región húmero proximal 2,530 4,562 5, Excisión de quiste óseo o tumor benigno de región húmero proximal con injerto (incluye obtención de injerto). 3,437 6,197 8, Secuestrectomía (Ej.por osteomielitis o absceso óseo) en clavícula. 4,970 8,721 11, en escápula 1,718 3,097 4, en cabeza y cuello quirúrgico de húmero 3,471 6,258 8, Resección de cabeza de húmero 4,223 7,613 9, Resección radical de tumor en clavícula 3,435 6,194 8, Resección radical de tumor de escápula 4,509 8,129 10, Resección radical de tumor óseo, húmero proximal 4,473 8,065 10, Resección radical de tumor óseo húmero proximal con colocación de prótesis 5,082 9,161 12,024 Corrección, Revisión o Reconstrucción de Hombro Tenotomía, en región del hombro. 2,390 4,308 5, Sutura por ruptura aguda de manguito músculo tendinoso (rotador del hombro) 2,811 5,068 6, Liberación de ligamento coracoacromial con o sin acromioplastía. 4,260 7,379 9,501 73

75 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno **** Plastía de hombro (manguito rotador) por lesión crónica, incluye acromioplastía 5,623 10,137 13, Tenorrafia de tendón largo de bíceps. 2,811 5,068 6, Resección o transplante de tendón largo de bíceps. 3,514 6,335 8, Plastía de luxación recidivante de hombro 4,970 9,130 11, Artroplastía total de hombro (reemplazo de cavidad glenoidea o de húmero proximal) 6,393 11,681 14,991 Fractura/Luxación de Hombro Reducción cerrada de fractura clavicular (con manipulación ) 2,555 3,606 4, Reducción abierta de fractura clavicular con o sin material de osteosíntesis 3,125 5,638 7, Reducción cerrada de luxación esternoclavicular con manipulación 1,406 2,534 3, Reducción abierta de luxación esternoclavicular aguda o crónica 2,811 5,068 6, Reducción cerrada de luxación acromioclavicular (con manipulación) 1,136 2,149 2, Reducción abierta de luxación acromioclavicular aguda o crónica 2,841 5,374 6, Reducción cerrada de fractura escapular, con manipulación con o sin tracción esquelética (con o sin afección de articulación de hombro) 2,109 3,801 4, Reducción abierta de fractura escapular, con o sin material de osteosíntesis. 4,217 7,603 9, Reducción cerrada de fractura de húmero proximal con manipulación, con o sin tracción esquelética. 3,125 5,638 7, Reducción abierta de humero proximal, con o sin material de osteosíntesis, con o sin reparación de tuberosidades 4,970 9,130 11, Reducción abierta de fractura de húmero proximal con colocación de prótesis. 5,827 10,505 13, Reducción cerrada de luxación de hombro, con manipulación sin anestesia. (escápulo humerales) 1,406 2,534 3, Reducción cerrada de luxación de hombro (manipulación) con anestesia 1,406 2,534 3, Reducción abierta de luxación aguda de hombro. 4,970 9,130 11, Artrodesis de articulación de hombro con o sin injerto óseo 6,249 11,550 14, Desarticulación de hombro 5,261 9,484 12,448 Humero y Codo incisión y drenaje de absceso en bursa 1,333 2,403 3, Artrotomía de codo (exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño) 2,555 4,700 6, Escisión de tumor en facia o intramuscular en brazo. 1,403 2,529 3, Resección radical de tumor maligno de tejidos blandos de brazo o codo 3,514 6,335 8, Artrotomía de codo, con exploración de la articulación para sinovectomía 2,555 4,700 6, Resección radical de tumor en húmero 5, ,611 13, Resección radical de tumor de húmero con injerto, incluye la obtención del injerto 5,175 9,329 12, Reseccion radical de tumor de radio 8,561 15,434 20,257 Colocación o Extracción en Humero y Codo Transferencia de músculo o tendón de cualquier tipo en brazo y codo 3,951 7,123 9, Tenorrafia por ruptura del tendón de bíceps a codo 2,811 5,068 6, Reinserción o reparación de ruptura o laceración de tendón de bíceps o tríceps, distal, con o sin injerto de tendón 2,811 5,068 6, Fasciotomía lateral o medial (Ej. codo de tenista o epicondilitis) 2,249 4,055 5, fasciotomía lateral o media con desprendimiento del extensor 2,249 4,055 5, Artroplastía de codo con implante y reconstrucción de ligamento. 5,623 10,137 13, Artroplastía con prótesis total de codo 5,623 10,137 13, Artroplastía de cabeza de radio 4,920 8,870 11, Osteotomía de húmero con o sin material de osteosíntesis 3,936 7,096 9, Reparación de cierre defectuoso de fx de húmero con injerto (incluye obtención de injerto) 4,843 8,731 11,459 Fractura y Luxación de Humero y Codo Reducción cerrada de diáfisis humeral, con manipulación con o sin tracción esquelética 2,555 4,426 5, Reducción abierta de fractura de diáfisis de húmero, con manipulación con material de osteosíntesis 4,260 7,786 9, Reducción abierta de fractura de diáfisis humeral con colocación de implante intramedular, con o sin cerclaje y/o tornillo 4,920 8,870 11, Reducción cerrada de fractura de húmero supracondílea o transcondílea, con manipulación, con o sin tracción esquelética. 2,555 4,700 6, Reducción abierta de fractura supracondílea o transcondílea de húmero, con o sin material de osteosíntesis 3,936 7,096 9,313 74

76 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Reducción abierta de fractura epicondílea medial o lateral de húmero con o sin material de osteosíntesis 4,920 8,870 11, Reducción abierta de fractura de cóndilo humeral medial o lateral, con o sin material de osteosíntesis 3,936 7,096 9, Reduccion abierta de fractura y/o luxación de húmero distal y cúbito y/ o radio proximal 3,936 7,096 9, Reducción cerrada de luxación de codo 1,846 3,356 4, Reducción abierta de luxación de codo, aguda o crónica 3,836 6,981 8, Reducción cerrada de fractura luxación de codo tipo Monteggia (Fractura proximal de cúbito con luxación de cabeza de radio) 1,687 3,041 3, Reducción abierta de fractura luxación de codo tipo Monteggia con o sin material de osteosíntesis 3,514 6,335 8, Reducción cerrada de subluxación de cabeza de radio en niño (codo de niñera) 1,406 2,534 3, Reducción cerrada de fractura de cabeza y cuello de radio, con manipulación. 2,109 3,801 4, Reducción abierta de fractura de cabeza y cuello de radio, con o sin material de osteosíntesis o excisión de cabeza de radio. 3,936 7,096 9, Reducción abierta de fractura de cabeza y cuello de radio, con prótesis de cabeza de radio 5,750 10,366 13, Reducción cerrada de fractura de cúbito próximal (olécranon) con manipulación. 2,109 3,801 4, Reducción abierta de fractura de cúbito proximal (olécranon) con o sin material de osteosíntesis. 3,936 7,096 9, Artrodesis de codo 4,920 8,870 11, Amputación de brazo 3,936 7,096 9, Elongación de muñón de brazo 2,109 3,801 4,989 Antebrazo y Muñeca Incisión para liberación tendón por enfermedad de Quervain. 1,406 2,534 3, Fasciotomía descompresiva de tendón flexor y/o extensor de antebrazo y/o muñeca. 2,249 4,055 5, Artrotomía de articulación radio carpal o medicarpal ( exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño.) 2,555 4,700 6, Escisión de tumor en antebrazo, fascial o intramuscular. 2,585 4,660 6, Resección radical de tumor maligno de tejido blando de antebrazo y/o muñeca. 3,514 6,335 8, Capsulotomía de muñeca (por contractura) 2,555 4,700 6, Artrotomía de muñeca con biopsia. 2,390 4,308 5, Artrotomía de muñeca con sinovectomía. 3,374 6,082 7, Artrotomía de articulación radiocubital distal para reparación de cartílago triangular 3,374 6,082 7, Excisión para liberación de tendón de antebrazo y/o muñeca 1,406 2,534 3, Excisión de ganglión en muñeca ( dorsal o palmar). 1,420 2,413 3, Excisión de bursa de radio, sinovial de muñeca o liberación de vaina tendinosa del antebrazo (tenosinovitis y artritis reumatoide) 3,374 6,082 7, Sinovectomía, liberación de tendón extensor de muñeca 2,811 5,068 6, Resección radical por tumor de radio o cúbito 3,795 6,842 8, Exploración para extracción profunda de cuerpo extraño en antebrazo y muñeca 2,390 4,308 5,654 Reparación, Revisión y Reconstrucción de Antebrazo y Muñeca Reparación de tendón o músculo flexor, antebrazo y/o muñeca 2,130 3,840 5, Reparación de tendón o músculo extensor, de antebrazo o muñeca. 2,390 4,308 5, Reparación de tendón o músculo extensor, con injerto (incluye la obtención del injerto) de antebrazo o muñeca. 2,811 5,068 6, Tenotomía abierta, tendón flexor o extensor de antebrazo o muñeca. 2,390 4,308 5, Tenolisis, tendón flexor o extensor de antebrazo o muñeca. 1,811 3,264 4, Tenodesis de muñeca, flexores de dedos 2,811 5,068 6, Tenodesis de muñeca extensores de dedos 2,811 5,068 6, Transferencia de tendón flexor o extensor de muñeca y/o antebrazo. 3,906 6,138 8, Transferencia de tendón flexor o extensor de muñeca y/o antebrazo - con injerto de tendón (Incluye obtención de injerto) 3,374 6,082 7, Capsulorrafia o reconstrucción, de muñeca por inestabilidad carpal (incluye sinovectomía, cápsulotomía e inserciones tendinosas). 4,498 8,109 10, «Artroplastía de muñeca;» 5,468 10,823 13, «Osteotomía de radio; tercio distal» 3,795 6,842 8, Osteotomía de radio tercio medio o proximal 4,920 8,870 11, Osteotomía de cúbito 3,795 6,842 8, Osteotomía de radio y cúbito 4,920 8,870 11, Artroplastía con prótesis de radio distal 5,623 10,137 13,305 75

77 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Fractura/Luxación de Antebrazo y Muñeca Reducción cerrada de fractura de diáfisis de radio. con manipulación 2,555 4,426 5, Reducción abierta de fractura de diáfisis de radio. 3,936 7,096 9, Reducción cerrada de fractura de diáfisis de radio con luxación de articulación radio-cubital distal (fractura/luxación Galeazzi) 3,125 5,638 7, Reducción cerrada de fractura de diáfisis de cúbito con manipulación 1,687 3,041 3, Reducción abierta de fractura de diáfisis de cúbito con o sin material de osteosíntesis 3,936 7,096 9, Reducción cerrada de fractura de diáfisis de radio y cúbito con manipulación 1,687 3,041 3, Reducción abierta de fractura de diáfisis de radio y cúbito con material de osteosíntesis 3,936 7,096 9, Reducción cerrada de fractura distal del radio o separación epifisiaria con o sin fractura de estiloides cubital, con manipulación (fractura de Colles o Smith) 2,555 4,700 6, Reducción cerrada de fractura de Colles o Smith con fijación esquelética percutanea. Con manipulación 3,125 5,638 7, Reducción abierta de fractura de Colles o Smith o separación epifisiaria con o sin fractura de apófisis estiloides cubital 3,836 6,981 8, Reducción cerrada de fractura de escafoides carpal ( navicular), con manipulación 1,406 2,534 3, Reducción abierta de fractura de escafoides carpal, con o sin material de osteosíntesis 2,811 5,068 6, «Reducción cerrada de fractura de huesos del carpo ( excepto escafoides); con manipulación» 2,555 4,700 6, Reducción abierta de fractura de huesos del carpo (excepto escafoides) 3,551 7,126 9, Reducción cerrada de luxación radiocarpal o intercarpal de uno o más huesos con manipulación 1,406 2,534 3, Reducción abierta de luxación radio carpal o intercarpal uno o más huesos 3,233 5,829 7, Reducción cerrada de luxación radiocubital distal con manipulación 1,406 2,534 3, Reducción abierta de luxación radiocubital aguda o crónica 3,233 5,829 7, Reducción cerrada de fractura por luxación tipo transescafoidea perisemilunar, con manipulación 1,406 2,534 3, Reducción abierta de fractura por luxación tipo transescafoide perisemilunar 3,233 5,829 7, Reducción cerrada de luxación de semilunar, con manipulación 1,687 3,041 3, Reducción abierta de luxación de semilunar 3,374 6,082 7,983 Artrodesis de Muñeca «Artrodesis de muñeca; sin injerto óseo ( incluye articulaciones radiocarpal e intercarpal o carpometacarpiana).» 3,233 5,829 7, Artrodesis de muñeca con autoinjerto de iliaco u otro hueso (se incluye la obtención del injerto) 4,217 7,603 9, Artrodesis de articulación radiocubital distal con resección segmentaria de cúbito con o sin injerto óseo. 4,217 7,603 9, Amputación de antebrazo a través de radio y cúbito 4,217 7,603 9, Amputacion de antebrazo a través de desarticulación de la muñeca 3,936 7,096 9, Amputación transmetacarpal 3,936 7,096 9,313 Manos y Dedos Fasciotomía descompresiva de la mano 2,249 4,055 5, Fasciotomía palmar (Ej. Contractura de Dupuytren), percutánea 2,249 4,055 5, Fasciotomía palmar abierta. 2,249 4,055 5, Liberación de tendón por dedo en gatillo 1,904 3,433 4, «Artrotomía con exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño; en articulación carpometacarpiana.» 2,555 4,700 6, Artrotomía con exploración, drenaje o extraccion de cuerpo extraño articulación metacarpofalángica 2,390 4,308 5, «Artrotomía con exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño; en articulación interfalángica» 2,390 4,308 5, «Artrotomía para biopsia sinovial; articulación carpometacarpal» 2,390 4,308 5, Excisión de tumor o malformación vascular subcutánea en manos o dedos 1,587 2,861 3, Excisión de tumor subfascial, intramuscular, en mano o dedo 1,546 2,788 3, Resección radical de tumor (Ej. neoplasia maligna), de tejido blando de manos o dedos. 3,514 6,335 8, Fasciectomía, únicamente palmar, con o sin z-plastía o injerto de piel (incluye obtención de injerto) 2,249 4,055 5, Fasciectomía palmar parcial con liberación de un dedo incluyendo la articulación interfalángica proximal, con o sin Z-plastía o injerto cutáneo ( incluye obtención del injerto ). 3,514 6,335 8, Sinovectomía de articulación carpometacarpal 3,374 6,082 7,983 76

78 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sinovectomía de articulación metacarpofalángica. Incluyendo liberación intrínseca y reconstrucción de la caperuza del extensor. 4,498 8,109 10, Sinovectomía, articulación interfalángica proximal, incluyendo reconstrucción del extensor. (cada articulación). 3,374 6,082 7, Sinovectomía radical (tenosinovectomía), de tendón flexor de palma y/o dedo 3,374 6,082 7, Excisión de lesión en tendón o capsula (quiste o ganglión) de mano o dedos. 1,406 2,534 3, Excisión de tendón flexor en palma 1,406 2,534 3, Excisión de tendón flexor de dedos 1,406 2,534 3, Resección radical de metacarpo por tumor 3,514 6,335 8, Resección radical de falange proximal o media de dedo mano por tumor 1,687 3,041 3, Resección radical de falange distal del dedo mano por tumor 1,687 3,041 3, Tenorrafia de tendón extensor en mano, cada tendón 1,968 3,548 4, Reparación primaria o secundaria del extensor, inserción distal, sin injerto 2,567 4,627 6, Tenolisis de tendón flexor de palma o dedo. 2,467 4,447 5, Tenolisis de tendón extensor de mano o dedos 2,467 4,447 5, Tenotomía del flexor en palma 2,390 4,308 5, Tenotomía de flexor de dedos 2,390 4,308 5, Tenotomía del extensor de mano y dedos 2,467 4,447 5, Transferencia tendinosa, para restablecer función intrínseca, dedo anular y meñique. 2,811 5,068 6, Transferencia tendinosa, para restablecer función intrínseca todos los dedos (excepto pulgar) 5,342 9,630 12, Capsulotomía interfalángica 2,390 4,308 5, Artroplastía de articulación metacarpofalángica 2,811 5,068 6, Artroplastía de articulaciones interfalángicas 3,906 8,548 10, Reconstrucción por falta de consolidación metacarpiana o falángica incluye obtención de injerto). 3,233 5,829 7, Pulgarización de un dígito 5,342 9,630 12, Tratamiento para sindactilia, con colgajo de tejido. 5,680 10,063 12, Osteotomía metacarpiana cada una 2,344 5,456 6, Tratamiento para polidactilia 3,514 6,335 8, Liberación de contractura cicatrizal, de flexor o extensor, con injertos cutáneos, colgajos de reorganización o Z plastía, mano y / o dedo. 4,217 7,603 9,978 Fracturas/Luxacion de Mano y Dedos Reducción cerrada de fractura metacarpiana, con manipulación 1,406 2,534 3, Fijación esquelética percutánea de fractura metacarpiana 2,567 4,627 6, Reducción abierta de fractura metacarpiana, con o sin material de osteosíntesis 3,836 6,981 8, Reducción cerrada de fractura- luxación carpometacarpiana de pulgar, con manipulación ( fractura de Bennet). 3,514 6,335 8, Fijación esquelética percutánea de fractura-luxación carpometacarpiana de pulgar ( fractura de Bennet) 3,800 6,850 8, Reducción abierta de fractura luxación carpometacarpiana de pulgar, (fractura de Bennet) con o sin material de osteosíntesis. 4,217 7,603 9, Reducción cerrada de fractura luxación carpometacarpiana, (excepto dedo pulgar), con manipulación 1,687 3,041 3, Reducción abierta de fractura luxación carpometacarpiana ( excepto dedo pulgar), con o sin material de osteosíntesis. 3,514 6,335 8, Fijación esquelética percutánea de fractura-luxación carpometacarpiana (excepto dedo pulgar). 2,567 4,627 6, Reducción cerrada de luxación metacarpofalángica, con manipulación. 1,136 2,149 2, Luxación metacarpofalángica con tracción esquelética 2,095 3,777 4, Reducción abierta de luxación metacarpofalángica, con o sin material de osteosíntesis 2,811 5,068 6, Reducción cerrada de fractura de diáfisis de falanges proximal o media, con manipulación, con o sin tracción. 1,420 2,551 3, Reducción abierta de fractura de diáfisis de falange proximal o media, con o sin material de osteosíntesis 2,131 4,030 5, Reducción abierta de fractura articular que involucra articulaciones metacarpofalángica o interfalángica, con o sin fijación interna o externa, cada una 2,841 5,236 6, Reducción cerrada de fractura de falange distal con manipulación 843 1,521 1, Reducción cerrada de luxación interfalángica, con manipulación ,071 1, Reducción abierta de luxación de articulación interfalángica, con o sin material de osteosíntesis. 1,420 2,551 3,276 Artrodesis de Manos y Dedos Artrodesis articulación capormetacarpiana del pulgar. 3,106 5,600 7, Artrodesis articulación capormetacarpiana de dedos (excepto pulgar) 3,106 5,600 7,350 77

79 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Artrodesis articulación metacarpofalángica. 3,125 7,411 9, Artrodesis, articulación interfalángica. 3,125 5,638 7,243 Amputación de Manos y Dedos Amputación de dedos o pulgar (cada dedo), incluye neurectomías. 2,530 4,562 5,987 Pelvis y Cadera Incisión y denaje de hematoma o absceso profundo en pelvis o cadera ,521 1, Incisión y drenaje en pelvis o cadera por bursa infectada 843 1,521 1, Tenotomía abierta del aductor de cadera. 1,235 2,227 2, Tenotomía abierta del aductor, subcutáneo con neurectomía del obturador 2,811 5,068 6, Tenotomía abierta de flexores de la cadera 2,390 4,308 5, Tenotomía abierta de abductores y/o extensores de la cadera 2,811 5,068 6, Fasciotomía muslo o cadera, cualquier tipo 3,156 5,690 7, Artrotomía de cadera con drenaje. 3,514 6,335 8, Artrotomía de cadera (exploración, extracción de cuerpo extraño.) 3,514 6,335 8, Excisión de tumor en pelvis o cadera, subfascial, intramuscular 2,811 5,068 6, Resección radical de tumor maligno de tejidos blandos de pelvis o cadera. 3,514 6,335 8, Artrotomía de articulación sacroilica con biopsia 2,390 4,308 5, Artrotomía de articulación de la cadera con biopsia 3,514 6,335 8, Artrotomía con sinovectomía de la articulación de la cadera. 4,498 8,109 10, Resección radical de tumor de isquión, pubis o sínfisis del pubis. 3,514 6,335 8, Coxigectomía 2,390 4,308 5, Remoción de prótesis de cadera 5,201 9,377 12,307 Reparación, Revisión y Recontrucción Resección proximal de tendones que forman el hueco poplíteo 2,390 4,308 5, Transferencia del aductor a isquion 3,514 6,335 8, Transferencia del músculo oblícuo externo a trocánter mayor incluyendo la extensión de fascia o tendón. 5,342 9,630 12, Acetabuloplastía (Ej. tipo Whitman, Colonna, Hargroves ) 12,499 23,096 29, Resección de cabeza femoral 7,232 13,039 17, Hemiartroplastía de cadera (tallo femoral protésico, artroplastía bipolar) 6,390 11,520 15, Artroplastía con reemplazo total de cadera, con o sin injerto 9,053 16,320 21, Osteoplastía de cuello femoral 5,623 10,137 13, Osteotomía y fijación interna 6,607 11,911 15,633 Fractura/Luxación Pelvis y Cadera Tratamiento cerrado de fractura del anillo pelviano, luxación, diastasis o subluxación, con manipulación. 2,811 5,068 6, Reducción abierta de fractura de coccix 2,555 4,700 6, Reducción abierta de fractura (s) de espina (s) iliaca, avulsión de tuberosidad o cresta iliaca, con fijación interna 5,201 9,377 12, Fijación esquelética percutánea de fractura y/o luxación de cintura pélvica posterior (incluyendo, articulación sacroiliaca y/o sacro) 5,623 10,137 13, Reducción abierta de fractura y/o luxación de anillo pelviano anterior con fijación interna (incluye sínfisis y ramas del pubis ). 6,607 11,911 15, Reducción abierta de fractura acetabular que compromete la columna anterior o posterior o una fractura transversal de ácetabulo con material de osteosíntesis. 11,948 21,541 28, «Reducción cerrada de fractura femoral; con manipulación; con o sin tracción esquelética» 3,551 6,580 8, Fijación esquelética percutánea, de fractura no desplazada de extremo proximal de fémur o cuello 3,374 6,082 7, Reducción abierta de fractura no desplazada de tercio proximal de fémur, cuello, con material de osteosíntesis o reemplazo con prótesis. 11,315 20,400 26, Reducción cerrada de fractura no desplazada o impactada de tercio proximal de fémur, intertrocantérea, o subtrocantérica, con manipulación, con o sin tracción. 3,374 6,082 7, «Reducción abierta de fractura inter-, peri-, o subtrocantérea; con implante de placa y tornillos, con o sin cerclaje.» 5,201 9,377 12, con implante intramedular con o sin tornillo y/o cerclaje. 6,607 11,911 15, Reducción abierta de fractura de trocanter mayor, con o sin material de osteosíntesis 2,811 5,068 6, Reducción cerrada de luxación traumática de cadera 2,841 5,374 6, Reducción abierta de luxación traumática de cadera, sin material de osteosíntesis 3,374 6,082 7, Reducción abierta de luxación traumática de cadera, con fractura de pared acetabular y cabeza de femur con material de osteosíntesis 5,680 10,338 13,270 78

80 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Artrodesis de articulación de la cadera (incluye obtención del injerto) 6,607 11,911 15, Artrodesis de articulación de la cadera con osteotomía subtrocantérica 7,731 13,938 18, Desarticulación de cadera 4,970 10,769 13,679 Fémur (Muslo) y Rodilla Incisión profunda con apertura de corteza ósea (Ej. para osteomielitis o absceso en hueso) en fémur o rodilla 2,530 4,562 5, Fasciotomía, iliotibial, (abierta) 2,530 4,562 5, Artrotomía de rodilla ( exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño ) 2,811 5,068 6, Neurectomía de los músculos que forman el hueco poplíteo 3,514 6,335 8, Neurectomía poplítea (gemelos) 3,514 6,335 8, Excisión de tumor subfascial o intramuscular en muslo o rodilla 2,530 4,562 5, Resección radical de tumor (neoplasia maligna) de tejidos blandos de muslo o rodilla 3,514 6,335 8, Artrotomía de rodilla con toma de biopsia 2,811 5,068 6, Menisectomía medial o lateral (Artrotomía con excisión de cartílago semilunar ) cualquier método 4,639 8,363 10, Menisectomía medial y lateral cualquier método 5,577 10,055 13, «Artrotomía de rodilla con sinovectomía; anterior y/o posterior» 5,577 10,055 13, Excisión de bursa prerrotuliana 2,555 4,426 5, Excisión de quiste sinovial de hueco poplíteo (quiste de Baker) 3,374 6,082 7, Patelectomía o hemipatelectomía 4,639 8,363 10, Excisión o curetaje de quiste óseo o tumor benigno de fémur 2,530 4,562 5,987 Reparación, Revisión y Recontrucción Tenorrafia de tendón infrapatelar 2,811 5,068 6, Sutura de cuadriceps o músculos de pantorrilla 2,811 5,068 6, Transferencia de tendón o músculo, del hueco poplíteo al fémur 3,514 6,335 8, Reparación de desgarro de ligamentos laterales 4,217 7,603 9, Reparación de ligamentos cruzados 4,217 7,603 9, Reparación de ligamentos laterales y cruzados 3,515 6,336 8, Reconstrucción por luxación recurrente de rótula (procedimiento tipo Hauser) 4,779 8,616 11, Reconstrucción de ligamentos de rodilla, extra-articular 5,577 10,055 13, intra-articular (cirugía abierta) 6,326 11,404 14, intra-articular (abierta) y extra-articular 6,326 11,404 14, plastía de cuadripceps (tipo Bennett o Thompson) 4,779 8,616 11, Capsulotomía de rodilla 4,779 8,616 11, Artroplastía de rótula sin prótesis 5,577 10,055 13, Artroplastía de rodilla (cóndilos femorales o mesetas tibiales) 6,393 12,090 15, Artroplastía de rótula con prótesis total 6,326 11,404 14, Osteotomía de fémur, diafisisaria o supracondílea, sin fijación 3,795 6,842 8, Osteotomía de fémur, diafisiaria o supracondílea con fijación 3,795 6,842 8,981 Fracturas y/o Luxaciones Reducción cerrada de fractura de la diáfisis femoral (con manipulación con o sin tracción) 3,551 6,581 8, Reducción cerrada de fractura de fémur supra o transcondilea, con manipulación, con o sin tracción esquelética. 2,811 5,068 6, Reducción abierta de fractura de diáfisis de fémur, con material de osteosíntesis. 4,970 9,130 11, Reducción cerrada de fractura femoral en tercio distal, cóndilos medial o lateral, con manipulación 2,811 5,068 6, Reducción abierta de fractura de fémur supra o transcondilea, con material de osteosíntesis 5,680 10,338 13, Reducción abierta de fractura de fémur supra o transcondilar, con extensión intercondilea, con material de osteosíntesis. 6,326 11,404 14, Reducción abierta de fractura femoral en tercio distal, condilo medial o lateral, con o sin matetrial de osteosíntesis 7,101 12,750 16, Reducción cerrada de epifisiolistesis femoral distal, con manipulación con o sin tracción esquelética 3,374 6,082 7, Reducción abierta de separación epifisiaria femoral distal, con material de osteosíntesis 7,101 12,750 16, Reducción cerrada de fractura de rótula con manipulación 1,420 2,551 3, Reducción abierta de fractura de rótula, con material de osteosíntesis y/o rotulectomía parcial o completa y reparación de tejidos blandos 4,686 9,823 12, Reducción cerrada de fractura tibial, con manipulación, con tracción esquelética 1,420 2,824 3, Reducción abierta de fractura de tibia proximal con o sin material de osteosíntesis 3,551 7,400 9, Reducción cerrada de fractura intercondilar y/o tuberosidad tibial, con manipulación. 1,420 2,959 3,768 79

81 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Reducción abierta de fractura de espinas intercóndiles y/o de fractura de tuberosidades de la rodilla 4,970 10,085 12, Reducción cerrada de luxación de rodilla. 1,846 3,493 4, Reducción abierta de luxación de rodilla con material de osteosíntesis, sin reparación de ligamentos. 4,217 7,603 9, Reducción abierta de luxación de rodilla con material de osteosíntesis con reparación de ligamentos 4,970 9,266 11, Reducción cerrada de luxación de rótula con anestesia 1,687 3,041 3, Reducción abierta de luxación de rótula, con o sin rotulectomía parcial o total 4,217 7,603 9, Artrodesis de rodilla 6,249 11,550 14,810 Amputación Muslo Amputación muslo cualquier nivel. 4,920 8,870 11, Desarticulación de rodilla 4,076 7,349 9,646 Pierna (Tibia y Perone) y Tobillo «Fasciotomía descompresiva, pierna; compartimientos anteriores y/o laterales.» 2,249 4,055 5, Incisión y drenaje de absceso de bursa infectada de tobillo , Tenotomía percutánea de tendón de aquiles con anestesia 1,194 2,153 2, Incisión profunda con apertura de corteza de hueso (para osteomielitis o absceso óseo) en pierna o tobillo 1,827 3,294 4, Artrotomía de tobillo ( exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño ) 2,555 4,700 6, Biopsia subfacial o intramuscular, en pierna o tobillo. 1,827 3,294 4, Resección radical de tumor maligno de tejidos blandos en pierna o tobillo 3,514 6,335 8, Excisión de tumor, subfascial o intramuscular en pierna o tobillo 1,827 3,294 4, Artrotomía de tobillo con sinovectomía 3,374 6,082 7, Excisión de lesión de vaina tendinosa o capsula (Ej. quiste o ganglión), pierna y/o tobillo 1,687 3,041 3, Excisión o curetaje de quiste óseo o tumor benigno de tibia o peroné 2,530 4,562 5, Resección radical de tumor en tibia 6,326 11,404 14, Resección radical de tumor en peroné 4,358 7,856 10, Resección radical de tumor en astrágalo o calcáneo 6,326 11,404 14,968 Reparación, Revisión y Reconstrucción Reparación abierta por ruptura de tendón de aquiles 3,374 6,082 7, Tenorrafia del flexor de pierna sin injerto 1,827 3,294 4, Tenorrafia del extensor de pierna 1,687 3,041 3, Alargamiento o acortamienteo de tendón de toibllo o pierna Sutura de desgarro de ligamento colateral de tobillo (primaria) 2,811 5,068 6, Artroplastía de tobillo 4,404 9,148 11, Osteotomía de tibia 3,795 6,842 8, Osteotomía peroné 2,530 4,562 5, Osteotomía tibia y peroné 4,639 8,363 10, Osteoplastía tibia y peroné con injerto iliaco o cualquier otro autoinjerto (ncluye obtención del injerto) por pseudoartrosis 6,326 11,404 14,968 Fracturas/Luxación de Pierna y Tobillo Reducción cerrada de fractura de diáfisis tibial (con o sin fractura de peroné), con manipulación, con o sin tracción 3,551 5,763 7, Fijación esquelética percutánea de fractura de la diáfisis tibial (con o sin fractura de peroné) 2,811 5,068 6, Reducción abierta de fractura de diáfisis tibial (con o sin fractura de peroné) con material de osteosíntesis 4,639 8,363 10, Reducción cerrada de fractura de maléolo medial, con manipulación, con o sin tracción 2,109 3,801 4, Reducción abierta de fractura de maléolo medial,con o sin material de osteosíntesis 4,217 7,603 9, «Reducción cerrada de fractura de peroné proximal o diáfisis; conn manipulación» 3,551 5,763 7, Reducción abierta de fractura de peroné proximal o diáfisis, con o sin material de osteosíntesis 4,970 9,130 11, Reducción cerrada de fractura de peroné distal (maléolo lateral) con manipulación 3,551 7,400 9, Reducción abierta de fractura de peroné distal (maléolo lateral) con o sin material de osteosíntesis 1,420 2,824 3, Reducción cerrada de fractura bimaleolar de tobillo (incluyendo fractura de Pott), con manipulación 1,687 3,041 3, Reducción cerrada de fractura bimaleolar de tobillo (con manipulación) 1,420 2,551 3, Reducción abierta de fractura bimaleolar de tobillo con material de osteosíntesis 4,639 8,363 10, Reducción cerrada de fractura de la porción articular de la tibia distal que soporta carga (con manipulación/tracción) 1,420 2,551 3,276 80

82 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Reducción abierta de fractura de la porción articular de la tibia distal que soporta carga. 4,260 7,786 9, Reducción cerrada de luxación de articulación tibioperonea proximal. 1,406 2,534 3, Reducción abierta de luxación tibioperonea proximal, con o sin material de osteosínteis o con excisión de peroné proximal 3,514 6,335 8, Reducción cerrada de luxación de tobillo con anestesia, con o sin tracción esquelética 1,420 2,551 3, Reducción abierta de luxación de tobillo, con material de osteosíntesis 3,551 7,126 9, Artrodesis de tobillo 3,936 7,096 9, Artrodesis tibioperonea, proximal o distal 3,233 5,829 7,650 Amputación de Pierna y Tobillo Amputación de pierna a nivel de tibia y peroné 4,217 7,603 9, Desarticulación de tobillo 4,076 7,349 9, Fasciotomía descompresiva de pierna, compartimento anterior y/o lateral y posterior con debridación de músculo y/o nervio 4,920 8,870 11,641 Pie Incisión y drenaje de bursa infectada de pie 675 1,216 1, Fasciotomía de pie y/o dedos 1,696 3,057 4, Tenotomía percutánea de dedos 975 1,758 2, Tenotomía percutánea dedos múltiple 975 1,758 2, Artrotomía con exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño de articulación intertarsal o tarsometatarsal 2,390 4,308 5, Artrotomía con exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño de articulación metatarso falángica 1,827 3,294 4, Artrotomía con exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño de articulación interfalángica 1,827 3,294 4, Neurectomía (músculos del pie) 4,217 7,603 9, Descompresión de nervio tibial posterior (liberación del tunel del tarso) 3,514 6,335 8, Excisión de tumor en pie, subfascial o intramuscular 1,827 3,294 4, Resección radical de tumor maligno de tejidos blandos de pie 3,514 6,335 8, Artrotomía con biopsia sinovial de articulación intertarsal o tarso metatarsal 2,390 4,308 5, Artrotomía con biopsia de la articulación metatarsofalángica 1,827 3,294 4, Artrotomía con biopsia de la articulación interfalángica 1,827 3,294 4, Fasciectomía plantar 2,249 4,055 5, Sinovectomía de articulación intertarsal o tarsometatarsal 3,283 5,919 7, Sinovectomía articulación metatarsofalángica 2,104 3,793 4, Excisión de neuroma interdigital (Morton) 2,249 4,055 5, Sinovectomía con liberación de tendón flexor de pie 3,374 6,082 7, Sinovectomía con liberación de tendón extensor de pie 3,374 6,082 7, Excisión o curetaje de quiste óseo o tumor benigno en astrágalo o calcáneo 2,530 4,562 5, Excisión o curetaje de quiste óseo o tumor benigno en tarso o metatarso 1,687 3,041 3, Ostectomía parcial de cabeza 5º metatarsiano 1,687 3,041 3, Ostectomía completa de cabeza de 1º metatarsiano 1,687 3,041 3, Ostectomía completa de otra cabeza metatarsiana (excepto 5º) 1,687 3,041 3, Ostectomía completa de cabeza de 5º metetarsiano 1,687 3,041 3, Ostectomía por espolón calcáneo con o sin liberación de fascia plantar 2,530 4,562 5, Astragalectomía 2,530 4,562 5, Metatarsectomía 2,530 4,562 5, Falangectomía 994 2,154 2, Resección radical de tumor del hueso tarsiano 1,687 3,041 3, Resección radical de tumor óseo de dedo del pie 2,530 4,562 5,987 Reparacion, Revisión y Reconstrucción de Pie Tenorrafía de tendón flexor de pie 2,811 5,068 6, Tenorrafia del tendón extensor de pie 2,390 4,308 5, Tenolisis del flexor del pie 1,406 2,534 3, Tenolisis del extensor del pie 1,406 2,534 3, Capsulotomía de articulación metatarsofalángica con o sin tenorrafia 1,827 3,294 4, Corrección de Hallux valgus, con o sin sesamoidectomía 2,390 4,308 5, Corrección de Hallux valgus, con osteotomía de metatarsianos 4,498 8,109 10, Osteotomía del calcáneo, con o sin material de osteosíntesis 3,795 6,842 8, Osteotomía del astrágalo 3,795 6,842 8, Reconstrucción de pie(s), polidactilia 3,514 6,335 8,315 Fracturas/Luxación de Pie Reducción cerrada de fractura de calcáneo con manipulación 2,109 3,801 4, Fijación esquelética percutánea de fractura de calcáneo con manipulación 2,390 4,308 5,654 81

83 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Reducción abierta de fractura de calcáneo, con material de osteosíntesis 3,514 6,335 8, Reduccción abierta de fractura de calcáneo, con injerto óseo (incluye obtención de injerto) 3,514 6,335 8, Reducción cerrada de fractura de astrágalo, con manipulación 2,109 3,801 4, Fijación esquelética percutánea de fractura de astrágalo con manipulación 2,390 4,308 5, Reducción abierta de fractura de astrágalo con o sin material de osteosíntesis 3,514 6,335 8, Reducción de fractura de huesos tarsales (excepto astrágalo y calcáneo) con manipulación 2,109 3,801 4, Reducción abierta de fractura de huesos tarsales (excepto astrágalo y calcáneo), con o sin material de osteosíntesis 3,514 6,335 8, Reducción cerrada de fractura metatarsal, con manipulación 984 1,774 2, Reducción abierta de fractura metatarsal con o sin material de osteosíntesis 2,555 4,700 6, Reducción cerrada de fractura de falange o falanges, con manipulación (excepto 1er. dedo) 1,136 2,149 2, Reducción cerrada de luxación de articulación tarsometatarsiana 1,406 2,534 3,326 Artrodesis de Pie Artrodesis panastragalina 4,217 7,603 9, Artrodesis metatarsofalángica de primer dedo 3,514 6,335 8, Artrodesis interfalángica de primer dedo 3,125 5,638 7,243 Amputación de Pie «Amputación de pie; mediotarsal» 4,920 8,870 11, Amputación metatarsal 2,344 6,684 8, Amputación en articulación metatarsofalángica 1,827 3,294 4, Amputación en articulación interfalángica del pie 1,563 4,729 5,914 Yesos en Tronco y Miembros Toráxicos Los procedimientos que se enlistan a continuación, serán pagados siempre y cuando la aplicación de yeso o vendaje se realice sin ningún otro procedimiento o tratamiento (por ejemplo: sin manipulación cerrada, o sin reducción quirúrgica). La aplicación de yeso o vendaje es el tratamiento, se incluye la remosión de yeso o vendaje Yeso largo (de hombro a mano) Yeso corto de codo a dedos Yeso en guante (mano y antebrazo) Férulas Férula larga en el brazo (hombro a mano) Aplicación de férula corta (antebrazo a mano) Aplicación de férula en dedos Yesos en Miembros Pélvicos «Aplicación de yeso tipo espiga; de la cadera a una pierna» , Aplicación de yesos largos (de muslos a tobillo) Aplicación de yeso corto (pierna y dedos) Férulas Aplicación de férulas largas (de muslo a tobillo o dedos) Aplicación de férulas cortas (de pantorrilla a pie) Artroscopía La artroscopía quirúrgica incluye la artroscopía diagnóstica Artroscopía de hombro con extracción de cuerpo extraño 5,201 9,377 12, Artroscopía de hombro con sinovectomía parcial 5,201 9,377 12, Artroscopía de hombro con sinovectomía completa 5,623 10,137 13, Artroscopía con descompresión de espacio subacromial con acromioplastía con o sin liberación coracoacromial 5,201 9,377 12, Artroscopía de codo, con extracción de cuerpo extraño 4,639 8,363 10, Artroscopía de codo con sinovectomía parcial 5,201 9,377 12, Artroscopía de codo con sinovectomía completa 5,623 10,137 13, Artroscopía de muñeca por infección, lavado y drenaje 3,233 5,829 7, Artroscopía de muñeca con sinovectomía parcial 3,233 5,829 7, Artroscopía de muñeca con sinovectomía completa 4,358 7,856 10, Artroscopía de cadera con extracción de cuerpo extraño 5,201 9,377 12, Artroscopía diagnóstica de rodilla con o sin biopsia sinovial 2,096 3,299 4, Artroscopía de cadera con sinovectomía 5,201 9,377 12,307 82

84 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Artroscopía de rodilla por infección, lavado y drenaje 3,233 5,829 7, Artroscopía de rodilla para extracción de cuerpo extraño 3,550 6,400 8, Artroscopía de rodilla con sinovectomía 5,577 10,055 13, Artroscopía de rodilla para limpieza articular (condroplastía) 3,551 6,035 7, Artroscopía con menisectomía medial y lateral 4,686 9,275 11, Reparación o reconstrucción artroscopica de ligamento cruzado anterior 6,992 12,606 16, Reparación o reconstrucción artroscopica de ligamento cruzado posterior 6,992 12,606 16, Artroscopía de tobillo con extracción de cuerpo extraño 2,390 4,308 5, Artroscopía de tobillo con sinovectomía 4,260 6,695 9,130 Sistema Respiratorio Drenaje de absceso o hematoma nasal abordaje interno 984 1,774 2, Biopsia intranasal 675 1,216 1, Excisión de cornetes parcial o completa. Cualquier método 1,094 2,384 3, Resección submucosa de cornetes parcial o completa. Cualquier método 1,575 2,839 3, Extracción de cuerpo extraño intranasal 666 1,200 1, Rinoplastía por deformidad nasal secundaria a labio y/o paladar hendido. Incluyendo alargamiento de la columnela 5,201 9,377 12, Septoplastia o resección submucosa, con o sin marcación de cartílago modificación del contorno o reemplazo con injerto 3,196 7,068 8, Rinoseptumplastía 6,393 10,043 13, «Corrección quirúrgica de atresia de coanas; por vía nasal» 3,655 6,589 8, por vía transpalatina 4,217 7,603 9, Lisis de sinequia intranasal Cauterización y/o ablación de mucosa o cornetes, uni o bilateral, por cualquier método Taponamiento nasal anterior, (cauterización amplia y/o taponamiento mediante empaque) , Control de hemorragia nasal posterior, con empaque postnasal y/o cauterización posterior, cualquier método 1,181 2,129 2, Antrostomía intranasal de seno maxilar 1,136 2,421 3, Antrostomía maxilar radical (sinusotomía maxilar, Caldwell-Luc) sin extracción de pólipos 2,344 5,185 6, Antrostomía maxilar radical (sinusotomía maxilar, Caldwell-Luc) con extracción de pólipos u otras tumoraciones 1,575 2,839 3, Antrostomía de seno frontal por vía intranasal 3,514 6,335 8, Antrostomía combinada de tres o más senos 4,498 8,109 10, Etmoidectomía total intranasal 3,195 5,760 7, Etmoidectomía extranasal con abordaje de Lynch 3,149 5,677 7, Maxilectomía, sin exenteración orbitaria 6,249 11,958 15,301 Endoscopía de Senos Nasales Polipectomía, biopsia o debridación de senos nasales por endoscopía 2,773 5,000 6, Control de epistaxis por endoscopía (Ligadura de arterias etmoidales) 2,993 5,395 7,081 83

85 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Endoscopía nasal/sinusoidal, con etmoidectomía parcial (anterior) 3,374 6,082 7, Endoscopía nasal/sinusoidal, con etmoidectomía total (anterior y posterior) 4,217 7,603 9, Endoscopía nasal sinusoidal, con antrostomía maxilar 3,492 6,295 8, Endoscopía nasal/sinusoidal, con exploración de seno frontal con extirpación de tejido de seno frontal 4,498 8,109 10, Antrostomía esfenoidal por endoscopía 4,498 8,109 10, Endoscopía nasal/sinusoidal con extracción de tejido de seno esfenoidal 4,498 8,109 10, Endoscopía nasal/sinusoidad, con descompresión de nervio óptico 5,201 9,377 12,307 Laringe «Laringotomía (tirotomía); con extracción de tumor o laringocele y cordectomía» 4,217 7,603 9, Laringectomía total sin disección radical del cuello 5,256 10,351 13, Laringectomía total con disección radical de cuello 6,607 11,911 15, Laringectomía subtotal supraglótica sin disección radical de cuello 6,326 11,404 14, Laringectomía subtotal, supraglótica, con disección radical de cuello 6,607 11,911 15, Laringectomía parcial horizontal (hemilaringectomía) 6,326 11,404 14, «Faringolaringectomía, con disección radical de cuello; sin reconstrucción» 6,326 11,404 14, «Faringolaringectomía, con desección radical de cuello; con reconstrucción» 6,607 11,911 15, Epiglotidectomía 4,498 8,109 10, Intubación endotraqueal, por emergencia 1,179 2,125 2, Cambio de sonda de traqueotomía, previo establecimiento de vía fistular ,288 Endoscopía de Laringe Laringoscopía directa con o sin traqueoscopía para aspiración ,065 1, Laringoscopía directa, diagnóstica con microscopio quirúrgico 748 1,349 1, Extracción de cuerpo extraño por laringoscopía directa 2,031 3,662 4, Extracción de cuerpo extraño por laringoscopía con microscopio quirúrgico 2,031 3,662 4, Laringoscopía directa con biopsia 1,094 1,600 2, Biopsia por laringoscopía con microscopio quirúrgico 1,125 2,027 2, Excisión de tumor y/o disección de cuerdas vocales o epiglotitis por laringoscopía directa. 5,680 9,655 12, Excisión de tumor y/o disección de cuerdas vocales o epiglotitis por laringoscopía directa con microscopio quirúrgico 3,078 5,548 7, Aritenoidectomía por laringoscopía directa 3,795 6,842 8, Aritenoidectomía por laringoscopía con microscopio quirúrgico 3,795 6,842 8, Laringoplastía 4,920 8,870 11, Traqueostomía programada 2,345 4,910 6, Traqueostomía de emergencia transtraqueal 2,109 3,801 4, Fistulización traqueoesofágica e inserción subsecuente de una prótesis (Blom-Singer). 1,542 2,779 3, Broncoscopía diagnóstica (flexible o rígida) con o sin cepillado y lavado. 1,598 2,880 3, Broncoscopía con biopsia 2,344 4,365 5, Biopsia transbronquial de pulmón, con o sin fluoroscopio por broncoscopía 2,109 3,801 4, Broncoscopía para extracción de cuerpo extraño 2,109 3,801 4, Excisión de tumor por broncoscopía 2,109 3,801 4, Destrucción de tumor o disminución de estenosis por cualquier método (Ej. láser) a través de broncoscopía 4,358 7,856 10, «Broncoscopía con aspiración terapéutica traqueobronquial (Ej. drenaje de absceso pulmonar); inicial» 2,109 3,801 4, Broncoscopía con aspiración terapéutica traqueobronquial subsecuente 2,109 3,801 4, Traqueoplastía cervical 7,028 12,671 16, Fistulización traqueo faríngea 2,811 5,068 6, Excisión de tumor traqueal o carcinoma cervical 7,028 12,671 16, Excisión de tumor traqueal o carcinoma torácico 7,028 12,671 16, Cierre quirúrgico de traqueostomía o fístula 3,514 6,335 8, Toracocentesis (punción de la cavidad pleural para aspiración) inicial o subsecuente 1,420 2,824 3, Toracocentesis con colocación de sonda, con o sin sello de agua (Ej. neumotorax) 2,109 3,801 4, Pleurodesis Química 1,664 3,000 3, Toracotomía con resección de costilla por empiema 4,194 7,562 9, Toracotomía limitada para biopsia de pulmón o pleura 2,109 3,801 4, Toracotomía mayor con exploración y biopsia 3,728 6,720 8,820 84

86 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Toracotomía para control de hemorragia traumática y/o corrección de desgarro pulmonar 7,028 12,671 16, Toracotomía con excisión de pliegues de bula, con o sin algún procedimiento pleural 7,028 12,671 16, Extirpación de cuerpo extraño intrapelural o depósito de fibrina por toracotomía 7,028 12,671 16, Neumostomía con drenaje de absceso o quiste 3,125 6,729 8, Decorticación pulmonar total 6,747 12,164 15, Decorticación pulmonar parcial 6,747 12,164 15, Pleurectomía parietal 3,551 6,581 8, Decorticación y pleurectomía parietal 6,747 12,164 15, Biopsia percutánea de pleura 562 1,014 1, Biopsia percutánea de pulmón o mediastino 1,420 2,824 3, Neumonectomía total 17,895 26,781 32, Lobectomía (un solo lóbulo) 7,310 13,178 17, Bilobectomía (dos lóbulos pulmonares) 7,310 13,178 17, Segmentectomía o extrirpación de un segmento de pulmón 7,028 12,671 16, Resección de pulmón en cuña única o múltiple 7,028 12,671 16, Toracoscopía quirúrgica con pleurodesis por cualquier método 4,498 8,109 10, Toracoplastía tipo Schede o extrapleural (todos los tiempos) 6,249 12,775 16, Toracoplastía con cierre de fístula broncopleural 7,028 12,671 16,631 Sistema Auditivo Drenaje de absceso en conducto auditivo externo 984 1,774 2, Excisión de lesión en tejidos blandos de conducto auditivo externo 984 1,774 2, Extracción de cuerpo extraño en conducto auditivo externo sin anestesia (en consultorio) 984 1,774 2, Extracción de cuerpo extraño en conducto auditivo externo con anestesia general (como segundo intento, en niños y/o pacientes psiquiátricos) 984 1,774 2, Extracción de cerumen uni o bilateral (procedimiento en consultorio) Reconstrucción de conducto auditivo externo por atresia congénita 4,217 7,603 9, Miringotomía, incluyendo aspiración (Ej. Por otitis secretora, procedimiento en consultorio) Miringotomía, incluyendo aspiración y/o insuflación de conducto de eustaquio con necesidad de anestesia general 1,968 3,548 4, Retiro de tubos de ventilación, cuando originalmente fueron colocados por otro médico 748 1,349 1, Timpanostomía (con colocación de tubos de ventilación) 1,587 2,861 3, Exploración de oído medio a través de incisión postaricular o por conducto auditivo 3,492 6,295 8, Mastoidectomía simple 4,217 7,603 9, Mastoidectomía completa 4,686 8,456 10, Mastoidectomía radical 5,468 9,866 12, Miringoplastía (membrana timpánica y región donante) 4,217 7,603 9, «Timpanoplastía sin mastoidectomía (incluye plastía de canal auditivo, aticotomía y/o cirugía de oido medio) inicial o subsecuente; sin reconstrucción de huesecillos» 1,875 6,933 8, Timpanoplastía con reconstrucción de huesecillos 4,920 8,870 11, Timpanoplastía con antrotomía o mastoidotomía (incluyendo plastía de canal auditivo, aticotomía, cirugía de oído medio) sin reconstrucción de huesecillos 5,256 9,668 12, Timpanoplastía con antrotomía (incluyendo plastía del canal auditivo, aticotomía, cirugía de oído medio) con reconstrucción de huesecillos 4,920 8,870 11, Timpanoplastía con mastoidectomía (incluyendo conductoplastía, cirugía del oído medio y corrección de la membrana del tímpano) sin reconstrucción de huesecillos 4,920 8,870 11,641 85

87 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Tímpanoplastía con mastoidectomía (incluyendo conductoplastía, cirugía del oído medio y corrección de la membrana del tímpano) con reconstruccíón de huesecillos 4,920 8,870 11, Estapedectomía con reestablecimiento de continuidad de huesecillos propios del oído, con o sin uso de material sintético 5,468 10,550 13, Corrección de fístula de ventana oval 3,501 6,311 8, Corrección de fístula de ventana redonda 3,501 6,311 8, Neurectomía timpánica 4,217 7,603 9, Descompresión de nervio facial, intratemporal, lateral a ganglio geniculado 5,201 9,377 12, Descompresión de nervio facial incluyendo medial a ganglio geniculado 5,201 9,377 12, «Sutura de nervio facial, intratemporal, con o sin injerto o descompresión; lateral a ganglio geniculado» 6,326 11,404 14, Sutura de nervio facial intratemporal con o sin injerto o descompresión incluyendo medial a ganglio geniculado 7,731 13,938 18,294 Oido Interno «Laberintotomía con o sin criocirugía u otro procedimiento destructivo no excisional o perfusión con compuestos vestíbuloactivos (una o varias perfusiones); transconducto» 4,217 7,603 9, Cirugía de saco endolinfático sin derivación 4,920 8,870 11, Cirugía de saco endolinfático con derivación 4,920 8,870 11, Fenestración de canal semicircular 4,217 7,603 9, Laberintectomía transconducto 4,217 7,603 9, Laberintectomía transconducto con mastoidectomía 4,217 7,603 9, Sección de nervio vestibular por vía translaberíntica 7,101 13,023 16, Colocación de aparato coclear con o sin mastoidectomía 4,920 8,870 11, Sección de nervio vestíbular por vía transcraneal 4,920 8,870 11, Descompresión y/o reparación de nervio facial (incluye injerto) abordaje fosa media 4,920 8,870 11, Descompresión de canal auditivo interno, abordaje fosa media 4,920 8,870 11, Excisión de tumor de hueso temporal 7,731 13,938 18,294 Faringe, Adenoides y Amigdalas «Incisión y drenaje de absceso; periamigdalino» 1,846 2,901 3, Biopsia de orofaringe Biopsia de nasofaringe, lesión visible Excisión o destrucción de lesión faringea cualquier método 843 1,521 1, Extracción de cuerpo extraño de faringe Adenoamigdalectomía en menores de 12 años 3,435 6,194 8, Adenoamigdalectomía en menores de 12 años con colocación de tubos de ventilación 8,838 11,048 13, Amigdalectomía, en menores de 12 años 1,820 5,775 7, Amigdalectomía en mayores de 12 años 1,640 4,530 5, Adenoidectomía en menores de 12 años 1,563 3,910 4, «Control de hemorragia orofaringea (primaria o secundaria, por ejemplo.- hemorragia postamigdalectomía); simple» 2,671 4,815 6, Faringectomía conservadora 5,482 9,883 12,972 86

88 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sistema Cardiovascular. Corazón y Pericardio En caso de que la cirugía sea con circulación extracorpórea se tomará lo tabulado al 100% para el cirujano más los siguientes porcentajes: 25% Primer Ayudante, 15% Segundo Ayudante, 30% Anestesiólogo, 20% Cardiólogo Intensivista, 10% Instrumentista y 20% Técnico de la bomba extracorpórea Pericardiocentesis inicial 2,995 5,400 7, Pericardiocentesis subsecuente 2,995 5,400 7, Pericardiotomía para extirpación de coágulo o cuerpo extraño 4,217 7,603 9, Creación de una ventana pericárdica o resección parcial para drenaje 5,623 10,137 13, Pericardiectomía con derivación cardiopulmonar 9,840 17,739 23, Excisión de tumor o quiste pericardiaco 9,840 17,739 23, Excisión de tumor intracardiaco, resección con derivación cardiopulmonar 9,840 17,739 23,283 Marcapasos y Desfibrilador Inserción de marcapasos permanente con electrodo(s) epicárdicos por toracotomía 7,028 12,671 16, Inserción o reemplazo de un marcapasos con electrodo transvenoso auricular 5,546 9,130 11, Inserción o reemplazo de un marcapasos con electrodo transvenoso ventricular 4,260 7,786 9, Inserción o reemplazo de un marcapasos con electrodos transvenosos auricular y ventricular 7,028 12,671 16, Inserción o reemplazo marcapaso temporal con electrodo transvenoso una sola cámara 1,687 3,041 3, «Inserción o reemplazo de marcapasos temporal con electrodos transvenosos; doble cámara» 1,687 3,041 3, «Inserción o reemplazo o reubicación de electrodo transvenoso permanente; una cámara auricular o ventricular «2,663 4,800 6, Retiro de marcapaso permanente, epicárdico por toracotomía 4,217 7,603 9, «Remoción del generador de pulsos (batería) y o de los conductores (electrodos) del desfibrilador de cardioversión implantable; mediante toracotomía» 7,028 12,671 16, «Remoción del generador de pulsos (batería) y o de los conductores (electrodos) del desfibrilador de cardioversión implantable; mediante otro método que no se toracotomía» 8,280 14,927 19, Cirugía para Wolff-ParKinson-White sin bypass 7,769 14,006 18, Cirugía para Wolff-Parkinson-White con bypass 9,427 16,995 22, Ablación de foco arritmogénico con derivación cardiopulmonar 7,943 14,320 18, Sutura de herida cardíaca sin derivación 9,840 17,739 23, Sutura de herida cardíaca con derivación 9,726 17,535 23, «Cardiotomía exploradora (incluye extracción de cuerpo extraño); sin derivación» 7,183 12,949 16, Cardiotomía exploradora (incluye extirpación de cuerpo extraño) con bypass 11,821 21,312 27, Sutura de aorta o grandes vasos sin bypass 7,731 13,938 18, Sutura de aorta o grandes vasos con bypass 13,168 23,740 31, Inserción de injerto, en aorta o grandes vasos sin cortocircuito o derivación cardiopúlmonar 10,653 19,468 24, Inserción de injerto, en aorta o grandes vasos con derivación cardiopulmonar 12,651 22,808 29,935 Válvulas Cardíacas Valvuloplastía abierta de válvula aórtica, con derivación cardiopulmonar 12,498 16,547 21, Reemplazo de válvula aórtica con derivación cardiopulmonar, con prótesis valvular que no sea homoinjerto 13,123 17,374 22, Reemplazo de válvula aórtica, con derivación cardiopulmonar, con prótesis valvular (homoinjerto valvular ) 13,123 17,374 22, Reemplazo de válvula aórtica 12,498 16,547 21, Resección o insición de tejido valvular por estenosis aórtica subvalvular 12,062 16,547 21, Aortoplastía por estenosis supravalvular 12,062 16,547 21, Valvotomía de válvula mitral a corazón cerrado 9,652 13,238 17, Valvotomía de válvula mitral a corazón abierto, con derivación cardiopulmonar 9,652 13,238 17, Valvuloplastía, de válvula mitral, a corazón abierto con derivación cardiopulmonar 12,498 16,547 21, Valvuloplastía de válvula mitral, a corazón abierto con anillo protésico 13,018 17,374 22, Reemplazo de válvula mitral, con derivación cardiopulmonar 13,018 17,374 22,847 Válvula Tricúspidea Valvectomía, de válvula tricúspide, con derivación cardiopulmonar 9,652 13,238 17, Valvuloplastía, válvula tricúspide, con inserción de anillo 12,498 16,547 21,759 87

89 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Reemplazo de válvula tricúspide, con derivación cardiopulmonar 12,062 16,547 21,759 Valvula Pulmonar «Valvotomía de válvula pulmonar a corazón cerrado; transventricular» 9,652 13,238 17, Valvotomía válvula pulmonar a corazón cerrado a través de arteria pulmonar 9,652 13,238 17, Valvotomía de válvula pulmonar a corazón abierto con oclusión de flujo de entrada 10,250 14,032 18, Valvotomía de válvula pulmonar con derivación cardiopulmonar 11,148 14,032 18, Reemplazo de válvula pulmonar 11,594 14,593 19, Resección ventricular derecha por estenosis infundibular, con o sin comisurotomía. 11,594 14,593 19,189 Arterias Coronarias Los procedimientos básicos incluyen la Endarterectomia o Angioplastia «Corrección de fístula arteriovenosa coronaria; con derivación cardiopulmonar.» 10,175 18,344 24, Corrección de fístula arteriovenosa coronaria sin derivación cardiopulmonar 9,137 16,472 21, Corrección de anormalidades de la arteria coronaria mediante ligadura. 9,137 16,472 21, Corrección de anormalidades de la arteria coronaria mediante injerto, sin derivación cardiopulmonar 9,137 16,472 21, Corrección de anormalidades de la arteria coronaria mediante injerto, con derivación cardiopulmonar 11,597 20,907 27, Corrección de anormalidades de la arteria coronaria con construcción de tunel arterial intrapulmonar (procedimiento Takeuchi) 12,420 22,391 29, Corrección de anormalidades de la arteria coronaria mediante traslocación desde la arteria pulmonar a la aorta 12,420 22,391 29, Cardioversión electiva, conversión eléctrica de la arritmia (externo) 1,250 2,393 3, Trombolisis coronaria por infusión intravenosa 3,514 6,335 8, Angioplastía coronaria con colocación de Stent (Colocación transcatéter de catéteres dilatadores intracoronarios (stent), con o sin otras intervenciones terapéuticas (trombolisis) cualquier método) 7,988 14,400 18, Angioplastía coronaria con balón 9,976 17,985 23, Valvuloplastía de válvula aórtica, con balón 9,976 17,985 23, Valvuloplastía de válvula mitral, con balón 9,976 17,985 23, Valvuloplastía de válvula pulmonar, con balón 9,976 17,985 23, «Septectomía o septostomía auricular; método transvenoso con balón» 11,790 21,255 27, Septectomía o septostomía auricular método de bisturí (incluye cateterización cardíaca) 11,790 21,255 27, Aterectomía percutánea transluminal de las coronarias por método mecánico u otro método con o sin angioplastía con balón 9,976 17,985 23, Cateterización del corazón derecho 3,125 6,729 8, Inserción y colocación de catéter de flujo dirigido (Ej. Swan-Ganz) para fines de control 1,687 3,041 3, Biopsia de endomiocardio 5,623 10,137 13, Catererismo cardíaco de corazón izquierdo desde la arteria braquial, arteria axilar o arteria femoral 2,130 3,840 5, Coronariografía (incluye cateterismo) 2,663 4,800 6, Auriculografía y/o ventriculografía 3,328 6,000 7, Estudio electrofisiológico por bloqueo del haz de his 7,028 12,671 16, Cateterismo cardíaco con ablasión de foco arrítmico 8,325 15,009 19,699 Injertos Venosos para Bypass de Arteria Coronaria Injerto venoso para bypass de arteria coronaria. Injerto venoso único 12,651 22,808 29, dos injertos venosos coronarios 13,558 24,443 32, tres injertos venosos coronarios 14,465 26,078 34, cuatro injertos coronarios 15,372 27,713 36, cinco injertos venosos coronarios 16,279 29,348 38, seis o más injertos venosos coronarios 17,186 30,983 40,665 Injerto Arterial para Bypass de Arteria Coronaria Bypass de arteria coronaria usando injerto arterial único. 12,651 22,808 29, dos injertos arteriales coronarios 13,558 24,443 32, tres injertos de arteriales coronarios 14,465 26,078 34, cuatro o más injertos de arteriales coronarios 15,372 27,713 36,373 Procedimientos Postinfarto Resección miocárdica (Ej. aneurisectomía ventricular). 10,026 18,075 23, Endarterectomía coronaria abierta, cualquier método, realizada en conjunción con el procedimiento de injerto para derivación de arteria coronaria 9,976 17,985 23,605 88

90 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Anomalías Cardiacas Cierre de válvula aurículo-ventricular (mitral o tricuspídea) por sutura o parche. 9,577 17,265 22, Cierre de válvula semilunar (aórtica o pulmonar) por sutura o parche 9,427 16,995 22, Anastomosis de arteria pulmonar a aorta (procedimiento de Damus-Kaye-Stansel). 14,057 25,342 33, Corrección de anomalías cardíacas complejas (Ej. ventrículo único con obstrucción subaórtica) 14,057 25,342 33, Corrección de atresia tricuspídea, por cierre de defecto septal auricular y anastomosis de la aurícula o vena cava a la arteria pulmonar (procedimiento Fontan). 14,057 25,342 33, Corrección de ventrículo único con obstrucción aórtica e hipoplasia de arco aórtico (sindrome de corazón izq. hipoplásico) (Ej. procedimiento Norwood). 14,057 25,342 33,261 Defecto Septal Corrección de defecto de tabique auricular, con derivación cardiopulmonar, con o sin parche. 16,950 30,557 40, Cierre de seno venoso directo o con parche, con o sin drenaje anómalo de venas pulmonares. 16,950 30,557 40, Corrección de defecto septal auricular y defecto septal ventricular, con cierre directo o parche. 16,950 30,557 40, Corrección de canal auriculoventricular parcial o incompleto, con o sin corrección de válvula auriculoventricular. 16,950 30,557 40, Cierre de defecto del tabique ventricular, con o sin parche 11,928 21,504 28, Cierre de defecto del tabique ventricular con valvulotomía pulmonar o resección infundibular 16,950 30,557 40, Corrección completa de tetralogía de Fallot sin atresia pulmonar. 16,950 30,557 40, Corrección completa de tetralogía de Fallot con parche transanular 16,950 30,557 40, Corrección completa de tetralogía de Fallot, con atresia pulmonar incluyendo la construcción de conducto desde el ventrículo derecho a la arteria pulmonar y cierre del defecto del tabique ventricular. 16,950 30,557 40,107 Derivaciones «Septectomía o septostomía auricular ; a corazón cerrado.» 7,482 13,488 17, Septectomía o septostomía auricular a corazón abierto, con derivación cardiopulmonar 8,978 16,186 21, Septectomía o septostomía auricular a corazón abierto, con oclusión de flujo de entrada 8,080 14,568 19, Derivación de subclavia a arteria pulmonar 8,679 15,647 20, Derivación de aorta ascendente a arteria pulmonar 8,679 15,647 20, Derivación de aorta descendente a arteria pulmonar 8,679 15,647 20, Derivación de vena cava superior a arteria pulmonar, para incrementar circulación hacia un pulmón 8,679 15,647 20, Derivación de vena cava superior a arteria pulmonar, para incrementar circulación hacia ambos pulmones 11,790 21,255 27, «Corrección de la transposición de las grandes arterias con defecto del tabique ventricular y estenosis subpulmonar; sin agrandamiento quirúrgico del defecto de tabique ventricular» 11,790 21,255 27, Corrección de la transposición de las grandes arterias, procedimiento de contrapuerta auricular con derivación cardiopulmonar 11,790 21,255 27, Corrección de persistencia de conducto arterioso, mediante ligadura. 8,434 15,205 19, Excisión de coartación de la aorta con o sin defecto de conducto arterioso asociado, con anastomosis. 9,840 17,739 23,283 Venas y Arterias «Embolectomía de arteria pulmonar; con derivación cardiopulmonar» 9,840 17,739 23, Endarterectomía pulmonar con o sin embolectomía, con derivación cardiopulmonar 9,840 17,739 23, Corrección de estenosis de arteria pulmonar mediante reconstrucción por parche o injerto 8,434 15,205 19, «Embolectomía o trombectomía con o sin catéter carotideo; de arteria innominada o subclavia. Mediante incisión en cuello» 4,920 8,870 11, Embolectomía o trombectomía de arteria innominada o subclavia, mediante incisión torácica 4,920 8,870 11, «Embolectomía o trombectomía con o sin catéter; de arteria fémoro-poplítea o aorto-iliaca. Mediante incisión en pierna» 4,920 8,870 11, Trombectomía directa o con catéter de vena cava, o iliaca. Mediante incisión abdominal 4,920 8,870 11, Trombectomía directa o con catéter de vena cava, vena ilíaca, vena fémoro-poplítea, mediante incisión en pierna 4,920 8,870 11,641 89

91 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Trombectomía, directa o con catéter vena cava, iliaca, fémoro-poplítea, mediante incisión en pierna y abdominal 4,920 8,870 11, «Corrección directa de aneurisma, falso aneurisma o escisión (parcial o total), e inserción de injerto con o sin injerto de parche; por aneurisma y enfermedad oclusiva asociada, de arteria carótida, arteria subclavia, mediante incisión en cuello.» 11,245 20,274 26, Corrección directa por ruptura de aneurisma de arteria carótida, o de arteria subclavia. Mediante incisión de cuello 11,245 20,274 26, Reparación por ruptura de aneurisma de aorta abdominal 9,516 17,729 22, Corrección directa de aneurisma, falso aneurisma y enfermedad oclusiva asociada, de aorta abdominal comprendiendo vasos viscerales ( mesentérica, celíaca, renal). 14,057 25,342 33, Reparación por ruptura de aneurisma de arteria iliaca 9,840 17,739 23, Reparación por ruptura de aneurisma de arteria femoral (profunda y superficial) 9,840 17,739 23, Reparación por ruptura de aneurisma de arteria poplítea 9,840 17,739 23, Corrección de fístula arterio-venosa adquirida o traumática en abdomen 8,434 15,205 19, Corrección de fístula arterio-venosa adquirida o traumática en miembros pélvicos o torácicos. 7,028 12,671 16, Tromboendarterectomía en carotída, o vertebral o subclavia, con o sin injerto con parche. Mediante incisión en cuello 5,623 10,137 13, Tromboendarterectomía en arteria axilar-braquial, con o sin injerto con parche 5,162 9,307 12, Tromboendarterectomía en arteria aorta-abdominal 7,108 12,814 16, Tromboendarterectomía en arteria mesentérica, celiaca o renal 5,623 10,137 13, Tromboendarterectomía en arteria iliaca 5,623 10,137 13, Tromboendarterectomía en arteria aorto illiaca combinada 6,958 12,544 16, Tromboendarterectomía en arteria de femoral profunda 5,623 10,137 13, Tromboendarterectomía en arteria femoral y/o poplítea, y/o tibioperonea 5,836 10,521 13,809 Procedimientos Vasculares Introducción de catéter venoso Colocación de catéter en vena cava superior o inferior 3,328 6,000 7, Introducción de catéter en cortocircuito venoso creado para diálisis (cánula, fístula o injerto ) 1,406 2,534 3, Exsanguineotransfusión, en Recien nacido 2,556 4,609 6, Escleroterapia, (soluciones esclerosantes) en miembros pélvicos.(por sesión) «Colocación de catéter venoso central (subclavia, yugular u otra vena) para presión venosa central, hiperalimentación hemodiálisis o quimioterapia ; percutánea en menores de dos años de edad.» 984 1,774 2, Venodisección, en pacientes menores de 2 años. 2,390 4,308 5, Venodisección en mayores de 2 años 1,546 2,788 3, Onfaloclisis 703 1,267 1, Inserción de bomba de infusión implantable 2,267 4,087 5, Inserción de una vía de acceso venosa con o sin reservorio subcutáneo (Porto Cath) 2,267 4,087 5, Anastomosis arteriovenosa, directa 5,623 10,137 13, Anastomosis venosa portocava, para descompresión portal 11,245 20,274 26, Anastomosis venosa reniportal, para descompresión portal 9,840 17,739 23, Anastamosis venosa cava-mesentérica, para descompresión portal 9,840 17,739 23, Trombolisis cerebral, mediante infusión intravenosa 3,514 6,335 8, Colocación transcatéter de dilatadores intravasculares, (excepto coronario), percutáneo. 4,260 7,786 9, Colocación transcatéter de dilatadores intravasculares (ej, stent, filtros), (excepto coronario), abierto. 4,260 7,786 9, Ligadura de vena yugular interna 4,217 7,603 9, Ligadura de arteria carótida interna o primitiva 4,217 7,603 9, Ligadura de angioacceso de fístula arteriovenosa 4,217 7,603 9, Ligadura por ruptura postraumática de arteria grande del abdomen 5,623 10,137 13, Ligadura por ruptura postraumática de arteria grande de los miembros pélvicos o torácicos. 5,623 10,137 13, «Interrupción, parcial o completa, de vena cava inferior; con sutura, ligadura o clip.» 5,623 10,137 13, Ligadura de vena femoral 2,811 5,068 6, Ligadura de ilíaca primitiva 2,811 5,068 6,652 90

92 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Ligadura y división de vena safena larga a nivel de la unión safenofemoral. O interrupciones distales 3,125 6,320 8, Safenectomía, (vena safena larga o corta) 3,125 6,320 8, Safenectomía 4,186 10,094 12, Safenectomía con excisión radical de úlcera e injerto cutáneo y/o interrupción de venas comunicantes, con excisión de fascia 6,326 11,404 14, Ligadura subfacial o radical de venas perforantes, con o sin injerto cutáneo. 7,058 12,724 16, Ligadura, división y/o excisión de venas varicosas, una pierna 2,811 5,068 6,652 Sistema Hemático y Linfático Esplenectomía total 4,793 8,640 11, Esplenorrafía con o sin esplenectomía parcial 5,623 10,137 13,305 Transplante de Médula Osea Toma de médula osea para trasplante 2,811 5,068 6, «Trasplante de médula osea o de células germinales periféricas hemoderivadas; alogénico» 2,811 5,068 6, Trasplante de médula ósea autólogo 2,811 5,068 6,652 Ganglios y Vasos Linfáticos Linfangiotomía u otras cirugías de canales linfáticos. 2,109 3,801 4, Biopsia o excisión de ganglios linfáticos. 1,406 2,534 3, Biopsia con aguja, de ganglios linfáticos superficiales ,774 2, Biopsia de ganglios cervicales profundos. 1,406 2,534 3, Biopsia de ganglios axilares profundos 2,109 3,801 4, Linfadenectomía cervical 5,998 10,813 14, Linfadenectomía axilar superficial 3,492 6,295 8, Linfadenectomía inguino femoral, incluyendo ganglio de Cloquet 3,492 6,295 8, Linfadenectomía pélvica, incluyendo ganglios iliacos externos, hipogástricos y obturadores. 7,028 12,671 16, Linfangiografía 1,406 2,534 3,326 Mediastino Mediastinotomía con exploración, drenaje o extracción de cuerpo extraño, por vía torácica 7,028 12,671 16, Excisión de tumor mediastinal 11,245 20,274 26, Mediastinoscopía, con o sin biopsia 2,811 5,068 6,652 Diafragma Sutura de laceración de diafragma 6,675 12,083 15, Hernioplastía hiatal, por vía transabdominal, con o sin fundoplastía, vagotomía y/o piloroplastía, excepto neonatal (procedimiento antirreflujo) 5,735 10,340 13, Reparación de hernia diafragmática, neonatal 7,169 12,924 16, Plastía hiatal, por vía transtorácica 6,947 12,524 16, Plastía hiatal por vía toracoabdominal 7,169 12,924 16, Plastía de hernia diafragmática, traumática 7,169 12,924 16, Plicatura de diafragna por eventración, vía trans-torácica o trans-abdominal 6,326 11,404 14,968 91

93 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sistema Digestivo Boca Biopsia de labio Queiloplastía, reparación de labio todo espesor de la mucosa (bermellón) 1,134 2,044 2, «Corrección plástica de labio hendido o deformidad nasal; primaria, parcial o completa (labio leporino)» 3,906 7,048 9, Drenaje de absceso, quiste o hematoma del vestíbulo de la boca 713 1,344 1, Biopsia de vestíbulo de boca Excisión de lesión de mucosa y submucosa, del vestíbulo de la boca con reparación simple 675 1,216 1, Excisión de frenillo, labial o bucal (Frenumectomía, frenulectomía, frenectomía.) 798 1,439 1, Destrucción de lesión o cicatriz en vestíbulo bucal, mediante métodos físicos (láser, térmicos, criométodos, químicos.) Sutura de laceración vestibular de 2,5 cm o menos , Hemiglosectomía 5,623 10,137 13, Corrección de laceración de lengua y piso de la boca, mayor de 2,6 cm. 1,406 2,534 3, Uvulopalatofaringoplastía 3,514 6,335 8, Palatoplastía para paladar hendido, de paladar blando y/o duro. 3,795 6,842 8, Corrección de fístula nasolabial. 2,459 4,434 5, Drenaje de absceso de parótida ,749 2, Fistulización de quiste salival sublingual (ránula) , «Sialolitotomía; submandibular (submaxilar), sublingual o de parótida, intraoral» 970 1,749 2, Sialolitotomía de parotída, por vía extraoral o intraoral complicada. 2,952 5,322 6, Excisión de quiste salibal sublingual (ránula) 1,406 2,534 3, «Excisión de glándula o tumor de parótida; lóbulo lateral, sin disección del nervio» 2,952 5,322 6, Excisión total de parótida, con disección y preservación del nervio facial 4,992 9,000 11, Excisión de glándula submaxilar. 4,404 7,145 9, Dilatación y cateterismo de conducto salival, con o sin inyección 843 1,521 1, Esofagotomía, abordaje cervical, con extirpación de cuerpo extraño 2,109 3,801 4, «Diverticulectomía de hipofaringe, o esófago con o sin miotomía; por vía cervical» 3,125 4,910 6,695 Endoscopía de Esófago Esofagoscopía diagnóstica, rígida o flexible, con o sin recolección de especímenes por cepillado o lavado. 1,094 1,973 2, Esofagoscopía con biopsia simple o múltiple 1,125 2,027 2, Esofagoscopía con escleroterapia por inyección para várices esofágicas 3,125 5,638 7, Esofagoscopía, con ligadura elástica de várices esofágicas 2,219 4,000 5, Extracción de cuerpo extraño en esófago mediante esofagoscopía 2,131 3,348 4, Extracción de tumor (s), pólipo (s), u otras lesiones de esófago mediante esofagoscopía, con pinza de biopsia de electrocoagulación o cauterio bipolar 2,109 3,801 4, «Esofagoscopía con extracción de tumor (s), pólipo (s), u otras lesiones por técnica de asa»»» 2,109 3,801 4, Esofagoscopía con control de hemorragia, por cualquier método 2,811 5,068 6, Gastroscopía 1,094 2,520 3, Endoscopía gastrointestinal incluyendo esofágo, estómago, duodeno y/o yeyuno (panendoscopía). Esofagogastroduodenoscopía 1,705 3,046 3, Panendoscopía con biopsia única o múltiple 1,827 3,294 4, Paendoscopía con escleroterapia para várices esofágicas y/o gástricas 2,811 5,068 6, Panendoscopía con colocación dirigida de sonda percutánea de gastrostomía. 1,827 3,294 4, Panendoscopía con extracción de pólipos, tumores u otras lesiones con pinza de biopsia de electrocoagulación o cauterio bipolar. 1,827 3,294 4, Colangiopancreatografía endoscópica retrograda (ERCP), diagnóstica con o sin toma de muestra obtenida por cepillado o lavado. 2,811 5,068 6, Colangiopancreatografía endoscópica retrograda (ERCP), diagnóstica con toma de biopsia única o múltiple. 3,492 6,295 8, Colangiopancreatografía endoscópica retrógrada con esfinterotomía y papilotomía 3,809 6,867 9, Colangiopancreatografía endoscópica retrógrada con extracción de cálculos de vías biliares y/o pancreáticas 6,575 11,853 15, Colangiopancreatografía con inserción endoscópica de tubo o dilatador (stent) en conducto biliar o pancreáttico 3,492 6,295 8,262 92

94 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Corrección de Esófago «Esofagoplastía (corrección plástica o reconstrucción) por vía torácica; sin corrección de fístula traqueoesofágica» 11,245 20,274 26, «Esofagoplastía (corrección plástica o reconstrucción) por vía torácica; con corrección de fístula traqueoesofágica» 8,434 15,205 19, Fundoplastía esofagogástrica (Ej. Técnicas de Nissen, Belsey IV, Hill) 5,966 11,284 14, Fundoplastía esofágica por laparoscopía (Nissen, Belsey IV, Hill) 6,943 12,517 16, Esofagomiotomía (Tipo Heller) por vía abdominal 4,260 7,786 9, Esofagomiotomía por vía torácica 4,217 7,603 9, «Esofagoyeyunostomía (sin gastrectomía total); por vía abdominal» 8,434 15,205 19, Esofagostomía por vía abdominal, con fistulización externa de esófago 6,326 11,404 14, Esofagostomía por vía torácica 5,623 10,137 13, Ligadura directa de várices esofágicas 2,811 5,068 6, Ligadura o engrapado de la unión gastroesofágica por perforación esofágica pre existente 7,028 12,671 16, «Cierre de esofagostomía o fístula; vía cervical» 4,217 7,603 9, Cierre de esofagostomía o fístula vía torácica o abdominal 5,623 10,137 13, Dilatación de esofágo mediante sonda sin guía 1,406 2,534 3, Dilatación de esófago con balón o dilatador retrógrada por acalsia 650 1,118 1,508 Estómago Gastrotomía con exploración o extracción de cuerpo extraño 4,217 7,603 9, Gastrotomía con sutura de úlcera sangrante o laceración 7,028 12,671 16, Piloromiotomía, (Técnica de Fredet-Ramstedt) 4,686 8,456 10, Biopsia de estómago por laparotomía 4,920 8,870 11, Excisión local de úlcera o tumor benigno de estómago 4,217 7,603 9, Excisión por tumor maligno de estómago 7,028 12,671 16, Gastrectomía total con esofagoenterostomía 6,074 14,569 18, Gastrectomía con reconstrucción tipo Y de Roux 8,434 15,205 19, «Gastrectomía parcial, distal; con gastroenteroanastomosis» 4,881 8,800 11, Gastrectomía parcial con gastroyeyunoanastomosis 8,153 14,698 19, Vagotomía con gastrectomía parcial distal 7,028 12,671 16, Gastrectomía parcial, proximal por vía torácica o abdominal incluyendo esófago-gastrostomía, con vagotomía 8,434 15,205 19, Gastrectomía parcial, proximal por vía torácica o abdominal con piloroplastía o piloromiotomía 8,434 15,205 19, Vagotomía incluyendo piloroplastía, con o sin gastrostomía 7,101 12,750 16, Colocación percutánea de sonda de gastrectomía 3,093 5,575 7, Cambio de sonda de gastrostomía Piloroplastía 4,260 8,059 10, Gastroenteroanastomosis 5,623 10,137 13, Gastroyeyunoanastomosis sin vagotomía 5,623 10,137 13, Gastroyeyunoanastomosis con vagotomía, de cualquier tipo 8,434 15,205 19, Gastrostomía temporal 2,386 5,769 7, Gastrostomía neonatal para alimentación 4,217 7,603 9, Gastrostomía permanente, con construcción de tubo gástrico 6,326 11,404 14, «Gastrorrafia, sutura de úlcera gástrica o duodenal perforada; por herida o laceración» 4,686 10,094 12, Cierre de gastrostomía 4,217 7,603 9, Cierre de fístula gastrocólica 4,217 7,603 9,978 Intestinos Enterolisis (liberación de adherencias intestinales) 5,623 10,137 13, Laparoscopía diagnóstica (por trauma severo) 1,598 2,880 3, Duodenotomía para exploración, biopsia o remoción de cuerpo extraño 4,920 8,870 11, Reducción de vólvulus, intususcepción por laparotomía 4,920 8,870 11, Excisión de una o más lesiones de intestino delgado o grueso, sin requerir anastomosis, exteriorisación o fistulización 5,623 10,137 13, «Enterectomía, resección de intestino delgado; con anastomosis» 5,898 10,633 13, Enteroenteroanastomosis (separada de otro procedimiento) 5,256 9,533 12, «Colectomía parcial; con anastomosis» 5,325 9,600 12, Colectomía con colostomía y cierre del segmento distal (procedimiento tipo Hartmann) 5,623 10,137 13, Colectomía con coloproctoanastomosis 8,434 15,205 19,957 93

95 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Colectomía total abdominal, sin protectomía con ileostomía o ilioproctostomía 6,393 15,503 19, Colectomía total abdominal, con protectomía con ileostomía 6,656 12,000 15, Ileostomía o yeyunostomía 5,623 10,137 13, Revisión de ileostomía 1,406 2,534 3, Neoformación de reservorio ileal 8,434 15,205 19, Colostomía o cecostomía 2,981 7,280 9, Revisión de colostomía 907 1,635 2,146 Endoscopía del Intestino Delgado y Estomago La Endoscopía Quirúrgica siempre Incluye la Endoscopía Diagnóstica «Endoscopía del intestino delgado, hasta la segunda porción de duodeno, no incluye íleo; con o sin toma de muestras mediante cepillado o lavado» 1,406 2,534 3, Endoscopía del intestino delgado con biopsia, única o múltiple 1,827 3,294 4, Endoscopía del intestino delgado con extracción de cuerpo extraño 1,827 3,294 4, Endoscopía del intestino delgado con extirpación de tumor (s), pólipo (s), u otras lesiones con pinza de biopsia de electrocoagulación o cauterio bipolar 2,403 4,333 5, Endoscopía del intestino delgado con control de sangrado, cualquier método 2,811 5,068 6, Endoscopía del intestino delgado con colocación de tubo percutáneo de yeyunostomía 2,811 5,068 6, Endoscopía de intestino delgado, de la segunda porción de duodeno, incluyendo íleo, con o sin toma de muestras mediante cepillado o lavado 3,514 6,335 8, Endoscopía del intestino delgado, enteroscopía más allá de la segunda porción de duodeno, incluyendo ileon con biopsia única o múltiple 3,809 6,867 9, Colonoscopía diagnóstica a través de estómago con o sin toma de muestras mediante cepillado o lavado 1,827 3,294 4, Colonosocopía a través de estómago con biopsia única o múltiple 2,086 3,760 4, Colonoscopía con extracción a través de estómago de cuerpo extraño 2,086 3,760 4, Colonoscopía través de estómago con control de sangrado por cualquier método 2,811 5,068 6, Colonoscopía a través de estómago con extracción de tumor (s), pólipo (s) u otras lesiones 2,811 5,068 6, Introducción de sonda gastrointestinal larga, (ejemplo Miller-Abbott) , Sutura de intestino delgado por úlcera perforada, divertículo o herida (enterorrafia) 4,217 7,603 9, «Sutura de intestino grueso por úlcera perforada, divertículo o herida; sin colostomía (colorrafia)» 6,222 11,218 14, Colorrafia con colostomía 5,555 10,015 13, Cierre de enterostomía de intestino delgado o grueso 4,920 8,870 11, Cierre de enterostomía con resección y anastomosis que no sea colorrectal 4,920 8,870 11, Cierre de enterostomía con resección y anastomosis colorrectal (cirugía de Hartmann) 4,920 8,870 11, Cierre de fístula cutáneo-intestinal 4,920 8,870 11, Cierre de fístula enteroentérica o enterocólica 4,920 8,870 11, Cierre de fístula enterovesical sin resección de intestino o vejiga 4,920 8,870 11, Cierre de fístula enterovesical con resección de intestino y/o vejiga 8,434 15,205 19, Resección de divertículo de Meckel (Diverticulectomía) o del conducto onfalomesentérico 4,544 8,733 11,173 Apéndice Apendicectomía 3,906 7,729 9, Apendicectomía complicada por apéndice perforada, o peritonitis 5,010 9,032 11,855 Recto Drenaje transrectal de absceso pélvico 1,406 2,534 3, Incisión y drenaje de absceso de recto (submucoso) 2,109 3,801 4, Incisión y drenaje de absceso profundo en supraelevador, pelvirrectal o retrorrectal 2,109 3,801 4, Biopsia de pared ano-rectal. Abordaje anal 1,406 2,534 3, Miomectomía anorectal 3,492 6,295 8, Proctectomía completa, combinada abdóminoperineal con colostomía 8,434 15,205 19, Proctectomía con resección parcial de recto, abordaje transabdominal 8,434 15,205 19, Proctectomía completa por megacolon congénito, abordajes abdominal y perineal con anastomosis (Sweson, Duhamel o Soave) 8,434 15,205 19, «Excisión de prolapso rectal, con anastomosis; por vía perineal» 3,655 6,589 8, Excisión de tumor rectal, por vía transanal 1,687 3,041 3,991 94

96 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Endoscopía, Proctosigmoidoscopía, Sigmoidoscopía, Colonoscopía Proctosigmoidoscopía, rígida, con o sin toma de muestras mediante cepillado o lavado 1,406 2,534 3, Proctosigmoidoscopía con biopsia, única o múltiple 1,406 2,534 3, Proctosigmoidoscopía con extracción de cuerpo extraño 1,406 2,534 3, Proctosigmoidoscopía con extracción de tumor único, pólipo u otra lesión con pinza de electrocoagulación o cauterio bipolar 1,406 2,534 3, Proctosigmoidoscopía con extracción de tumores múltiples, polipos u otras lesiones con pinza de biopsia de electrocoagulación, cauterio bipolar o técnica de asa 1,406 2,534 3, «Sigmoidoscopía, flexible; diagnóstica con o sin toma de muestra(s) mediante cepillado o lavado» 1,406 2,534 3, Sigmoidoscopía con biopsia única o múltiple 1,406 2,534 3, Sigmoidoscopía con extracción de cuerpo extraño 1,406 2,534 3, Sigmoidoscopía con extracción de tumor (s), pólipo (s) u otras lesiones 3,551 3,654 4, Colonoscopía rígida o flexible, transabdominal vía colotomía 1,827 3,294 4, Colonoscopía flexible, próximal al ángulo esplénico, con o sin toma de muestra mediante cepillado o lavado, con o sin descompresión del colon 1,154 2,080 2, Colonoscopía con biopsia, única o múltiple 1,664 3,000 3, Colonoscopía con control de sangrado, por cualquier método 2,052 3,700 4, Colonoscopía con extracción de tumor (s), pólipo (s), u otra lesión. Mediante técnica de asa 2,444 4,406 5, Proctoplastía por estenosis 3,374 6,082 7, Reparación de rectocele 2,475 4,462 5, Cierre de fístula rectovesical 5,499 9,914 13, Cierre de fístula rectouretral 4,920 8,870 11, Reducción de prolapso rectal (manipulación bajo anestesia) 5,623 10,137 13,305 Ano Excisión de quiste pilonidal, simple 825 1,486 1, Excisión de quiste pilonidal extenso 2,130 3,840 5, Excisión de quiste pilonidal complicado 2,336 4,212 5, Incisión y drenaje de absceso isquiorrectal y/o perirrectal 1,563 3,091 3, Incisión y drenaje, de absceso perianal 781 1,410 1, Incisión y drenaje de absceso isquiorrectal o intramural, con fistulectomía o fisulotomía submuscular 5,623 10,137 13, Fisurectomía con o sin esfinterectomía 1,875 4,203 5, Criptectomía 959 1,729 2, Papilectomía o excisión de pólipo fibrocutáneo de ano 959 1,729 2, Hemorroidectomía por ligadura simple 2,219 4,000 5, Hemorroidectomía externa. Excisión de múltiples apéndices y/o papilas hemorroidales externas 2,130 3,840 5, Hemorroidectomía externa e interna 2,130 3,840 5, Hemorroidectomía con fisurectomía 3,028 5,458 7, Hemorroidectomía con fistulectomía, con o sin fisurectomía 3,185 5,742 7, «Tratamiento quirúrgico de fístula anal (fistulectomía/ fistulotomía); subcutánea» 1,563 3,091 3, Tratamiento quirúrgico de fístula anal, submuscular 3,125 5,638 7, Excisión de hemorroide externa trombótica 3,028 5,458 7, Anoplastía 2,884 5,200 6, «Corrección de ano imperforado bajo; con fístula ano perineal» 3,655 6,589 8, «Corrección de ano imperforado alto; sin fístula, abordaje perineal o sacroperineal» 2,884 5,200 6, Esfinteroplastía anal, por incontinencia o prolapso del adulto 3,906 7,048 9, Destrucción química de lesión(s), de ano (por ejemplo, condilomas, papilomas, etc.) Destrucción de lesiones de ano (condiloma, papiloma, molusco contagioso, vesícula herpética) con electrodisección Destrucción de lesiones de ano (condiloma, papiloma, molusco contagioso, vesícula herpética) con criocirugía Destrucción de lesiones de ano (condiloma, papiloma, molusco contagioso, vesícula herpética) con cirugía láser 1,563 3,091 3, Destrucción de lesiones de ano (condiloma, papiloma, molusco contagioso, vesícula herpética) con excisión quirúrgica Destrucción de hemorroides internas, cualquier método 2,219 4,000 5, Destrucción de hemorroides externas, cualquier método 2,219 4,000 5, Destrucción de hemorroides internas y externas 2,219 4,000 5,250 95

97 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Criocirugía de tumor rectal benigno 3,655 6,589 8, Criocirugía de tumor rectal maligno 3,655 6,589 8,648 Hígado Biopsia de hígado con aguja percutánea 1,250 2,393 3, Hepatotomía para drenaje de absceso o quiste, uno o dos tiempos 4,509 8,129 10, Absceso hepático tratado por laparotomía 5,623 10,137 13, Biopsia hepática excisión en cuña 4,686 8,456 10, «Hepatectomía; lobectomía parcial» 8,280 14,927 19, Lobectomía izquierda de hígado 11,111 20,030 26, Lobectomía derecha de hígado 21,425 26,781 32, Marsupialización de quiste o absceso de hígado 3,557 6,413 8,417 Vias Biliares Endoscopía de tracto biliar con dilatación de estenosis y colocación de stent 2,183 3,935 5, Colecistectomía 4,260 9,971 12, Colecistectomía por laparoscopía 5,324 13,250 16, Colecistectomía con colangiografía 5,611 10,116 13, Colecistectomía con exploración de vías biliares 5,324 13,250 16, Colecistectomía con exploración de vías biliares por laparoscopía 8,389 15,123 19, Portoenterostomía (Ej. procedimiento de Kasai) 6,012 10,839 14, Colecistoenteroanastomosis 5,886 10,611 13, Excisión de quiste del colédoco 4,509 8,129 10, Derivaciones bilio-intestinales 4,688 8,452 11, Reconstrucción de vías biliares extrahepáticas con anastomosis término terminal 4,939 8,903 11,685 Pancreas Colocación de drenajes, peripancreáticos por pancreatitis aguda 2,109 3,801 4, Colocación de drenajes, peripancreáticos con colecistostomía, gastrostomía y yeyunostomía por pancreatitis aguda 8,389 15,123 19, Resección o desbridamiento de páncreas y tejidos peripancreáticos por pancreatitis necrosante aguda 7,028 12,671 16, Biopsia abierta de páncreas 4,294 7,742 10, Excisión de quiste de páncreas 4,867 8,774 11, Pancreatectomía distal, subtotal con o sin esplenectomía, sin pancreaticoyeyunostomía 7,731 13,938 18, Prancreatectomía proximal subtotal con duodenectomía total, gastrectomía parcial y gastroyeyuno- anastomosis (procedimiento tipo Whipple) con pancreatoyeyunoanastomosis 10,653 19,468 24, Pancreatectomía proximal sin pancreatoyeyunoanastomosis 7,408 13,355 17, Pancreatectomía proximal subtotal con duodenectomía proximal-total, coledocoenteroanastomosis y duodenoyeyuno-anastomosis (procedimiento tipo Whipple con conservación del píloro) con pancreatoyeyunoanastomosis 7,873 14,194 18, Pancreatectomía total 7,101 13,433 17, Drenaje de pseudoquiste de páncreas 4,509 8,129 10,669 Abdomen y Peritoneo Laparotomía exploradora, con o sin biopsia(s) 2,876 5,184 6, Exploración retroperitoneal, con o si toma de biopsia 3,442 6,205 8, Drenaje de absceso peritoneal o peritonitis localizada, excepto absceso apendicular, transabdominal 3,113 5,613 7, Drenaje de absceso subfrénico o subdiafragmático, a cielo abierto 3,650 6,581 8, Peritoneocentesis, paracentesis abdominal o lavado peritoneal diagnóstico o terapeútico 4,217 7,603 9, Excisión o destrucción por cualquier método de tumoraciones, quistes o endometriomas intraabdominal o retroperitoneal.(ej. Excisión de feocromocitoma remoto o diseminado) 3,793 6,839 8, «Colocación de canúla o catéter intraperitoneal para drenaje o diálisis; temporal» , Colocación de cánula intraperitoneal para diálisis permanente 1,054 1,900 2,493 Reparación de Hernias Hernioplastía inguinal (reductible), inicial, en menores de 6 meses, con o sin hidrocelectomía 4,217 7,603 9, Hernioplastía inguinal (estrangulada) en menores de 6 meses 4,217 7,603 9, Hernioplastía inguinal (reductible), en niños de 6 meses a 5 años de edad, con o sin hidrocelectomía 4,217 7,603 9, Hernioplastía inguinal (h. encarcelada), en niños de 6 meses a 5 años de edad 4,217 7,603 9, Hernioplastía inguinal (reductible) inicial en mayores de 5 años de edad 3,195 5,760 7, Hernioplastía inguinal por laparoscopía 4,217 7,603 9, Hernioplastía inguinal (estrangulada) en mayores de 5 años de edad 4,217 7,603 9,978 96

98 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Hernioplastía de hernia inguinal recurrente reductible en cualquier edad 3,083 6,691 8, Hernioplastía femoral inicial (reductible), en cualquier edad 3,386 6,104 8, Hernioplastía incisional o ventral inicial (reductible) 4,109 7,407 9, Hernioplastía umbilical (reductible) en menores de 5 años 2,388 4,305 5, Hernioplastía umbilical (estrangulada) en menores de 5 años 4,217 7,603 9, Hernioplastía umbilical (reductible) en mayores de 5 años 1,989 5,399 6, Hernioplastía umbilical (estrangulada) en mayores de 5 años 4,217 7,603 9, Corrección quirúrgica de onfalocele pequeño con cierre primario 3,834 6,913 9, «Corrección de gastrosquisis u onfalocele grande; con o sin prótesis» 5,836 10,521 13, Sutura secundaria de pared abdominal por evisceración o dehiscencia 1,989 5,399 6, Intubación esofágica y obtención de material, por lavado para citología, incluye la preparación de muestras 1,406 2,534 3, Estudio de motilidad esofágica (manometría del esófago y/o de unión gastroesofágica) 632 1,140 1, Manometría de esófago con estimulante de mecolilo o semejante 703 1,267 1, Manometría de esófago y prueba de perfusión ácida (Bernstein) 703 1,267 1, Estudios de la motilidad gástrica (manometría) 703 1,267 1, Prueba de perfusión ácida en esófago (prueba de Bernstein) 4,920 8,870 11, Esófago, prueba de reflujo ácido, con electrodo de Ph intraluminal para la detección del reflujo gastroesofágico 703 1,267 1, Esófago, prueba de reflujo ácido, con electrodo de Ph intraluminal para la detección del reflujo gastroesofágico. Prueba prolongada (24 hrs.) 703 1,267 1, Prueba de análisis gástrico con inyección de estimulante de la secresión gástrica (Ej. Histamina, insulina, pentagastrina, calcio y secretina) 1,035 1,866 2, Prueba de hidrógeno en aliento (Ej. Para la detección de deficiencia de lactasa) 703 1,267 1, Manometría anorrectal 632 1,140 1, Prueba de expulsión de balón 1,406 2,534 3,326 Sistema Urinario Drenaje de absceso perirenal o renal a cielo abierto 3,591 6,474 8, Nefrostomía, nefrotomía con drenaje 3,281 7,556 9, «Nefrolitotomía; extracción de cálculos» 4,374 11,031 13, Nefrolitototomía o pielolitotomía (litotripsia) transendoscópica con o sin dilatación, con colocación de catéteres dilatadores o extracción con canastilla para cálculos hasta de 2 cm. 6,135 11,061 14, Pielolitotomía 3,680 8,066 10, Biopsia renal percutánea con trócar o aguja 1,293 2,841 3, Biopsia renal abierta 2,943 5,305 6, Nefrectomía, incluyendo ureterectomía parcial, cualquier abordaje uncluyendo resección de costilla 6,035 10,880 14, Nefrectomía radical, con linfadenectomía regional y/o trombectomía de vena cava 9,137 16,472 21, Nefrectomía con ureterectomía total y manguito vesical a través de la misma incisión 7,332 13,219 17, Nefrectomía parcial 7,332 13,219 17, Nefrectomía de donador cadáver, con preparación y mantenimiento, unilateral o bilateral 8,380 15,107 19, Nefrectomía de donador vivo 9,726 17,535 23, Implante de riñón con nefrectomía del receptor. Se excluye nefrectomía del donador 29,088 45,696 62, Aspiración y/o inyección de quiste renal o punción de pelvis 880 1,587 2, Dilatación piélica y/o uretral para establecer trayecto de nefrostomía, percutáneo 1,721 3,102 4, Pieloplastía complicada (anomalia congénita, calicoplastía), con o sin ureteroplastía, nefropexia, nefrostomía, pielostomía 7,931 14,298 18, Cierre de fístula nefrocutánea o pielocutánea 4,217 7,603 9, Tratamiento para riñón en herradura, con o sin pieloplastía y/u otro procedimiento plástico, unilateral o bilateral 5,623 10,137 13,305 Los siguientes procedimientos se pagan igual a una visita médica hospitalaria, siempre y cuando el médico tratante supervise la sesión Litotripsia extracorpórea (onda de choque) Procedimiento de hemodiálisis con evaluación médica Procedimiento de diálisis con evaluación médica 97

99 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Ureter Ureterotomía con exploración o drenaje 5,686 10,251 13, Ureterolitotomía en tercio superior de uréter 5,985 10,791 14, Ureterolitotomía en tercio medio de uréter 5,611 10,116 13, Ureterolitotomía en tercio inferior de uréter 4,374 9,804 12, Ureteroplastía 6,326 11,404 14, Ureteroureteroanastomosis 6,958 12,544 16, Ureterocistoanastomosis (anastomosis de un solo uréter a la vejiga) 6,734 12,140 15, Reemplazo total o parte del uretero por intestino, incluye la anastomosis intestinal 8,829 15,916 20, Cierrre de fístula ureterocutánea 3,978 6,249 8, Cierrre de fístula ureterovisceral (incluye la reparación de la viscera) 4,217 7,603 9, Endoscopía ureteral a través de ureterostomía con o sin irrigación, instilación o uretropielografía 984 1,774 2, Endoscopía ureteral a través de ureterostomía con fulguración y/o incisión, con o sin biopsia 898 1,619 2,124 Vejiga Cistostomía con fulguración y/o inserción de material radiactivo 3,514 6,335 8, Cistostomía con drenaje 3,514 6,335 8, Cistolitotomía, cistotomía con extracción de cálculos, sin resección de cuello vesical 3,480 7,743 9, Ureterolitotomía transvesical 4,779 8,616 11, Excisión de quiste o seno uracal con o sin corrección de hernia umbilical 4,838 8,723 11, Cistotomía para excisión de divertículo, único o múltiple 4,639 8,363 10, Cistotomía para excisión de tumor de vejiga 2,981 4,686 6, Cistotomía por excisión, incisión o reparación de ureterocele 4,489 8,093 10, Cistectomía parcial 3,480 7,743 9, Cistectomía total 7,028 12,671 16, Cistectomía completa con ureterosigmoidostomía o transplantes ureterocutáneos 10,699 19,288 25, Cistectomía completa, con conducto ureteroileal o de vejiga a sigmoides, incluye anastomosis intestinal 6,461 14,203 18, Cistoplastía o cistouretroplastía 7,028 12,671 16, Cistouretroplastía con ureteroneocistostomía uni o bilateral 9,053 16,321 21, Vesicouretropexia anterior o uretropexia simple (Tipo Marshall-Marchetti-Krantz) 2,734 6,640 8, Suspensión abdomino-vaginal de cuello vesical con o sin control endoscópico (e.g. Starney, Raz, Pereyra modificado) 6,572 11,847 15, Cierre de cistostomía 1,945 3,507 4, Cierre de fístula vesicovaginal, por vía abdominal 4,217 7,603 9, Cierre de fístula vesicouterina 4,217 7,603 9, Tratamiento para extrofia de vejiga 7,028 12,671 16, Enterocistoplastía, incluyendo anastomosis de intestino 9,053 16,321 21,421 Endoscopias de Vejiga Cistouretroscopía (sin otro procedimiento) 799 1,440 1, Cistouretroscopía con biopsia 1,690 5,481 6, Cistouretroscopía con fulguración (incluye criocirugía o cirugía con láser) y /o resección de tumores de vejiga de.5 a 2 cm. 1,995 3,597 4, Cistouretroscopía con fulguración y/o resección de tumores de vejiga de 2 a 5 cm. 4,152 7,486 9, Cistouretroscopía con inserción de substancia radiactiva, con o sin biopsia o fulguración 1,453 2,619 3, Cistouretroscopía, con uretrotomía interna en mujer 2,811 5,068 6, Cistouretroscopía, con uretrotomía interna en hombre 3,374 6,082 7, Cistouretroscopía, con meatotomía, uni o bilateral 1,610 2,902 3, Cistouretroscopía con resección o fulguración de ureterocele(s), uni o bilateral 2,952 5,322 6, Cistouretroscopía, con extracción de cuerpo extraño, cálculos, o remosión de catéter dilatador ureteral desde la uretra o vejiga (sin otro procedimiento) 1,313 3,270 4, «Cistouretroscopía; con extracción de cálculos ureterales (incluye la cateterización ureteral)» 4,920 8,870 11, Cistouretroscopía con fragmentación de cálculos ureterales (Ej. Técnica ultrasónica o electrohidráulica) (litotripsia) 2,768 4,991 6, «Cistouretroscopía con inserción de un catéter ureteral a permanencia (Ej. tipo doble J )» 1,821 3,282 4, Cistouretroscopía, con ureteroscopía y/o pieloscopía con litotripsia (incluye cateterización ureteral) 4,970 16,671 20,005 98

100 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Cistouretroscopía con incisión, fulguración, o resección de válvulas uretrales posteriores congénitas o pliegues mucosos hipertróficos obstructivos congénitos 4,776 8,610 11, Incisión transuretral de próstata 3,978 8,751 11, Resección transuretral de cuello vesical por vía transuretral 3,666 6,609 8, Resección electroquirúrgica transuretral de la próstata, incluyendo control de sangrado postoperatorio, completa (incluye vasectomía, meatotomía, cistouretroscopía, calibración y/o dilatación uretral y uretrotomía interna) 5,325 9,600 12, «Resección transuretral de próstata; primer estadio de una resección de dos estadios (resección parcial)» 4,614 8,318 10, Resección transuretral de tejido residual obstructivo después de 90 días de la intervención quirúrgica. 4,659 8,400 11,025 Uretra Uretrotomía o uretrostomía externa 1,640 5,348 6, «Meatotomía, corte de meato sin otro procedimiento; excepto lactante» 546 1,191 1, «Meatotomía sin otro procedimiento; en lactante» 1,846 2,901 3, Uretrotomía y uretrostomía interna 3,374 6,082 7, Drenaje de absceso periuretral 1,687 3,041 3, Biopsia de uretra 748 1,349 1, Resección de glándula de Cowper 1,446 2,608 3, Resección o fulguración de pólipo(s) uretrales, uretra distal Resección o fulguración de glándula de Skene 736 1,326 1, Reconstrucción de uretra femenina 4,339 7,823 10, Corrección quirúrgica de incontinencia urinaria masculina con o sin colocación de prótesis 6,572 11,847 15, Uretromeatoplastía 3,550 6,400 8, Uretrorrafía, sutura de herida uretral femenina 3,741 6,744 8, Uretrorrafía, sutura de herida uretral peneana 3,778 6,812 8, Dilatación de estenosis de uretra (inicial) en hombre , Dilatación de estenosis de uretra (subsecuente) Dilatación de uretra femenina con anestesia general o bloqueo 843 1,521 1,996 Sistema Genital Masculino Destrucción de lesiones en pene (ejemplo: condiloma, papiloma, molusco contagioso, vesícula herpética) por medio de criocirugía Destrucción de lesiones en pene con cirugía láser 711 1,281 1, Amputación completa de pene 3,281 7,556 9, Circuncisión en niños y adultos con dispositivo o con corte dorsal 2,109 3,801 4, Irrigación de cuerpo cavernoso por priapismo 599 1,079 1, Cirugía plástica del pene para corrección de encordamiento o para primer estadío de corrección de hipospadias con o sin trasplante de prepucio y/o colgajos cutáneos 4,265 7,688 10, Uretroplastía para el segundo tiempo de corrección de hipospadias (incluyendo derivación urinaria) 2,530 4,562 5, Corrección de epispadias distales al esfinter externo 2,811 5,068 6, Colocación de prótesis peneana (no inflable) 3,666 6,609 8, Colocación de prótesis peneana (inflable) 4,838 8,723 11, Cortocircuito de cuerpo cavernsosos con cuerpo esponjoso (cirugía para priapismo), unilateral o bilateral 3,374 6,082 7,983 Testículo «Biopsia de testículo; con aguja» Biopsia incisional de testículo 632 1,140 1, Orquiectomía, con o sin protésis testicular, por vía escrotal o inguinal 2,663 4,800 6, Orquiectomía radical, por tumor, vía inguinal 3,442 6,205 8, Orquiectomía radical por tumor con exploración abdominal 4,265 7,688 10, Reducción de torsión testicular, con o sin fijación de testículo contralateral 3,093 5,575 7, Orquidopexia por vía inguinal, con o sin hernioplastía 4,686 7,365 10, Orquidopexia por vía abdominal, para testículos intraabdominales 3,936 7,096 9, Inserción de prótesis testicular 2,188 5,448 6,870 Epididimo Incisión y drenaje de epidídimo, testículo y bolsa escrotal por absceso o hematoma 1,888 2,969 4, «Biopsia de epidídimo; con aguja» 994 2,426 3, Exploración de epidídimo, con o sin biopsia 984 1,774 2, Excisión de lesión local de epidídimo 1,970 3,552 4,662 99

101 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Excisión de espermatocele, con o sin epididimectomía 2,943 5,305 6, Epididectomía unilateral 2,486 5,589 7, Epididimectomía bilateral 4,389 7,913 10, Punción de hidrocele 1,331 2,400 3, Excisión de hidrocele unilateral 3,749 6,765 8, Excisión de hidrocele bilateral 4,686 8,456 10, Corrección de hidrocele de túnica vaginalis (tipo Bottle) 1,858 3,350 4,396 Escroto Drenaje de absceso en escroto 1,687 3,041 3, Resección de escroto 1,097 1,978 2, Escrotoplastía 2,394 4,316 5,665 Cordon Espermático Cordón espermático. Excisión de hidrocele de cordón espermático, unilateral 2,195 3,957 5, Excisión de varicocele o ligadura de venas espermáticas debido a varicocele 3,514 6,335 8,315 Próstata Biopsia de próstata con aguja o en sacabocado 1,065 1,920 2, Biopsia incisional cualquier abordaje Drenaje de absceso próstatico 1,265 2,281 2, Prostatectomía perineal radical con linfadenectomía pélvica bilateral, incluyendo ganglios linfáticos ilíacos externos, hipogástrico y obturadores 5,966 9,374 12, Prostatectomía radical suprapúbica, uno o dos estadios (incluye control de sangrado postoperatorio, vasectomía, meatotomía, calibración y/o dilatación uretral y uretrotomía interna) 5,201 9,377 12, Prostatectomía radical retropúbica, con conservación del nervio 5,724 10,319 13, Prostatectomía radical retropúbica con toma de biopsia de nódulo linfático (linfadenectomía pélvica limitada) 6,285 11,330 14, Prostatectomía radical retropúbica con linfadenectomía pélvica bilateral, incluyendo ilíaco externo, hipogástrico y obturador 7,981 14,388 18, Incisión transuretral de próstata 3,978 8,751 11, Resección transuretral de cuello vesical por vía transuretral 3,666 6,609 8, Resección electroquirúrgica transuretral de la próstata, incluyendo control de sangrado postoperatorio, completa (incluye vasectomía, meatotomía, cistouretroscopía, calibración y/o dilatación uretral y uretrotomía interna) 5,325 9,600 12, «Resección transuretral de próstata; primer estadio de una resección de dos estadios (resección parcial)» 4,614 8,318 10, Resección transuretral de tejido residual obstructivo después de 90 días de la intervención quirúrgica. 4,659 8,400 11,025 Sistema Genital Femenino Histeroscopía con toma de biopsia de endometrio y/o polipectomía 1,406 2,534 3, Histeroscopía con resección de leiomioma 2,245 4,047 5,311 Vulva, Perine e Introito Incisión y drenaje de absceso vulvar o perineal 748 1,349 1, Incisión y drenaje de absceso de glándula de Bartholin 843 1,521 1, Marsupialización de quiste de glándula de Bartholín 1,687 3,041 3, Biopsia de vulva o periné Vulvectomía simple o parcial 2,245 4,047 5, Vulvectomía completa 3,492 6,295 8, Vulvectomía radical parcial con linfadenectomía inguinofemoral unilateral 4,489 8,093 10, Vulvectomía radical parcial con linfadenectomía inguinofemoral bilateral 7,407 13,354 17, Vulvectomía radical completa 5,462 9,847 12, Vulvectomía radical completa con linfadenectomía inguinofemoral unilateral 6,809 12,274 16, Vulvectomía radical completa con linfadenectomía inguinofemoral bilateral 7,002 12,623 16, Vulvectomía radical completa con linfadenectomía inguinofemoral, iliaca y pélvica 7,999 14,421 18, Excisión de glándula de Bartholin 843 1,521 1, Perineoplastía 2,811 5,068 6,652 Vagina Colpotomía con exploración 1,406 2,534 3, Colpotomía con drenaje de absceso pélvico 748 1,349 1, Colpocentesis Destrucción de lesión vaginal simple, por cualquier método 843 1,521 1, Destrucción de lesión extensa, por cualquier método , Biopsia de mucosa vaginal simple Biopsia amplia que requiera sutura (incluyendo quistes) 748 1,349 1, Vaginectomía con extirpación completa de la pared vaginal 3,947 7,115 9, Colpocleisis (Tipo Le- Fort) 1,995 3,597 4, Excisión de quiste o tumor vaginal 998 1,798 2, Colporrafia por lesión vaginal 998 1,798 2, Colpoperineorrafia por lesión no obstétrica 4,920 8,870 11,

102 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Corrección de uretrocele 4,920 8,870 11, Colporrafía anterior, reparación de cistocele con o sin reparación de perineorrafia 4,217 7,603 9, Colporrafia posterior, reparación de rectocele con o sin perineorrafia 4,217 7,603 9, Colporrafia anteroposterior (combinada) 2,743 4,946 6, Colporrafia anteroposterior con reparación de enterocele 3,492 6,295 8, Corrección de enterocele, por vía vaginal 3,492 6,295 8, Corrección de enterocele, por vía abdominal 3,498 6,306 8, Colpopexia, por vía abdominal 1,746 3,147 4, Fijación de ligamento sacroespinoso, por prolapso vaginal 1,746 3,147 4, Tratamiento quirúrgico para incontinencia de esfuerzo (técnica de cabestrillo) 4,053 7,306 9, Procedimiento de Pereyra, incluyendo colporrafía anterior 3,554 6,407 8, Formación artificial de vagina con injerto 9,384 16,917 22, Cierre de fístula recto-vaginal por vía vaginal o transanal 3,990 7,194 9, Cierre de fístula recto-vaginal por vía abdominal 4,888 8,812 11, Cierre de fístula recto-vaginal por vía abdominal con colostomía concomitante 5,555 10,015 13, Cierre de fístula uretrovaginal 4,221 7,610 9, Cierre de fístula vésico-vaginal, por vía vaginal 3,990 7,194 9, Cierre de fístula vésico-vaginal por vía transvesical y vaginal 5,000 9,015 11, Colposcopía Colposcopía con biospia del cérvix Cuello del Utero «Biopsia de cervix única o múltiple; o excisión de lesión local; con o sin fulguración» 703 1,267 1, Curetaje endocervical , Cauterización de cérvix (electro. o termo.) , Criocauterización del cérvix , Ablación con láser del cérvix 1,687 3,041 3, Conización de cervix con o sin fulguración, con o sin dilatación o curetaje, con o sin reparación por cualquier método 748 1,349 1, Cervicectomía (amputación del cérvix) 1,047 1,888 2, Excisión de muñón cervical vía abdominal 1,422 2,563 3, Excisión de muñón cervical vía abdominal con reparación de piso pélvico 1,746 3,147 4, Excisión de muñón cervical, vía vaginal 1,746 3,147 4, Excisión de muñón cervical, vía vaginal, con reparación anterior y/o posterior 2,993 5,395 7, Reparación de desgarro cervical, por vía vaginal 1,406 2,534 3, Dilatación y legrado de muñón cervical ,062 Cuerpo Uterino Biopsia de endometrio y/o endocervical, sin dilatación cervical, cualquier método 843 1,521 1, Dilatación y legrado diagnósticos y/o terapéuticos (no obstétricos) 1,406 2,534 3, Miomectomía única o múltiple, por vía abdominal 3,373 6,080 7, Miomectomía por vía vaginal 2,469 4,451 5, Histerectomía total abdominal con o sin salpingo-ooforectomía 4,615 8,320 10, Histerectomía abdominal total con colpouretrocistopexia (Tipo Marshall Marchetti-Krantz, Burch) 4,988 8,992 11, Histerectomía Total abdominal incluyendo vaginectomía parcial con toma de muestra de ganglios linfáticos para-aórticos y pélvicos. Con o sin salpingectomía, con o sin ooforectomía 5,568 10,038 13, Histerectomía radical abdominal, con linfadenectomía pélvica total bilateral y toma de muestra de ganglios linfáticos para-aórticos (biopsia). Con o sin extirpación de trompas, con o sin extripación de ovarios 9,069 16,350 21, Evisceración pélvica por malignidad ginecológica. Con histerectomía abdominal total o cervicectomía, con o sin salpingectomía, con o sin ooforectomía, con extripación de vejiga y trasplantes de uréteres y/o resección abdomino perineal de recto y colon, colostomía o cualquier combinación de aquellas 12,164 21,930 28, Histerectomía vaginal 6,802 12,262 16, Histerectomía vaginal con salpingectomía y/u ooforectomía 6,802 12,262 16, Histerectomía vaginal con salpingectomía y/u ooforectomía con reparación de enterocele 5,985 10,791 14, Histerectomía vaginal con colpouretrocistopexia (tipo Marschall Marchetti- Krantz, Pereyra, con o sin control endóscopico) 5,985 10,791 14, Histerectomía vaginal con colpectomía total o parcial 5,611 10,116 13, Histerectomía vaginal radical (operación tipo Schauta) 6,721 12,117 15,

103 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Histeropexia (suspensión uterina, con o sin acortamiento de ligamentos redondos, con o sin acortamiento de ligamentos sacrouterinos) 4,920 8,870 11, Histeropexia con simpatectomía presacral 4,720 8,509 11, Salpingectomía parcial o completa unilateral o bilateral 3,936 7,096 9, Salpingooforectomía parcial o completa unilateral o bilateral 2,494 4,496 5, Drenaje de quiste de ovario, unilateral o bilateral por vía vaginal 1,422 2,563 3, Drenaje de quiste de ovario por vía abdominal 1,746 3,147 4, Drenaje de absceso de ovario por vía vaginal 1,777 3,204 4, Drenaje de absceso de ovario por vía abdominal 1,746 3,147 4, Biopsia de ovario, unilateral o bilateral 2,245 4,047 5, Resección en cuña o bisección de ovario, unilateral o bilateral 2,705 4,877 6, Resección de quiste de ovario, unilateral o bilateral 5,133 9,254 12, Ooforectomía parcial o total, unilateral o bilateral 4,534 8,175 10, Ooforectomía por malignidad ovarica, con biopsia de nódulos linfáticos para-aórticos y pélvicos con lavado peritoneal, biopsia peritoneal con afección diafragmática, con o sin salpingectomía, con o sin omentectomía 5,441 9,810 12, Resección de malignidad ovarica con salpingooforectomía bilateral y omentectomía 4,502 8,116 10, Resección de malignidad ovárica con Histerectomía Total abdominal, con linfadenectomía pélvica y para aórtica límitada 6,946 12,522 16, «Laparotomía para clasificación o reclasificación de la etapa del cáncer, (laparotomía de segunda mirada»» o second look), con o sin omentectomía, lavado peritoneal, biopsia de peritoneo abdominal y pélvico, inspección diafragmática con linfadenectomía pélvica y linfadenectomía paraaórtica conservadora» 5,761 10,386 13, Tratamiento quirúrgico de embarazo ectópico sin salpingectomía y/u ooforectomía, por vía abdominal o vaginal 2,993 5,395 7, Embarazo ectópico resuelto por laparoscopía sin salpingectomía y/u ooforectomía 3,492 6,295 8, Embarazo ectópico resuelto por laparoscopía con salpingectomía y/u ooforectomía 5,942 10,712 14, Legrado postparto (procedimiento por separado) 1,247 2,248 2, Histerorrafía, por ruptura uterina 3,936 7,096 9, Parto vaginal, con o sin episiotomía y/o aplicación de forceps. (incluye atención postparto) 3,093 5,575 7, Parto por Cesárea (incluyendo atención post cesárea) 4,920 8,870 11, Evacuación uterina y legrado por mola hidatiforme 1,995 3,597 4,721 Atención Prenatal y Cesárea Histerotomía abdominal (por mola hidatiforme) 4,988 8,992 11, Tratamiento quirúrgico de embarazo ectópico, con salpingectomía y/u ooforectomía vía abdominal o vaginal 4,217 7,603 9,

104 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sistema Endócrino Incisión y drenaje de quiste tirogloso infectado , Biopsia de tiroides percutánea 1,125 2,027 2, Excisión de quiste o adenoma de tiroides o transección del itsmo 4,217 7,603 9, «Lobectomía tiroidea parcial, unilateral; con o sin itsmosectomía» 4,216 7,600 9, «Lobectomía tiroidea total unilateral; con o sin itmosectomía» 5,057 9,116 11, Lobectomía tiroidea total con lobectomía subtotal contralateral incluyendo itsmosectomía 5,724 10,319 13, Tiroidectomía total o completa 7,028 12,671 16, Tiroidectomía total o subtotal por malignidad con disección conservadora del cuello 7,332 13,219 17, Tiroidectomía total o subtotal por malignidad con disección radical de cuello 8,715 15,712 20, «Tiroidectomía incluyendo glándula tiroidea subesternal; por vía transtorácica o esternotomía» 6,497 11,712 15, Excisión de quiste de conducto tirogloso 4,221 7,610 9, Paratiroidectomía, o exploración de paratiroides 5,169 9,318 12, Timectomía, parcial o total vía cervical 7,028 12,671 16, Timectomía con esternotomía o vía transtorácica con disección mediastínica radical 8,168 14,725 19, Adrenalectomía parcial o completa, o exploración de glándula adrenal con o sin biopsia, transabdominal, lumbar o dorsal 5,555 10,015 13, Adrenalectomía parcial o completa con excisión de tumor retroperitoneal adyacente 6,447 11,623 15, Excisión de tumor del cuerpo carotideo, sin excisión de arteria carótida 7,028 12,671 16, Excisión de tumor de cuerpo carotídeo con excisión de arteria carótida 8,723 15,725 20,639 Sistema Nervioso Trépano helicoidal para evacuación y/o drenaje de hematoma subdural 10,565 19,047 25, Trépano con biopsia de cerebro o de lesión intracraneana 5,623 10,137 13, Trépano con punción evacuadora por absceso o quiste intracraneal 10,543 19,006 24, Trépano con evacuación y/o drenaje de hematoma, extradural o subdural 10,565 19,047 25, Craneotomía exploradora supratentorial 10,565 19,047 25, Craneotomía exploradora infratentorial (fosa posterior) 11,245 20,274 26, «Craneotomía, para drenaje de hematoma supratentorial; extradural o subdural» 10,565 19,047 25, Craneotomía para drenaje de hematoma intracerebral 11,245 20,274 26, «Craneotomía para evacuación de hematoma infratentorial; extradural o subdural» 10,650 19,200 25, Craneotomía para evacuación de hematoma intracerebelar 12,495 22,526 29, Craneotomía, para drenaje de absceso intracraneal supratentorial 7,988 14,400 18, Craneotomía infratentorial 9,053 16,321 21, «Exploración de órbita (vía transcraneal); con biopsia» 10,549 19,019 24, Exploración de órbita por vía transcraneal con extirpación de lesión 10,400 18,749 24, Exploración de órbita por vía ranscraneal con extracción de cuerpo extraño 10,549 19,019 24, Craneotomía, suboccipital con laminectomía cervical para descompresión del bulbo y médula espinal, con o sin injerto dural (Ej. Malformación de Arnold-Chiari) 9,840 17,739 23, Craneotomía subtemporal por sección, compresión o descompresión de raíz sensorial o Ganglio de Gasser 10,543 19,006 24, «Craniectomía suboccipital; para exploración o descompresión de nervios craneales» 10,543 19,006 24, Craneotomía para sección de 1 o más nervios craneales 10,543 19,006 24, Craneotomía para cordectomía medular 9,876 17,805 23, Craneotomía para cordectomía mesencefálica o pedunculotomía 10,026 18,075 23, Craneotomía para lobotomía, incluyendo singulotomía 6,434 11,600 15, Craneotomía, con excisión de tumor u otra lesión ósea de cráneo 10,650 19,200 25, Craneotomía para excisión de tumor cerebral, supratentorial excepto meningioma 14,057 25,342 33,

105 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Craneotomía para excisión de meningioma supratentorial 10,624 19,154 25, Craneotomía para excisión de absceso cerebral, supratentorial 14,057 25,342 33, Craneotomía para excisión de quiste supratentorial 14,057 25,342 33, «Craneotomía para excisión de tumor cerebral, infratentorial o de fosa posterior; excepto meningioma, tumor cerebelo-pontino o tumor de la base del cráneo» 14,057 25,342 33, Craneotomía para excisión de meningioma, infratentorial o de fosa posterior 12,794 23,065 30, Tumor del ángulo pontocerebeloso 12,869 23,200 30, Tumor de la línea media de la base del cráneo 16,554 29,843 39, Creneotomía infratentorial o de fosa posterior para excisión de absceso cerebral 11,372 20,502 26, Craneotomía infratentorial o de fosa posterior para excisión de quiste 11,148 20,098 26, Craneotomía para excisión de foco epileptógeno sin electrocardiografía durante la cirugía 10,487 18,906 24, Craneotomía para excisión de craneofaringioma 14,057 25,342 33, Craneotomía para hipofisectomía o excisión de tumor hipofisiario, abordaje intracraneal 14,057 25,342 33, Hipofisectomía o excisión de tumor de hipófisis vía transnasal o trans-septal no esterotáxico 10,101 18,209 23, Craneotomía para craneoestenosis 6,659 12,005 15, Craneotomía amplia por craneosinostosis de varias suturas craneales (Ej. Cráneo en trébol) que no requiera injertos óseos 7,731 13,938 18, Excisión intra y extracraneal de tumor benigno de hueso del cráneo con descompresión del nervio óptico 14,057 25,342 33, Craneotomía con tratamiento de herida penetrante de cerebro 12,719 22,930 30, Reparación de fístula en duramadre con injerto libre 6,073 10,948 14, Oclusión o embolización, transcatéter percutáneo, cualquier método, sistema nervioso central. Como terapia endovascular para destrucción de un tumor, obtener hemostasia, ocluir una malformación vascular 6,347 11,443 15, «Cirugía de malformación arterio-venosa intracraneal; supratentorial» 13,168 23,740 31, Cirugía de malformación arterio-venosa infratentorial 14,814 26,707 35, Cirugía de malformación arteriovenosa dural 14,515 26,168 34, «Cirugía de aneurisma intracraneal, por vía intracraneal; circulación carotídea» 12,121 21,851 28, Cirugía de aneurisma de la circulación basilar 10,998 19,828 26, «Cirugía de aneurisma, malformación vascular o fístula carotídeo-cavernoso; mediante oclusión cervical e intracraneal de arteria carótida» 11,971 21,582 28, Cirugía para aneurista, malformación vascular o fístula carótida cavernosa mediante embolización intra-arterial, procedimiento por inyección o catéter de balón 9,203 16,591 21, Anastomosis, de arterias intracraneales y extracraneales (Ej. cerebral media/ cortical) 8,978 16,186 21, Creación de lesión por método estereotáctico percutáneo con agente neurolítico de ganglio de Gasser. (estereotaxia) 5,911 10,656 13, «Colocación de electrodos neuroestimuladores; en región cortical a través de trépano» 5,088 9,172 12, «Colocación de electrodos neuroestimuladores; en región subcortical a través de trépano» 4,489 8,093 10, Revisión o remoción de electrodos neuroestimuladores intracraneales 2,550 4,597 6, Craneotomía para reparación de fístula (escape dural de LCR) incluyendo cirugía para rinorrea/otorrea 9,109 16,422 21, Corrección de encefalocele en bóveda craneana inluyendo craneoplastía 12,651 22,808 29, Craneotomía para corrección de encefalocele de base de cráneo 12,651 22,808 29, Craneoplastía con remplazo de colgajo óseo o placa de cráneo 6,210 11,195 14, Ventrículo-cisternostomía (Tipo Torkildsen) 5,836 10,521 13, «Creación de derivación; subaracnoidea/ subdural-atrial, -yugular,-auricular» 8,434 15,205 19, Creación de derivación subaracnoidea/subdural-peritoneal, -pleural, otras terminaciones 8,434 15,205 19, Ventriculocisternostomía, tercer ventrículo 6,326 11,404 14, Derivación ventrículo-atrial-yugular -auricular 7,164 12,916 16, Derivación ventrículo-peritoneal -pleural,- otras terminaciones 7,437 13,407 17,

106 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Reemplazo o revisión de derivación de líquido cefaloraquídeo por obstrucción valvular, o de catéter distal en derivación sistémica 3,940 7,104 9, «Retiro completo de sistema de derivación de líquido cefaloraquídeo; sin reemplazo» 3,940 7,104 9, Retiro completo del sistema de derivación de LCR con reemplazo por una derivación similar, u otra derivación en la misma cirugía 4,408 7,947 10, Punción lumbar, diagnóstica 1,079 1,946 2, Colocación ó revisión de catéter intratecal o epidural, para reservorio implantable o bomba de infusión 3,528 6,360 8, Laminectomía en columna cervical con exploración y/o descompresión de médula, sin facetectomía, foraminotomía o discoidectomía (Ej. estenosis espinal) uno o más segmentos vertebrales 9,137 16,472 21, Laminectomía en columna torácica con exploración y/o descompresiónde médula. Uno o dos segmentos vertebrales 9,137 16,472 21, Laminectomía en columna lumbar con exploración y/o descompresión de médula uno o dos segmentos vetebrales, excepto para espondilolistesis 9,137 16,472 21, Laminectomía con remoción de facetas anormales y/o partes interarticulares con descompresión de cola de caballo y raíces nerviosas por espondilolistesis lumbar (Procedimiento tipo Gill) 9,137 16,472 21, Laminotomía (hemilaminectomía) en columna cervical, con descompresión de raíces nerviosas, incluyendo facetectomía parcial, foraminotomía y/o excisión de hernia de disco intervertebral 9,137 16,472 21, Laminotomía (hemilaminectomía) en columna lumbar, con descompresión de raíces nerviosas, incluyendo facetectomía parcial, foraminotomía y/o excisión de hernia de disco intervertebral 9,137 16,472 21, Laminectomía, facetectomía y foraminotomía en columna cervical (unilateral o bilateral) con descompresión médula y/o raíces nerviosas, (Ej. estenosis de canal medular) 9,137 16,472 21, Laminectomía, facetectomía y foraminotomía en columna torácica (uni o bilateral) con descompresión de médula y/o raíces nerviosas 8,604 15,512 20, Laminectomía, facetectomía y foraminotomía en columna lumbar (unilateral o bilateral) con descompresión médula y/o raíces nerviosas, (Ej. estenosis de canal medular) 6,390 11,520 15, «Corpectomía vertebral parcial o completa vía anterior con descompresión de cordón medular y/o raices nerviosas; a nivel cervical» 10,699 19,288 25, Corpectomía vertebral parcial o completa, vía transtorácica con descompresión de médula espinal y/o raíces nerviosas a nivel torácico 11,522 20,772 27, Corpectomía vertebral, parcial o completa, vía combinada tóraco lumbar con descompresión de médula espinal, de cola de caballo o de raíces nerviosas a nivel torácico inferior o lumbar 11,522 20,772 27, Laminectomía con rizotomía 8,604 15,512 20, Laminectomía en columna cervical con cordotomía, con sección de un haz espinotalámico 9,577 17,265 22, Laminectomía en columna torácica con cordotomía 9,652 17,400 22, «Laminectomía para evacuación o excisión de lesión medular que no sea neoplásica, extradural; en región de columna cervical» 10,175 18,344 24, Laminectomía para evacuación o excisión de lesión medular que no sea neoplásica en región de columna torácica 10,175 18,344 24, Laminectomía para evacuación o excisión de lesión medular que no sea neoplásica en región de columna lumbar 9,053 16,321 21, «Laminectomía para biospia o excisión de neoplasia intraespinal; extradural, a nivel cervical» 10,101 18,209 23, «Laminectomía para biopsia o excisión de neoplasia intraespinal; extradural, torácica» 10,175 18,344 24, Laminectomía para biospsia o excisión de neoplasia intraespinal extradural, lumbar 9,128 16,456 21, «Corpectomía vertebral parcial o completa para excisión de lesión intramedular; extradural, cervical» 3,965 7,149 9, «Corpectomía vertebral parcial o completa para excisión de lesión intramedular; extradural torácica, por vía transtorácica» 12,869 23,200 30, «Corpectomía vertebral parcial o completa para excisión de lesión intramedular; extradural torácica, por vía toracolumbar» 13,093 23,605 30, «Corpectomía vectebral, parcial o completa, para excisión de lesión infraespinal; extradural, lumbar o sacra por vía transperitoneal o retroperitoneal» 13,018 23,470 30,

107 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Lisis de nervios espinales por método estereotáxico percutáneo, cualquier modalidad 6,621 11,937 15, «Laminectomía para implante de electrodo neuroestimulador; epidural» 4,832 8,711 11, Corrección de meningocele 9,137 16,472 21, Corrección de mielomeningocele 8,947 16,130 21, Corrección de escape de LCR dural (reparación de saco dural), sin laminectomía 11,054 19,929 26, Corrección de escape de LCR dural o de pseudomeningocele, con laminectomía 9,137 16,472 21,620 Nervios Somáticos Bloqueo de nervio trigémino cualquier división o rama, como método terapéutico o diagnóstico 1,215 2,191 2, Bloqueo de nervio facial, como método terapéutico o diagnóstico 852 1,537 2, Bloqueo de nervio vago, como método terapéutico o diagnóstico 580 1,046 1, Bloqueo de plexo cervical, como método terapéutico o diagnóstico 580 1,046 1, Bloqueo de plexo braquial, como método terapéutico o diagnóstico 716 1,292 1, Bloqueo de nervio intercostal, como método terapéutico o diagnóstico 716 1,292 1, Bloqueo de nervio paravertebral de la faceta articular, lumbar. Como método terapéutico o diagnóstico 898 1,619 2, Bloqueo de nervio ciático como método terapéutico o diagnóstico 726 1,308 1, Bloqueo de ganglio estelar (simpático cervical) 726 1,308 1, Destrucción por agente neurolítico, del nervio trigémino ramas supraorbital, infraorbital, mentoniana o alveolar inferior 1,215 2,191 2, Destrucción por agente neurolítico, del nervio trigémino segunda y tercera ramas a nivel de foramen oval 1,805 3,254 4, Destrucción por agente neurolítico, del nervio trigémino segunda y tercera ramas a nivel de foramen oval bajo monitoreo radiológico 2,204 3,973 5, Destrucción por agente neurolítico de placa neuromuscular de músculos cervicales (Ej. tortícolis espasmótica) 1,206 2,175 2, Destrucción por agente neurolítico de nervio de faceta articular paravertebral lumbar un solo nivel 998 1,798 2, Neuroplastía (exploración, neurolisis o descompresión neural) de nervio mediano a nivel del túnel carpal 2,555 4,426 5,700 Transeccion o Avulsión de Nervios Transección o avulsión de nervio supraorbital 2,220 4,002 5, Transección o avulsión de nervio infraorbital 2,220 4,002 5, Transección o avulsión de nervio facial 3,336 6,014 7, Transección de nervio vago (vagotomía), transtorácica 4,614 8,318 10, Vagotomía proximal selectiva, vagotomía gástrica proximal, vagotomía de células parietales, vagotomía supra o altamente selectiva 7,220 13,016 17, vagotomía de vago abdominal 4,333 7,812 10, Excisión de neuroma (nervio somático) en nervio cutáneo identificable quirúrgicamente 1,278 2,304 3, Excisión de neuroma en nervio digital, uno o ambos del mismo dedo 1,322 2,383 3, Excisión de neuroma de mano o pie, excepto nervio digital 2,001 3,608 4, Excisión de neuroma de nervio ciático 3,336 6,014 7, Excisión de neurofibroma, de nervio cutáneo 2,039 3,676 4, Excisión amplia de neurofibroma o neurolemoma (incluyendo de tipo maligno) 7,101 13,023 16, Biopsia de nervio 960 1,731 2, Simpatectomía cervical 4,614 8,318 10, Simpatectomía cérvico-torácica 6,335 11,420 14, Simpatectomía tóraco-lumbar 6,335 11,420 14, Simpatectomía lumbar 4,686 8,868 11,353 Neurorrafías Neurorrafía de nervio tenar motor mediano 3,223 5,811 7, Neurorrafia de nervio cubital motor 3,891 7,014 9, Neurorrafia de nervio tibial posterior 4,053 7,306 9, «Neurorrafia de nervio periférico mayor, de brazo o pierna excepto ciático; incluyendo transposición» 4,970 7,811 10, Neurorrafía de nervio periférico mayor de brazo o pierna excepto ciático sin transposición 3,891 7,014 9, Neurorrafía de nervio ciático 4,720 8,509 11, Neurorrafia del plexo braquial 4,445 8,014 10, Sutura de plexo lumbar 4,502 8,116 10, Neurorrafia de nervio facial 4,152 7,486 9, «Injerto de nervios de cabeza o cuello; hasta 4 cm de longitud» 7,856 14,163 18, Injerto de nervios de cabeza o cuello de más de 4 cm de longitud 8,455 15,242 20,

108 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Globo Ocular Evisceración del ojo, sin implante 2,056 3,707 4, Evisceración del ojo con implante 2,179 3,929 5, Enucleación del ojo, sin implante 3,125 6,320 8, Enucleación del ojo con implante, sin músculos unidos al implante 3,936 7,096 9, Enucleación con implante, con músculos unidos al implante 2,936 5,293 6, Inserción de implante ocular, después de la evisaceración, envuelto por la esclerótica 1,665 3,003 3, Excenteración de la órbita 3,421 6,167 8, «Extracción de cuerpo extraño, superficial; en conjuntiva (procedimiento en consulltorio)» Extracción de cuerpo extraño, subconjuntival o en esclera 898 1,619 2, Extracción de cuerpo extraño en córnea usando lámpara de hendidura (procedimiento en consultorio) , Extracción de cuerpo extraño intraocular localizado en cámara anterior o cristalino 4,260 8,059 10, Extracción de cuerpo extraño en segmento posterior 4,217 7,603 9, Reparación de laceración en conjuntiva con o sin laceración de esclera 925 1,667 2, Reparación de conjuntiva por laceración sin hospitalización 925 1,667 2, Reparación de laceración de córnea sin perforación con o sin extracción de cuerpo extraño 925 1,667 2, Corrección de laceración de córnea y/o esclera perforada sin involucrar tejido uveal 3,125 5,638 7, Sutura de herida en músculo extraocular y tendón 925 1,667 Segmento Anterior- Cornea Excisión de lesión en córnea (Queratectomía), excepto pterigión 1,275 2,298 3, Biopsia de córnea 1,275 2,298 3, Excisión de pterigión 1,250 3,074 3, Excisión de peterigión con injerto 2,344 4,638 5, Destrucción de lesión en córnea por crioterapia, fotocoagulación o termocauterización 1,302 2,347 3, Queratoplastía (transplante córneal) 7,101 14,799 18, Queratoplastía penetrante (excepto en afaquia) 7,731 13,938 18, Queratoplastía penetrante en afaquia 7,731 13,938 18, Queratomileusis 6,390 11,520 15, Queratofaquia 5,769 10,400 13, Epiqueratofaquia 7,028 12,671 16, Queratotomía radiada 4,988 8,992 11,802 Camara Anterior Goniotomía 2,109 3,801 4, Trabeculoplastía por láser una o más sesiones 3,795 6,842 8, «Lisis de adeherencias en segmento anterior; por técnica de láser» 2,447 4,411 5, «Lisis de adeherencias en segmento anterior; por técnica incisional (con o sin inyección de aire o líquido); gonosinequia» 1,760 3,172 4, Lisis de sinequia anterior, excepto goniocinequia 1,661 2,994 3, Lisis de sinequia posterior 2,251 4,059 5, Lisis de adherencias córneo-vítreas 1,955 3,525 4, Excisión de lesión en esclerótica 1,955 3,525 4, Fistulización de esclerótica por glaucoma, termocauterización con iridectomía 1,760 3,172 4, Trabeculectomía ab externo en ausencia de cirugía previa 3,551 6,718 8, Trabeculectomía ab externo con tejido cicatrizal originado por cirugía ocular previa o trauma 3,551 6,718 8,601 Iris y Cuerpo Ciliar Iridotomía, incisión mediante instrumento cortante 2,109 3,801 4, Iridectomía con sección corneoescleral o corneal, para remoción de lesión 1,760 3,172 4, Iridectomía periférica por glaucoma 2,109 3,801 4, Reparacíón de iris y cuerpo ciliar 2,447 4,411 5, «Iridotomía/iridectomía por cirugía con láser (para glaucoma); una o más sesiones» 3,936 7,096 9, Iridoplastía por fotocoagulación una o más sesiones 2,936 5,293 6,947 Cristalino Extracción de catarata intracapsular con implante de lente intraocular 3,941 7,104 9, Extracción de catarata extracapsular con colocación de lente intraocular, técnica manual o mecánica (con irrigación o aspiración, facoemulsificación) 3,941 7,104 9,324 Vitreo «Extirpación de vítreo por vía anterior (técnica abierta o incisión del limbo); remoción parcial» 5,623 10,137 13, Remoción subtotal con vitrectomía mecánica 5,623 10,137 13,

109 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Sección de adeherencias de vítreo, láminas, membranas u opacidades por cirugía con láser (una o más sesiones) 5,769 10,400 13, Vitrectomía, con fotocoagulación focal endoláser 7,811 14,094 18,104 Retina Tratamiento para desprendimiento de retina, con crioterapia o diatermia con o sin drenaje de fluido subretinal. Una o más sesiones 2,447 4,411 5, Tratamiento para desprendimiento de retina con fotocoagulación, con o sin drenaje de fluido subrretinal 5,623 10,137 13, Tratamiento para desprencimiento de retina con vitrectomía, cualquier método con o sin taponamiento con aire o gas expansivo, fotocoagulación con endoláser focal, crioterapia, fotocoagulación y drenaje de fluido subretinal 8,213 14,806 19, Tratamiento para despredimiento de retina con inyección de aire u otro gas (retinopexia neumática) 4,886 8,809 11, «Tratamiento profiláctico de desprendimiento de retina (rotura de retina o por proceso degenerativo) sin drenage, una o más sesiones; mediante crioterapia o diatermia» 3,616 6,519 8, Profilaxis de desprendimiento de retina por fotocoagulación (láser) 2,344 5,593 7,068 Otros Procedimientos de Segmento Anterior «Destrucción de lesiones localizadas en retina (Ej. Edema macular, tumores) con crioterapia o diatermia; una o más sesiones» 4,920 8,870 11, Destrucción de lesión localizada en retina con fotocoagulación 2,344 4,229 5, Tratamiento para retinopatia proliferativa (ej retinopatía diabética) una o más sesiones de fotocoagulación láser 981 1,768 2,321 Musculos Extraoculares Cirugía de estrabismo, con resección de un músculo horizontal 4,217 7,603 9, Cirugía de estrabismo, con resección de dos músculos horizontales 2,936 5,293 6, Cirugía de estrabismo con resección de un músculo vertical (excepto oblicuo superior) 4,217 7,603 9, Cirugía de estrabismo con resección de dos o más músculos verticales (excepto oblicuo superior) 2,770 4,993 6, Cirugía de estrabismo con resección de músculo oblicuo superior 3,906 9,095 11, Orbitotomía sin colgajo óseo (abordaje frontal o transconjuntival) para exploración, con o sin biopsia 2,447 4,411 5, Orbitotomía sin colgajo óseo con drenaje solamente 4,260 8,059 10, Orbitotomía con extripación de lesión 3,421 6,167 8, Orbitotomía con extirpación de hueso para descompresión 3,421 6,167 8, Orbitotomía con colgajo óseo o ventana, por vía lateral, con extirpacción de lesión 3,546 6,394 8, Orbitotomía, abordaje lateral, con extirpación de hueso para descompresión 3,546 6,394 8, Descompresión de nervio óptico (incisión de la vaina del nervio) 3,421 6,167 8,094 Parpados Blefarotomía por drenaje de absceso de párpado 1,567 2,824 3, Cantotomía Excisión de chalazión (comprende extipación de lesión del borde del párpado, tarso y /o conjuntiva palpebral) 625 1,128 1, Biopsia de párpados 584 1,052 1, Corrección de triquiasis, mediante pinzas Excisión de lesión de párpado (excepto chalazión) con o sin sutura 1,563 3,501 4, Corrección de blefarotosis (ptosis palpebral) 2,841 5,374 6, Corrección de ectropión 2,249 4,055 5, Corrección de ectropión con blefaroplastía, con excisión de cuña tarsiana 2,249 4,055 5, Corrección de entropión mediante sutura 2,249 4,055 5, Corrección de entropión con blefaroplastía, excisión de cuña tarsiana 2,249 4,055 5, Blefaroplastía amplia para corrección de entropión 2,841 5,374 6, Sutura de herida reciente en párpado, que involucre borde del párpado, tarso y/o conjuntivas palpebral, de espesor parcial 1,827 3,294 4, Cantoplastía 981 1,768 2, Excisión y reparación de párpado, involucrando borde del párpado, tarso, conjuntiva, canto o todo su espesor. Incluye preparación para injerto cutáneo o colgajo pediculado con transferencia de tejido adyacente. Hasta un cuarto del borde del párpado 1,955 3,525 4,

110 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Excisión y reparación de párpado, involucrando borde del párpado, tarso, conjuntiva, canto o todo su espesor. Incluye preparación para injerto cutáneo o colgajo pediculado con transferencia de tejido adyacente. De más de un cuarto del borde del párpado 2,141 3,860 5, Biopsia de conjuntiva 981 1,768 2, Excisión de lesión en conjuntiva, hasta 1 cm ,768 2, Excisión de lesión de conjuntiva de más de 1 cm. 1,968 3,548 4, Conjuntivoplastïa, con injerto conjuntival 2,249 4,055 5, Conjuntivoplastía, con reconstrucción de fondo de saco, con injerto conjuntival 2,811 5,068 6,652 Sistema Lagrimal Incisión para drenaje de glándula lagrimal 584 1,052 1, Incisión para drenaje de saco lágrimal (dacriocistotomía) 584 1,052 1, «Excisión de glándula lagrimal (dacrioadenectomía); excepto por tumor» 1,980 3,569 4, Biopsia de glándula lagrimal 925 1,667 2, Excisión de saco lagrimal (dacriocistectomía) 2,131 4,030 5, Biopsia de saco lagrimal 925 1,667 2, Excisión de tumor de glándula lagrimal 2,131 4,030 5, Dacriocistorinostomía (fístulización de saco lagrimal a cavidad nasal) 3,125 5,638 7, «Conjuntivorinostomía (fístulización de conjuntiva a cavidad nasal); sin tubo» 2,811 5,068 6, Conjuntivorrinostomía con tubo o catéter dilatador 2,447 4,411 5, Cierre de punto lagrimal por termocauterización, ligadura o cirugía con láser 584 1,052 1, Cierre de fístula lagrimal , Dilatación de punto lagrimal con o sin irrigación. (procedimiento en consultorio) 562 1,014 1, Sondeo de conducto nasolagrimal, con o sin irrigación 562 1,014 1, Examen de campo visual uni o bilateral, con interpretación e informe, examen limitado (Ej. Pantalla tangente, octopus 3 o 7 o equivalente) procedimiento en consultorio Examen intermedio (Ej. Por lo menos dos isópteros en el perímetro Goldmann, prueba de diagnóstico automático supraumbral de Humprey) procedimiento en consultorio Examen extendido (Ej. Campos visuales Goldman con graficación por lo menos de 3 isópteros y determinación estática dentro de los 30 centrales o perimetría cuantitativa y automatizada de umbral, analizador de campo visual Humphrey con programas deumbral completos. (procedimiento en consultorio) Angioscopía con fluoresceína, con interpretación e informe (procedimiento en consultorio) Angiografía con fluoresceina incluye imágenes en marcos múltiples con interpretación e informe (procedimiento en consultorio) , Angiografía con verde de indocianina incluye imágenes en marcos múltiples con interpretación e informe (procedimiento en consultorio) ,

111 CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno CPT Procedimiento Terapéutico Básico Superior Magno Oculoelectromiografía de aguja, uno o varios músculos extraoculares, un ojo o ambos con interpretación e informe. (procedimiento en consultorio) Electrooculografía con interpretación e informe (procedimiento en consultorio) Electrorretinografía con interpretación e informe (procedimiento en consultorio) Pruebas de Función Audiológica Prueba vestibular «Audiometría de tonos puros (umbral); transmitidos por aire solamente» «Audiometría de tonos puros (umbral); transmitidos por aire y hueso» Evaluación completa del umbral de audiometría y reconocimiento del habla Audiometría de Békésy Timpanometría, prueba de impedancia Prueba de agudeza neurosensorial 653 1,177 1, Potenciales evocados auditivos o estudio de VIII PAR 843 1,521 1, Estudio de potenciales evocados somatosensoriales de latencia corta, estimulación de cualquiera de los nervios periféricos o sitios cutáneos o todos ellos, registro desde el sistema nervioso central en las extremidades superiores , Estudio de potenciales evocados somatosensoriales de latencia corta, estimulación de cualquiera de los nervios periféricos o sitios cutáneos o todos ellos, registro desde el sistema nervioso central en tronco y cabeza

112 Seguros Comercial América, S.A. de C.V. Av. Insurgentes Sur No Tlalpan México, D.F. Tels , AI-107-4

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