POLÍTICAS ANTIDISCRIMINATORIAS
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- Gloria Silva Chávez
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1 POLÍTICAS ANTIDISCRIMINATORIAS NORMATIVA I. Bloque constitucional 1. Constitución Española 2. Estatuto de Autonomía de Cataluña, Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio de DOGC nº 4680, de 20 de julio de 2006 (artículo 131) II. Derecho Internacional 3. Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 2 y 7). 4. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art.2.1). 5. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art.2.2). 6. Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial (art. 1) (ratificado por España el 13 de diciembre de 1968). 7. Convenio n.º 111 de la OIT. 8. Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (art. 14) y Protocolo n.º 12 ratificado por España mediante el Instrumento de ratificación publicado en el BOE n.º 64.(14 de marzo de 2008). 9. Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1960) y el Protocolo para instituir a una Comisión de Conciliación y Buenos Oficios facultada para resolver las controversias a que pueda dar lugar la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (1962). 10. Convenio marco para la Protección de las Minorías Nacionales (1995). III. Derecho Comunitario 11. Título IV del Tratado de la Comunidad Europea: visados, asilo, inmigración y otras políticas relacionadas con la libre circulación de personas. 12. Tratado de Lisboa de Reforma de los Tratados de la Unión Europea y de la Comunidad Europea (DOCE C 306/42, de 17 de diciembre de 2007). 13. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (DOCE L 364, de 18 de diciembre de 2000). 14. Directiva del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del Principio de Igualdad de Trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social (DOUE L 6, de 10 de enero de 1979). 15. Directiva del Consejo, de 11 de diciembre de 1986, relativa a la aplicación del Principio de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres que ejerzan una 1
2 actividad autónoma, incluidas las actividades agrícolas, así como sobre la protección de la maternidad (DOUE L 359, de 19 de diciembre de 1986). 16. Directiva del Consejo 96/97/CE, de 20 de diciembre de 1996, por la cual se modifica la Directiva 86/378/CEE relativa a la aplicación del Principio de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres a los regímenes profesionales de seguridad social (DOUE L 46, de 17 de febrero de 1997) 17. Directiva del Parlamento y del Consejo 2002/73/CE, de 23 de septiembre de 2002, que modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo, relativa a la aplicación del Principio de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres con respecto al acceso a la Ocupación, a la Formación y a la Promoción Profesionales, y a las Condiciones de Trabajo (DOUE L 269, de 20 de enero de 1998). 18. Decisión del Consejo 2000/750/CE, de 27 de noviembre de 2000, por la cual se establece un programa de acción comunitaria para la lucha contra la discriminación (DO L 303, de 2 de diciembre de 2000). 19. Directiva 2000/43/CE, de 29 de junio, relativa a la aplicación del Principio de Igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico (DOCE L 180, de 21 de diciembre de 2004). 20. Directiva del Consejo 2000/78/CE, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la Igualdad de Trato al Trabajo y la Ocupación (DOUE L 303, de 2 de diciembre de 2000) 21. Directiva 2003/109/CE, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración. 22. Directiva 2004/113/CE, de 13 de diciembre de 2004, por la cual se aplica el Principio de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro (DOUE L 373, de 21 de diciembre de 2004). 23. Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2006/54/CE, de 5 de julio, relativa a la aplicación del Principio de Igualdad de Oportunidades e Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres en asuntos de trabajo y de ocupación (DOUE L 204, de 26 de julio de 2006). 24. Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2009/52/CE, de 18 de junio de 2009, por la cual se establecen normas mínimas sobre las sanciones y las medidas aplicables a los empleadores de nacionales de terceros países en situación irregular (DOUE L 168, de 30 de junio de 2009). 25. Decisión Marco 2008/913/JAI, de 28 de noviembre, relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal (DOUE L 328, de 6 de diciembre de 2008). 26. Propuesta de Directiva del Consejo por la cual se aplica el Principio de Igualdad de Trato entre las Personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. 2
3 IV. Normativa estatal 27. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y de su Integración Social, reformada por la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre, Ley Orgánica 11/2003, Ley Orgánica 14/2003 y 2/ Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y de su integración social (Disposición Adicional 14 REDILE). Téngase en cuenta la reciente modificación por el Real Decreto 1162/2008, de 10 de julio (BOE n.º 177, de 23 de julio de 2009). 29. Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Capítulo III del Título II de la Ley. (BOE n.º 313, de 31 de diciembre de 2003). 30. Real Decreto 1262/2007, de 21 de septiembre, por el cual se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y No Discriminación de las personas por el origen racial o étnico (BOE nº 237, de 3 octubre de 2007), modificado por el Real Decreto 1044/2009, de 29 de junio (BOE n.º 177, de 23 de julio de 2009). 31. Orden IGD/3263/2008, de 16 de octubre, por la cual se adecuan los órganos competentes del procedimiento de selección de vocales representantes del movimiento asociativo del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación de las Personas por el origen racial o étnico en el artículo 7.3 del Real Decreto 1135/2008, de 4 de julio, por el cual se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad. 32. Orden IGD/18/2009, de 8 de enero, por la cual se publican las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación de las Personas por el origen racial o étnico en representación de organizaciones y asociaciones cuya actividad esté relacionada con la promoción de la igualdad de trato y no discriminación de las personas por su origen racial o étnico. 33. Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. 34. Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (BOE nº 289, de 3 de diciembre de 2003). 35. Ley de procedimiento laboral (art. 32 y 36) (BOE n.º 86, 11 de abril de 1995). 36. Estatuto de los trabajadores (BOE nº 75, de 29 de marzo de 1995). 3
4 V. - Normativa catalana 37. Decreto 188/2001, de 26 de junio, de los extranjeros y su integración social en Cataluña (DOGC n.º 3431, de 16 de julio de 2001). 38. Acuerdo GOV/232/2009, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Plan de Ciudadanía e Inmigración (DOGC nº 5545, de 14 de enero de 2010). VI. Otros Documentos 39. V Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social del Reino de España ( ). (Disponible en la web del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte unioneuropea/ plannacionalinclusionsocial.html). 40. Libro Verde de la Comisión, de 28 de mayo de 2004, «Igualdad y no discriminación en la Unión Europea ampliada». JURISPRUDENCIA STCE Asunto C-13/1994, P contra S. y Cornwall County Council (TJCE 1996 I-02143) (sobre el principio de no discriminación como derecho fundamental). STCE Asunto C-55/00, Gottardo (TJCE 2002 I-413) (derecho fundamental). STJCE Asunto C-54/07, de 10 de julio de 2008, considera un acto de discriminación directa el hecho de que un empresario declare públicamente que no contratará trabajadores de un determinado origen étnico o racial, lo cual permite presumir la existencia en su empresa de una política de contratación directamente discriminatoria, correspondiéndole a él probar que la práctica real de contratación no es contraría al principio de igualdad de trato. STEDH Asunto Gay-Gusuzc contra Austria, de 16 de septiembre de XXXX, en la cual se establece que será discriminatoria toda diferencia de trato que no tenga una justificación objetiva y razonable; por lo tanto, un tratamiento desigual para estar justificado debe perseguir un fin legítimo y utilizar unos medios proporcionales al fin perseguido. SSTC 107/1984, de 23 de noviembre, y 115/1987, de 7 de julio, primeras sentencias del Tribunal Constitucional donde se aborda la división tripartita de derechos de los extranjeros, siendo la primera de ellas dictada a partir de una demanda por trato discriminatorio en el acceso al trabajo. STC 153/1994, de 9 de mayo, sobre el concepto de discriminación. 4
5 BIBLIOGRAFÍA GARCÍA VÁZQUEZ, SONIA: El estatuto jurídico-constitucional del extranjero en España, Tirant lo Blanc, Valencia, AJA, Eliseo: Los derechos de los inmigrantes en España, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia,
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