ANEXO I NORMAS PARA LA ATENCION Y FACTURACION DE RECETAS DE SALUD TOTAL CONFECCION DE RECETAS

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1 ANEXO I NORMAS PARA LA ATENCION Y FACTURACION DE RECETAS DE SALUD TOTAL CONFECCION DE RECETAS DATOS QUE DEBE LLENAR EL PROFESIONAL Nombre y apellido del paciente. Edad. N de asociado. Fecha de prescripción. Nombre del o los medicamentos prescriptos. Forma Farmacéutica de los mismos. Cantidad indicada. Firma y sello del profesional. Diagnostico. DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA Fecha de expendio. Cantidad de med. entregada. Firma del Farmacéutico. Sello de la farmacia. DATOS A COMPLETAR POR EL AFILIADO Firma. Aclaración. N de documento. Domicilio y teléfono. EXPENDIDO DE RECETAS - La Farmacia deberá constatar que el profesional halla completado todos los datos que le corresponden, luego deberá completar los datos que le corresponden y por ultimo deberá pedir al asociado que complete sus datos en la misma. - Los errores en los datos que debe completar el profesional, deberán salvarse con nueva firma y sello del profesional. - Los errores en los datos que debe completar la Farmacia, deberán salvarse con nueva firma y sello del farmacéutico y nueva firma del asociado.

2 - El farmacéutico deberá colocar en la receta todos los troqueles correspondientes a los medicamentos entregados. Si el lugar destinado a tal fin es insuficiente deberá colocar los restantes en la parte posterior de la receta. - Si alguno de los medicamentos entregados carece de troquel debería indicarse la leyenda S/T en el lugar correspondiente a dicho troquel debiendo firmar el asociado al lado de dicha leyenda. - Las recetas poseen 15 días de validez por lo tanto deben expenderse recetas con fecha de prescripción mayor a 15 días. - Limite de medicamentos por receta: Salud Total reconoce para cualquiera de sus planes un envase chico de cada uno de los medicamentos prescriptos. En caso de tratamientos prolongados Salud Total, reconoce un envase grande o dos envases chicos por receta, debiendo en tal caso el profesional, colocar la leyenda Tratamiento prolongado. Para antibióticos inyectables monodosis: hasta cuatro por receta. Para antibióticos inyectables multidosis: uno por receta. DISTINTOS PLANES DE COBERTURA Salud Total posee distintos planes con distintas coberturas los cuales están especificados en la parte superior de la receta, además de estar indicados en la tarjeta del asociado. Salud Total reconocerá el porcentaje correspondiente según el plan de los valores Kairos o Manual farmacéutico de los medicamentos expendidos. Dichos Planes son: S 10-70% COBERTURA SIN VADEMECUM- Recetario común. S 9-60% COBERTURA SIN VADEMECUM- Recetario común. S 8-50% COBERTURA SIN VADEMECUM- Recetario común. S 1-40% COBERTURA CON VADEMECUM- Recetario Impreso. S 2-40% COBERTURA CON VADEMECUM- Recetario Impreso. S 3-40% COBERTURA CON VADEMECUM- Recetario Impreso PLANES CON VADEMECUM Salud Total reconoce todos los medicamentos reconocidos en el vademécum de I.S.S.N: pero se aclara que los grupos de medicamentos mencionados a continuación solo se reconocen con la previa auditoría médica: Vacunas no obligatorias (fuera del esquema de vacunación de Salud Pública).

3 Oncológicos. Inmunosupresores. Medios de contraste radiologico. Leches comunes o maternizadas. Leches medicamentosas y suplementos dietéticos. PLANES SIN VADEMECUM Salud Total reconoce todos medicamentos clasificados como venta bajo receta incluidos en el manual Kairos, y además los medicamentos de venta libre que se encuentran dentro del vademécum de ISSN (Ej.: Aspirina, ac. Fólico), pero se aclara que los grupos de medicamentos mencionados a continuación solo se reconocen con la previa auditoria médica. Vacunas no obligatorias (fuera del esquema de vacunación de Salud Pública): incluye vacuna antihepatitis A y B, vacuna antiahemopilus, vacuna triple viral, vacunas antigripales, vacunas antipiógenas, vacunas broncopulmonares, etc. En cualquiera de sus formas: comprimidos, granulados, gotas, inyectables, aerosoles, etc. Oncológicos. Inmunosupresores. Medios de contraste radiológico. Leches comunes o maternizadas. Leches medicamentosas y suplementos dietéticos. Anticonceptivos: orales y óvulos vaginales. Medicamentos para el tratamiento de la obesidad, que contengan ácido triiodotiroacético, lecitina de soja, glucomanan, centella asiática, etc. Anorexígenos. Dermatológicos del tipo de los dermatocosmeticos: cremas, revitalizantes, humectantes, tonoficantes, nutritivas, etc., jabones, lacas, champúes, lociones para evitar la caída del cabello, cremas antienvejecimiento cutáneo etc.; en síntesis todo producto dermatológico que no esta destinado al tratamiento de una enfermedad especifica sino al embellecimiento. Medicamentos con Ginseng. Bronceadores y protectores solares. Inmunoglobulinas inespecíficas (seroglubin, hitaglobin, etc.). PLANES MATERNOINFANTILES Los asociados a cualquiera de los planes mencionados anteriormente los que les corresponda el Plan Materno Infantil, tendrán cobertura del 100% de todos los medicamentos que le corresponda el Plan Materno Infantil según el Plan: (Ej. si es Plan con vademécum corresponde el 100% de todos los medicamentos, con las restricciones ya mencionadas arriba).

4 DESGLOSES Salud total desglosará las recetas que no cumplan con los requisitos necesarios a saber: 1- Falta de datos a completar por el profesional: se desglosara el 100% del importe a cargo de Salud Total. 2- Falta de datos a completar por la Farmacia: se desglosará el 100% del importe a cargo de Salud Total. 3- Falta de datos a completar por el asociado: se desglosara el 100% del importe a cargo de Salud Total. 4- Receta cuya fecha de expendio excede en 15 días la fecha de prescripción: se desglosará el 100% del importe a cargo de Salud Total. 5- Falta de troqueles de alguno de los medicamentos incluidos en la receta: se descontará el porcentaje a cargo de Salud Total, de dichos medicamentos. 6- Excedido el límite de cobertura de la Obra Social: se desglosará el porcentaje a cargo de Salud Total de los medicamentos excedidos. 7- Falta de la leyenda Tratamiento Prolongado : se desglosará la diferencia de precio entre el envase chico y grande, o en caso de los chicos se desglosará uno de ellos. 8- Recetas con enmiendas realizadas por el profesional médico no salvadas con nueva firma y sello médico: se desglosará el 100% del importe a cargo de Salud Total. 9- Recetas con enmiendas realizadas en los importes de los medicamentos no salvadas con nueva firma del asociado: se desglosará el 100% del importe a cargo de Salud Total. 10- Precio de los medicamentos que exceden los precios de lista del Kairos: se desglosará el 100% del importe a cargo de Salud Total. 11- Recetas que contengan medicamentos no reconocidos o que requieren auditoria previa de Salud Total y no hallan sido debidamente autorizadas: se descontará: el porcentaje a cargo de Salud Total de dichos medicamentos. FACTURACION - La presentación de la facturación deberá hacerse mensualmente. - Deberán separarse las recetas correspondientes a los distintos planes de cobertura. - Dentro de la facturación no podrán incluirse recetas cuya fecha de expendio fuese de mas de treinta días antes de la fecha de presentación, en caso de necesitar facturar recetas anteriores cuya fecha de expendio fuese de mas de treinta días antes de la fecha de presentación, en caso de necesitar facturar recetas anteriores a dicha fecha deberán presentarse por separado adjuntando una nota donde se expliquen las razones por las cuales no fueron presentadas oportunamente.

5 REFACTURACION Las farmacias refacturan las recetas desglosadas por los ítems N 2, 3 y 9 debiendo completar previamente los datos faltantes y haciendo firmar nuevamente al asociado. Las recetas desglosadas por los ítems 1,7 y 8 podrán ser refacturadas enmendando los errores y siendo salvados por nueva firma y sello del profesional. Si existieran casos especiales de desgloses que se consideren injustificados o cualquier otro reclamo que se origine por los desgloses efectuados, se deberá elevar una nota a las autoridades de Salud Total explicando los motivos del reclamo adjuntado (de ser necesario) la o las recetas en cuestión. La auditoria de farmacia conjuntamente con los directivos de Salud Total constataran dicha nota informando si se acepta el reclamo o los motivos por los cuales dicho reclamo no puede contemplarse. CONSIDERACIONES ESPECIALES Para las farmacias de ciudades que no posean oficinas administrativas de Salud Total. Las recetas de Salud Total de cualquier plan que requiera autorización previa de auditoria, las farmacias deberan pedir la autorización de las mismas a las oficinas de Salud Total en forma telefónica. AMPLIACION DE EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR SALUD TOTAL. Los medicamentos mencionados a continuación NO se reconocen. Medicamentos y/o Productos de Venta Libre. Medicamentos importados no autorizados por Salud Total. Vacunas no obligatorias (fuera del esquema del Plan de Vacunación Nacional). Productos anticonceptivos, orales y óvulos vaginales. Vitaminas salvo inyectables. Anovulatorios. Parches hormonales. Hormonoterapia sustitutiva. Productos antitabaquismo. Productos para contraste radiológicos, de diagnóstico e imagenológico. Material radiactivo. Inmunosupresores. Inmunoglobulinas inespecíficas (seroglobulín, histaglobín, etc.) Anestésicos en todas sus presentaciones. Pastas Polvos o Líquidos Dentífricos. Fórmulas especiales o artículos para limpiar o fijar dentaduras postizas. Colutorios y antisépticos Bucales.

6 Cepillos de todo tipo. Productos de perfumeria, tocador y belleza. Productos de cosmeatría, aún los que contengan fórmulas medicamnetosas, cremas polvos, revitalizantes, humectantes, tonificantes, nutritivas, etc., jabones, lacas champúes, lociones para evitar la caída del cabello, cremas antienvejecimiento cutáneo, pantallas solares, crema antiestrías, cremas reductoras, etc. Productos de perfumería. Jabones de todo tipo (aún los que contengan fórmulas medicamentosas) Callicidas. Vendas, gasas, alcohol, Productos de Látex, Bolsas de goma y plástico. Todo tipo de material descartable y accesorios médicos tales como instrumental de cirugía, jeringas, productos para diagnóstico, termómetros, atomizadores, inhaladores, pavorizadores, nebulizadores. Mamaderas, pañales, sondas, etc. Antisépticos de superficie. Productos o sustancias alimenticias y dietéticas en general. Productos para el tratamiento de la obesidad. Anorexígenos. Medicamentos con Ginseng. Herborísteria, recetas magistrales y productos homeopáticos. Medicamentos indicados para tratamientos de esterilidad. Productos para el tratamiento de la disfunción sexual masculina ejemplo: Sildefil, Lumix, Vimax, Viagra o similares. Tiras reactivas colesterol, glucosa, embarazo, etc. Suplementos y complementos nutricionales. Productos ántiacneico. Novalgina comprimidos Aspirinas Geniol Evanol Ibuevanol. Los medicamentos mencionados a continuación solo se reconocen con la previa autorización de Auditoria Médica y son recetados por especialistas matriculados como tales. Productos para el tratamiento del alcoholismo. Productos para el tratamiento del HIV. Productos para la alimentación parental. Antihemofilicos. Antileucemicos. Hemoderivados y sustitutos de la sangre. Todos los productos que contengan las drogas Etanercept (ejemplo: Enbrel) y Palivizumab (ejemplo: Synagis). Citostaticos y Oncológicos. Insulinas. Plan Materno Infantíl: Vacunas, vitaminas, leches comunes, medicamentosas o maternizadas, todo lo referente a la gestación de la embarazada o al crecimiento del bebe hasta el año.

7 Productos de uso dermatológico (recetados por dermatólogo). Medicamentos de acción psicotrópica que hayan sido recetados por especialista o tranquizantes en alta concentración. Productos cuyo valor supere los $80.- TELÉFONO PARA AUTORIZACIONES:

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