Expositor: Oscar Alberto Luyo Alfaro. Analista de la Unidad de Inteligencia Financiera
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- Juan Francisco Salinas Revuelta
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1 Expositor: Oscar Alberto Luyo Alfaro Analista de la Unidad de Inteligencia Financiera Noviembre 2014
2 Objetivo 1. Comprender los conceptos básicos del Incremento Patrimonial no justificado (IPNJ). 2. Explicar el método de Adquisiciones y Desembolsos 3. Analizar casos de presunto IPNJ
3 El Incremento Patrimonial no Justificado - IPNJ Incrementos del patrimonio que no están debidamente justificados. El origen del IP de la PN debe estar justificado Sino se presume renta neta no declarada La SUNAT debe acreditar previamente la existencia de uno o varios supuestos del Art.64 del C.T
4 IPNJ- Base Legal Art. 52, 91, 92 de la LIR Art. 59, 60 y 60-A del reglamento de la LIR Decreto Supremo N EF - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta y normas modificatorias. (en adelante LIR) Decreto Supremo N EF Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta y normas modificatorias. TUO del Código Tributario, D. S EF. (en adelante C.T.)
5 Métodos de Determinación del IPNJ 1. MÉTODO DE ADQUSICIONES Y DESEMBOLSOS 2. MÉTODO DE BALANCE MAS CONSUMO
6 III. MÉTODO DE ADQUISICIONES Y DESEMBOLSOS Patrimonio Que es PATRIMONIO? Conjunto de activos (bienes y derechos) deducidos los pasivos (obligaciones) del deudor tributario.
7 Activos ACTIVOS Depósitos en cuentas en entidades del sistema financiero nacional (ITF). Predios (Urbanos y rústicos, construidos y sin construir). (PDT Notarios) Vehículos, embarcaciones y aeronaves Bienes muebles (computadoras, electrodomésticos, etc). Acciones adquiridas cotizadas no cotizadas en bolsa de valores. Aportes de capital. (PDT Notarios) Sigue.
8 vienen Títulos-valores emitidos a su favor en el país (Bonos, certificados bancarios, cheques, otros). Disposición de efectivo para envíos de dinero a través de una ESF o ETF (Entidad del Siste. Financiero o Empresa de Transferencia de Fondos).(ITF) Disposición de efectivo para pagos por adquisiciones varios (DAOT) Disposición de efectivo para pagos de tarjeta de crédito Disposición de efectivo para pagos de servicios públicos Disposición de efectivo para otros pagos Otros Activos ACTIVOS
9 Pasivos PASIVOS PASIVOS (B) Conjunto de obligaciones que guarden relación directa con el patrimonio adquirido y que sean demostrados fehacientemente. Por ejemplo: Créditos bancarios recibidos en el país o en el extranjero. Otras obligaciones debidamente sustentadas
10 PRINCIPIOS: PASIVOS Principios (enfoque tributario) INCREMENTO PATRIMONIAL - Desembolsos de dinero para la adquisición de un activo. - Disposición de efectivo. (Gastos, préstamos otorgados, etc) - Periodo Ejemplos:
11 MÉTODO ADQUISICIONES Y DESEMBOLSOS
12 Método de Adquisiciones y Desembolsos Método de Adquisiciones y desembolsos Consiste en sumar las adquisiciones de bienes, a título oneroso o gratuito, depósitos en ctas bancarias, gastos y todo desembolso efectuado durante el ejercicio.
13 Método de Adquisiciones y desembolsos Es decir, el incremento patrimonial (IP) es la suma de : (+) Adquisiciones de bienes (+) Depósitos en cuentas (+) Gastos (+) Desembolsos de dinero. IP = Activos
14 Método de Adquisiciones y desembolsos A la sumatoria de Activos restar los PASIVOS debidamente acreditados. IP = Activos - Pasivos
15 DESCRIPCIÓN IMPORTE S/. ACTIVOS ADQUIRIDOS Y DESEMBOLSOS EFECTUADOS Inmuebles 1,000,000 Vehículos 80,000 Depósitos en cuenta bancaria X 100,000 Acciones DESEMBOLSOS EFECTUADOS Desembolsos por gastos de colegio Desembolsos por gastos de alimentación Desembolsos por préstamos otorgados a terceros 200,000 TOTAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y DESEMBOLSOS (A) 1,380,000 DESCRIPCIÓN PASIVOS IMPORTE S/. Préstamo recibido de entidad bancaria 200,000 TOTAL PASIVO (B) 200,000 INCREMENTO PATRIMONIAL (C) = (A-B) 1,380,000
16 Incremento Patrimonial No Justificado IPNJ = IP Rentas y/o ingresos percibidos
17 PASIVOS MÉTODO DE ADQUISICIONES Y DESEMBOLSOS DESCRIPCIÓN ACTIVOS ADQUIRIDOS Depósitos en cuentas bancarias en el Banco XX, provenientes del exterior (Panamá y EEUU) Depósitos en cuentas bancarias en el Banco YY, no provenientes del exterior IMPORTE S/. 4,400,000 1,300,000 TOTAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y DESEMBOLSOS (A) 5,700,000 PASIVOS Préstamo recibido de entidad bancaria 0 TOTAL PASIVO (B) < 0 > INCREMENTO PATRIMONIAL (C) = (A-B) 5,700,000 ( - ) Renta declarada y percibida Renta de 1ra. Categoría 0 Renta de 2da. Categoría 0 Renta de 4ta. Categoría 100,000 Renta de 5ta. Categoría 0 Ingreso percibido por venta de inmueble 0 TOTAL RENTAS DEL CONTRIBUYENTE (D) 100,000 INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO (C D) 5,600,000
18 Ejemplo de Método de Adquisiciones y desembolsos Método de Adquisiciones y Desembolsos Ejemplo de determinación del Increm. Patrimonial (IP) En el 2008, el Sr. X : Adquirió un inmueble por S/. 200,000 Envió dinero al exterior por S/. 100,000 Adquirió un auto por S/. 45,000 Realizó un aporte de capital a la empresa Z por S/. 20,000. Obtuvo un préstamo del Banco por S/. 50,000. Pagó todo en efectivo, sólo declaró renta de 4ta. Categoría por S/. 100,000.
19 Método de Adquisiciones y Desembolsos Ejemplo de Método de Adquisiciones y desembolsos Activo (+) Adquisición de inmueble.. S/. 200,000 (+) Adquisición de vehículo.. S/. 45,000 (+) Desembolso por envío de dinero...s/. 100,000 (+) Desembolso por aporte de K S/ 20, Total Activo (A) S/. 365,000 Pasivo Préstamo recibido del Banco 50,000 Incremento Patrimonial = (A)-(B) = 315,000
20 Método de Adquisiciones y Desembolsos Determinación del Incremento Patrimonial no Justificado (IPNJ) Para determinar el IPNJ se debe deducir: (-) Las Rentas e ingresos declarados y/o percibidos, previa comprobación de SUNAT (Rta 1,2,4,5 fte extr.) (-) Donaciones o liberalidades en escritura pública u otro documento fehaciente. IPNJ = IP Ingresos y Rentas - Donaciones
21 Método de Adquisiciones y Desembolsos Continuando con el ejemplo del Sr. X. IPNJ = 315,000 (100,000) IPNJ = 215,000
22 MÉTODO BALANCE MAS CONSUMO
23 Patrimonio inicial y final PATRIMONIO INICIAL (PI) Patrimonio del deudor tributario determinado por la AT al 01/01 del ejercicio. PATRIMONIO FINAL (PF) Patrimonio del deudor tributario determinado por la AT al 31/12 del ejercicio, sumando al PI las adquisiciones de bienes, depósitos en las cuentas, efectivo y otros activos.
24 Variación Patrimonial VARIACIÓN PATRIMONIAL (VP) Es la diferencia entre el patrimonio del deudor tributario al final del ejercicio (PF) y al inicio del ejercicio (PI). VP = PF - PI I
25 Consumos CONSUMOS (C ) Erogaciones de dinero: gastos personales, como: alimentación, vivienda, vestido, educación, transporte, ss públicos, recreación, entre otros. Adquisiciones de bb adquiridos en el ejercicio pero que al final del mismo no figura en su patrimonio, sean por extinción, enajenación, donación, entre otros. Los retiros de las cuentas bancarias
26 Incremento Patrimonial INCREMENTO PATRIMONIAL (IP) Es todo aumento y/o disminución en el patrimonio del deudor tributario. Resulta de: Sumar las variaciones patrimoniales (VP) más los consumos (C): IP = VP + C Puede darse el caso que el Incremento Patrimonial sólo esté dado por la variación patrimonial.
27 Incremento Patrimonial no Justificado IPNJ = IP Rentas declaradas y/o percibidas Entre las rentas tenemos: - Rentas 1ra. Categoría - Rentas 2da. Categoría - Rentas 4ta. Categoría - Rentas 5ta. Categoría - Rentas de fuente extranjera Sigue.
28 RENTAS Y/O INGRESOS QUE JUSTIFICAN EL INCREMENTO PATRIMONIAL Ingresos inafectos (Art. 18 de la LIR) - Dividendos - Indemnizaciones laborales por el cese del trabajador - Indemnizaciones por causa de muerte o incapacidad - CTS - Rentas vitalicias - Pensiones como jubilación, montepío e invalidez. - Otros Ingresos exonerados (Art. 19 de la LIR) - Intereses por depósitos bancarios, certificados bancarios. - Otros
29 RENTAS Y/O INGRESOS QUE JUSTIFICAN EL INCREMENTO PATRIMONIAL Otros ingresos - Donaciones que consten en escritura pública - Loterías, premios o similares - Ingresos por venta de bienes muebles e inmuebles - Resultados atribuidos por rentas de tercera categoría - Ingresos percibidos por devoluciones de préstamos - Otros verificados por la Administración.
30 Fuentes de información Registro de propiedad de inmuebles. Registro de propiedad vehicular. Registro personal.(separación de patrimonios, estado civil: divorcio, separación de hecho. Anticipo de legítima, testamento). Registro de inscripción de personas jurídicas. Capitanía de Puertos. Municipalidades. Entidades financieras del sistema financiero nacional por operaciones activas y pasivas. Sociedades agentes de bolsa y administradoras de fondos. Clubes sociales. Colegios. Notarías. Dirección General de Migraciones. Otros cruces de información efectuados a terceros.
31 Caso ejemplo: Determinación del IPNJ del 2012 El Sr. Juan Perez adquirió los siguientes predios: Uno (1) en el 2008 por S/. 200,000 (01/01 al 31/12) Uno (1) en el 2011 por S/. 300,000 (01/01/ al 31/12) Uno (1) en el 2012 por S/. 150,000 (01/01 al 31/12) Presentó su DJ Renta anual 2012, declarando rentas por S/. 100,000 No posee cuentas bancarias, ni realiza inversiones en el sistema financiero, tampoco posee vehículos, embarcaciones, naves.
32 VALOR DE ADQUISICIÓN Ejemplo determinación IPNJ Balance mas Consumo Condición : En caso exista una o mas adquisiciones de ACTIVOS VALOR Adquirió el predio ,000 Adquirió el predio ,000 PI = Saldo al 01/01/ ,000 PI Adquisición de predio en junio 2012 por S/. 150, ,000 PF = Saldo al 31/12/ ,000 PF VP = PF - PI 650, , ,000 C = 0 VP C DJ Rta. PDT notarios IPNJ = VP +C - (RTA + Otros Ingresos) 150, ,000 - IPNJ = 50,000 SI HAY PRESUNTO IPNJ
33 Caso 1 El origen del incremento Patrimonial de la Persona Natural debe estar justificado, sino se presume renta neta no declarada. Método de Adquisiciones y desembolsos. DIFERENCIA PATRIMONIAL ABONOS EN CUENTAS BANCARIAS VS LOS INGRESOS DECLARADOS O PERCIBIDOS. Para efectos prácticos los abonos en cuentas incluye los ingresos de dinero recibidos a través de una ETF. Base Legal: 52, 91 y 92 ; y art. 60 y 60 -A del Reglamento.
34 Análisis de cuentas bancarias ANÁLISIS DE CUENTAS BANCARIAS
35 INFORMACION IMPUTADA DEL ITF Tipo de Documento RUC No.de Documento Razón Social Movimientos Acumulados Ruc Declarante Periodo Tipo Movimiento Cod. Oper. País Contribuyente País Operación Base Impuesto BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 10, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 1, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 1, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 7, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 9, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 8, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta 2 3, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Sin uso de cuenta BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 12 CAIMAN,ISLAS 7,139, , BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 12 CAIMAN,ISLAS 7,485, , BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 21, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 5, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 5, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 17, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 6, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 13, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 16, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas 13 8, BANCO DE CREDITO DEL PERU Afecta Usando cuentas ,
36 Art. 52 de la LIR Los IPNJs no podrán ser justificados con: a) Donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en escritura pública o en otro documento fehaciente. b) Utilidades derivadas de actividades ilícitas. c) El ingreso al país de moneda extranjera cuyo origen no este debidamente sustentado. d) Los ingresos percibidos que estuvieran a disposición del deudor tributario pero que no los hubiera dispuesto ni cobrado, así como los saldos disponibles en cuentas de entidades del sistema financiero o del extranjero que no hayan sido retirados. e) Préstamos que no reúnan las condiciones que señale el reglamento. Art. 60 -A del C.T.
37 Art. 52 inc. a) de la LIR Donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en escritura pública o en otro documento fehaciente. RTF N , Informe N SUNAT/2B0000. Memorándum N B0000
38 Art. 52 inciso b) de la LIR Utilidades derivadas de actividades ilícitas Informe N SUNAT-K00000 Si SUNAT comprueba la existencia de un IP por parte del contribuyente, dicho incremento no podrá ser justificado con utilidades derivadas de actividades ilícitas. En consecuencia, si el contribuyente no puede justificar el IP, el mismo constituirá renta neta no declarada por el contribuyente,y, por tanto, estará gravado con el Impuesto a la Renta.
39 Art. 52 inciso c) de la LIR Préstamos que no reúnan las condiciones que señale el reglamento. Art. 60 -A de la LIR a) El préstamos esté vinculado directamente a la necesidad de la adquisición del patrimionio y/o consumo b) El prestamista se encuentre identificado y no tenga la condición de no habido. c) Utilización de medio de pago d) La fecha cierta del documento en que consta el contrato y fecha del desembolso del préstamo, deberán ser anteriores o coincidentes con las fechas de lsa adquisiciones o consumos.
40 Con el fin de establecer el alcance de la auditoría se debe conocer el estado civil: -Soltero -Casado -Viudo -Divorciado Sociedad conyugal Fuente de información: DJ Renta, partida de matrimonio, informado por el mismo contribuyente, DNI. De ser casado, se verificará el RÉGIMEN PATRIMONIAL
41 Sociedad conyugal Los cónyuges pueden optar libremente por el régimen de: a) Sociedad de gananciales Aquí existen bienes propios de cada cónyuge y bienes de la sociedad. b) Separación de patrimonios Debe constar en escritura pública y estar inscrito en el registro personal de la SUNARP. ( Art. 295 del Cód. Civil)
42 Sociedad conyugal Las rentas de cada cónyuge se declararán independientemente por cada uno de ellos. (ejem. 4ta y 5ta categoría). Las producidas por bienes comunes serán atribuidas por igual a cada uno de los cónyuges. Pero podrán OPTAR por atribuirlas a uno solo de ellos, para la declaración y el pago. Las rentas de la sociedad conyugal llamadas rentas producidas por bs comunes, son aquellas rentas sociales. Rtas de 1era, 2da, 3era. fte.extranj. Art. 16 de la LIR, art. 4 inc. a) num.4 y art. 6 Rgto.
43 Sociedad conyugal IMPORTANTE: Si el contribuyente es casado, está bajo el régimen de sociedad de gananciales y no ejerció la opción, en la determinación del IPNJ se atribuirá y/o determinará el 50% del presunto IPNJ. Se programará a la cónyuge, a fin de verificar la atribución del otro 50%
44 Muchas gracias
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