Tema 3 Amortizaciones
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- Alfonso Coronel Soler
- hace 10 años
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1 Tema 3 Amortizaciones
2 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL, INTANGIBLE E INVERSIONES INMOBILIARIAS INTRODUCCIÓN Y NORMAS COMUNES (I) CONCEPTO ECONÓMICO-CONTABLE Expresión del gasto por la depreciación efectiva (pérdida de valor contínua y no ocasional) experimentada por un activo durante el ejercicio económico Destina en cada período una cantidad para dotar un fondo que permita la reposición del elemento una vez que haya superado su vida útil (recuperación financiera de la inversión) La amortización acumulada reduce el valor contable del inmovilizado (NV 2ª 2) CAUSAS DE LA DEPRECIACIÓN Pérdida de valor sufrida por razón de su funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia Técnicas: utilización física de los activos Físicas: por el mero paso del tiempo Económicas u obsolescencia: envejecimiento prematuro por el avance tecnológico PROBLEMÁTICA FISCAL Se centra en la cuantificación y periodificación, ya que mediante el proceso de amortización se incorpora como gasto del ejercicio una parte del coste de los elementos amortizados (art L)
3 xxxx (68) Dotación AmortIzación Inmovilizado a Amort. Acumulada Inmovilizado (28) Xxxx
4 RESULTADO CONTABLE: CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS TEMA 5-3-
5 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL, INTANGIBLE E INVERSIONES INMOBILIARIAS INTRODUCCIÓN Y NORMAS COMUNES (II) PRECISIONES Diferencias con otros conceptos contables de gasto relativos a la pérdida de valor: Pérdidas de carácter irreversible: La de valor debe registrarse contablemente como un gasto del ejercicio corrigiendo el valor del elemento (también a efectos de su amortización), siendo dicho gasto fiscalmente deducible. Pérdidas de carácter reversible: Debe dotarse una Pérdida por Deterioro por la diferencia entre el valor de mercado y el valor contable del elemento, siendo dicho gasto fiscalmente deducible. Si en el futuro se produce una recuperación en el valor del elemento hay que contabilizar el importe de la reversión del deterioro como ingreso y debe integrarse en la BI. Depreciación de Inversiones Financieras: Se reconoce contable y fiscalmente a través de la correspondiente Pérdida por Deterioro, y no vía amortización del activo ELEMENTOS AMORTIZABLES Tienen que tener las siguientes características : Elementos de Inmovilizado Material, Intangible o Inversiones Inmobiliarias Han de utilizarse en la actividad económica durante más de un ejercicio En general, han de ser propiedad de la empresa Caso especial: Leasing Han de tener una vida útil limitada
6 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL, INTANGIBLE E INVERSIONES INMOBILIARIAS INTRODUCCIÓN Y NORMAS COMUNES (III) Vida útil estimada: Período durante el cual se espera utilizar el activo ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CUANTIFICACIÓN vida económica: tiempo en que es utilizado por distintos usuarios hasta su pérdida Valor residual: Valor actual que se espera recuperar por su venta una vez fuera de servicio por alcanzar la vida útil (descontados los costes de la venta) Base de amortización: será amortizable el precio de adquisición o coste de producción excluido, en su caso, el valor residual Método de amortización: Criterio en virtud del cual se distribuye la base de amortización entre los períodos de vida útil del elemento MÉTODOS DE AMORTIZACIÓN (CONTABLES) Método lineal o constante: se determina una cuota de amortización igual durante toda la vida útil del bien Métodos variables: la amortización es variable en el tiempo a) Métodos regresivos: el activo se deprecia más en los primeros años de vida útil que en los últimos b) Métodos progresivos: el activo se deprecia más en los últimos años REQUISITOS DEDUCIBILIDAD FISCAL AMORTIZACIÓN Contabilización: la amortización debe estar contabilizada (art L) Excepción: Libertad de amortización Efectividad: la dotación contable es fiscalmente deducible si se corresponde con la depreciación efectiva resultado de aplicar algún método establecido en el art L
7 AMORTIZACIÓN EFECTIVA: METODOS FISCALES DE AMORTIZACIÓN AMORTIZACIÓN AMORTIZACIÓN MÉTODOS FISCAL EFECTIVA ART. 11 L CONSECUENCIAS: Si la empresa contabiliza la amortización según los métodos del art. 11 L: no hay ajustes fiscales Si la empresa contabiliza la amortización utilizando otros métodos: 1. Elegirá el método al que se acoge en el ámbito fiscal 2. Deberá realizar los ajustes fiscales que correspondan MÉTODOS DE AMORTIZACIÓN (art L) Método de amortización lineal según tablas Métodos de amortización degresiva: Método del porcentaje constante sobre el valor pendiente Método de los números dígitos Plan de amortización solicitado por el sujeto pasivo y aprobado por la Administración El sujeto pasivo justifique el importe de la amortización practicada
8 REGLAS COMUNES A APLICAR (ART. 1 R) Se amortiza el precio de adquisición o coste de producción excluido el valor residual (art. 1.2 R) Caso especial: Edificaciones: separar el valor del suelo del valor total La amortización debe realizarse elemento por elemento (art. 1.3 R) Excepciones: a) Amortización por grupos de inmovilizado b) Instalaciones técnicas que se consideran un único elemento Momento de inicio de las amortizaciones (art. 1.4 R) : I. Material e Inv Inmobiliarias: en el de puesta en condiciones de funcionamiento I. Intangible: en el que estén en condiciones de generar ingresos Se debe amortizar dentro de la vida útil (art. 1.4 R): entendiendo como vida útil: a) En el I. Material e Inv. Inmobiliarias: período en el que según el método adoptado deba quedar cubierto totalmente el valor b) En el I. Intangible: período en el que se espera produzca ingresos Debe existir continuidad en las amortizaciones (art. 1.6 R): para un mismo activo no podrán aplicarse, ni simultánea ni sucesivamente distintos sistemas de amortización Renovaciones, ampliaciones y mejoras se imputan como mayor valor del bien si se produce (art. 1.7 R): incremento en la capacidad productiva Se amortizarán en el período de vida útil que reste o en el nuevo si como consecuencia de la mejora se ampliara el anterior Elementos revalorizados contablemente (art. 1.8 R): se aplican las normas del apartado anterior En el caso de fusión o escisión (art. 1.9 R): los elementos adquiridos deben seguir aplicando el método utilizado salvo que se quiera cambiar, en cuyo caso debe solicitarse a la Administración
9 MÉTODOS DE AMORTIZACIÓN: AMORTIZACIÓN LINEAL SEGÚN TABLAS (art. 2 R) DEPRECIACIÓN EFECTIVA Cuando sea el resultado de aplicar al precio de adquisición o coste de producción del elemento patrimonial un coeficiente de amortización que se encuentre entre el máximo y el mínimo fijado en las tablas oficialmente aprobadas (art. 2.1 y 2.2 R) PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO a) Localizar en la tabla el elemento con su coeficiente máximo y período máximo b) Determinar el porcentaje a aplicar c) Aplicar el porcentaje a la base de amortización CASOS ESPECIALES Elementos usados: (art. 2.4 R) el cálculo de la amortización podrá hacerse según: a) Aplicar al precio de adquisición hasta el doble del C. Máximo b) Si se conoce el precio de adquisición originario: aplicar hasta el C.Máx. al mismo c) Determinar pericialmente el precio de adquisición originario y aplicar b) Los edificios de antigüedad inferior a 1 años no se consideran bienes usados Elementos utilizados en más de un turno de trabajo: (art. 2.3 R) se podrá ampliar el C. Máximo según la formula siguiente: CM = Cm + [ (CM-Cm) x Horas trabajadas / 8 ] no aplicable a elementos que deban ser utilizados de forma continuada
10 Ejercicio 1: AMORTIZACIÓN SEGÚN TABLAS Una empresa, que tributa en el régimen general, ha adquirido el 1/1/(-3) una furgoneta frigorífica de reparto por 18. que amortiza contablemente según el método lineal al coeficiente máximo. Calcular: Amortización fiscalmente deducible en los períodos de su vida útil AMORTIZACION LINEAL: ver tablas - elementos comunes: Elementos de transporte (furgonetas) Coeficiente Máximo = 18% Periodo Máximo = 12 años Periodo mínimo = 1/18 = 5,5 años Coeficiente mínimo = 1/12 = 8,3% Si aplica el Coeficiente Máximo VIDA ÚTIL: 5,5 años Contabilidad C Fiscalidad F Ajustes F-C Año -3: 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año -2: 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año -1: 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año : 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año 1: 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año 2: = (-) 1.8 (-) 1.8 art L y 1 R
11 Ejercicio 1: Continuación Cuál debería haber sido el planteamiento contable y fiscal si la empresa, adquiriese el 1/1/(-3) la furgoneta frigorífica USADA por importe de 1., que amortiza contablemente según el método lineal al coef. máximo pero teniendo en cuenta las ventajas fiscales disponibles por ser un elemento usado. Coeficiente Máximo = 18% Periodo Máximo = 12 años Periodo mínimo = 1/18 = 5,5 años Coeficiente mínimo = 1/12 = 8,3% Elemento adquirido usado: art. 2.4 R: permite aumentar el Coeficiente Máximo C.Max.* = 2 x CM = 2 x 18% = 36% (2,7 años) Sujeta al Principio de Inscripción Contable (art L): debe estar contabilizada Contabilidad C Fiscalidad F Ajustes F-C Año -3: (-) % x 1. = (-) 3.6 Año -2: (-) % x 1. = (-) 3.6 Año -1: (-) = (-) 2.8
12 Ejercicio 1: Continuación Cuál debería haber sido el planteamiento contable y fiscal si la empresa, adquiriese el 1/1/(-3) la furgoneta por importe de 18. y la hubiese utilizado a doble turno. La empresa amortiza contablemente según el método lineal al coef. máximo (sin considerar ninguna ventaja fiscal). Coeficiente Máximo = 18% Periodo Máximo = 12 años Periodo mínimo = 1/18 = 5,5 años Coeficiente mínimo = 1/12 = 8,3% Elemento utilizado en más de 1 turno: art. 2.3 R: permite aumentar el Coeficiente Máximo de Amortización: C.Max.* = cm + [ (CM - cm) x H/8 ] = 8,3 + [ (18-8,3) x 16/8 ] = 27,7% (3,6 años) Sujeta al Principio de Inscripción Contable (art L): debe estar contabilizada Contabilidad Año -3: 18% x 18. = (-) 3.24 Año -2: 18% x 18. = (-) 3.24 Año -1: 18% x 18. = (-) 3.24 Año : 18% x 18. = (-) 3.24 Año 1: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 2: = (-) 1.8 Fiscalidad 27,7% x 18. = (-) ,7% x 18. = (-) ,7% x 18. = (-) = (-) 3.42 Ajustes
13 METODOS DE AMORTIZACIÓN: AMORTIZACIÓN LINEAL SEGÚN TABLAS (II) REGLAS DE APLICACIÓN Es posible cambiar de coeficiente de un período a otro: (nótese que el art. 2 RIS no establece que el coeficiente deba ser fijo para toda la vida útil; y el art. 1.6 RIS sólo imposibilita la utilización de distintos métodos en un mismo elemento, simultánea o sucesivamente) Siguiendo el procedimiento establecido, el elemento patrimonial debe quedar amortizado dentro de la vida útil del mismo No se permite la deducción fiscal de las amortizaciones practicadas más allá de la vida útil del elemento patrimonial (idea reiterada en el art. 2.2 de RIS) Regla general (art º Párrafo TR-LIS) : En cada ejercicio, la amortización fiscalmente deducible no puede superar la contabilizada Se permite la deducción por amortizaciones contabilizadas por encima del coeficiente máximo según tablas, para compensar alguna dotación anual anterior realizada por debajo de la amortización mínima (todo ello dentro del periodo máximo de vida útil). (art º párrafo excepción TR-LIS y art. 2.1 último párrafo RIS) Nota : Ojo! : Si no existiese ese defecto, el exceso contabilizado podrá deducirse fiscalmente en el futuro de la vida útil del elemento, respetando siempre el el límite del coeficiente máximo, mediante ajustes (Principio de Devengo) En cualquier caso: en el conjunto de la vida útil, el gasto deducible fiscalmente no puede ser superior a la dotación contable
14 OTRO CASO PRACTICO: AMORTIZACIÓN SEGÚN TABLAS Mia.SA., que tributa en el régimen general y pertenece a la industria del calzado (agrupación 45), ha adquirido el 1.1.(-1) HORMAS Y PATRONES para su proceso productivo por 8. que amortiza contablemente según el método lineal al coef. máximo. a) Calcular la Amortización fiscalmente deducible y los posibles ajustes en los períodos de su vida útil. AMORTIZACION LINEAL: ver tablas Agrupación 45: Troqueles, hormas y patrones Coeficiente Máximo = 25% Periodo Máximo = 8 años Periodo mínimo = 1/25 = 4 años Coeficiente mínimo = 1/8 = 12,5% Si aplica el Coeficiente Máximo VIDA ÚTIL: 4 años Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año-1: 25% x 8. = (-) 2. Año : 25% x 8. = (-) 2. (-) 2. (-) 2. Año 1: 25% x 8. = (-) 2. (-) 2. Año 2: 25% x 8. = (-) 2. (-) 2. art L y 1 R
15 b) Cuál sería la amortización fiscalmente deducible en el período si la amortización contable fuese de 6? C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Amortización máxima = 25% 8. = 2. Amortización mínima = 12,5% 8. = 1. Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año : (-) 6 (-)2. (-) 6 arts. 11 y 19.3 L c) Amortización fiscalmente deducible los períodos (-1) y si la amortización contable en cada periodo fuese de 2.5 Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 2.5 (-)2.5 (-) (T) arts. 11 y 19.3 L Año : (-) 2.5 (-)2.5 (-) (T)
16 d) Amortización fiscalmente deducible durante su vida útil si la amortización contable fuese: Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 2.5 Año : (-) 1.5 (-) 2. (5 por encima C.Mx.) + 5 (T) (-) 2. ( ) - 5 (T) Año 1: (-) 2. (-) 2. Año 2: (-) 2. (-) 2. Recordemos que : C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Amortización máxima = 25% 8. = 2. Amortización mínima = 12,5% 8. = 1.
17 e) Amortización fiscalmente deducible durante su vida útil si la amortización contable fuese: art º párrafo L: Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 2.5 Año : (-) 2. (-) 2. (5 por encima C.Mx.) + 5 (T) (-) 2. Año 1: (-) 2. (-) 2. Año 2: (-) 1.5 (-) 2. ( ) - 5 (T) Recordemos que : C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Amortización máxima = 25% 8. = 2. Amortización mínima = 12,5% 8. = 1.
18 f) Amortización fiscalmente deducible durante su vida útil si la amortización contable es: art º párrafo y excepción L: art º párrafo R Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 8 (-) 8 (2 por debajo C.min.) Año : (-) 2.2 (-) [2. + 2] = Año 1: (-) 2. (-) 2. Año 2: (-) 2. (-) 2. Año 3: (-) 1. (-) 1. Recordemos que : C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Amortización máxima = 25% 8. = 2. Amortización mínima = 12,5% 8. = 1.
19 g) Amortización fiscalmente deducible durante su vida útil si la amortización contable es: art º párrafo y excepción L: art º párrafo R Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 8 Año : (-) 2.4 (-) 8 (2 por debajo C.min.) (-) [2. + 2] = (T) Año 1: (-) 2.3 (-) (T) Año 2: (-) 2. (-) 2. Año 3: (-) 5 (-) 1. ( ) - 5 (T) Recordemos que : C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Amortización máxima = 25% 8. = 2. Amortización mínima = 12,5% 8. = 1.
20 OTRO CASO PRACTICO: AMORTIZACIÓN MAS DE 1 TURNO Cuál debería ser el planteamiento contable y fiscal si los elementos fuesen utilizados a doble turno y contablemente hubiese amortizado por el máximo fiscal permitido? AMORTIZACION LINEAL: ver tablas Agrupación 45: Troqueles, hormas y patrones C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Elemento utilizado en más de 1 turno: art. 2.3 R: permite aumentar el Coeficiente Máximo de Amortización: C.Max.* = cm + [ (CM - cm) x H/8 ] = 12,5 + [ (25-12,5) x 16/8 ] = 37,5% Sujeta al Principio de Inscripción Contable (art L): debe estar contabilizada Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 3. (-) 37,5% x 8. = 3. Año : (-) 3. (-) 37,5% x 8. = 3. Año 1: (-) 2. (el resto) (-) 2.
21 OTRO CASO PRACTICO: AMORTIZACIÓN ELEMENTO USADO Cuál debería ser el planteamiento si los elementos fuesen adquiridos usados por 4. y se hubiese contabilizado la amortización aplicando las máximas ventajas fiscales posibles? AMORTIZACION LINEAL: ver tablas Agrupación 45: Troqueles, hormas y patrones C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% Elemento adquirido usado: art. 2.4 R: permite aumentar el Coeficiente Máximo C.Max.* = 2 x CM = 2 x 25% = 5% Sujeta al Principio de Inscripción Contable (art L): debe estar contabilizada Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: (-) 2. (-) 5% x 4. = 2. Año : (-) 2. (-) 5% x 4. = 2.
22 MÉTODOS DE AMORTIZACIÓN: AMORTIZACIÓN DEGRESIVA PORCENTAJE CONSTANTE Y NÚMEROS DÍGITOS CARACTERÍSTICAS En estos sistemas se amortiza aceleradamente en los primeros años y se ralentiza en los últimos años de vida útil No se pueden aplicar a edificios, mobiliario y enseres MÉTODOS DE CÁLCULO 1. Método del coeficiente constante (arts b) L y 3 R) se seguirán los siguientes pasos: a) Elegir un coeficiente de amortización lineal entre el mínimo y el máximo (y después calcular su periodo de amortización asociado) b) Obtener el porcentaje constante ponderando el coeficiente anterior por los siguientes valores: 1,5 si el elemento tiene un período de amortización < 5 años 2 si tiene un período de amortización 5 y < 8 años 2,5 si tiene un período de amortización 8 años En cualquier caso, el porcentaje constante no puede ser inferior al 11% c) El porcentaje se aplicará a la cantidad pendiente de amortizar en cada período, si bien en el último período de la vida útil, el bien podrá amortizarse por completo 2. Método de los números dígitos (arts c) L y 4 R) se seguirán los siguientes pasos: a) Optar por un período de amortización entre el mínimo y el máximo b) Asignar los dígitos a cada anualidad (de mayor a menor) c) Sumar los dígitos d) Calcular la Cuota por dígito = [ base de amortización / suma de los dígitos ] e) Cuota de Amortización de cada año = (Cuota por dígito) x dígito del año También se contempla la posibilidad de que este método se aplique en sentido progresivo (art. 4.1.a) R)
23 Ejercicio 2: AMORTIZACIÓN SEGÚN PORCENTAJE CONSTANTE Mia.SA., que tributa en el régimen general, ha adquirido el 1.1.(-1) un equipo informático por 4. que amortizará contablemente según el método de porcentaje constante. Calcular Amortizaciones fiscalmente deducibles en los períodos de su vida útil C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% (art. 3 R) si escoge el C.Máx. Período Mínimo = 4 < 5 años porcentaje constante: 25% x 1,5 = 37,5% Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: 37,5% x 4. = (-) 1.5 (-) 1.5 Año : Año 1: Año 2: 37,5% x 2.5 = (-) 937,5 37,5% x 1.562,5 = (-) 586 (-) 976,5 (-) 937,5 (-) 586 (-) 976,5
24 Ejercicio 3: AMORTIZACIÓN SEGÚN NÚMEROS DÍGITOS Mia.SA., que tributa en el régimen general, ha adquirido el 1.1.(-1) un equipo informático por 4. que amortizará contablemente según el método de números dígitos (en sentido decreciente). Calcular Amortizaciones fiscalmente deducibles en los períodos de su vida útil C. Máx = 25% P. Máx = 8 P. min = 4 C. mín = 12,5% (art. 4 R) si escoge el Período Mínimo = 4 años Suma de Dígitos: = 1 Cuota por Dígito: 4. / 1 = 4 Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año -1: Año : Año 1: 4 x 4 = (-) x 4 = (-) x 4 = (-) 8 (-) 1.6 (-) 1.2 (-) 8 Año 2: 1 x 4 = (-) 4 (-) 4
25 MÉTODOS ESPECIALES DE AMORTIZACIÓN: PLANES DE AMORTIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN EFECTIVA PLANES ESPECIALES DE AMORTIZACIÓN (art d) L y art. 5 R) QUIÉN? El propio Sujeto Pasivo (art. 5.1 R) QUÉ PLAZO? 3 meses desde la puesta en funcionamiento (art. 5.3 R) QUÉ PROCEDIMIENTO? La Administración podrá recabar información del S.P. y resolverá en 3 meses (art. 5.4 y 5.6 R) RESOLUCIÓN El plan original podrá ser aprobado o desestimado, o incluso podrá ser aprobado un plan alternativo formulado por el sujeto pasivo durante el procedimiento (art. 5.6 y 5.7 R) MODIFICACIÓN Los planes se pueden modificar a instancia del sujeto pasivo (art. 5.8 R) JUSTIFICACIÓN EFECTIVA (art e) L) El sujeto pasivo deberá probar mediante informes técnicos la depreciación efectiva de los bienes
26 AMORTIZACIÓN FISCAL DEL INMOVILIZADO INTANGIBLE: VIDA ÚTIL INDEFINIDA PUNTO DE PARTIDA: Dentro del I. Intangible, tanto contable como fiscalmente, 1. Con vida útil indefinida: regla general se distingue entre: Elementos con vida útil definida Ejemplos: programas informáticos, derechos de traspaso, Elementos con vida útil indefinida Contablemente: Fiscalmente: (art L) No se amortizan En cada ejercicio debe evaluarse: - Si su vida útil ha pasado a ser definida - Su posible deterioro: por si debe dotarse una pérdida de valor. Marcas, cabeceras periódicos, y denominaciones editoriales: sólo se reconocen como activo si NO se han generado internamente. Será deducible una dotación con el límite anual máximo de la 1% de su valor (salvo 212 y 213: 2%) si: a) se ha puesto de manifiesto en virtud de una adquisición a título oneroso b) la entidad adquirente y la transmitente no formen parte de un grupo de sociedades (según los criterios del art. 42 del C.Comercio), salvo excepciones. Esta deducción no está condicionada a su imputación contable en PyG Las cantidades deducidas minorarán fiscalmente el valor del inmovilizado Caso particular: FONDO DE COMERCIO Contablemente: Sólo podrá figurar como activo si es fruto de una adquisición onerosa No se amortiza Posible corrección valorativa por deterioro, sin posibilidad de reversión Fiscalmente: (art L) Será deducible una dotación con el límite anual del 5% de su valor (salvo 212 y 213: 1%) si: a y b) Se dan las dos condiciones anteriores c) Se haya dotado una reserva indisponible de, al menos, el importe deducible
27 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO INTANGIBLE: VIDA UTIL DEFINIDA (I) 2. Con vida útil definida: regla general Contablemente: Ejemplos: derechos de propiedad industrial o intelectual, concesiones administrativas, usufructo, Figurarán en el activo tanto si son adquiridos a 3º como si son fruto de gastos activados Amortización: en general se siguen las normas del inmovilizado material (salvo casos particulares): se amortizarán de manera sistemática y racional en función de la vida útil, atendiendo a la depreciación que sufran. Fiscalmente: (art L) Serán deducibles las dotaciones para la amortización con el límite anual del 1% de su valor (salvo que la vida útil<1 años, en cuyo caso el límite se calculará atendiendo a su duración) si: a) se haya puesto de manifiesto en virtud de una adquisición a título oneroso b) la entidad adquirente y la transmitente no formen parte de un grupo de sociedades (según los criterios del art. 42 del C.Comercio), salvo excepciones. Casos particulares: Si no se cumplen a) y b): las dotaciones sólo serán deducibles si se prueba que responden a una depreciación irreversible DERECHOS DE TRASPASO Contablemente: Sólo figurarán en el activo si son fruto de una adquisición onerosa Amortización: sistemática, teniendo en cuenta la duración del derecho GASTOS Fiscalmente: Si se cumplen a y b) deducible dotación contable hasta el 1% de su valor (salvo vigencia temporal menor, en cuyo caso se calcularía el límite en función de dicha vigencia, siempre que se pruebe la depreciación efectiva). DE I + D ver esquema siguiente
28 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO INTANGIBLE: VIDA ÚTIL DEFINIDA (II) GASTOS DE I + D Contablemente: (N.V. 6ªa) El tratamiento depende de los resultados esperados del Proyecto : a) Resultado esperado (+): Se activan y se amortizarán sistemáticamente a partir del ejercicio de su activación en un plazo máximo de 5 años (o menor si la vida útil es inferior) Posteriormente, cuando se inscribe en el Registro de Patentes y Marcas, la cuenta de Desarrollo se transforma en otra de Propiedad Industrial que se da de alta por la parte no amortizada del gasto de Desarrollo + costes inscripción y que se amortiza según las normas generales del intangible con vida útil definida b) Resultado esperado (-): No se activan ( permanecen como gasto del ejercicio) Si durante el Proyecto se activaron y posteriormente se espera resultado (-): se llevarán a pérdidas del ejercicio Fiscalmente: Gozan de Libertad de Amortización si han sido activados (art c) y d) L) GASTOS NO AMORTIZABLES GASTOS DE CONSTITUCIÓN, PRIMER ESTABLECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE CAPITAL Contablemente : No se amortizan, sino que deben imputarse como gasto del ejercicio (aunque tengan proyección en ejercicios futuros) Fiscalmente : La norma fiscal no regula nada se acepta la norma contable
29 NORMA ESPECIAL DE AMORTIZACIÓN FISCAL (I) LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN ( Art L ) EN QUÉ CONSISTE? Es un beneficio fiscal que permite deducir fiscalmente, no la cuota de amortización correspondiente a la depreciación efectiva en función de un criterio (contable) sistemático, sino una cuota libremente elegida por el sujeto pasivo! Es una excepción al Requisito de Contabilización (art º párrafo L) QUIÉN PUEDE APLICARSELO? Los supuestos de aplicación vienen regulados en el art L Caso Particular: Actividades de I + D Podrán aplicarla: a) Elementos del Inmovilizado Material e Intangible afectos a actividades de I+D Salvedad: Los edificios afectos a estas actividades sólo por partes iguales en 1 años b) Gastos de I+D activados, excluidas amortizaciones de bienes con libertad de amortización Nota: En caso de transmisión del activo, las cantidades aplicadas a libertad de amortización incrementarán la base imponible ( mediante ajustes positivos)
30 Ejercicio 4. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D A principios del año, Mia SA abonó a la Universidad de Vigo 2. por la contratación de un proyecto de I+D, además de 4.2 por el IVA soportado Determinar: El tratamiento Contable y fiscal de la actividad de I+D teniendo en cuenta que el proyecto ha finalizado (al terminar el ejercicio) y que, ante esto, la empresa decidió activar el gasto de I+D como desarrollo y amortizarlo en un plazo de 5 años. Planteamiento Contable: a) Contabilización del pago del contrato de I+D en el año : 2. (62) Gastos en I+D del ejercicio 4.2 (472) Hacienda Pública IVA soportado a Bancos c/corriente (572) 24.2 b) La empresa decide activar los gastos pues a finales del año el proyecto ha finalizado: 2. (21) Desarrollo a Trabajos realizados por la empresa para el I.Intangible (73) 2.
31 Ejercicio 4. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D Planteamiento Contable: c) Al año siguiente (año 1) la empresa decide amortizar el desarrollo en un plazo de 5 años: 4. (68) Amort. Inmov. Intangible (2% 2.) = 4. a Amort. Acumulada de Desarrollo (28) 4. Planteamiento Fiscal: El art.11.2 L se establece posibilidad de aplicar Libertad de Amortización para los Gastos I+D activados (Desarrollo): Año Contabilidad Fiscalidad Ajustes 1 (-) 4. Libertad de Amortización : (-) (T) (-) 4. (-) 4. (-) 4. (-) (T) + 4. (T) + 4. (T) + 4. (T) A.Contable: 2. A.Fiscal: 2. Ajustes:
32 Ejercicio 5: LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D En el año, Inventa.SA. obtuvo un diseño innovador de silla ergonómica. En dicho proceso incurrió en los siguientes gastos en el ejercicio, que fueron correctamente contabilizados y activados (cantidades expresadas sin IVA): - Costes directos de personal investigador :. - Materias primas utilizadas :... - Costes indirectos (suministros, ) :... - Otros gastos relacionados : El 3.noviembre. finaliza el proyecto y el 1.julio.1 patenta el modelo (Registro de Patentes) incurriendo en unos gastos de registro de 5.. La empresa decide amortizar los gastos activados al 2% anual. Se estima un ciclo de vida útil para el modelo de silla de 1 años. Determinar: El tratamiento Contable y fiscal de la actividad de I+D
33 Ejercicio 5: LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D Planteamiento Contable: a) Durante el Año, la empresa ha ido contabilizando los gastos en cuentas del Grupo 6: (Grupo 6) (472) Gastos (personal, materias primas, etc ) Hacienda Pública IVA soportado a Bancos c/corriente (572) b) En noviembre del Año decide activar los gastos pues el proyecto ha finalizado y amortiza la parte correspondiente (1 mes): 273. (21) Desarrollo a Trabajos realizados por la empresa para el I.Intangible (73) (68) Amort. Inmov. Intangible [ (2% 273.) x 1/12 ] = 4.55 a Amort. Acumulada de Desarrollo (28) 4.55
34 Ejercicio 5: LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D Planteamiento Contable: c) Durante el Año 1, amortiza hasta la fecha de registro y en ese momento transforma la cuenta de Desarrollo en Propiedad Industrial (por la parte no amortizada de los gastos de Desarrollo más los costes de inscripción): 27.3 (68) Amort. Inmov. Intangible [ (2% 273.) x 6/12 ] = 27.3 a Amort. Acumulada de Desarrollo (28) (23) Propiedad Industrial (28) Amort. Acumulada de Desarrollo = a Desarrollo (21) 273. Bancos c/corriente (572) 5. d) Al final del Año 1 amortiza la Propiedad Industrial (vida útil estimada: 1 años) 12.37,5 (68) Amort. Inmov. Intangible [ (1% ) x 6/12 ] = 12.37,5 a Amort. Acumulada Propiedad Ind. (281) 12.37,5 e) Amortización Propiedad Industrial Años 2 a 1: 1% = // Año 11: 12.37,5
35 Ejercicio 5: LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D Planteamiento Fiscal: a) Hasta la activación : Contabilidad Fiscalidad Ajustes Gastos: (personal, mat. primas, ) = (-) 273. Ingresos: (trabajos realizados para el I.Intangible) = (-) 273. (+) 273. b) Una vez activados, el art.11.2 L se establece posibilidad de aplicar Libertad de Amortización para los Gastos I+D activados (Desarrollo): si la aplicamos, en el futuro sólo se podrá amortizar fiscalmente la parte de Propiedad Industrial que no se corresponda con los gastos activados como Desarrollo esto es: la cuantía de los gastos de inscripción, (art L): cada ejercicio: 1/1 (5.) = 5
36 Ejercicio 5: LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: ACTIVACIÓN DE GASTOS DE I+D Planteamiento Fiscal: Año Contabilidad Fiscalidad Ajustes (-) ( ,5) = ,5 (-) 1% = (-) (-) (-) (-) (-) (-) (-) (-) (-) Libertad de Amortización (-) (T) - (1/1 5.) x 6/12 = (-) ,5 (T) (-) 1/1 5. = (-) (T) (-) (T) (-) (T) (-) (T) (-) (T) (-) (T) (-) (T) (-) (T) (-) (T) 11 (-) 12.37,5 (-) ,5 (T) A.Contable: 278. A.Fiscal: 278. Ajustes:
37 Ejercicio 6. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: GASTOS DE I+D La sociedad GENIASA realiza una actividad de I+D (Investigación Básica) habiendo acometido las siguientes inversiones a principios del ejercicio (directamente relacionadas con dicha actividad): a) 1. en diferentes activos amortizables (CM = 12%) b) 1. en el edificio en que se realiza la actividad (valor suelo=) (CM = 2%) Los gastos realizados en el ejercicio de la actividad son : a) Costes directos de personal investigador: 5 b) Materias primas utilizadas:... 4 c) Costes indirectos (personal, admón., luz...):... 1 d) Gasto de amortización de activos:.. 32 Contablemente, la empresa registra como gastos todos los derivados de la actividad. Determinar: a) El tratamiento fiscal de la actividad de I+D sabiendo que la empresa no ha activado el gasto como Inmovilizado Intangible. b) Mismo caso que el anterior pero suponiendo ahora que la empresa activa el gasto de I+D como Inmovilizado Intangible.
38 Ejercicio 6. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: GASTOS DE I+D Planteamiento Contable cuando NO activa Inmovilizado Intangible: a) Durante el año, la empresa contabiliza los gastos en cuentas del Grupo 6: 1. (Grupo 6) Gastos (personal, materias primas, etc ) xxxx (472) Hacienda Pública IVA soportado a Bancos c/corriente (572) 1. + xxxx 12 2 (68) (68) Amortización Activos Amortización Edificio a Amort. Acumulada I.M (28) 32 Contabilidad Fiscalidad Ajustes Gastos: (personal, mat. Primas) (-) 1. Amortización Activos: (-) 12%1. = (-) 12 (-) 1. (-) Amortización Edificio: (-) 2%1. = (-) 2 (-) 1%1. = (-)
39 Ejercicio 6. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: GASTOS DE I+D Planteamiento Contable cuando SÍ activa el Inmovilizado Intangible: a) Durante el año, la empresa contabiliza los gastos en cuentas del Grupo 6: 1. (Grupo 6) Gastos (personal, materias primas, etc ) xxxx (472) Hacienda Pública IVA soportado a Bancos c/corriente (572) 1. + xxxx 12 2 (68) (68) Amortización Activos Amortización Edificio a Amort. Acumulada I.M (28) 32 b) A final del año decide activar los gastos relacionados con la actividad de investigación básica: 1.32 (2) Investigación a Trabajos realizados por la empresa para el I.Intangible (73) 1.32
40 Ejercicio 6. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: GASTOS DE I+D Planteamiento Contable: c) En los ejercicios siguientes (años 1 a 5) los gastos activados se amortizan (durante un plazo de 5 años): 264 (68) Amort. Inmov. Intangible 2% 1.32 = 264 a Amort. Acumulada de Inmov. Int. (28) 264
41 Ejercicio 6. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: GASTOS DE I+D Planteamiento Fiscal en el ejercicio : Contabilidad Fiscalidad Ajustes Gastos: (personal, mat. primas, ) = (-) 1. Amortización Activos 12% 1. = (-)12 (-) 1. (-) 12 Amortización Edificio 2% 1. = (-)2 (-) 2 Ingresos (trabajos para I.Intangible) = Activación gastos de I+D (Inmov. Intangible): - Por la parte correspondiente a Gastos - Por la parte de Inversión en Activos - Por la parte de Inversión en Edificios (-) (-) (-) En los años siguientes (ejercicios 1 a 5): Contabilidad Fiscalidad Ajustes Amortización Inmov. Intangible: (-) 2% 1.32 = (-) 264 (-)
42 NORMA ESPECIAL DE AMORTIZACIÓN FISCAL (II) LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN (Régimen Especial ERD: Art. 19 y 11 L) sólo para ERD EN QUÉ CASOS SE PUEDE APLICAR? Elementos nuevos del Inmv Mat y de las Inv Inmob si hay Incremento de plantilla (art. 19 L) Elementos nuevos de inmovilizado material de escaso valor (art. 11 L) ACELERACIÓN DE AMORTIZACIONES (Régimen Especial ERD: Art. 113 y 111 L) sólo para ERD EN QUÉ CASOS SE PUEDE APLICAR? Reinversiones (art. 113 L) Inversiones en elementos nuevos (art. 111 L)
43 Ejercicio 7: Una empresa, que tributa en el Régimen de Reducida Dimensión, ha adquirido el 1/1/() una furgoneta frigorífica de reparto (nueva) por 18. que amortiza contablemente según el método lineal al coeficiente máximo. Determínese: Las opciones de amortización fiscal y los ajustes durante la vida útil si sabemos que estamos ante una reinversión (que cumple con todos los requisitos del art. 113 L). 1.- Acogerse a ACELERACION de amortización prevista en los art. 113 L (o también en el 111 L) Fiscalmente tiene varias opciones 2.- No acogerse a la aceleración de amortización y amortizar fiscalmente según planteamiento contable (coeficiente lineal máximo) Importante: Nótese que no puede acogerse a los art. 19 L, ni 11 L (ya que no cumple con los requisitos). Si fuese así, cualquiera de estas opciones sería preferible a las anteriores.
44 Ejercicio 7: Si la empresa decide acogerse a la ACELERACIÓN de amortización por REINVERSIÓN (art. 113) L Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año : 18% x 18. = (-) 3.24 Año 1: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 2: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 3: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 4: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 5: = (-) x 18% x 18. = (-) = (-) (T) (T) (T) (T) (T) (T)
45 Ejercicio 7: Si la empresa decide acogerse a ACELERACIÓN de amortización del art. 111 L: Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año : 18% x 18. = (-) 3.24 Año 1: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 2: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 3: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 4: 18% x 18. = (-) 3.24 Año 5: = (-) x 18% x 18. = (-) x 18% x 18. = (-) = (-) (T) (T) (T) (T) (T) (T) Si la empresa decide NO acogerse a la posibilidad de acelerar fiscalmente la amortización: Contabilidad Fiscalidad Ajustes Año : 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año 1: Año 2: Año 3: 18% x 18. = (-) % x 18. = (-) % x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 (-) 3.24 (-) 3.24 Año 4: 18% x 18. = (-) 3.24 (-) 3.24 Año 5: = (-) 1.8 (-) 1.8
46 Ejercicio 7: Notas para planificación fiscal A partir de los resultados obtenidos podemos ORDENAR LAS VENTAJASFISCALES asociadas a la amortización A c/p, y suponiendo que partimos de un resultado contable que genera una factura fiscal importante, A la hora de amortizar un elemento tenemos distintas opciones: 1. LA MAYOR VENTAJA FISCAL se obtiene si podemos aplicar la LIBERTAD de Amortización de no ser posible: 2. Estudiaremos si podemos aplicar la ACELERACION de amortización del art. 113 L; de no ser posible: 3. Analizaremos la ACELERACIÓN de amortización del art 111 L; de no ser posible: 4. Finalmente nos queda acogernos a las posibilidades que nos proporcionan los métodos descritos en los art 11.1 L y 2-4 R.
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