INFORMES DEL AUDITOR
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- Emilia Parra Peña
- hace 10 años
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1 INFORMES DEL AUDITOR Compendio. Una vez completada la ejecución del trabajo el auditor se enfrenta con la difícil tarea de comunicar los resultados al cliente y a terceros. Poder comunicarse eficazmente es un problema común a todas las profesiones y no debe sorprender a nadie que las pautas establecidas por la profesión para que el auditor prepare su informe sean de naturaleza técnica y voluminosa en cuanto al grado de detalle en lo que ellas prescriben. En este capítulo se examinan las siguientes Declaraciones de Normas de Auditoría (SAS, Statements of Auditing Standards) en el orden presentado a continuación: SAS-58 (Informes sobre Estados Financieros Auditados) SAS-26 (Relación con Estados Financieros) SAS-32 (Revelación Adecuada en los Estados Financieros) SAS-59 (Consideración hecha por el auditor de la Capacidad de la empresa para continuar como negocio en marcha) SAS-8(Otra información de documentos que contienen a los Estadios Financieros Auditados. SAS-29 (Informe sobre información que acompaña a los Estados Financieros Básicos de Documentos Preparados por el Auditor) SAS-64 (Declaracion General sobre Normas de Auditoria-1990) SAS-77 (Enmiendas a la Declaración de Normas de Auditoría No. 22, "Planeación y Supervisión," No. 59, "Consideración hecha por el Auditor de la Capacidad de la Empresa para Continuar como Negocio en Marcha", y No. 62, "Informes Especiales") SAS-79 (Enmiendas a la Declaración de Normas de Auditoria No. 58, Informes sobre Estados Financieros Auditados SAS-58 provee pautas para la preparación del informe estándar del auditor y modificaciones al informe estándar.
2 El informe estándar incluye un párrafo de introducción, uno de alcance y el párrafo de la opinión. El párrafo de introducción identifica los estados financieros y describe las responsabilidades básicas de la gerencia y del auditor en cuanto a estos. El párrafo del alcance provee un resumen descriptivo del proceso de la auditoría. El párrafo de la opinión contiene la opinión del auditor en cuanto a la presentación de los estados financieros. Las normas establecidas en SAS-58 eliminan a la violación de la uniformidad como justificación para la emisión de una opinión con salvedades (AU 508). SAS-26 define el sentido de la palabra "asociación" en relación con la frase "asociado con los estados financieros" (AU 504). SAS-32 proporciona pautas específicas para el cumplimiento de la tercera norma de informar (revelación adecuada). El auditor debe ampliar su informe para que incluya revelaciones informativas omitidas en los estados financieros, cuando se considera que tales revelaciones son esenciales para lograr una presentación razonable de los estados (AU 431). SAS-59 concierne al enfoque de auditoría a seguir para evaluar la capacidad de una entidad de continuar como negocio en marcha. Cuando el auditor concluye que hay serias dudas en cuanto a la continuación de una entidad, debe agregar al informe un párrafo al respecto luego del párrafo de la opinión. No obstante, la inclusión de este párrafo no da lugar a la emisión de un informe con salvedades (AU 341). SAS-8 establece las normas aplicables a la información incluida en un documento que contiene a los estados financieros auditados. Estas normas requieren que el auditor lea tal información con vista a identificar cualquier falta de concordancia con los estados financieros o inexactitudes importantes (AU 550). SAS-29 describe las responsabilidades que tiene el auditor por documentos por él entregados que incluyen los estados financieros auditados (AU 551).
3 SAS-64 indica la terminología que debe emplearse en ciertas situaciones especificas a informar (AU ). SAS-7". Prohíbe el uso de lenguaje "condicional" cuando en el informe se hace referencia al tema del negocio en marcha (AU ) SAS-79 modifica a SAS-58 al prohibir la emisión de un informe que hace referencia a incertidumbres (aparte de las relacionadas con el concepto del negocio en marcha) (AU ). Informe estándar del Auditor E) Formato del informe estándar es ordenado por las normas de informar presentadas a continuación (AU ): * El informe deberá indicar si los estados financieros están presentados de acuerdo a los principios de contabilidad generalmente aceptados. * El informe deberá identificar aquellas circunstancias en las cuales tales principios no se han observado uniformemente en el período corriente con relación al período precedente. * Las revelaciones informativas en los estados financieros deben considerarse razonablemente adecuadas, a menos que se indique de otro modo en el informe. El informe debe expresar una opinión con respecto a los estados financieros tomados como un todo, o una afirmación indicando que no se puede expresar una opinión. En SAS-58 (Informes sobre Estados Financieros Auditados) se indica que el informe estándar debe incluir lo siguiente (AU 508.0S): Un título que incluya la palabra "independiente". La declaración de que se auditaron los estados financieros mencionados en el informe.
4 La declaración de que los estados financiaros son responsabilidad de la gerencia del cliente y que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre tales estados basándose en su auditoría. La declaración de que la auditoría se condujo de conformidad con las normas de auditoria generalmente aceptadas. La declaración de que las normas de auditoría generalmente aceptadas requieren que el auditor planee y ejecute la auditoría para obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de inexactitudes importantes. La declaración de que la auditoria incluyó: El examen a base de pruebas selectivas de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros. La evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes hechas por la gerencia. La evaluación de la presentación de todos los estados financieros en general. La declaración de que el auditor cree que su auditoría proporciona una base razonable para su opinión. Una opinión acerca de si los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos importantes, la situación financiera del cliente a la fecha del balance general y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo del periodo terminado en la misma, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. La firma manual o impresa del auditor. La fecha del informe. El informe debe incluir un párrafo de introducción, el párrafo del índice y el párrafo de la opinión. En el párrafo de introducción, el auditor:(1) manifiesta que se realizó una auditoría y (2) describe la responsabilidad asumida por la gerencia del cliente y por él mismo en todos los estados financieros (AU508.08).
5 Si en el párrafo del alcance, el auditor indica que en la conducta de la auditoria se procedió de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas y describe brevemente a la auditoría. En la frase final de este párrafo, el auditor indica que la auditoría ha proporcionado una base razonable para la expresión de una opinión sobre los estados financieros (AU ; Si en el párrafo de la opinión, el auditor indica que los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes la operación financiera del cliente y los resultados de sus operaciones y flujos de efectivo. El auditor también indica que los estados financieros se presentan de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados; sin embargo, no se hace referencia a la uniformidad de la aplicación de tales principios (AU ). OBSERVACIÓN: El lector puede encontrar en SAS-69 un análisis del significado de "presenta razonablemente" (El Significado de "Presentan Razonablemente de Conformidad con principios de contabilidad Generalmente Aceptados en el informe del auditor independiente). SAS-69 se analiza en el capitulo 4 de esta obra, Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (AU 411). A continuación se presenta un ejemplo del informe del auditor (AU) Informe del Auditor Independiente Penney y Nichols, CPAs Beachwood Drive Centerville, New jersey ; Junta de Directores y Accionistas CompañíaX Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de
6 19XX y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoría. Realizamos nuestra auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoría para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La auditoría incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestra auditoria provee una base razonable para nuestra opinión. En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo para el año que terminó en esa fecha, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. [Fecha del Informe] [Firma] OBSERVACIÓN: Una Interpretación de Auditoria sobre los informes del auditor titulada "Referencia en el Informe Estándar del Auditor al Informe de la Gerencia" (enero 1989) señala que el informe del auditor no debe explayarse en cuanto a las responsabilidades de la gerencia en cuanto a la preparación de los estados financieros. Además, para dejar claro que el auditor solamente da seguridad por los estados financieros y evitar que los usuarios de estos piensen que el auditor también da seguridad por el informe de la gerencia, el informe del auditor no debe mencionar el informe de la gerencia (AU ).
7 La fecha del informe es la fecha del final de la ejecución del trabajo. Por lo general no es necesario realizar procedimientos de auditoría pasada la fecha del informe. El informe es firmado por un socio (o el propietario único) de la firma, lo que legalmente liga a la firma de contadores con las afirmaciones hechas en el informe (AU ). El informe del auditor puede ser dirigido al cliente, su junta directiva o sus accionistas. Para el cliente que no es una sociedad anónima, el informe puede dirigirse a los socios o a su único propietario, de ser este el caso. Cuando la auditoría se realiza por pedido de un tercero, que no es ni gerente ni propietario, el informe puede dirigirse a este tercero (AU508.09). El informe estándar que se ha venido describiendo en los párrafos anteriores se conoce también como el "informe sin salvedades." Cuando este informe se emite, SAS-69 indica que contiene las siguientes seguridades dadas por el auditor (AU ): * Los principios de contabilidad seleccionados por el cliente tienen aceptación general. * Los principios contables son apropiados para el cliente. * Las revelaciones, tales como las notas a los estados financieros, son adecuadas para permitir al usuario emplear, comprender e interpretar los estados financieros. * La información presentada en los estados financieros está clasificada y resumida razonablemente. * Los hechos y transacciones en que se basan los estados financieros están reflejados en estos. Asociación con Estados Financieros La cuarta norma de informar establece obligaciones bien claras para informar cuando se asocia al nombre de un auditor con los estados financieros. SAS-26 (Asociación con los Estados Financieros) describe el sentido de la palabra "asociación" cuando el cliente es una empresa cotizada en bolsa o no se cotiza en bolsa es auditada. Por otra parte, cuando se trata de una empresa ni cotizada en bolsa ni auditada los requisitos
8 de información que deben aplicarse se encuentran en las Declaraciones de Normas para Servicios de Contabilidad y Revisión (SSARS, Statemens of Standards for Accounting and Revíew Services). En los siguientes casos se dice que el nombre del auditor es asociado con los estados financieros: * El contador consiente al uso de su nombre en un informe o documento similar que incluye a los estados financieros. * El contador entrega al cliente o a terceros los estados financieros por él preparados, o en cuya preparación el ayudó. (No tiene importancia que su nombre no se revele en los estados financieros.) OBSERVACIÓN: En SAS-26 se hace referencia específica a los estados financieros y este pronunciamiento no es aplicable a información presentada en otro formato. Aunque en SAS-26 no se define a los estados financieros, en SAS-62 (Informes Especiales) se indica que los estados financieros incluyen información que se alega describe los activos y obligaciones de una empresa o el cambio, al paso del tiempo, en sus activos y obligaciones. Además, en SAS-62 se reconoce que los estados financieros pueden conformar con los PCGA o reflejar alguna otra base comprehensiva. Finalmente, en SAS-26 se indica no está dentro de su alcance la liquidación de impuestos preparada Únicamente para presentación a las autoridades impositivas (AU ; A ). MODIFICACIÓN DEL INFORME ESTÁNDAR DEL AUDITOR Una variedad de causas pueden llevar a modificar el informe estándar. Causas Relacionadas con la Contabilidad El tratamiento contable de algo no conforma con los PCGA; es decir, hay un
9 apartamiento de los PCGA (AU ). Hay un apartamiento de un principio de contabilidad promulgado por una entidad designada por AICPA para promulgar tales principios y el auditor concuerda con el apartamiento (AU ). La información revelada en los estados financieros no es razonablemente adecuada, en vista de lo requerido (AU ). Cambios Contables Hay falta de uniformidad. Se cambió el formato del estado de flujos de efectivo. No se aplicaron o revelaron apropiadamente los principios contables empleados para presentar la información sobre secciones de la empresa. Se cambió de un principio de contabilidad no aceptable a uno aceptable. Se corrigió un error. Se cambio de un principio de contabilidad aceptable a uno no aceptable. No se contabilizó apropiadamente un cambio de principio de contabilidad. La gerencia no justificó razonablemente el cambio de principio contable. Se hizo un cambio en una estimación contable. Se hizo un cambio de principio de contabilidad que es inseparable de un cambio en una estimación. Cambió la entidad que informa. Hubo un cambio causado por una combinación de intereses. Hubo un cambio producido por transacciones o hechos esencialmente diferentes. Hubo un cambio que puede tener en efectos importantes sobre estados financieros futuros (AU ).
10 Causas Relacionadas con el Alcance No se obtuvo evidencia suficiente (AU ). Hay otras limitaciones que afectan al alcance (AU ). La obligación de informar es limitada (por ejemplo, solamente se informara sobre el balance general) (AU ). Parte del trabajo fue realizado por otro auditor (AU ). Los estados financieros no son auditados (AU ). Causas; Relacionadas con la incertidumbre Hay incertidumbre en cuanto a la condición de negocio en marcha (AU ). Otras Causas Se da énfasis a un hecho, condición o transacción que afecta a los estados financieros (AU ). El auditor no es independiente con respecto a los estados financieros (A U ). En el documento que contiene los estados financieros auditados se presenta otra información y datos (AU ). En los estados financieros se presenta información suplementaria requerida (AU ). El auditor informa sobre revelaciones concernientes al valor (AU ). razonable Se presentan documentos entregados por el auditor que contienen información que acompaña a los estados financieros básicos (AU551.04). Hay una opinión parcial (prohibida) (AU ). Se dan seguridades negativas (AU ).
11 CAUSAS RELACIONADAS CON LA CONTABILIDAD Apartamiento de los PCGA Los principios de contabilidad generalmente aceptados abarcan tanto a los formalmente promulgados por escrito como a algunos no promulgados que se han impuesto por su uso generalizado. Cuando el cliente en la presentación de sus estados financieros se ha desviado de lo requerido por el principio contable correspondiente, el auditor tiene que decidir si su dictamen será sin salvedades ("limpio"), con salvedades, o si deberá emitir un dictamen adverso. La selección de la opinión apropiada depende de la importancia relativa del apartamiento, de sus efectos y del número de cuentas por él afectadas. Puede emitirse una opinión sin salvedades si el efecto del apartamiento no tiene importancia relativa en cuanto a la presentación razonable de los estados financieros. Si la desviación afecta la razonabilidad de los estados financieros, pero considerados en su totalidad puede confiarse en ellos, se emite una opinión con salvedades. Finalmente se emite una opinión adversa cuando el apartamiento es tan importante que ya no puede confiarse en los estados financieros (AU ). Cuando se emite una opinión adversa o con salvedades, se incluye un párrafo explicativo con explicaciones de la desviación ocurrida y de sus efectos, si estos pueden determinarse, sobre los estados financieros. Cuando se emite una opinión con salvedades, el párrafo de la opinión debe hacer mención del párrafo explicativo, según se ilustra a continuación (AU ): Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre 19XX y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoría. Realizamos nuestra auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoría para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La auditoría incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados
12 financieros. La auditoría también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestra auditoría provee una base razonable para nuestra opinión. Como se describió más ampliamente en la Nota 12 a los estados financieros, se presenta como un cargo extraordinario contra las utilidades de 19X5 una provisión neta registrada por pérdida de $800,000, después de su correspondiente efecto sobre el impuesto a la renta, en el abandono de cierta propiedad. En nuestra opinión, los principios de contabilidad generalmente aceptados requieren que se incluya el importe bruto de tal provisión en la determinación de la utilidad antes del impuesto a la renta y que el importe por acción ($75) de la provisión no se presente por separado en el estado de resultados. En nuestra opinión, a excepción del efecto del asunto mencionado en el párrafo anterior sobre el estado de resultados, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo para el año que terminó en esa fecha, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. Si el auditor concluye que debe emitirse una opinión adversa, se incluyen expresiones similares a las siguientes en el párrafo de la opinión (AU ). Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoría. Realizamos nuestra auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoría para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores
13 importantes. La auditoría incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros. La auditoría también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financiero en general. Creemos que nuestra auditoria provee una base razonable para nuestra opinión. Como se describió en la Nota 12 a los estados financieros, la Compañía contabiliza todas sus ventas según el método de las ventas a plazos para la contabilidad financiera y para su liquidación de impuestos. En nuestra opinión, los principios de contabilidad generalmente aceptados requieren que las ventas se registren sobre la base de acumulado con un pasivo correspondiente por impuestos diferidos. Como resultado de estos apartamientos de los principios de contabilidad generalmente aceptados, la utilidad bruta en ventas está sub valuada en $ y el gasto de impuesto está sub valuado en $14,222. El efecto total de estas desviaciones sobre las utilidades retenidas es $109,234 y en $1.42 de incremento de la utilidad por acción. En nuestra opinión, debido a los efectos del asunto mencionado en el párrafo anterior, los estados financieros antes mencionados no presentan razonablemente, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados, la situación financiera de la Compañía al 31 de diciembre de 19XX o los resultados de sus operaciones o sus flujos de efectivo para el año que terminó en esa techa. OBSERVACION: cuando resulta practico el auditor debería exponer información requerida por los PCGA que no han sido revelados por los estados financieros, a menos que según SAS sea apropiado dejar tal información fuera del informe del auditor Resultado práctico quiere decir que la información requerida puede obtenerse razonablemente de las cuentas y registros de la gerencia y que, al proveerla el auditor no asume el papel de preparador de ella el proceder indicado en el párrafo anterior también es aplicable a las situaciones en que el auditor emite un dictamen con salvedades o adverso debido a un apartamiento de los PCGA
14 no relacionado con la información a revelarse (AU 431). Cuando en la preparación de los estados financieros se violaron PCGA la naturaleza y efectos de este proceder pueden describirse en nota a tales estados. En este caso el párrafo adicional concerniente a la desviación de los PCGA puede contener una referencia a la nota correspondiente y no se necesita repetir lo expuesto en la nota. A continuación se presenta un ejemplo del párrafo agregado con referencia a nota (AU ). Como se describió mas ampliamente en la Nota 12 a los estados financieros la Compañía informa sobre sus ventas según el método de las ventas a plazo tanto para los estados financieros como en su liquidación de impuestos. En nuestra Opinión, los principios de contabilidad generalmente acepte requieren que las ventas se informe de acuerdo a la base contable de acumulaciones, acompañadas de la correspondiente partida de impuestos referidos El párrafo del dictamen (con salvedades o adverso) haría referencia a la desviación descripta en la explicación (AU y 69). OBSERVACIÓN: El auditor puede, mediante referencia a la nota apropiada de los estados financieros, incorporar en su informe la información expuesta en la nota; sin embargo, el auditor debe tener cuidado de no incorporar puntos asuntos incluido en la nota que no conforman con su dictamen. Por ejemplo, la nota puede contener una justificación del apartamiento de los PCGA (que no es apropiada o está errada. En casos como este, es aconsejable que el auditor no haga referencia a la nota que simplemente repita la información relevante en un párrafo explicativo. Apartamiento de los PCGA Promulgados Se denomina principios de contabilidad generalmente aceptados a una serie, promulgados o no por escrito, de principios contables y de métodos y procedimientos empleados para aplicarlos. La Regla 203 del código de Conducta Profesional indica (AU ):
15 Un socio no debe (1) expresar una opinión o declarar afirmativamente que los estados financieros o cualquier otra información financiera de una entidad están presentados de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados, o ( 2 ) declarar que el o ella no está consciente de que deberían hacerse modificaciones importarles a estos estados o información para que conformen con los principios de contabilidad generalmente aceptados, cuando los estados o información contienen cualquier apartamiento de un principio de contabilidad promulgado por Cuerpos designados por el Consejo para establecer tales principios, que tiene un efecto importante sobre tales estados o la información en conjunto. Sin embargo, cuando los estados o la información contiene un apartamiento, pero el socio puede demostrar que debido a circunstancias poco comunes los estados financieros habrían, de otro modo, sido engañosos, éste cumplirá con la regla describiendo la desviación, sus efectos aproximados, si resulta práctico y las razones: por las cuales el cumplimiento del principio habría resultado en un estado engañoso. El Consejo de AICPA ha designado a Financial Accounting Standards Board (FASSB) y a Governmental Accounting Standards Board (GASB) como cuerpos autorizados para promulgar principios de contabilidad generalmente aceptados para empresas comerciales y entidades gubernamentales, respectivamente. Cuando un principio de contabilidad es promulgado existe alguna probabilidad de que su interpretación estricta y su aplicación pueda, en ciertos casos, resultar en estados financieros que son engañosos para evitar estos desenlaces, la Regla 203 del Código de Conducta Profesional permite al cliente la opción de no aplicar el principio en cuestión. Si el auditor concuerda con el cliente, en cuanto a los resultados nocivos de la aplicación del principio en las circunstancias del caso, puede emitir una opinión sin salvedades. No obstante, debe incluir en el informe un párrafo explicando la naturaleza, el efecto y la razón de la desviación de la regla promulgada. No se modifican los párrafos de introducción, del alcance o de la opinión ni se incluye en esta última referencia al párrafo explicativo (AU ). OBSERVACION: Si bien la regla 203 es necesaria para permitir que exista cierta flexibilidad en la aplicación de los principios contables, su uso debe invocarse con gran cautela cuando se emplea esta regla el auditor en efecto
16 esta promulgando principios de contabilidad para el cliente y asumiendo un gran nivel de responsabilidad. Por consiguiente nos sorprende ver que esta regla ha sido usada en pocos casos en aceptación de desviaciones de principios contables. REVELACIONES INADECUADAS La tercera norma de informar indica que las revelaciones informativas en los estados financieros deben considerarse razonablemente adecuadas, a menos que se indique de otro modo en el informe del auditor. Se considera como revelaciones informativas a la forma y contenido de los estados financieros, todas las notas conexas, la terminología, la clasificación de las cuentas, los comentarios entre paréntesis y el grado de detalle de los estados y sus notas. Por lo general, debe evitarse abreviar tanto la información financiera que llegue a impedirse su comunicación. Por otra parte, tampoco debe comunicarse tanto detalle que pueda llegar a confundir al lector (AU ). Cambio Resultante de una Combinación de Intereses Cuando una combinación de negocios se contabiliza como una combinación de intereses se reexpresan los estados financieros de años anteriores (presentados con los del corriente) dando efecto a la suposición de que ambas empresas siempre habían sido una misma empresa. Como la compatibilidad se logra reexpresando los estados de ejercicios anteriores no hay violación del principio de la uniformidad y no se modifica el informe del auditor (AU ). Cuando dos o más entidades se fusionan en una combinación de intereses pero no se reexpresan los estados de ejercicios anteriores presentados con los del corriente y estos reflejan apropiadamente la combinación, el auditor debe modificar su informe señalando (1) la falta de uniformidad entre el año actual y los anteriores en la aplicación de los principios de contabilidad y (2) el apartamiento de los PCGA, lo que puede requerir una opinión con salvedades o adversa. Si los estados de años anteriores no se presentan acompañando a los del año de la combinación de intereses estos deben incluir las siguientes revelaciones:
17 Una descripción de la combinación de intereses. Los ingresos, partidas extraordinarias y utilidad neta de los años anteriores para las compañías fusionadas, presentados combinadamente. Si estas revelaciones no se incluyen con los estados del año corriente el informe del auditor deberá ser con salvedades. Además puede ser necesario agregar un párrafo concerniente a la falta de uniformidad, a menos que la información que se incluiría en tal párrafo ya se incluyo en el párrafo explicativo concerniente a la falta de revelación adecuada. Transacciones o hechos Esencialmente Diferentes Puede cambiarse de principio contable cuando algún hecho o transacción tiene un efecto importante sobre los estados financieros. En estos casos no se modifica el informe del auditor ya que un cambio de esta naturaleza no representa falta de uniformidad. Por ejemplo, una empresa puede llevar su contabilidad según la base de efectivo puesto que su efecto sobre los estados financieros carece de importancia, pero si en años posteriores las transacciones aumentan considerablemente puede ser necesario cambiar a la base de acumulado. Este cambio de base contable no se considera un cambio de principio contable (AU420.18). Además, tampoco se considera una violación del principio de la uniformidad cuando se cambia de principio contable porque se necesita contabilizar transacciones o hechos que son de naturaleza diferente para la empresa (AU ). Cambio que en el futuro puede tener un Efecto Importante Como ya se explicó anteriormente, no se modifica el informe del auditor cuándo el efecto de un cambio de principio contable no tiene importancia. Por lo contrario, si se espera que el cambio tendrá un efecto importante sobre estados financieros futuros esto debe revelarse adecuadamente en nota, pero no se necesita hacer referencia al cambio de principio en el informe del auditor del año corriente o de años futuros (AL ).
18 CAUSAS RELACIONADAS CON EL ALCANCE Insuficiencia de Evidencia Corroborativa Competente La tercera norma de ejecución del trabajo requiere que la opinión del auditor se base en suficiente evidencia competente. Existe una limitación al alcance cuando se carece de suficiente evidencia. En este caso, el auditor debe expresar una opinión con salvedades o denegar su opinión sobre los estados financieros. El límite al alcance puede ser resultado de las circunstancias del trabajo o de restricciones impuestas por el cliente. La importancia de la restricción depende del número de cuentas afectadas por la limitación y su impacto potencial sobre los estados financieros (AU 50S ). OBSERVACIÓN: SAS-58 indica que cuando el cliente impone restricciones importantes al alcance el auditor generalmente debe denegar su opinión en cuanto a los estados financieros (AU ) Cuando el auditor concluye que su opinión tendrá salvedades no modifica el párrafo de introducción, pero el párrafo del alcance se modifica haciendo referencia a la limitación al alcance detallada en el párrafo explicativo. En este párrafo se describe la naturaleza de la limitación y las cuentas afectadas. Como es el auditor y no el cliente quien tiene la responsabilidad de describir la limitación al alcance este cometido no puede cumplirse incluyendo en el informe del auditor una referencia a una nota de los estados financieros. Finalmente, el párrafo de la opinión debe referirse al párrafo explicativo como justificación de la salvedad y debe incluir las palabras a excepción de en la descripción de la salvedad. Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoria. A excepción de lo que se mencionará en el párrafo siguiente, realizamos nuestra
19 auditoria de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoria para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La auditoria incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestra auditoria provee una base razonable para nuestra opinión. No pudimos confirmar el saldo de $500,000 de las cuentas a cobrar al 31 de diciembre de 19X5. Estas cuentas son, principalmente, deudas de agencias del gobierno de los Estados Unidos. Además, no pudimos establecer la validez de estas cuentas a través de otros procedimientos. En nuestra opinión, a excepción del efecto del ajuste, si lo hubiere, que pudiere haber sido necesario si hubiéramos podido establecer la validez de las cuentas a cobrar, los estados financieros mencionados en el primer párrafo anterior presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo para el año que terminó en esa fecha, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Cuando la limitación al alcance requiere la denegación de opinión se emplea el siguiente formato para el informe del auditor (AU ): Fuimos contratados para auditar el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. La Compañía no efectuó un recuento de su inventario físico de mercancía tenida para la venta al 31 de diciembre de 19X4 o al 31 de diciembre de 19X5 y los importes del inventario presentados en los estados financieros adjuntos son $150,000 y $400,000, respectivamente.
20 Como la Compañía no efectuó un recuento de su inventario físico y no pudimos emplear otros procedimientos para satisfacemos en cuanto a los importes de los inventarios, el alcance de nuestro trabajo no fue suficiente para permitimos expresar una opinión sobre los estados financieros mencionados anteriormente y no la expresamos. Adicionalmente, se omite el párrafo del alcance pero se incluye un párrafo que describe la limitación al alcance. Si el auditor tiene conocimiento de desviaciones de los principios de contabilidad generalmente aceptados estas también se describen en párrafo aparte. El párrafo de la opinión incluye referencia al párrafo que describe la limitación al alcance y afirma que no se emite una opinión sobre los estados financieros (AU ). Como limitaciones al alcance típicas pueden mencionarse la incapacidad de (1) observar el recuento (conteo) del inventario, (2) confirmar partidas a cobrar, u (3) obtener estados financieros de otra empresa en la que el cliente es un inversionista. Cuando a través de otros procedimientos el auditor obtiene suficiente evidencia competente (por ejemplo, revisando las cobranzas posteriores cuando no se pudo confirmar las cuentas a cobrar), se considera que no existe limitación al alcance y se emite el informe de tres párrafos (sin salvedades) (AU ). OBSERVACIÓN: SAS-58 afirma que aunque se empleen otros procedimientos cuando el auditor no puede observar el recuento del inventario, "siempre será necesario que el auditor haga, u observe, algunos recuentos del inventario físico y aplique las pruebas apropiadas a las transacciones involucradas" (AU ). OBSERVACIÓN: Una Interpretación de Auditoria concerniente a la evidencia comprobatoria, titulada "El Efecto de la Incapacidad de obtener Evidencia Comprobatoria Relacionada con Acumulaciones del Impuesto a la Renta" (marzo 1981), requiere la denegación de opinión sobre los estados financieros si el cliente limita el acceso por parte del auditor tanto a los documentos que apoyan la acumulación del impuesto a la renta como al personal del cliente que tuvo la responsabilidad de prepararlos.
21 El auditor debe preparar papeles de trabajo sobre el impuesto a la renta. En caso de necesitarse, la evidencia comprobatoria puede tomar la forma de un memorando de acumulación del impuesto. El auditor debe emplear su celo profesional y calidad de experto en la obtención y examen de la información que respalda la acumulación del impuesto a la renta y no puede confiarse solamente en la opinión del asesor impositivo interno o externo del cliente (AU9326.0o-.17). Otras Limitaciones al Alcance Cuando se incluye información no auditada en notas a los estados financieros el enfoque adoptado para la auditoria depende de si la información es esencial para lograr una presentación razonable de los estados financieros en su totalidad. Si se considera esencial el auditor debe realizar procedimientos para establecer si su presentación es razonable. Si no pueden aplicarse estos procedimientos, será necesario emitir una opinión con salvedades o una denegación de opinión (AU ). Si la información no se considera esencial para la presentación razonable de los estados financieros, las revelaciones serán "identificadas como no auditadas o no cubiertas por el informe del auditor." Por otra parte, si la información se basa en hechos posteriores ocurridos con posterioridad a la finalización de la ejecución del trabajo pero con antelación a la emisión de los estados financieros, el auditor debe proceder le acuerdo a una de las siguientes posibilidades: Poner dos fechas en el informe. Ponerle la fecha del hecho subsecuente. Ampliar los procedimientos para evaluar todos los hechos posteriores ocurridos hasta esta más atrasada fecha del informe. En cualquiera de estas circunstancias, el auditor no puede aceptar que al hecho subsecuente se le rotule corno "no auditado" (AU ). Trabajos para Informar Limitadamente El auditor puede ser contratado para auditar uno o más de los estados financieros pero
22 no todos ellos. No se considera a este tipo de trabajo ' como una limitación al alcance de la auditoria. Se le conoce como un "trabajo para informar limitadamente." Desde luego, no existe limitación al alcance si no se le interponen restricciones al auditor en la ejecución de los procedimientos de auditoria considerados necesarios para el trabajo (AU ). En un trabajo de informe limitado se modifica el Informe del auditor, de modo que el único estado financiero mencionado es el auditado. A continuación se presenta un ejemplo de un informe limitado que solo concierne al balance general (AU 50S.48): Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de 19X5. Este estado financiero es responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre este estado financiero en base a nuestra auditoria. Realizamos nuestra auditoria de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoria para obtener seguridad razonable de que el balance general esta libre de errores importantes. La auditoria incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones del balance general. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación total del balance general. Creemos que nuestra auditoria provee una base razonable para nuestra opinión. En nuestra opinión, el balance general antes mencionado presenta razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX, de conformidad con principios ce contabilidad generalmente aceptados. En un trabajo para informar limitadamente, el auditor debe emplear procedimientos para establecer si los principios contables se aplicaron guardando uniformidad con el año anterior. En caso de falta de uniformidad se incluye un párrafo explicativo después de párrafo dé la opinión. No obstante se emite una opinión sin salvedades sobre los estados financieros (AU ).
23 Opinión Basada en el Informe de otro Auditor Un auditor puede informar sobre los estados financieros de una entidad consolidada o combinada, aunque él no auditó todas las compañías involucradas en el grupo. En situaciones como estas, el auditor debe decidir si necesitará hacer referencia a los informes de otros auditores. En el capítulo de esta obra titulado "Evidencia" se describe la "cantidad y tipo de evidencia requerida y los procedimientos de deberán seguirse para decidir si se hará referencia a otros auditores. Aquí solamente se describe, a continuación, el texto del informe del auditor :(AU ). El auditor principal no necesita modificar su informe concerniente a la entidad consolidada o combinada cuando decide no hacer referencia al informe de un colega. Sin embargo, debe considerar cuidadosamente cualquier modificación del informe del otro auditor que pueda tener la suficiente importancia relativa para tener que ser incorporada en su informe. El grado de importancia se establece en relación a los estados consolidados o combinados (AU y.15). Cuando se hace referencia al informe de otro auditor, en el párrafo de introducción se describe el alcance del trabajo realizado por el otro auditor. Esto se logra mediante referencias al porcentaje de ventas, utilidad neta, activo total, o cualquier otro indicador razonable de la magnitud del trabajo del otro en comparación con los estados del grupo. El párrafo de la opinión debe dejar constancia clara de que la opinión sobre los estados financieros globales se basa en los informes de los dos editores. Si el otro auditor explícitamente lo permite, su nombre puede ser revelado. La referencia al informe de otro auditor no constituye una salvedad en el informe del principal. La referencia se hace para indicar el grado de responsabilidad por el informe que asume cada auditor (AU ). A continuación se presenta un ejemplo de un informe que hace referencia al trabajo de otro auditor (AU ): Hemos auditado el balance general consolidado de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los correspondientes estados consolidados de resultados, de utilidades retenidas
24 y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoria. No examinamos los estados financieros de la Compañía Z, una subsidiaria consolidada cuyos estados reflejan un activo total e ingresos que constituyen el 15% y 12%, respectivamente, de los correspondientes totales consolidados. Esos estados fueron examinados por otros auditores cuyo informe se nos ha proporcionado y nuestra opinión, en lo que tiene relación con los importes incluidos para la Compañía Z, se basa exclusivamente en el informe de los otros auditores. Realizamos nuestra auditoria de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoria para obtener seguridad razonable de que los estados financieros son libres de errores importantes. La auditoria incluye el examen, en base a las selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelación de los estados financieros. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizadas y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evolución de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestra auditoria provee una base razonable para nuestra opinión. En nuestra opinión, basada en nuestra auditoria y el informe de otros auditores, los estados financieros consolidados antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo para el año termino en esa fecha, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. Auditor sucesor que informa sobre una combinación de intereses cuando una fusión de negocios se contabiliza como una combinación de intereses los estados financieros de los años anteriores presentados con los corrientes, emitidos después de la combinación, deben reexpresarse como si las entidades participes siempre hubieran estado combinadas. Con posterioridad a la combinación, puede ocurrir que se le solicite a un auditor que informe sobre los estados reexpresados (consolidados) de años anteriores pero este puede no haber auditado todos los estados comprendidos en la reexpresión. No obstante,
25 si auditó una porción suficiente de tales estados tiene ahora la capacidad de informar como auditor principal de los estados financieros de ejercicios anteriores reexpresados. En este caso, el auditor debe proceder; de acuerdo a los lineamientos descriptos anteriormente, en este capítulo, concernientes a la formación v expresión de una opinión basada en 1 el trabajo de otro auditor (AU ). En algunas circunstancias el auditor puede concluir que no le es posible conducirse como auditor principal de los estados financieros reexpresados. En tal caso, en SAS- 64 (Declaración General sobre, Normas de Auditoria ) se indica que el auditor puede emitir una opinión limitada a la combinación de los estados financieros de años anteriores. A continuación se presenta un ejemplo del párrafo adicional que puede agregarse al informe del auditor sobre los estados financieros del año corriente (AU ). Anteriormente auditamos el balance general consolidado, e informamos, al respecto, de la Compañía X a diciembre 31 de 19X5 v los correspondientes estados consolidados de resultados y de flujos de efectivo del año entonces terminado, antes de su reexpresión para la combinación de intereses de 19X5. La contribución, de la Compañía X y sus subsidiarias al activo total, a los ingresos y a la utilidad neta representaron 65%, 68% y 70% de los respectivos roles reexpresados. Los estados financieros separados de las otras compañías que se incluyeron en la reexpresión del balance general consolidado de los correspondientes estados consolidados de resultados y de flujos de efectivo fueron examinados por otros auditores, que informaron sobre todos por separado. También auditamos la combinación de los balances generales consolidados y los estados consolidados de resultados y de flujos de efectivo adjuntos del año terminado en diciembre 31 de 19X4, luego de su expresión por la combinación de intereses de 19X5. En nuestra opinión, los estados consolidados se combinaron apropiadamente de acuerdo a la descripción incluida en la Nota A de las notas a los estados financieros consolidados. Estados Financieros no Auditados Empresas Cotizadas en Bolsa Mientras que en SAS-58 se describe el formato de una denegación de opinión por limitaciones al alcance, en SAS-26 se describe el formato de una denegación
26 cuando no se auditaron los estados de una compañía cotizada en bolsa de valores*(au504.05). A continuación se presenta un ejemplo de denegación de opinión, que se emplean cuando no se auditaron los estados de una compañía cotizada en bolsa (AU ) El balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de 19X5 y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujo de efectivo del año entonces terminado no fueron auditados por nosotros y por lo tanto, no expresamos una opinión sobre ellos. CAUSAS RELACIONADAS CON LA INCERTIDUMBRE Incertidumbres no Relacionadas con el Negocio en Marcha En el curso de la preparación de los estados financieros el cliente debe analizar una serie de estimaciones relacionadas con la contabilidad ( estimaciones contables"), tales como la vida útil estimada de los activos depreciables, el importe de la provisión para cuentas por cobrar. Nota del traductor: A estas sociedades anónimas en los Estados Unidos se les llama empresas, compañías o entidades "públicas", ya que sus valores se venden en mercados abiertos al público inversionista general. Dudosas y la acumulación de una pérdida contingente. En la mayoría de los casos el auditor puede obtener suficiente evidencia comprobatoria para verificar la razonabilidad de estas estimaciones. En estos casos, el auditor emite su informe estándar, sin modificaciones. En FAS-5 (Contabilización de las Contingencias) se proveen normas de contabilidad y de informar concernientes a un tipo de incertidumbre, la contingencia de pérdida. Se define como contingencia de pérdida a "una condición, situación, o conjunto de circunstancias existentes que comprenden incertidumbre en cuanto, a una posible pérdida, por parte de una empresa, que finalmente se resolverá cuando, ocurran o no ocurran uno o mas hechos futuros''. Además, las contingencias de pérdida se clasifican de acuerdo a las siguientes categorías (AU 508.4S-.49):
27 Probable Es probable que ocurrirá el hecho o los hechos futuros. Razonablemente posible La posibilidad de que ocurra el hecho o futuros es más que remota pero menos que probable. hechos Remota La posibilidad de que ocurra el hecho o hechos futuros es muy menor. OBSERVACIÓN: FAS-5 no es aplicable a todas las incertidumbres: no obstante, es la única Declaración que provee lineamientos generales en cuanto a este tema, y puede emplearse como marco general de referencia al evaluar otras incertidumbres. En SOP 94-6 se proporcionan pautas adicionales (Revelación de Ciertos Riesgos e incertidumbres Importantes).
28 OBSERVACIÓN: Las normas establecidas en FAS-5 son muy subjetivas; es decir que su aplicación se ve seriamente afectada por el juicio profesional de las personas en ella involucradas. Algunos contadores opinan que, por lo general las empresas de negocios no informan adecuadamente en sus estados financieros sobre el impacto de las incertidumbres que les afectan. La posición adoptada por Auditing Standards Board coloca al auditor en la difícil postura de tener que decidir si se violaron principios de contabilidad o de informar basándose en estas normas de aplicación sumamente subjetiva. Antes de emitirse SAS- 79, el auditor podía emitir una opinión sin salvedades y, en el mismo informe, describir la incertidumbre (en ciertas circunstancias) en un párrafo explicativo. La nueva norma eliminó esta opción y obliga al auditor a concluir si se violaron o no se violaron los correspondientes principios de contabilidad y de presentación de información. Si hubo violación, se emite una opinión con salvedades o adversa. Bien puede ser que el electo causado por esta nueva norma sea que de su opinión justa. Incertidumbres Relacionadas con el Negocio en Marcha En SAS 59 (Consideración por el Auditor de la Capacidad de la Empresa para Continuar como Negocio en Marcha) se identifica una condición de incertidumbre singular, conocida como una duda importante, en cuanto a la capacidad de la empresa para continuar como un negocio en marcha. (El enfoque de auditoría diseñado para identificar circunstancias en que hay dudas importantes se describe en el capítulo titulado Evidencia ). Si el auditor concluye que hay dudas importantes en cuanto a la capacidad de la empresa para continuar como negocio en marcha, debe agregar un párrafo explicativo9 a su informe después del párrafo de la opinión. Según SAS 64, el párrafo explicativo incluye la frase duda importante en cuanto a su [la empresa] capacidad para continua como negocio en marcha, o terminología similar. Si se utiliza terminología similar, es obligatorio emplear las palabras duda importante y negocio en marcha en la frase. No se incluye referencia al párrafo explicativo en los párrafos de introducción, del alcance o de la opinión. Se emite un dictamen sin salvedades. A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo explicativo sobre duda importante (AU ). Los estados financieros adjuntos se prepararon suponiendo que la Compañía continuara como negocio en marcha. Como se describió en la Nota X a los estados financieros. Durante los últimos siete años la Compañía ha tenido pérdidas en sus operaciones, lo cual ha resultado en un déficit en su situación patrimonial. La situación de la compañía
29 y sus resultados. SAS 77 prohíbe el uso de lenguaje condicional cuando se presenta un párrafo explicativo sobre duda importante. Dos ejemplos de la terminología no aceptada por SAS 77 se presentan a continuación: Si la compañía continúa sufriendo pérdidas recurrentes en sus operaciones y continúa teniendo un déficit en su situación patrimonial, podría existir una duda importante en cuanto a su capacidad para continuar como negocio en marcha. La compañía no ha podido renegociar su convenio de crédito de renovación automática que está expirado. A menos que la Compañía consiga apoyo financiero, existe una duda importante en cuanto a su capacidad para continuar como negocio en marcha. El párrafo explicativo sobre la condición de negocio en marcha se continúa incluyendo en informes subsecuentes del auditor mientras que continúa existiendo una duda importante en cuanto a la capacidad del cliente para continuar como negocio en marcha. Una vez disipada ésta duda no se continúa incluyendo el párrafo explicativo en los informes de años anteriores en la que duda existía y originalmente se presentó el párrafo (AU ). Observación: En SAS 59 no se describen las condiciones relacionadas con la duda en cuanto a la capacidad de negocio en marcha de la empresa que puedan resultar en la denegación de opinión; sin embargo, la Declaración deja clara constancia de que nada en ella impide al auditor declinar la expresión en casos de incertidumbre. Con posterioridad a la emisión de u informe en que el auditor hace referencia una duda seria en cuanto a la capacidad de negocio en marcha, el cliente puede solicitar al auditor que vuelva a emitir su informe y elimine la referencia mencionada ya que, en la opinión del cliente, las circunstancias ahora ya no la justifican. La solicitud del cliente se considera como un nuevo trabajo para el auditor y éste no tiene la obligación de aceptarla. Si la acepta, el auditor debe considerar las circunstancias del caso en luz de la referencia al negocio en marcha y decidir si se justifica modificar su informe. La interpretación de auditoria, Eliminación en un informe que se vuelve a emitir de un Párrafo Explicativo Concerniente al Negocio en Marcha (agosto 1995), indica que el auditor no está obligado a volver a emitir su informe, sin embargo, si decide hacerlo debe realizar los siguientes procedimientos (AU ): Auditar el hecho o transacción en que se basó la solicitud de que se eliminará el párrafo sobre el negocio en marcha.
30 Realizar procedimientos relacionados con hechos posteriores según se describe en AU Considerar los factores relacionados con el concepto del negocio en marcha según se describe en AU Además de estos procedimientos, el auditor debe realizar cualquier otro procedimiento que parezca apropiado en la circunstancias del caso. Finalmente, basándose en los resultados de éstas actividades, el auditor debe volver a evaluar la situación del cliente como negocio en marcha. OTRAS CAUSAS Énfasis de un asunto. Si bien las normas y reglas de informar son muy detalladas, es difícil promulgar lineamientos que provocan la guía apropiada en todas las circunstancias posibles. Para permitir cierta flexibilidad en la preparación de informes, puede darse énfasis a algún asunto en el informe del auditor sin que esto constituya una salvedad. SAS 58 menciona los siguientes puntos como asuntos a los cuales se puede dar énfasis (AU ): La entidad sobre la que se está informando es parte de otra entidad. Ha habido transacciones importantes con una parte relacionada. Han tenido lugar un hecho posterior importante. La comparabilidad de los estados financieros ha sido afectada por el tratamiento contable de una transacción o hecho. Las normas de auditoria no indican donde debe colocarse el párrafo de énfasis cuando el auditor decide dar énfasis a un asunto, pero no permiten que se haga referencia a éste en los párrafos de introducción, del alcance o de la opinión. Además, debe emitirse una opinión sin salvedades. A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo explicativo que da énfasis a un asunto (AU ). La Compañía X, una subsidiaria cuyo único propietario es la Compañía Z, vende 15% de su producto a la Compañía Z. Como se describe más ampliamente en la Nota Y a los estados financieros, estas ventas entre compañías filiales se basan en los productos negociados entre ellas, que se aproximan a los precios del mercado existentes dentro de la industria.
31 Observación: Cuando el párrafo explicativo contiene más información que la correspondiente nota a los estados financieros, el auditor debería considerar si los estados financieros se prepararon de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados (puede existir revelación insuficiente). Informando cuando no se es independiente. La segunda norma general requiere que el auditor sea independiente. En el Código de Conducta Profesional se especifican muchas de las relaciones que deben evitarse para no deteriorar la independencia o dar lugar a la percepción por parte de otros de que se ha perdido independencia. El auditor que concluye que carece de independencia debe denegar su opinión. En tal caso no contiene párrafo introductorio, ni del alcance, ni explicativo. La denegación de opinión simplemente consiste en una declaración de que el auditor carece de independencia y que no se expresa una opinión sobre los estados financieros. No se describe la razón por la que se carece de independencia (AU ). A continuación se presenta un ejemplo de denegación de opinión por falta de independencia (AU ). No somos independientes con respecto a la Compañía X y el balance general adjunto de diciembre 31 de 19X5 y los correspondientes estados de resultados, utilidades retenidas y flujo de efectivo del año entonces terminado no fueron auditados por nosotros y, por lo tanto, no expresamos una opinión sobre ellos. El auditor que carece de independencia no puede emitir un informe de revisión para un cliente cuyas acciones no se cotizan en la bolsa. Puede emitir un informe de compilación si cumple con las normas establecidas en las Declaraciones de Normas para Servicios de Contabilidad y Revisión (Statemnts on Standards for Accounting and Review Services, o SSARS). Éstas normas se describen en el capitulo de ésta obra titulado Trabajos de Compilación y Revisión. Otros datos e información en un Documento que Incluye Estados Financieros Auditados. El informe del auditor puede presentarse como parte de un documento que contiene otra información. Por ejemplo, el informe anual de una compañía puede incluir un mensaje
32 de su principal funcionario y descripciones de las operaciones y planes para el futuro, así como una variedad de tablas y gráficos acompañados de explicaciones. En SAS 8 (otra Información en Documentos que Contienen Estados Financieros Auditados) se establecen las responsabilidades de revisar e informar del auditor independiente con respecto a otra información en (1) informes anuales enviados a tenedores de valores de la empresa, (2) informes anuales enviados a organizaciones de caridad o filantrópicas, (3) informes anuales presentados a la SEC en cumplimiento de la Ley de Intercambio de Valores de 1934, y (4) otros documentos revisados por el auditor a pedido del cliente. El auditor no está obligado a auditar esta otra información pero debe leerla para asegurarse de que no hay (1) falta de uniformidad importante o (2) una inexactitud importante cuando se la compara con la información presentada en los estados financieros (AU ). Para asegurarse de que no hay falta de uniformidad el auditor compara la otra información con la de los estados financieros. Por ejemplo, la carta del presidente puede hacer referencia a las ventas del año corriente y el auditor debe verificar que la cifra dada corresponde al importe revelado en resultados. Si descubre falta de uniformidad importante el auditor debe investigar cual es la información correcta. Si incluye que la otra información del cliente es la que está errada y éste rehúsa corregirla, el auditor debe escoger entre las siguientes posibilidades: (1) retirarse del trabajo, (2) prohibirle al cliente que incluya el dictamen en el documento, o (3) informar sobre la falta de uniformidad importante. Si escoge esta tercera posibilidad, debe describir la falta de uniformidad en un párrafo explicativo; sin embargo, el párrafo de la opinión no contiene salvedades ni referencias al párrafo explicativo. La lógica de este proceder es que la opinión del auditor se limita a la información que fue auditada de acuerdo con las normas de auditoria generalmente aceptadas (AU ). Es más fácil detectar la presencia de una inexactitud importante en los estados financieros porque comúnmente la otra información no es información de contabilidad y fuera de alcance de los conocimientos técnicos del auditor. En SAS 8 solamente se indica que debe emplearse el buen juicio profesional y que el auditor podría considerar (1) notificar al cliente, por escrito, de la presencia de la aparente inexactitud importante y (2) obtener asesoramiento legal en cuanto a que otros pasos deberían tomarse
33 (AU550.06). Observación: Aparentemente, SAS 8 padece de vaguedad en este tema de inexactitudes importante porque da énfasis a la pérdida limitada del auditor en cuanto a la otra información. Sin embargo, sin embargo el auditor descubre una inexactitud importante y el cliente rehúsa modificar la otra información y aún así el auditor emite su informe, podría convenirle al auditor emplear el formato para informar descripto para cuando se encuentra una falta de uniformidad importante. Información Suplementaria Requerida FASB y GASB tienen la autoridad para promulgar normas de informar que requieren que cierta información suplementaria se incluya con los estados financieros básicos. Mientras que las entidades afectadas tienen que presentar junto con sus estados financieros cierta información suplementaria, no hay requisito que obligue a que ésta información sea auditada (AU ). (Ciertos procedimientos limitados que deben aplicarse a la información suplementaria requerida se describen en el capítulo titulado Evidencia ). Excepto en las siguientes circunstancias, no debe agregarse al informe estándar del auditor un párrafo explicativo concerniente a la información suplementaria requerida (AU558.08): Se omite la información suplementaria requerida. La medición o presentación de la información suplementaria requerida se aparta de las pautas establecidas por FASB o GASB. El auditor no puede aplicar los procedimientos limitados a la información suplementaria requerida. El auditor tiene serias dudas en cuanto a si la información suplementaria requerida guarda conformidad con las pautas establecidas. Se omite información suplementaria Cuando se omite de los estados financieros la información suplementaria requerida por FASB o GASB debe incluirse un párrafo explicativo después del párrafo de la opinión. La [nombre de la compañía o entidad gubernamental] no ha presentado [descripción de la información suplementaria requerida por FASB o GASB] que [Financial Accounting Standards Board o Governmental Accounting Standards Board] determinó es necesaria
34 presentar como suplemento a los estados financieros, aunque no es parte requerida de estos. Desviación en la medición o presentación de información suplementaria requerida Cuando la información suplementaria requerida no se prepara o presenta de acuerdo a las guías establecidas, se agrega un párrafo explicativo al informe estándar. A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo explicativo apropiado cuando se omite información suplementaria requerida (AU558.08). La [se identifica específicamente la información suplementaria requerida] en la pagina XX no es parte requerida de los estados financieros básicos y no la auditamos ni expresamos un opinión sobre ella. Sin embargo, hemos aplicado ciertos procedimientos limitados que, consistieron en conducir averiguaciones con la gerencia en cuanto a los métodos de medición y presentación de la información suplementaria requerida. Como resultado de estos procedimientos, creemos que la [se identifica específicamente la información suplementaria requerida] no conforma con las guía establecidas por [Financial Accounting Standards Board o Governmental Acounting Standards Board] puesto que [describir las desviaciones importantes de las guías FASB o GASB] No se aplicaros procedimientos limitados a la información suplementaria requerida Cuando el auditor no puede o no se le permite aplicar procedimientos limitados a la información suplementaria requerida, se agrega un párrafo explicativo al informe estándar. A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo explicativo apropiado para esta situación (AU558.08): Aunque la auditoría no pudo explicar los procedimientos limitados puede haberse enterado de desviaciones o presentación de la información suplementaria requerida. Tales desviaciones deben describirse en un párrafo explicativo (AU558.08). Duda substancial en cuanto a la conformidad de información suplementaria requerida. Se agrega un párrafo explicativo al informe estándar cuando, a pesar de haber realizado procedimientos limitados, el auditor no puede eliminar sus dudas en cuanto a la medición o presentación de la información suplementaria requerida. A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo explicativo apropiado para esta situación: La [se identifica específicamente la información suplementaria requerida] en la página
35 XX no es parte requerida de los estados financieros básicos y no la auditamos ni expresamos una opinión sobre ella. Sin embargo, realizamos ciertos procedimientos mandados por las normas profesionales que dieron lugar a dudas importantes que no pudimos resolver concernientes a la necesidad de haber modificaciones a la información para que con las guías establecidas por [Financial Accounting Standards Board o Governmental Acounting Standards Board]. El auditor debe considerar incluir en el párrafo explicativo las razones por las que nos se pudieron resolver sus dudas. Observación: Una interpretación de auditoria concerniente a la asociación con estados financieros, Revelación en el Informe Anual de datos intermedios no Auditados del Cuarto Trimestre (noviembre 1979), declara que el auditor no está obligado a auditar información revelada del cuarto trimestre. Estas revelaciones no son esenciales parta la presentación razonable de los estados financieros anuales (AU ). Informando sobre Revelaciones de Valor Razonable. Algunas compañías pueden revelar solamente la información requerida por FAS 107, mientras que otras tal ves revelen también el valor razonable de activos y pasivos no requerido por FAS 107. Una Interpretación de Auditoria concerniente a SAS 57, Ejecución y Guía para la Presentación de Información Relacionada con Revelaciones sobre el Valor Razonable (febrero 1993), proporciona guías para la auditoría y presentación de información sobre el valor razonable (AU ). El auditor debe obtener evidencia suficiente para establecer los siguientes puntos: Los principios de valuación son aceptables. Los principios de valuación se aplican uniformemente y su aplicación se documenta adecuadamente. Se revelan adecuadamente los métodos de estimación empleados y las suposiciones significativas. Informando sobre información requerida Se emite un informe estándar sin referencia a las revelaciones sobre el valor presente cuando el cliente tan solo expone las revelaciones requeridas por FAS 107 y el auditor verificó el cumplimiento de los tres puntos anteriormente mencionados. Por otra parte, cuando el cliente omite las
36 revelaciones requeridas, el auditor debe considerar si modifica el informe estándar (salvedades u opinión adversa) en vista de la importancia relativa de la información omitida (AU ). Observación: La interpretación indica que puede ser apropiado ampliar el informe estándar agregando un párrafo de énfasis cuando el valor razonable se basa en las estimaciones de la gerencia y no precios cotizados en mercados. Informando sobre información requerida voluntaria Solamente cuando se cumplen las siguientes condiciones puede auditarse la información sobre valores razonables presentada voluntariamente (AU ). 1. Los criterios empleados para medir y revelar la información son razonables. Alcance general completo Cuando las revelaciones sobre el valor razonable (tanto las obligaciones como las voluntarias) abarcan a todas las partidas importantes del balance general, la Interpretación indica que el auditor debe ampliar su informe agregando el siguiente párrafo (AU ): También hemos auditado de conformidad con las normas de auditoria generalmente aceptadas el balance general suplementario, basado en el valor razonable de mercado de activos y pasivos de la Compañía X del 31 de Diciembre de 19X5. Como se describió en la Nota X, el balance general suplementario ha sido preparado por la gerencia para presentar información valida relevante, que no es provista por el balance general basado en el sitio histórico, y no pretende ser una presentación de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. El balance general complementario basado en el valor razonable tampoco pretende presentar el valor neto de realización, el valor de liquidación, o el valor de mercado de la Compañía X en total. Además, los importes finalmente realizados por la Compañía X al desposeerse de activos pueden tener diferencias importantes en los valores razonables presentados. En nuestra opinión el mencionado balance general suplementario basado en el valor razonable de mercado compone razonablemente, en todos los aspectos importantes, la información se revela, como se describió en la Nota X. Balance general incompleto La Interpretación indica que no se necesita incluir referencia en el informe del auditor a las revelaciones sobre valor razonable, cuando
37 estas se presentan en el cuerpo de los estados financieros o en las notas adjuntas y no incluyen a todas las partidas importantes del balance general. Por lo contrario, debe agregarse el párrafo presentado a continuación cuando las revelaciones se presentan en un anexo o tabla aparte (AU ): Nuestra auditoria se realizó con el propósito de formar una opinión sobre los estados financieros básicos considerados en conjunto. Las revelaciones sobre el valor razonable de mercado contenido en el Anexo X se presentan para facilitar el análisis adicional y no son parte requerida de los estados financieros básicos. A esta información se le han aplicado los procedimientos de auditoria empleados al realizar la auditoría de los estados financieros básicos y, en nuestra opinión, está presentada razonablemente, en todos los aspectos importantes, en relación con los estados financieros básicos considerados en conjunto. Informando cuando no se auditan las revelaciones Puede ocurrir que no se le solicita al auditor que audite las revelaciones sobre valor razonable voluntariamente o que no puede auditarlas porque no se satisfacen las condiciones anteriormente mencionadas. Cuando no se auditan las revelaciones sobre el valor razonable presentadas voluntariamente en un documento entregado por el auditor, y aparecen en el cuerpo de los estados financieros, o en las notas adjuntas o en un anexo a los estados financieros, debe indicarse que tales revelaciones no se auditaron y se agrega el siguiente párrafo al informe del auditor (AU ): Nuestra auditoria se realizó con el propósito de formar una opinión sobre los estados financieros básicos considerados en conjunto. Las revelaciones sobre el valor razonable de mercado contenido en el Anexo X se presentan para facilitar el análisis adicional y no son parte requerida de los estados financieros básicos. A esta información no se le han aplicado los procedimientos de auditoria empleados al realizar la auditoria de los estados financieros básicos y, en consecuencia, no expresamos opinión alguna sobre ella. Observación: Cuando las revelaciones sobre valor razonable son presentadas voluntariamente en un documento preparado por el cliente y la información se presenta en el cuerpo de los estados financieros, o en las notas adjuntas o en un anexo a los
38 estados financieros, debe indicarse que tales revelaciones no se auditaron. No es necesario denegar una opinión sobre esta información. Si la información no se presenta en el cuerpo de los estados financieros, o en las notas adjuntas o en un anexo a los estados financieros, el auditor debe leerla de conformidad con lo establecido en SAS 8 (Otra información en Documento que Contienen Estados financieros Auditados) (AU ). Documentos Entregados por el Auditor SAS 29 (Dictamen sobre Información que Acompaña a los estados Financieros Básicos en Documentos Preparados por el Auditor) reemplaza a las pautas profesionales que durante mucho tiempo se emplearon de los informes conocidos como informes de forma larga. Las especificaciones, SAS 29 se aplica cuando el auditor entrega documentos que contienen estados financieros y otra información. SAS 29 también tiene aplicación en el caso de estados financieros que se prepararon de acuerdo a una base de contabilidad que no se considera PCGA (AU551.01). Cuando resulta práctico, la información no expuesta adecuadamente en los estados financieros debe ser revelada por el auditor en un párrafo explicativo incluido en su informe, el cual deberá (1) incluir una salvedad o (2) una opinión adversa. Según SAS-32 (Revelación Adecuada de los Estados Financieros), resultar práctico quiere decir (1) que la información puede obtenerse de los registros de la gerencia y (2) que los esfuerzo del auditor para obtenerla no representan, en efecto, la preparación de los estados financieros. El auditor no debe preparar estados financieros ni cualquier otra información financiera como parte de su esfuerzo para presentar tal información en su informe. SAS 58 específicamente afirma que el auditor no está obliga a preparar y presentar un estado de flujos de efectivo cuando este estado ha sido omitido por el cliente. Sin embargo, el auditor debe incluir en su informe un párrafo explicativo que claramente indique que el cliente omitió el estado de flujos y que su inclusión es requerida por los PCGA. El informe del auditor no podrá ser sin salvedades. Además, como en todos los demás casos en que el auditor emite un dictamen con salvedades o un dictamen adverso, el párrafo de la opinión deberá incluir una referencia al párrafo explicativo (AU ). A continuación se presenta un ejemplo de un informe con salvedades por omisión del estado de flujos de efectivo (AU508.58).
39 Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de diciembre de 19X5 y los correspondientes estados de resultados y de utilidades retenidas del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estados financieros en base a nuestra auditoria. Realizamos nuestra auditoria de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planteemos y ejecutemos la auditoría para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La audición incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros. La auditoría también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestra auditoría provee una base razonable para nuestra opinión. La compañía no presentó un estado de flujos de efectivo para el año terminado el 31 de diciembre de 19X5. La presentación de tal estado resume las actividades operacionales, de inversión y financieras de la Compañía y es requerida por los principios de contabilidad generalmente aceptados. En nuestra opinión, a excepción de la omisión del estado de flujos de efectivo que ocasiona una presentación incompleta, como se explicó en el párrafo, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los resultados de sus para el año que terminó en esa fecha, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. Observación: La interpretación de auditoria concerniente al cumplimiento de los PCGA, El impacto sobre el informe del auditor de una declaración de FASB antes de la Facha de Vigencia de la Declaración (octubre 1979), afirma que es necesario evaluar lo adecuado de la revelación del cliente en cuanto al empleo de un principio contable que actualmente es aceptable pero dejará de serlo en el futuro de conformidad con la fecha de vigencia de una nueva Declaración de FASB que, en su aplicación inicial futura por el cliente, exigirá que éste reexprese sus estados financieros de años
40 anteriores (AU ). OBSERVACIÓN: Hay diferencia entre la responsabilidad del auditor de informar en el caso de documentos preparados por cliente (por ejemplo, en el caso de un informe anual) y de informar cuando el auditor mismo entrega los documentos (por ejemplo, un documento encuadernado con tapas que presentan el nombre de la finara de contadores públicos). En el caso de un documento preparado por el cliente, en al informe del auditor adjunto no se lince referencia a otra información (es decir, información presentada además de los estados financieros, de sus notas y de la información suplementaria requerida en el documento. Cuando el auditor entrega documentos que contienen los estados d e l c l i e n t e y e l informe del auditor, además de otra información, éste debe denegar su opinión sobre esta otra información, a menos que se le hubiere contratado para auditoria y lo haya realizado. Los documentos entregados por el auditor pueden contener información no perteneciente a los estados financieros; por ejemplo, datos estadísticos concernientes a índices de operaciones y tendencias, resúmenes de la historia financiera de la empresa, descripciones de los procedimientos de auditoría información que no es de naturaleza contable. El debe informar sobre esta información adicional, dejan do constancia clara de cual es tal información y declarando que no es una parte requerida de los estados financieros básicos y que se presenta como datos adicionales para beneficio del usuario del documento. También debe indicar que el propósito del examen fue formar una opinión sobre los estados financieros considerados en conjunto. Su opinión sobre la información adicional puede incorporarse al informe estándar o presentarse por separado en otra sección del documento por él entregado. A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo explicativo apropiado concerniente a información adicional presentada en un documento entregado por el auditor (AU ): Nuestra auditoría se realizó con el propósito de formar una opinión sobre los estados financiero, básicos considerados en conjunto. La información adjunta revelada en las páginas 14 a 16 se presenta para facilitar el análisis adicional y no es parte requerida de los estados financieros básicos. A esta información se le han aplicado los
41 procedimientos de auditoría empleados al realizar la auditoría de los estados financieros básicos y, en nuestra Opinión, está presentada razonablemente, en todos los aspectos importantes, en relación con los estados financieros básicos considerados en conjunto. Si el auditor concluye que la información adicional contiene inexactitudes importantes debe modificar su informe u oponerse a la presentación de la información en el documento por él entregado El documento entregado por el auditor puede contener información que no es de contabilidad y no puede ser verificada por el auditor. En este caso, debe emitirse una denegación de opinión. Por otra parte, los procedimientos de auditoría pueden considerarse como información adicional. Estos procedimientos deben ser separados de otra información y debe tenerse cuidado de que la información adicional no contradiga o de algún modo quite importancia al párrafo del alcance (Al) ). Los documentos entregados por el auditor pueden contener estados combinados o consolidados acompañados de información empleada al consolidarlos o combinados. Cuando esta información adicional no ha sido auditada por separado se indica en un párrafo explicativo (1) que el propósito de la auditoría fue formar una opinión sobre los estados financieros considerados en conjunto, (2) la información para preparar la consolidación se presenta como información adicional, y (3) la información para preparar la consolidación se presentó razonablement e en r elación con l o s estados f i n ancieros consolidados ( A U ). A continuación se presenta un ejemplo de un párrafo agregado al informe estándar del auditor concerniente a la información para preparar la consolidación o combinación que se incluyó en un documento emitido por el auditor (AU ): Nuestra auditoria se realizó con el propósito de formar una opinión sobre los estados financieros básicos considerados en conjunto. La información sobre la consolidación se presenta para facilitar el análisis adicional de los estados financieros
42 consolidado, y no pasa presentar la situación financiera, los resultados de las operaciones v los consolidada de efectivo de las compañías individuales. A la información consolidada se lo han aplicado los procedimientos de auditoría empleados al realizar la auditoria de los estados financieros consolidados y, en nuestra opinión, está presentada razonablemente, en todos los aspectos importantes, en relación con los e s tados financieros básicos considerados en conjunto. Cuando un documento entregado por el auditor incluye información suplementaria requerida por FASB o GASB y el trabajo no comprendio la auditoría de la información suplementaria el auditor de denegar una opinión sobre esta. A continuación se presenta un ejemplo de una denegación de opinión sobre información suplementaria en documento entregados por el auditor (AU ): La se identifica específicamente la información suplementaria requerida en la página XX no es parte requerida de los estados financieros básicos y es información Suplementaria requerida por (Financia] Accounting Standards Board o Govnmental Accountin Standards Board]. Hemos aplicado ciertos procedimientos limitados que, principalmente, consistieron en conducir averiguaciones, con la gerencia en cuanto a los métodos de medición y presentación de la información suplementaria. Sin embargo, no auditamos esta información y no expresamos una opinión sobre ella. En cualquiera de los siguientes casos se agrega al informe del auditor un párrafo explicativo concerniente a la información suplementaria requerida incluida en un documento entregado por el auditor (AU ): ' Se omite información suplementaria requerida. La medición o presentación de la información suplementaria requerida se desvía de las pautas establecidas por FASB o GASB. El auditor no puede aplicar procedimientos limitados a la información suplementaria requerida. El auditor tiene dudas importantes relativas al grado en que la información
43 suplementaria requerida conforma con las pautas establecidas. En estos casos se agrega al informe del auditor un párrafo explicativo similar los presentados en la sección de este capítulo titulada Información Suplementaria Requerida. Opiniones Parciales Cuando se emite una opinión adversa o una denegación de opinión el auditor no puede expresar su opinión sobre alguna porción de los estados financieros (AU508.73). Seguridad Negativa Cuando se emite una denegación de opinión esta no puede ser contradecida por la expresión de una seguridad negativa sobre los estados financieros. U expresión de una seguridad negativa afirma que durante el trabajo no se descubrió algo que indique que los estados financieros no conforman con los PCGA, lo cual implica que los estados financieros conforman con los PCGA y esto no conforma con la denegación de opinión. INFORMANDO SOBRE ESTADOS FINANCIEROS COMPARADOS, La mayoría de los estados financieros se presentan en forma comparativa (se incluyen los estados financieros del corriente ejercicio junto a los de ejercicios anteriores para facilitar la comparación). En SAS-58 se requiere que el auditor "continuante" informe sobre los estados financieros de ejercicios anteriores presentados con los del año corriente o, si se cambió de auditor para la auditoría del año co r riente, que lo haga el auditor predecesor. Cuando todos los estados f i nancieros presentados fueron auditados por el mismo auditor, los párrafos de introducción, del alcance y de la opinión se refieren a, e informan sobre, todos los estados financiero. Simplemente se sustituyen el plural por el singular donde corresponde, haciendo entonces referencia a balances g e n é r a l e s, y e s t a d o s d e f l u j o d e e f e c t i v o. A c o n tinuación se presenta un ejemplo de un informe de audi t or que cubre la presentación comparativa de estados f i nancieros para dos años (AL ):
44 Hemos auditado los balances generales adjuntos de la Compañía X al 31 de diciembre de 19X5 y 19X4 y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo de los años entonces terminados. Estos estados financieros son responsabilidad de 1a gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoría. Realizamos nuestra auditoría de acuerdo a las normas de auditoría generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoria para obtener razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La auditoría incluye el examen, en base a pruebas selectivas, tic la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestras auditorias proveen una base razonable para nuestra opinión. En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la compañía X al 31 de diciembre de 19x5 y 19x4 y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo para los años terminados en esas fechas, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. Si uno o más de los estados financieros de la presentación comparativa requiere la modificación del informe del auditor, este debe proseguir de acuerdo de acuerdo a las pautas establecidas en la sección esta GUIA dedicada a la modificación del informe. Por ejemplo, mientras que los estados financieros del año anterior se presentan de conformidad con los PCGA los del año corriente no conforman con estos principios. En tal situación, (1) el párrafo de introducción hace referencia a los estados financieros de ambos años, (2) se agrega un párrafo explicativo que escribe la desviación de los PCGA refleja por los estados financieros del ejercicio corriente y (3) el párrafo de dictamen contiene una opinión sin salvedades respecto a los estados financieros del año anterior y una opinión de salvedades sobre los estados financieros del año corriente (con referencia al párrafo explicativo) (AU508.76).
45 A continuación se presenta un ejemplo de un informe con opiniones diferentes sobre estados financieros en una presentación comparativa (AU508.76). Hemos utilizado los balances generales adjuntados de la Compañía X al 31 de diciembre de 19x5 y 19x4 y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo de los años entonces terminados. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoría. Realizamos nuestras auditorias de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas. Estas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoria para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La auditoria incluye el examen, en base a pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y relevaciones de los estados financieros. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestras auditorias proveen una base razonable para nuestra opinión. Como se describió mas ampliamente en la Nota 7 a los estados financieros, en el estado de resultados de 19x4 se incluye una perdida extraordinaria de $14, 000,000, neta del correspondiente efecto del impuesto a la renta, por abandono de equipos. En nuestra opinión, los principios de contabilidad generalmente aceptados requieren que el importante bruto de esta perdida sea parte de la utilidad en operaciones antes del impuesto a la renta y que el importe de la perdida por acción no se presente por separado en el estado de resultados. En nuestra opinión, a excepción de los efectos del asunto mencionado en el párrafo anterior sobre el estado de resultados de 19x4, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de diciembre de 19x5 y 19x4 y los resultados de sus
46 operaciones y sus flujos de efectivo para los años terminados en esas fechas de conformidad con principios de contabilidad general aceptados. En este ejemplo la opinión del auditor sobre los estados financieros del año anterior es con salvedad por una desviación de los principios de contabilidad pero la opinión sobre los estados del año corriente es sin salvedad. OPINIÓN ACTUALIZADA DIFERENTE A LA OPINIÓN ANTERIOR Cuando un auditor continuamente su opinión previa sobre el estado financiero de un año anterior se dice que la actualización el informe. Esto implica que el auditor ha considerado la propiedad de la opinión anterior en la del trabajo corriente. Tiene que cerciorarse de que la opinión continua siendo apropiada para los estados financieros sobre los que se emitió. Si concluye que sigue siendo apropiada para informar deba aplicar las pautas descriptivas en este capitulo concernientes a los estados comparativos (AU ) Si el auditor cree que su opinión previa ya no es apropiada debe agregar un párrafo explicativo a su informe corriente (que abarca ambos años), describiendo porque esta emitido una opinión diferente sobre los estados anteriores: en este párrafo explicativo revela (1) que la opinión actualizada diferente de la original, (2) la razón de la modificaron, (3) el tipo de opinión previamente emitida y (4) la fecha de su informe de auditoria previo. Si la opinión anterior modificada no es sin salvedades, el informe corriente debe incluir un párrafo explicativo adicional describiendo diferentes encontrada (AU508.78) Cuando se agrega un párrafo explicativo por modificación de una opinión previamente emitida, los párrafos de introducción de alcance y de la opinión no mencionada el párrafo explicativo y es expresada una opinión sin salvedades sobre ambos estados financieros (suponiendo que la circunstancia justifica la emisión de dictámenes sin salvedades en ambos casos). A continuación se presenta un ejemplo del párrafo explicativo apropiado (AU ); En nuestro informe con fecha de 18 de febrero de 19x5, expresado nuestra opinión de que el estado de resultado de 19x4 no presentaba razonable mente los resultados de la
47 operación, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados, porque se había presentado como extraordinaria una pérdida neta por abandono de equipos en 19X4. Como se describió en.la nota X, de la Compañía ha cambiado su presentación de la pérfida neta modificando el estado de resultados de 19X4 de manera que este será conforma con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Por consiguiente, nuestra opinión corriente sobre los estados financieros de 19X4, como se presenta aquí, es diferente a la expresada en nuestro informe previo. Informe de Auditor Predecesor En la mayoría de los casos, el auditor predecesor podrá volver a emitir su informe. La "reemisión" del informe es diferente a su actualización, en que al auditor predecesor no puede considerar su opinión en haz del trabajo del año corriente. No obstante, antes de firmar su informe, el predecesor debe (1) leer los estados financieros de ambos años y acompañarlos y (2) obtener una carta de manifestaciones escrita por el auditor sucesor. Esta carta debe indicar si las condiciones corrientes tienen algún efecto sobre la opinión del año anterior. Cuando, basándose en estos procedimientos limitados, el auditor predecesor concluyera la-opinión anterior continúa siendo apropiada y vuelve a emitir su informe del año anterior sin cambios, incluso la fecha es la misma del año anterior. Por lo contrario, si concluye que la opinión anterior va no es apropiada el auditor puede emitir un informe modificado. Debe describir claramente en un párrafo explicativo el tipo de opinión originalmente emitido y las razones del cambio. Este informe debe tener fecha doble, la fecha del informe original y la del informe modificado, debe emplearse terminología tal como la siguiente para este propósito: "3 de marzo de 19X5, a excepción de la Nota 12 para la cual la fecha es el 26- de febrero de 19X6" (es importante recordar que el auditor es.responsable por los efectos importantes que sobre su informe puedan tener los hechos posteriores ocurridos hasta la fecha del informe.) :(AU 508.S0-.S2). Cuando en la presentación de los estados financieros Comparativos se omite el informe del auditor predecesor, el sucesor debe modificar el párrafo introductorio de su informe. Este párrafo debe indicar que los estados: financieros del año anterior fueron auditados
48 por otro auditor y debe describir el tipo de dictamen que este emitió y la fecha de su informe- Además, si el informe del predecesor no fue sin salvedades también debe explicarse en el párrafo introductorio del informe corriente la razón por la que se emitió tal dictamen. El párrafo de la opinión en el informe del sucesor solamente hace referencia a los estados financieros del año corriente (AU ). OBSERVACIÓN: Según las normas establecidas en SAS- 70 el informe del sucesor no debe hacer referencia a un párrafo explicativo sobre incertidumbre incluida en el informe del predecesor. A continuación se presenta un ejemplo del informe de un auditor sucesor en el cual no se incluye el informe del predecesor (AU 50S.83): Hemos auditado el balance general adjunto de la Compañía X al 31 de Diciembre de 19X5 y los correspondientes estados de resultados, de utilidades retenidas y de flujos de efectivo del año entonces terminado. Estos estados financieros son responsabilidad de la gerencia de la Compañía. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros en base a nuestra auditoria. Los estados financieros de la Compañía X al 31 de diciembre de 19X4 fueron examinados por otros auditores cuyo informe, con fecha del 18 de febrero de 19X5, expresó una opinión sin salvedades sobre tales estados financieros. Realizamos nuestra auditoria de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas. Esas normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoria para obtener seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores importantes. La auditoria incluye el examen, en base a productivas selectivas, de la evidencia que soporta las criticas y revelaciones de los estados financieros. La auditoria también incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y de las estimaciones importantes efectuadas por la gerencia, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en general. Creemos que nuestra auditoria provee una base razonable para nuestra opinión.
49 En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Compañía X al 31 de diciembre de 19XX y los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo para el año que terminó en esa fecha, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. OBSERVACIÓN: Se prohíbe hacer referencia al nombre del auditor predecesor en el informe del sucesor, excepto cuando la firma del predecesor fue adquirido 'por el sucesor o se fusionó con la de éste (AU ). Cuando se han re expresando los estados financieros del año anterior, el párrafo introductoria del informe del auditor sucesor debe indicar el predecesor informó sobre los estados financieros del año anterior antes de que se re expresaran. Cuando, el auditor sucesor ha sido contratado para examinar loa ajustes para la reexpresión y ha aplicado suficiente procedimientos para determinar que tales ajustes son apropiados, puede agregar el siguiente párrafo a su informe (AU ). También auditamos los ajustes descriptos en la cuenta X aplicados para reexpresar los estados financieros de 19X4- En nuestra opinión, estos ajustes son apropiados y se aplicaron apropiadamente. Informando cuando el Auditor Predecesor ha Cesado sus Operaciones El proceso de informar se complica cuando los estados financieros de un período anterior fueron examinados por un auditor predecesor que ha cesado sus operaciones. En 1991, la Audiring Standard División (División de Normas de Auditoria) de AICPA presentó pautas para aplicar en el caso, publicándolas en una Notificación a los Practicantes titulada "Consideraciones de Auditoría, Revisión y Compilación Cuandoun Contador Predecesor ha Cesado sus Operaciones. OBSERVACIÓN: Una Notificación a los Practicantes constituye una guía no autorizada, preparada par personal de AICPA en consulta con miembros de Audifing Standard Board (junta de Normas de Auditoría). Los Notificaciones generalmente se publican en la "Carta al CPA". Las Notificaciones a los Practicantes no son aprobadas, desaprobadas,- o de algún modo procesadas por los Principales comités técnicos de
50 AICPA. Informes sobre estados financieros auditados presentados con estados financieros de períodos anteriores examinados por un auditor predecesor que ha cesado sus operaciones. Cuando los estados financieros de un período anterior fueron examinados por un auditor predecesor que ha cesado sus operaciones, la obligación de informar que tiene el, auditor depende de (1) si se re expresaron los estados financieros. (2) los estados financieros se presentaron a la SEC. Cuando los estados financieros de período anterior no han sido re expresados debe agregarse lo siguiente al párrafo introductorio del informe o el sucesor: Declarar que los estados financieros de período anterior fueron auditados por otro contador que ha cesado sus operaciones. Revelar la fecha del informe de auditoria del contador predecesor. Revelar el tipo de informe emitido por el contador predecesor. Explicar la modificación del informe del predecesor, cuando tal informe no fue de tipo estándar. En el informe del sucesor no se hace referencia al nombre del predecesor. La información descrita en los párrafos anteriores se incluye en el párrafo introductorio del informe del sucesor aun cuando el informe del predecesor se vuelve a imprimir y se presenta con el informe del auditor actual. Volver a imprimir un informe no es lo mismo que volver a emitir un informe. Cuando se re expresan los estados financieros de períodos anteriores se agrega al párrafo introductorio, del informe del sucesor, la misma información que se agrega cuando no se re expresan los estados anteriores y, además, se manifiesta que el predecesor presentó su informe de auditoria sobre ellos antes de que se re expresaran.
51 Cuando el trabajo del sucesor abarca los ajustes de reexpresión de los estados anteriores, puede agregarse el siguiente párrafo a su informe: También quitamos los ajustes descritos en la Nota X que se aplicaron. Para expresar los estados financieros de 19X1. En nuestra opinión, tales ajustes son apropiados y se aplicaron apropiadamente. Un auditor sucesor puede creer que los estados financieros auditados por su predecesor contienen errores importantes. En este caso, el sucesor debe informar a la gerencia al respectó y solicitar que ésta determine si los estados financieros padecen de errores importantes. Como parte de su investigación, puede convenirle a la gerencia ventilar el asunto con el contador predecesor que estuvo a cargo del trabajo. Cuando la gerencia concluye que los estados financieros contienen ' errores importantes debe comunicar tal información a las personas a cargo de finalizar las operaciones del predecesor. Por su parte, el sucesor debe considerar si la gerencia debería tomar medidas para que en el futuro nadie deposite su confianza en los estados erróneos. Si la respuesta de la gerencia no satisface al auditor sucesor, éste debe informar al comité de auditoría las autoridades similares respecto a este asunto. Cuando el comité de auditoría no responde apropiadamente, el contador sucesor debe considerar retirarse del trabajo. Además, debería obtener asesoría legal al decidir las medidas que tomará. OBSERVACIÓN: Al seleccionar los procedimiento a aplicarse según la auditoria para establecer la propiedad de los ajustes de reexpresión, el auditor sucesor debe reconocer que no le será posible al predecesor cumplir con las guías promulgadas en la Sección 561 de SAS-1 (Descubrimiento Subsecuente de hechos existentes del Informe del Auditor) Cuando el sucesor no realiza procedimientos suficientes para establecer la razonabilidad de los ajustes de reexpresión, estos deben presentarse como "no auditados" en las notas a los estados financieros. Cuando los estados financieros de períodos anteriores se presenta la SEC, el párrafo de introducción del informe del auditor susecesor debe
52 ampliarse como se describió anteriormente. Se vuelve a oprimir el informe del predecesor, pero en lugar de su firma se presenta una manifestación similar a la siguiente: La opinión que se presenta más abajo es una copia del informe emitido por el Auditor independiente previo de la Compañía [revelar nombre de la firma de Auditores]. Esta firma ya no ofrece servicios de auditoría y contabilidad. Cuando es apropiado, este párrafo debe ampliarse indicando que la anterior firma ha iniciado acción legal para protegerse de sus acreedores bajo el Código de Quiebra y se revela la fecha de inicio de tal juicio. Informes sobre estados financieros auditados de una empresa que no cotiza en bolsa, presentados con estados financieros de períodos anteriores compilados o revisados por un contador predecesor que ha dejado sus operaciones. Cuando los estados financieros de un periodo anterior fueron compilados o revisados por un contador predecesor que ha cesado sus operaciones y esos estados financieros se presentan tan los auditados del año corriente, el formato del informe del auditor o (sucesor) depende de si se re expresaron los estados financieros anteriores. Estados Financieros Anteriores Revisados Los estados financieros de 19X5 fueron revisados por otros contadores que han cesado sus operaciones y cuyo informe correspondiente, fechado a 12 de febrero de 19X6, declaró que ellos no se habían enterado de ninguna modificación importante que debía hacerse a esos estados financieros para que guardaran conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Sin embargo, en su alcance una revisión es substancialmente menor que una auditoría y no provee una base para la expresión de una opinión sobre los estados financieros considerados en conjunto. Cuando los informes de períodos anteriores eran de otro tipo que los de compilación y revisión los párrafos del ejemplo se amplían para describir la base de la modificación. Cuando se reexpresaron los informes de períodos anteriores estos deben ser compilados,
53 revisados o auditados y es necesario emitir el informe correspondiente. Un auditor sucesor puede creer que los estados financieros compilados o revisado; por un contador predecesor contienen errores importantes. En este caso, el sucesor debe informar a la gerencia al respecto y solicitar que ésta determine si los estados financieros padecen de errores importantes. Como parte de su investigación, puede convenirle a la gerencia ventilar el asunto con el contador predecesor que estuvo a cargo del trabajo. Cuando la gerencia concluye que los estados financieros contienen errores importantes debe comunicar tal información a las personas a cargo de finalizar las operaciones del predecesor. Por su parte, el sucesor debe considerar si la gerencia debería tomar medidas para que en el futuro nadie deposite su confianza en los estados erróneos. Si la respuesta de la gerencia no satisface al auditor sucesor, éste debe informar al comité de auditoría lo autoridades similares) respecto a este asunto. Cuando el comité de auditoría no responde apropiadamente, el contador sucesor debe considerar retirarse del trabajo. Demás, debería obtener asesoría legal al decidir las medidas que tomará. Informes sobre estados financieros compilados o revisados presentados con estados financieros de períodos anteriores compilados, revisados o auditados por un contador predecesor que ha cesado sus Operaciones. Cuando los estados financieros de un período anterior fueron compilados, revisados o auditados por un contador predecesor que ha cesado sus operaciones y esos estado financieros se presentan con los compilados o revisados del año corriente, el formato del informe del gritador sucesor depende de si se reexpresaron los estados financieros anteriores. Si no se reexpresaron, el sucesor agrega en su informe un párrafo similar alguno de los siguientes: Estados Financieros Anteriores Compilados Los estados financieros de 19X5 fueron compilados por obvios contadores que han cesado sus operaciones y su informe correspondiente, fechado a 12 de febrero de 19X6, declaró que ellos no expresaron opinión ni dieron otra forma de seguridad sobre ellos. Estados Financieros -Anteriores Revisados
54 Los estados financieros de 19X5 fueron revisados por otros contadores que han cesado sus operaciones y cuyo informe correspondiente, fechado a 12 de, febrero de 19X6, declaró que ellos no se habían enterado de ninguna modificación importante que debía hacerse a esos estados financieros para que guardaran conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Si los estados anteriores fueron auditados pero no se han re expresado, el contador sucesor debe agregar un párrafo similar al siguiente en su informe: Los estados financieros del año terminado el 31 de diciembre de 19X5 fueron auditados por otros contadores que han cesado sus operaciones y ellos expresaron una opinión sin salvedades sobre tales estados en su informe fechado a 12 ce febrero de 19X6, pero no realizaron ningún procedimiento de auditoria a partir de esa fecha. Cuando los informes de períodos anteriores no habían sido sin salvedades el párrafo anterior se amplía para describir la base de la modificación. Si se reexpresaron los estados financieros de ejercicios anteriores, estos estados deben ser compilados, revisados o auditados y el contador sucesor debe emitir el informe correspondiente.
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