Dirección de Obras Municipales
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- Daniel Ortiz de Zárate Salas
- hace 6 años
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1 Dirección de Obras Municipales A.- DEPENDENCIA Y ESTRUCTURA ARTÍCULO 48.- La Dirección de Obras Municipales depende del Alcalde o Alcaldesa a través del o la Administrador/a Municipal y estará a cargo de una o un Director de Obras Municipales. Lo anterior, sin perjuicio de que técnicamente, en lo referente a la aplicación de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General, la actuación del Director de Obras Municipales se supedita al Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Dependerán de la Dirección de Obras Municipales las Subdirecciones de Permisos de Edificación, de Pavimentación y de Construcción, así como los Departamentos de Documentación Técnica y de Urbanismo B.- OBJETIVO ARTÍCULO 49.- La Dirección de Obras Municipales tendrá como objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las edificaciones en el territorio comunal. C.- FUNCIONES ARTÍCULO 50.- La Dirección de Obras Municipales tendrá por función general velar por el cumplimiento de las disposiciones del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto tendrá las siguientes atribuciones específicas: a) Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y loteos de predios urbanos; b) Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción, en general, que se efectúen en la comuna; c) Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como las ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos; d) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción; e) Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso; f) Realizar tareas de inspección sobre las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales técnicas que la rijan; g) Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental; h) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna; i) Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad comunal; la construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias y la prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia;
2 j) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna; y k) Otorgamiento de permisos de obras nuevas de edificación y urbanización y regularización de obras existentes; SUBDIRECCIONES SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLANIFICACIÓN ARTÍCULO 51.- SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLANIFICACIÓN La Subdirección de Información y Planificación tiene por misión la interpretación de las normas técnicas de carácter urbano que intervienen en los procesos de la Dirección de Obras Municipales y que están establecidas en los Instrumentos de Planificación Territorial vigentes. Para ellos requiere cumplir las siguientes funciones específicas: proveer de información técnico-urbanística a los contribuyentes y a las diferentes unidades municipales que lo requieran, y mantener y organizar la información que registra la Dirección de Obras Municipales, referida a la evolución, haber físico y desarrollo urbano de la comuna. DEPARTAMENTO DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA a) Mantener el archivo histórico de la Dirección de Obras Municipales comprendido por expedientes aprobados en esta Dirección, atención de público en general y funcionarios municipales; así como también, llevar el control de préstamos de expedientes técnicos y ser contraparte de la empresa externa encargada del resguardo de los documentos; b) Confeccionar y actualizar el catastro de las obras de urbanización y edificación de la comuna; c) Entregar documentos de Afectación de Utilidad Pública, Certificados de Informes Previos y Preexistencia de Construcciones; d) Realizar tasaciones para efectos de expropiaciones y adquisición para el municipio o venta de propiedades municipales; y a aquellos que se acojan al Art. 121 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; y e) Proporcionar Aclaración de Número de Domicilio, de Aclaración de Nombre de Calle, de Numeración Masiva para Edificios, Viviendas Sociales y de Naturaleza Jurídica de pasajes o bienes nacionales de uso público, de Localización y de Modificación de Planchetas Catastrales; como también, informes varios relacionados con la historia de la comuna. DEPARTAMENTO DE URBANISMO a) Elaboración de solicitudes de prefactibilidad de instalación de actividades productivas, Informes Sanitarios (SEREMISALUD) y factibilidad de instalación
3 almacenamiento de cilindros de gas, respecto a la Ordenanza del Regulador Comunal de Santiago Vigente; Plan b) Revisión y aprobación de proyectos de obras de urbanización y garantías de urbanización; c) Revisión y aprobación de obras de urbanización solicitadas en los Estudios de Impacto al Sistema de Transporte Urbano, EISTU. Garantías por semáforos y obras anexas; d) Aprobación de solicitudes de fusión, subdivisión y loteos de terreno; e) Informes de Prefactibilidad y Zonificación; y f) Coordinar la ejecución de las 0bras de urbanización entre las unidades de Jardines, Alumbrado Público y Pavimentación. SUBDIRECCIÓN DE PERMISOS DE EDIFICACIÓN ARTÍCULO 52.- La Subdirección de Permisos de Edificación con sus Departamentos de Permisos de Edificación, de Industria e Inspección Técnica y de Permisos de Publicidad, tendrá como objetivo comprobar que los proyectos de construcciones y edificaciones en general se realicen conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y que las obras en uso cumplan con dichas disposiciones. Para ello deberá cumplir las siguientes funciones específicas: DEPARTAMENTO DE PERMISOS DE EDIFICACIÓN a) Aprobación de permisos de edificación y sus modificaciones, de obras menores, preliminares y demoliciones; b) Otorgar certificados de regularización correspondientes a leyes especiales; c) Aprobación de acogimiento de edificios a Ley de Copropiedad Inmobiliaria; y d) Recepción de las obras de edificación. DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INSPECCIÓN TÉCNICA a) Fiscalizar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias, en la ejecución de las obras de edificación y/o demoliciones en la comuna; b) Fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente que regula la instalación y funcionamiento de locales comerciales, playa de estacionamiento, centro de enseñanza, hoteles, restaurantes, etc. actividades de carácter industrial y similar al industrial; y c) Definición de los requisitos y exigencias técnicas, en el ámbito de su competencia, susceptibles de ser fiscalizadas por personal del departamento, informes de solicitud de patentes comerciales, industriales, etc.
4 DEPARTAMENTO DE PUBLICIDAD a) Revisar y otorgar autorizaciones, de acuerdo a la normativa legal vigente, a los proyectos de publicidad y propaganda en la comuna; como también a lo referente a los Permisos por Obras Menores por estructuras publicitarias; b) Realizar evaluaciones de Solicitudes de Anulación y/o de Reducción de Propaganda; y c) Fiscalizar y controlar todas las publicidades instaladas en la comuna. SUBDIRECCIÓN DE PAVIMENTACIÓN ARTÍCULO 53.- La Subdirección de Pavimentación con sus Departamentos de Permisos de Pavimentación, de Conservación y Construcción le corresponderá elaborar, proponer y ejecutar, cuando corresponda, los proyectos municipales de construcción y mantención de pavimentos de calzadas y espacios de circulación peatonal en la comuna y velar por el cumplimiento de normas legales y reglamentarias que regulan las rupturas de bienes nacionales de uso público, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N del 2 de abril de Para ello deberá cumplir las siguientes funciones: a) Fiscalizar y controlar todos los trabajos de pavimentación de aceras, calzadas y áreas duras de plazas, parques y jardines de la Comuna; b) Elaboración de Bases Especiales, Especificaciones Técnicas, croquis, formularios de oferta y otros para licitaciones públicas de pavimentación; y c) Fiscalizar y controlar todos los trabajos de reposición de pavimentos de la Comuna, ocasionados por obras de Compañías de Utilidad Pública, particulares o por edificaciones nuevas, aplicando la Ley N de Pavimentación y las Ordenanzas respectivas. A los Departamento que integran la Subdirección de Pavimentación, le corresponden las siguientes funciones específicas: DEPTO. DE PERMISOS DE PAVIMENTACIÓN a) Autorizar Permisos de Rotura y reposición de pavimentos de Compañías de Utilidad Pública y particulares; b) Fiscalizar las obras de Compañías de Utilidad Pública; c) Controlar pagos por Ocupación de Bien Nacional de Uso Público y de Derechos Municipales de acuerdo a la Ley de Pavimentación y las Ordenanzas correspondientes; d) Exigir boletas de garantías por reposición de pavimentos, a particulares, obras nuevas de edificación y Compañías de Utilidad Pública; e) Administrar convenios (I.M.S. y C.U.P.) de reposición de pavimentos en paseos peatonales, Plazas y, calles, ordenar trabajos, control de obras y de estados de pago; y
5 f) Controlar intervención de Compañías de Utilidad Pública en obras de Estacionamientos Subterráneos, Costanera Norte, nuevas extensiones de Líneas de Metro con sus estaciones, Autopista Central, Obras de SERVIU Metropolitano y de M.O.P., además, otorgar a estas obras los permisos respectivos. DEPTO. DE CONSERVACIÓN y CONSTRUCCIÓN a) Administrar el Contrato a serie de precios unitarios que mantiene esta Subdirección, como otros contratos que sean licitados por el Municipio; considerando su control, su programación y la inspección de obras de pavimentación, como también, revisión de Estados de Pagos de los Trabajos encomendados; b) Coordinar, programar e inspeccionar las intervenciones de Compañías de Utilidad Pública, Particulares y otras Unidades Municipales durante la ejecución de obras de pavimentación del Contrato vigente; c) Fiscalizar el estado de conservación de los pavimentos de aceras, calzadas y áreas duras de plazas, parques y jardines de la comuna, durante el periodo de garantía de las obras correspondientes al Contrato a serie de precios unitarios; trabajos de pavimentación y reparaciones de aceras, calzadas y trabajos complementarios en calles y espacios públicos de la comuna de Santiago, año 2012, ordenando, programando, controlando e inspeccionando reparaciones de pavimentos de ser necesario; d) Emisión de Certificados de Pavimentación a Particulares y Empresas, previa inspección en terreno; e) Cálculo y giro de los derechos de los proyectos de pavimentación; y f) Emisión de Certificado de Niveles. SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN ARTÍCULO 54.- La Subdirección de Construcción con sus departamentos de Ejecución de Obras y de Alumbrado Público, tiene por finalidad velar por la correcta ejecución de obras de responsabilidad municipal y la mantención y reparación del alumbrado público. Para ello deberá cumplir las siguientes funciones específicas: DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS a) Fiscalizar las obras encomendadas por la Municipalidad, conforme a las normas legales, reglamentarias, técnicas y contractuales; b) Inspeccionar las obras contratadas por la Municipalidad, fiscalizando su ejecución y construcción desde su inicio hasta el momento de su recepción definitiva, efectuando las visitas a terreno que sean necesarias y cumpliendo todas aquellas tareas asociadas al control administrativo y técnico de los contratos a su cargo; c) Solicitar, analizar e informar presupuestos o cotizaciones para la contratación de obras o proyectos, cuando corresponda; y
6 d) Mantener un archivo técnico clasificado y actualizado con los expedientes de las obras que se ordene ejecutar. DEPARTAMENTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO a) Fiscalizar las obras encomendadas por la Municipalidad, conforme a las normas legales, reglamentarias, técnicas y contractuales; b) Inspeccionar las obras contratadas por la Municipalidad, fiscalizando su ejecución y construcción desde su inicio hasta el momento de su recepción definitiva, efectuando las visitas a terreno que sean necesarias y cumpliendo todas aquellas tareas asociadas al control administrativo y técnico de los contratos a su cargo; c) Solicitar, analizar e informar presupuestos o cotizaciones para la contratación de obras o proyectos, cuando corresponda; d) Mantener un archivo técnico clasificado y actualizado con los expedientes de las obras que se ordene ejecutar; e) Fiscalizar la correcta mantención del alumbrado público y fuentes de agua; f) Estudiar, proponer y ejecutar, cuando corresponda, proyectos de alumbrado público en la comuna; y g) Reparar y reponer el alumbrado público dañado de la comuna, a través del contratista respectivo.
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