Centro de Documentación Judicial

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Centro de Documentación Judicial"

Transcripción

1 Roj: STSJ MAD 2717/2011 Id Cendoj: Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 2 Nº de Recurso: 1045/2007 Nº de Resolución: 429/2011 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Ponente: SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO Tipo de Resolución: Sentencia T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00429/2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID Sala de lo Contencioso Administrativo Sección 2ª Recurso nº 1.045/2.007 Registro General nº 7.839/2.007 SENTENCIA Nº 429 ILMOS. SRES. PRESIDENTE: D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ MAGISTRADOS: D. FRANCISCO BOSCH BARBER Dª ELVIRA A. RODRÍGUEZ MARTÍ Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO D. ALFREDO ROLDÁN HERRERO En la Villa de Madrid, a diez de marzo del año dos mil once. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo nº 1.045/2.007, promovido por el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en representación de CONSEJO REGURLADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN TORTA DEL CASAR, asistido del Letrado D. Antonio J. Vela Ballesteros, contra la resolución de fecha de 17 de mayo de 2.007, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se desestimaba el recurso de alzada contra la resolución de fecha de 2 de junio de 2.006, por la que se concedía la Marca nacional "TORTA CAÑAREJAL", nº Clase 29ª del Nomenclátor, habiendo sido representada la Administración demandada por el Abogado del Estado; ha comparecido CAÑAREJAL, S.L., representada por la Procuradora Dª Raquel Gómez Mira, asistida del 1

2 Letrado D. Alejandro Falcón Morales. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- A través del presente recurso contencioso administrativo se impugna la resolución de fecha de 17 de mayo de 2.007, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se desestimaba el recurso de alzada contra la resolución de fecha de 2 de junio de 2.006, por la que se concedía la Marca nacional "TORTA CAÑAREJAL", nº Clase 29ª del Nomenclátor. SEGUNDO.- Interpuesto recurso contencioso administrativo ante este Tribunal Superior de Justicia, después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo, se dio traslado al recurrente para que en el plazo de veinte días formalizara la demanda, lo cual verificó habiendo solicitando en el suplico la estimación del recurso. TERCERO.- Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado y a CAÑAREJAL, S.L., representada por la Procuradora Dª Raquel Gómez Mira, asistida del Letrado D. Alejandro Falcón Morales con entrega del expediente administrativo, para que la contestaran en el plazo de veinte días, formalizadas dichas contestaciones solicitaron en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmara el acto impugnado por ser conforme a derecho. CUARTO.- Contestada la demanda y habiéndose solicitado el recibimiento del juicio a prueba, por auto de fecha 30 de enero de 2.009, se acordó no haber lugar a recibir el presente recurso a prueba, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la L.J.C.A.. No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el plazo de 10 días para concluir por escrito, lo que consta realizado, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento. QUINTO.- Para la votación y fallo del presente proceso se señalo el día diez de marzo del año dos mil once, en que, efectivamente, se votó y falló. SEXTO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- El presente recurso contencioso administrativo se dirige contra la resolución de fecha de 17 de mayo de 2.007, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se desestimaba el recurso de alzada contra la resolución de fecha de 2 de junio de 2.006, por la que se concedía la Marca nacional "TORTA CAÑAREJAL", nº Clase 29ª del Nomenclátor. SEGUNDO.- Pretende el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en representación de CONSEJO REGURLADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN TORTA DEL CASAR, asistido del Letrado D. Antonio J. Vela Ballesteros la anulación de la resolución recurrida por cuanto, a su juicio es contraria a derecho, aduciendo en apoyo de dicha pretensión y en esencia: Que entre la marca solicitada y las prioritarias existe gran similitud, y las áreas aplicativas son totalmente idénticas Que dicha identidad en el vocablo "Torta", induce al consumidor en grave error lesionando los derechos de la entidad recurrente, Que el queso cuando se denomina Torta el consumidor infiere que se trata del conocido queso de la Comarca Extremeña El Casar Que la marca de la recurrente goza de gran prestigio y notoriedad en el mercado, por lo que la concesión de la marca vulnera lo previsto en los artículos 5.1º b), c) y f) y artículo 6.1º,b) de la Ley de Marcas. Frente a ello el Abogado del Estado y CAÑAREJAL, S.L., representada por la Procuradora Dª Raquel 2

3 Gómez Mira, asistida del Letrado D. Alejandro Falcón Morales interesaron la desestimación del presente recurso, argumentando en líneas generales, que la actuación cuestionada se ajustó en todo momento a la legalidad. TERCERO.- Un examen de los autos pone de manifiesto, entre otros hechos, relevantes para la resolución de la causa: Que CAÑAREJAL, S.L. presentó en fecha 8 de junio de en la Oficina Española de Patentes y Marcas solicitud de registro de la Marca nacional "TORTA CAÑAREJAL", nº Clase 29ª del Nomenclátor, que sirve para distinguir "quesos". Que el CONSEJO REGURLADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN TORTA DEL CASAR, es titular de la marca TORTA", nº Clase 29ª del Nomenclátor y "TORTA DEL CASAR" ", nº Clase 29ª del Nomenclátor. Que la resolución de fecha de 17 de mayo de 2.007, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimó el recurso de alzada contra la resolución de fecha de 2 de junio de 2.006, por la que se concedió la Marca nacional "TORTA CAÑAREJAL", nº Clase 29ª del Nomenclátor. La resolución recurrida fundó la desestimación del recurso en que el vocablo "Torta" se había generalizado entre los consumidores como ese tipo de queso, por lo que había una disimilitud de conjunto suficiente. Que el Real Decreto nº 1113/2.006, no era aplicable por ser de fecha posterior a que se dictara la resolución recurrida. CUARTO.- El párrafo 1 artículo 4 de la Ley 17/2.001, de 7 de diciembre, de Marcas define la marca como todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras; y añade en el párrafo 2 que "Tales signos podrán, en particular, ser: a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar a las personas. b) Las imágenes, figuras, símbolos y dibujos. c) Las letras, las cifras y sus combinaciones. d) Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases y la forma del producto o de su presentación. e) Los sonoros. f) Cualquier combinación de los signos que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores". Por su parte el artículo 5 de la citada 17/2.001, de 7 de diciembre, de Marcas, establece que. No podrán registrarse como marca los signos siguientes: a) Los que no puedan constituir marca por no ser conformes al art. 4.1 de la presente Ley. b) Los que carezcan de carácter distintivo. c) Los que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica, la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características del producto o del servicio. d) Los que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que se hayan convertido en habituales para designar los productos o los servicios en el lenguaje común o en las costumbres leales y constantes del comercio. e) Los constituidos exclusivamente por la forma impuesta por la naturaleza del propio producto o por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico, o por la forma que da un valor sustancial al producto. f) Los que sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres. g) Los que puedan inducir al público a error, por ejemplo sobre la naturaleza, la calidad o la procedencia geográfica del producto o servicio. h) Los que aplicados a identificar vinos o bebidas espirituosas contengan o consistan en indicaciones de procedencia geográfica que identifiquen vinos o bebidas espirituosas que no tengan esa procedencia, incluso cuando se indique el verdadero origen del producto o se utilice la indicación geográfica traducida o acompa ada de expresiones tales como «clase», «tipo», «estilo», «imitación» u otras análogas. i) Los que reproduzcan o imiten el escudo, la bandera, las condecoraciones y otros emblemas de Espa a, sus Comunidades Autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización. j) Los que no hayan sido autorizados por las autoridades competentes y deban ser denegados en virtud del art. 6 ter del Convenio de París. k) Los que incluyan insignias, emblemas o escudos distintos de los contemplados en el art. 6 ter del Convenio de París y que sean de interés público, salvo que su registro sea autorizado por la autoridad competente. 2. Lo dispuesto en las letras b), c) y d) del apartado 1 no se aplicará cuando la marca haya adquirido, para los productos o servicios para los cuales se solicite el registro, un carácter distintivo como consecuencia del uso que se hubiera hecho de la misma. 3. Podrá ser registrada como marca la conjunción de varios signos de los mencionados en las letras b), c) y d) del apartado 1, siempre que dicha conjunción tenga la distintividad requerida por el apartado 1 del art. 4 de la presente Ley ". Y el artículo 6.1º de la citada Ley 17/2.001, de 7 de diciembre, de Marcas, añade que "No podrán registrarse como marcas los signos: a) Que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o 3

4 servicios idénticos. b) Que, por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior" disponiendo en el apartado 2ª que "Por marcas anteriores se entenderá a los efectos del apartado 1: a) Las marcas registradas cuya solicitud de registro tenga una fecha de presentación o de prioridad anterior a la de la solicitud objeto de examen, y que pertenezcan a las siguientes categorías: i) marcas españolas; ii) marcas que hayan sido objeto de un registro internacional que surta efectos en España; iii) marcas comunitarias. b) Las marcas comunitarias registradas que, con arreglo a su Reglamento, reivindiquen válidamente la antigüedad de una de las marcas mencionadas en los puntos i) y ii ) de la letra a), aun cuando esta última marca haya sido objeto de renuncia o se haya extinguido. c) Las solicitudes de marca a las que hacen referencia las letras a) y b), a condición de que sean finalmente registradas. d) Las marcas no registradas que en la fecha de presentación o prioridad de la solicitud de la marca en examen sean "notoriamente conocidas" en España en el sentido del artículo 6 bis del Convenio de París"; y añade el artículo 8 que "No podrá registrarse como marca un signo que sea idéntico o semejante a una marca o nombre comercial anteriores aunque se solicite su registro para productos o servicios que no sean similares a los protegidos por dichos signos anteriores cuando, por ser éstos notorios o renombrados en España, el uso de esa marca pueda indicar una conexión entre los productos o servicios amparados por la misma y el titular de aquellos signos o, en general, cuando ese uso, realizado sin justa causa, pueda implicar un aprovechamiento indebido o un menoscabo del carácter distintivo o de la notoriedad o renombre de dichos signos anteriores". En un sentido parecido se pronunciaban los artículos 118 y 124 del Estatuto y los artículos 1 y 12 de la Ley 32/1.988, de 10 de noviembre, de Marcas. QUINTO.- Es desde la perspectiva del principio constitucional de "libertad de empresa en el marco de la economía de mercado" como debe orientarse la protección que a la inventiva e innovación industrial dispensa el Registro de la Propiedad Industrial, tanto para eliminar los obstáculos que indebidamente se opongan o frenen la libre iniciativa empresarial, como también para establecer un claro límite a tal iniciativa con base en las exigencias de la buena fe y de la libre y leal concurrencia, a fin de garantizar, en definitiva, la protección del consumidor evitándole los riesgos de error o confusión entre los productos amparados por las marcas, garantía que se fundamentará en la necesaria exigencia en las mismas de un signo o medio material que señale y distinga perfectamente de los similares los productos por aquéllas amparados, evitándose, también que con el parecido o semejanza con la denominación de otra marca pueda accederse al crédito o fama obtenida por la marca prioritaria - Sentencias del Tribunal Supremo de 31 marzo 1986 ( RJ 1986\1164), de 23 julio y 26 diciembre 1988 (RJ 1988\6381 y RJ 1988\10058), y de 10 de octubre de (RJ 1994\7505). SEXTO.- A ese doble peligro de confusión se refiere también la Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de junio de (RJ 1997\5072) cuando señala que "El sistema de protección registral de las marcas y en general de todas las modalidades de la propiedad industrial se bifurca en dos direcciones: por un lado, protege al titular de la marca para evitar los perjuicios que pueda sufrir por el aprovechamiento que puedan hacer otros del prestigio ganado para la marca legalmente registrada y conocida en el mercado; y por otro, a los consumidores, que necesitan protección para evitar la confusión que pueda producirse por la identidad o semejanza entre los mismos productos distorsionando la demanda al hacer que los consumidores o usuarios adquieran productos que no eran los que estaban en sus preferencias". SÉPTIMO.- Asimismo jurisprudencia establece que, cuando las marcas en pugna, tratan de amparar productos incluidos en la misma Clase del Nomenclátor o existan fundamentales conexiones aplicativas y de ámbitos comerciales, se está en el caso de ser más exigentes en la apreciación de las denominaciones y signos afines, lo que no sucede cuando los productos que las marcas tratan de amparar son totalmente dispares - Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de enero de (RJ 1994\160)-. Asimismo se viene diciendo en referida jurisprudencia que la apreciación de la semejanza fonética o gráfica, en las denominaciones o signos de las marcas enfrentadas, ha de hacerse partiendo de la impresión que en el oído o la visión producen las denominaciones o signos en cuestión a destinatarios de un general nivel cultural, y, no a través de aquilatados estudios etimológicos de los términos o signos que les componen; siempre analizados en su conjunto - Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de enero de (RJ 1994\160)-. OCTAVO.- Ante la ausencia de reglas previas para determinar la existencia o no de semejanza capaz de crear error o confusión en el mercado, el Tribunal Supremo efectivamente ha tratado de establecer una serie de criterios o pautas, señalando que ostenta un lugar preferente el que con carácter directo propugna una visión de conjunto, sintética, desde los elementos integrantes de cada denominación confrontada, sin descomponer su unidad fonética y, en su caso, gráfica, donde la estructura prevalezca sobre sus 4

5 integrantes parciales, en una perspectiva cuyo aspecto más importante es el filológico, ya que tal composición global constituye el impacto verbal y visual inescindible, cuyo eventual parecido podrá producir la confusión que trata de prevenir la ley (criterio estructural); más también, ha configurado otros factores o pautas complementarias, como la necesidad de atender al significado o idea que evocan los distintivos enfrentados (criterio semántico); o ha matizado el propio criterio estructural cuando en los distintivos se utilizan prefijos o sufijos genéricos para negar la semejanza cuando el resto tiene diferencial suficiente" - Sentencias de 14, 21, 21 28, 28, de noviembre de (RJ 8028, 8086, 8087, 8296, 8297 ) y de 4, 12, 19 y 19 de diciembre de 1996 (RJ 8934, 9155, 9272 y 9273)-. NOVENO.- La nueva Ley de Marcas establece, por primera vez en nuestro ordenamiento, una definición legal del concepto de marca notoria y renombrada, fijando el alcance de su protección. La marca notoria es la conocida por el sector pertinente del público al que se destinan sus productos o servicios y, si está registrada, se protege por encima del principio de especialidad según su grado de notoriedad y, si no lo está, se faculta a su titular no sólo a ejercitar la correspondiente acción de nulidad, como hasta la fecha, sino además a presentar oposición al registro en la vía administrativa. Cuando la marca es conocida por el público en general, se considera que la misma es renombrada y el alcance de su protección se extiende a cualquier género de productos o servicios. En el caso de autos la Sección estima que la parte recurrente ha acreditado que su marca es renombrada. Todos los españoles conocen la Torta del Casar. Así la propia Oficina de Patentes y Marcas en el Considerando Cuarto de su resolución llega a indicar que entre los consumidores se ha generalizado el vocablo "Torta" como este tipo de queso, el queso del Casar, por lo que hace referencia la especie, la calidad, y la procedencia geográfica. La marca concedida contiene el termino "Torta", que es una de las denominaciones de la marca prioritaria "Torta", el término "Torta", es percibido por el público en general con un tipo de queso, o queso de El Casar, el solicitante pretende distinguir con la marca precisamente quesos. Ya que la propia jurisprudencia europea - sentencias, entre otras, de 29 de septiembre de 1988, Canon (C-39/97, Rec. p I-5507) EDJ 1998/15013, apartado 29 y 22 de junio de 1999, Lloyd Schuhfabrik Meyer (C 342/97, Rec. P.I-3819) apartado 17 EDJ 1999/ tiene establecido que si bien el riesgo de asociación constituye "un caso específico del riesgo de confusión", el riesgo de asociación puede darse cuando las marcas controvertidas pueden ser percibidas por los consumidores como dos marcas del mismo titular o cuando el público pueda creer que los correspondientes productos o servicios proceden de la misma empresa o, en su caso, de empresas vinculadas económicamente. Por todo ello hemos de entender que, en este caso concreto, perviviría el riesgo de asociación, que sirve para precisar aquel, como especie que es de un mismo género; de forma que el consumidor, que es el consumidor medio, entendido como hace la jurisprudencia europea - sentencia, entre otras, de 22 de junio de 1999 del TJCE EDJ 1999/ , como persona dotada con raciocinio y facultades perceptivas normales, que percibe la marca como un todo sin detenerse a examinar sus diferentes detalles y al que también va dirigida la protección, puede perfectamente asociar la marca concedida con la oponente, y creer que estamos en presencia de otro empresa que fabrica "Tortas del Casar". DÉCIMO.- No ha lugar a efectuar expresa condena en costa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al no apreciarse temeridad o mala fe en las partes. VISTOS.- Los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, FALLAMOS Centro de Documentación Judicial Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo número 1.045/2.007, interpuesto por el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en representación de CONSEJO REGURLADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN TORTA DEL CASAR, asistido del Letrado D. Antonio J. Vela Ballesteros contra la resolución de fecha de 17 de mayo de 2.007, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se desestimaba el recurso de alzada contra la resolución de fecha de 2 de junio de 2.006, por la que se concedía la Marca nacional "TORTA CAÑAREJAL", nº Clase 29ª del Nomenclátor, que se anula por no ajustarse al ordenamiento jurídico; y, todo ello sin efectuar expresa condena en costas. Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias. 5

6 Luego que sea firme la presente Sentencia, remítase testimonio de la presente resolución, junto con el expediente administrativo, a su oficina de origen, que deberá de acusar recibo dentro del término de los diez días, conforme previene el artículo 105 de la L.J.C.A., para que la lleve a puro y debido efecto. Contra la anterior Sentencia cabe interponer Recurso de Casación, que deberá de prepararse ente este mismo órgano jurisdiccional, en el plazo de diez días, contados a partir de su notificación, y que se substanciara ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ,a) de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, previa constitución del deposito previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de estas Sección nº 2612 (Banesto), especificando en el campo concepto "Recurso" 24 Contencioso-Casación (50 Euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio). Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. 6

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079330022007101378 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 2 Nº de Recurso: 382/2005 Nº de Resolución: 1430/2007 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Más detalles

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Derecho de la Publicidad

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Derecho de la Publicidad INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Derecho de la Publicidad Mayo, 2016 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. EL REGISTRO DE MARCAS III. EL NOMBRE COMERCIAL IV. LA MARCA Derecho de la Publicidad:

Más detalles

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Luis José Diez Canseco Núñez Presidente Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LA COMUNIDAD ANDINA

Más detalles

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH

Más detalles

TÍTULO II. CONCEPTO DE MARCA Y PROHIBICIONES DE REGISTRO. CAPÍTULO I. CONCEPTO DE MARCA.

TÍTULO II. CONCEPTO DE MARCA Y PROHIBICIONES DE REGISTRO. CAPÍTULO I. CONCEPTO DE MARCA. TÍTULO II. CONCEPTO DE MARCA Y PROHIBICIONES DE REGISTRO. Artículo 4. Concepto de marca. CAPÍTULO I. CONCEPTO DE MARCA. 1. Se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A Sentencia de la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo de 13 de Junio de 2000 Recurso de

Más detalles

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN QUE LA OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR (MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS) HABRÁ DE LLEVAR A CABO SOBRE LAS MARCAS COMUNITARIAS PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 8044/2009 - ECLI:ES:TS:2009:8044 Id Cendoj: 28079130032009100436 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Nº de Recurso: 2084/2008 Nº de Resolución: Procedimiento:

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación

Más detalles

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Reclamaciones nº 586 y 587/2014 Resolución nº 599/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2014. VISTAS las reclamaciones interpuesta por D. A.F.S.C.,

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONTRACTUALES Recurso 94/2015 Resolución 212/2015 RESOLUCIÓN DEL Sevilla, 27 de mayo de 2015 VISTO el recurso especial en materia de contratación interpuesto por el HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE SEVILLA

Más detalles

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 30. Junio p. 78

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 30. Junio p. 78 No. Registro: 53.483 Jurisprudencia Tesis: VI-J-SS-77 Página: 60 MARCAS INDICATIVAS O DESCRIPTIVAS.- NO SE DA ESE SUPUESTO CUANDO SUS ELEMENTOS NO SON CARACTERÍSTICOS DE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS QUE PRETENDEN

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079130032009100400 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Nº de Recurso: 4239/2007 Nº de Resolución: Procedimiento: RECURSO CASACIÓN Ponente: MANUEL CAMPOS

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente

Más detalles

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA

Más detalles

Reforma legislativa de la marca comunitaria

Reforma legislativa de la marca comunitaria El próximo 23 de marzo de 2016 entrará en vigor el Reglamento (UE) nº 2015/2424 del Parlamento Europeo y del Consejo del 16 de diciembre de 2015, que modifica el Reglamento actual y que junto con la nueva

Más detalles

Claves para la protección de nuevos productos y de tecnología. Almudena Abellán Pérez Responsable Jurídico en Marcanet.com

Claves para la protección de nuevos productos y de tecnología. Almudena Abellán Pérez Responsable Jurídico en Marcanet.com Claves para la protección de nuevos productos y de tecnología Almudena Abellán Pérez Responsable Jurídico en Marcanet.com 1. Primeras ideas Objetos de protección breve reflexión 2. Cómo conseguimos la

Más detalles

MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO.

MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. Honorable Corte Suprema de Justicia:, mayor de edad, soltera, Abogada, inscrita en el Colegio

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2.

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sentencia número 1276/2.011 Ilmos. Sres. Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don José Bellmont

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 08019330052009100038 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Barcelona Sección: 5 Nº de Recurso: 661/2006 Nº de Resolución: 135/2009 Procedimiento: Ponente: JOSE

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto Página 1 de 5 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001 Ponente: Calvo Rojas, Eduardo. Nº de recurso: 4032/2001 Jurisdicción:

Más detalles

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES MEDIANTE

Más detalles

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE B EXAMEN

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE B EXAMEN DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE B EXAMEN SECCIÓN 4 MOTIVOS DE DENEGACIÓN ABSOLUTOS CAPÍTULO 5 SIGNOS

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 15030330032007100572 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Coruña (A) Sección: 3 Nº de Recurso: 8305/2004 Nº de Resolución: 665/2007 Procedimiento: CONTENCIOSO

Más detalles

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades

Más detalles

- El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado:

- El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado: ACUERDOS EMITIDOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO CONTENIDOS EN EL ACTA Nº 6 CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 14-JUNIO-2005 - El Consejo de la Judicatura

Más detalles

RECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.

RECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes. RECURSOS Resolución de 2 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, de 25 de febrero de 2013, que ha devenido

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STSJ CAT 10844/2010 Id Cendoj: 08019330052010100841 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Barcelona Sección: 5 Nº de Recurso: 18/2009 Nº de Resolución: 987/2010 Procedimiento:

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Roj: STSJ M 6241/2016 - ECLI:ES:TSJM:2016:6241 Id Cendoj: 28079330052016100713 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 5 Nº de Recurso: 967/2014 Nº de Resolución:

Más detalles

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID

A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID A LA DELEGACIÓN DE LA AEAT DE LA PROVINCIA DE MADRID Asunto: Solicitud rectificación autoliquidación IRPF y devolución de ingresos indebidos correspondiente/s al/los ejercicio/s ------. (puede ser 2012,

Más detalles

Nº de Recurso: 930/2015. ROJ: STS 5023/2015 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Eduardo Calvo Rojas

Nº de Recurso: 930/2015. ROJ: STS 5023/2015 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Eduardo Calvo Rojas Nº de Recurso: 930/2015. ROJ: STS 5023/2015 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Eduardo Calvo Rojas SENTENCIA En la villa de Madrid, a treinta de noviembre de dos mil

Más detalles

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM 1. Objeto y ámbito de aplicación El objeto de esta normativa es regular la transferencia y el reconocimiento de créditos en

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 329/2011 Resolución nº 14/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 11 de enero de 2012. VISTO el recurso interpuesto por don M.L.L, en representación

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 26 Sep. 2006, rec. 76/2006.

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 26 Sep. 2006, rec. 76/2006. Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 26 Sep. 2006, rec. 76/2006 Ponente: Fresneda Plaza, Felipe. Nº de sentencia:

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

MARTÍN, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Torrijos (Toledo)

MARTÍN, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Torrijos (Toledo) EXPEDIENTE DE PERSONAL: Nº 10/2016 Asunto: Listas definitivas paraa la constitución de una bolsa de trabajo por concurso, de profesores/as de danza en la Escuela Municipal de Música y Danza Maestro Gómez

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 26205 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Educación, Cultura y Universidades 8942 Orden de 18 de junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades,

Más detalles

AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS A CHILE A N T E C E D E N T E S

AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS A CHILE A N T E C E D E N T E S AUTORIZACIÓN TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS A CHILE Nº Expediente: TI/00006/2009 A N T E C E D E N T E S Primero.- Dª. X.X.X. actuando en nombre y representación de la sociedad TELEFÓNICA MÓVILES

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 210 Jueves 1 de septiembre de 2011 Sec. III. Pág. 95249 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 14298 Resolución de 8 de julio de 2011, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan

Más detalles

Jurisprudencia de la Corte Suprema en materias de Propiedad Industrial

Jurisprudencia de la Corte Suprema en materias de Propiedad Industrial Marcos Morales A. Abril 2011 www.achipi.cl Sumario Contexto normativo Evolución del recurso ante la Corte Suprema Jurisprudencia materias adjetivas Jurisprudencia materias sustantivas Estadísticas Conclusiones

Más detalles

SOLICITUD DE REGISTRO DE NOMBRE COMERCIAL Los apartados enmarcados en rojo no deben rellenarse por el interesado, están reservados a la Oficina

SOLICITUD DE REGISTRO DE NOMBRE COMERCIAL Los apartados enmarcados en rojo no deben rellenarse por el interesado, están reservados a la Oficina SOLICITUD DE REGISTRO DE NOMBRE COMERCIAL Los apartados enmarcados en rojo no deben rellenarse por el interesado, están reservados a la Oficina Española de Patentes y Marcas. Este impreso debe ser presentado

Más detalles

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 577 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 16 de Agosto de 2007 Proceso contencioso administrativo de plena jurisdicción. Concepto. La licenciada

Más detalles

RESOLUCIÓN (Expt. A 367/07, Código FENACO)

RESOLUCIÓN (Expt. A 367/07, Código FENACO) RESOLUCIÓN (Expt. A 367/07, Código FENACO) Pleno Sr. D. Luis Berenguer Fuster, Presidente Sr. D. Fernando Torremocha y García-Sáenz, Vocal Sr. D. Emilio Conde Fernández- Oliva, Vocal Sr. D. Miguel Cuerdo

Más detalles

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

PROPIEDAD INTELECTUAL Marcas Notorias y famosas

PROPIEDAD INTELECTUAL Marcas Notorias y famosas PROPIEDAD INTELECTUAL Marcas Notorias y famosas Propiedad Intelectual (cuadro) Y a mi que? Marcas Coca-Cola Empresa de bebidas estadounidense cuyo valor es de 65,324 millones de dólares Foto: AFP Marcas

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STSJ MAD 11205/2011 Id Cendoj: 28079330022011101437 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 2 Nº de Recurso: 305/2008 Nº de Resolución: 1447/2011 Procedimiento:

Más detalles

1.- Indique si son verdaderas (V) o falsas (F) las siguientes afirmaciones:

1.- Indique si son verdaderas (V) o falsas (F) las siguientes afirmaciones: 1.- Indique si son verdaderas (V) o falsas (F) las siguientes afirmaciones: La costumbre sólo regirá en defecto de Ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Resolución de 22 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se ofertan vacantes a los aspirantes que han superado

Más detalles

AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia. María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC

AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia. María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC Valencia, 23 de octubre de 2015 Casos en 2015 - ejemplificación

Más detalles

ANTECEDENTES. Licencia Fecha de Resolución N/REF. Licencia Singular de Máquinas de Azar 13/07/2016 MAZ/2016/036

ANTECEDENTES. Licencia Fecha de Resolución N/REF. Licencia Singular de Máquinas de Azar 13/07/2016 MAZ/2016/036 RESOLUCIÓN DE LA POR LA QUE SE HOMOLOGA EL SISTEMA TÉCNICO DE LA ENTIDAD TELE APOSTUAK PROMOTORA DE JUEGOS Y APUESTAS, S.A. En cumplimiento de los preceptos contenidos en la Ley 13/2011, de 27 de mayo,

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STS 2203/2010 Id Cendoj: 28079130032010100165 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Nº de Recurso: 3303/2009 Nº de Resolución: Procedimiento: RECURSO CASACIÓN Ponente:

Más detalles

Nº de Recurso: 2107/2012. ROJ: STS 1966/2013 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Manuel Campos Sanchez-Bordona

Nº de Recurso: 2107/2012. ROJ: STS 1966/2013 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Manuel Campos Sanchez-Bordona Nº de Recurso: 2107/2012. ROJ: STS 1966/2013 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Manuel Campos Sanchez-Bordona SENTENCIA En la villa de Madrid, a seis de mayo de dos

Más detalles

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley.

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley. Preámbulo El articulo 149, 1,6º de la Constitución Española, después de establecer que la legislación procesal es competencia exclusiva del Estado, añade: sin perjuicio de las necesarias especialidades

Más detalles

Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores

Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores Dirección General de Formación CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA ANEXO I Etiqueta del Registro Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten

Más detalles

RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía

RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación de XXX contra la Empresa Municipal de Aguas de Rota (AREMSA, S.A.) en materia de

Más detalles

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE E

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE E DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE E OPERACIONES DE REGISTRO SECCIÓN 6 OTRAS INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO

Más detalles

Evolución de la normativa costarricense en materia de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen.

Evolución de la normativa costarricense en materia de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Evolución de la normativa costarricense en materia de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen. Jonathan Lizano O. Registro de la Propiedad Industrial NORMATIVA

Más detalles

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE REASIGNACIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO DE EXCEPCIONAL INTERÉS GENERAL INTRODUCCIÓN La disposición

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Aprobada en Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2007 NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica 6/2001 del 21 de diciembre de Universidades, en sus art. 2.2.f. y 46.3,

Más detalles

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente PRE- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO S E N T E N C I A Nº 16/2009 Presidente D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ Magistrados D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO Dª BLANCA GESTO ALONSO En Pamplona/Iruña, a 29 de enero de 2009. La Sección Segunda de

Más detalles

NÚMERO 244 Martes, 22 de diciembre de 2015 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

NÚMERO 244 Martes, 22 de diciembre de 2015 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 39110 III OTRAS RESOLUCIONES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2015, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno

Más detalles

TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio

TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio TITULO X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio CAPITULO I Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública Artículo 139. Principios

Más detalles

Detalle de Proceso. Cuantía de la Pretensión. Entidades Afectadas. Pretensiones. Actores. Actos Demandados

Detalle de Proceso. Cuantía de la Pretensión. Entidades Afectadas. Pretensiones. Actores. Actos Demandados Detalle de Proceso No. Proceso 2006-01099 ID 225308 Proceso Tipo Proceso en Contra - Activo ORDINARIO LABORAL Despachos Competentes Inicial: Actual: Fechas Inicio: 2007-02-23 Último Estado: 2016-12-16

Más detalles

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS Y BONIFICACIONES DE LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 1225/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1225 Id Cendoj: 28079140012015100116 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 903/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO 23464 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a

Más detalles

RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN.

RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN. RECOMENDACIÓN SOBRE LA CORRECCIÓN DE LAS ACTAS. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SU CORRECCIÓN. En relación con diversas quejas que han llegado a la Oficina de esta Defensora Universitaria, y diversas solicitudes

Más detalles

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS COMISIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS RESOLUCIÓN Nº 002-2015/CSD-INDECOPI EXPEDIENTE : 444625-2011 ACCIONANTE EMPLAZADA MATERIA : CARRASCO ROJAS, FELIX WALTER : PRODUCTORA DE ALIMENTOS

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 111/2016 C.A. Galicia 18/2016 Resolución nº 191/2016 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 04 de marzo de 2016. VISTO el recurso interpuesto por Dª A.P.A.,

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: SEXTA

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: SEXTA T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: SEXTA S E N T E N C I A Fecha de Sentencia: 12/05/2009 RECURSO CASACION Recurso Núm.: 10900/2004 Fallo/Acuerdo: Sentencia Desestimatoria

Más detalles

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA.

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA. ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA. La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida

Más detalles

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa, acorde con la legislación universitaria vigente, tiene el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. Bases

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. Bases CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. PRIMERA.- DESTINATARIO Bases Podrán acceder a estas ayudas las asociaciones de la

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO PROHIBICIONES RELATIVAS: ARTÍCULOS 9 Y 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO PROHIBICIONES RELATIVAS: ARTÍCULOS 9 Y 10 PROHIBICIONES RELATIVAS: ARTÍCULOS 9 Y 10 Art. 9 Otros derechos anteriores. Sin la debida autorización, no podrá registrarse como marcas: A) El nombre civil o la imagen que identifique a una persona distinta

Más detalles

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: EXPEDIENTE PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO Consejería, Nº. y año de expediente CYT- /2016 BOCyL SI NO Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente: ACUERDO DE, DE LA JUNTA DE CASTILLA

Más detalles

EL RECTOR. Fdo.: VICENTE C. GUZMÁN FLUJA

EL RECTOR. Fdo.: VICENTE C. GUZMÁN FLUJA RESOLUCIÓN DE 6 DE JUNIO DE 2014 DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA, POR LA QUE SE CONVOCAN PREMIOS AL RENDIMIENTO ACADÉMICO, PARA EL CURSO 2013/2014. Con el objetivo de fomentar y reconocer

Más detalles

NOMBRE DE LA EMPRESA 1. LEASEPLAN SERVICIOS S.A. 2. NORTHGATE ESPAÑA RENTING FLEXIBLE S.A. 3. BUJARKAY S.L

NOMBRE DE LA EMPRESA 1. LEASEPLAN SERVICIOS S.A. 2. NORTHGATE ESPAÑA RENTING FLEXIBLE S.A. 3. BUJARKAY S.L RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN TIPO DE CONTRATO: SUMINISTRO DENOMINACIÓN: CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO EN REGIMEN DE ALQUILER TRADICIONAL DE VEHÍCULOS PARA LA RED DE OFICINAS COMARCALES AGRARIAS DE LA AGENCIA

Más detalles

Nº de Recurso: 1139/2013. ROJ: STS 738/2015 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Maria Isabel Perello Domenech

Nº de Recurso: 1139/2013. ROJ: STS 738/2015 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Maria Isabel Perello Domenech Nº de Recurso: 1139/2013. ROJ: STS 738/2015 Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Magistrado Ponente: Maria Isabel Perello Domenech SENTENCIA En la villa de Madrid, a veinte de febrero de

Más detalles

M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial

M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial El Peritaje en el Proceso Civil M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial Dentro de la resolución que admite a trámite la demanda, o en su caso la que une a los

Más detalles

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL A U T O

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL A U T O JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL CONCURSO VOLUNTARIO Nº 388/2008 A U T O María Del Mar Hernández Rodríguez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 10 (Mercantil) de Santander. En Santander,

Más detalles

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36 Artículo 32. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia Uno. De acuerdo con

Más detalles

5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$

5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ 5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$(1(/(;3(',(17(1Ò0(52 En la ciudad de Sevilla, a 25 de mayo de 2007. Reunido el &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$, bajo la presidencia

Más detalles

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGIÓN DE MURCIA Sala de lo Contencioso-administrativo Ponente: José María Pérez-Crespo Payá Sentencia de 17 de enero de 2014 Recurso 130/2013 Sentencia 20/2014 LA SALA

Más detalles

JUT1T1\ 0[ 1\T1U1\lUC11\

JUT1T1\ 0[ 1\T1U1\lUC11\ JUT1T1\ 0[ 1\T1U1\lUC11\ TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES Recursos So, 81 y 82j2012. Resolución 79/2012. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 164 Lunes 7 de julio de 2014 Sec. III. Pág. 53034 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 7122 Resolución de 6 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 151/2012 Resolución nº 168/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 3 de agosto 2012. VISTO el recurso interpuesto por D. F.D.B.A.S., con DNI 30.670.786-X,

Más detalles

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE ARAGÓN

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE ARAGÓN RE 129/2014 Acuerdo 7/2015, de 13 de enero de 2015, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, por el que se resuelve el recurso especial interpuesto por PROMOCIONES WESTWORLD, S.L. frente

Más detalles

CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS

CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS El Instituto Nacional de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía Fomento y Turismo convoca a todos los interesados, a participar de la consulta pública Nuevos

Más detalles

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada.

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada. RESOLUCIÓN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Más detalles

Encuentro de Abogados CUBA-USA

Encuentro de Abogados CUBA-USA Encuentro de Abogados CUBA-USA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL DERECHO DE AUTOR ANTECEDENTES Real Célula del 30 de julio de 1833 (Primer instrumento jurídico que normó la actividad de la Propiedad

Más detalles

LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LA INTERVENCIÓN JUDICIAL EN LOS CASOS DE DESACUERDO CONYUGAL Y EN LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES

Más detalles

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006

Más detalles

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas

Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-PCM (El Decreto Supremo en referencia

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,

Más detalles

TURNO DE OFICIO MEMORIA AÑO Departamento Turno de Oficio Memoria Año

TURNO DE OFICIO MEMORIA AÑO Departamento Turno de Oficio Memoria Año TURNO DE OFICIO MEMORIA AÑO Departamento Turno de Oficio Memoria Año 1 MEMORIA ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA Y TURNO DE OFICIO El presente documento contiene los datos resultantes de la gestión del servicio

Más detalles