MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES

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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DICIEMBRE 2007

2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 2 Con fundamento a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 y 17 fracción III del Reglamento Interior de este Organo Administrativo Desconcentrado, he tenido a bien expedir el: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ING. ARMANDO RANGEL HERNANDEZ EL DIRECTOR EN JEFE

3 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 3 INDICE PAGINA I. CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL SECTOR AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA 5 II. PRESENTACION 7 III. MARCO LEGAL 9 IV. OBJETIVO GENERAL 16 V. PROCEDIMIENTOS, OBJETIVOS, FUNDAMENTO JURIDICO, POLITICAS Y DIAGRAMAS DE FLUJO 1. EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES. (CERTIFICADO ISO: ) 2. SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL. (CERTIFICADO ISO: ) 3. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA). (CERTIFICADO ISO: ) SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO. (CERTIFICADO ISO: ) 5. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION. (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS). (CERTIFICADO ISO: ) 6. SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y DE VIGENCIA DE DERECHOS. (CERTIFICADO ISO: ) 7. PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS, CON ALCANCE A LA EXPEDICION DE TITULOS Y CERTIFICADOS. (CERTIFICADO ISO: ) 8. SOLICITUD DE EXPEDICION DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS AGRARIOS. (CERTIFICADO ISO: ) 9. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LA ELECCION, O REMOCION Y REORGANIZACION DE LOS ORGANOS DE REPRESENTACION Y VIGILANCIA DEL EJIDO O DE LA COMUNIDAD. (CERTIFICADO ISO: )

4 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DEL REGLAMENTO INTERNO DEL EJIDO O EL ESTATUTO COMUNAL DE LA COMUNIDAD Y SUS MODIFICACIONES. (CERTIFICADO ISO: ) SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LOS DIVERSOS ACUERDOS DEL EJIDO O LA COMUNIDAD. (CERTIFICADO ISO: ) 12. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DEL RECONOCIMIENTO DE AVECINDADOS. (EJIDO Y COMUNIDAD). (CERTIFICADO ISO: ) 13. SOLICITUD DE EXPEDICION DE TITULOS DE PROPIEDAD DERIVADOS DE LA ADOPCION DE DOMINIO PLENO SOBRE PARCELAS. (CERTIFICADO ISO: ) 14. SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ASIENTOS REGISTRALES. (CERTIFICADO ISO: ) 15. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LA DELIMITACION, DESTINO Y ASIGNACION DE LAS TIERRAS EJIDALES COMUNALES. (CERTIFICADO ISO: ) 16. SOLICITUD DE REPOSICION DE CERTIFICADOS PARCELARIOS DE DERECHOS SOBRE TIERRAS DE USO COMUN Y TITULOS DE PROPIEDAD DE ORIGEN PARCELARIO Y DE SOLAR URBANO. (CERTIFICADO ISO: ) 17. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE DIVERSOS CONTRATOS CELEBRADOS POR EJIDATARIOS O COMUNEROS, (CERTIFICADO ISO: ) 18. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE ENAJENACION DE DERECHOS, SOBRE TIERRAS DE USO COMUN. (CERTIFICADO ISO: ) 19. INSCRIPCION DE RESOLUCIONES JUDICIALES ADMINISTRATIVAS Y SENTENCIAS. (CERTIFICADO ISO: ) 20. CONSULTA DE DOCUMENTOS EN EL ARCHIVO AGRARIO EN DELEGACIONES. (CERTIFICADO ISO: ) COMITE DE EVALUACION OPERATIVA APLICACION DE ENCUESTAS DE SATISFACCION DEL USUARIO DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y CANCELADOS. 187 VI. GLOSARIO DE TERMINOS 195

5 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 5 CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL SECTOR AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA

6 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 6 Código de Conducta de los Servidores Públicos del Sector Agrario. Los Servidores Públicos del Registro, han asumido una posición Etica, para abatir, prevenir y erradicar los niveles de corrupción, ante el entorno que los rodea, reafirmando la convicción de servicio a la comunidad agraria, logrando con esto presentar una nueva imagen de lo que es la Administración Pública Federal, para recuperar la confianza y credibilidad del ciudadano, inspirados en la Misión, Visión y Política de éste Órgano Desconcentrado: Misión Llevar el control de la tenencia de la tierra y de los derechos constituidos respecto a la propiedad rústica y de las figuras asociativas, a través de la función registral y de su publicidad; resguardo documental, asistencia técnica y catastral, para garantizar la seguridad jurídica y el carácter público de la información, en beneficio de los sujetos de derecho agrario y demás solicitantes de los servicios Visión Ser una institución altamente confiable y eficiente en el otorgamiento de la certeza jurídica a los sujetos de derecho agrario, que apoye los procesos económicos y organizativos en el medio rural. Política Los servicios regístrales de asistencia técnica, catastrales, resguardo documental y de publicidad, a cargo del Registro, se proporcionan de conformidad a la normatividad aplicable, de manera eficaz, oportuna, expedita, transparente y por personal competente y comprometido.

7 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 7 PRESENTACION

8 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 8 PRESENTACION El Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales ha sido elaborado, por la Dirección General de Delegaciones en coordinación con las Direcciones Generales del RAN., con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por el Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 18 fracción VI del Reglamento Interior del Registro, así mismo para hacer más eficientes las actividades que realizan las Delegaciones Estatales. El presente Manual de Procedimientos tiene como propósito fundamental, servir como un instrumento de apoyo jurídico-administrativo para las Unidades Administrativas de Oficinas Centrales y Delegaciones Estatales del Registro, al ofrecer en forma sistemática los pasos a seguir, las instancias que participan y el marco legal que fundamenta su actuación, para el desarrollo adecuado de las actividades propias de las atribuciones de las Delegaciones Estatales, tomando en cuenta los procedimientos que ya han sido certificados bajo la norma ISO- 9000, con la cual se brinda mayor transparencia, eficiencia y confiabilidad, en el servicio o trámite que se atiende, así como el proceso interno que materializa el servicio o trámite de que se trate, además de estar equiparados con los servicios o trámites registrados ante COFEMER. Es importante mencionar que en este documento, se tiene especial cuidado en la instrumentación de las normas que son aplicables a cada uno de los procedimientos los cuales se encuentran certificados y se toman en consideración las acciones de Simplificación Administrativa. Como todo proceso dinámico, los procedimientos que son materia de este manual son revisados y actualizados permanentemente para incorporar al mismo las modificaciones que puedan registrarse en el marco normativo aplicable. Dichos procedimientos son de observancia obligatoria en las Unidades Administrativas del Registro y tienen por objeto establecer las políticas de carácter general que deberán seguirse en las Delegaciones Estatales, siendo sus titulares los responsables de su difusión y estricto cumplimiento.

9 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 9 MARCO LEGAL

10 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 10 MARCO LEGAL CONSTITUCION Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 5-II-1917 Reforma D.O.F. 13-XI-2007 LEYES Ley de Organizaciones Ganaderas D.O.F 06-I-1999 Ley Federal del Reforma Agraria D.O.F. 16-IV-1971 Ultima Reforma D.O.F. 23-VII-1991 Por virtud del Decreto de Reformas al articulo 27 Constitucional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1992 y la expedición de la Ley Agraria, fue derogada; sin embargo, en términos de su articulo Tercero Transitorio sigue aplicándose respecto de los asuntos que encuentran en trámite en materia de ampliación o dotación de tierras, bosques y aguas, creación de nuevos centros de población, restitución, reconocimiento y titulación de bienes comunales. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F. 29-XII-1976 Ultima Reforma D.O.F. 02-VI-2006 Ley de Fomento Agropecuario D.O.F. 21-I-1981 Ultima Reforma D.O.F. 28-I-1988 Aplicable en los términos de lo dispuesto en el articulo Sexto Transitorio de la Ley Agraria, que la deroga, a excepción de las disposiciones que rigen el Fideicomiso de Riesgo Compartido (F.I.R.C.O.). Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente D.O.F. 28-I-1988 Modificada: D.O.F. 12-II-2007 Última Reforma 05-VII-2007 Ley Agraria D.O.F. 26-II-1992 Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios D.O.F. 26-II-1992 Ley de Aguas Nacionales D.O.F. 1-XII-1992 Ultima Reforma D.O.F. 9-VII-1993 Ultima Reforma D.O.F. 23-I-1998 Ultima Reforma D.O.F. 29-IV-2004 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. D.O.F. 25-II-2003 Ultima Reforma D.O.F. 26-XII-2005 Ley General de Asentamientos Humanos D.O.F. 21-VII-1993 Ultima Reforma D.O.F. 5-VIII-1994

11 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 11 Ley de Desarrollo Rural Sustentable. D.O.F. 7-XII-2001 Ultima Reforma D.O.F. 02-II-2007 Ley de Organizaciones Ganaderas D.O.F. 6-I-1999 REGLAMENTOS Decreto que abroga diversas disposiciones aplicables en materia federal y para el Distrito Federal. D.O.F. 2-XII-1997 Reglamento del cuerpo consultivo Agrario D.O.F. 3-IX-1980 En virtud de las reformas al Reglamento Interior de la Secretaria de la Reforma Agraria, publicadas el 30-III-1998 se extinguió el Cuerpo Consultivo Agrario; sin embargo, se sigue aplicando para la substanciación de los expedientes que deben integrarse en cumplimiento de las resoluciones derivadas de procedimientos jurisdiccionales o administrativos. Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario D.O.F. 23-XI-1981 Fe de erratas D.O.F. 25-II-1982 Aplicable en términos de lo dispuesto en el articulo Sexto Transitorio de la Ley Agraria, que derogo la Ley de Fomento Agropecuario a excepción de las disposiciones que rigen el fideicomiso de Riesgo Compartido (F.I.R.C.O.) Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios D.O.F. 13-V-1992 Ultima Reforma D.O.F. 7-III-2003 Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos D.O.F. 6-I-1993 Reglamento de la Ley de Organizaciones Ganaderas. D.O.F. 24-XII-1999 Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales D.O.F Última reforma 29-VIII-2002 Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria D.O.F. 11-VII-1995 Ultima Reforma D.O.F. 30-III-1998 Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra D.O.F. 12-VI-2000 Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002 Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural D.O.F. 4-I-1996 Aclaración D.O.F. 11-I-1996

12 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 12 Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria D.O.F. 28-XII-1996 Reglamento Interior del Registro D.O.F. 9-IV-1997 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. D.O.F. 1-XI-2002 Última Reforma 15-VII-2005 Reglamento de la Ley Agraria para fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina D.O.F. 8-V-1998 Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal D.O.F. 5-VIII-1988 DECRETOS Decreto por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, como Organismo Público Descentralizado de carácter técnico y social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, ampliando sus atribuciones y redefiniendo sus objetivos. D.O.F. 8-XI-1974 Última Reforma D.O.F. 2-VI-2004 Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargode los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. D.O.F. 14-IX Decreto que regula el Programa de Apoyo directos al Campo denominado PROCAMPO D.O.F. 25-VII-1994 Fe de Erratas D.O.F. 26-IX-1994 Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo D.O.F. 31-V-2007 ACUERDOS Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra. D.O.F. 12-VI-2000 Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002 Acuerdo que establece los distritos para la impartición de la Justicia Agraria, fija el número y la competencia territorial de los tribunales unitarios D.O.F. 16-VI-1992 Ultima Reforma D.O.F. 8-VII-1992 Acuerdo por el que se establecen Reglas Generales sobre el ISR de los Trabajadores sujetos a las leyes del Seguro Social y del INFONAVIT. D.O.F. 22-IX-1994 Ultima Reforma D.O.F. 1-XII-1998.

13 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 13 Acuerdo por el que se crea la Comisión Nacional de Desarrollo Integral y Justicia Social para los Pueblos Indígenas D.O.F Ultima Reforma D.O.F. 29-III-2001 Acuerdo por el que se establecen Reglas Generales sobre el ISR de los Trabajadores sujetos a las leyes del Seguro Social y del INFONAVIT. D.O.F. 22-IX-1994 Ultima Reforma D.O.F. 1-XII Acuerdo mediante el cual se crea el Comité Sectorial de Información Agraria D.O.F. 10-VI-1996 (Fecha de Expedición) Acuerdo por el que se constituye el Consejo Nacional Consultivo del Sector Agrario D.O.F. 23-XII-1996 Acuerdo de adscripción de las Unidades Administrativas de la Procuraduría Agraria D.O.F. 24-I-1997 Acuerdo de adscripción de las unidades administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria D.O.F. 27-IV-1998 Acuerdo por el que se modifica la estructura orgánica de las representaciones regionales, especiales y estatales de la Secretaria de la Reforma Agraria, las que se adscriben a la Oficialia Mayor. D.O.F. 6-XII-2006 Acuerdo por el que se delegan en los Titulares de las Representaciones Regionales, especiales y estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en las oficinas de dichas representaciones D.O.F. 5-VI-1998 Acuerdo por el que se delegan diversas facultades en las Unidades de Asuntos Jurídicos de las representaciones regionales y especiales de la Secretaría de la Reforma Agraria D.O.F. 6-VIII-1998 Acuerdo por el que se delegan facultades a las representaciones regionales y especiales y al Director General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 6-VIII-1998 Acuerdo que establece los lineamientos generales para la aplicación del Programa de Ahorro de Energía en inmuebles de la Administración Pública Federal. D.O.F. 16-III-1999 Ultima Reforma D.O.F. 27-VI-2003 Acuerdo que autoriza la emisión de títulos de propiedad sobre terrenos nacionales con firmas digitalizadas del Secretario de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural. D.O.F. 28-VI-1999 Ultima Reforma D.O.F. 8-III-2004

14 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 14 CIRCULARES Y OFICIOS Circular que contiene las normas que deberán ser observadas por Delegaciones y Núcleos agrarios para el aprovechamiento de recursos no renovables, determinar el fondo común, sus depósitos y manejos. D.O.F. 18-VII-1986 Fe de erratas D.O.F. 6-III-1987 Normas para la Administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Publica Federal. D.O.F. 3-IX-2001 Oficio-circular No.001 de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria mediante el cual da a conocer los lineamientos y normas que regulan el Ejercicio de las asignaciones autorizadas. D.O.F. 11-VI-1995 (Fecha de Expedición) Oficio-circular por el que se dan a conocer los lineamientos por los que se establece un mecanismo de información con base en indicadores de gestión conforme a los cuales las representaciones, delegaciones, y oficinas con que cuentan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República en el exterior, deberán reportar sus erogaciones, actividades y el cumplimiento de los programas a su cargo. D.O.F. 4-II-1998 Acuerdo que tiene por objeto fijar los montos máximos de rentas que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades de la Administración Pública Federal podrán pactar, durante el ejercicio fiscal 2007 en los contratos de arrendamiento que celebren en su carácter de arrendatarias para continuar con la ocupación de inmuebles arrendados, así como establecer los parámetros y condiciones para la contratación de nuevos arrendamientos. D.O.F. 29-XII-2006 DOCUMENTOS NORMATIVOS ADMINISTRATIVOS Normas técnicas para la delimitación de las tierras al interior del ejido. D.O.F. 25-IX-1992 Ultima Modificación D.O.F. 2-III-1995 Normas técnicas para la localización, deslinde y fraccionamiento de las zonas de urbanización de ejidos y comunidades, de su ampliación y de sus reservas de crecimiento. D.O.F. 11-V-1994 Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002. Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar D.O.F. 17-IX-2003 Manual de Organización General de la Procuraduría Agraria. D.O.F. 11-I-1999 Manual de Organización General de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 24-II-1999

15 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 15 Manual de Organización General del Registro D.O.F. 25-II-2000 OTRAS DISPOSICIONES Condicionas Generales de Trabajo de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 17-I-1997 (Fecha de Expedición) Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural. D.O.F. 11-VII-1997 Aviso mediante el cual se da a conocer a los interesados que la documentación original para el control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal que obraba en la Secretaría de la Reforma Agraria podrá ser consultada en el Registro. D.O.F. 20-X-1998

16 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 16 OBJETIVO GENERAL

17 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 17 OBJETIVO GENERAL El presente Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, tiene por objeto establecer políticas de carácter general y específico que deberán observarse en relación con el proceso jurídico aplicable en la materia, además de servir como una herramienta de apoyo administrativo a los funcionarios y empleados involucrados en las funciones conferidas en el Manual de Organización, sujetos a este proceso, tanto en Oficinas Centrales como en las Delegaciones Estatales.

18 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 18 PROCEDIMIENTOS, OBJETIVOS, FUNDAMENTO JURIDICO, POLITICAS Y DIAGRAMAS DE FLUJO

19 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 19 EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: )

20 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 20 OBJETIVO Establecer por el Director en Jefe las políticas para llevar a cabo el proceso de Evaluación Mensual Programática de las Delegaciones Estatales del Registro, correspondiendo a la Dirección General de Delegaciones, coordinar, supervisar y evaluar su cumplimiento, a través de la Dirección de Evaluación Operativa

21 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 21 FUNDAMENTO JURIDICO Observar y aplicar lo establecido en los artículos 3, 18 y 24 fracción V del Reglamento Interior del Registro publicado en el Diario Oficial de la Federación del 09/04/1997.

22 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 22 POLITICAS a) La Dirección General de Delegaciones a través de la Dirección de Evaluación Operativa será la responsable de vigilar y aplicar las políticas y funciones del Modelo de Evaluación Mensual a las Delegaciones, así como liberar la evaluación. b) Las Delegaciones Estatales serán las encargadas de enviar y proveer la información de la evaluación a la Dirección General de Delegaciones. c) Las Delegaciones Estatales tienen el 2º lunes de cada mes para requisitar los formatos electrónicos ubicados en la Dirección General de Delegaciones, conforme a las políticas establecidos. d) La Dirección General de Delegaciones será la encargada de dar a conocer los resultados de la evaluación, al Director en Jefe, a los Directores Generales y a las Delegaciones Estatales, indicando la ruta de localización en Intranet de los resultados de la evaluación. e) El Director en Jefe y el Director General de Delegaciones serán los encargados de extender mensualmente un reconocimiento a los primeros 5 lugares y de igual forma exhortar a los 5 últimos lugares a mejorar. f) Las Delegaciones Estatales serán responsables de integrar el Comité de Evaluación Operativa que será el eje para el procedimiento de evaluación.

23 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 23 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (Certificado ISO: ) AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Delegaciones Estatales 1 Requisita el 2 lunes de cada mes los formatos electrónicos ubicados en la página de la Dirección General de Delegaciones, conforme a los lineamientos establecidos en el Modelo de Evaluación del ejercicio correspondiente. Subdirección de Programación y Evaluación Departamento de Seguimiento y Evaluación Dirección General de Delegaciones Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyectos de Operación Dirección de Evaluación Operativa 2 Recaba de las Direcciones Generales los avances del POA y los entrega a la Dirección General de Delegaciones para que sea turnada a la Dirección de Evaluación Operativa. 3 Obtiene los datos del Sistema de Control de Gestión (SICOGE) y elabora el reporte de acuerdo al Modelo de Evaluación y lo deposita en la ruta de red correspondiente. 4 Obtiene la información de los Programas Especiales, genera reportes de acuerdo al Modelo de Evaluación y los deposita en la ruta de red correspondiente. 5 Integra los reportes en el formato de evaluación, procesa la información, genera el Reporte de Evaluación y lo envía a la Dirección de Evaluación Operativa. 6 Revisa el Reporte de Evaluación. Existen observaciones? 7 Si - Regresa reporte a la Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyectos de Operación (ver actividad No.5). 8 No Autoriza o libera la evaluación mediante su firma y envía a la Dirección General de Delegaciones para su Vo.Bo. Director General de Delegaciones 9 Firma con su Vo.Bo. una vez que la Evaluación cumple satisfactoriamente, y devuelve a la Dirección de Evaluación Operativa, con observaciones y recomendaciones para la Delegaciones.

24 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 24 PROCEDIMIENTO EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (Certificado ISO: ) DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Dirección de Evaluación Operativa 10 Coloca dicha evaluación en la ruta de red correspondiente, así como las observaciones y recomendaciones del Director General de Delegaciones. Dirección General de Delegaciones 11 Difunde, mediante oficio, a las Delegaciones la ruta en donde se localizan los resultados de la evaluación. 12 Notifica los resultados de la evaluación al Director en Jefe y a los Directores Generales Director en Jefe y Director General de Delegaciones Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyecto de Operación. 13 Extienden mensualmente en conjunto un reconocimiento a los primeros 5 lugares y de igual forma exhorta a los 5 últimos lugares a mejorar. 14 Realiza seguimiento a las observaciones y recomendaciones de su competencia, apoyados en el Programa de Supervisión. TERMINA PROCEDIMIENTO

25 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 25 DIAGRAMA DE FLUJO EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: ) SUBDIRECCION DE PROGRAMACIÓN Y EVALUACION DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES INICIO REQUISITA EL 2 LUNES DE CADA MES LOS FORMATOS ELECTRONICOS UBICADOS EN LA PAGINA DE LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES, CONFORME A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL MODELO DE EVALUACION DEL EJERCICIO CORRESPONDIENTE. RECABA DE LAS DIRECCIONES GENERALES LOS AVANCES DEL POA Y LOS ENTREGA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES PARA QUE SEA TURNADA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA OBTIENE LOS DATOS DEL SISTEMA DE CONTROL DE GESTION (SICOGE) Y ELABORA EL REPORTE DE ACUERDO AL MODELO DE EVALUACION Y LO DEPOSITA EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE OBTIENE LA INFORMACION DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES, GENERA REPORTES DE ACUERDO AL MODELO DE EVALUACION Y LOS DEPOSITA EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE. A

26 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 26 DIAGRAMA DE FLUJO EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: ) SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS DE OPERACION DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES DIRECTOR EN JEFE Y DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES A 5 6 INTEGRA LOS REPORTES EN EL FORMATO DE EVALUACION, PROCESA LA INFORMACION, GENERA EL REPORTE DE EVALUACION Y LO ENVIA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA. REVISA EL REPORTE DE EVALUACION SI NO EXISTEN OBSERVACIONES? 7 REGRESA REPORTE A LA SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS DE OPERACION 9 8 AUTORIZA O LIBERA LA EVALUACION MEDIASNTE SU FIRMA Y ENVIA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES PARA SU Vo.Bo. FIRMA CON SU VO. BO UNA VEZ QUE LA EVALUACION CUMPLE SATISFACTORIAMENTE Y DEVUELVE A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA, CON OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES PARA LAS DELEGACIONES REALIZA SEGUIMIENTO A LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DE SU COMPETENCIA, APOYADOS EN EL PROGRAMA DE SUPERVISION. COLOCA DICHA EVALUACION EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE, ASI COMO LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES. DIFUNDE, MEDIANTE OFICIO, A LAS DELEGACIONES LA RUTA EN DONDE SE LOCALIZAN LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION FIN NOTIFICA LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION AL DIRECTOR EN JEFE Y A LOS DIRECTORES GENERALES EXTIENDE MENSUALMENTE EN CONJUNTO UN RECONOCIMIENTO A LOS PRIMEROS 5 LUGARES Y DE IGUAL FORMA EXHORTA A LOS 5 ULTIMOS LUGARES A MEJORAR.

27 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 27 SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: )

28 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 28 OBJETIVO Corresponde al Director en Jefe establecer las políticas para la administración de la línea telefónica RANTEL, que el Registro pone a disposición de la ciudadanía para atender, informar y orientar a los usuarios, desde cualquier parte de la República Mexicana, sobre los servicios que ofrece.

29 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 29 FUNDAMENTO JURIDICO Observar y aplicar lo dispuesto por los artículos 6 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 148 y 151 de la Ley Agraria en Vigor; y los Artículos 5 y 97 del Reglamento Interior del Registro.

30 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 30 POLITICAS La Dirección General de Delegaciones será la responsable de elaborar y aplicar el presente procedimiento para informar y orientar al usuario respecto de los servicios que presta el RAN y en la información particular que este requiera se asignara el personal de apoyo necesario para esa Dirección. a) La Dirección de Evaluación Operativa será la encargada de que la información proporcionada por el usuario vía telefónica sea capturada en el Sistema de RANTEL. b) Proporcionar la información requerida al usuario y posteriormente registra el seguimiento o actuación. c) Elaborar el reporte Mensual RANTEL, por Delegación y por tipo de llamada a más tardar el día 5 del mes siguiente; así como el Reporte de Estándares de Servicio.

31 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 31 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO PARA EL SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: ) AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Usuario 1 Llama al , solicitando información sobre los servicios que ofrece el Registro o información sobre un trámite en particular. Dirección General de Delegaciones 2 Atiende y registra la llamada. 3 Orienta si el usuario solicita información sobre los servicios que ofrece el Registro y registra en la pantalla RANTEL PRINCIPAL. 4 Solicita los datos de identificación del servicio si el usuario requiere información sobre un trámite en particular, para conocer el status del trámite que requiere. Usuario 5 Proporciona los datos de identificación del trámite del cual desea información Dirección General de Delegaciones 6 Captura los datos en la pantalla RANTEL PRINCIPAL para conocer el status del trámite e indica al usuario que vuelva a llamar más tarde, mientras se realiza la investigación, este tiempo depende de la información solicitada. 7 Llama a la Delegación Estatal al Jefe de Área de Atención al Público o al área responsable de los trámites dependientes de la Subdelegación Técnica y solicita el status requerido por el usuario. Subdelegación Técnica 8 Investiga sobre el status solicitado e informa a la Dirección General de Delegaciones. Dirección General de Delegaciones 9 Recibe la información solicitada y registra en el Sistema de Almacenamiento de Datos y Seguimiento, la información está disponible para cuando el usuarios vuelva a llamar. Usuario 10 Llama para conocer la respuesta a su petición de trámite

32 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO 32 PROCEDIMIENTO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: ) AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Dirección General de Delegaciones Dirección General de Delegaciones 11 Proporciona la información requerida al usuario y posteriormente registra el seguimiento o actuación. 12 Elabora el Reporte mensual por Delegación y por tipo de llamada, al finalizar cada mes (a más tardar el día 5, del mes siguiente) y lo entrega a la Dirección de Evaluación Operativa. 13 Elabora, mensualmente, el Reporte de Estándares de Servicio para evaluar el desempeño del proceso. TERMINA PROCEDIMIENTO

33 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 33 DIAGRAMA DE FLUJO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: ) USUARIO DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES INICIO 1 2 LLAMA AL , SOLICITANDO INFORMACION SOBRE LOS SERVICIOS QUE OFRECE EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL O INFORMACION SOBRE UN TRAMITE EN PARTICULAR. ATIENDE Y REGISTRA LA LLAMADA. 3 ORIENTA SI EL USUARIO SOLICITA INFORMACION SOBRE LOS SERVICIOS QUE OFRECE EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, Y REGISTRA EN LA PANTALLA RANTEL PRINCIPAL. 5 4 PROPORCIONA LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL TRAMITE DEL CUAL DESEA INFORMACION SOLICITA LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL SERVICIO SI EL USUARIO REQUIERE INFORMACION SOBRE UN TRAMITE EN PARTICULAR PARA CONOCER EL STATUS DEL TRAMITE QUE REQUIERE. A

34 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 34 DIAGRAMA DE FLUJO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: ) DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES SUBDELEGACION TECNICA USUARIO A 6 CAPTURA LOS DATOS EN LA PANTALLA RANTEL PRINCIPAL PARA CONOCER EL STATUS DEL TRAMITE E INDICA AL USUARIO QUE VUELVA A LLAMAR MAS TARDE, MIENTRAS SE REALIZA LA INVESTIGACION, ESTE TIEMPO DEPENDE DE LA INFORMACION SOLICITADA. 7 8 LLAMA A LA DELEGACION ESTATAL AL JEFE DE AREA DE ATENCION AL PUBLICO O AL AREA RESPONSABLE DE LOS TRAMITES DEPENDIENTES DE LA SUBDELEGACION TECNICA Y SOLICITA EL STATUS REQUERIDO POR EL USUARIO. INVESTIGA SOBRE EL STATUS SOLICITADO E INFORMA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES. 9 RECIBE LA INFORMACION SOLICITADA Y REGISTRA EN EL SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE DATOS Y SEGUIMIENTO, LA INFORMACION ESTA DISPONIBLE PARA CUANDO EL USUARIOS VUELVA A LLAMAR. 10 LLAMA PARA CONOCER LA RESPUESTA A SU PETICION DE TRAMITE B

35 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 35 DIAGRAMA DE FLUJO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: ) DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES B 11 PROPORCIONA LA INFORMACION REQUERIDA AL USUARIO Y POSTERIORMENTE REGISTRA EL SEGUIMIENTO O ACTUACION. 12 ELABORA EL REPORTE MENSUAL POR DELEGACION Y POR TIPO DE LLAMADA, AL FINALIZAR CADA MES (A MAS TARDAR EL DIA 5, DEL MES SIGUIENTE), Y LO ENTREGA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA. 13 ELABORA, MENSUALMENTE, EL REPORTE DE ESTANDARES DE SERVICIO ASI MISMO PARA EVALUAR EL DESEMPEÑO DEL PROCESO FIN

36 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 36 SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO: )

37 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 37 OBJETIVO Resguardar e inscribir el documento a través del cual el ejidatario o comunero en un acto personalísimo y en entera libertad designa a quien debe sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad agraria.

38 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 38 FUNDAMENTO JURIDICO Observar y aplicar lo establecido en los artículos 17 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la federación el 26/02/1992; y los artículos 25 fracción V, 84, 85 y 88 del Reglamento Interior del Registro publicado en el Diario Oficial de la Federación del 09/04/1997.

39 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 39 POLITICAS La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento. a) La solicitud deberá presentarse en escrito libre, anexando el comprobante de pago de derechos, Certificado de Derechos Agrarios y/o Certificados Parcelarios, Resolución Judicial o Administrativa y/o Constancia de Vigencia de Derechos emitida por el Registro Agrario Nacional, con el que acredite los derechos como ejidatario o comunero e identificación oficial. b) Cuando la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención. c) Es responsabilidad del Registrador la emisión de la Calificación Registral, en sentido positivo o negativo en cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados. d) Será facultad del Ejidatario o Comunero designar a la persona que deba sucederle en sus derechos agrarios y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario. e) La Lista de Sucesión se podrá elaborar ante el registrador, quien verificará la autenticidad de la firma y la huella digital del ejidatario.

40 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 40 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO: ). AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de atención al público Subdelegación Técnica. Subdelegación Técnica 2 Recibe solicitud y documentación, asigna No. Folio y No. de solicitud y turna al registrador. Subdelegación de Registro 3 Recibe y el registrador revisa la vigencia de los derechos del ejidatario en el SDI, en el SIRAN o el padrón de ejidatarios Existe Vigencia de Derechos? 4 No - Elabora oficio de negación, se le hace del conocimiento al usuario que no tiene derechos vigentes y se procede a la devolución de la documentación al usuario. (pasa a la actividad No.8) 5 Si - Registra en el SIRAN asignando No. de sobre, el registrador se entrevista con el usuario para formalizar el deposito de lista de sucesión recabando firma y huella del ejidatario y firma del registrador, se cierra el sobre en presencia del ejidatario, se firma el sobre por el ejidatario con su huella, firma del registrador fecha y hora de recepción y se emite constancia de sucesión, revisa y firma el registrador. Existe alguna inconsistencia? 6 Si - Registrar en el RC-8.0-CIC-17 Registro de Producto No Conforme (regresa a la Actividad No. 5). 7 No - Entrega al usuario y el sobre se guarda en la bóveda de la Delegación. Usuario 8 Recibe oficio de negación o constancia de sucesión TERMINA PROCEDIMIENTO

41 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 41 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO: ) USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO INICIO LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO SUBDELEGACION TECNICA SOLICITUD EN ORIGINAL RECIBE SOLICITUD Y DOCUMENTACION, ASIGNA No. FOLIO Y No. DE SOLICITUD Y TURNA AL REGISTRADOR. SICOGE, SIRAN RECIBE Y EL REGISTRADOR REVISA LA VIGENCIA DE LOS DERECHOS DEL EJIDATARIO EN EL SDI, EN EL SIRAN O EL PADRON DE EJIDATARIOS SDI, SIRAN SI NO EXISTE VIGENCIA DE DERECHOS? 4 ELABORA OFICIO DE NEGACION, SE LE HACE DEL CONOCIMIENTO, AL USUARIO QUE NO TIENE DERECHOS VIGENTES Y SE PROCEDE A LA DEVOLUCION DE LA DOCUMENTACION AL USUARIO. OFICIO DE NEGACION A 1

42 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 42 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCEOSRES POR EJIDATARIO/COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO: ) SUBDELEGACION DE REGISTRO USUARIO A 5 REGISTRA EN EL SIRAN ASIGNANDO No. DE SOBRE, EL REGISTRADOR SE ENTREVISTA CON EL USUARIO PARA FORMALIZAR EL DEPOSITO DE LISTA DE SUCESION RECABANDO FIRMA Y HUELLA DEL EJIDATARIO Y FIRMA DEL REGISTRADOR, SE CIERRA EL SOBRE EN PRESENCIA DEL EJIDATARIO, SE FIRMA EL SOBRE POR EL EJIDATARIO CON SU HUELLA, FIRMA DEL REGISTRADOR Y SE EMITE CONSTANCIA DE SUCESION, REVISA Y FIRMA EL REGISTRADOR DEPOSITO DE LISTA SIRAN CONSTANCIA 6 REGISTRAR EN EL RC- 8.0-CIC-17 REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME SI EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA? NO ENTREGA AL USUARIO Y EL SOBRE SE GUARDA EN LA BOVEDA DE LA DELEGACION RECIBE OFICIO DE NEGACION O CONSTANCIA DE SUCESION BOVEDA FIN

43 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 43 SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO: )

44 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 44 OBJETIVO Otorgar certeza jurídica a petición de quien acredite tener interés jurídico y demás que hubiere tenido el ejidatario o comunero fallecido, y ante la presencia de por lo menos dos testigos, el Registro proceda a la apertura del sobre y expida la constancia que proceda para acreditar los derechos del sucesor.

45 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 45 FUNDAMENTO JURIDICO Observar y aplicar los artículos 17 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992 y Artículos 86 y 87 del Reglamento Interior del Registro publicado en el Diario Oficial de la federación el 09/04/1997.

46 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 46 POLITICAS La Dirección General de Delegaciones será responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento. a) La solicitud deberá presentarse en escrito libre, anexando el comprobante de pago de Derechos, Acta de Defunción del Titular del Derecho, identificación oficial del solicitante, documento por el cual acredite tener interés jurídico en la sucesión y dos testigos con identificación oficial. b) Si la solicitud es presentada incompleta o le falta algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención. c) Es responsabilidad del Registrador la emisión de la calificación registral, en sentido positivo o negativo de cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados. d) El trámite será de resolución inmediata. El registrador ante la presencia del interesado y de por lo menos de dos testigos de asistencia, abrirá el sobre e informará el nombre de la persona designada. e) Si existiera aviso de fedatario público sobré una Lista de Sucesión, el registrador solicitará copia de ella, en cuyo caso, será valida la fecha posterior y, previo cumplimiento de las formalidades a que se refiere el Articulo 86 del Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional.

47 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 47 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO: ) AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de atención al público subdelegación Técnica. Subdelegación Técnica 2 Recibe al usuario y a sus dos testigos, le solicita acredite su interés jurídico y documentación necesaria, asigna No. de folio y No. de solicitud y turna a la Subdelegación de Registro. Subdelegación de Registro 3 Recibe el registrador y revisa que exista el depósito de la lista de sucesores. Existe sobre? 4 No - Levanta acta administrativa de apertura firma solicitante, los dos testigos y el registrador y se entrega al usuario. (Pasa actividad 9). 5 Si - Obtiene sobre de la bóveda procede a la apertura de la lista de sucesión, levanta testimonio (acta) de la apertura, elabora constancia (oficio) de respuesta se firma da estatus en el SIRAN, en el padrón de ejidatarios y el control de aperturas, revisa y entrega constancia al usuario y guarda el expedientillo en la bóveda, el registrador también puede dar alta y baja en el SIRAN. Existe alguna inconsistencia? 6 Si - Registra en el RC-8.0-CIC-17 Registro de Producto No Conforme. ( regresa a la actividad No. 5) Subdelegación Técnica 7 No - Recibe el expediente para alta y baja en el SIRAN y devuelve el expediente a la Subdelegación de Registro. Subdelegación de Registro 8 Recibe el registrador expediente o acta administrativa de apertura y lo guarda en la bóveda. Usuario 9 Recibe documentos relativos a la apertura u oficio de respuesta negativa. TERMINA PROCEDIMIENTO

48 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 48 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO: ) USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO INICIO LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA) SOLICITUD EN ORIGINAL RECIBE AL USUARIO Y A SUS DOS TESTIGOS, LE SOLICITA ACREDITE SU INTERES JURIDICO Y DOCUMENTACION NECESARIA, ASIGNA NO. DE FOLIO Y NO. DE SOLICITUD Y TURNA A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO. RECIBE EL REGISTRADOR Y REVISA QUE EXISTA EL DEPOSITO DE LA LISTA DE SUCESORES SICOGE, SIRAN SI NO EXISTE SOBRE? 4 LEVANTA ACTA ADMINISTRATIVA DE APERTURA FIRMA SOLICITANTE, LOS DOS TESTIGOS Y EL REGISTRADOR Y SE ENTREGA AL USUARIO (VER ACTIVIDAD NO.9) 1 A

49 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 49 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO: ) SUBDELEGACION DE REGISTRO SUBDELEGACION TECNICA A 5 OBTIENE SOBRE DE LA BOVEDA PROCEDE A LA APERTURA DE LA LISTA DE SUCESION, LEVANTA TESTIMONIO (ACTA) DE LA APERTURA, ELABORA CONSTANCIA (OFICIO) DE RESPUESTA FIRMA DA ESTATUS EN EL SIRAN, EN EL PADRON DE EJIDATARIOS Y EL CONTROL DE APERTURAS, REVISA Y ENTREGA CONSTANCIA AL USUARIO Y GUARDA EL EXPEDIENTILLO EN LA BOVEDA, EL REGISTRADOR TAMBIEN PUEDE DAR ALTA Y BAJA EN EL SIRAN ACTA SIRAN PADRON DE EJIDATARIOS 6 CONTROL DE APERTURAS REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME SI EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA? NO RECIBE EXPEDIENTE PARA ALTA Y BAJA EN EL SIRAN Y DEVUELVE EL EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO 7 SIRAN B

50 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 50 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO: ) SUBDELEGACION DE REGISTRO USUARIO B RECIBE EL REGISTRADOR EXPEDIENTE O ACTA ADMINISTRATIVA DE APERTURA Y LO GUARDA EN LA BOVEDA RECIBE DOCUMENTOS RELATIVOS A LA APERTURA U OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA FIN BOVEDA

51 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 51 SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO: )

52 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 52 OBJETIVO Realizar e inscribir el traslado de derechos de cuando a la muerte del titular del derecho el Registro a petición quien acredite ser el sucesor preferente y expedir a su favor la constancia o certificado parcelario.

53 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 53 FUNDAMENTO LEGAL Observar y aplicar los artículos 17,18 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992 y los artículos 25 fracción II inciso n), 36 fracción V del Reglamento Interior del Registro publicado en el Diario Oficial de la federación el 09/04/1997.

54 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 54 POLITICAS a) La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento. b) La solicitud deberá por escrito libre, anexando el comprobante de pago de Derechos, Acta de Defunción del titular del derecho, Acta de Nacimiento o Matrimonio del sucesor, Constancia de Sucesión o Apertura de Lista en su caso, Certificado Parcelario y/o uso común e identificación oficial del sucesor. c) En caso de que la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención. d) Será responsabilidad del Registrador la emisión de la calificación registral, en sentido positivo o negativo de cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados. e) Cumplir con la ultima voluntad del extinto ejidatario, registra a petición de quien acredite legalmente conforme a la Ley Agraria ser Sucesor Preferente el Traslado de Derecho que perteneció al fallecido titular.

55 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 55 DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO: ) AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Usuario 1 El usuario llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de Atención al Público. Subdelegación Técnica. Subdelegación Técnica 2 Recibe solicitud y documentación, asigna no folio, no. de solicitud, turna a la subdelegación de Registro. Subdelegación de Registro 3 Recibe el registrador y revisa que el promovente acredite su interés jurídico de ser el sucesor preferente en el SDI, SIRAN, en el expediente general del PROCEDE, en el padrón de ejidatarios, en la lista de sucesión y en el libro de registro de enajenaciones y trasmisiones y revisa que existan los certificados parcelarios a nombre del finado. Es el sucesor preferente? 4 No.- elabora oficio de respuesta negativa o se previene acuerdo y se turna a la Subdelegación Técnica (pasa a la actividad 12). Si - Existe certificado parcelario? 5 No - existen los certificados se revisa en el ADDAT que parcela es y que tenga derechos de uso común, se solicita expediente individual, se procede a generar el complemento del finado y se íntegra al expediente. 6 Si - califica el expediente, da de baja en el SIRAN los documentos anteriores e inscribe a quien acredite ser el sucesor preferente, cancela certificados y turna mediante oficio a la Subdelegación Administrativa. Subdelegación Administrativa 7 Solicita al Departamento de Titulación y Catastro Rural los preimpresos correspondientes e imprime los nuevos certificados. Están correctos los certificados? Subdelegación de Registro 8 No - registrar en el RC-8.0-CIC-17 Registro de Producto No Conforme (pasa a la actividad No. 7). Si los Certificados originales sufren deterioro o tienen defectos, errores materiales y/o de concepto se deberá aplicar el procedimiento Destrucción de Documentos Inservibles y Cancelados.

56 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO 56 PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO: ) AREA Y/O PUESTO ACTIV. NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD Subdelegación Administrativa 9 Si - los certificados son los correctos, turna los nuevos certificados mediante oficio al Departamento de Titulación y Catastro Rural. Subdelegación Técnica Departamento de Titulación y Catastro Rural 10 Recibe documentación, imprime planos de los certificados, rubrica, turna al Subdelegado Técnico para rubrica y se elabora registro interno para la entrega de documentos y envía al Delegado para su firma. Oficina del Delegado 11 Recibe, firma oficio y certificado y los turna a la Subdelegación Técnica. Subdelegación Técnica 12 Recibe oficio de respuesta, certificado de transmisión por sucesión u oficio de respuesta negativa da de baja la cédula, pone folio y sello y se entrega al usuario y guarda el expediente en la bóveda Usuario 13 Recibe oficio de respuesta, Certificado de Transmisión por Sucesión u oficio de respuesta negativa. TERMINA PROCEDIMIENTO

57 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 57 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO: ) USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO INICIO 3 2 LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION, EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA) 1 SOLICITUD EN ORIGINAL RECIBE SOLICITUD Y DOCUMENTACION, ASIGNA No FOLIO, No. DE SOLICITUD Y TURNA A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO RECIBE EL REGISTRADOR, REVISA QUE EL PROMOVENTE ACREDITE SU INTERES JURIDICO Y SER EL SUCESOR PREFERENTE EN EL SDI, SIRAN, EN EL EXPEDIENTE GENERAL DEL PROCEDE, EN EL PADRON DE EJIDATARIOS, EN LA LISTA DE SUCESION YEN EL LIBRO DE REGISTRO DE ENAJENACIONES Y TRANSMISIONES Y REVISA QUE EXISTAN LOS CERTIFICADOS PARCELARIOS A NOMBRE DEL FINADO SDI, SIRAN SICOGE, SIRAN NO ES EL SUCESOR PREFERENTE? SI EXISTE CERTIFICADO? PARCELARIO? 4 ELABORA OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA O SE PREVIENE ACUERDO Y SE TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA OFICIO RESPUESTA NO 5 EXISTEN LOS CERTIFICADOS SE REVISA EN EL ADDAT QUE PARCELA ES Y QUE TENGA DERECHOS DE USO COMUN, SE SOLICITA EXP. INDIVIDUAL SE PROCEDE A GENERAR EL COMPLEMENTO DEL FINADO Y SE INTREGRA EXPEDIENTE A 6 CALIFICA EL EXPEDIENTE, DA DE BAJA EN EL SIRAN LOS DOCUMENTOS ANTERIORES E INSCRIBE A QUIEN ACREDITE SER SUCESOR PREFERENTE, CANCELA CERTIFICADOS Y TURNA MEDIANTE OFICIO A LA SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA SIRAN 1

58 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS 58 DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO: ) SUBDLEGACION ADMINISTRATIVA SUBDELEGACION DE REGISTRO SUBDELEGACION TECNICA DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO 1 8 SOLICITA AL DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO LOS PREIMPRESOS CORRESPONDIENTES E IMPRIME LOS CERTIFICADOS 7 CERTIFICADO PARCELARIO REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 "REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME" SI LOS CERTIFICADOS ORIGINALES SUFREN DETERIORO O TIENEN DEFECTOS, ERRORES MATERIALES Y/O DE CONCEPTO SE DEBERA PLICAR EL PROCEDIMIENTO "DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y CANCELADOS" ESTAN CORRECTOS LOS CERTIFICADOS? NO SI 10 TURNA LOS NUEVOS CERTIFICADOS MEDIANTE OFICIO AL DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO 9 OFICIO RECIBE DOCUMENTACION, IMPRIME PLANOS DE LOS CERTIFICADOS, RUBRICA, TURNA AL SUBDELEAGDO TECNICO PARA RUBRICA; SE ELABORA REGISTRO INTERNO PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTOS Y ENVIA AL DELEGADO PARA SU FIRMA CERT. PARCELARIO 2

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