INSTRUCTIVO GENERAL SUBVENCIONES 2014
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- Benito Salinas Toro
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1 INSTRUCTIVO GENERAL SUBVENCIONES 2014 GOBIERNO REGIONAL DEL BIO BIO 1.-ANTECEDENTES La Ley Nº Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en el Capítulo II Funciones y Atribuciones del Gobierno Regional, en su Artículo Nº 19 letra b) y c), establecen responsabilidades al Gobierno Regional en materias de desarrollo social. Además en su Artículo Nº 20 letra h), establece que le corresponderá proponer criterios para la distribución y distribuir cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional pertinente correspondiente del Programa 02 de los Gobiernos Regionales. El presente instrumento, se ha elaborado basándose en lo establecido en la Ley de Presupuesto para el año 2014, en la Glosas del Programa 02 de los Gobiernos Regionales. Consecuentemente, hasta un 6% del total de los recursos podrá ser destinado a subvencionar actividades culturales, actividades deportivas y del programa Elige Vivir Sano, actividades de seguridad ciudadana, actividades de carácter social y rehabilitación de drogas, que efectúen las municipalidades, otras entidades públicas y/o instituciones privadas sin fines de lucro. 2.- DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DE SUBVENCIONES 2.1.-El fondo destinado a las subvenciones, se distribuye de la siguiente manera: El 96,5% de los recursos se destinaran a financiar las actividades de subvenciones y El 3,5% restante, se destinará a financiar la externalización de los procesos de información a la comunidad, admisibilidad, evaluación técnica, gestión administrativa y/o supervisión en terreno de las actividades que se aprueben. El Gobierno Regional del Bío Bío ha generado el presente Instructivo General con el propósito de orientar y reglamentar la postulación de iniciativas a cualquiera de las subvenciones financiadas con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional. Así mismo, ha generado para cada subvención Bases Técnico -Administrativas con los requerimientos específicos de cada una. Por lo tanto las entidades interesadas en postular a estos fondos, deberán cumplir los requisitos considerados en el presente Instructivo General y en las Bases Técnico - Administrativas de la subvención correspondiente, para postular a financiamiento. La distribución del fondo para cada subvención se señala a continuación: % Asignado Cultura 2 Deporte y Programa Elige Vivir Sano 2 Seguridad Ciudadana 1 Social y Rehabilitación de Drogas 1 Porcentaje Total 6 1
2 2.3.- ASIGNACIÓN PÚBLICO PRIVADA La distribución presupuestaria para entidades públicas y privadas, se señala en la siguiente tabla: PUBLICO % PRIVADO % Cultura Deporte y Programa Elige Vivir Sano Seguridad Ciudadana Social y Rehabilitación de Drogas La distribución anterior, tiene por objeto, poder efectuar las modificaciones presupuestarias ante el Ministerio de Hacienda tempranamente y de esa forma poder disponer oportunamente de los recursos a transferir a las instituciones beneficiadas. 3.- DISPOSICIONES GENERALES De Los Postulantes: Podrán postular a cualquiera de las subvenciones, las entidades señaladas en las respectivas Bases Técnico Administrativas De la Difusión y Orientación a los Postulantes La difusión se realizará de manera amplia a los posibles beneficiarios a nivel regional, provincial y comunal, mediante charlas, comunicación directa y a través de la página Web del Gobierno Regional También podrá hacerse difusión a través de otros mecanismos, tales como medios de comunicación de diferente cobertura. Durante el periodo de postulación, los participantes podrán efectuar consultas en forma personal o electrónica y recibir orientación a su postulación, en el Departamento de Inversiones del Gobierno Regional del Bío Bío y/o a través de los siguientes correos: Cultura Deporte y Programa Elige Vivir Sano Seguridad Ciudadana Social y Rehabilitación de Drogas cultura@gorebiobio.cl deportes@gorebiobio.cl seguridadciudadana.fndr@gorebiobio.cl. fondosocial@gorebiobio.cl 3.3.-Restricciones e inhabilidades del proceso: No podrán postular a las subvenciones aquellas entidades privadas y/o públicas que: a) Habiendo sido beneficiados en años anteriores, presenten situaciones pendientes referidas a recursos entregados por el Gobierno Regional. Ya sea en materia de rendiciones de cuentas y/o Informes de Gestión. b) Hayan puesto término anticipado a la ejecución de un proyecto, sin la autorización del Gobierno Regional, contraviniendo las normas contenidas en el convenio suscrito al efecto. c) Tengan entre sus directores, administradores o responsables del proyecto a personas que presenten la calidad de funcionarios del Gobierno Regional, miembros del Consejo Regional o que presten servicios en calidad de honorarios en el Gobierno Regional. d) Tengan entre sus directores, administradores o responsables del proyecto a personas que presenten la calidad de cónyuges, hijos o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, con los directivos de la institución y/o miembros del Gobierno Regional. 2
3 e) Tengan entre sus directores y/o administradores de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales a alcaldes, concejales y otros funcionarios municipales que ejerzan cargos de jefatura administrativa en la respectiva municipalidad mientras dure su mandato. Lo anterior, en atención a la Ley sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, párrafo 3, Art. 34. f) Cuyos directores y/o administradores tengan litigios o situaciones contractuales pendientes con el Gobierno Regional, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. g) Se les haya puesto término anticipado a un contrato previo suscrito con el Gobierno Regional, por causal imputable a esa entidad, dentro de los dos años anteriores a su postulación. h) Cuya existencia legal se extinga en el plazo propuesto para la ejecución del proyecto. i) A las que afecte cualquier otra inhabilidad legal, judicial o administrativa para contratar con el Gobierno Regional. j) Que consideren contrataren la dotación con cargo a la iniciativa financiada por el Gobierno Regional a los directivos de la organización, como asimismo a familiares directos, hasta el tercer grado de consanguinidad. k) Consideren como proveedores o prestador de servicios a directivos de la organización, como asimismo a sus familiares directos, hasta el tercer grado de consanguinidad. Cualquier contravención a la presente disposición, supondrá la inmediata exclusión de la iniciativa postulada. 4.- DE LOS MONTOS POSTULADOS Y FINANCIADOS Las instituciones podrán presentar la cantidad de iniciativas que estimen pertinentes la(s) subvenciones que deseen postular. El monto de cada proyecto postulado deberá situarse dentro de los mínimos y máximos; además se establece un monto tope de recursos a financiar por institución. Estos montos están detallados en las Bases Técnico-Administrativas de cada subvención. La aprobación de financiamiento que se adjudique a iniciativas de carácter asociativo, que postuló una Municipalidad en representación de una Asociación de Municipios, no se considerará como parte de los recursos asignados a esa entidad edilicia. 5.- DEL PLAZO Y LUGAR DE POSTULACIÓN Las instituciones postulantes a una subvención, deberán presentar sus iniciativas en los plazos establecidos en las Bases Técnico-Administrativas de cada subvención en horario de 8:30 hrs. a 16:00 hrs. en los siguientes lugares: a) Provincia de Concepción: Oficina de Partes del Gobierno Regional del Bio Bio, ubicada en calle A. Prat Nº 525, 1er. Piso, Concepción. b) Provincia de Arauco: Unidad de Programas y Proyectos del Gobierno Regional, instalada en la Gobernación Provincial de Arauco, calle Andrés Bello N 215, 1er. piso, Lebu. c) Provincia de Bío Bío: Unidad de Programas y Proyectos del Gobierno Regional, instalada en la Gobernación Provincial de Bío Bio, calle Caupolicán N 410, 2do. piso Los Ángeles. d) Provincia de Ñuble: Unidad de Programas y Proyectos del Gobierno Regional, instalada en la Gobernación Provincial de Ñuble, calle Libertad s/n Edificios Públicos Chillán, 3er. piso, Chillán. 6.- DE LA ADMISIBILIDAD Las iniciativas serán sometidas a un procedimiento de admisibilidad a objeto cumplan con los requisitos jurídico administrativos exigidos en las Bases Técnico Administrativas de cada subvención. Además: Se evaluará la pertinencia de las iniciativas con los lineamientos establecidos para cada subvención, Se comprobará el cumplimiento de los montos mínimos y máximos por iniciativas y Se verificará la utilización de los formularios correspondientes al año 2014, escritos digitalmente. 3
4 Los proyectos que cumplan con todos los antecedentes solicitados y que resultaren admisibles pasarán a la etapa de evaluación técnica 7.- EVALUACIÓN Y RE-EVALUACIÓN TÉCNICA Todas aquellas iniciativas que cumplan con los requisitos jurídicos y administrativos establecidos en el presente instructivo general y en los respectivos Bases Técnico - Administrativas de la(s) subvenciones a la(s) que postule, serán sometidas a evaluación técnica. Aclaración de observaciones: Se les solicitará aclarar y/o levantar observaciones, sólo a aquellas instituciones cuyas iniciativas hayan cumplido a lo menos con el 50% de los requisitos técnicos, establecidos en la Pauta de Evaluación Técnica. Se abrirá un plazo de cinco días hábiles para las instituciones cuyos proyectos resultaron admisibles y no recomendados técnicamente, a objeto puedan levantar las observaciones formuladas y quedar en condiciones de ser aprobados técnicamente. Para este efecto se contactará a las instituciones vía correo electrónico. PUNTAJE SITUACION RESOLUCIÓN Menor o igual a 49 puntos Desde 50 y hasta 64puntos Desde 65 puntos Sin Recomendación Técnica Iniciativa se somete a revaluación técnica Con Recomendación Técnica Se devuelven antecedentes al postulante. Se solicita al postulante que en un plazo de 5 días hábiles levante y/o responda vía correo electrónico o personalmente, las observaciones formuladas a la iniciativa por el evaluador, con el objeto de alcanzar la recomendación técnica. La notificación de las observaciones a la entidad postulante, se hará vía correo electrónico. Iniciativa pasa a sanción del Consejo Regional del Bio Bio para optar a financiamiento. El Gobierno Regional, podrá modificar el presupuesto presentado durante la evaluación técnica y cuando los montos asociados a cada ítem no se encuentren debidamente justificados, presenten error o aparezcan excesivos. 8.- APROBACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL. Una vez terminado el proceso de evaluación y revaluación técnica, las iniciativas que resulten técnicamente recomendadas serán remitidas por el Sr. Intendente Regional al Consejo Regional para su aprobación financiera. 9.- DEL USO Y PUBLICACIONES EN LA PAGINA WEB Toda la información relativa a las subvenciones, se subirá al portal del Gobierno Regional del Bío Bío, a fin de hacer más expedita la comunicación e incentivar a las instituciones y beneficiarios en el uso de esta herramienta. Lo anterior considera antecedentes relativos a: Instructivos, Bases Técnico Administrativas, Formularios y Certificados de la aprobación de recursos emitido por el Consejo Regional SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIOS DE TRANSFERENCIA. Una vez aprobadas las iniciativas y emitido el Certificado del Consejo Regional que autoriza el financiamiento de las iniciativas, el Gobierno Regional del Bío Bío suscribirá un convenio de transferencia de recursos, con las entidades beneficiarias, el que regulará las obligaciones a que quedan sujetas ambas partes, para la correcta ejecución de las iniciativas. 4
5 11.- CAPACITACIÓN POSTERIOR A LA FIRMA DE CONVENIO El Gobierno Regional realizará una capacitación destinada a todas las entidades beneficiarias de subvenciones, a objeto de despejar inquietudes en materia de ejecución, rendiciones de cuentas y presentación del Informe Final de Gestión. Las fechas y lugares se informarán oportunamente a través de la página web DE LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS. Con posterioridad a la firma del convenio, el Gobierno Regional del Bío Bío, efectuará las transferencias de los recursos a las respectivas cuentas corrientes de las Municipalidades y/o entidades públicas. En el caso de las Instituciones Privadas, se emitirá un vale vista virtual a nombre de la Institución, que los representantes legales deberán cobrar en sucursales del Banco Estado y depositar en las cuentas de ahorro o corrientes de su institución. No se realizarán transferencia de recursos a aquellas instituciones que no hayan regularizado situaciones pendientes con el Gobierno Regional, quedando éste facultado para reasignar los recursos DE LA EJECUCION, SEGUIMIENTO, RENDICIONES DE CUENTAS, SUPERVISION Y ENTREGA DEL INFORME FINAL DE GESTION Será el representante legal el responsable de la iniciativa, firmará el respectivo convenio y tendrá la responsabilidad financiera y técnica. En este marco deberá velar por la correcta ejecución del proyecto, rendir mensualmente lo recursos transferidos, facilitar la supervisión de la iniciativa y entregar el Informe Final de Gestión una vez ejecutada la iniciativa. Lo anterior, es requisito para por efectuar el Cierre Técnico y Administrativo las iniciativas, a objeto de poder optar a nuevos financiamientos 14.- DE LAS SANCIONES Aquellas instituciones con situaciones pendientes en materia de rendiciones de cuentas, el Gobierno Regional se reserva el derecho de remitir los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, con el objeto de cautelar los recursos públicos. Para mayor información, contactarse con el Departamento de Inversiones, Gobierno Regional del Bío Bío a los teléfonos y/o a los correos electrónicos señalados según la subvención que se postule. / 5
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