AUTONOMÍA MUNICIPAL. Freddy E. Aliendre España
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- Eva Lagos Río
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1 AUTONOMÍA MUNICIPAL Freddy E. Aliendre España
2 CONTENIDO Antecedentes Finalidades Municipales Competencias Exclusivas Municipales Competencias compartidas y concurrentes El gobierno municipal El Concejo Municipal El Alcalde municipal Los recursos municipales Las Empresas Municipales
3 ANTECENTES
4 RÉGIMEN MUNICIPAL CPE 1967 ART. 200 El gobierno comunal es autónomo. En las capitales de Departamento habrá un Concejo Municipal y un Alcalde. En las provincias, en sus secciones y en los puertos habrá juntas municipales. Los alcaldes serán rentados. Los miembros de los Concejos y Juntas Municipales serán elegidos mediante sufragio popular según sistema de lista incompleta y por el periodo de dos años. Los Alcaldes serán elegidos por los respectivos Concejos o Juntas Municipales, por el periodo de dos años; sistema de elección indirecta.
5 RÉGIMEN MUNICIPAL CPE 1967 ART. 201 Las atribuciones del Concejo Municipal son las de aprobar ordenanzas para el buen servicio de la población; aprobar el presupuesto, establecer y suprimir impuestos, municipales previa aprobación del Senado, proponer ternas ante los Alcaldes para la designación de empleados municipales, considerar el informe anual del Alcalde ART. 202 Los Concejos Municipales de las capitales departamentales ejercerán supervigilancia y control sobre los Concejos Municipales Provinciales; los Alcaldes de las capitales de departamento, sobre los Alcaldes provinciales y estos sobre los agentes cantonales
6 RÉGIMEN MUNICIPAL CPE 1967 Son atribuciones de los Alcaldes: - velar por el abastecimiento de las poblaciones; - reprimir la especulación, fijar y controlar los precios de venta de los artículos de primera necesidad; - atender y vigilar los servicios relativos a la buena vecindad, aseo, comodidad, ornato, urbanismo y recreo; - impulsar la cultura popular; - precautelar la moral pública. ART. 203
7 CPE 1967: LO MUNICIPAL NO APARECE COMO PARTE DEL ESTADO Estado Poder Ejecutivo Regimenes Especiales Régimen Municipal Régimen Interior circunscripciones administrativas; Prefecto; descentralización administrativa Parte de la CPE Titulo de la CPE Capítulo de la CPE
8 DEMOCRACIA ESTADO DESCENTRALIZACIÓN MUNICIPALIDADES HERNÁN SILES SUAZO LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 696 ESTADO 10 de enero de 1985 CIUDAD
9 NATURALEZA DE LA MUNICIPALIDAD 1985 Municipalidad como gobierno local y autónomo. Artículo 1. La municipalidad, como gobierno local y autónomo es la entidad de derecho público, con personalidad jurídica reconocida y patrimonio propio, que representa al conjunto de vecinos asentados en una jurisdicción territorial determinada, cuya finalidad es la satisfacción de las necesidades de la vida en comunidad.
10 NATURALEZA DE LA MUNICIPALIDAD 1985 La autonomía del gobierno municipal se ejerce a través de: La libre elección de sus autoridades. La facultad de recaudar recursos e invertirlos. La programación y ejecución de toda gestión técnica administrativa, jurídica, económica, financiera, cultural y social. Las municipalidades, como entidades de derecho público, participan en la realización de los fines de Estado.
11 NATURALEZA DE LA MUNICIPALIDAD 1985 COMPETENCIAS La planificación y la promoción del desarrollo urbano. La administración de los instrumentos reguladores del Sistema de Catastro Urbano y su recaudación. La implementación de infraestructura básica de las poblaciones. Los servicios públicos y su reglamentación. La protección de la economía popular, mediante la intervención directa en el abastecimiento y distribución de bienes de consumo y la represión del agio y la especulación. La fijación y control de precios en los artículos de primera necesidad. La construcción, administración y mantenimiento de mercados, mataderos y frigoríficos locales, lugares de esparcimiento, recreo público, equipamiento y mobiliarios municipales. La construcción, administración y mantenimiento de cementerios y crematorios. Municipales, así como la autorización para la construcción administración y mantenimiento de cementerios y crematorios a entidades públicas y privadas. La observación de la moral pública y de las buenas costumbres.
12 DOMINIO TRIBUTARIO DOMINIO TRIBUTARIO EXCLUSIVO DOMINIO TRIBUTARIO COMPARTIDO DOMINIO TRIBUTARIO DE COPARTICIPACIÓN El Presupuesto General de la Nación, consignará anualmente el 0.5% del total de sus ingresos bajo el nominativo de Participación Municipal
13 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VECINOS (LOM) EXIGIR EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS MUNICPALES COOPERAR EN EL DESARROLLO DE SUS ZONAS Y BARRIOS RECLAMAR ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL O EL ALCALDE, CUANDO LE CAUSEN DAÑO. CUMPLIR LAS ORDENANZAS Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
14 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994 CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO BOLIVIANO ART 1º: Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural, constituida en República unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa fundada en la unión y solidaridad de todos los bolivianos.
15 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994 RÉGIMEN MUNICIPAL ART 200º.- I. El gobierno y la administración de los municipios están a cargo de Gobiernos Municipales autónomos y de igual jerarquía. En los cantones habrá agentes municipales bajo supervisión y control del Gobierno Municipal de su jurisdicción. II. La autonomía municipal consiste en la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencia territoriales. III. El Gobierno Municipal está a cargo de un Concejo y un Alcalde.
16 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994 RÉGIMEN MUNICIPAL IV. Los Concejales son elegidos en votación universal, directa y secreta por un periodo de 5 años. Los agentes municipales se elegirán, por simple mayoría de sufragios. V. Son candidatos a Alcalde, quienes estén inscritos en primer lugar en las listas de Concejales de los partidos. El Alcalde será elegido por mayoría absoluta de votos válidos. VI. Si ninguno de los candidatos a Alcalde obtuviera la mayoría absoluta, el Concejo tomará a los dos que hubieran logrado el mayor número de sufragios válidos y de entre ellos hará la elección por mayoría absoluta de votos válidos del total de miembros del Concejo
17 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994 RÉGIMEN MUNICIPAL VII La Ley determina el número de miembros de los Concejos Municipales ART. 201º I. El Concejo Municipal tiene potestad normativa y fiscalizadora. El Alcalde tiene potestad ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su competencia. II. Cumplido por lo menos un año desde la posesión del Alcalde, el Concejo podrá censurarlo y removerlo por tres quintos del total de sus miembros mediante voto constructivo de censura siempre que simultáneamente elija al sucesor de entre los Concejales.
18 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994 RÉGIMEN MUNICIPAL ART. 203º Cada municipio tiene una jurisdicción territorial continua determinada por ley. ART. 204º Para ser elegido Concejal o Agente Cantonal se requiere tener como mínimo veintiún años de edad y estar domiciliado en la jurisdicción municipal respectiva durante el año anterior a la elección. ART. 205º La ley determina la organización y atribuciones del Gobierno Municipal.
19 LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Descentralización - Participación Popular PODER ESTADO SOCIEDAD CIVIL Gobierno Municipal Nuevas Competencias y Recursos Sociedad Civil Participa en toma de decisiones y Control Social Integración de Políticas Públicas Inclusión Social e Igualdad de Oportunidades en el Desarrollo
20 OBJETIVOS DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR 1. MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS BOLIVIANOS Y BOLIVIANAS 2. LOGRAR MAYOR JUSTICIA EN LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS 3. MEJORAR LA ADMIISTRACIÓN DE LOS RECURSOS 4. FORTALECER LOS INSTRUMENTOS POLÍTICOS Y ECONÓMICOS DEL ESTADO Y LA SOCIEDAD 5. INCORPORAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA TOMA DE DECISIONES 6. GARANTIZAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES. 7. CORREGIR DESEQUILIBRIO HISTORICOS REGIONALES Y ENTRE LO URBANO Y LO RURAL
21 LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR (LOS CAMBIOS) JURISDICCIÓN URBANO RURAL- SECCIÓN DE PROVINCIA ESTRUCTURA DEL GOBIERNO MUNICIPAL LEY PARTICIPACION POPULAR COMPETENCIAS MUNICIPALES: SALUD EDUCACION, SERVICIOS BASICOS, PRODUCTIVOS ESTRUCTURA SOCIAL: OTBs y COMITÉ DE VIGILANCIA TRANSFERENCIA AUTOMATICA DE RECURSOS NACIONALES (20%) POR POBLACIÓN LIMITES DEL GASTO DE INVERSIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO INSTRUMENTOS DE GESTION: PLANIFICACION PARTICIPATIVA CONTROL SOCIAL, SAFCO
22 LEY DE PARTICIPACION POPULAR: NUEVAS COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL Promover la participación de la mujer Promover el desarrollo rural Ordenamiento Territorial Equipamiento Salud Educación Infraestructura Salud educación, deporte cultura Mantenimiento de caminos Fomentar actividades culturales artísticas, etc Conservar patrimonio cultural e históricos Alimentación complementaria COMPETENCIAS MUNICIPALES Padrón de contribuyentes Supervisar desempeño educativo Supervisar autoridades de salud Catastro urbano rural
23 LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR Democracia Participativa Salud Educación Servicios básicos DES. HUMANO POLÍTICO Fin Estado Prebendal Recursos y Poder de decisión Inclusión social Medio ambiente Integración del Estado ECONÓMICO Promotor del desarrollo Redes sociales Caminos Canales de participación y movilización SOCIAL Micro riego Infraestructura productiva Equidad económica y social
24 LA LEY DE MUNICIPALIDADES
25 LEY DE MUNICIPALIDADES Municipio Unidad territorial (Sección de Provincia) Gobierno Municipal Gobierna y administra Municipalidad Forma parte del Estado Población Diversidad étnica y cultural
26 LEY DE MUNICIPALIDADES AUTONOMÍA Normar Fiscalizar Ejecutar - Libre elección de autoridades. - Generar, recaudar e invertir sus recursos. - Dictar ordenanzas y resoluciones. - Programar y ejecutar su gestión. - Exigir el cumplimiento de la ley y sus R. Y O.M. - Conocimiento y Resolución de controversias relacionadas a sus potestades.
27 LEY DE MUNICIPALIDADES: FINALIDAD DE LA MUNICIPALIDAD Y EL GOBIERNO MUNICIPAL Contribuir a la satisfacción de las necesidades colectivas Finalidad Garantizar la Integración y Participación de los ciudadanos en la planificación y el Desarrollo Humano Sostenible
28 LEY DE MUNICIPALIDADES: FINES DEL GOBIERNO MUNICIPAL Promover y Dinamizar el D.H.S. Equitativo y Participativo del Municipio Preservar el patrimonio paisajístico y resguardar el patrimonio de la Nación Crear condiciones para asegurar el bienestar social y material de los habitantes Promover el crecimiento económico local y regional Preservar y conservar el medio ambiente y los ecosistemas del Municipio Mantener, fomentar, Defender y difundir los valores culturales, históricos, morales y cívicos de la población Favorecer la integración social de sus habitantes bajo los principios de equidad e igualdad de oportunidades respetando su diversidad Promover la participación ciudadana
29 LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL Defensa del Consumidor Competencias del Gobierno Municipal Desarrollo Humano Sostenible Servicios Infraestructura Administración y Finanzas
30 LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL Contribuir a la prestación de serv. de salud: niñez, mujer, ancianos Ordenamiento Territorial Promover el crecimiento económico Preservar medio ambiente y rec. Nat. Desarrollo de derechos ciudadanos Fomentar actividades culturales artísticas, etc Desarrollo Humano Sostenible Sancionar daños a la salud y medio ambiente Prevención de riesgos naturales Preservar bienes arqueológicos Alimentación complementaria Ev. al personal salud, educación Incentivar el turismo Equidad de genero
31 LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL Crematorios Oficinas Educación Cementerios Salud Mingitorios Frigoríferos INFRAESTRUCTURA Cultura Deportes Mataderos Microriego Mercados Caminos Parques lugares de esparcimiento Saneamiento básico Vías urbanas
32 LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL Concesionar obras, servicios, explotación de rec. Eco. Registro de vehículos, placas Servicios legales integrales Defensorías de la niñez y adolescencia Organizar transito y vialidad SERVICIOS Prestar o Concesionar serv. de agua potable y alcantarillado Alumbrado Público Coordinar servicio de transporte Reglamentar publicidad, espectáculos públicos Aseo urbano, tratamiento de residuos sólidos
33 LEY DEL DIALOGO 2000 EBRP SOCIEDAD GOBIERNO IGLESIA ORGANISMOS INTERNACIONALES LEY DEL DIALOGO 2000 USO DE RECURSOS CONDONADOS DISTRIBUCIÓN POR POBREZA FONDO SOLIDARIO MPAL PARA SALUD Y EDUCACION NUEVAS COMPETENCIAS MUNICIPALES
34 COMPETENCIAS MUNICIPALES LEY DEL DIALOGO 1. Expansión y mantenimiento de vías de acceso a frentes de producción 2. Captaciones de agua y micro riego, electrificación y otra infraestructura productiva de carácter público ; 3. Cofinanciamiento de programas de ordenamiento territorial, desarrollo de catastros y sistemas de registro de derechos de propiedad; 4. Asistencia técnica de apoyo a la producción y a la microempresa; 5. Cofinanciamiento de programas de sanidad animal y vegetal; 6. Infraestructura pública de apoyo al turismo; 7. Ampliación, refacción y construcción de infraestructura escolar, infraestructura de salud y sistemas de alcantarillado y saneamiento básico; 8. Programas de Educación Alternativa; MGP. Freddy E. Aliendre España 34
35 COMPETENCIAS MUNICIPALES LEY DEL DIALOGO 9. Alimentación complementaria pre - escolar y escolar y programas de atención a la niñez; 10. Cofinanciamiento de gastos operativos para prevención y mantenimiento de los programas antirrábicos y de eliminación de roedores; 11. Programas municipales de seguridad ciudadana; 12. Protección del medio ambiente y manejo de los recursos naturales; 13. Atención de desastres naturales OTRAS COMPETENCIAS 1. SUMI 2. SEGURO DE VEJEZ 3. BONO DIGNIDAD 4. FOMENTO DEL DEPORTE MGP. Freddy E. Aliendre España 35
36 COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL -PLANIFICACION EDUCATIVA MUNICIPAL (PEM) -ASISTENCIA TÉCNICA IMPLEMENTACIÓN PEM PERMANENCIA ESCOLAR -ALIMENTACION ESCOLAR -TRANSPORTE ESCOLAR -INTERNADOS Y HOSPEDAJES -BECAS ESCOLARES INCENTIVOS EDUCACION DISTRIBUCION Y CONSERVACION DE MATERIAL EDUCATIVO DEL MIN EDUCACION INFRAESTRUCTURA, PROCESOS PEDAGÓGICOS Y EQUIPAMIENTO -EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO, REPOSICIÓN DE EQUIPO INFORMÁTICO, AUDIOVISUAL, BIBLIOTECAS DE AULA, MATERIAL DIDÁCTICO, DE ESCRITORIO, LIMPIEZA Y SEGURIDAD. -CONSTRUCCIÓN, AMPLIACION REFACION INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
37 COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH PLAN ESTRATEG MPAL DE SALUD PROG. VIGILANCIA CONTROL EPIDEMIOLOGICO SALUD VACUNACION PREVENCIÓN ASISTENCIA NUTRICIONAL COMPLEMENTARIA MENOR DE 2 AÑOS FONDOS PARA PROMOCION DE SALUD Y PREVENCION DE ENFERMEDADES BRIGADAS MOVILES DE SALUD
38 COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y PROMOCION DE EMPLEO ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION A TRAVÉS DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACION TECNOLÓGICA, DE MERCADOS, GESTION DE CALIDAD, GESTION DE PROCESOS, FORTALECIMIENTO A ORGANIZACIONES PRODUCTIVAS, CALIDAD, MARKETING, ELABORACION DE PLANES DE NEGOCIOS PARA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, RUEDA DE NEGOCIOS, CAPACITACION PARA LA TRANSFORMACION DE PRODUCTOS PRIMARIOS. FACILITACION AL ACCESO AL SISTEMA FINANCIERO A TRAVÉS DE APOYO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA PARA LA CONFORMACIÓN DE FONDOS DE GARANTÍA, CAPITAL SEMILLA, CAPITAL RIESGO SUBSIDIOS A LOS COSTOS DE TRANSACCIÓN Y SEGUROS U OTROS MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO PRIVADO.
39 COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y PROMOCION DE EMPLEO PROVISIÓN DE SERVICIOS, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE CENTROS DE ACOPIO, CENTROS ARTESANALES, MAQUICENTROS, CENTROS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, CENTROS FERIALES, CENTROS DE FORMACIÓN Y/O CAPACITACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN, CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO, INCUBADORAS DE EMPRESAS, ZONAS Y PARQUES INDUSTRIALES Y TECNOLÓGICOS. ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE INSTANCIAS RESPONSABLES DE PROMOCIÓN PRODUCTIVA MUNICIPAL Y/O MANCOMUNITARIA, PROMOCIÓN DEL TERRITORIO Y DESARROLLO DE ESPACIOS E INSTANCIAS DE CONCERTACIÓN PUBLICO - PRIVADA
40 COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y PROMOCION DE EMPLEO PROMOCIÓN DE EMPLEO A TRAVÉS DE LA PARTICIPACIÓN OPERATIVA EN PROGRAMAS NACIONALES DE GENERACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL Y PERMANENTE, EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN, SEGUIMIENTO DEL MERCADO LABORAL Y CREACIÓN DE BANCOS DE EMPLEO.
41 NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009
42 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009 En la Tercera Parte de la CPE: Estructura y organización territorial del estado, Título I: Organización territorial del Estado, se define la división política territorial del Estado así: Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos (Artículo 269).
43 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009 Autonomía la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones. (Artículo 272)
44 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009 El Concejo Municipal elaborará de manera participativa el proyecto de Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción (Artículo 275). Las entidades territoriales autónomas no estarán subordinadas entre ellas y tendrán igual rango constitucional (Artículo 276).
45 AUTONOMÍA - CPE 1994 ART. 200 b) Organizar su funcionamiento interno; a) Elegir sus propios gobernantes c) Imponer contribuciones locales; d) Capacidad de elaborar y administrar su propio presupuesto; f) Derecho de prestar servicios públicos locales; e) Posibilidad de contratar empréstitos; g) Garantía de que sólo judicialmente podrá cuestionarse la validez de sus acuerdos
46 AUTONOMÍA 1) INSTITUCIONAL, lo cual supone el efectivo ejercicio del Poder Constituyente de tercer grado o municipal, facultad que le permite el dictado de su propia carta orgánica municipal, 2) POLÍTICO; 3) ECONÓMICO FINANCIERO; 4) ADMINISTRATIVO-FUNCIONAL.
47 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES DESARROLLO HUMANO 1. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción. 2. Proyectos de fuentes alternativas y renovables de energía preservando la seguridad alimentaria de alcance municipal. 3. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para el consumo humano y animal. 4. Deporte en el ámbito de su jurisdicción 5. Aseo urbano, manejo y tratamiento de residuos sólido. 6. Diseñar, construir, equipar y mantener la infraestructura y obras de interés público y bienes de dominio municipal, dentro de su jurisdicción territorial 7. Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad. 8. Servicios básicos así como aprobación las tasas que correspondan en su jurisdicción. MGP. Freddy E. Aliendre España 47
48 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES (NCPE 2009) DESARROLLO ECONÓMICO 1. Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales en el marco de las políticas nacionales. 2. Planificar, diseñar, construir, conservar y administrar caminos vecinales en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda. 3. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos públicos locales. 4. Políticas de turismo local. 5. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal. 6. Proyectos de infraestructura productiva. MGP. Freddy E. Aliendre España 48
49 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES (NCPE 2009) DESARROLLO ECONÓMICO 7. Fondos fiduciarios, fondos de inversión y mecanismos de transferencia de recursos necesarios e inherentes a los ámbitos de sus competencias. 8. Empresas públicas municipales. 9. Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos. 10. Áridos y agregados, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, cuando corresponda 11. Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional 12. Participar en empresas de industrialización, distribución y comercialización de Hidrocarburos en el territorio municipal en asociación con las entidades nacionales del sector. MGP. Freddy E. Aliendre España 49
50 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES DESARROLLO SOSTENIBLE 1. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos 2. Áreas protegidas municipales en conformidad los con parámetros y condiciones establecidas para los Gobiernos Municipales. 3. Promoción y conservación del patrimonio natural municipal 50
51 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES DESARROLLO URBANO TERRITORIAL 1. Elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos. 2. Catastro urbano. 3. Transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano. 4. Expropiación de inmuebles por razones de utilidad y necesidad pública municipal, 5. Desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos 6. Alumbrado público. 7. Atención de Desastres y Emergencias 51
52 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL 1. Promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural. histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible municipal. 2. Centros de información y documentación, archivo s, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros municipales. 3. Promoción de la Cultura y actividades artísticas en el ámbito de su jurisdicción 52
53 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES DESARROLLO POLITICO 1. Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la Ley. 2. Iniciativa y convocatoria de consultas y referendos municipales en las materias de su competencia 3. Promover y suscribir convenios de asociación mancomunidad o municipal con otros municipios. MGP. Freddy E. Aliendre España 53
54 COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES DESARROLLO INSTITUCIONAL (ADMINISTRATIVAS FINANCIERAS) 1. Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la Ley. 2. Estadísticas municipales 3. Creación y administración de impuestos de carácter municipal, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o departamentales. 4. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal. 5. Espectáculos públicos y juegos recreativos. 6. Publicidad y propaganda urbana. MGP. Freddy E. Aliendre España 54
55 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD Art. 81.III.2 SALUD (DES. HUMANO) Formular y ejecutar participativamente el Plan Municipal de Salud y su incorporación en el Plan de Desarrollo Municipal. Implementar el Sistema Único de Salud. Dotar y administrar la infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud de primer y segundo nivel de atención Crear la instancia máxima de gestión local de la salud incluyendo a las autoridades municipales, representantes del sector de salud y las representaciones sociales del municipio. Promoción de la salud y la prevención de la enfermedad en las comunidades urbanas y rurales.
56 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD Art. 81.III.2 SALUD (DES. HUMANO) Dotar a los establecimientos de salud del primer y segundo nivel: servicios básicos, equipos, mobiliario, medicamentos, insumos y demás suministros, así como supervisar y controlar su uso. Ejecutar los programas nacionales de protección social en su jurisdicción territorial. Proporcionar información al Sistema Único de Información en Salud Ejecutar las acciones de vigilancia y control sanitario en los establecimientos públicos y de servicios, centros laborales, educativos, de diversión, de expendio de alimentos y otros con atención a grupos poblacionales, para garantizar la salud colectiva en concordancia y concurrencia con la instancia departamental de salud.
57 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD (DES. HUMANO) Art. 82.II. 3 HÁBITAT Y VIVIENDA Formular y aprobar políticas municipales de financiamiento de la vivienda. Elaborar y ejecutar programas y proyectos de construcción de viviendas, conforme a las políticas y normas técnicas aprobadas por el nivel central del Estado. EXCLUSIVAS Catastro Urbano Diseñar, aprobar y ejecutar el régimen del desarrollo urbano en su jurisdicción. Formular, aprobar y ejecutar políticas de asentamientos urbanos en su jurisdicción.
58 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO NIVEL CENTRAL Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de alcantarillado sanitario con la participación de los otros niveles autonómicos, en el marco de las políticas de servicios básicos. GOBIERNO MUNICIPAL EXCLUSIVAS Ejecutar programas y proyectos de los servicios de agua potable y alcantarillado. Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable. Concluidos los proyectos podrán ser transferidos al operador del servicio. Proveer los servicios de agua potable y alcantarillado a través de entidades públicas, cooperativas, comunitarias o mixtas sin fines de lucro Aprobar las tasas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, cuando estos presten el servicio de forma directa.
59 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD: PATRIMONIO CULTURAL (EXCLUSIVAS) Formular y ejecutar políticas de protección, conservación, recuperación, custodia y promoción del patrimonio cultural municipal y descolonización, investigación y prácticas de culturas ancestrales de naciones originarias y pueblos indígenas, idiomas del Estado Plurinacional, en el marco de las políticas estatales. Elaborar y desarrollar normativas municipales para la declaración, protección, conservación y promoción del patrimonio cultural, histórico, documental, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible a su cargo, dentro de los parámetros establecidos en la Ley Nacional del Patrimonio Cultural. Generar espacios de encuentro e infraestructura para el desarrollo de las actividades artístico culturales
60 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD: ART. 87 RECURSOS NATURALES. NIVEL CENTRAL hará la clasificación del patrimonio natural, departamental, municipal e indígena originario campesino y será determinada en una ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional. NIVEL CENTRAL de forma exclusiva creará los mecanismos de cobro por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. COMPARTIDAS de los Gobiernos municipales autónomos: Ejecutar la política general de conservación de suelos, recursos forestales y bosques en coordinación con el gobierno departamental autónomo. Implementar las acciones y mecanismos necesarios para la ejecución de la política general de suelos.
61 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES BIODIV Y MEDIO AMBIENTE - MICRORIEGO. Reglamentar y ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos, en su jurisdicción. Proteger y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre, manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental en su jurisdicción. Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego y micro riego de manera exclusiva o concurrente, y coordinada con el nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos. Diseñar, ejecutar y administrar proyectos para el aprovechamiento de recursos hídricos.
62 COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES LMAD: DESARROLLO INTEGRAL - PRODUCTIVO Ejecutar las políticas generales sobre agricultura, ganadería, caza y pesca en concordancia con el PGD Rural Integral en coordinación con los planes y políticas departamentales. Promover el desarrollo rural integral. EXCLUSIVAS Promover programas de infraestructura productiva. Promover complejos productivos en su jurisdicción, en base al modelo de economía plural en el marco del PGD Productivo. Formular y ejecutar proyectos de infraestructura productiva para el acceso a mercados locales y promoción de compras estatales. Coordinar una institucionalidad para el financiamiento de la infraestructura productiva a nivel municipal. Formular, ejecutar planes y proyectos de industrialización de la producción nacional, promoviendo la comercialización a nivel local. Fomentar y fortalecer el desarrollo de las unidades productivas, su organización administrativa y empresarial, capacitación técnica y tecnológica en materia productiva a nivel municipal.
63 COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD: PLANIFICACIÓN, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Elaborar, aprobar y ejecutar el Plan de Desarrollo Municipal. Crear una instancia de planificación participativa y garantizar su funcionamiento, con representación de la sociedad civil organizada. Diseñar el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal Diseñar y ejecutar el Plan de Uso de Suelos del municipio Elaborar e implementar el Plan Municipal de Turismo. Formular políticas de turismo local. Realizar infraestructura pública de apoyo al turismo. Supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos Establecer y ejecutar programas y proyectos que promocionen emprendimientos turísticos comunitarios.
64 COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD: TRANSPORTE Planificar y desarrollar el transporte urbano, incluyendo el ordenamiento del tránsito urbano. Efectuar el registro del derecho propietario de los vehículos automotores legalmente importados, ensamblados o fabricados en el territorio nacional. Establecimiento de un registro centralizado, integrado y actualizado para todo el país. Desarrollar, promover y difundir la educación vial con participación ciudadana. Regular las tarifas de transporte en su área de jurisdicción, en el marco de las normas, políticas y parámetros fijados por el nivel central del Estado. La competencia exclusiva municipal en transporte urbano, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano, se la ejercerá en lo que corresponda en coordinación con la Policía Boliviana.
65 COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD: GESTIÓN DE RIESGOS Ser parte del Sistema Nacional de Reducción de Riesgos Atención de Desastres y Emergencias (SISRADE) que en el nivel municipal constituye el conjunto orgánico y articulado de estructuras Normar, conformar y liderar comités municipales de reducción de riesgo y atención de desastres. Aplicar la metodología común de indicadores de riesgo y reducción del mismo y atención de desastres, formulada por el nivel central del Estado, efectuando el seguimiento correspondiente a escala municipal. Definir políticas, programas y proyectos que integren la reducción de riesgos de desastre tanto de tipo correctivo como prospectivo. Realizar evaluaciones exhaustivas del riesgo, aplicando los criterios, parámetros y metodología común para clasificar los niveles de riesgo de desastre, monitorearlos, comunicarlos en el ámbito municipal y reportarlos hacia el (SISRADE).
66 COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD: GESTIÓN DE RIESGOS Gestionar y consolidar información municipal a través de un mecanismo de gestión comunitaria de la información y el conocimiento sobre riesgo, desastre y/o emergencia. Generar e integrar la información sobre amenazas de orden meteorológico, geológico, geofísico y ambiental. Implementar sistemas de alerta temprana. Promover el desarrollo de una sociedad civil activa en términos de reducción de riesgo, desastres y/o emergencia. Aplicar el análisis de los factores de riesgo de desastre en la planificación del desarrollo municipal, la programación operativa, el ordenamiento territorial y la inversión pública municipal. Elaborar políticas de incentivos para garantizar una disminución sostenida de los niveles de riesgo existentes en el país. Declarar desastre y/o emergencia, de acuerdo a la categorización que corresponda. Ejecución de respuesta y recuperación integral con cargo a su presupuesto. Definir políticas financieras para enfrentar contingencias y permitir la recuperación por desastres en el nivel municipal.
67 EL PAPEL DEL MUNICIPIO El municipio como proveedor de servicios. El municipio promotor del Desarrollo Humano El municipio como promotor del desarrollo económico local. El municipio como promotor del desarrollo social y cultural El municipio promotor del Desarrollo sostenible El municipio promotor del Desarrollo Político MGP. Freddy E. Aliendre España 67
68 GOBIERNO MUNICIPAL
69 EL RÉGIMEN MUNICIPAL EN LA NCPE 2009 El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde. (Artículo 283). El Concejo Municipal estará compuesto por concejalas y concejales elegidas y elegidos mediante sufragio universal. En los municipios donde existan naciones o pueblos indígena originario campesinos, que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina, éstos podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante normas y procedimientos propios y de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal.
70 ATRIBUCIONES GENERALES DEL CONCEJO MUNICIPAL Aprobar el Reglamento General del Concejo Municipal. Organizar su Directiva. Conformar la Comisión de Ética. Dictar Leyes y Resoluciones Mpales Aprobar y ejecutar su POA y Ppto. Designar a la Máxima Autoridad Ejecutiva del Concejo Municipal, Aprobar o ratificar convenios. Aprobar contratos, de acuerdo a Ley Mpal. Aprobar contratos de arrendamiento y comodato. Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal a propuesta del Órgano Ejecutivo Municipal. Delimitar áreas urbanas propuesta por el Alcalde Aprobar el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, que incluye el uso de suelos y la ocupación del territorio, propuesto por el Órgano Ejecutivo Municipal. Aprobar el POA Presupuesto Municipal y sus reformulados, presentados por el Alcalde en base al Plan de Desarrollo Municipal. Fiscalizar al Alcalde, Secretarias o Secretarios y otras autoridades del Órgano Ejecutivo Municipal, sus instituciones y Empresas Públicas, a través de peticiones de informes escritos y orales, inspecciones y otros medios de fiscalización.
71 ATRIBUCIONES GENERALES DEL CONCEJO MUNICIPAL Autorizar la participación del Gobierno Autónomo Municipal en las Empresas Públicas de otros niveles de gobierno. Autorizar la creación de Empresas Públicas Municipales. Aprobar mediante Ley Municipal, las Tasas y Patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal. Aprobar mediante Ley Municipal, los impuestos de dominio exclusivo del Gobierno Autónomo Municipal, Aprobar la emisión y/o compra de títulos valores. Autorizar mediante Resolución emitida por el voto de dos tercios del total de sus miembros, la enajenación de bienes de dominio público y de patrimonio institucional del Gobierno Autónomo Municipal.
72 ATRIBUCIONES DEL ALCALDE MUNICIPAL Planificación Determinar la estrategia de desarrollo del municipio Planificar, organizar, dirigir y supervisar la administración Elaborar el POA y presupuesto Elaborar el Plan de Uso del Suelo (PLUS) Elaborar y proponer el Plan de Zonific. Y Valuación Z. Elaborar el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial Supervisión Supervisar la prestación de servicios básicos Ordenar demoliciones Sancionar a quienes infrinjan O. M Evitar las construcciones en áreas de riesgo Promoción e inversión Promover el desarrollo económico, social y cultural Ejecutar planes, programas y proyectos
73 INGRESOS MUNICIPALES Coparticipación Recursos Propios IVA, IT, ICE, IUE, GAC, ISE, RCIVA POR POBLACION - TRIBUTARIOS - NO TRIBUTARIOS Recursos HIPC II Recursos IDH POR POBREZA POR POBLACION Fondos de Contrapartida FPS, FNDR, INVERSION CONCURRENTE Otros Recursos Donaciones, aportes de la comunidad
74 INGRESOS MUNICIPALES Tributarios No Tributarios Impuestos: Automóviles inmuebles Propiedad R. Chicha con % alcohólico Transferencias (inmuebles y vehículos) Tasas: Por servicios Patentes: Actividades económicas Pago por Concesiones Venta o alquiler de B. Ms. Transferencias y Contribuciones Donaciones y legados Indemnización por daños Multas y sanciones Operaciones de crédito público
75 Participación Popular AUTONOMÍA PLENA PARTICIPACIÓN SOCIAL CONSTITUCIONAL NUEVA GOBERNANZA EN BOLIVIA
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