La Uruca, San José, Costa Rica, miercoles 13 de enero del ,00 AÑO CXXXII Nº 8-52 Páginas

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1 La Uruca, San José, Costa Rica, miercoles 13 de enero del ,00 AÑO CXXXII Nº 8-52 Páginas ICT EMITE directriz del 5% SObre el ValOR de LOS PasaJes, CUYO OriGen de RUTA sea COSTA rica Págs Misión Ärboles del Paraíso 2002 Según el Reglamento para la Percepción, Control, Administración y Fiscalización del Impuesto del 5% sobre el Valor de los Pasajes Cuyo Origen de Ruta sea Costa Rica, para Cualquier Clase de Viajes Internacionales. MOPT demarca zona pública en EL sector costero de playa tambor Pág. 4 Fotos con fines ilustrativos

2 Pág 2 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 CONTENIDO PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Pág Nº PODER EJECUTIVO Acuerdos...2 Resoluciones...3 DOCUMENTOS VARIOS...5 PODER JUDICIAL Avisos...16 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos...16 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA...16 REGLAMENTOS...18 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS...19 RÉGIMEN MUNICIPAL...23 AVISOS...24 NOTIFICACIONES...44 Nº 195-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES ACUERDAN: Artículo 1º De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a Belén Fallas Rodríguez, cédula Nº , el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, un área de terreno equivalente a 2.254,18 metros cuadrados, según plano catastrado Nº P , cuya naturaleza es terreno para vivienda. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. Artículo 2º Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 604 del 24 de julio del 2009, publicada en La Gaceta Nº 166 del 26 de agosto del Artículo 3º La estimación del bien inmueble es de ,00 (quince millones setecientos setenta y nueve mil doscientos sesenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº de fecha 5 de agosto del 2009 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual fue aceptado por la citada propietaria, según Oficio sin número de fecha 30 de setiembre del Artículo 4º Dicho inmueble tiene gravámenes inscritos en el Registro Público de la Propiedad, los cuales impiden el otorgamiento de una escritura pública ante la notaria del Estado, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso b) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Artículo 5º Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Artículo 6º Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a las 14:10 horas del día 20 del mes de noviembre del dos mil nueve. Publíquese. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 197-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES ACUERDAN: Artículo 1º De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Compañía de Galletas Pozuelo DCR S. A, cédula jurídica Nº , el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , situado en el distrito 7 Uruca, cantón 1 San José, de la provincia de San José, un área de terreno equivalente a 139,10 metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ , cuya naturaleza es terreno de café, un galeón industrial. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: Mejoramiento de la Ruta Nacional Nº 3, Intersección Pozuelo. Artículo 2º Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 962 del 21 de noviembre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 4 del 7 de enero del Artículo 3º La estimación del bien inmueble es de ,00 (cincuenta millones setecientos sesenta y dos mil setecientos sesenta y cinco colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº de fecha 8 de diciembre del 2008 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante de la citada empresa, según Oficio sin número de fecha 25 de febrero del 2009, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Asimismo dicho inmueble soporta gravámenes inscritos ante el Registro Público de la Propiedad. Artículo 4º Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Artículo 5º Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a las 10:50 horas del día 4 del mes de diciembre del dos mil nueve. Publíquese. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 198-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES ACUERDAN: Artículo 1º De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 03 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la Asociación Pro Desarrollo del Cantón de Aguirre, cédula jurídica Nº , el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , situado en el distrito 1 Quepos, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, un área de terreno equivalente a 203,75 metros cuadrados, según plano catastrado Nº P , cuya naturaleza es terreno para construir. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre. Artículo 2º Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 693 del 24 de agosto del 2009, publicada en La Gaceta Nº 187 del 25 de setiembre del Licda. Marcela Chacón Castro Presidenta Representante de la Sra Ministra de Gobernación y Policía Licda. Xinia Carmona Valverde Representante del Ministerio de Cultura y Juventud Lic. Ramiro Rodríguez Vargas Representante de la Editorial Costa Rica Lic. Nelson Loaiza Sojo Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa Teléfono: Fax: Apartado Postal:

3 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 3 Artículo 3º La estimación del bien inmueble es de ,00 (dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº de fecha 20 de agosto del 2009 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante de la citada Asociación, según escrito de fecha 05 de octubre del 2009, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Asimismo dicho inmueble soporta gravámenes inscritos ante el Registro Público de la Propiedad. Artículo 4º Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas. Artículo 5º Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a las 10:55 horas del día 4 del mes de diciembre del dos mil nueve. Publíquese. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Nº 969. San José, a las 9:05 horas del día diecisiete del mes de noviembre del dos mil nueve. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. Resultando: 1º Mediante oficio Nº DABI de 21 de octubre del 2009, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , cuya naturaleza es terreno dedicado a la agricultura, situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de ,05 metros cuadrados, según Registro Público de la Propiedad y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con carretera; al sur, con Río Portalón y parcelas 108 y 109; al este, con Río Portalón; y al oeste, con carretera y parcela º Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 342,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno dedicado a la agricultura. Ubicación: Distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano catastrado Nº P , mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 342,00 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble. c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar. 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número b) Naturaleza: terreno dedicado a la agricultura. c) Ubicación: Situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P d) Propiedad: Sucesión de Luis Álvarez Álvarez, a la fecha no se ha abierto el juicio sucesorio. e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 342,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de sucesión de Luis Álvarez Álvarez, a la fecha no se ha abierto el juicio sucesorio, con una área total de 342,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P , necesaria para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas. 3º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 996. San José, a las 10:02 horas del día veinte del mes de noviembre del dos mil nueve. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre- Dominical. Resultando: 1º Mediante Oficio Nº DABI de 21 de octubre del 2009, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , cuya naturaleza es terreno para la vivienda, situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas, con una medida de metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Ronald Bruth; al sur, con calle pública, Jenny Román Ceciliano y el Estado; al este, con Bruno Cornelio, Ana Mayorga y servidumbre de paso en medio; y al oeste, con Yorleny Gardela y Jenny Román Ceciliano y el Estado. 2º Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 412,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno para la vivienda. Ubicación: Distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.

4 Pág 4 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano catastrado Nº P , mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 412,00 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble. c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar. 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y. Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente. De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número b) Naturaleza: terreno para la vivienda. c) Ubicación: Situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P d) Propiedad: Belén Fallas Rodríguez, cédula Nº e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 412,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , situado en el distrito 2 Savegre, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas y propiedad de Belén Fallas Rodríguez, cédula Nº , con una área total de 412,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P , necesaria para la construcción del proyecto denominado Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas. 3º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas. Notifíquese y publíquese. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº San José, a las 10:00 horas del día cuatro del mes de diciembre del dos mil nueve. Conoce este Despacho de gestión administrativa de pago en favor de Francisco Santiesteban Portales, cédula Nº , por concepto de mejoras (local comercial y cabinas), localizadas en terreno que fue expropiado a la Asociación Pro Desarrollo del Cantón de Aguirre, cédula jurídica Nº , que resultaron afectadas por la construcción del proyecto de obra pública denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre. Resultando: 1º Que mediante Resolución Administrativa Nº 693 del 24 de agosto del 2009, publicada en La Gaceta Nº 187 del 25 de setiembre del 2009, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 03 de mayo de 1995, declarar de utilidad pública y adquirir el inmueble inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número , propiedad de la Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre, cédula jurídica Nº , con un área de 203,75 metros cuadrados, según plano catastrado Nº P , cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 1 Quepos, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre. 2º Que en la propiedad antes indicada existen construcciones, que fueron afectadas con motivo de la construcción del proyecto de obra publica denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, inició un expediente administrativo, cuyo número es: º Que mediante Avalúo Administrativo Nº del 04 de setiembre del 2009, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se indica el monto a reconocer a favor de Francisco Santiesteban Portales, cédula Nº , por concepto de indemnización de mejoras (local comercial y cabinas), localizadas en terreno que fue expropiado a la Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre, que resultaron afectadas por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre. 4º Que mediante Oficio sin número de fecha 8 de octubre del 2009, el señor Francisco Santiesteban Portales, cédula Nº , aceptó el Avalúo Administrativo Nº del 4 de setiembre del 2009, señalado en el resultando anterior. 5º Que en razón de tales hechos procede este Despacho a resolver. Considerando: I. Hechos probados: Se tienen como demostrados todos los resultandos de la presente resolución. II. Sobre el fondo: Visto el Expediente que al efecto lleva el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tenemos que el señor Francisco Santiesteban Portales, cédula Nº , ocupaba terreno, que fue expropiado a la Asociación Pro Desarrollo del Cantón de Aguirre, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre. En razón de lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 190 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y los artículos 7 y 13 de la Ley de Expropiación Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, así como del Avalúo Administrativo Nº del 4 de setiembre del 2009, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, procede reconocer al señor Francisco Santiesteban Portales, cédula Nº , la suma de ,00 (cinco millones seiscientos veinticuatro mil ciento treinta y tres colones exactos), que corresponde a la indemnización de mejoras (local comercial y cabinas), localizadas en terreno que fue expropiado a la Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre, que resultaron afectadas por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos- Savegre. Por tanto: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN: 1º Reconocer a favor del señor Francisco Santiesteban Portales, cédula Nº , la suma de ,00 (cinco millones seiscientos veinticuatro mil ciento treinta y tres colones exactos), de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº del 4 de setiembre del 2009, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que corresponde a la indemnización de mejoras (local comercial y cabinas), localizadas en terreno que fue expropiado a la Asociación Pro Desarrollo del Cantón de Aguirre, que resultaron afectadas por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre. 2º Se da por agotada la vía administrativa. Notifíquese y publíquese. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Marco A. Vargas Díaz. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ).

5 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 5 DOCUMENTOS VARIOS AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS REGISTRO DE AGROQUÍMICOS EDICTOS PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ DIA-R-E El señor John Spratt Harris, cédula o pasaporte en calidad de representante legal de la compañía Grupo BBC Enviro Ltda., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Aggrene Sulfato de Potasio Natural Líquido compuesto a base de Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de diciembre del Unidad Registro de Agroinsumos. Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í. RP (IN ). DIA-R-E El señor John Spratt Harris, cédula o pasaporte , en calidad de representante legal de la compañía Grupo BBC Enviro Ltda., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Aggrene Harina de Hueso Natural Líquido compuesto a base de Fósforo. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de diciembre del Unidad Registro de Agroinsumos. Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í. RP (IN ). DIA-R-E El señor John Spratt Harris, cédula o pasaporte en calidad de representante legal de la compañía Grupo BBC Enviro Ltda., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Aggrene Natural Líquido compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de diciembre del Unidad Registro de Agroinsumos. Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í. RP (IN ). DIA-R-E El señor John Spratt Harris, cédula o pasaporte en calidad de representante legal de la compañía Grupo BBC Enviro Ltda., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Aggrene Cal Natural Líquida compuesto a base de Calcio-Magnesio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 15 de diciembre del Unidad Registro de Agroinsumos. Ing. Óscar Ávila Rojas, Encargado a. í. RP (IN ). OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA AVISO Nº ZONA MARÍTIMA TERRESTRE Amojonamiento de zona pública en un sector costero de Playa Tambor De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, del 2 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional comunica que entre el 7 y el 11 de agosto del 2009, demarcó la zona pública en un sector costero de Playa Tambor, distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, provincia de Puntarenas, entre las coordenadas Lambert aproximadas del Mapa MBCR-1/50.000, Hoja Río Ario 3145 II, además se incluyen las coordenadas aproximadas en el nuevo sistema de proyección cartográfico CRTM05: N E y N E (CRTM05) N E y N E (Lambert) (2 mojones, enumerados del 93 al 94) Los datos técnicos oficiales de trabajo han quedado registrados con el Nº en el Registro de la Zona Marítimo Terrestre del IGN. San José, 21 de octubre del Msc. Max Lobo Hernández, Director General. 1 vez. RP (IN ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 4, título Nº 1325, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil siete, a nombre de Camareno Chaves Karla Yanith. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 11 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 244, emitido por el Liceo Diurno José Martí en el año mil novecientos setenta y dos, a nombre de González Girón Xinia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 02 de diciembre del Departamento de Evaluación de Calidad. MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 131, título Nº 1672, emitido por el Colegio Calasanz, en el año dos mil cuatro, a nombre de Lacayo Navarro Mariángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los diecisiete días del mes de diciembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 56, título Nº 127, emitido por el Colegio Nocturno de Quepos, en el año dos mil, a nombre de García Cordero Heillin Jeannette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada Rama Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo I, folio 26, título Nº 385, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de González Quirós María Daisy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los dieciocho días del mes de enero del dos mil ocho. Departamento de Pruebas de Educación Abierta. Lic. Marvin Loría Masís, Director. (IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 69, título Nº 563, emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año dos mil, a nombre de Fernández Vargas Mario Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los tres días del mes de diciembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 36, titulo Nº 569, y del título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo I, folio 77, título Nº 2023, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Ramírez Araya María del Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los once días del mes de diciembre del dos mil nueve. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ).

6 Pág 6 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 58, título Nº 115, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Grant Guido Harlene. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 29 de setiembre del Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. RP (IN ). Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 153, título Nº 1142, emitido por el Colegio Nuestra Señora de Sión, en el año dos mil uno, a nombre de Ugalde Agüero Diego Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 9 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa Autogestionaria de Productores de Agricultura Sostenible R. L., COOPEAPAS R. L. acordada en asamblea celebrada el 18 de mayo del Resolución 1317-C0. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Consejo de Administración: Presidente: Adolfo Mora Sánchez Vicepresidente: Raúl Sánchez Soto Secretario: Ileana P. Brenes Lázaro Vocal 1: José Mariano Mora Sánchez Vocal 2: Sergio E. Solano Marín Suplente 1: Ana Ivonne Gómez Durán Suplente 2: Rosaura Ramírez Montoya Gerente: Julio Sánchez Soto San José, 7 de diciembre del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro. RP (IN ). De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Consorcio de Cooperativas de Consumo R.L. Siglas CECOOP R.L., acordada en asamblea celebrada el día 29 de octubre del Resolución 593. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 6, 8, 11, 20 y 63 del Estatuto. San José, 7 de diciembre del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social este Registro ha procedido a la inscripción de los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio, de la organización social denominada: Sindicato de Médicos y Cirujanos de Costa Rica siglas SIMECIC, aprobada en asamblea celebrada el 29 de octubre del Expediente 898-SI. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante Tomo: 16, Folio 68, Asiento: 4559 del 5 de enero del La Junta Directiva se formó de la siguiente manera: Presidente: Roulan Jiménez Chavarría. Vicepresidente: Gustavo Montero Meneses. Secretaría de Conflictos Asuntos Legales: Álvaro Salas Mejías. Secretaría de Finanzas y Tesorería: Ronald Mora Córdoba. Secretaría de Asuntos Intersindicales: Sergio Krutko Krutko. Secretaría de Asuntos Regionales: Óscar Ferraro Dobles. Fiscal: Marvin Anchía Hernández. Vocal 1: Fernando Ferraro Dobles. Vocal 2: Hannia Esquivel Mesén. Suplente 1: Luis Rodolfo Granados Hernández. Suplente 2: Sindy Vargas Abarca. San José, 05 de enero del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. (IN ). JUSTICIA Y GRACIA REGISTRO NACIONAL OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADO PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Nº Rojas Rojas Lionel, cédula de identidad número , mayor, soltero, oficial de seguridad, con domicilio en Puntarenas, Corredores, Corredor, 150 metros norte y 50 metros oeste de las antiguas plantas del ICE, solicita el registro de: como marca de ganado que usará preferentemente en Puntarenas, Corredores, Corredor, San Miguel de Paso Canoas, 150 metros oeste de la escuela de la localidad. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 23 de noviembre del RP (IN ). Nº Ibo Cerdas Durán, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio: un kilómetro al norte de la escuela El Campo, Biolley, Buenos Aires, Puntarenas, solicita el registro de: A F R 4 como marca de Ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 08 de diciembre del RP (IN ). Nº Soto Guadamuz Marcos Vinicio, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, ganadero, con domicilio en: 300 metros al sur de la Telesecundaria, Guanilama de Pocosol, San Carlos, Alajuela, solicita el registro de: A E R 3 como marca de ganado que usará preferentemente en: Pocosol, San Carlos, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 07 de diciembre del RP (IN ). Nº José Hernández Pérez, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, oficial de seguridad, costarricense, con domicilio: contiguo a la iglesia católica, Matambuguito, Nicoya, Nicoya, Guanacaste, solicita el registro de: 5 H 3, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 27 de octubre del RP (IN ). Nº Ramírez Lobo Francisco Javier, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, comerciante, con domicilio en Alajuela, Alajuela, Guácima, 1 km al oeste de la iglesia Rincón Chiquito, solicita el registro de: como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Alajuela, Guácima. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 7 de octubre del RP (N ). Nº Palmitos Las Colinas del Miravalles S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio 400 metros sur de la escuela, Aguas Claras, Upala, Alajuela, representada por el señor, Juan Luis Elizondo Muñoz, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con domicilio 100 metros norte del salón comunal, Cuatro Cruces, Llano Azul, Upala, Alajuela, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de: L 0 J, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 23 de noviembre del RP (N ). Nº Ganadera Valle El General Quizarra F.U S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio de la guardia rural 1 kilómetro al este, Quizarra, Cajón, Pérez Zeledón, San José, representada por el señor Carlos Araya Fonseca, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, ganadero, costarricense, con domicilio de la escuela del Higuerón,

7 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 7 1,5 kilómetros al sur, finca Buena Vista, El Higuerón, San Miguel, Cañas, Guanacaste, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de: A Z Q 1 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 2 de diciembre del RP (N ). Nº Zapata Jiménez Manuel, cédula de identidad Nº , mayor de edad, casado una vez, agricultor, con domicilio en: barrio Altamira, de central telefónica 150 metros norte, Bijagua, Upala, Alajuela, solicita el registro de: A P Q 5 como marca de ganado que usará preferentemente en Catira, Guatuso, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 13 de noviembre del RP (N ). Nº Carranza Morales Hernán, cédula de identidad Nº , mayor, constructor, con domicilio en: 400 norte del bar El Toro, barrio Jesús, Las Juntas, Abangares, Guanacaste, solicita el registro de: A E R 4 como marca de ganado que usará preferentemente en Las Juntas, Abangares, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 15 de diciembre del RP (N ). Nº Wagner Ulises Jiménez Chaves, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con domicilio: 100 metros este de la escuela, Río Jesús Santiago, San Ramón, Alajuela, solicita el registro de: A X Q 5 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 3 de diciembre del RP (N ). Nº Keneth Alfredo Castillo Monestel, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, estudiante, con domicilio: 25 metros sur de la antigua casetilla del guarda, residencial San Antonio, Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, solicita el registro de: A G Q 5 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 26 de agosto del RP (N ). Nº Chavarría Ramos Abel, cédula de identidad Nº , mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en: Villafranca de Duacarí, Guácimo, Limón, solicita el registro de: C 1 H, como marca de ganado que usará preferentemente en: Duacarí, Guácimo, Limón. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 10 de diciembre del RP (N ). Nº Virginia Núñez Ureña, cédula de identidad Nº , mayor, casada dos veces, ama de casa, costarricense, con domicilio: 600 metros al norte de la entrada de Quizarra, Santa Elena, El General, Pérez Zeledón, San José, solicita el registro de: N U 1 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 23 de noviembre del RP (N ). Nº Fredis Hernández Nuñez, cédula de identidad Nº , mayor, soltero, agricultor, costarricense, con domicilio: 300 metros sur de la escuela de Río Negro, Río Negro, Aguas Claras, Upala, Alajuela, solicita el registro de: A J Q 8 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 14 de setiembre del RP (N ). Nº Pavón Rodríguez Yuri Vanesa, cédula de identidad Nº , mayor, soltera en unión libre, del hogar, con domicilio en Alajuela, Upala, Aguas Claras, Colonia Libertad, solicita el registro de: 3 R H, como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Aguas Claras. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 6 de marzo del RP (N ). Nº Chianina de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en San José, San José, Mata Redonda, Sabana Oeste, doscientos cincuenta metros norte de la Escuela de M de la Universidad Autónoma de Centroamérica, representada por el señor Murialdo Sommaruga Stefano Poma, cédula Nº , con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, calle Matapalo, ochocientos metros noroeste de la rotonda de Multiplaza, complejo Ofibodega Capri, bodegas veinticuatro, veinticinco y veintiséis B, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de: como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Tilarán, Hacienda Mandela, tres kilómetros al oeste del templo católico. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 7 de diciembre del (N ). REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Jiazhen Chen Zhu, cédula Nº , solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa formal e informal, zapatos formal, informal y tenis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre del 2009, exp. Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de noviembre del (IN ). Nereyda Portillo Suárez, cédula , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad, dirección de negocios, administración de negocios, trabajos de oficina. Reservas: No hace reserva del mapamundi en el logo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de octubre del 2009, exp. Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de noviembre del (IN ). Rosario Salazar Delgado, cédula , en calidad de representante legal de Café Brit Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado a la venta de regalos, café, chocolates y productos relacionados. Ubicado en Heredia, Mercedes Norte, de Automercado, cuatrocientos metros al norte y

8 Pág 8 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 cuatrocientos metros al oeste. Reservas: blanco, verde y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 2 de diciembre del RP (IN ). Édgar Sasso Guardia, cédula en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Vecosa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la asesoría fiscal y legal a personas físicas y/o jurídica. Ubicado en Escazú, de la rotonda de ingreso a Multiplaza, 800 metros noroeste, Complejo Comercial Attica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de noviembre del RP (IN ). José Luis Chacón Solís, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Instituto Etnobotanico de Costa Rica-INETBO Limitada, cédula jurídica , solicita la inscripción de: HERBOLARIO TROPICAL, como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de productos naturales. Ubicado en San José, Escazú, Urbanización Los Laureles contiguo a la Embajada de Israel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 10 de diciembre del RP (IN ). Óscar Fernando Arango Pietersz, cédula , solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: establecimiento comercial dedicado a la prestación de servicios médicos, con especialidad en cirugía oral y maxilofacial. Ubicado en Hospital Cima San José, edificio consultorios Nº 1, piso 7, oficina 12, San Rafael de Escazú, autopista Próspero Fernández. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 25 de noviembre del RP (IN ). Shelby Lynn Mcadams Hardy, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Temafra S. A. y Amenthe S. A., solicita la inscripción de: URBANO, como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la obra constructiva y su concepto arquitectónico, así como todo lo relativo al disfrute y uso del edificio, su promoción, la venta de condominios y la administración general bajo el régimen de propiedad horizontal. Ubicado en San José, en Rorhmoser, del Fresh Market Nunciatura, 200 metros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de diciembre del RP (IN ). María Eugenia Araujo Tamayo, cédula , en calidad de apoderada generalísima de Comercial Repuestera Automotriz de Sistemas y Accesorios Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: COREASA, como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la importación, distribución y comercialización de roles, retenedores, y muñoneras, así como repuestos y accesorios en general, tanto en uso agrícola, automotriz e industrial, ubicado en San José, calles 12 y 14, avenida 5, 50 metros al este de la parada de buses Alfaro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 5 de noviembre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Kani Mil Novecientos Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: DON PEDRO, como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especies y hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de octubre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Industria Cosmética Kent S. A., solicita la inscripción de: NICOLE, como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: perfumería, artículos de tocador y belleza, cosméticos, lociones, jabones, dentífricos, champúes y enjuagues, cremas, talcos y polvos de tocador, sustancias para limpiar, lavar, lustrar, abrillantar y blanquear, tintes y pinturas de tocador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 31 de julio del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de representante legal de Papelera Internacional Sociedad Anónima, solicita la inscripción de: SUPER KLEAN, como marca de fábrica, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pañales y toallas sanitarias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 4 de agosto del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Tyco Healthcare Group LP, solicita la inscripción de: POLYSUTURE, como marca de comercio, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos médicos, a saber, dispositivos para cerrar heridas, tales como suturas y agujas quirúrgicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 2 de noviembre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, en calidad de apoderado especial de Kani Mil Novecientos Uno S. A., solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frijoles en conserva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 16 de setiembre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Kani Mil Novecientos Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias y hielo. Reservas: de

9 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 9 los colores vino, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de octubre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Kani Mil Novecientos Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frijoles. Reservas: no se hace reserva de las palabras más ricos y limpios a tu alcance. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 14 de setiembre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Kani Mil Novecientos Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frijoles en conserva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 5 de octubre del RP (IN ). Mauricio Bonilla Robert, cédula , en calidad de apoderado especial de Kani Mil Novecientos Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frijoles negros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 16 de setiembre del RP (IN ). Giovanni Jiménez Alvarado, cédula , solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 10 de diciembre del RP (IN ). Carlos Alberto Valenciano Camer, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Valenciano Kamer & Asociados, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir: un establecimiento comercial dedicado a la actividad principal de asesoría legal en diversos campos del derecho. Ubicado en San José, San Rafael de Escazú, Centro de Negocios Trilogía, edificio dos, primer piso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de diciembre del RP (IN ). Diana Benavides Campos, cédula , en calidad de apoderada generalísima de D.B.C. Diseño y Arquitectura Interior S. A., cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a diseño y arquitectura interior en donde se brindan servicios de diseño comercial, residencial, hospitalarios, de cocinas, escenográficos y mucho más. Ubicado en Heredia, Mercedes Norte, Urbanización Roemy, segunda entrada, 25 metros al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 8 de diciembre del RP (IN ). Edgar Rohrmoser Zúñiga, cédula , en calidad de apoderado especial de ABS Bienes de Capital S. A. de C. V., solicita la inscripción de: BABY GENIUS, como marca de fábrica y comercio, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pañales desechables. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 4 de setiembre del RP (IN ). Edgar Rohrmoser Zuñiga, cédula , en calidad de apoderado especial de ABS Bienes de Capital S. A. de C. V., solicita la inscripción de: PREMIER, como marca de fábrica y comercio, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: papel higiénico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de setiembre del RP (IN ). Esteban Adrián Salazar Bolaños, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora de Productos Importados Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: MR. CLEAN, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para colar; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar; jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de diciembre del (IN ). David Schultz Faingezicht, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Natural Stone R & S Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: instalación de pisos y sobres de cocina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 09 de diciembre del RP (IN ). David Schultz Faingezicht, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Natural Stone R & S Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Sobre de granito y mármol para cocinas y baños. Pisos de mármol, porcelanato, cerámica, y cualquier otra piedra natural tales como pizarra y travertino entre otras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.

10 Pág 10 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Presentada el 15 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 09 de diciembre del RP (IN ). Manuel Tanchella Chacón, cédula , en calidad de apoderado especial de Ecodisplay Naturales Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Todo tipo de prendas de vestir: pantalones, enaguas, blusas, camisas, medias, ropa infantil, sueters. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 02 de diciembre del RP (IN ). Emilio José Baharet Shields, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Ecotelas Noventa y Cinco Sociedad Anónima, cédula , solicita la inscripción de: BALMAIN, como marca de fábrica en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir: pantalones, enaguas, camisas, blusas, medias, sueters, ropa interior. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de noviembre del RP (IN ). Álvaro Barrantes García, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Stop And Shop Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Venta y distribución de prendas de vestir para hombres y mujeres, tales como camisas, camisetas, pantalones, pantalonetas, pillamas, sudaderas, chalecos, pantalones de mesclilla y/o jeans, suéter y chaquetas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de diciembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 09 de diciembre del RP (IN ). Teresa Ramírez Alfaro, cédula , en calidad de apoderada generalísima de Alberysam S.R.L., cédula jurídica , solicita la inscripción de: Sistema Educativo Montealto como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de educación. Reservas: No. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de octubre del RP (IN ). Laura Camacho Gamboa, cédula , en calidad de apoderada generalísima de Asociación Administradora de la Maquila Fromela, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase(s): 24 y 25 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 24: textiles y productos no comprendidos en otras clases, almohadas, ropa de cama y de mesa, edredones, set de baño (ropa de baño), manteles. Clase 25: Vestuario (blusas, delantales, pijamas, boxer). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 03 de diciembre del RP (IN ). José Julio Carvajal Zamora, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Marcomer Aguisot. S. A., cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase(s): 49 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a Servicios de restaurant para niños, comida rápida en base a pollo y pizza. Servicios de fiestas infantiles, actividades infantiles y cuarto de juegos. Ubicado en Heredia, San Antonio de Belén. Edificio El Pollazo, frente al Banco Nacional. Reservas: De los colores rojo, blanco, amarillo mostaza, café claro y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 12 de noviembre del RP (IN ). José Julio Carvajal Zamora, cédula , en calidad de Apoderado Generalísimo de Marcomer Aguisot. S. A., solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase(s): 43 internacional (es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restaurante, servicios para proveer alimentos y bebidas, servicios de fiestas y eventos infantiles. Reservas: De los colores rojo, blanco, amarillo mostaza, café claro y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 12 de noviembre del RP (IN ). Carlos Esteban Cordero Chavarría, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Fixsur CCH Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase(s): 49 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a venta de materiales de construcción, materiales eléctricos, herramientas y equipo de construcción, artefactos eléctricos y decorativos para hogar y artículos de ferretería en general. Ubicado en Pérez Zeledón, Daniel Flores, 600 metros sur de Plaza Monte General. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del Según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 20 de octubre del RP (IN ). Ana Cecilia Castro Calzada, cédula , en calidad de apoderada especial de Catalysis, S.L., solicita la inscripción de: GRANEX, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es). Para proteger y distinguir: Cosmético. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Ana Cecilia Castro Calzada, cédula , en calidad de apoderada especial de Catalysis, S.L., solicita la inscripción de: SPERMOTREND, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es). Para proteger y distinguir: Un medicamento de uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,

11 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 11 dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Verny Moya Cordero, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Redbridges de Centroamérica Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase(s): 36 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios relacionados con seguros, específicamente en los servicios prestados a las aseguradoras y a los asegurados. Reservas: de los colores rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Verny Moya Cordero, cédula , en calidad de apoderado generalísimo de Redbridges de Centroamérica Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase(s): 49 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios relacionados con seguros, específicamente en los servicios prestados a las aseguradoras y a los asegurados, servicios médicos para personas. Ubicado en la ciudad de San José, Pavas, Rohrmoser, 350 metros norte del Centro de Alta Tecnología Franklin Chan. Reservas: No. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley7978. San José, 16 de noviembre del RP (IN ). Tatiana Rojas Hernández, en calidad de apoderada especial de Sociedad Pointsetia, S. A., solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Calzado y ropa en general. Reservas: blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de mayo del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la _Ley San José, 9 de junio del RP (IN ). Tatiana Rojas Hernández, cédula , en calidad de apoderada especial de Latin Node Inc., solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase(s): 38 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de telecomunicaciones que permiten a una persona comunicarse con otra por medio sensorial. En estos servicios se incluyen aquellos que permiten a una persona conversar con otra; transmiten mensajes de una persona a otra y ponen a una persona en comunicación oral o visual con otra. Reservas: De los colores blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de junio del RP (IN ). Tatiana Rojas Hernández, cédula , en calidad de apoderado especial de Latin Node Inc., solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase(s): 38 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de telecomunicaciones que permiten a una persona comunicarse con otra por medio sensorial. En estos servicios se incluyen aquellos que permiten a una persona conversar con otra; transmiten mensajes de una persona a otra y ponen a una persona en comunicación oral o visual con otra. Reservas: De los colores blanco, azul y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de junio del RP (IN ). Maureen Astúa Bejarano, en calidad de apoderada generalísima de Asesores Pedagógicos Famsa Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: ESCUELA INFANTIL DE NUESTRO PADRE SAN JOSÉ, como nombre comercial en clase(s): 49 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial destinado a escuela privada en donde se imparte el ciclo materno infantil, el ciclo interactivo y el ciclo de transición, esto es maternal a preparatoria. Ubicado en Cartago, La Unión, Dulce Nombre, 150 metros al norte de la entrada al Hogar Luz. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de julio del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de diciembre del RP (IN ). Abraham Rodríguez Rodríguez, cédula , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase(s): 38 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Reservas: De los colores amarillo, negro, blanco, gris claro, gris oscuro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de noviembre del RP (IN ). Eugenia Meza Montoya, cédula Nº , en calidad de apoderada generalísima de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase(s): 36 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Plan de ahorro contractual para estudios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de diciembre del RP (IN ). Eugenia Meza Montoya, cédula Nº , en calidad de apoderada generalísima de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, cédula jurídica Nº , solicita la inscripción de: como señal de propaganda en clase: 50 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar campañas publicitarias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de diciembre del RP (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Cordis Corporation, solicita la inscripción de: RES TECHNOLOGY, como marca de fábrica en clase(s): 10 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Un componente característico de una plataforma liberadora de stents y de medicinas de uso coronario. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de setiembre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, solicita la inscripción de: ACUVUE, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de las condiciones oftalmológicas; soluciones

12 Pág 12 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 medicadas para la desinfección, limpieza, almacenamiento y remojo de los lentes de contacto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de setiembre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de DePuy, Inc., solicita la inscripción de: PREMIERON, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Implantes ortopédicos de articulación; implantes ortopédicos constituidos de materiales artificiales sus partes y componentes; implantes ortopédicos compuestos de polietileno. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de DePuy, Inc., solicita la inscripción de: INSPREE, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Implantes ortopédicos hechos de materiales artificiales; implantes ortopédicos de articulación; instrumentos quirúrgicos para ser usados con implantes ortopédicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de octubre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de representante legal de Cordis Corporation, solicita la inscripción de: THERMOCOOL SMARTTOUCH, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Artículos médicos especialmente catéteres para ablación cardiaca. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de setiembre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de representante legal de Cordis Corporation, solicita la inscripción de: NAVISTAR SMARTTOUCH, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Artículos médicos especialmente catéteres para ablación cardiaca. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de setiembre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de representante legal de Cordis Corporation, solicita la inscripción de: CELSIUS SMARTTOUCH, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Artículos médicos especialmente catéteres para ablación cardiaca. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de setiembre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de DePuy, Inc., solicita la inscripción de: ATTUNE, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Implantes ortopédicos hechos de materiales artificiales; instrumentos quirúrgicos para ser usados con implantes ortopédicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de octubre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Cordis Corporation, solicita la inscripción de: IABLATE, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 internacional(es), Para proteger y distinguir: Archivos de datos electrónicos descargables y bases de datos para su uso con sistemas de mapeo cardiaco. Programas informáticos para computadoras portátiles, para artículos electrónicos digitales y otros equipos electrónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de octubre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Cordis Corporation, solicita la inscripción de: IABLATE, como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es), Para proteger y distinguir: Servicios educativos especialmente el servicio de proporcionar módulos de entrenamiento en el campo de la ablación cardiaca. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de setiembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de octubre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Ethicon Inc., solicita la inscripción de: ETHICON SECURESTRAP, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Dispositivo de fijación quirúrgica utilizado en la reparación de hernias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de octubre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, solicita la inscripción de: OUR BABIES WILL INHERIT OUR PLANET, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), Para proteger y distinguir lo siguiente: Artículos de tocador especialmente jabón líquido para el cuerpo y productos para la limpieza de la piel, champú, preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel especialmente lociones para el cuerpo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de octubre del (IN ). Gastón Baudrit Ruiz, cédula , en calidad de apoderado especial de Ethicon Inc., solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10 internacional(es). Para proteger y distinguir: Mallas quirúrgicas pare el refuerzo y la reparación de defectos de la pared abdominal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de noviembre del (IN ). Una Aine Ni Fhiachain, pasaporte L046119, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Sattva Vita S. A., cédula , solicita la inscripción de: Mucuna Plus, como marca de fábrica en clase(s): 5 internacional(es), Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos naturales con forma farmacéutica de uso humano, con efecto neuroprotector y para mejorar la neurotransmisión. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de agosto del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de agosto del (IN ). Priscilla Ureña Duarte, en calidad de apoderada especial de Grupo Proeza S. A. de C.V., solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase(s): 29 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Reservas: del color verde PMS 349 C. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de diciembre del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de diciembre del (IN ).

13 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 13 Priscilla Ureña Duarte, en calidad de apoderada especial de Grupo Proeza S. A. de C. V., solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Reservas: del color verde PMS 349 C. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de diciembre de (IN ). Priscilla Ureña Duarte, en calidad de apoderado especial de Grupo Proeza S. A. de C. V., solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: del color verde PMS 349 C. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de diciembre de (IN ). Víctor Hugo Bolaños Herrera, cédula Nº , solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: pantalones, camisas, zapatos tanto deportivos como formales, medias, blusas sudaderas, zapatos tenis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de setiembre del RP (IN ). Víctor Hugo Bolaños Herrera, cédula Nº , solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir: bicicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de setiembre del RP (IN ). Víctor Hugo Bolaños Herrera, cédula Nº , solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 28 internacional, para proteger y distinguir: balones para fútbol, baloncesto y voleibol, así como cascos para ciclismo, muñequeras, tobilleras, caramañolas, guantes para ciclismo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2009, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 7 de octubre del RP (IN ). DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS AVISOS El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación La Compañía, con domicilio en la provincia de Cartago, Tres Ríos, Calle Mesén del Abastecedor La Unión cincuenta metros al oeste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo humano de sus asociados a través de la capacitación y cogestión grupal e individual con la finalidad de dotar a cada uno de ellos de una vivienda. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta Evangelina Torres Torres. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir deja publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: ). Curridabat, once de noviembre del dos mil nueve. Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í. 1 vez. RP (IN ). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: , denominación: Asociación Cámara de Almacenes Fiscales y Generales de Depósito. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2009, asiento: San José, 3 de diciembre del Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. RP (IN ). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Profética Faro de Luz de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas Centro, costado oeste del Parque Victoria. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La extensión del evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto es el: presidente: Roberto Antonio Arauz Figueroa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: ). Curridabat, tres de diciembre del mil nueve. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. RP (IN ). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: , denominación: Asociación de Estudiantes de Administración de Tecnologías de Información del Instituto Tecnológico de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo 2009, asiento San José, 12 de noviembre del Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í. 1 vez. RP (IN ). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Costa Rica Por Siempre, con domicilio en la provincia de San José, Bufete Facio y Cañas, frente al Centro Comercial El Pueblo. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Contribuir a que Costa Rica alcance las metas del programa de trabajo de áreas protegidas de la convención de diversidad biológica y que continúe cumpliendo con dichos estándares a perpetuidad Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de cincuenta mil dólares moneda en curso en los Estados Unidos y con las limitaciones establecidas en el estatuto es el presidente: Mario Enrique Pacheco Loaiza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecida en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones), y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite, (tomos: 2009 y 2009, asientos: y ). Curridabat, diez de diciembre del dos mil nueve. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. RP (IN ). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Desarrollo de San Marcos de Pejibaye de Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de San José, en el Salón Comunal, San Marcos de Pejibaye de Pérez Zeledón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo social, económico, social educativo, organizativo, productivo y esfuerzo de los asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado

14 Pág 14 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto es el presidente: Víctor Barrantes Badilla. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos p. la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: ). Curridabat, veintiuno de octubre del dos mil nueve. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. RP (IN ). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma al estatuto de la Asociación Nacional de Pacientes con Enfermedades del Corazón, cédula jurídica Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2009 asiento: Curridabat, a los once días del mes noviembre del dos mil nueve. Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í. 1 vez. RP (IN ). REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ La señorita Kristel Faith Neurohr, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número , vecina de San José, en su condición de apoderada especial de University Of Virginia Patent Foundation, de Estados Unidos de América, solicita la patente de invención denominada EFECTOS COMBINADOS DEL TOPIRAMATO Y EL ONDANSETRÓN SOBRE EL CONSUMO DEL ALCOHOL. Uso de combinaciones de drogas para tratar trastornos de adicción. Más específicamente, la presente invención se relaciona con el uso de drogas en combinación con la intervención conductual para tratar enfermedades y trastornos relacionados con el alcohol, así como para tratar la obesidad y para regular el peso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Octava Edición es A61K 31/00, cuyo(s) inventor (es) es (son) Johnson Bankole A, Tiouririne Nassima AIT-Daoud. La solicitud correspondiente lleva el número 10938, y fue presentada a las 12:10:00 del 17 de julio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 13 de octubre del Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora. RP (IN ). La señora Kristel Faith Neurohr, cédula Nº , mayor, casada, abogada, vecina de Santa Ana, en condición de apoderada especial de Gordon Thomas Quattlembaum, de México, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA AUTOPROPULSADO DE TRANSPORTE PARA PERSONAS UTILIZADO PARA LA OBSERVACIÓN PANORÁMICA AÉREA DEL MEDIO AMBIENTE. El sistema autopropulsado de trasporte por cable para personas utilizado para la observación panorámica aérea del medio ambiente consiste en: Una ruta de cable suspendida sobre el terreno, la cual esta sostenida y tensada por medio de ménsulas que fijan a los elementos naturales o artificiales disponibles en el terreno; a lo largo de esta ruta corren vehículos propulsados por, los pies del usuario, mediante los cuales este puede desplazarse de manera segura y confortable para observar el medio ambiente, sin tener que detenerse en los puntos de anclaje del cable. El usuario tiene un completo control de velocidad del vehículo, pudiendo acelerar, frenar y detenerse a voluntad. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es B61B 7/06, cuyo(s) inventor(es) es(son) Quattlebaun, Gordon Thomas. La solicitud correspondiente lleva el número 10977, y fue presentada a las 14:37:27 del 17 de agosto de Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 27 de octubre del Randall Abarca Aguilar, Registrador. RP (IN ). La señorita Kristel Faith Neurohr, cédula Nº , mayor, soltera, abogada, vecina de Santa Ana, en condición de apoderada especial de Abbott GMBH & CO. KG, de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE OXINDOL SUSTITUIDO, MEDICAMENTOS QUE LOS COMPRENDEN Y USO LOS MISMOS. La presente invención se relaciona con nuevos derivados de Oxindol sustituido, con medicamentos que los comprenden y con su uso para tratar enfermedades. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 401/14, cuyo(s) inventor(es) es (son) Netz, Astrid, Oost. Thorsten, Geneste, Herve, Braje, Wilfrie Martin, Wernet, Wolfgang, Lubisch, Wilfried, Unger, Lilliane, Hornberger, Willfried. La solicitud correspondiente lleva el número 10900, y fue presentada a las 09:37:00 del 30 de junio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 24 de setiembre del Randall Abarca Aguilar, Registrador. RP (IN ). El señor Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula Nº , mayor, casado, abogado, vecino de Santa Ana, en condición de apoderado especial de Harry B. Platis, de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA Y MÉTODO PARA LA REALIZACIÓN DE APUESTAS CON TOTALIZADOR PARA UNA BANCA CON GRAN NÚMERO DE PARTICIPANTES. Este invento se relaciona con el área de apuestas conocida como apuestas con totalizador que consiste en un sistema para la realización de apuestas donde los jugadores apuestan en un evento y los fondos pagados son distribuidos a partir de una banca común. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A63F 9/24, cuyo(s) inventor (es) es (son) Harry B. Platis. La solicitud correspondiente lleva el número 9460, y fue presentada a las 11:31:20 del 22 de octubre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguiente a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 28 de octubre del Randall Abarca Aguilar, Registrador. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº , mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Bayer Schering Pharma AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada 4-ARIL-1, 4-DIHIDRO-1, 6-NAFTIRIDINAMIDAS SUSTITUIDAS Y SU USO. La presente solicitud se refiere a nuevas 4-aril-1, 4-dihidro-1, 6-naftiridin-3- carboxamidas sustituidas, a procedimientos para su preparación, a su uso para el tratamiento y/o la profilaxis de enfermedades, así como a su uso para la preparación de fármacos para el tratamiento y/o la profilaxis de enfermedades, especialmente de enfermedades cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es C07D 471/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Barfacker, Lars, Kolkhof, Peter, Schlemmer, Karl-Heinz, Grosser, Rolf, Nitsche, Adam, Klein, Martina, Munter, Klaus, Labrecht-Kupper, Bárbara, Hartmann, Elke. La solicitud correspondiente lleva el número 10976, y fue presentada a las 14:36:29 del 14 de agosto del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 1º de setiembre del Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora. RP (IN ). La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº , mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Acumener Investigación y Desarrollo S. L., de España, solicita la Patente de Invención denominada ACUMULADOR- REGULADOR DE ENERGÍA ELASTODINÁMICA. El acumuladorregulador de energía elastodinámica comprende una lámina arrollada o capaz de arrollarse en forma de espiral clotoide con curvatura creciente o decreciente a lo largo de la longitud de la espiral, capaz de absorber energía a par variable y suministrar un par prácticamente constante en amplias zonas de funcionamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es F13F 1/10, cuyo(s) inventor(es) es(son) Casero Fernández-Montes Julián, Bautista Paz Emilio, Muñoz Sanz José Luis, Muñoz Guijosa Juan Manuel. La solicitud correspondiente lleva el número 10828, y fue presentada a las 13:39:00 del 27 de mayo del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 1º de setiembre del Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora. RP (IN ). La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº , mayor, casada, abogada, vecina de Tres Ríos, en condición de apoderada especial de Ternium Internacional Costa Rica S. A., de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado POLIN C. El presente modelo industrial se refiere a perfiles abiertos en forma de C fabricados con aceros estructurales, utilizados para marcos de aberturas, pilares de soporte, travesaños y otros elementos estructurales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es /, cuyo(s) inventor(es) es(son) René De Jesús Garza Cavazos. La solicitud correspondiente lleva el número 11002, y fue presentada a las 14:20:00 del 26 de agosto del Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 28 de agosto del Randall Abarca Aguilar, Registrador. RP (IN ). La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº , mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Tres Ríos, en su condición de apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada ESTABILIZACIÓN DE

15 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 15 VITAMINA B12. La invención se refiere a preparaciones que contienen vitamina B12 y un butanol, así como al uso de butanol para la estabilización de vitaminas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición es A61K 47/10, cuyo(s) inventor(es) es(son) Heep, Iris, Taterra, Hans Rolf. La solicitud correspondiente lleva el número 11018, y fue presentada a las 14:16:23 del 8 de setiembre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 9 de setiembre del Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las siete horas treinta y siete minutos del veintidós de octubre de dos mil nueve, fue inscrita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE TRIAZOLE COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR DE TACHYKININ a favor de la compañía Eli Lilly And Company, domiciliada en los Estados Unidos de América, cuyos inventores son: Kevin Matthew Gardinier, Erik James Hembre, Louis Nickolaus Jungheim, Brian Stephen Muehl, David Michael Remick, Michael Alan Robertson, Kenneth Allen Savin, todos de nacionalidad estadounidense, Albert Kudzovi Amegadzie de nacionalidad canadiense y Jian Erick Hong de nacionalidad china, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2750, estará vigente hasta el veintiséis de abril de dos mil veintidós, la Clasificación Internacional de Patentes Octava Edición, Revisión es C07D San José, a las catorce horas cuarenta y tres minutos del veintinueve de octubre del dos mil nueve. Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora. 1 vez. RP (IN ). AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Exp. Nº 13684P. La Estancia Del Rodeo S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del Pozo RG-867, efectuando la captación en finca de La Estancia del Rodeo S. A., en Colón, Mora, San José, para uso agropecuario - riego. Coordenadas / Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 1º de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Exp. Nº 13714A. Ejecutivos del Chiverre S. A., solicita concesión de: 1,74 litros por segundo del Río Balso, efectuando la captación en finca de Condominio Vista Sin Fin S. A., en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano en condominio. Coordenadas / Hoja Coronado. Predios inferiores: Marino Hernández, Irma Teresa Araya, Gerardo Araya, Flor De Liz Guzmán. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 16 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13688P. Condominio Horizontal Comercial Parque Empresarial Forun 11, solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo AB-861, efectuando la captación en finca de Condominio Horizontal Comercial Parque Empresarial Forun 11 en Pozos, Santa Ana, San José, para uso comercial y agropecuario-riego. Coordenadas / hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 09 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. RP (IN ). Expediente Nº 9348A. Freddy Jiménez Soto, solicita concesión de: 0,70 litros por segundo del nacimiento termal, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Carlos, Tarrazú, San José, para uso turístico-cabinas. Coordenadas: / , hoja Dota. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 17 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 6397A. Holmann y Holmann S. A., solicita concesión de: 13,5 litros por segundo del Río Ciruelas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Carrizal, Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario-riego-varios. Coordenadas: / , hoja Barva. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 16 de diciembre del Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 6294A. Agropecuaria La Naciente S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del Nacimiento Zamora, efectuando la captación en finca de Alfredo Zamora González S. A., en Asunción, Belén, Heredia, para uso agropecuario-lechería y consumo humano-doméstico. Coordenadas: / , hoja Abra. 5,82 litros por segundo de la Quebrada Seca, efectuando la captación en finca de Alfredo Zamora González S. A., en Asunción, Belén, Heredia, para uso agropecuario-riegohortaliza. Coordenadas: / , hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 17 de diciembre del Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Expediente Nº 9415P. Nidia Gutiérrez Gutiérrez solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del Pozo ME-269, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humanodoméstico. Coordenadas / hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 14 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13699A. Administradora Fiduciaria ZMZ S. A., solicita concesión de: 225 litros por segundo del Río Liberia, efectuando la captación en finca de Administradora Fiduciaria ZMZ S. A., en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario riego. Coordenadas / hoja Carrillo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 14 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 9311P. Popol Vuh S. A., solicita concesión de: 2,7 litros por segundo del pozo AB-1949, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (Escazú), Escazú, San José, para uso agropecuarioriego frutal y turístico recreación. Coordenadas / hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 17 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13694A. Luz Heidy Díaz Prieto, solicita concesión de: 1432,9 litros por segundo del Mar Estero Quebracho, efectuando la captación en finca de Estado Administrado por MINAET en Colorado Abangares, Abangares, Guanacaste, para uso cultivo de camarón. Coordenadas: / , hoja Abangares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 9 de diciembre del Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13695A. Juan José Sánchez Cisneros, solicita concesión de: 445 litros por segundo del Mar Estero Ayotes, efectuando la captación en finca de Estado Administrado por MINAET en Colorado Abangares, Abangares, Guanacaste, para uso agropecuario. Coordenadas: / , hoja Abangares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 9 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13690A. Hellen Gutierres López solicita concesión de: 2,4 litros por segundo del Estero Sucio o Boca Sucia, efectuando la captación en finca de Estado Administrado por MINAET en Colorado Abangares, Abangares, Guanacaste, para uso cultivo de camarón. Coordenadas: / , hoja Abangares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 8 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13689A. Flor María Garay Gaitán, solicita concesión de: 30 litros por segundo del Estero Ayotes, efectuando la captación en finca de Estado Administrado por el MINAET en Colorado, Abangares, Guanacaste, para uso cultivo de camarón. Coordenadas: / , hoja Abangares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 8 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ). Expediente Nº 13691A. Industrias del Caraito S. A., solicita concesión de: 232 litros por segundo del Estero Quebracho, efectuando la captación en finca de Estado Administrado por MINAET en Colorado, Abangares, Guanacaste, para uso cultivo de camarón. Coordenadas: / , hoja Abangares. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 8 de diciembre del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (IN ).

16 Pág 16 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Exp. Nº 9362P. La Copa Santa S. A., solicita concesión de: 0,1 litros por segundo del Pozo AB-1941, efectuando la captación en finca de su propiedad en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas / Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 11 de diciembre del Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. RP (IN ). PODER JUDICIAL AVISOS DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario de Óscar Gabriel Cordero Sáenz, carné Nº 17962, cédula Nº , expediente Nº NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. San José, primero de diciembre del dos mil nueve. Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director. 1 vez. RP (IN ). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EDICTOS Registro Civil -Departamento Civil OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Exp. Nº Registro Civil. Departamento Civil. Oficina de Actos Jurídicos. Yolanda Angulo Barrantes, mayor, casada, oficios del hogar, cédula de identidad número cinco-ciento setenta-trescientos ochenta y seis, vecina de Centro Santa Cruz; solicita a este Registro, la rectificación del asiento de nacimiento de su hija, Carolina María Angulo Angulo, que lleva el número novecientos ochenta y nueve, folio cuatrocientos noventa y cinco, tomo cuatrocientos diecisiete, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, en el sentido de que, la fecha de nacimiento de la misma es: trece de setiembre de mil novecientos noventa y siete, y no trece de setiembre de mil novecientos noventa y seis ; como se consignó. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial, conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, y se previene a las partes interesadas, hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación. San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y ocho. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor. Ligia María González Richmond, Jefa. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yezzitt Alberto Soza Sujo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas quince minutos del veintidós de abril del dos mil nueve. Exp. Nº Resultando: 1º..., 2º..., 3º..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Bianca Tashira Sosa González... en el sentido que el primer nombre y el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita son Yezzitt y Soza, respectivamente. Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a. í. Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í. 1 vez. RP (IN ). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Elías Álvarez Villalobos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas diez minutos del cuatro de junio del dos mil nueve. Exp. Nº Resultando: 1º..., 2º..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José Elías Álvarez Villalobos... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son Ocampo Villalobos. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í. 1 vez. RP (IN ). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Magaly María Cervantes Porras, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y cuarenta y ocho minutos del diecisiete de noviembre del dos mil nueve. Ocurso. Exp. Nº Resultando: 1º..., 2º..., 3º..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Helmer Julián Sequeira Cervantes..., en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre de la persona ahí inscrita son Gregorio Ernesto y Magaly María respectivamente y de Ashly Julissa Sequeira Cervantes..., en el sentido que el apellido del padre de la persona ahí inscrita es Sequeira, no indica segundo apellido y no como se consignó. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í. 1 vez. RP (IN ). CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIONES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA Tubo conexión estéril Se les informa a todos los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2010LA , para la adquisición del ítem: Único: Unidades Máximo Tubo conexión estéril. Apertura de ofertas el día: 22 de enero de 2010, a las 11:00 horas. Ver detalle en Subárea de Carteles. Argentina Araya Jara, Jefa. 1 vez. O. C. Nº C (IN ). LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2010LA Bolsas de Colostomía cerradas para adultos, sistema de dos piezas con medidas para estomas entre 60 mm hasta 70 mm Se les informa a todos los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2010LA , para la adquisición de, ítem: Único: UD Bolsas de Colostomía cerradas para adultos, sistema de dos piezas con medidas para estomas entre 60 mm hasta 70 mm. Apertura de ofertas el día: 20 de enero 2010, a las 12:00 horas. Ver detalle en San José, 07 de enero del Subárea de Carteles. Argentina Araya Jara. 1 vez. O. C. Nº C (IN ). HOSPITAL MÉXICO ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA Adquisición de Leuprolide Acetato 11,25 mg, frasco, Caspofungina 50 mg y 70 mg, frasco-ampolla, Valganciclovir 450 mg, tabletas Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el viernes 29 de enero de 2010, a las 13:00 horas. Vea detalles y mayor información en San José, 07 de enero del Lic. Jacqueline Villalobos H., Coordinadora. 1 vez. (IN ). LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA Adquisición de Infliximab 100 miligramos, frasco Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el viernes 29 de enero de 2010 a las 09:00 horas. Vea detalles v mayor información en San José, 07 de enero del Lic. Jacqueline Villalobos H., Coordinadora. 1 vez. (IN ). LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA Adquisición de Piperacilina/Tazobactan 4,5 gramos Se comunica: fecha de recepción de ofertas el viernes 29 de enero de 2010 a las 10:00 horas. Vea detalles y mayor información en San José, 07 de enero del Lic. Jacqueline Villalobos H., Jefa. 1 vez. (IN ). ADJUDICACIONES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2009LN Reactivos varios para pruebas especiales de química clínica La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los señores proveedores, el resultado del concurso de la Licitación Pública Nacional Nº 2009LN por: Reactivos varios para pruebas especiales de química clínica la cual se adjudica a la empresa:

17 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 17 Capris Médica S. A. Monto: $ ,00 (ciento cincuenta y seis mil seiscientos treinta dólares exactos). Heredia, 6 de enero del Msc. Óscar Montero Sánchez, Dirección Administrativa. 1 vez. (IN ). HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA COMPRA DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA 2009CD Mantenimiento preventivo y correctivo a 01 procesadora de tejidos Se comunica a los interesados en esta compra que la Dirección Administrativa Financiera, mediante acta de adjudicación Nº , de fecha 22/12/2009 resuelve adjudicar este concurso a la empresa Soporte Médico S. A., por un monto de $ correspondiente a 04 visitas trimestrales por concepto de mantenimiento preventivo y 03 visitas anuales para mantenimiento correctivo. Periodo de enero a diciembre Limón, 04 de enero del Lic. Kris Guillén Rojas, Jefa a. í. 1 vez. (IN ). COMPRA DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA 2009CD Mantenimiento de vehículos Se comunica a los interesados en esta compra que la Dirección Administrativa Financiera, mediante declaración infructuosa Nº , de fecha 23/12/2009 declara infructuoso este concurso. Limón, 04 de enero del Lic. Kris Guillén Rojas, Jefa a. í. 1 vez. (IN ). HOSPITAL DE LAS MUJERES DR. ADOLFO CARIT EVA LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA Reactivos para determinación tiempo de Protombina, Fibrinogeno y tiempo de Tromboplastina Se informa a proveedores que participaron en la Licitación Abreviada 2009LA , que el acto de adjudicación de dicho procedimiento consta en la dirección: San José, 07 de enero del Subárea de Contratación Administrativa. Bach. Ana Gabriela Villalta Venegas. Administración. Vº Bº MBA. Adrián Fernández Carvajal, Director Administrativo Financiero. 1 vez. (IN ). LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA Reactivos para determinación de hormonas, toxoplasma, marcadores tumorales Se informa a proveedores que participaron en la Licitación Abreviada 2009LA , que el acto de adjudicación de dicho procedimiento consta en la dirección: San José, 07 de enero del Subárea de Contratación Administrativa. Bach. Ana Gabriela Villalta Venegas. Administración. Vº Bº MBA. Adrián Fernández Carvajal, Director Administrativo Financiero. 1 vez. (IN ). HOSPITAL MÉXICO LICITACIÓN NACIONAL 2009LN Adquisición de Pan varios Empresa adjudicada: Almacén y Panificadora Leandro S. A. Vea detalles y mayor información en San José, 17 de diciembre del Subárea de Adquisiciones. Lic. Jacqueline Villalobos Hernández, Coordinadora. 1 vez. (IN ). HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS DR. CARLOS SÁENZ HERRERA CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA CCSS ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA Pamidronato Sódico 90mg/frasco Por resolución de la Dirección Administrativa de este Hospital, del día 22 de diciembre del 2009, se adjudica a: Oferente: Consorcio CIVEK S. A. Monto adjudicado: $34.800,00. Ítem: único. San José, 23 de diciembre del Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Yahaira Quesada G., Coordinadora. 1 vez. (IN ). LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA Caspofungina 50 mg/frasco inyectable Por resolución de la Dirección Administrativa de este Hospital, del día 22 de diciembre del 2009, se adjudica a: Oferente: Compañía Farmacéutica S. A. Monto adjudicado: $64.400,00. Ítem: único. San José, 23 de diciembre del Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Yahaira Quesada G., Coordinadora. 1 vez. (IN ). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA CONCEJO MUNICIPAL DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria , del 04 de enero de 2010, mediante acuerdo Nº por unanimidad y definitivamente aprobado, con dispensa de trámite de Comisión, acordó ratificar la adjudicación de la Patente de Licor D2-14 del distrito San Josecito al Sr. Marlon Alonso Madrigal Rojas, cédula ; Patente de Licor D3-4 del distrito Concepción al Sr. Cristian Solís Córdoba, cédula y Patente de Licor D4-5 del distrito San Francisco al Sr. Juan Ramón Alvarado Rodríguez, cédula Adjudicaciones dadas mediante el remate de patentes de licor realizado el 22 de diciembre de 2009, a las 18:00 horas, en la Sala de Sesiones de la Municipalidad San Isidro de Heredia. San Isidro de Heredia, 08 de enero del Marcela Guzmán Calderón, Secretaria Concejo Municipal. 1 vez. (IN ). AVISOS FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE GUANACASTE Federación de Municipalidades de Guanacaste comunica a todos los interesados en los procesos de Licitaciones Abreviadas que la Dirección Ejecutiva dispuso adjudicar los siguientes procesos: 1. Nº 2009LA : Elaborar un diagnóstico donde se identifique la demanda de servicios los Concejos Municipales de Distrito hacia la Federación de Concejos Municipales de Distrito de Costa Rica A LUSOF BZ Consultores S. A., cédula jurídica , por un monto de ,00, (cuatro millones quinientos mil colones netos). 2. Nº 2009LA : Diseño de la Estructura Operativa de la Federación de Concejos Municipales de Distrito de Costa Rica. Se recibirán ofertas hasta la 1:30 p. m. del 27 de noviembre del 2009, A LUSOF BZ Consultores S. A., cédula jurídica , por un monto de ,00, (trece millones trescientos mil colones). 3. Nº 2009LA : Diseño e Implementación de una Campaña Publicitaria para dar a conocer la Federación de Concejos Municipales de Distrito de Costa Rica a Grupo Bella Vista Consultores S. A., cédula jurídica , por un monto de ,00 (ocho millones seiscientos mil colones netos). Cañas, Guanacaste, 07 de enero del Dirección Ejecutiva. José Ángel Acón Wong. 1 vez. RP (IN ). REGISTRO DE PROVEEDORES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ÁREA DE SALUD GOICOECHEA 2 El Área de Salud Goicoechea 2 de la CCSS, informa a todos los oferentes interesados en participar en Procesos de Contratación Administrativa, que pueden ver detalles y mayor información en Dr. Pedro González Morera, Director General. 1 vez. (IN ). JUSTICIA Y GRACIA FE DE ERRATAS PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN Servicio de seguridad y vigilancia para la Procuraduría General de la República Se les informa a todos los interesados que en la licitación antes mencionada, publicada el lunes 14 de diciembre del 2009 en La Gaceta Nº 242, se efectúan los siguientes cambios:

18 Pág 18 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Donde decía en punto 7.4.1: Haber aprobado, al menos, el Tercer Ciclo de Enseñanza General Básica. Debe entenderse correctamente: Haber aprobado, al menos, el Segundo Ciclo de Enseñanza General Básica. Se comunica además que el plazo para recepción de ofertas se mantiene igual, para el día 19 de enero del 2010, a las 10:00 a. m., y lo demás continúa sin cambio alguno. San José, 08 de enero del Lic. J. Omar Camacho Alvarado, Proveedor Institucional. 1 vez. (IN ). INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN UL (Modificación-Prórroga) Servicios Profesionales en Auditoría Financiera del Grupo Financiero INS Se comunica a los interesados en la presente contratación, cuya invitación se cursó mediante La Gaceta Nº 244 del 16 de diciembre 2009, lo siguiente: I. Modificación: - En el Capítulo I, Aparte V. Requisitos Técnicos para el Oferente, punto 4, incisos D y E, los mismos deben leerse: D. Dos (2) profesionales en actuariado como mínimo: Los cuales darán asistencia al profesional mencionado en el punto anterior y deberán al menos tener el nivel académico de licenciatura o equivalente de la carrera respectiva y estar registrados como actuario incorporado de su respectivo país y contar con experiencia en evaluación y análisis de reservas técnicas de diferentes compañías de seguros. El oferente deberá aportar con su oferta, conforme al respectivo formulario de currículum adjuntos, (formulario Nos. 5, 6, 7 y 8) los atestados que comprueben la experiencia y la preparación académica de todos los profesionales miembros del equipo. Solo se aceptarán formularios de currículum que presenten toda la información requerida en los mismos. E. Nivel académico del Personal Profesional asignado al proyecto: El oferente deberá indicar el nivel académico que el personal profesional asignado al proyecto posee en la rama que corresponda, de acuerdo al ítem respectivo (v.g. Contaduría Pública, Profesional en Actuariado, Actuario Registrado). El oferente deberá presentar con su cotización, conforme al respectivo formulario de currículum adjuntos, (formularios Nos. 5, 6, 7 y 8) los atestados que comprueben la preparación académica de todos los profesionales miembros del equipo. Solo se aceptarán formularios de currículum que presenten toda la información requerida en los mismos. - Se agrega al Capítulo I, específicamente al Aparte VII. Requisitos para el Adjudicatario el numeral 7, como sigue: 7. El Adjudicatario deberá entregar en los 20 días hábiles posteriores a la formalización de la adjudicación, las copias certificadas por notario público, debidamente consularizados y en idioma español de los títulos académicos del exterior de cada uno de los funcionarios que asignará al proyecto de conformidad con lo solicitado en el punto 4 del V Requisitos Técnicos para el Oferente. - Del capítulo II, aparte I. Aspectos Generales de Evaluación, específicamente el primer párrafo del inciso J, debe leerse: J mejoras: los potenciales oferentes podrán mejorar sus precios para efectos comparativos, cuyas propuestas serán recibidas en sobre cerrado debidamente identificado con el número y nombre del concurso, así como el nombre Oferente, a más tardar a las 9:00 a. m. del quinto día hábil contado (8 de febrero del 2010) a partir del día siguiente de la apertura de ofertas. II. Prórroga apertura de ofertas: El plazo para recepción y apertura de ofertas se traslada para 01 de febrero 2010 a las 9:00 a. m. Demás términos y condiciones se mantienen invariables Departamento Proveeduría. Lic. Yessenia Quirós Angulo, Jefa. 1 vez. O. C. Nº C (IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL MÉXICO LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA Adquisición de Doxorubicina Liposomal 20 mg La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, que con fundamento al artículo 58, párrafo final de la Ley de Contratación Administrativa, por razones de interés público este concurso queda sin efecto. Vea detalles y mayor información en San José, 17 de diciembre del Subárea de Adquisiciones. Bach. Yeraldie Zúñiga G., Subcoordinadora. 1 vez. (IN ). ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN (Aviso Nº 3) Sistema completo de reemplazo total de rodilla y prótesis total de rodilla A los oferentes interesados en participar en esta compra, se les comunica que se prorroga la fecha para apertura de ofertas del presente concurso, por motivo de resolución de objeciones al cartel que se encuentra en conocimiento del Órgano Contralor. Se fija con nueva fecha el día 10 de febrero del 2010, a las 9:30 horas. Lo anterior de conformidad con la resolución número , fecha 02/06/2008, de la Contraloría General de la República. Ver detalle en Subárea de Carteles. Argentina Araya Jara, Jefa. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ). INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DIRECCIÓN PROVEEDURÍA LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA PRI (Prórroga fecha de apertura) Contratación de servicios de atención de centrales telefónicas y de recepción en algunos edificios de la gran área metropolitana El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº , comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura para las 11:00 horas del 26 de enero del Las demás condiciones permanecen invariables. San José, 08 de enero de Lic. Jeniffer Fernández Guillén. 1 vez. (IN ). INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE PROCESO DE ADQUISICIONES LICITACIÓN PÚBLICA 2009LN (Prórroga) Contratación de abastecimiento de madera, según demanda El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2009LN , Contratación de abastecimiento de madera, según demanda, que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 12 de febrero de 2010 a las 10:00 horas. San José, 08 de enero de Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ). MUNICIPALIDADES REGLAMENTOS MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA De conformidad con el artículo 43 del Código Municipal y según el acuerdo del Concejo Municipal tomado en el artículo 12, capítulo VII de la sesión ordinaria Nº del martes 24 de noviembre de 2009, se publica el Reglamento que dice: REGLAMENTO DEL USO UNIFORMES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA Artículo Nº 1º El personal usará un uniforme compuesto por las siguientes prendas: en el caso de los hombres pantalón de vestir, camisa manga corta/larga de vestir y corbata. En el caso de las mujeres pantalón de vestir/enagua y blusa de vestir, en ambos casos utilizarán zapatos de vestir. Artículo N 2º El uniforme será utilizado de lunes a viernes, por los funcionarios que reciban el beneficio del uniforme, cumpliendo el rol asignado por el Comité, el cual se les informará con la carta de compromiso que cada funcionario firme a la hora de la entrega del mismo. Artículo N 3º El uniforme debe estar siempre bien limpio, ordenado y planchado, con faldas por dentro en el caso de los hombres, y sin mangas largas redobladas. Artículo N 4º En caso de que una funcionaria está embarazada se le permitirá, hacer los arreglos al uniforme, hasta cuando esto se pueda, o bien, utilizar piezas de vestir en color idéntico o similar para utilizarlos durante el período de embarazo. Las piezas deben ser de las mismas calidades de los uniformes. Cuando ya no sea posible modificar las prendas se le excusará del uso de uniforme por el resto del embarazo siempre y cuando mantenga la decencia y la formalidad. Artículo N 5º En caso de que un funcionario deba realizar una gira fuera de su lugar de trabajo, deberá usar el uniforme respectivo, excepto que por el tipo de gira se recomiende otro tipo de vestimenta en coordinación con el Coordinador respectivo. Artículo N 6º Cualquier uniforme o pieza adicional que desee confeccionar un funcionario, correrá por su propia cuenta, no pudiendo variar los materiales ni las características del uniforme.

19 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 19 Artículo N 7º El período de duración de estas prendas de vestir, es de 1 año, después de iniciar su uso, convirtiéndose en obligatoriedad su uso dentro de la jornada laboral. Sin embargo, cuatro meses antes de cumplido este plazo de uso, se analizará la posibilidad de cambiar los mismos, si lo amerita. Artículo N 8º En caso de incumplimiento sin justificación por parte del funcionario, se aplicarán las siguientes medidas disciplinarias: Falta Leve: 1. No portar alguna pieza del uniforme injustificadamente. 2. Incumplir con el artículo Nº 3 de este Reglamento. 3. No cumplir con el rol asignado por el Comité. Falta Grave: 1. El presentarse a laborar sin el uniforme injustificadamente. 2. Cuando se acumulen por tercera vez una falta leve en un período de un mes se considerará falta grave. 3. Ante la pérdida de una pieza del uniforme según lo establecido artículo Nº 9, sino se repone en un plazo máximo de un mes. Para las sanciones se aplicarán los artículos del Nº 39 al Nº 44 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de Alajuela. Cabe indicar si por alguna razón de peso se presenta un inconveniente de uso del mismo, deberá presentar por escrito la razón, dirigido al Coordinador respectivo. Artículo N 9º La compra de los uniformes será cubierta por la administración, por tanto debe tratarse los mismos como bienes municipales, que deben ser bien cuidados y resguardados por quien lo utilice. Artículo Nº 10. El cuidado y buen uso del uniforme es responsabilidad absoluta del funcionario, lo que significa que si por descuido u otra causa imputable al mismo, el uniforme se deteriora antes del año o cumplido su vida útil, la reparación ó sustitución del mismo corre en su totalidad por parte del funcionario. La administración sólo repondrá los uniformes en por motivo de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditados ante el Coordinador y Recursos Humanos. Artículo N 11. Cada funcionario que reciba el uniforme firmará una carta de compromiso que contendrá los siguientes puntos (ver carta de compromiso). Artículo N 12. No tendrán derecho del uniforme el funcionario que ocupe puestos en plazas de confianza, suplencias e interinos que tengan un período menor a los tres meses. Salvó que mediante justificación escrita de la Alcaldía Municipal se incluya algún funcionario que se encuentra nombrado en estas categorías, para dicho beneficio. Artículo N 13. Este beneficio no constituye ningún derecho adquirido y por lo tanto, la Administración puede suspender su concesión en el momento en que se considere oportuno, siempre y cuando se cuente con una razón de peso. Artículo N 14. El uso del uniforme para los Coordinadores del Procesos, Sub Procesos y Actividades será optativo, en caso de someterse al uso del mismo, se aplicarán todas las disposiciones de este Reglamento. El presente reglamento rige a partir de su publicación. Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa. 1 vez. (IN ). INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS UNIVERSIDAD DE COSTA RICA ÁREA DE INVESTIGACIÓN EDICTOS PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Melissa María Quirós Rodríguez ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación; solo publicar tres veces. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de noviembre del Facultad de Derecho. Dr. Daniel Gadea Nieto, Director. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Melissa Eugenia Armijo Losilla, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veinticuatro días del mes de noviembre del dos mil nueve. Área de Investigación. Dr. Daniel Gadea Nieto, Director. RP (IN ). Natalia Hidalgo Carro, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veinticuatro días del mes de noviembre del dos mil nueve. Área de Investigación. Dr. Daniel Gadea Nieto, Director. RP (IN ). INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO COMUNICADO DE ACUERDO Nº SJD En Sesión Ordinaria de Junta Directiva Nº 5613, Artículo 5, Inciso IV, celebrada el día 24 de noviembre del 2009, se tomó el siguiente acuerdo que textualmente dice: Se acuerda: De conformidad con el oficio Nº MPD-P / AL , suscrito por el Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo en conjunto con la Asesoría Legal, en ejecución de los Acuerdos N SJD y SJD sobre ampliación del plazo para iniciar obras en la Zona Marítimo Terrestre, según las inquietudes planteadas por el Lic. Juan José Echeverría Alfaro del Bufete Echeverría y el Sr. José Espinach Mendieta de ICICOR S.A: 1) Modificar el Acuerdo N SJD de fecha 16 de diciembre del 2005, en el inciso c, en lo que corresponde al plazo para iniciar obras en zona marítimo terrestre, quedando en veinticuatro meses, para que de ahora en adelante dicho acuerdo se lea de la siguiente manera: a) Incorporar dentro de los contratos de concesión una cláusula donde se detalle el porcentaje del monto de la garantía de ejecución del proyecto que pretende desarrollar todo concesionario, mismo que se recomienda en un 5%. b) Establecer como fecha última para el depósito de la garantía de cumplimiento el día de la firma del contrato de concesión. c) Solicitar a las municipalidades que dentro de los contratos de concesión se establezca un plazo perentorio para el inicio de las obras del proyecto que ofrece ejecutar el concesionario, bajo pena de que se inicie el procedimiento de cancelación de la concesión, el cual no debe ser mayor a veinticuatro meses después de formalizado el contrato. d) Ante el incumplimiento de algunas de estas condiciones, la Municipalidad deberá iniciar el proceso de cancelación de la concesión a efecto de otorgarla a otra persona física o jurídica con capacidad y disposición real de ejecutar el proyecto. 2) Solicitar al Macroproceso Administrativo publicar en el Diario Oficial La Gaceta, el acuerdo aprobado como una modificación al Acuerdo SJD , que se había publicado en La Gaceta N 29 del 7 de febrero del ) Instruir al Macroproceso de Planeamiento y Desarrollo comunicar a las Municipalidades con jurisdicción en zona marítimo terrestre, el acuerdo tomado que amplía el plazo para el inicio de obras en la zona marítimo terrestre, para que a partir de su publicación en La Gaceta, lo incorporen en los contratos de concesión que confeccionan 4) Comunicar el presente acuerdo a los señores Lic. Juan José Echeverría Alfaro del Bufete Echeverría y al Sr. José Espinach Mendieta de ICICOR S. A. San José, 2 de diciembre del Lic. Hannia Ureña Ureña, Secretaria Junta Directiva. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). GERENCIA GENERAL DIRECTRIZ Nº Considerando: I. Que el artículo 32, incisos a), j), k) y l), de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo expresa claramente que: Artículo 32. El Gerente será el responsable ante la Junta Directiva, del eficiente y correcto funcionamiento administrativo de la Institución, y tendrá las siguientes atribuciones: a) Ejercer las funciones inherentes a su condición de administrador general y jefe superior del Instituto, vigilando la organización, funcionamiento y coordinación de todas sus dependencias y la observación de las leyes, reglamentos y resoluciones de la Junta Directiva; j) Delegar sus atribuciones en otros funcionarios del Instituto, salvo cuando su intervención personal fuere legalmente obligatoria; k) Ejercer la representación administrativa, legal, judicial y extrajudicial de la Institución, con las facultades que para los apoderados generalísimos determina el artículo 1253 del Código Civil; y l) Ejercer las demás funciones y facultades que le corresponden, de conformidad con la ley, los reglamentos del Instituto y otras disposiciones pertinentes II. Que el numeral 99, párrafo primero, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios establece que: Artículo 99. Concepto y facultades. Se entiende por Administración Tributaria el órgano administrativo encargado de percibir y fiscalizar los tributos, se trate del Fisco o de otros entes públicos que sean sujetos activos, conforme a los artículos 11 y 14 del presente Código III. Que el artículo 103 del citado Código establece las funciones de la Administración Tributaria: Artículo 103. Fiscalización. La Administración Tributaria está facultada para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por todos los medios y procedimientos legales.

20 Pág 20 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 A este efecto dicha Administración queda específicamente autorizada para: a) Requerir a cualquier persona natural o jurídica, esté o no inscrita para el pago de los tributos, que declare sus obligaciones tributarias dentro del plazo que al efecto le señale; b) Cerciorarse de la veracidad del contenido de las declaraciones juradas por los medios y procedimientos de análisis e investigación legales que estime convenientes, a efecto de determinar la verdadera magnitud del hecho imponible y el tributo correspondiente; c) Requerir el pago y percibir de los contribuyentes y los responsables los tributos adeudados y, en su caso, el interés, los recargos y las multas previstos en este Código y las leyes tributarias respectivas. El titular de la Dirección General de Tributación está facultado para fijar mediante resolución con carácter general, los límites para disponer el archivo de deudas tributarias en gestión administrativa o judicial, las cuales en razón de su bajo monto o incobrabilidad no impliquen créditos de cierta, oportuna o económica concreción. Decretado el archivo por incobrabilidad, en caso de pago voluntario o cuando se ubiquen bienes suficientes del deudor sobre los cuales se pueda hacer efectivo el cobro, se emitirá una resolución del titular de la Administración que revalidará la deuda. Los titulares de las administraciones territoriales y de grandes contribuyentes ordenarán archivar las deudas y, en casos concretos, revalidarlas. (Reformado por la Ley Nº 7900). d) Organizar y gestionar el cobro administrativo de los tributos, intereses y recargos que aplique y para solicitar la intervención de la dependencia que tenga a su cargo el cobro de los créditos a favor del Estado; y e) Interpretar administrativamente las disposiciones de este Código, las de las leyes tributarias y sus respectivos reglamentos, y para evacuar consultas en los casos particulares fijando en cada caso la posición de la Administración, sin perjuicio de la interpretación auténtica que la Constitución Política le otorga a la Asamblea Legislativa y la de los organismos jurisdiccionales competentes. IV. Que por lo anteriormente señalado, es claro que la Gerencia General de la Institución es la que tiene la atribución otorgada por el ordenamiento para emitir las resoluciones en materia tributaria. V. Que el artículo 7, de la Ley de Fortalecimiento del Desarrollo de la Industria Turística Nacional, Nº 8694, indica que se crea Artículo 7. Adiciónanse al artículo 46 de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, N 1917, de 30 de julio de 1955, el inciso b) y un párrafo final. Los textos dirán: Artículo 46.- [ ] b Un impuesto del cinco por ciento (5%) sobre el valor de los pasajes cuyo origen de ruta sea Costa Rica, para cualquier clase de viajes internacionales. A cada pasaje solo podrá aplicársele uno de los impuestos mencionados en los incisos a) y b) anteriores, pero no ambos, de manera que no exista una doble carga impositiva. VI. Que los numerales 6, 9, 14 y 17 del Reglamento para la Percepción, Control, Administración y Fiscalización del Impuesto del 5% sobre el Valor de los Pasajes Cuyo Origen de Ruta sea Costa Rica, para Cualquier Clase de Viajes Internacionales, establecen lo siguiente: Artículo 6º Contribuyente. Se constituye en contribuyente del impuesto del 5% sobre valor de los pasajes cuyo origen de ruta sea Costa Rica, para cualquier clase de viajes internacionales, sobre los cuales no se haya cobrado el impuesto que establece el artículo 46, inciso a) de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo, Nº 1917 del 30 de julio de 1955, aquella empresa de transporte que efectúe la venta de dichos pasajes. Efectuado el cobro del impuesto, el contribuyente es el único responsable ante el ICT por el importe recaudado Artículo 9º Deber de declarar y liquidar el impuesto. Los contribuyentes del impuesto, se encuentran obligados a efectuar ante el Instituto, una liquidación quincenal con carácter de declaración jurada, del detalle de los pasajes vendidos, a través de los medios, forma y condiciones que establezca el ICT. El producto de esta liquidación deberá depositarse en la tesorería que indique el Instituto como máximo los días 2 y 17 de cada mes, sea, hasta el día 2 se entrega el impuesto correspondiente a las ventas de la primera quincena del mes anterior y la segunda quincena hasta el día 17. La obligación de presentar la declaración subsiste aún cuando no se pague el impuesto. Sin perjuicio de lo anterior, para efectos de fiscalización, los períodos fiscales a considerar serán los correspondientes a un ejercicio económico anual, que va del 01 de enero al 31 de diciembre del año. La declaración deberá ser firmada por el representante legal o cualquier otro funcionario competente, debidamente acreditado por el contribuyente Artículo 14. Exención del impuesto. Estarán exentos del impuesto, los pasajes internacionales emitidos al amparo de tratados y convenios internacionales o de leyes especiales que así lo establezcan. Dichas exenciones deberán ser solicitadas ante el ICT, el cual deberá analizar y corroborar su procedencia. Se deberá adjuntar a la declaración jurada del impuesto, el original del oficio de exoneración respectivo. Tratándose de diplomáticos amparados a la Convención de Viena de Inmunidades Diplomáticas, se anotará en la declaración jurada, el número de autorización emitida por el ICT en el pasaporte diplomático, que tendrá la misma vigencia de la visa concedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica. En ambos casos, se deberá adjuntar en la declaración jurada fotocopia del pasaje... Artículo 17. Obligación de poner a la disposición del ICT los reportes de transporte de pasajeros. Las empresas de transporte están en la obligación de poner a disposición del ICT, en las oficinas que tengan ubicadas en los puestos de salida del país, los reportes de transporte de pasajeros con los correspondientes cupones de salida de los pasajes dentro de un plazo no menor de cuarenta y ocho horas a partir del inicio de cada viaje y cualquier otro documento que demuestre el pago del impuesto respectivo que sea requerido por el ICT XII. Que el artículo 16 de la Ley General de la Administración Pública establece que Artículo 16. En ningún caso podrán dictarse actos contrarios a reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica o conveniencia Por tanto, Esta Gerencia General resuelve lo siguiente: I. Que para efectos de la aplicación del artículo 6 del Reglamento para la Percepción, Control, Administración y Fiscalización del Impuesto del 5% sobre el Valor de los Pasajes Cuyo Origen de Ruta sea Costa Rica, para Cualquier Clase de Viajes Internacionales; se debe entender como empresa de transporte responsable por el importe recaudado, aquella que traslada al pasajero de Costa Rica hacia el exterior. II. Que para efectos de declaración y pago regulado en el numeral 9 del citado reglamento, debe entenderse que: Las empresas podrán liquidar el impuesto mediante una única declaración jurada que involucre las ventas de las dos quincenas del período, a más tardar el día 17 luego de transcurrido un mes completo después del último día del mes que se pretende declarar. III. Que con relación a las exenciones reguladas en el artículo 14 del Reglamento en cita, se establece lo siguiente: El impuesto será cobrado por las empresas de transporte que realicen la venta a todos los pasajeros. En los casos en que sea procedente la exención del impuesto, la misma se aplicará vía reintegro por parte del ICT, previa gestión del interesado. IV. En el tanto no existan los mecanismos idóneos que permitan determinar el impuesto de otra manera, la fiscalización del tributo se hará sobre la base cierta del reporte de los boletos vendidos en el exterior. V. El citado impuesto deberá ser cancelado en dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en colones al tipo de cambio de referencia de venta establecido por el Banco Central de Costa Rica para el último día del mes que se declara; en la forma, medios y condiciones que defina el ICT. Notifíquese, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y comuníquese directamente a todos los posibles sujetos pasivos del impuesto establecido en la Ley Rige a partir de su publicación. San José, 07 de enero del Juan Carlos Borbón Marks, Gerente General. 1 vez. (IN ). PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA AVISO Se comunica al señor Juan Marcelo Pizarro Andrade, con domicilio desconocido, que en este despacho se tramita diligencias de asentamiento para salida del país del niño Francisco Yañez Garin, promovidas por la señora Paula Corolina Yañez Gartin. La causa es vacacionar rumbo a Chile en el mes de febrero del dos mil diez. De previo a recomendar la salida del país del niño, se le comunica al progenitor y a quienes se consideren con derecho o tengan interés, que cuentan con ocho días a partir de la última publicación para que manifiesten su oposición o asentamiento, en forma verbal o escrita ante esta Oficina Local del PANI en Heredia Sur, conforme al artículo 3 del Reglamento para las Salidas del País de Personas Menores de Edad y la tercera publicación en un diario de circulación nacional a costo de la parte interesada. Contra la presente resolución procede el Recurso de Revocatoria ante este despacho y Apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la identidad, dicho recurso podrá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a la tercera publicación del Edicto de Ley. Expediente Oficina Local de Heredia Sur. Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal. (IN ). 2 v. 2.

21 AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 21 CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la Empresa Guadalupe Limitada, para ajustar las tarifas de las rutas descrita como San José-Guadalupe de Goicoechea y ramales, tramitadas en el expediente ET y que se detallan de la siguiente manera: Tarifas (en colones) DESCRIPCIÓN RUTAS : Vigentes Propuestas Incremento Regular SAN JOSÉ-GUADALUPE DE GOICOECHEA Y RAMALES Regular Adulto Mayor Regular Adulto Mayor Absoluto ( ) Porcentual San José-Guadalupe-El Alto ,28% San José-Guadalupe-El Alto-Heliconias ,28% San José-Guadalupe-Bº El Carmen ,02% San José-Guadalupe-Bº El Pilar ,28% San José-Guadalupe-San Antonio ,28% San José-Guadalupe-Purral-Los Cuadros ,28% San José-Guadalupe-Purral-Kuru ,28% San José-Guadalupe-Mozotal ,28% El 21 de enero de 2010 a las diecisiete horas (5:00 p. m), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en Sabana Sur, de la Contraloría General de la República 400 metros al oeste, San José. Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes. En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente. Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr. Dirección General de Participación del Usuario. Laura Suárez Zamora. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ). Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Alpizar S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 296 descrita como Alajuela-Invu Las Cañas y ramales y viceversa, tramitadas en el expediente ET y que se detallan de la siguiente manera: DESCRIPCIÓN RUTA 296: ALAJUELA-INVU LAS CAÑAS Y RAMALES Y VICEVERSA Regular Vigentes Tarifas (en colones) Adulto Mayor Propuestas Regular Adulto Mayor Incremento Regular Absoluto ( ) Porcentual Alajuela-Invu Las Cañas ,25% Alajuela-Barrio Fátima ,25% Alajuela-Urbanización El Pacito ,25% El 25 de enero de 2010 a las diecisiete horas (5:00 p. m), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Parroquial del Invu de las Cañas, ubicado contiguo al Ebais del Invu número 1, Alajuela. Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes. En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente. Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr. Dirección General de Participación del Usuario. Laura Suárez Zamora. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ). Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa TUPSA, S. A., para ajustar las tarifas de las rutas 254 y 254 BS descritas como: Alajuela-San Pedro de Poás-San Rafael de Poás y viceversa, tramitadas en el expediente ET y que se detallan de la siguiente manera: DESCRIPCIÓN RUTAS Regular Vigentes Tarifas (en colones) Adulto Mayor Regular Propuestas Adulto Mayor Incremento Regular Absoluto ( ) Porcentual Ruta 254 Alajuela-San Pedro de Poás-San Rafael de Poás Alajuela-San Rafael de Poás ,36% Alajuela-San Pedro de Poás ,27%

22 Pág 22 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 DESCRIPCIÓN RUTAS Regular Vigentes Tarifas (en colones) Adulto Mayor Regular Propuestas Adulto Mayor Incremento Regular Absoluto ( ) Porcentual Alajuela-Quebradas ,91% Alajuela-Tambor ,91% Ext. San Pedro-Poasito ,25% Ext. San Pedro de Poás-Fraijanes ,93% Ext. San Pedro de Poás-Puente Colorado ,93% Ext San Pedro de Poás-Sabana Redonda ,33% Ext. San Pedro de Poás-San Juan Sur ,86% Ext. San Pedro de Poás-San Juan Norte ,86% Ext. San Pedro de Poás-Calle San José * ,86% Ext. San Pedro de Poás-La Hilda-Sta. Cecilia * ,86% Tarifa Mínima ,86% Ruta 254 BS Alajuela-San Pedro de Poás-San Rafael de Poás Alajuela-San Pedro de Poás ,27% * Corresponden a trayectos nuevos presentados por la empresa El 22 de enero de 2010 a las diecisiete horas (5:00 p. m), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Gimnasio de la escuela Pedro Aguirre, ubicado frente al Palí de San Pedro de Poás, Alajuela. Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes. En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente. Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr. Dirección General de Participación del Usuario. Laura Suárez Zamora. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ). Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Corporación Autotransportes del Este S. A., para ajustar las tarifas de las rutas 44, 45 y 47, tramitada en el expediente ET y que se detalla de la siguiente manera: Ruta DESCRIPCIÓN Tarifas (en colones) Incremento Regular Vigentes Propuestas Regular Adulto Mayor Regular Adulto Mayor Absoluto Porcentual 44 San José-Ipís-Facio-La Mora-Zetillal y viceversa ,17% 45 San José-Vista de Mar y viceversa ,17% 47 San José-Rancho Redondo y viceversa ,36% El 21 de enero de 2010 a las dieciocho horas treinta minutos (6:30 p. m), se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicado en Sabana Sur, de la Contraloría General de la República 400 metros al oeste, San José. Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes. En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente. Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr. Dirección General de Participación del Usuario. Laura Suárez Zamora. 1 vez. Solicitud Nº O. C. Nº C (IN ).

23 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 23 Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por la empresa Transportes Alajuela Turrúcares La Garita S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 207 y por corredor común la ruta 239, tramitadas en el expediente ET y que se detallan de la siguiente manera: DESCRIPCIÓN RUTAS Regular Vigentes Tarifas (en colones) Adulto Mayor Regular Propuestas Adulto Mayor Absoluto ( ) Incremento Regular Porcentual Ruta 207: Alajuela-La Garita-Cebadilla-San Miguel Alajuela-El Embalse (Ice) ,84% Alajuela-San Miguel ,84% Alajuela-Cebadilla Centro ,84% Alajuela-El Apagón ,46% Alajuela-Turrúcares Centro ,46% Alajuela-La Torre ,30% Alajuela-Bajo La Garita ,30% Alajuela-La Garita ,30% Alajuela-Planta Ferrocarril P ,47% Alajuela-El Dollar (Wrangler) ,47% Alajuela-La U (Estación Experimental)-Dulce Nombre ,47% Tarifa Mínima ,47% Corredor común Ruta 239: Alajuela-La Mandarina-Dulce Nombre Alajuela-Dulce Nombre ,85% Alajuela-La Mandarina ,85% Alajuela-Bº San José ,85% La Audiencia Pública se llevará a cabo el 21 de enero de 2010, a las diecisiete horas, en la Casa de Monjas de María Auxiliadora, que se ubica 200 metros al oeste del Supermercado Vidal, Turrúcares, de Alajuela. Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección General de Participación del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La solicitud presentada por la empresa se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: Todo aquel que tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia, por escrito o en forma oral, el día de la audiencia, momento en el cual deberá presentar cédula de identidad o documento de identificación aceptado en el país, y consignar el lugar exacto o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En dicha audiencia, el interesado deberá exponer las razones de hecho y derecho, así como las pruebas que considere pertinentes. En el caso de las personas jurídicas la oposición o coadyuvancia deberá ser interpuesta por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente. Las oposiciones o coadyuvancias también se pueden presentar hasta el día de la Audiencia Pública por medio del fax Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr. Dirección General de Participación del Usuario. Laura Suárez Zamora. 1 vez. O. P Solicitud Nº C (IN ). RÉGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ DEPARTAMENTO SECRETARÍA MUNICIPAL La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, por acuerdo Nº 3-14, de la sesión ordinaria Nº , del 11 de diciembre del 2009, aprueba que los días de sesiones para el mes de diciembre del 2009, son: los días 4, 11, 18 (para audiencias) y el 21 todos del mes de diciembre, a las 09:00 horas, y volverá a sesionar normalmente el 8 de enero del 2010, a la misma hora y los viernes de cada mes como sesiones ordinarias, extraordinarias las que se crean convenientes de acuerdo a su urgencia y prioridad. Esto por motivos de Navidad y Año Nuevo. Carlos Miguel Duarte Martínez, Secretario Municipal. 1 vez. RP (IN ). CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE EDICTOS Nº Baile del Sombrero Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº , con base en el artículo Nº 38 de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977, y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Cocal del Peñón de Cóbano, distrito once: Cóbano, cantón primero: Puntarenas, provincia sexta: Puntarenas. Mide: 1584m 2. Es terreno para dedicarlo al uso de zona residencial recreativa, que colinda: norte, calle pública con un frente a ella de 25,19 metros lineales; sur, Patrimonio Natural del Estado; este, Concejo Municipal del Distrito de Cóbano; oeste, Concejo Municipal del Distrito de Cóbano. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (Cocal del Peñón) aprobado para dicho sector costero. Se conceden treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos. Cóbano, 14 de diciembre del Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í. 1 vez. RP (IN ). Nº Corporación Club de Yates Murphy Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº , con base en el artículo Nº 38 de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre Nº 6043 del 2 de marzo de 1977, y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Cocal del Peñón de Cóbano, distrito once: Cóbano, cantón primero: Puntarenas, provincia sexta: Puntarenas. Mide: 2855m 2. Es terreno para dedicarlo al uso de zona residencial recreativa, que colinda: norte, calle pública; sur, zona pública; este, Concejo Municipal del Distrito de Cóbano; oeste, Concejo Municipal del Distrito de Cóbano. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (Cocal del Peñón) aprobado para dicho sector costero. Se conceden treinta días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos. Cóbano, 14 de diciembre del Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í. 1 vez. RP (IN ).

24 Pág 24 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 AVISOS CONVOCATORIAS VINÍCOLA COSTARRICENSE VICOSA SOCIEDAD ANÓNIMA Se convoca a los socios de Vinícola Costarricense VICOSA Sociedad Anónima a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en las oficinas de la compañía en La Garita de Alajuela a las doce medio día del seis de febrero del presente año, para conocer de los extremos del artículo ciento cincuenta y cinco y ciento cincuenta y seis del Código de Comercio. En el caso de no existir quórum en la primera convocatoria, se celebrará una segunda convocatoria una hora después, con la asistencia de los socios presentes. Arnoldo Ruiz Valverde, Presidente. 1 vez. RP (IN ). CONDOMINIO MALLORCA Convocatoria a asamblea general ordinaria Condominio Mallorca, cédula jurídica , convoca a los propietarios a la asamblea general ordinaria, a celebrarse en el Condominio, sita en Curridabat, 50 metros este de Taco Bell, el sábado 20 de febrero del 2010, en primera convocatoria a las 14:00 horas con los propietarios que representen las 2/3 partes del condominio, si no se alcanzare dicho quórum se fija una segunda convocatoria para las 15:00 horas del mismo día, formándose el quórum con cualquier número de concurrentes. La agenda a desarrollar es la siguiente: 1. Conocer el Informe de la Administración del 22 de agosto del 2009 al 20 de febrero del Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos para el período Fijar la cuota de mantenimiento para el período que va del 01 de marzo del 2010 al 28 de febrero del Conocer el informe de la fiscalía. 5. Conocer propuesta para la revisión de la integración de la Comisión Asesora Administrativa. 6. Elección de miembros para la Comisión Asesora Administrativa. 7. Nombramiento de la persona encargada de la Fiscalía del Condominio. 8. Nombramiento de la persona encargada de la Administración del Condominio. 9. Conocer propuesta para el cobro de cargos administrativos por atraso en el pago de la cuota de mantenimiento. 10. Asuntos varios. San José, 06 de enero del Alejandra Rojas Salazar, Administradora. 1 vez. RP (IN ). AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ ZETA CARGO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA Zeta Cargo Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número 1). Quien, se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. German José Víquez Zamora, Notario. RP (IN ). ESTAFETA SOCIEDAD ANÓNIMA Estafeta Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Actas de Asamblea de Socios, número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. German José Víquez Zamora, Notario. RP (IN ). INVERSIONES ALTZAM SOCIEDAD ANÓNIMA Inversiones Altzam Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. German José Víquez Zamora, Notario. RP (IN ). E.M.B. CONSULTORES ESTRUCTURALES SOCIEDAD ANÓNIMA E.M.B. Consultores Estructurales Sociedad Anónima, con cédula jurídica , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Libro de Actas de Junta Directiva, Libro de Actas de Asamblea General y Libro de Actas de Registro de Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Marco Antonio Leitón Soto, Notario. RP (IN ). INVERSIONES PANECO DE MATAPALO S. A. Inversiones Paneco de Matapalo S. A., cédula Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Junta Directiva, Diario, Inventario y Balances, Mayor, Nº 2. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. San José, 10 de diciembre del Francisco Chacón González, Notario. RP (IN ). BLÁNFER SOCIEDAD ANÓNIMA Blánfer Sociedad Anónima, cédula jurídica número: , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del tomo primero de los siguientes tres libros a saber: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 30 de noviembre del Marco Vinicio Chavarría Castro, Presidente. RP (IN ). DESARROLLO E INVERSIONES PRODUCTIVAS DIP SOCIEDAD ANÓNIMA Desarrollo e Inversiones Productivas DIP Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Magda Verdesia Solano, Representante Legal. (IN ). EDM DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA EDM de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Abel González Carballo, Representante Legal. (IN ). PICCKLE DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA Picckle del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Magda Verdesia Solano, Representante Legal. (IN ). MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO El señor Francisco José Mora Solano, cédula Nº , ha solicitado a MUCAP, la reposición del título valor Nº , por un monto de ,90, y el cual fue emitido a su orden el día 24 de junio del Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de quince días naturales posteriores a la última publicación. 17 de diciembre del Agencia Los Ángeles. Lic. María Elena Pacheco Alfaro, Jefa. (IN ). CÁLCULOS DINÁMICOS ROLI SOCIEDAD ANÓNIMA Cálculos Dinámicos Roli Sociedad Anónima, cédula jurídica tresciento uno-cero ochenta y un mil ciento veintidós treinta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de consejo de administración uno, actas de asamblea de socios uno, registro de socios uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Luis Francisco Rojas Montero, apoderado generalísimo, cédula uno-cero trescientos veintidóscero trescientos diecisiete. (IN ).

25 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 25 PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ CORPORACIÓN MATHER SOCIEDAD ANÓNIMA Corporación Mather Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 001, Balances Nº 001, Inventarios Nº 001. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Sandra Van der Laat. (IN ). MARIBEQUI SOCIEDAD ANÓNIMA Maribequi Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita a la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestarse ante el área de información y asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de 8 días hábiles, contados a partir de la ultima publicación de este aviso. Maribel Quirós Ramos de Anaya. Lic. Federico Alvarado Aguilar, Notario. RP (IN ). GOOD CHOICE SOCIEDAD ANÓNIMA Good Choice Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros por extravío de los mismos: Diario-Mayor-Inventarios y Balances-Actas de Consejo de Administración-Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios todos Nº 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso. Manuel Enrique Chavarría Zeledón, Apoderado Generalísimo. Sardinal, Carrillo, Guanacaste, 10 de diciembre del Manuel Enrique Chavarría Zeledón, Presidente. RP (IN ). LAVACAR TOTAL SOCIEDAD ANÓNIMA Lavacar Total Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil quinientos cincuenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Asamblea General de socios número uno, libro de Registro de Accionistas número uno, libro de Junta Directiva número uno, libro Diario número uno, libro Mayor número uno, libro de Inventario y Balance número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria. RP (IN ). DISEÑOS IVE SOCIEDAD ANÓNIMA Diseños IVE Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tresciento uno-ciento veintidós mil novecientos setenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: un libro de Registro de Accionistas y Junta Directiva, número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Ileana Valverde Esquivel. RP (IN ). OLA VERDE S. A. La sociedad denominada Ola Verde S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil ciento cincuenta y uno, solicita ante la Oficina de la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros legales: a) Actas de Asamblea de Socios, número uno; b) Registro de Accionistas, número uno; c) Actas de Consejo de Administración, número uno; d) Inventarios y Balances, número uno; e) Diario, número uno, y f) Mayor, número uno. Libros los cuales han sido extraviados, por lo que la persona que se considere perjudicada con estas diligencias podrá mostrar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en los siguientes ocho días hábiles después de la publicación de este aviso. Lic. José Manuel Arias González, Notario. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ INVERSORA NOGA S. A. Se hace saber que Inversora Noga S. A., cédula jurídica Nº , ha solicitado a la sociedad Grupo de Comunicación Garnier S. A., cédula jurídica Nº , la reposición por extravío de los certificados accionarios correspondientes a seis millones trescientos cinco mil quinientas quince acciones comunes y nominativas con valor de un colón cada una que le pertenecen en dicha sociedad. Se hace saber para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio que transcurrido un mes de este aviso, se procederá a la reposición de los indicados títulos. San José, 4 de diciembre del Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario. RP (IN ). Ana Victoria Jaikel Porras, costarricense, mayor, vecina de Alajuela centro, número de cédula , albacea de quien en vida se llamó Jesús Jaikel Gazel, solicita la reposición de los títulos Nº 3032, serie A por acciones; Nº 2626, serie B por acciones; Nº 2440, serie C por acciones; Nº 2420, serie D por acciones; Nº 2129, serie E por acciones; Nº 2025, serie F por acciones; Nº 1845, serie G por acciones; Nº 1623, serie H por acciones de Holcim (Costa Rica) S. A. (antes Industria Nacional de Cemento S. A.), los cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna persona interesada en que se haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esa. Ana Victoria Jaikel Porras. RP (IN ). GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señorita Juliana Salazar Calderón, cédula Nº , ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de sus certificados (CPH / CII) Nº por $ , con fecha de vencimiento , y Nº por $ , con fecha de vencimiento del Agencia Moravia. Celia Castro Duarte, Jefa del Centro de Negocios. RP (IN ). CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL LOS OLIVOS Yo, María Gabriela Ventura Ovares, cédula de identidad Nº , en mi condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Q.M. Copa del Oriente S. A., cédula jurídica Nº , en representación del Condominio Horizontal Residencial Los Olivos, cédula jurídica Nº , solicito al Departamento de Bienes Inmuebles, Propiedad Horizontal del Registro Público, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Condóminos y Caja, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. San José, 14 de diciembre del María Gabriela Ventura Ovares, Apoderada Generalísima. RP (IN ). INVERSIONES GUMOSA DE PAVAS S. A. Inversiones Gumosa de Pavas S. A., cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta de Asamblea de Socios número uno, y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo. Alajuela, al ser las ocho horas del día ocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ericka Montano Vega. RP (IN ). WATERFRONT PROMENADE SOCIEDAD ANÓNIMA Waterfront Promenade Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios número uno, y Acta de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Emilia María Pacheco Morera. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ ASSA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA En cumplimiento con el artículo 12 del Reglamento sobre Autorizaciones, Registros y Requisitos de Funcionamiento de Entidades Supervisadas por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE 01-08), se pone en conocimiento el extracto del proyecto de la escritura constitutiva de la sociedad ASSA Compañía de Seguros Sociedad Anónima, la cual se regirá principalmente por lo siguiente: Solicitantes autorizados para constituir la entidad: Grupo Assa Sociedad Anónima y Eduardo José Fábrega Alemán, la primera es una compañía constituida y regida de conformidad con las leyes de la República de Panamá, y el segundo, ciudadano panameño. Plazo: cien años a partir de la fecha del otorgamiento de la escritura. Objeto: el exclusivo ejercicio de la actividad aseguradora. Capital social: siete millones de unidades de desarrollo, representado en siete millones acciones comunes y nominativas de una unidad de desarrollo cada una, a suscribirse, pagarse y ser depositado dicho capital en el Banco Central de Costa Rica. Junta Directiva: los negocios sociales serán administrados por una Junta Directiva compuesta por cinco miembros, de los cuales se elegirá al presidente, secretario, tesorero, director uno y director dos, quienes durarán en sus cargos por todo el plazo social. De la Gerencia General: habrá un Gerente General, quien será nombrado por la Junta Directiva. El Gerente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, y podrá otorgar toda clase de poderes incluyendo judiciales y los necesarios para operar cuentas bancarias, tanto en los bancos del país como en el extranjero. Podrán sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo. Reuniones de Junta Directiva: La Junta Directiva se reunirá por lo menos una vez cada tres meses en el domicilio de la sociedad o en cualquier otro lugar dentro o fuera de la República de Costa Rica, previa convocatoria escrita por medio de correo electrónico, telegrama o fax, por cualquier medio de la Junta Directiva, hecha

26 Pág 26 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación. Sus sesiones podrán celebrarse a través de video conferencias o conferencias telefónicas, cuando alguno o algunos de sus miembros o la mayoría de ellos se encontraran en lugares distintos, dentro o fuera del territorio de la República. Requisitos, incapacidades e incompatibilidades para ser miembro del órgano director: los miembros de la Junta Directiva deberán ser de reconocida honorabilidad y capacidad en el campo de las finanzas, banca o seguros. Al menos el 40% de dos miembros de la Junta Directiva no podrán ser accionistas de la entidad, ni parientes de los accionistas de la sociedad, ni podrá fungir como director, gerente o empleado de entidades reaseguradoras, intermediarios de seguros o cualquier otra entidad financiera que no forme parte del mismo grupo financiero de esta compañía. De las asambleas de socios: los socios celebrarán una reunión anual ordinaria dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, la cual conocerá de los asuntos del orden del día, discutirá y aprobará o improbará el informe sobre los resultados del ejercicio anual. Extraordinariamente se reunirán cuando sean convocados por el presidente. Inventarios y balances: cada año al treinta de setiembre se practicará inventario y balance de la compañía. Disolución y liquidación: la sociedad se disolverá y liquidará por el vencimiento del plazo o cualquiera de las demás causas previstas en el artículo mil doscientos uno del Código de Comercio y artículo treinta y cuatro de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros. De la vigilancia: la vigilancia de las sociedades estará a cargo de un fiscal de nombramiento de la asamblea general de accionistas, que durará en su cargo por todo el plazo social y que puede ser socio o no. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve Neftalí Garro Zúñiga, apoderado especial administrativo de Grupo Assa Sociedad Anónima y Eduardo José Fábrega Alemán. Said Breedy Arguedas, Apoderado Especial. 1 vez. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Por escritura número treinta y cuatro, otorgada ante la suscrita Notaría Institucional Karol Ángulo Hernández, a las trece horas del día veintiséis de noviembre del dos mil nueve, se protocoliza en lo conducente acuerdo visible en el acta número cincuenta y uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Popular Sociedad de Fondos de Inversión, Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada a las catorce horas con treinta minutos del jueves ocho de octubre del dos mil nueve, en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud del cual se acordó modificar la cláusula quinta: capital social, del pacto constitutivo de dicha sociedad, de manera que quede constituido en la suma de mil setenta y dos millones de colones exactos. San José, once de diciembre del dos mil nueve. Lic. Karol Ángulo Hernández, Notaria. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Por escritura otorgada, a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula quinta de la compañía Enel de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Ananías Matamoros Carvajal, Juan Carlos Matamoros Carvajal, y Alcides Araya Campos, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica que asigne el Registro Publico, domicilio social y fiscal San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social noventa mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de forma individual o con acuerdo de Asamblea General de Accionistas. Escritura Nº 100-5, de las 11:00 horas de 24 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós. Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario. 1 vez. (IN ). Juan Carlos Matamoros Carvajal, Alcides Araya Campos, y Tania Lorena Matamoros Castro, constituyen saciedad anónima con número de cédula jurídica que asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José., Mora, Cuidad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social noventa mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 101-5, de las 12:00 horas de 24 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós. Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario. 1 vez. (IN ). Alcides Araya Campos, Tania Lorena Matamoros Castro y Ananías Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima con número de cédula jurídica que asigne el Registro Publico, domicilio social y fiscal San José, Mora, Cuidad Colon, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social noventa mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 102-5, de las 13:00 horas de 24 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós. Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario. 1 vez. (IN ). Ananías Matamoros Carvajal, Juan Carlos Matamoros Carvajal, Alcides Araya Campas y Tania Lorena Matamoros Castro, constituyen sociedad anónima con número de cedula jurídica que asigne el Registro Publico, domicilio social y fiscal San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón. Capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número 103-5, de las 14:00 horas de 24 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós. Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario. 1 vez. (IN ). Ananías Matamoros Carvajal, Juan Carlos Matamoros Carvajal, constituyen sociedad anónima, con número de cédula jurídica que asigne el Registro Público, domicilio social y fiscal San José, Mora, Cuidad Colón, cien norte ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de forma individual o con acuerdo de asamblea general de accionistas. Escritura número de las 16:00 horas de 24 de octubre del 2008, del notario Ademar Antonio Zúñiga Quirós. Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario. 1 vez. (IN ). Yo, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, debidamente autorizado he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima denominada La Umaa del Oeste, con domicilio social en Heredia, San Francisco, Condominio ochenta y uno, cuyo capital social son diez mil colones, en la cual se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal, y además se modifica la cláusula de representación de la sociedad, ostentándola ahora el presidente. Lic. León Felipe Ramos Santos, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura número 254, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 9 de diciembre de 2009, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de Transnet International S. A. por la que se acuerda disolver la sociedad. San José, 9 de diciembre del Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). Por escritura número noventa y seis otorgada ante esta notaría el día 14 de diciembre del 2009, a las diecisiete horas, se constituyó la sociedad denominada Soresco Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: veinticinco años, contados a partir del momento de su inscripción, domiciliada en San Francisco de Calle Blancos, Goicoechea, doscientos metros al oeste de la iglesia de ladrillo. San José, 14 de diciembre del Lic. Madeleine Sibaja Ramírez, Notaria institucional de la Refinadora Costarricense de Petróleo. 1 vez. Nº RP (IN ). En esta notaría, a las quince horas del trece de diciembre de dos mil nueve; protocolicé acta de asamblea de M.C.S. Chissot Inversiones S. A. por medio de la cual se modificó tesorero y la cláusula sexta del pacto constitutivo. Lic. Édgar Rainer Cordero Campos, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad Sebasoto S. A. donde se modificó 1a cláusula décimo segunda de su pacto constitutivo teniéndose que el presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente o separadamente. Heredia, 11 de diciembre del Lic. Antonio Gutiérrez Bogantes, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). En mi notaría, por escritura número ciento cuarenta y tres-dos, iniciada a folio ochenta y seis vuelto del tomo segundo de mi protocolo se constituyó la sociedad anónima denominada: Patotico Sociedad Anónima. Domiciliada en el Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al sur del abastecedor La Flor, los apoderados generalísimos, sin límite de suma de dicha sociedad, pudiendo actuar de forma conjunta o separada son, la presidenta Mariangel Vásquez Rojas, mayor de edad, estudiante, soltera, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos veinticuatro-ciento cincuenta y seis, vecina del Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al sur de la Importadora Dayma, y la secretaria Bernardita Rojas Paniagua, mayor de edad, casada una vez, comerciante, cédula de identidad número seis-ciento ochenta y trestrescientos veintiséis, vecina del Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al sur de la Importadora Dayma. Palmares, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ólger Vargas Castillo, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). El suscrito notario hace constar que, según acta número tres de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad infra, se ha modificado la cláusula quinta de la escritura constitutiva de Servicios Técnicos Jalabriel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta mil ochocientos noventa y cuatro, para que el capital social sea la suma de cien millones de colones exactos, unidad monetaria de Costa Rica, representado por cien acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una. Cartago, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Allan Salazar López, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). En mi notaría, por escritura número ciento cuarenta y tres-dos, iniciada a folio ochenta y seis vuelto del tomo segundo de mi protocolo se constituyó la sociedad anónima denominada: Rovama Sociedad Anónima.

27 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 27 Domiciliada en el Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al sur de la Importadora Dayma. los apoderados generalísimos sin límite de suma de dicha sociedad, pudiendo actuar de forma conjunta o separada son, la presidenta Mariangel Vásquez Rojas, mayor de edad, estudiante, soltera, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos veinticuatro-ciento cincuenta y seis, vecina del Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al sur de la Importadora Dayma, y la secretaria Bernardita Rojas Paniagua, mayor de edad, casada una vez, comerciante, cédula de identidad número seis-ciento ochenta y trestrescientos veintiséis, vecina del Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al sur de la Importadora Dayma. Palmares, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ólger Vargas Castillo, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del once de diciembre dos mil nueve, el suscrito notario debidamente autorizado, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima J.W. Invetigaciones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta mil setecientos seis, en la que se cambia el domicilio, el cual será Cartago, La Pitahaya, setenta y cinco metros sureste del supermercado Palí, y nombran como nuevo secretario a Luis Fernando Bonilla Cerdas, cédula cinco-doscientos treinta y uno-cuatrocientos cincuenta y nueve, y como nuevo fiscal se nombra a Adalberto Orozco Castillo, cédula tres-doscientos cincuenta y cinco-setecientos cuarenta y cinco. Cartago, catorce de diciembre de dos mil nueve. Lic. Víctor Hugo Salgado Mora, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). Por escritura 1 del tomo 1 de esta notaría, el 10 de diciembre del 2009, se constituyó sociedad anónima, en la cual los socios autorizan al Registro Público de la Propiedad Mercantil, para que como denominación social se le indique el número de cédula jurídica que le corresponda al momento de su inscripción. Domicilio social: Tirra de Rivas, Pérez Zeledón, en la ciudad de San José, cuatrocientos metros norte de la escuela. Capital social: colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada acción, presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo. San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las once horas del día 10 de diciembre del Lic. Marvin William Elizondo Elizondo, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). Mediante escritura número cuatrocientos cinco otorgada ante mi notaría a las ocho horas del veinte de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la compañía Auxilios Viales en Ruta S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años, capital social doscientos mil colones, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Grecia, 8 de diciembre Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario. 1 vez. Nº RP (IN ). Que en mi notaría se reformaron estatutos de las sociedades anónimas, a las 12:00 horas del 11 de diciembre del Presidente Carlos Manuel Pacheco Jiménez. 11 de diciembre del Lic. Minor Zamora Castellón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura noventa y cuatro de las 15:00 horas del día 14 de diciembre del dos mil nueve, otorgada ante esta notaría, Luis Guillermo González Álvarez, Carlos Alberto Romero Acuña y Eladio Oscar Castro Oconitrillo constituyeron Soluciones La Roca Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: colones. Presidente: Carlos Alberto Romero Acuña. Liberia, 14 de diciembre del Lic. Jimmy Rodríguez Montero, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las quince horas del día once de diciembre dos mil nueve, se modifica la cláusula primera de los estatutos sociales de la compañía denominada Distribuidora Internacional (DISNA) Sociedad Anónima. Lic. María de los Ángeles Montero Álvarez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del catorce de diciembre del año 2009, se constituyó la sociedad H.H. de Miramar Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa años y su domicilio en San José. Presidente: Humberto Julián Martín Hernández Sandoval. San José, 14 de diciembre del Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Cobocetas Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Tastexis Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Zelzasa Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula tercera. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Juacaviroja Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula tercera. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del día diez de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Latmedical de Costa Rica Limitada. Gerente: Andrés Ignacio Domínguez Dillon. Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Huppa Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula tercera. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). La empresa tres-ciento dos-quinientos treinta y tres mil seiscientos setenta y seis, sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica tres-quinientos treinta y tres mil seiscientos setenta y seis, mediante asamblea general celebrada al ser las doce horas del catorce de diciembre de dos mil nueve, aumenta el capital social. San José, 15 de diciembre del año Lic. José Manuel López Mora, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Fleximbol Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ozama Dominica Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda. Escritura otorgada ante el Notario Público Sergio Aguiar Montealegre a las dieciséis horas del catorce de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Consorcio Fridosa Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Tiluchi Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Armeko Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Karfachus Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día siete de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Ametex Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula cuarta. San José, siete de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Vistas del Cerro Bilbao Ocho S. A., en la cual se modifica el pacto constitutivo y se nombra nuevo fiscal. San José, 14 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Copernico Moon View S. A., en la cual se modifica el pacto constitutivo. San José, 15 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

28 Pág 28 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 En mi notaría, mediante escritura 304 de las 15:00 horas del 11 de diciembre de 2009, se constituyó la sociedad Work Line Sociedad Anónima, plazo social 99 años; capital social diez mil colones, representación judicial y extrajudicial el presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente Lic. Kermith Ceciliano Moreira. Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Notario de fe que en esta notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Evolución Verde Sociedad Anónima. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma actuando individualmente hasta por quinientos mil colones, para montos superiores necesitan acuerdo de asamblea de accionistas. Escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del catorce de diciembre del año dos mil nueve. Es todo. San José, nueve horas del quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en San José a las 10:00 horas del día 07 de diciembre del 2009, se cambia el domicilio social, y se cambia la junta directiva de Marover S. A. Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri, mediante escritura número ciento treinta y nueve, visible al folio ciento ochenta y cuatro frente del tomo veintidós, se constituyó la sociedad denominada Logan Security Solution y se hicieron nombramientos de la junta directiva y fiscal. Es todo. Dada en Heredia a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Protocolización de acuerdo de la firma PH Proquimia Costa Rica S. A., en la cual se aumenta el capital social y se reforma la cláusula del capital social. Escritura número 32 otorgada en San José, a las 15:00 horas del 14 de diciembre de 2009, ante el Notario Juan José Lara Calvo. Lic. Juan José Lara Calvo, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas con treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil nueve, protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de condóminos de Condominios Country Vertical Habitacional, según la cual se nombra administrador. Escritura otorgada en San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría, escritura número 413, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Seguridad y Vigilancia V y F del Pacífico Central, S. A. Se hacen nombramientos y se reforma estatuto en cuanto a domicilio social. San José, 15 de diciembre del Lic. Aarón Mauricio Arias Artavia, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las ocho horas del quince de diciembre de dos mil nueve, ante mi notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Stealh de Costa Rica D.P.F. Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Martín Hernández Treviño, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea de Valle de Curico Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos. San José, 15 de diciembre del Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 8:00 horas de hoy, los señores Álvaro Hernández González y Jorge Guillermo Hernández González, constituyeron la sociedad Tiempo de Verano Azul S. A. Capital cien mil colones. Objeto comercio e industria general. Presidenta Suzanne Wolfe Martin. San José, 15 de diciembre del Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante la escritura número 6-5, autorizada en mi notaría al ser las 11:30 horas del día 15 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad con domicilio en Heredia, San Pablo de Price Smart setenta y cinco metros al sur, denominada Lau-Chitas Patriotas Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ,00, y una duración de 99 años. San José, 15 de diciembre del Lic. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante la escritura número 5-5, autorizada en mi notaría al ser las 11:00 horas del día 15 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad con domicilio en Heredia, San Pablo de Price Smart setenta y cinco metros al sur, denominada Assi-Lem Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ,00, y una duración de 99 años. San José, 15 de diciembre del Lic. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en Alajuela a las 09:00 horas del 14 de diciembre del 2009, ante la notaría de la Licenciada Vera Violeta González Ávila, se modificaron las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad Harimar Sociedad Anónima y se nombra presidenta a Cintya Patricia Sibaja Cuadra. Lic. Vera Violeta González Ávila, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó Alter Silarmon Limitada. San José, 12 de diciembre del Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó Centro Especializado en Adelgazamiento C Y A Sociedad Anónima. San José, 11 de diciembre del Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 15 de diciembre del 2009, se reforma la cláusula octava de los estatutos de la representación, y se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada García Yepes Asociados Sociedad Anónima. Presidente: Francisco Luis Yepes. San José, 15 de diciembre del Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura Nº de las 16:00 horas del 14 de diciembre de 2009, otorgada ante esta misma notaría se constituye Aventura y Expediciones en la Selva del Pacifico, Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 100 años. Capital social: diez mil colones. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidenta Iriana Alcaire Romero. Secretario: Antonio Caballero Camacho. Tesorero: José Antonio Parres García. Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en Heredia el diez de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima, bajo el sistema de asignación de número de cédula jurídica, domicilio: Heredia, San Pablo, Residencial La Amada número sesenta y dos. Administración: presidente Humberto Lépiz Gutiérrez, cédula cuatro-ciento sesenta y siete-seiscientos dieciocho, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Heredia, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Andrea Alvarado Sandí, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante el suscrito Notario se constituyó el día de hoy Veriphia Sociedad Anónima, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Roger Petersen Morice, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Notario Público hace contar que por acta número dos: asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Balcones Babirusa B.S.N.C.D. Uno, Sociedad Anónima, cédula jurídica tresciento uno-trescientos noventa y tres mil seiscientos noventa y cinco, celebrada a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del año dos mil nueve, y protocolizada ante esta notaría en San José a las catorce horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, se revoca el nombramiento del presidente y en su lugar se nombra al señor Monserrat Ruiz Guevara, mayor, casada una vez, mercadologa, portadora de la cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta y uno-cuatrocientos veintidós. Es todo. San José quince horas del catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las 14:00 horas de hoy, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios por la que se reforma la cláusula octava, se nombra junta directiva y fiscal de la empresa Condominio Hacienda Gregal Lote Catorce MLK Sociedad Anónima. San José, 15 de diciembre de Lic. Mario Rucavado R., Notario. 1 vez. RP (IN ). Por protocolización de acta, otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas de hoy, los socios de Consel J Y L Sociedad Anónima, modifican cláusula sexta del pacto social, nombran nueva tesorera de la junta directiva, y fiscal. San José, trece de noviembre del año dos mil nueve. Lic. Yanory Astua Tiffer, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en Cartago a las diez horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Servirápidos Serpa S y P Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma. Cartago, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Adrián Masís Mata, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 10 de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denomina Alimentos Procesados El Gran Chef, Sociedad Anónima. Cartago, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Pamela Monge Jiménez, Notaria. 1 vez. (IN ).

29 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 29 La suscrita Notaria Pública, comunico que mediante escritura sesenta y dos del tres de diciembre del dos mil nueve, visible al folio setenta y ocho vuelto del tomo sesenta y seis del protocolo del notario Roberto León Gómez, se protocolizó el acta general extraordinaria de asamblea de accionistas de la sociedad Interbolsa Casa de Cambio S. A., mediante la cual, se acordó la disolución y liquidación de dicha sociedad y se nombró como liquidador de la misma al señor Daniel Casafont Flores, cédula unocuatrocientos treinta y dos-trescientos once. Firmo en San José al ser las ocho horas del nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carolina Segnini Rodríguez, Notaria. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada ante mi notaría a las nueve horas del once de diciembre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Tecnofrica NMG Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar conjuntamente. Plazo social: noventa y nueve años. Alajuela, 14 de diciembre de Lic. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las siete horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada por el número de cédula jurídica que le asigne el registro s. a. San José, 15 de diciembre del Lic. Marina Aguiluz Armas, Notaria. 1 vez. (IN ). Ante mí Roberto Romero Mora, se otorga escritura número ciento sesenta y ocho, al ser siete horas treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil nueve, en donde se reforma cambio de la junta directiva de Corporación Rocafort Sociedad Anónima. Es todo. San José, al ser las once horas cuarenta y dos minutos del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Roberto Romero Mora, Notario. 1 vez. (IN ). Ante mí Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento setenta y uno, al ser quince horas treinta y cuatro minutos del día quince de diciembre del dos mil nueve, en donde se reforma domicilio social y cambio de la junta directiva de tres-ciento uno quinientos setenta y cinco mil setecientos noventa sociedad anónima. Es todo. San José, al ser las once horas cuarenta y nueve minutos del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Roberto Romero Mora, Notario. 1 vez. (IN ). Ante mí Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento sesenta y nueve, al ser nueve horas treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil nueve, en donde se reforman el domicilio social y la junta directiva de tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y nueve sociedad anónima. Es todo. San José, al ser las once horas treinta y cinco minutos del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Roberto Romero Mora, Notario. 1 vez. (IN ). El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada en conotariado ante el suscrito notario y la notaria Dianela Ramírez Quesada, a las dieciocho horas del día diez de diciembre del año dos mil nueve, en San José se constituyó la sociedad con domicilio en San José, denominada Mobile & Communication Services Limitada. Plazo: noventa y nueve años a partir del día diez de diciembre del año dos mil nueve. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Dinko Vladimirov Ilieve. San José, trece horas del día quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mí Roberto Romero Mora se otorga escritura número ciento setenta, al ser nueve horas del día quince de diciembre del dos mil nueve, en donde se reforman cláusulas segunda, octava y se procede a realizar el cambio de la junta directiva de tres-ciento uno-quinientos mil novecientos sesenta y ocho sociedad anónima. Es todo. San José, al ser las trece horas cuarenta y cinco minutos del día quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Roberto Romero Mora, Notario. 1 vez. (IN ). Por asamblea general extraordinaria de accionistas de las 15 horas del , de Asesoría Especializada en Servicios S.A., se modificó la cláusula 4 del pacto constitutivo. Escritura número 10, protocolo 21. San José, 16 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura número ciento noventa y cuatro, otorgada ante esta notaría el día diecisiete de diciembre del año dos mil nueve, a las doce horas, se protocolizó el acta número quince de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Sayo S.A., mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda y sétima de los estatutos sociales de la empresa y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la empresa. San José, diecisiete de diciembre del año dos mil. Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario. 1 vez. (IN ). Mediante escritura doscientos doce del tomo seis, otorgada a las diecisiete horas quince minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la asociación denominada Región Uno Zona Uno de las Asambleas de Dios en Costa Rica y se eligió junta directiva. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Milton González Vega, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada el suscrito notario, a las diecisiete horas del once de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Syscom Ingeniería en Seguridad Sociedad Anónima, según la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos sociales. Es todo. San José, once de diciembre del dos mil nueve. Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada a las 9:30 horas del día 18 de diciembre del año 2009, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y nueve sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y nueve, por medio de la cual se reforma el pacto constitutivo y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva. San José, 18 de diciembre del año Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada a las 9:30 horas del día 18 de diciembre del año 2009, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta, por medio de la cual se reforma el pacto constitutivo y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva. San José, 18 de diciembre del año Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada a las 09:00 horas del día 18 de diciembre del año 2009, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Rico Pez S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa mil setecientos cuarenta y siete, por medio de la cual se reforma el pacto constitutivo y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva. San José, 18 de diciembre del año Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura número 124-4, de las 12:00 horas del 17 de diciembre del 2009, otorgada ante el suscrito notario, se nombra tesorero de la junta directiva y se aumenta el capital social de la sociedad Compañía Bloquesa Sociedad Anónima. Es todo. San José, 17 de diciembre del Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura número 127-4, de las 9:00 horas del 18 de diciembre del 2009, otorgada ante el suscrito notario, se reforma la cláusula primera, quinta y se nombra presidente de la junta directiva y agente residente de la sociedad Naxos Volos Inc. Sociedad Anónima. Es todo. San José, 18 de diciembre del Lic. Carlos Roberto López Madrigal, Notario. 1 vez. (IN ). Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día catorce de diciembre del dos mil nueve, a las nueve horas en Atenas centro, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil trescientos dieciséis sociedad anónima, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Atenas, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se acuerda modificar las siguientes cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad denominada Paraíso Verde de Osa I Sociedad de Responsabilidad Limitada. Primera: La sociedad en adelante se denominará Pensión Associates International Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse sus últimas tres palabras S. R. L. Quinta: se aumenta el capital social a diez mil colones, representados por diez cuotas de cien colones cada una. Se nombra nuevo gerente. San José, dieciocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, ante la notaria Suny Sánchez Achio, se constituye Fundación Forest of the World, cuya traducción en español es Fundación Bosque del Mundo. Plazo: perpetuo. San José, ocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. Suny Sánchez Achio, Notaria. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, ante los notarios Juan Carlos Bonilla Portocarrero y Randall Salas Alvarado, se constituye la sociedad Solsticios de Bronce del Hemisferio Antiguo Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. San José, nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. Randall Salas Alvarado, Notario. 1 vez. (IN ). Mediante escritura número otorgada a las 8:00 horas del 20 de noviembre del 2009, en el tomo treinta y ocho de la Notaria Jenny Ramírez Robles, se constituyó la sociedad anónima Morpho CR Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. San José, 17 de diciembre del Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura otorgada en mi notaría protocolicé acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de la sociedad Ancona Avenue Sociedad Anónima. San José, 15 de diciembre de Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario. 1 vez. (IN ).

30 Pág 30 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Por escritura autorizada por el Notario Público Otto Bonilla Fallas, en San José, a las 19:00 horas del 16 de diciembre de 2009, se protocolizaron artículos de asamblea general extraordinaria de socios de Trump Hotel & Marina S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula primera del pacto social y se nombra nueva junta directiva. San José, 16 de diciembre del Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura pública número nueve-ocho a las dieciocho horas del quince de diciembre de dos mil nueve iniciada al folio ocho frente del tomo ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Modev Sociedad Anónima con domicilio en la ciudad de Alajuela, El Pasito, Desamparados se dedicará al comercio y la confección de vestuario en general, con un plazo social de noventa y nueve años, el presidente y el secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Alajuela, diecisiete de diciembre de dos mil nueve. Lic. Sianny Arce Álvarez, Notaria. 1 vez. (IN ). En escritura autorizada por el suscrito Notario, a las catorce horas quince minutos del dieciséis de diciembre de dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Stoffer y Carkey Sociedad Anónima, mediante la cual se hacen nuevos nombramientos. Sarchí, 16 de diciembre del Lic. Josué Campos Madrigal, Notario. 1 vez. (IN ). Por escritura pública número cien-tres, de las nueve horas del dieciséis de diciembre de dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Paleontología de Aragón S. A., en la que se modificaron las cláusulas primera, del nombre, la segunda, del domicilio, la sexta de la administración, se nombra junta directiva y fiscal. Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria. 1 vez. (IN ). Ante esta notaría a las dieciséis horas del día tres de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima de esta plaza denominada Industrias Infersa Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, capital totalmente suscrito y con su presidente de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José, 18 de diciembre de Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario. 1 vez. (IN ). El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Porsan J.E.R. Sociedad Anónima, según la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos. San José, 15 de diciembre de Lic. Johnny Alfaro Llaca, Notario. 1 vez. RP (IN ). Al ser las diecisiete horas del día catorce de diciembre del año en curso, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Restaurante Pollo Loco del Sur Sociedad de Responsabilizada Limitada. Y cuyo gerente es Gerardo Badilla Navarro, Capital social: diez cuotas comunes y nominativas de mil colones cada una. San Isidro de Pérez Zeledón, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:20 horas del 9 de diciembre de 2009, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Océano F & C S. A., cédula jurídica , modificándose la junta directiva. San José, 15 de diciembre del Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario. 1 vez. RP (IN ). En escritura número doscientos cincuenta y siete, visible al folio ciento dieciocho frente y vuelto del protocolo quinto de la notaria Rosa Isel Ugalde Arroyo, la sociedad Constructora Porras y Badilla de Esparza Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil setecientos treinta y uno, se nombra nueva junta directiva como presidente continúa y se ratifica al señor Mario Alberto Porras Vega, cédula seis-ciento cincuenta y cuatro-setecientos noventa y nueve, tesorero Juan Carlos Salas Porras, cédula seis-doscientos sesenta y seis-novecientos noventa y secretario Richard López Castro, cédula seis-doscientos treinta y siete-novecientos treinta y ocho, se reforma las cláusulas del estatuto quinta: el capital social será la suma de doce millones de colones representado por doce acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una, la sociedad será administrada por una junta directiva integrada por tres miembros presidente, tesorero y secretario, corresponde a los tres miembros la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y las que señala el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán actuar al menos dos de ellos en forma conjunta no podrán actuar de forma separada. Esparza, diez de diciembre del dos mil nueve. Lic. Rosa Isel Ugalde Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En escritura número doscientos noventa y cuatro, del protocolo tomo cinco, de la notaría Rosa Isel Ugalde Arroyo, se constituye sociedad anónima, cuyo nombre es su cédula jurídica y como presidente y secretaria quienes tienen la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultad de apoderados generalísimos sin límite de suma, se nombró a Josué Molina Arias, portador de la cédula dos-seiscientos cuatro-cero cincuenta y siete, y secretaria Alexandra Bolaños Aguilar, cédula seisdoscientos ochenta-trescientos setenta y dos. Esparza, 11 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Rosa Isel Ugalde Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Al ser las trece horas del dos de diciembre del año del dos mil nueve, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número tres de la compañía denominada Finca Épsilon de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos veinticuatro, entidad inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo quinientos sesenta y siete asiento cincuenta y un mil cuarenta y seis, celebrada en su domicilio social en la provincia de Cartago, Oreamuno Cot, Urbanización Taquiscu, lote tres, en la cual se reforma la cláusula de la representación. San José, tres de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Willy Hernández Chan, Notario. 1 vez. RP (IN ). El día cinco de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Innovaciones SYD Limitada. Capital social: cien mil colones. Notario cartulante Lic. Edgar Solórzano Vega. Palmares, ocho de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Eventos Girasol Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, domicilio social será en la ciudad de San José, San Pedro de Montes de Oca, Mercedes, Urbanización Buenos Aires, calle B, numero treinta, Apartamentos Suratska número dos, por un plazo social de noventa y nueve años. San José, 15 de diciembre del Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El día cinco de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Familia Varbla S. A. Capital social: cien mil colones. Notario cartulante Lic. Edgar Solórzano Vega. Palmares, ocho de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario. 1 vez. RP (IN ). El día ocho de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Automotores Okala M Y R Sociedad Anónima, se cambia miembro de junta directiva. Notario cartulante Lic. Edgar Solórzano Vega. Palmares, ocho de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría a las nueve horas con treinta minutos del primero de diciembre del año dos mil nueve, se constituye sociedad de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº J, publicado el catorce de junio de dos mil seis, denominada como Reglamento para Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Lic. Carmen María Rodríguez Madrigal, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría en la escritura número dos del tomo sesenta y tres de mi protocolo, Condefa S. A., modificó el capital social, y la junta directiva de dicha plaza. Escritura otorgada a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ivonne Monge Calderón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, Roy Zumbado Ulate se constituye la sociedad Palma Sureña S. A., capital social la suma de diez mil colones. Presidente: Olman Gamboa Badilla. Santa Bárbara de Heredia, 15 de diciembre del Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario. 1 vez. RP (IN ). A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 4 de diciembre del año 2009, comparecieron a esta notaría los señores Phillip Norman Brown, de un solo apellido en razón de su nacionalidad de Reinos Unidos de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, pasaporte de Reinos Unidos de Gran Bretaña e Irlanda del Norte , John Norvel Hill, de un solo apellido en razón de su nacionalidad de Estados Unidos de América, pasaporte de Estados Unidos de América , para constituir la sociedad Phil B, Renovations Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 7:00 horas del día 4 de diciembre del año 2009 por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura del tomo 19 de su protocolo. San José, 15 de diciembre del Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día de hoy, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada CR Shoreline Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada, Michael Lee Fitzgerald, gerente. Capital social debidamente suscrito y pagado. Puntarenas, Jacó, 15 de diciembre del Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita Notaria, se constituyó una sociedad que se denomina Transcargo Internacional M.H.M. Sociedad Anónima, a las trece horas del día doce de diciembre de dos mil nueve. Presidenta: Miriam Ríos Anchía, capital social: diez mil colones, domicilio social, San José. San José, 12 de diciembre de Lic. Ana C. Murillo Caldera, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría se constituyó la sociedad Bufete Arce Acuña Sociedad Anónima. Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

31 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 31 Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día catorce de diciembre dos mil nueve, a las ocho horas en La Garita de Alajuela, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de La Vista Atenas Veinticuatro Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Atenas, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Pablo Arias González, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día quince de diciembre del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad sociedad anónima mediante la cual se reforma la cláusula primera, y segunda del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Alejandra Patiño Ruiz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las once horas del día quince de diciembre del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad sociedad anónima mediante la cual se reforma la cláusula primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Alejandra Patiño Ruiz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las quince horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Sistemas Estructurados S. A. mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra tesorero. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Gina María Carazo Rodríguez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante el notario público Félix Rodríguez Rojas a las 14 horas 19 minutos del día 27 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad denominada Ofiteca Sociedad Anónima. Cuyo capital se encuentra suscrito y pago. Lic. Félix Rodríguez Rojas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas del día quince de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad: El Corazón de Guanacaste Sociedad Anónima. Representación en la sociedad: presidente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. San José, 16 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la compañía s. a., mediante los cuales se reforma la cláusula sétima de los estatutos y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. San José, quince de diciembre del Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta Notaría, a las 9:30 horas del 02 de diciembre del 2009, mediante escritura número 366, se reforma la cláusula del nombre y se nombra gerente. San José, 02 de diciembre Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diecisiete horas del día quince de diciembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad con el nombre de cédula jurídica sociedad anónima. Presidente: Henry Rodríguez González. San José, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Álvaro Argüello Marenco, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura número ciento noventa y nueve otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Gynofem Latin America Sociedad Anónima. Cartago, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Lineth Magaly Fallas Cordero, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Campamento Pura Vista Sociedad Anónima. San José, martes diecisiete de noviembre del año dos mil nueve. Lic. Ignacio Antonio González Villalobos, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Las Irola de San José Sociedad Anónima. San José, jueves veintiocho de mayo del año dos mil nueve. Lic. Ignacio Antonio González Villalobos, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura que autoricé hoy, se constituyó la sociedad Misceláneos Security Services Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Plazo: 99 años a partir de hoy. Objeto: se dedicará al comercio en general y cualquier otra actividad lucrativa. San José, 4 de diciembre del año Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en mi Notaría a las 14:00 horas del 11 de diciembre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Matosere de Tibás S. A. en virtud de la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva y nuevo fiscal. San Juan de Tibás, 11 de diciembre de Lic. José Alberto Campos Arias, Notario. 1 vez. RP (IN ). Se ha constituido la sociedad RB, Dos R, Agrícola S. A. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José, Sabanilla. Presidente y secretaria tienen representación judicial y extrajudicial de la sociedad, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Coronado, once de diciembre de dos mil nueve. Lic. Ligia María Mora Quesada, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Protocolicé acta de asamblea extraordinaria de JR Sol de Costa Rica S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Coronado, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Ligia María Mora Quesada, Notaria. 1 vez. RP (IN ). A las 8:00 horas de hoy, César Alonso Arce Oviedo y Erick Víquez Gómez, constituyeron Uka Klo S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio la ciudad de Heredia. Presidente: Richard Brook Trout. Heredia, 15 de diciembre de Lic. Fernando Gutiérrez Herrera, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante el suscrito Notario se protocolizó el día de hoy acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la Nature and Development In Osa S. A. Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula octava del pacto social y se nombra presidente, secretario y tesorero de la compañía. San José, catorce de octubre del dos mil nueve. Lic. Róger Petersen Morice, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en esta Notaría a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Servicio de Logística y Transporte de Mercancías Seltransa Sociedad Anónima. San José, 15 de diciembre de Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Isimaneikel Sociedad Anónima. Presidente: Isidoro Hernández Mora. San José, 15 de diciembre de Lic. Albert Joseph Robinson Herman, cc. José Alberto Robinson Herman, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura número doscientos setenta y tres otorgada ante esta notaría a las doce horas del ocho de diciembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad anónima denominada Restaurante Sierpe and Bar Grill Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial la tienen el presidente y el secretario. Alajuela, ocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario. 1 vez. RP (IN ). A las nueve horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Bella Estrella de Escazú S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula sétima, del pacto constitutivo, y se nombra presidente y agente residente. San José, dieciocho de setiembre del Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, se adiciona la cláusula quinta bis y se modifica la cláusula tercera del pacto social de Tecno Laboratorios Tecnolab Sociedad Anónima. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Luis Alberto Mora Brenes, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 15 de diciembre del 2009, se constituye Zumo Azul Limón Sociedad Anónima. Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario. 1 vez. RP (IN ). La suscrita Notaria hace constar que ante mí, se constituyó Elementos Divertidos S. A. Domicilio: San José, Curridabat, Cipreses, costado norte del Colegio SEK, condomino Garzas del Sol, número catorce. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Administración: presidenta: Carmela De Carlo Alvarado, secretaria: María Elisa Alvarado Blanco. Tesorero: Hormidas Cambronero Rodríguez. Representación: presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos, actuando de forma conjunta o individual. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante este Notario, se protocolizó la asamblea de accionistas de la sociedad, ELS Segadors Sociedad Anónima en San José a las dieciocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, en la cual se da la modificación de la cláusula sexta de los Estatutos Sociales, acordando que la representación judicial y extrajudicial de la empresa estará a cargo del presidente y secretario pudiendo actuar conjunta o separadamente. San José, primero de octubre del dos mil ocho. Lic. Sharon Erzsebeth Mariaca Carpio, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

32 Pág 32 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Gioconda Elizondo Navarro, notaria pública con oficina abierta en San José de paso por la provincia de Cartago, hace constar que por escritura otorgada al ser las dieciséis horas con treinta minutos del quince de diciembre del año 2009, se constituyó la sociedad, la cual se denomina Summa Cum Laude S. A., cuyo capital es la suma de exactos, cuya presidenta es Sandy Aguilar Solano. San José. Lic. Gioconda Elizondo Navarro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad G. C Grupo Coris S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sétima de la administración y se nombra nuevo secretario. San José, 08 de diciembre de dos mil nueve. Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario. 1 vez. RP (IN ). Que ante la Notaría del suscrito notario en Limón al ser las nueve horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, los señores Juan Joel Novoa Soto, mayor, casado una vez, constructor, con cédula número sietecero noventa y cinco-cero veintinueve, vecino de Corrales Tres, provincia de Limón, costado oeste del Ebais, Félix Bayardo Soza Martínez, mayor, soltero, Bartender, con cédula número ocho-cero setenta y uno- setecientos dos, Marta Novoa Martínez, mayor, casada una vez, del hogar, con cédula número nueve-cero noventa y cuatro-cero treinta y ocho, Xiomara Martínez Reñazco, mayor, casada una vez, salonera, con cédula número ochocero setenta y uno-setecientos y Belkis Novoa Martínez, mayor, soltera, estudiante, con cédula número siete-doscientos dos-ciento cuarenta y siete todos vecinos de San José, Cedros de Montes de Oca del Colegio cien metros este, constituyeron la sociedad anónima denominada Servicios de Seguridad y Vigilancia Novoa & Martínez S. A. que la representación judicial y extrajudicial con carácter de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde a su presidente Juan Novoa Soto y a la tesorera Xiomara Martínez Reñazco pudiendo actuar en forma conjunta o separadamente. Limón nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Que ante la Notaría del suscrito notario en Limón al ser las diez horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, los señores Carlos Enrique Vente Amu, mayor, casado una vez, comerciante de nacionalidad colombiana con cédula de residencia número uno uno siete cero cero cero cinco cero uno tres cero cero, vecino de Juan Pablo Segundo, Limón frente a Telisa, Wilfred Herrera Enguidanos mayor, soltero, arquitecto con cédula número uno-ciento treinta y tres-doscientos trece, vecino de la urbanización Los Cocos de la provincia de Limón, constituyeron la sociedad anónima denominada Construimos S. A. que la representación judicial y extrajudicial con carácter de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponde a su presidente Carlos Enrique Vente Amu. Limón, nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por acuerdo unánime de socios, en asamblea general extraordinaria de la sociedad Strings and Rain Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número , celebrada en su domicilio social a las 09:00 horas del 15 de diciembre del 2009, se procedió a reformar la cláusula sexta del pacto social. Acta protocolizada en San José, 15:30 horas del 15 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Duchi M S S Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Domicilio: provincia de Heredia, cantón 3, distrito 5, Jardines de Santo Tomás Nº 248, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República o fuera de ella. Plazo social: 99 años a partir de esta fecha. Capital: totalmente suscrito y pagado. San José, a las 14:00 horas del 15 de diciembre del Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las dieciocho horas del doce de setiembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Llantas Mandy Sociedad Anónima, con domicilio en Vázquez de Coronado, San José. Lic. Silvia María Valdivia Alomá, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Southern Vesta Limitada, capital social: veinte mil dólares; administración: un gerente y tres subgerentes; plazo: cien años; domicilio: Escazú, San José. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del Lic. Mauricio González Crespo, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Condominios A Quince Verdes El Brillante Sociedad Anónima. Se acordó aumentar el capital social y consecuentemente reformar su cláusula, reformar las cláusulas del domicilio, administración, vigilancia, adicionar la cláusula del agente residente y nombrar nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Mauricio González Crespo, Notario. 1 vez. RP (IN ). En escritura número tres de la notaria Jessica Salas Arroyo, a las ocho horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Compañía Hidroeléctrica Doña Julia S. R. L., mediante la cual se elige gerente general. San José, 15 de diciembre del Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En San José, ante esta Notaría, al ser las catorce horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción, capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos. San José, 15 de diciembre del Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario. 1 vez. RP (IN ). En escritura número cuatro de la notaria Jessica Salas Arroyo, a las diez horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Financiera Cafsa Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima y octava. Además renuncia el actual vicepresidente y se ratifican el resto de los puestos de la junta directiva quedando de la siguiente forma: presidente: Amadeo Quirós Ramos de Anaya, secretario: José María Rossi Umaña, tesorero: Luis Roberto Carvajal Fonseca. Gerente: Mauricio Antonio Gómez Picado. San José, 15 de diciembre del Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas, del día 15 de diciembre del 2009, se constituyó Multiservicios de Santo Tomás J Y C Sociedad Anónima, con domicilio en Santo Domingo de Heredia, Santo Tomás, 99 años plazo social. Capital: veinte mil colones suscrito y pagado. Presidente con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Santo Domingo de Heredia, calle uno, avenida cuatro. 16 de diciembre del Lic. Miryam Eugenia Jiménez Bolaños, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Azita Fata Eduarte, Mayra Eduarte Núñez, constituyen Inversiones Fata Eduarte Sociedad Anónima. Su domicilio social estará en Alajuela, cantón central, distrito primero frente al Banco Scotiabank. Su capital social: cien mil colones. El apoderado generalísimo sin límite de suma es Azita Fata Eduarte. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 24 de noviembre del Ante el notario Aníbal Gerardo Jiménez Salas. Lic. Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Carlos Alberto Alvarado Arce, Nidya Picado Mena, constituyen Mueblería Alpi Rústico Sociedad Anónima. Su domicilio social estará en Alajuela, cantón central, distrito primero, La Trinidad frente a Diasa. Su capital social: cien mil colones. El apoderado generalísimo sin límite de suma es Carlos Alberto Alvarado Arce. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 10 de noviembre del Ante el notario Aníbal Gerardo Jiménez Salas. Lic. Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta Notaría en escritura número noventa y ocho del tomo cuarto de mi protocolo visible al folio ciento dos vuelto, otorgada a las trece horas del nueve de diciembre del dos mil nueve, se constituyó Squalo Uno S. A. San José, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada a las trece horas del día quince de diciembre del año dos mil nueve, visible al folio ciento cuarenta vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se cambió la razón social a Sociedad General de Obras Sociedad Anónima, y se nombró apoderado generalísimo sin límite de suma, dentro de la sociedad Diseños Mediterráneos S. A. Es todo. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:40 horas del 2 de diciembre del 2009, se reformó el pacto social, cláusula sexta y se nombró nueva junta directiva, todo ello relacionado con la empresa Sesancestros Inversiones S. A., cédula jurídica Nº San Isidro, Pérez Zeledón, 2 de diciembre del Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario. 1 vez. RP (IN ). María Gricel Mejías Cortez y Wilfredo José Amarista, constituyen Inversiones Saboat Limitada, el cual se puede abreviar en Inversiones Saboat Ltda., el cual es nombre de fantasía, escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil nueve. Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10 horas del 31 de octubre del 2009, se protocolizó acta de asamblea general de la empresa Bendiciones Mi K-Fe Quince de Setiembre del Dos Mil Nueve del Sur S. A., cédula jurídica Nº En dicha asamblea se nombró nuevo presidente y tesorero. San Isidro, Pérez Zeledón, 2 de noviembre del Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Yo, Adrián Echeverría Escalante, protocolicé acta de asamblea de la sociedad Torre Herradura Apartamento Siete A LÑS Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos

33 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 33 cuarenta y un mil seiscientos treinta y uno, donde se cambia cláusula sexta. Es todo. Quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Vía Lunga S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: el comercio y la industria en general. Domiciliada en San José. Presidenta apoderada generalísima sin límite de suma. San José, 15 de diciembre del Lic. Marco Antonio Lizano Monge, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, Hermosa Sounds Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, reformando la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sexta de la administración. Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría el día de hoy, se constituyeron las empresas Fruveca Sociedad Anónima, y Transportes Doag Sociedad Anónima. Es todo. San José, 15 de diciembre del Lic. Jenny Hernández Solís, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y nueve s. a. Se modifica la cláusula sétima del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal. San José, 7 de diciembre de Lic. Eugenia Carazo Golcher, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y ocho s. a. Se modifica la cláusula sétima del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal. San José, 15 de diciembre del Lic. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria. 1 vez. RP (IN ). José Alexis González Molina, cédula Nº , y Jenny María Alvarado Delgado, cédula Nº , constituyen la empresa Prisma Multiservicios Sociedad Anónima. Escritura número 384, tomo 8, otorgada a las 16:00 horas del Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Alajuela, Fraijanes de San Isidro, del cementerio doscientos metros al norte y cincuenta al este. Lic. César Rodríguez Villalobos, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:20 horas del día 4 de diciembre del año 2009, se constituyó la compañía de responsabilidad limitada, cuyo nombre será asignado el mismo nombre de cédula jurídica, según el reglamento para la inscripción de la constitución de empresas, número treinta y tres mil ciento setenta y uno, dictado el veintinueve de mayo del año dos mil seis. Domiciliada en San José de La Tigra de San Carlos, Alajuela, del lubricentro San José, cien metros al sur. Misma fecha. Lic. Viviana Villalobos Campos, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Que ante este notario, mediante escritura pública número ciento veinticinco, otorgada en playas del coco, a las quince horas del treinta de noviembre del dos mil nueve, se constituyó Pirata Hooks Playas del Coco Sociedad Anónima, siendo el representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su presidente: Richard Paul Hooks. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Playas del Coco, Guanacaste, carretera a Bulevar, carretera principal, frente al hotel Flor de Itabo, condominio Turquesa, número veintitrés. Se dedicará al turismo y comercio en general, venta de toda clase de servicio público o privado. Al ser las quince horas del treinta de noviembre del dos mil nueve. Lic. Néstor Eduardo Guillén Espinoza, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número: ciento veintidós-diez, otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Cepasu Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Cepasu S. A. Presidente: Manuel Enrique Meléndez Guerrero. San José, 16 de diciembre del Lic. Aurea María Morales Monge, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 4 de diciembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Yunque S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena, décima, se adicionan las cláusulas decimosegunda, decimotercera, decimacuarta, decimoquinta, a tercera, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Steven Wroe. Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 4 de diciembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Operaciones Silver de Costa Rica S. A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad con base en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. No hay activos que liquidar. No hay pasivos pendientes. No se nombra liquidador. Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 4 de diciembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Optimum Energy S. A., mediante la cual se reforman la cláusula segunda del domicilio y se adiciona la cláusula décima tercera, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Steven Craig Wroe. Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 4 de diciembre del 2009, se constituye la sociedad anónima, cuya denominación social llevará el número de cédula jurídica que se le asigne al momento de su inscripción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número tres tres uno siete uno-j, publicado en La Gaceta del día 14 de junio del 2006, Capital social: colones. Domicilio: San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis, edificio Mamura, número doscientos setenta y ocho, oficina número V tres. Presidenta: Sonia Carvajal González. Heredia, 14 de diciembre del Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 4 de diciembre del 2009, se constituye la sociedad anónima, cuya denominación social llevará el número de cédula jurídica que se le asigne al momento de su inscripción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número tres tres uno siete uno-j, publicado en La Gaceta del día 14 de junio del Capital social: colones. Domicilio: San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis, edificio Mamura, número doscientos setenta y ocho, oficina número V tres. Presidenta: Sonia Carvajal González. Heredia, 14 de diciembre del Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 4 de diciembre del 2009, se constituye la sociedad anónima, cuya denominación social llevará el número de cédula jurídica que se le asigne al momento de su inscripción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo das del decreto número tres tres uno siete uno-j, publicado en La Gaceta del día 14 de junio del Capital social: colones. Domicilio: San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis, edificio Mamura, número doscientos setenta y ocho, oficina número V tres. Presidenta: Sonia Carvajal González. Heredia, 14 de diciembre del Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del 21 de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Instituto Costarricense de Rejuvenecimiento Vaginal Láser Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente y secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 4 de diciembre del 2009, se constituye la sociedad Optimum Real Estate Holdings S. A., Capital social: colones, domicilio: San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis, Edificio Mamura, número doscientos setenta y ocho, oficina número V tres, presidenta: Sonia Carvajal González. Heredia, 14 de diciembre del Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de F A Tres S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta y Distribuidora Digema DG Guachipelín S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda, quinta y novena de los estatutos sociales. San José, 15 de diciembre del Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 15 de diciembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Emerson Process Management Costa Rica Limitada. Se reforma cláusula primera de los estatutos. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. San José, 15 de diciembre del Lic. Aisha Acuña Navarro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría por medio de escritura pública número 208-III, de las 9:00 horas del 14 de diciembre del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Lost Shaker Sociedad Anónima en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se acuerda modificar la cláusula primera. Segundo: se acuerda modificar la cláusula cuarta. Tercero: se remueve a la señora Verónica Hernández Canales de su puesto de secretaria y se le dan las gracias por la labor. Cuarto: se reforma en lo conducente la cláusula décimo segunda y se hacen los siguientes nombramientos: Vicepresidente: Daniel Patrick McLaughlin y tesorero: Cruz Nicholas Medina. Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría por medio de escritura pública número 209 III, de las 17 horas del 14 de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria del Condominio Horizontal Residencial Bella Vista en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió del cargo de administrador a Edy Enrique Ortiz Aragón. Segundo: se nombró como nuevo administrador a la sociedad administradora del Condominio Horizontal Residencial Bella Vista S.A.C.B. S.A. Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

34 Pág 34 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 El suscrito notario Público Wilber Jiménez Jiménez, hace constar que en escritura número dieciocho, visible a folio diez frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las quince horas del quince de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad All Tile Corporation Limitada, pudiéndose abreviar el aditamento como Ltda. Garabito, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Óscar Marín Sáenz y Carlos Sirias Quesada, constituyen empresa denominada Pernix Sociedad Anónima. Presidente: Óscar Marín Sáenz. Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en esta notaría, en conotariado con el Licenciado Adrián Fernández Rodríguez, se constituyó la sociedad denominada Corporación Pirámide del Este Sociedad Anónima. Entidad domiciliada en Zapote, San José. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa años. El presidente, vicepresidente y tesorero tienen la representación legal de la sociedad actuando en la forma establecida en el pacto constitutivo. Es todo. San José, diez horas del día dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Pía Picado González, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El día de hoy, Fernando Miguel Sánchez Isava y Manuel Vicente Puche Barone, constituyeron la sociedad denominada Costa Rica Parts & Trucks Traders S. A. Plazo: cien años. Presidente: Manuel Vicente Puche Barone. Capital social: ciento veinte mil colones. San José, diez de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Orlando Araya Amador, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las dieciocho horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituye la sociedad Electriko Grecia Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Gerente: Nautilio Álvarez Trejos. Grecia, quince diciembre del dos mil nueve. Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número treinta y cuatro otorgada ante este Notario a las once horas del día quince de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Italmode Inc Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Melvin Rudelman W., Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número treinta y cinco otorgada ante este notario a las ocho horas del día dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta número tres de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pegasus del Oriente Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula sétima de los estatutos sociales y se nombra nuevo presidente y fiscal. San José, dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Melvin Rudelman W., Notario. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría, mediante escritura Nº 94-23, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 11:00 horas del 12 de diciembre del año 2009, se constituyó la sociedad F & S Proyecto Vama Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: desarrollo de actividades de servicios en general, además de agropecuarias. Presidenta: María Vanessa Fernández Somarribas. Alajuela, 14 de diciembre del año Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría por escritura número ciento cincuenta y uno otorgada a las ocho horas treinta minutos del día once de diciembre del dos mil nueve se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Condominio Montealondra Amatista V Sociedad Anónima, donde se modifica las cláusulas segunda, sétima, y se nombra nueva junta directiva. San José, 11 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, la sociedad denominada Fuente de Vida Natura S. A. domiciliada en Guajiniquil de Guanacaste, reforma la cláusula sétima de sus estatutos. Palmares 16 de agosto del dos mil nueve. Lic. Olivier Rojas Fernández, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las doce horas del día veinticinco de noviembre del dos mil nueve se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de Repuestos Autico JL Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatro tres uno uno tres ocho, para que en lo sucesivo se lea así: su domicilio será en la provincia de San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos doscientos metros al oeste de los Tribunales del Segundo Circuito Judicial de San José cien metros al norte y veinticinco al este a mano izquierda. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito da fe que por escritura pública número 118 otorgada a las 8:00 horas del 16 de diciembre del 2009 se constituyó la sociedad denominada Rapira S. A. Plazo 99 años, capital social diez mil colones, con facultades el presidente de apoderado generalísimo sin límite de suma y secretario: apoderado generalísimo con límite de suma de diez millones de colones. Ciudad Quesada 16 de diciembre de Lic. Ronald Orlando Láscarez Vargas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura autorizada por mí a las 12,00 horas del 14 de diciembre de 2009 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sweet Sensation Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula segunda de los estatutos. Ciudad Quesada, 14 de diciembre de Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada por el suscrito Notario Juan Manuel Cordero Esquivel, a las nueve horas del día once de diciembre de dos mil nueve, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Blue And Black Water Rivers of Pacific Investments Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil seiscientos treinta y nueve; por lo que se reforma la cláusula vigésima del pacto constitutivo. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario. 1 vez. RP (IN ). Se constituyó Hospital del Trauma Sociedad Anónima, en la escritura número uno, otorgada al ser las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil nueve. Al tomo tercero del suscrito notario. Es todo. San José, primero de diciembre del dos mil nueve. Lic. Juan Gabriel Hidalgo Hernández, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas treinta y dos minutos del quince de diciembre del dos mil nueve, se constituyeron las sociedades: I) Santa Ana Lofts filial Ciento Uno Café, II) Santa Ana Lofts filial Ciento Dos Calabaza; III) Santa Ana Lofts filial Ciento Tres Canario, IV) Santa Ana Lofts filial Ciento Cuatro Canelo, V) Santa Ana Lofts filial Ciento Cinco Caoba; VI) Santa Ana Lofts filial Ciento Seis Caramelo; VII) Santa Ana Lofts filial Ciento Siete Cardo; VIII) Santa Ana Lofts filial Ciento Ocho Carmesí; IX) Santa Ana Lofts filial, Ciento Nueve Carmín; X) Santa Ana Lofts filial Doscientos Uno Carnación; XI) Santa Ana Lofts filial Doscientos Dos Castaño; XII) Santa Ana Lofts filial Doscientos Tres Castor; XIII) Santa Ana Lofts filial Doscientos Cuatro Celeste; XIV) Santa Ana Lofts filial Doscientos Cinco Cerceta; XV) Santa Ana Lofts filial Doscientos Seis Cereza; XVI) Santa Ana Lofts filial Doscientos Siete Cerúleo; XVII) Santa Ana Lofts filial Doscientos Ocho Chocolate; XVIII) Santa Ana Lofts filial Doscientos Nueve Cian; XIX) Santa Ana Lofts filial Trescientos Uno Cinzolino; XX) Santa Ana Lofts filial Trescientos Dos Ciruela; XXI) Santa Ana Lofts filial Trescientos Tres Clorofila; XXII) Santa Ana Lofts filial Trescientos Cuatro Cobre; XXIII) Santa Ana Lofts filial Trescientos Cinco Colorado; XXIV) Santa Ana Lofts filial Trescientos Seis Coral; XXV)Santa Ana Lofts filial Trescientos Siete Crema; XXVI) Santa Ana Lofts filial Trescientos Ocho Crudo; XXVII) Santa Ana Lofts filial Trescientos Nueve Caqui. Capital social: suscrito y pagado; Domicilio social: San José, cantón Escazú, distrito Guachipelín; de la Agencia Volvo, veinticinco metros al este, frente a edificio de KPMG, casa color blanco. Plazo: noventa y nueve años. Lic. Carolina Sánchez Umaña, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría a las 18:00 horas del día 14 de diciembre del año 2009, se constituyó Global Pro S. A. San Ramón, 16 de diciembre del año Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por protocolización de acta otorgada en mi notaría en San José el día dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la compañía: Corporación Rizo Sociedad Anónima. Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales, Notario. 1 vez. RP (IN ). A las dieciocho horas del día nueve del mes de diciembre del año dos mil nueve, mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Daer Studio Sociedad Anónima, con capital suscrito y pagado de diez mil colones y domicilio en Barrio Roosevelt, San Pedro de Montes de Oca, provincia de San José. San José, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Ana Cecilia Hurtado Leña, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 15:00 hrs. del día de hoy, se reforma la cláusula sexta de los estatutos de la empresa La Cuesta del Rancho S. A., y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Walter Gutiérrez Padilla. Nicoya, 15 de diciembre del Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría por escritura otorgada en Cartago el 29 de octubre del año dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Inversiones Páez R. A. Sociedad Anónima. Cartago, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

35 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 35 Acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Galibier S. A., cédula jurídica , celebrada en su domicilio social Santa Ana. Presidente: Víctor Eduardo Calderón Arroyo. Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Notario, por escritura número 88-37, otorgada a las 13:00 horas del 11 de diciembre de Los señores Desiderio Gamboa Masís y Roberto Gamboa Amador, constituyen una sociedad que será el numero de cédula jurídica más la palabra Ltda. San José, 14 de diciembre de Lic. Rolando Tellini Duarte, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número setenta y cuatro-cuatro, otorgada en Palmares de Alajuela, al ser las once horas del veinte de noviembre del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima, la denominación social se dará de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-j, del veintinueve de mayo del dos mil seis. Jaime Campos Rodríguez, presidente. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Guido Mora Camacho, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ochenta y cuatro-cuatro en Palmares de Alajuela, al ser las once horas del cuatro de diciembre del dos mil nueve, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima, denominada Hidropónica Félix Carolina Ana Rosa y Martín Sociedad Anónima. Martín Campos Álvarez, presidente. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Guido Mora Camacho, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura de esta notaría, de las 10:00 horas del 14 de diciembre del 2009, se traspasa la empresa Jetstream Airways E.I.R.L. Se nombra nuevo gerente. Lic. Annia Zamora Chaves, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas de hoy se constituyó Samá Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su aditivo en S. A. San José, 08 de diciembre del Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mi notaría el día catorce de diciembre del dos mil nueve, a las quince horas treinta minutos, se constituyó la sociedad denominada igual que el número de cédula jurídica que se les asigne con la escritura de constitución, sociedad anónima. Se aprueban los estatutos. Se suscribe y paga el capital social. Se nombró junta directiva, fiscal y agente residente. Plazo social noventa y nueve años. Santa Cruz, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mi notaría el día catorce de diciembre del dos mil nueve, a las quince horas cuarenta y cinco minutos, se constituyó la sociedad denominada igual que el número de cédula jurídica que se les asigne con la escritura de constitución, sociedad anónima. Se aprueban los estatutos. Se suscribe y paga el capital social. Se nombró junta directiva, fiscal y agente residente. Plazo social noventa y nueve años. Santa Cruz, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario. 1 vez. RP (IN ). Robert Aaron Blair, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad, ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica, mayor, soltero, empresario, con domicilio en Estados Unidos de Norteamérica, Fort Lauderdale, Florida, dos ocho ocho uno este Oakland Park Blvd, código postal tres tres tres cero seis, pasaporte número cero cuatro seis uno nueve dos cinco uno cuatro, constituye la sociedad denominada Arenal Bungalows Costa Rica Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponderá al presidente, teniendo al efecto las facultades que determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Su domicilio social y fiscal será en Alajuela, San Carlos, Fortuna, ciento cincuenta metros al norte de Volcano Lodge. Escritura otorgada en Ciudad Quesada. San Carlos, a las doce horas del día diez de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Freddy A. Rojas López, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura pública número treinta y uno, otorgada a las 17:00 horas del 26 de enero de 2009, el suscrito Notario Álvaro Restrepo Muñoz protocolizó el acta de asamblea de cuotistas de la sociedad World Host Costa Rica Limitada, en la cual se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo. San José, 10 de junio de Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número cinco, otorgada ante el Notario Héctor Ricardo Cisneros Quesada, a las quince horas del diez de agosto del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada JC Eagle Cargo Internacional, S. A. Presidente: Juan Carlos Quesada Heredia. Capital: veinte mil colones. Plazo: noventa y nueve años. San José, diez de agosto de dos mil nueve. Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del quince de diciembre del año dos mil nueve, se reformó las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Vigott y Vigott Sociedad Anónima. Cartago, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil nueve se constituyó la sociedad denominada Alfa Soluciones Químicas BPJE Sociedad Anónima. Cartago, catorce de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura pública otorgada a las nueve horas del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, ante la Notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Deloitte & Touche, S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-veinte mil ciento sesenta y dos, celebrada a las nueve horas del tres de diciembre del año dos mil nueve, en su domicilio social en Barrio Dent, San Pedro exactamente de Restaurante Taco Bell en San Pedro cien metros al oeste edificio Herrero y Villalta, ahora Edificio Deloitte, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social de la compañía. San José, cuatro de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Rita Eugenia Guzmán Fernández, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura pública otorgada a las diez horas del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, ante la Notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad DHS Multiconsult, S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa y siete mil ciento ochenta, celebrada a las diez horas del tres de diciembre del año dos mil nueve, en su domicilio social en Barrio Dent, San Pedro exactamente de Restaurante Taco Bell en San Pedro cien metros al oeste edificio Herrero y Villalta, ahora Edificio Deloitte, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social de la compañía. San José, cuatro de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Rita Eugenia Guzmán Fernández, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En la notaría del Lic. Warren Alberto Flores Castillo, protocolo siete, escritura doscientos ochenta y siete, folio ciento veinticuatro frente, del quince de diciembre del presente año, se constituye Ultramar Software EIRL. Presidente: Francisco Javier Telesca, pasaporte cero tres nueve uno cero dos seis ocho dos. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario. 1 vez. RP (IN ). En la notaría del Lic. Warren Alberto Flores Castillo, protocolo siete, escritura doscientos ochenta y ocho, folio ciento veintiocho frente, del dieciséis de diciembre del presente año, se constituye I.P. Solutions EIRL. Presidente: Alexander Guzmán Cadavid, cédula uno uno siete cero cero cero cero siete ocho ocho dos cero cinco. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de accionistas de la compañía Cortina Investigaciones y Proyectos, Sociedad Anónima, por la que se acuerda nombrar el presidente y secretario de la compañía por el resto del plazo social. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Diego Moya Meza, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del catorce de diciembre de dos mil nueve, se constituyó la empresa Comercial Servicios Múltiples Contratados CO. SE. MU. CO. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Comercial Servicios Múltiples Contratados CO. SE. MU. CO. S. A., nombre de fantasía. Domicilio: Cartago. Objeto: el comercio, industria, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general y cualquier otra actividad legal. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Gerardo Rojas González. Lic. Adriana Marín Brenes, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría al ser las doce horas del veinticinco de noviembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Corporación Leiva y López S. A. Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea totalitaria ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil seiscientos cincuenta y seis s. a., en la que consta la renuncia de la presidenta y nuevo nombramiento. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Yo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Bykarbenz S. A., realizada a las ocho horas del quince de diciembre del dos mil nueve, donde se amplía la cláusula sétima, pudiendo en caso

36 Pág 36 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 de ausencia, el secretario sustituir al presidente y el tesorero sustituir al vicepresidente. Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario. 1 vez. RP (IN ). Constitución de cuatro sociedades Asia Americas Distributors; Id Costa Rica Trading, Dos En Uno Forever Footwear, Main Rock Trading Company, S. A., mediante escritura número quince de las catorce horas del quince de diciembre del Presidenta: Silvia Concepción Ortez Villatoro. San José, 15 de diciembre del Lic. Kattia Salas Guevara, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En la oficina del Lic. Álvaro José Meza Lazarus, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Riff Music S. A., donde se modifica la cláusula novena. Es todo. San José, once horas del de quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario. 1 vez. RP (IN ). En esta notaría mediante escritura número doscientos veintisiete protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Armersa Sociedad Anónima. Turrialba, 15 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura pública otorgada ante el Notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las veinte horas del catorce de noviembre del dos mil nueve, se constituyeron once sociedades anónimas denominadas Brussels Dream Sociedad Anónima, Quadrant Business Sociedad Anónima, Turin Investments Sociedad Anónima, Enzo Investments Sociedad Anónima, Gray Autumn Sociedad Anónima, Overhills Partners Sociedad Anónima, Niza Investors Group Sociedad Anónima, Cadiz Group Sociedad Anónima, Producción Dinámica de Negocios Sociedad Anónima, Efecto Económico de Punta Sociedad Anónima, Alternativa Urbana Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del día cuatro de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la asociación denominada Asociación de Diseñadores de Costa Rica. Presidenta: Guiselle Camacho Vargas. Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las catorce horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta mil novecientos ochenta y nueve sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo, realizándose también nuevo nombramiento de miembros de junta directiva. San José, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario da fe que por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cincuenta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, protocolicé en lo conducente acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dosquinientos setenta y ocho mil seiscientos treinta, limitada con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil seiscientos treinta, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo: del nombre; la cláusula segunda: del domicilio; se crea la cláusula duodécima: del agente residente. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría se nombró nueva junta directiva y se modificó las cláusulas primera, segunda, tercera y sexta de la compañía Asesores Consultar R & H S. A. Representante: Patricia Badilla Lobo. San José, diciembre del Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número 195 otorgada ante el suscrito Notario a las 12:00 horas del día 30 de noviembre del 2009 se constituyó Alessia Cosmetics Sociedad Anónima. Capital social colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será en San Joaquín de Flores, Heredia, Condominios Monte Cristo casa B ocho, costado oeste de la bomba. Plazo social 99 años. Presidente Flavio Miraglia. Siquirres, 30 de noviembre de Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número 118 otorgada ante el suscrito Notario a las 11:00 horas del día 10 de diciembre del 2009, se constituyó Inversiones García Hurtado & Carrillo Sociedad Anónima. Capital social colones íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social será en Batán del Hospedaje de Batán cincuenta metros al norte frente al Correos de Costa Rica. Plazo social 99 años. Presidente Héctor Luis García Rodríguez. Siquirres, 10 de diciembre del Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante el Notario Manuel Antonio Lobo Salazar, a las 12 horas del 10 de diciembre del 2009 los señores Jorge Arturo Calderón Durán, Jaime Artavia Chinchilla e Ivannia Artavia Salazar, constituyen una sociedad anónima cuya razón social será Agrupación Musical Los Callejeros S. A. Lic. Manuel Antonio Lobo Salazar, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad con domicilio en La Unión de Cartago, Río Azul, Distribuidora Rojas y Rodríguez Sociedad Anónima. San José, nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura de las 12:00 horas del 16 de diciembre de 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Los Prados P Once Kiev S. A. Se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo. Se denominará junta directiva y fiscal. Presidente: Enrique Yahri Choueka. San José, 16 de diciembre de Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento setenta y cinco tomo segundo, otorgada el día ocho de diciembre de dos mil nueve, ante la Notaria Seanny Jiménez Alfaro, se constituyó la sociedad Inversiones J.G.C. Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años, capital social debidamente suscrito y pagado, administrada por una junta directiva, donde el presidente y secretario ejercen la función de apoderados generalísimos sin límite de suma. San José, 15 de diciembre de Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad constituida bajo su número de cédula jurídica , modifica su junta directiva así como la cláusula segunda y sétima de su pacto constitutivo, en lo restante se mantiene tal y como consta en su pacto constitutivo. San José, 10 de diciembre de Lic. María Inés Corea Montenegro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:45 horas del 2 de octubre de 2009, se protocolizó acta de asamblea de socios de Tecnomaikservice Sociedad Anónima, mediante la cual se realiza nombramiento cambio de nombre, se modifica cambio de administración y se hacen nombramientos de junta directiva. Barva, 15 de diciembre Lic. Isaac Montero Solera, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Perfect Cleanning R. V. Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderados generalísimos, pudiendo actuar conjunta o separadamente. San José, nueve de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Flor Castillo Castro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura ante esta notaría, a las ocho horas del veintinueve de setiembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula décima cuarta de los estatutos sociales, y se nombra nueva junta directiva de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil ochocientos ocho sociedad anónima. Presidente: Meylin Gutiérrez Méndez. Capital: totalmente suscrito y pagado. Lic. Jorge Luis Ruiz Bonilla, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas veinte minutos del día quince de diciembre de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Top Line Investments S. R. L. Donde se acuerda modificar la cláusula de administración. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Francisca Rojas Carranza, Notaría con oficina en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada Pasatela B Y J Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo. Palmares, nueve de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Francisca Rojas Carranza, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas diez minutos del día quince de diciembre de dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Cedraf BCD S.R.L. Donde se acuerda modificar la cláusula de administración. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura del día de hoy protocolicé el acta de asamblea de accionistas de Revolution Systems, S. A., en la cual se acordó transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada. San José, primero de diciembre del dos mil nueve. Lic. Vivian Chacón Araya, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento seis de las 13 horas del 16 de diciembre del año en curso, visible al tomo cuadragésimo sexto de mi protocolo, comparecieron los señores Joshua David Stanly y Ryan Robert Carlisle para

37 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 37 constituir una sociedad de responsabilidad limitada, misma que se regirá por su número de cédula jurídica. Es todo. San José, 16 de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaria con fecha diez de diciembre dos mil nueve, se constituyó sociedad denominada Comercializadora La Esperanza R Y E Ltda. Cartago. Lic. Kattia Jacqueline Serrano Retana, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura ciento sesenta y cinco otorgada en esta notaría, a las quince horas cincuenta minutos del siete de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Cheza Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, representantes presidente y secretario. Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario. 1 vez. RP (IN ). Se hace saber que mediante escritura número noventa y cuatro, de las diez horas del día veinticinco de noviembre del dos rail nueve, fue protocolizada acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad JM Ameze S. A., para modificar las cláusulas segunda y novena del pacto social, en las cuales se dirá el nuevo domicilio social será en Cóbano de Puntarenas, setenta y cinco metros al norte del tanque del Ay A. Además se elige nueva representante legal que será, Marilyn Vargas Castillo, mayor, casada en segundas nupcias, cédula uno-mil sesenta y dos-quinientos setenta y uno, del mismo domicilio que su representada. San Ramón, 15 de diciembre del Lic. Julia María Zeledón Cruz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Se hace saber que mediante escritura número doscientos treinta y cinco, de las dieciocho horas, del veintitrés de octubre del dos mil nueve, fue protocolizada acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Ramar y Perena S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-tres seis cuatro siete uno cuatro, en la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo, para cambio de domicilio y para nombrar nueva presidenta y representante legal, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma a Gina Navarro Ramírez, mayor, casada una vez, educadora, cédula dos-tres nueve seis-nueve seis siete, vecina de San Ramón de Alajuela. San Ramón, dieciocho de noviembre del dos mil nueve. Lic. Julia María Zeledón Cruz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número otorgada a las 13:00 horas del día 11 de diciembre del año 2009, se constituyó ante esta notaría la nueva sociedad anónima denominada Valais Commercial Corporation Sociedad Anónima. San José, 15 de diciembre del año Lic. Goldy Ponchner Geller, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día de hoy, protocolizo el acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Basadia Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula octava de sus estatutos. San José, ocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. María Chaves Araya, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día de hoy, protocolizo el acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía E.S.U. de Tarrazú, Sociedad Anónima, donde se modifica las cláusulas segunda y octava de sus estatutos. San José, ocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. María Chaves Araya, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por cambio de junta directiva, de la asociación de esta plaza denominada Asociación Iglesia Cristiana Manantial de Vida, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero cincuenta y seis mil setecientos ochenta y dos. Es todo. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Juan Carlos González Rojas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita Notaria Pública Emilia Ulloa Corrales se constituyó hoy la sociedad anónima Trejos & Trejos de Abangares Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Trejos & Trejos S. A., domiciliada en la ciudad de Las Juntas de Abangares en Guanacaste, Barrio El INVU, cien metros oeste de la escuela de Música. Capital social representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Plazo será 100 años. Presidenta Vilma Trejos Fallas. Abangares, 12 de noviembre del Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita Notaria Pública Emilia Ulloa Corrales se constituyó hoy la sociedad anónima Servicios Múltiples Cheves & Jiménez Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Servicios Múltiples Cheves & Jiménez S. A., domiciliada en la ciudad de San Buenaventura de Colorado de Abangares en Guanacaste, cuatrocientos metros oeste de la escuela. Capital social representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. Plazo será 100 años. Presidente Francisco Arturo Cheves Bustos. Abangares, 14 de diciembre del Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Notario hace constar que mediante escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del primero de diciembre del año dos mil nueve, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Y D A Distribuidora Tiger S. A., en la cual se revoca nombramiento de tesorero, se procede a hacer nuevo nombramiento y se reforma cláusula segunda del domicilio social. San Rafael de Heredia, 09 de diciembre del Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría el veintitrés de marzo del 2009 se constituyó la sociedad anónima Soluciones Tecnológicas Canales y Asociados Casoltec Sociedad Anónima. Apoderados presidente: Christian Canales Bonilla. Tesorera: Dylana Rodríguez Galeano. Zarcero, 16 de noviembre del Lic. Maynor Barrantes Castro, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintiséis de octubre del año dos mil nueve, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Latin American Consulting Group Sociedad Anónima. Se acuerda reformar las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría por escritura número 145, del tomo 75 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las 08:00 horas del 16 de diciembre del 2009, se constituye Ipress International S.R.L. Capital: suscrito y pagado. Plazo 99 años. Domicilio: Cahuita de Limón. Objeto: venta de servicios de prensa. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma. Limón, 16 de diciembre del Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del día de hoy, la sociedad Pichelpin Costa Limitada, protocolizó acta en que incrementa su capital social modificándose la cláusula quinta (del capital social) de sus estatutos. San José, 15 de diciembre del año Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día de hoy, la sociedad Sitio Hermoso Limitada, protocolizó acta en que incrementa su capital social modificándose la cláusula quinta (del capital social) de sus estatutos. San José, 15 de diciembre del año Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura pública número dieciséis del tomo treinta y treinta y cuatro, de las ocho horas del diez de diciembre del dos mil nueve, de mi protocolo, por la cual se modifican las cláusulas: primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Punta del Sol sociedad de Responsabilidad Limitada. San José, 16 de diciembre del Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil nueve se constituyó Altamirano y Amador Sociedad Anónima. Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado se reforman las siguientes cláusulas: primera, segunda y sexta, del pacto social de la sociedad Mikalex Holdings RE Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco dos tres nueve cuatro tres. Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario. 1 vez. RP (IN ). La suscrita notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que el día de hoy, se constituyó la sociedad con razón social asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-j, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Recae en el presidente y secretario Carlos Salazar Fernández y Adrián José Zúñiga Bonilla actuando en forma conjunta, las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. San José, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 08 de diciembre del 2009, Elsa Porras Jiménez e Ivannia Castro Porras, constituyen Inmobiliaria INMOBICAP Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponden al gerente. Gerente: Elsa Porras Jiménez. San Marcos de Tarrazú, 15 de diciembre del Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, licenciada Viriam Fumero Paniagua, a las catorce horas del día once de diciembre del año dos mil nueve, se modificó el pacto social de la sociedad Corporación Atirro Sociedad Anónima. Turrialba, 15 de diciembre del Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

38 Pág 38 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 En mi notaría a las trece horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad MEC del Paraguas Limitada, pudiendo abreviarse MEC del Paraguas Ltda. Siendo sus gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma los señores: Greivin Elizondo Argüello, cédula seis-ciento treinta y cinco-ochocientos noventa y tres y José Manuel Monge Bolaños, cédula seis-ciento cincuenta y cuatro-ochocientos trece. San Vito Coto Brus, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Gabriela Vargas Hernández, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 12 de diciembre del 2009, se modifica la cláusula octava De la administración ; y se nombra nuevos gerentes de la sociedad Richtown Properties Ltda., cédula jurídica número Guanacaste, 12 de diciembre del Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 13 de diciembre del 2009, se modifica la cláusula sétima De la administración ; y se nombra nuevos secretario, tesorero y fiscal de la sociedad Adarga de Plata S. A., cédula jurídica número Guanacaste, 13 de diciembre del Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el 20 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Norpa S. A. Se reforma cláusula de administración y del capital social. Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el 12 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Sibaris Caterign Service S. A. Se reforma cláusula de administración. Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el 20 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hacienda Doña Yola S. A. se reforma cláusula de administración y del capital social. Lic. Ignacio Herrero Knölhr, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el 20 de noviembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hardrive S. A. Se reforma cláusula de administración y del capital social. Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 9 horas del 16 de diciembre del 2009, se constituyó la entidad social con domicilio en San Rafael de San Ramón de Alajuela, denominada Casugo Inversiones S. A. Presidenta y apoderada generalísima sin límite sumario: Carmen María Suárez González. Capital social: sesenta mil colones. San Ramón, 16 de diciembre del Lic. Roger Alexis Barboza Lépiz, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del veinticinco de noviembre del año dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-cinco siete cinco siete cero tres sociedad anónima. Se sustituye junta directiva, fiscal y agente residente. Lic. Luis Ángel González Villalobos, Notario. 1 vez. RP (IN ). A las diecisiete horas treinta minutos del día dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil seiscientos veintinueve ltda., celebrada en su domicilio social, a las nueve horas del día dos de diciembre del dos mil nueve, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital, la cláusula sétima de la administración. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en esta ciudad, se constituyó la sociedad Soluciones Aguilar Odón Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Geilyn Aguilar Alfaro. Barva de Heredia, dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario. 1 vez. RP (IN ). Que ante los licenciados Eduardo Lobo Madrigal y Ruth Mary Salas Cedeño en connotariado y en el tomo cuarto del primero, escritura pública número 144-4, visible a folio 141 frente de las 8 horas del 16 diciembre 2009, se constituye la sociedad de esta plaza Torre Alta Cruz del Norte M&M S. A., y en escritura folio 143 frente de las 9 horas del 16 diciembre, se constituye la sociedad de esta plaza A/C Instalaciones y Climatizaciones L.B.R. S. A., ambas con capital social de diez mil colones. Es todo. San José, diecisiete de diciembre del dos mil siete. Lic. Ruth Mary Salas Cedeño, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las dieciocho horas del día cuatro de junio del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Exclusivos Kalons Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. San José, 7 de diciembre del Lic. Juan Antonio Madriz Arce, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de reforma del pacto constitutivo de la sociedad Tierra de Vientos Sociedad Anónima. Presidenta: Zila Sasso Rojas. San José, dieciséis de diciembre del dos uno. Lic. Patricia Prada Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de reforma del pacto constitutivo de la sociedad El Vendaval del Lago Sociedad Anónima. Presidenta: Zila Sasso Rojas. San José, dieciséis de diciembre del dos mil uno. Lic. Patricia Prada Arroyo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura de las trece horas del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, las señoras Rosángela Araya Cortés y Rosibel Alfaro Araya, constituyen la sociedad Consorcio Araya Cortés & Asociados S.A. Presidenta: Rosángela Araya. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones exactos, constituido por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general, etc. San José, cuatro de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las catorce horas treinta y seis minutos del veintiséis de noviembre del dos mil nueve, ante el notario Gustavo Adolfo Fernández Martínez, se protocolizó la sociedad denominada Fibrosur. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. San Isidro de El General, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría mediante la escritura número cincuenta y cuatrouno de las 8:30 horas del 15 de diciembre del 2009, se modifica la junta directiva en los puestos de secretario, vocal II y fiscal de la sociedad Feria del Productor Generaleño Sociedad Anónima. San Isidro, Pérez Zeledón, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. Cinthya Núñez Salazar, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Que por escritura número 131, visible a folio 165 frente del tomo XIII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó la cláusula sexta, y se nombró gerente y gerente operativo de La Magia de Las Mariposas S.R.L.. Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 15 de diciembre del año Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante los notarios Vera Denise Mora Salazar y Max Pérez González, se constituye sociedad anónima, cuya denominación será su número cédula jurídica, con capital colones, domicilio Montes Oca, San Pedro, Edificio Santiagomillas sexto piso oficina 6a. San José, 29 de noviembre del Lic. Max Pérez González, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante los notarios Vera Denise Mora Salazar y Max Pérez González se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Erijoli S. A. donde se nombran secretario, tesorero y fiscal y se reforma la cláusula 5 del pacto constitutivo. San José, 14 de diciembre del Lic. Max Pérez González, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 09:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad Tamarindo Handyman Limitada. Tamarindo, catorce de diciembre del Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 16:00 horas del 10 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad Balinese Dreams Development Limitada. Tamarindo, catorce de diciembre del Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 16:10 horas del 10 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad International Technology Solutions I.T.S. Limitada. Tamarindo, catorce de diciembre del Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número treinta y cuatro otorgada en esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad Fibras y Frenos Alfacar Sociedad Anónima, capital social sesenta mil colones. Presidente: Carlos Alberto Alfaro Flores. Lic. Adolfo Lizano González, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría se constituyó Inversiones Laburbu Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Laburbu S. A. Presidenta: Fabiola Barrantes Rodríguez. Capital social: Escritura otorgada a las 11:00 horas del 11 de diciembre del Lic. Carmen Coto Pérez, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

39 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 39 Ante esta notaría se constituyó Inversiones Pratum Blue Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Pratum Blue S. A. Presidenta: Maureen Barrantes Rodríguez. Capital social: ,00. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 11 de diciembre del Lic. Carmen Coto Pérez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la compañía denominada Asesorías Magra Sociedad Anónima. Guápiles, Pococí, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento ochenta y seis tomo segundo de las ocho horas del once de diciembre de dos mil nueve, otorgada ante la suscrita Notaria se constituyó la empresa denominada Bioseguridad Sociedad Anónima. Es todo. San José, a las doce horas del dieciséis de diciembre de dos mil nueve. Lic. Lizeth Genoveva León Gómez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Que ante mi Juan Pablo Delgado Vargas, notario público, por escritura número ciento sesenta y cinco folio ochenta y cinco vuelto. protocolo número seis, se constituyó la sociedad denominada, Campos del Este Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. el cual es nombre de fantasía, domiciliada en San José, Tibás, del Parqueo del ICE en Jardines de Tibás, ciento cincuenta metros sur y cien metros oeste, con un capital social de cuatro acciones comunes y nominativas de dos mil quinientos colones cada una, y por un plazo de noventa y nueve años, escritura otorgada en la ciudad de San José a las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Que por escritura pública número ocho-veintitrés del notario público Luis Eduardo Ortiz Meseguer se constituyó la sociedad Ecoco, Productos Naturales Sociedad Anónima, de las ocho horas del trece de noviembre del año dos mil nueve. Lic. Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma NSF Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social noventa y nueve años. Capital: treinta y seis mil colones; Presidente: Thomas Chestnut, fecha de otorgamiento catorce de diciembre del dos mil nueve. San José, Costa Rica. Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Hoy ante mí, San Isidro de El General a las once horas del catorce de diciembre del dos mil nueve, los señores Héctor Francisco Quesada Murillo, y Gerardo Francisco Quesada Solís, constituyeron Hectogerar Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo plazo social es de noventa y nueve años y un capital social de diez cuotas, administrada por un Gerente. Gerente: Héctor Francisco Quesada Murillo. Es todo. San Isidro de El General, a las doce horas del catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. María Jesús Espinoza Garro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad: Guvea Gimnástica Alfa Sociedad Anónima, domicilio ciudad de San José avenida primera, calles una y tres, edificio Cristal, cuarto piso, oficina cuatrocientos cinco. Plazo noventa y nueva años. Objeto primordial: instalación y manejo de gimnasias y variables en gimnasia, así como fomentar la estética corporal. Presidente, secretario y tesorero con la representación judicial y extrajudicial y como apoderados generalísimos. Capital íntegramente suscrito y pagados. San José, 15 diciembre del Lic. Howard Max Thompson Fennell, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del 16 de diciembre del 2009, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Escrow & Trust Services LLC Ltda., mediante la cual se cambia el objeto social y el nombre de la sociedad por el de Trust Services LLC Ltda.. Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escrituras públicas números 82, 83, 84, 85, 86 y 87, otorgadas en mi Notaría a las 12:00, 13:00, 13:30, 14:00, 15:00 y 16:00 horas, todas del día 11 de diciembre del año 2009, procedí a protocolizar actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobildream S. A., Compañía de la Costa S. A., Las Golondrinas del Pacífico LGP S. A., Corporación Dickers Hai S. A., Coco Centro del Pacífico S. A., y Mediterraneam Dream S. A. En todas se modificó domicilio social y se nombró nuevo secretario, tesorero y fiscal. Se disminuyó plazo social. Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Kolbi Sociedad Anónima. Capital suscrito pagado totalmente por sus socios. Domicilio: San Isidro, Pérez Zeledón, San José, cincuenta metros norte de Coopeservidores R. L. Plazo 99 años. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. San Isidro de Pérez Zeledón, 7 de diciembre del Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Maracatu Sociedad Anónima. Capital suscrito pagado totalmente por sus socios. Domicilio: San Isidro, Pérez Zeledón, San José, cincuenta metros norte de Coopeservidores R. L. Plazo 99 años. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. San Isidro de Pérez Zeledón, 7 de diciembre del Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Constitución sociedad anónima denominada Fábrica de Malla Ciclón Sociedad Anónima, asamblea celebrada a las diecinueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Se nombra, presidente Luis Ricardo Segreda Sagot. Lic. Vilma Cordero Benavides, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Constitución sociedad anónima denominada Sailorpro Sociedad Anónima, asamblea celebrada a las catorce horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se nombra presidente Juan Andrés Segreda Johanning. Lic. Vilma Cordero Benavides, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría en la escritura número seis del tomo sesenta y tres de mi protocolo, Celulares Lindora S. A., nombra la nueva junta directiva de dicha plaza. Escritura otorgada a las once horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ivonne Monge Calderón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría en la escritura número cinco del tomo sesenta y tres de mi protocolo, Cadecrédito S. A., la junta directiva de dicha plaza. Escritura otorgada a las nueve horas del dieciséis de diciembre de dos mil nueve. Lic. Ivonne Monge Calderón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Payaso de Circo S. A., protocolizadas ante el notario público David Arturo Campos Brenes y Rolando Laclé Zúñiga, en escritura pública número setenta y nueve-ochenta y cinco, de las diez horas treinta minutos del quince de diciembre de dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda del domicilio. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Rolando Laclé Zúñiga, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí a las once horas del treinta de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la empresa Vega Vásquez Sociedad Anónima, con domicilio social en La Granja de Palmares, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal seiscientos metros al oeste y trescientos metros al norte, capital social noventa mil colones, plazo noventa y nueve años. Presidente: Luis Antonio Vega Ruiz. Lic. Fernando Ávila González, Notario. 1 vez. RP (IN ). Al ser las ocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil nueve, se modificó cláusula tercera del plazo social ante esta notaría de la sociedad Saint Mary High School Sociedad Anónima. San José, 14 de diciembre del Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría se ha constituido la sociedad El Budare Criollo De Noris S. A., en escritura otorgada en San José, a las ocho horas del nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. Fiorella Hidalgo Quirós, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría se realizó la constitución de sociedad denominada Seguridad Anibal Mary S. A. cuyo capital social es la suma de diez mil colones y su presidente es el señor Aníbal Joaquín Hernández Ramírez. Es todo. San José dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la sociedad a inscribir con la cédula jurídica Limitada. Capital social cien mil colones a la escritura 236 del tomo 19. Palmares, 11 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la sociedad a inscribir con la cédula jurídica Limitada. Capital social cien mil colones a la escritura 234 del tomo 19. Palmares, 11 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la sociedad Facepo Limitada. Capital social cien mil colones a la escritura 233 del tomo 19. Palmares, 11 de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento diecinueve-veinte, otorgada a las dieciséis horas del catorce de diciembre de dos mil nueve, se constituyó la empresa El Pana Más Pana Sociedad Anónima, ante los notarios Juan Rafael Villagra Coronado y Alejandra Larios Trejos. Presidenta: Nada Abou Samsam. Liberia, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

40 Pág 40 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 16 de diciembre del 2009, se constituyó la sociedad Aqualifecr S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social con aporte, domiciliada en San José, San Antonio de Desamparados del cementerio cien oeste y cincuenta sur, Urbanización La Constancia, casa quince L. San José, 17 de diciembre del Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 16 de diciembre de 2009, se constituyó la sociedad Inversiones Q K, Sociedad Anónima; nombrándose agente residente, Fondo de Reserva Legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José Residencial Alta Monte, Guayabos de Curridabat. San José, diecisiete de diciembre del Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario. 1 vez. RP (IN ). El día once de diciembre del presente año, a las ocho horas en la ciudad de Limón, se constituyó la sociedad anónima, denominada Red Frog Tour Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidenta: Gabrielle Hannelore. Ante la notaria Mayela Enríquez Gómez. San José, quince de diciembre del Lic. Mayela Enríquez Gómez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mi notaría, por escritura número doscientos cuarenta y uno de las dieciséis horas del día doce de diciembre del dos mil nueve, visible a folios del ciento cuarenta y cinco vuelto al ciento cuarenta y siete vuelto del tomo tercero, se constituyó la sociedad Avserv Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, de Frío Gama, cincuenta metros oeste y ochocientos metros sur, como Presidente Renán Francisco Chavarría Vallejos y como Secretaria Jenny Marcela Guevara Rojas, el primero actuando como apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social será de cien mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una y se suscriben dos letras de cambio por un monto de noventa mil colones y diez mil colones cada una. Liberia, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Notario Público hace constar que por acta número uno: asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa TR Mirzam Star Unit Hundred Seventeen, S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dosquinientos cuarenta y nueve mil quinientos tres, celebrada a las diez horas del dos de diciembre del dos mil nueve, y protocolizada ante esta notaría en San José a las catorce horas treinta minutos del día quince de diciembre del año dos mil nueve, se revoca el nombramiento del gerente y en su lugar se nombra al señor Michael Gerald, Fox, estadounidense, de un solo apellido en razón de su nacionalidad, mayor, divorciado, empresario, vecino de Heredia, La Aurora, de RITEVE trescientos metros sur, Residencial Santa María Oeste, casa número cuatro, cédula de residencia uno ocho cuatro cero cero cero tres dos seis nueve dos cero. Es todo. San José quince horas quince minutos del quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Miguel Eduardo Cervantes Mora, Notario. 1 vez. RP (IN ). Carbonell Pérez María Luisa y María Luisa Salas Carbonell, constituyen Amor De Madre Querida Limitada. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil nueve. Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura pública número ochenta y siete-doce otorgada ante mi notaría a las ocho horas del diecisiete de diciembre de dos mil nueve, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de J.A. Muñoz & P. Muñoz, Sociedad Anónima. San José, diecisiete de diciembre de dos mil nueve. Lic. Edgar Alonso Solís Carmona, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura Nº 78 de las 9:00 horas del 16 de noviembre del 2009, se constituyó la sociedad G & H Farmadent S. A. en la cual funge como Presidente Hugo Santamaría Valerio, cedula uno-ochocientos setenta y cuatro-doscientos sesenta y cuatro, con un capital social de diez mil colones, compuesto por diez acciones de mil colones cada una, perteneciendo a los socios Hugo Santamaría Valerio y Giuliana Jiménez Castro cinco acciones a cada uno, con un plazo social de noventa y nueve años. San José, 1º de diciembre del Lic. Enrique Sanou Cajiao, Notario. 1 vez. RP (IN ). En escritura número del tomo 18 de mi protocolo, del día 16 de diciembre del año en curso, al ser las quince horas, treinta minutos, comparecieron los señores Hugo María Ramírez Franco, de nacionalidad Colombiano, cédula de residencia uno uno siete cero cero uno uno cuatro cero uno cero siete y Ana Regina Velásquez Orellana, de nacionalidad Guatemalteca, cédula de residencia dos cuatro cero - uno uno ocho cero ocho dos - uno cuatro nueve cuatro, para constituir la sociedad Baya Hibe Sociedad Anónima. San José, 17 de diciembre del Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número: ciento once-veinte, otorgada ante esta Notaria a las quince horas treinta minutos del once de diciembre del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima denominada: Timon Venture Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones, plazo social: noventa y nueve años, Domicilio de la sociedad: Nicoya, Guanacaste, costado norte del Banco Nacional de Costa Rica. Nicoya, 16 de diciembre de Lic. Eusebio Agüero Araya, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del quince de diciembre de dos mil nueve, se constituyó la sociedad Star Motors Oil Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Es todo. San José, quince de diciembre de dos mil nueve. Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escrituras que otorgué se constituyeron Servicios Sargon Dos Mil S. A.; Inversiones Papiro Dos Mil S. A.; Inversiones Babel Dos Mil S. A.; y Corporación Ararat Dos Mil S. A.; cuya apoderada generalísima sin limite de suma de todas, es Singrid Carranza Salas, capital suscrito y pagado. San José 17 de diciembre del Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en esta Notaría a las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad Tenedora SDS Limitada, con domicilio en San José, exactamente avenidas nueve y once, calle treinta y cinco, barrio Escalante, capital social es la suma de diez mil colones dividido en cien cuotas nominativas de cien colones cada una. San José, diez de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Se avisa que de acuerdo con la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Terra Networks Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y siete mil setecientos ochenta y uno, celebrada en su domicilio social a las diez horas del día veinte de noviembre del año dos mil nueve, se aprobó el informe del liquidador con lo que jurídicamente se extinguió la persona jurídica Terra Networks Costa Rica Sociedad Anónima. El liquidador procederá con los trámites de estilo ante el Registro Nacional, Sección Mercantil para cumplir con los aspectos de publicidad jurídica hacia terceros que establece la normativa vigente. Es todo. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó: Costa Clima Aires Acondicionados Sociedad Anónima. Objeto el dedicarse a la ganadería, industria, agricultura, y comercio en general. Capital íntegramente suscrito y pagado. Escritura otorgada en Heredia a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número cuarenta y siete otorgada en mi notaria a las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, Alejandra Mayela Castillo Loría y Mario Alberto Ramírez Solís constituyeron la sociedad denominada Inversiones Alcalo S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Presidenta Alejandra Mayela Castillo Loría Domicilio Cartago, Agente Residente Yenny Rocío Argüello Chaverri. Lic. Yenny Rocío Arguello Chaverri, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante los Licenciados Juan Carlos Chávez Alvarado y Federico Arias Chacón, se constituyó una sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-j, publicado en La Gaceta ciento catorce de junio del dos mil seis, Presidente Edmund Rt Kelley JR como apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social es de seis mil colones, plazo social noventa y nueve años. Lic. Federico Arias Chacón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante los licenciados Juan Carlos Chávez Alvarado y Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará La Finca del Quezal & Colibri E & B Sociedad Anónima, Presidente Edmund Rt Kelley JR como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social es de seis mil colones, plazo social noventa y nueve años. Lic. Federico Arias Chacón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 15 de diciembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Digital Expreso S. A. Se reforma cláusula segunda de los estatutos. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. San José, 15 de diciembre del Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 15 de diciembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Cachabrí S. A. Se reforma cláusula octava de los estatutos. Se revoca poder general de administración. San José, 15 de diciembre del Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad J J Conveniencia Grupo de Exportación e Importación Limitada. Gerente: José Ramón Vivas Castillo. Puerto Viejo, Sarapiquí, nueve de diciembre de dos mil nueve. Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria. 1 vez. RP (IN ).

41 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 41 Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Louder Than Words, con domicilio en Escazú, exactamente en Barrio Los Laureles, de la entrada principal, ochocientos metros al norte y ciento cincuenta metros al este. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio de Playa Azul Cincuenta y Uno Madera Leo Sociedad Anónima. San José, ocho de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número 160, del tomo 19 del protocolo de la suscrita notaria, se liquidó la sociedad Centro Bariatrico de Costa Rica Sociedad Anónima. Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil, seguido con el aditamento Sociedad Anónima, el cual podrá abreviarse S. A. de conformidad con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-j. Domicilio: Cartago. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretaria de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. San José, quince de diciembre del dos mil nueve. Lic. Rafael Esquivel Gutiérrez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento ochenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día catorce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada C. P. M. de Santa Ana Sociedad Anónima. Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día catorce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada C. P. M. Pinturas Sociedad Anónima. Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento ochenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día catorce de diciembre del dos mil nueve, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada La Rosa Blanca de Escazú Industrial Sociedad Anónima. Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ciento veintiséis, otorgada ante mí, a las dieciséis horas con diez minutos del diez de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó la asamblea extraordinaria de la sociedad Villa Verde Dos- Laurentina Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula: segunda del domicilio. Y se acuerda crear la cláusula: décima primera: del agente residente. Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, a las once horas del día ocho de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mariamy Sociedad Anónima, cuyo presidente es: Alexander Latino Sevilla. Domicilio: La Cruz, Guanacaste. La Cruz, Guanacaste, 16 de diciembre del Lic. Carmen Chavarría Marenco, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del quince de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad Something In The Air Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la compañía, referente al plazo social de la sociedad. Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario. 1 vez. RP (IN ). Hoy autoricé escritura de protocolización de acuerdos de asamblea general de Equiplast Internacional S. A., por los que se prorroga el plazo social y se reforma la cláusula cuarta de la escritura social. San José, 11 de diciembre del Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura pública número doscientos doce-dieciséis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil nueve, se constituyó sociedad anónima de esta plaza denominada Seals Team Vip Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, mediante el pago de cien acciones comunes y nominativas, con un valor nominal de mil colones cada una. Lic. Mario Rodríguez Barrantes, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número 14, otorgada ante mi notaría, a las 18:00 horas del 16 de diciembre del 2009, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula Nº y María García Pérez, cédula Nº , constituyeron la sociedad Servicios Múltiples Varsan Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. San José, 17 de diciembre del Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se modificaron las cláusulas segunda, quinta y sétima de la sociedad Agroindustria Galeón de Pacífico Hecla Sociedad Anónima. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario. 1 vez. RP (IN ). Se hace saber que en esta notaría, en escritura otorgada a las trece horas del veintitrés de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima, cuyo nombre de fantasía es Bela Internacional Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, y la representación legal la tiene el presidente. Lic. Carlos Rodríguez Carmona, Notario. 1 vez. RP (IN ). Se hace saber que en esta notaría, en escritura otorgada a las diez horas del diecisiete de octubre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad anónima, cuyo nombre de fantasía es Basurita Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, y la representación judicial y extrajudicial, les corresponde: al presidente y tesorero, con facultades generalísimos sin límite de suma. Notaria: Maritza Araya Rodríguez. Es todo. San Vito, Coto Brus, a las nueve horas del nueve de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carlos Rodríguez Carmona, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ochenta y nueve-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas del día diecisiete de diciembre del dos mil nueve, donde Karla Corrales Gutiérrez y Marta Gutiérrez Espinoza, constituyen diez sociedades de responsabilidad limitada, que se denominarán según la cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional. San José, 17 de diciembre del Lic. Jorge González Roesch, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número ochenta y ocho-cuarenta y cuatro, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se reforma la cláusula segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía tresciento uno-quinientos sesenta y un mil ochocientos treinta y cinco s. a. San José, 16 de diciembre del Lic. Jorge González Roesch, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, mediante escritura Nº 3-230, del 16 de diciembre del 2009, la sociedad Nexo Habitacional S. A., reforma cláusula novena del pacto de la representación. San José, 17 de diciembre del Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante los suscritos notarios, a las siete horas del diecisiete de diciembre del dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad s. a., en la cual se sustituyen presidente y secretario del Consejo Directivo de la sociedad. Lic. Rodrigo Barahona Israel y Lic. María de los Ángeles Mata Montero, notarios. Teléfono: San José, 17 de diciembre del Lic. Rodrigo Gerardo Barahona Israel, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad de esta plaza F J Racing Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Capital: íntegramente pagado. Presidente: Orlando Johanning Muller. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Bernal Fuentes Vargas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el 10 de diciembre del 2009, a las 10:00 horas, se constituyó la sociedad limitada denominada Inversiones Arrero Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: un gerente. San José, diez de diciembre del dos mil nueve. Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 15 de diciembre del 2009, se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Kewell & Agger Properties Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Se nombra gerente. Se otorga poder generalísimo. Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada el 14 de diciembre del 2009, a las 08:00 horas, se constituyó la sociedad anónima denominada Servicios Digitales Neneme Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: un gerente. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas del once de diciembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad Transportes GTL Carrier Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Alajuela, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario. 1 vez. RP (IN ).

42 Pág 42 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Por escritura otorgada a las diez horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se protocoliza acta de la sociedad Goyecon S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos. Lic. Joaquín Antonio Bolaños Alpízar, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Grupo Inversionistas Tamajo Sociedad Anónima. Guápiles, Pococí, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría, y mediante escritura pública de las dieciséis horas del veintiséis de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Quebradores del Valle Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar de manera conjunta al menos dos de ellos. Cartago, seis de octubre del dos mil nueve. Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada a las 09:00 horas del día 17 de diciembre del 2009, ante la notaría de la Lic. Jeannette Salazar Araya, el señor Mario Augusto Jiménez Fuentes y Alejandra del Milagro Picado Fallas, constituyen Eximius Connexio BD Sociedad Anónima. San José, 17 de diciembre del Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría, y mediante escritura pública de las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Agregados del Valle Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar de manera conjunta al menos dos de ellos. Cartago, seis de octubre del dos mil nueve. Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 14 de diciembre del 2009, a las 15:00 horas, la sociedad tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil quinientos cinco sociedad de responsabilidad limitada, protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula novena del pacto social. 14 de diciembre del Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura ciento ocho, protocolo dos, otorgada a las catorce horas del ocho de diciembre del dos mil nueve, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva de Central Pacific Coast Property Administrators CPC Sociedad Anónima. San José, ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Julio Cesar Ruiz Chavarría, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Levin & Carranza S. A. San José, 10 de diciembre del Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario hace constar que el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Mar y Tierra del Oeste M.T.O S. A., en la que se reforma la cláusula décima primera de los estatutos sociales. San José, 14 de diciembre del Lic. Paúl Portuguez Aguilar, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, Brandolph Brenes Quirós, notario de Cartago, se modificó cláusula sétima del pacto social de La Casona de Cartago S. A. Cartago, 27 de noviembre del Lic. Brandolph Brenes Quirós, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por medio de la escritura otorgada el día dieciséis de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ahorn Responsabilidad Limitada. Moravia, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por medio de la escritura otorgada el día catorce de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada G.R Arte y Sistemas Limitada. Moravia, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Pimpinella Anisum PPA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos seis, donde se acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Magally María Guadamúz García, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por escritura otorgada a las veintiún horas del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho sociedad anónima, donde se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Magally María Guadamúz García, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por escritura otorgada a las veintidós horas treinta minutos del día dieciséis de diciembre del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tejiendo Ilusiones Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula sétima del pacto constitutivo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Magally María Guadamúz García, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por medio de escritura número trescientos veintitrés, del tomo cuarto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Rosa Hermosa Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-tres cinco tres ocho tres cero. Alajuela, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, se protocolizó acta que modifica el pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Rapastillo Azul Quinta S. A. Objeto: administración. Se elige nueva junta directiva. San Ramón, Alajuela, 26 de noviembre del Lic. Lilliana Fernández Urpí, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Luz Mery Campos Chavarría, Gilberto Cubillo Morales, la sociedad denominada Gilmery INC S. A. Capital: totalmente suscrito y pago. Corresponde a su presidente la representación y secretaria Escritura otorgada en Guápiles, al ser las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Soluciones Empresariales Osiris Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cartago, 17 de diciembre del Lic. Carlos Luis Granados Barquero, Notario. 1 vez. RP (IN ). En escritura número noventa y nueve, del tomo cuarto de mi protocolo visible al folio ciento cuatro frente, otorgada a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se reformó el pacto social, la cláusula sexta, de Blind Monkey Media S. A. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Se constituye la firma de esta plaza denominada Tinamu Serrano Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, portador de la cédula de identidad número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Se constituye la firma de esta plaza denominada Martín Pechigris Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, portador de la cédula de identidad número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura otorgada a las quince horas del día nueve de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de Inmobiliaria Golfina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno dos dos nueve cuatro nueve, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando como presidente a Barry Philip Marcus, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su país número dos dos uno uno siete seis nueve dos nueve. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura otorgada a las catorce horas del día nueve de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de Playa Zapotal Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno dos dos nueve cuatro ocho, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando como presidente a Barry Philip Marcus, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su país número dos dos uno uno siete seis nueve dos nueve. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Notario. 1 vez. RP (IN ).

43 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 43 Mediante escritura otorgada a las trece horas del día nueve de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de Golf Club Zapotal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-uno dos dos nueve cuatro siete, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando como presidente a Barry Philip Marcus, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su país número dos dos uno uno siete seis nueve dos nueve. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Notario. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura otorgada a las doce horas del día nueve de diciembre del dos mil nueve, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de Corporación de Igualdad Económica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno cero cero uno cuatro cinco, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando como presidente a Barry Philip Marcus, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su país número dos dos uno uno siete seis nueve dos nueve. San José, catorce de diciembre del dos mil nueve. Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Notario. 1 vez. RP (IN ). En esta notaría, por escritura pública 17-12, otorgada a las 16:30 horas del 30 de noviembre del 2009, se protocoliza acta de asamblea general de Altos de Santa Ana Trescientos Dos S. A. Se modifica cláusula de la administración, y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero por el resto del plazo social. San José, 30 de noviembre del Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Deidalia Sánchez Brenes y Aurora Brenes Molina, constituyen D.A.L.O. Atenea S. A. Capital social: diez mil colones. Objeto: la agroindustria y el comercio en general. Plazo: 99 años. Escritura número once. Paraíso de Cartago, a las 09:00 horas del 16 de diciembre del Lic. Sandra Van Der Laat Cruz, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por medio de escritura pública Nº 210-III, a las 19:00 horas del 14 de diciembre del 2009, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Mystic Sign At The Beach Limitada, y se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se acuerda modificar la cláusula octava. Segundo: se remueven de sus puestos a la señora Karen Vanesa Núñez Segura, de su puesto de gerente general uno, y a Pablo Brenes de la O, de su puesto de gerente general dos, y se les dan las gracias por la labor realizada. Tercera: se hacen los siguientes nombramientos: Gerente general uno: Ángelo de Mattia; gerente general dos: Deborah de Mattia; gerente general tres: Chistine de Mattia, y gerente general cuatro: Thomas de Mattia. Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante mí, el día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad denominada Portafolio de Seguros R y J S. A., en la cual se cambia el nombre de la misma pasando a llamarse S-Café S. A., asimismo se protocoliza nombramientos de la nueva presidenta, señorita Vínyela Rodríguez Juárez. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Carlos Alberto Roverssi Rojas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número diez-veinticinco, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil nueve, se modificaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de Cocales Victoria Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecinueve mil ochocientos treinta y seis. Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario. 1 vez. RP (IN ). En mi notaría, por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 09:00 horas del día 10 de diciembre del 2009, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Calzamoda Sociedad Anónima. Se nombra gerente general. Santa Ana, 10 de diciembre del Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura autorizada a las diecisiete horas del dieciséis de diciembre del presente año, en mi notaría protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Vista Ladera Estate, celebrada a las dieciocho horas cuarenta minutos del catorce de diciembre del año en curso, mediante la cual se modifican cláusulas, sétima de la junta directiva; octava de la adquisición y traspaso de acciones; novena de la emisión de las acciones y certificados, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Grecia, 17 de diciembre del Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las quince horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, los señores Christian Herrara León y Flor del Carmen León Meza, constituyeron la sociedad denominada Comercializadora del Huerto Sociedad Anónima, por un plazo de noventa nueve años. Domiciliada: en San José, Sabana Sur, Edificio La Colmena, piso dos, con un capital social de diez mil dólares, correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario de la compañía. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura autorizada a las dieciséis horas cuarenta minutos del dieciséis de diciembre del presente año, en mi notaría protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Brooks CR RBS Enterprises S. A., celebrada a las dieciocho horas del catorce de diciembre del año en curso, mediante la cual se modifica cláusula sétima de la junta directiva; se nombra nueva junta directiva y fiscal. Grecia, 17 de diciembre del Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las dieciséis horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, los señores Christian Herrara León y Flor Del Carmen León Meza, constituyeron la sociedad denominada Del Huerto División Exóticos Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San José, Sabana Sur, edificio La Colmena, piso dos, con un capital social de diez mil dólares, correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario de la compañía. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las quince horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, los señores Christian Herrara León y Flor Del Carmen León Meza, constituyeron la sociedad denominada Del Huerto División Vegetales Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San José, Sabana Sur, edificio La Colmena, piso dos, con un capital social de diez mil dólares, correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario de la compañía. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura número doscientos treinta y seis, de las dieciséis horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve, se reforman las cláusulas segunda, quinta y octava del pacto social de la empresa Pelsa Sociedad Anónima. San José, diecisiete de noviembre del dos mil ocho. Lic. Antonio Oreamuno Blanco, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las doce horas del dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, los señores Christian Herrara León y Flor Del Carmen León Meza, constituyeron la sociedad denominada Agroindustrial Herrera Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en San José, Sabana Sur, edificio La Colmena, piso dos, con un capital social de diez mil dólares, correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario de la compañía. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Ana Sophia Lobo León, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante la suscrita notaria, Ana Sophia Lobo León, a las diecinueve horas del dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad denominada Del Huerto Sociedad Anónima, modificándose la cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo. San José, dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario Fernando Gómez Concepción, hace constar que bajo la escritura número ciento ochenta y dos, se constituye la sociedad Montañas del Barco de Punta Burica S. A., donde es presidente y apoderado generalísimo y sin límite de suma, ostentado además la representación judicial y extrajudicial de la citada firma el señor: Luis Méndez González. Lic. Fernando Gómez Concepción, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario Fernando Gómez Concepción, hace constar que bajo la escritura numero setenta y cinco se constituye la sociedad Ragrama S. A., donde es presidente y apoderado generalísimo y sin límite de suma, ostentado además la representación judicial y extrajudicial de la citada firma el señor: Rafael Ángel Cascante Quesada. Lic. Fernando Gómez Concepción, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito notario Fernando Gómez Concepción, hace constar que bajo la escritura numero trescientos catorce se constituye la sociedad Vareliz S. A., donde es presidente y apoderado generalísimo y sin límite de suma, ostentado además la representación judicial y extrajudicial de la citada firma el señor: Olivier Gerardo Vargas Hernández. Lic. Fernando Gómez Concepción, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura número cincuenta y uno, otorgada ante la notaria Raquel Bello Fernández, a las diez horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil nueve, se constituyó Soluciones Integrales de Capital Humano S. A. Sus socios: Mayela Sequeira Castillo e Hilda Herrera Murillo. Capital suscrito y pagado. San José, 15 de diciembre del Lic. Raquel Bello Fernández, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Mediante escritura número dieciséis, otorgada ante mi notaría, a las doce treinta horas del diecisiete de diciembre del dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Monterrey Hierro Siete S. A., por virtud de la cual se reforma la cláusula sexta, segunda, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal. Grecia, 17 de diciembre del Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario. 1 vez. RP (IN ).

44 Pág 44 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las doce horas y treinta minutos del día quince de diciembre del año en curso, se modifica junta directiva y se revoca poder generalísimo de la sociedad denominada A.L.CALALO Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A. San José a las once horas del diecisiete de diciembre del dos mil nueve. Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada, a las ocho horas del día de hoy, ante el suscrito notario, se reformó la cláusula segunda de los estatutos de la compañía Corporación B.L Noventa y Seis de Santa Ana S. A. San José, 17 de diciembre del Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, se constituyó la compañía LANDCR.COM Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil colones. Representante: Tony Valentino Bianchini, Adela Hernández Martínez. Lic. Geovanny Yedizlav Ramírez Arguedas, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada, a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil nueve, se presentan ante la suscrita notaria los señores Max Agüero Chavarría, Sonia María Chavarría Sanabria y Jorge Randall Campos Chanto, los cuales constituyen una sociedad anónima denominada Agüero Chavarría Sociedad Anónima. San José, 17 de diciembre del Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Ante esta notaría, por escritura otorgada en Cartago el día veintiséis de octubre del año dos mil nueve, se reforma el domicilio y la representación de la sociedad Constructora Comercial Monsol C.C.M. S. A., para que el presidente y secretario ejerzan la representación como apoderados generalísimos sin límite de suma en forma conjunta o separada. Cartago, veintinueve de octubre del año dos mil nueve. Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada, ante el notario público Óscar Guillermo Barrantes Chacón, a las 13:00 horas del 16 de diciembre del 2009, Corporación Anhira Internacional Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula sétima del pacto social de la compañía. San José, 16 de diciembre del Lic. Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada, ante el notario público Óscar Guillermo Barrantes Chacón, a las 12:00 horas del 16 de diciembre del 2009, Laboratorios y Representaciones Internacionales Sociedad Anónima protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula sétima del pacto social de la compañía. San José, 16 de diciembre del Lic. Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada, ante el notario público Óscar Guillermo Barrantes Chacón a las 11:00 horas del 16 de diciembre del 2009, Distribuidora Ancla Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula novena del pacto social de la compañía. San José, 16 de diciembre del Lic. Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario. 1 vez. RP (IN ). Por escritura otorgada, ante el notario público Óscar Guillermo Barrantes Chacón, a las 10:00 horas del 16 de diciembre del 2009, Laboratorios Ancla Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas modificando la cláusula sétima del pacto social de la compañía. San José, 16 de diciembre del Lic. Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Eduardo Piedra Vega, mayor, soltero, chofer, con cédula de identidad número uno-setecientos setenta y nueve-quinientos diecisiete, en calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Transportes Pive Sociedad Anónima, mismo que tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro Público, sección personas jurídicas que se publique el edicto correspondiente, a dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario. 1 vez. RP (IN ). El suscrito Felipe Andrés Calvo Fallas, mayor, soltero, mecánico, cédula de identidad número uno-novecientos cinco-cero cero uno, en calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Grúas Pipe Parrita Sociedad Anónima, mismo que tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas que se publique el edicto correspondiente, a sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social. San José, quince de diciembre del año dos mil nueve. Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario. 1 vez. RP (IN ). NOTIFICACIONES OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Señor Gilberto Ugalde Pérez Presente Para lo pertinente se les participa formalmente que en la Sesión Ordinaria del 18 de agosto del 2009, la Junta Directiva adoptó el acuerdo que en lo conducente se indica: Artículo Se conoce oficio DAJ de la Dirección de Asuntos Jurídicos referente a procedimiento administrativo ordinario, para averiguar la verdad real de los hechos respecto al presunto traspaso sin autorización de la concesión TH-457 por el señor Gilberto Ugalde Pérez. Considerando: 1º Que el Consejo de Transporte Público promovió el Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis conforme lo establecido en la Ley Nº 7969 Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi. 2º Que dicha norma, no solamente crea al Consejo de Transporte Público como órgano de desconcentración máxima adscritos al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, especializado en la materia de transporte público por vías públicas terrestres, conforme lo establecido en el criterio C de la Procuraduría General de la República, sino que además establece la obligación de la administración de promover el Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, así como las condiciones necesarias para brindar el servicio público remunerado de personas en vehículos en la modalidad de taxi, conforme los parámetros establecidos en dicha norma. 3º Que la Ley 7969 y el Decreto Ejecutivo MOPT y su reforma, Decreto Ejecutivo MOPT establecieron los parámetros o requisitos necesarios para ser oferente dentro del Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, así como las causas de origen y extinción del derecho de concesión. 4º Que el Artículo 40 inciso a) de la Ley 7969, establece las causales de extinción de la concesión dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, entre las cuales se señala el incumplir con los deberes señalados en el contrato, indica en lo que interesa la citada norma lo siguiente: Artículo 40. Extinción de la concesión. El Consejo podrá cancelar la concesión administrativamente, de conformidad con las siguientes causales: a) Incumplir las obligaciones y los deberes fijados en esta ley, su reglamento, el contrato o las leyes y reglamentos conexos b).... 5º Que como se comprende de la anterior trascripción, una concesionario no puede disponer de la concesión otorgada libremente, sino que está limitada por una serie de normas legales. 6º Que la potestad anteriormente señalada es reproducida por la Cláusula XI del Contrato de Concesión, en sus incisos a) y b) los cuales señalan que serán causales por las cuales el concedente el Consejo de Transporte Público podrá cancelar la concesión: el incumplimiento comprobado de las obligaciones y condiciones establecidas en la normativa vigente, así como el incumplimiento de los términos y compromisos asumidos contractualmente en el Artículo 40 de la Ley Nº º Que específicamente establece el inciso d) de la cláusula antes mencionada lo siguiente: La concesión podrá ser caducada por parte del concedente, previo procedimiento administrativo: a), b), c), d) Ceder, transferir de algún modo o alquilar la concesión sin contar con la autorización del Consejo de Transporte Público 8º Que de lo anterior se demuestra que, conforme a las potestades que otorga el ordenamiento jurídico vigente, el Consejo de Transporte Público podrá caducar aquellas concesiones en las cuales sus titulares hayan traspasado, aunque sea solamente de hecho, las concesiones sin previa autorización del Consejo de Transporte Publico, compromiso que deriva de Ley 7969, el Decreto Ejecutivo MOPT y sus reformas y el contrato de concesión. 9º Que por Ley las concesiones y permisos de transporte público remunerado de personas, en sus distintas modalidades, y concretamente en vehículos taxis, es un servicio público, propiedad estatal, que la Administración delega en particulares su explotación, reservándose el derecho de regularlos, controlarlos y vigilarlos, tal y como lo disponen los artículos 1 y 2 de la Ley 3503, que disponen: Artículo 1º El transporte remunerado de personas en vehículos automotores colectivos, excepto los automóviles de servicio de taxi regulados en otra ley, que se lleva a cabo por calles, carreteras y caminos dentro del territorio nacional es un servicio público, regulado, controlado y vigilado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. La prestación es delegada en particulares a quienes autoriza expresamente, de acuerdo con las normas aquí establecidas.

45 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 45 Artículo 2º Es competencia del Ministerio de Transportes lo relativo al tránsito y transporte automotor de personas en el país. Este Ministerio podrá tomar a su cargo la prestación de estos servicios públicos ya sea en forma directa o mediante otras instituciones del Estado o bien conceder derechos a empresarios particulares para explotarlos. 10. Que por su parte, la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, establece en lo que interesa lo siguiente: Artículo 1º Definiciones Que para efectos de la aplicación y hermenéutica de la presente ley, se definen los siguientes términos: a) b) c) d) Concesión administrativa: Derecho de explotación que se formaliza mediante un contrato por plazo determinado que se otorga a un particular para prestar el servicio de transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi. e) f) g) Servicio: Servicio público de transporte remunerado de personas en vehículos en la modalidad de taxi. 11. Que es sin lugar a dudas, el transporte remunerado de personas en vehículos automotores en la modalidad de taxi es un SERVICIO PÚBLICO que se encuentra afectado por la publicatio realizada por el legislador en el Artículo 2 de la Ley Nº 7969, el cual dispone de forma literal lo siguiente: Artículo 2º Naturaleza de la prestación del servicio Para todos los efectos legales y de prestaciones, el transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi se considera como un servicio público que se explotará mediante la figura de la concesión administrativa, con los procedimientos especiales establecidos en esta ley y su reglamento. 12. Que como se desprende de la anterior norma, para explotar dicho servicio se requiere de una concesión administrativa previa, la cual con fundamento en la normativa de rito debe ser otorgada por el Consejo de Transporte Público en ejercicio de las facultades que la Ley 7969 en sus artículos 3 y 7 le otorgan. Así, señala el Artículo tercero de la citada ley que: Artículo 3º Ámbito de aplicación a) El Consejo de Transporte Público, órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, regula y controla en todo el territorio nacional el transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi. b) Para la prestación del servicio de taxi, se requerirá obtener del Consejo, el otorgamiento de una concesión administrativa, la cual se adjudicará por medio del procedimiento especial abreviado dispuesto en la presente ley. No obstante lo anterior, se respetarán, en todos los casos, los principios generales que informan la contratación administrativa. 13. Que la necesidad de la concesión administrativa previa es desarrollada en el numeral 29 de la Ley Nº 7969, en el cual se establecen los parámetros generales para resultar como adjudicatario de una concesión de taxi, la cual tiene como todos aquellos contratos de concesión realizados por la administración pública, la condición intuito personae del contrato de concesión, al respecto la Sala Constitucional en la resolución de las dieciséis horas seis minutos del tres de octubre de 1995, señaló en lo que interesa lo siguiente: V. Del caracter personalísimo de las concesiones. Así, una característica típica de la contratación administrativa es que crea una obligación o un derecho personal a cargo o a favor del contratante, según se esté en presencia de colaboración o de atribución, respectivamente; dicho en otros términos, se trata de un acto intuito personae. Así, resulta preponderante la elección de la autoridad concedente respecto del concesionario cuya competencia técnica y capacidad financiera y ética garanticen la mejor ejecución del servicio público. De ese carácter personalísimo de la contratación administrativa se desprende el corolario de que el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato le corresponden personalmente al concesionario, lo que no excluye la posibilidad de una transferencia de la concesión bajo ciertos supuestos. La confianza que le ha sido acordada por la Administración no puede ser alterada por una transmisión a tercero no autorizada administrativamente, motivo por el cual el concesionario está obligado a ejecutar por sí mismo la concesión; el principio intuito personae entraña la ilicitud de las cesiones y subcontrataciones no autorizadas. Así, salvo el supuesto de que el ordenamiento jurídico lo permita y el contrato lo autorice ab initio, sin autorización expresa de la Administración, el concesionario no puede ceder o transferir el contrato, introduciendo o colocando a un tercero en lugar suyo; todos los contratos de la Administración se conciertan intuito personae, por lo que, por regla general, no se pueden ceder a terceros, ni transmitirse a los causahabientes los derechos y obligaciones que dimanan de ellos, sin autorización expresa de la Administración. Asimismo, tampoco puede, sin la autorización de la Administración Pública, subcontratar recibiendo la colaboración de un tercero. La necesidad de previa autorización en la transmisión inter vivos o mortis causa no es un requisito meramente formal, sino un requisito ad solemnitatem, ya que hacen ineficaz y sin efecto alguno para la propia Administración la transmisión que no cuenta con la anuencia de la Administración. De este modo, constituye una obligación fundamental del concesionario el ejercer por sí mismo la concesión, de ahí que el cambio de titularidad sin autorización administrativa previa y expresa constituye un grave incumplimiento de la concesión, que faculta para declarar la caducidad del contrato. Estas limitaciones existen por sí mismas, en razón de la naturaleza de los contratos administrativos, por lo que no resulta necesario incluirlas en el contrato 14. Que en el presente caso y según la prueba que consta en autos, en el folio 21 del expediente administrativo del procedimiento ordinario, el señor Gilberto Ugalde Pérez, presentó como parte de los documentos necesarios para tramitar la solicitud de cesión de la concesión, una constancia de salario, en la que se indica que dicho señor trabaja para la Dirección Regional Central del Instituto Costarricense de Electricidad, como trabajador permanente, en el puesto de técnico de redes de distribución eléctrica 3, e ingresó a dicha institución el 01 de diciembre de 1975, y a la fecha de emisión de la constancia, el 09 de marzo del 2009, devengaba un salario de Resulta importante también indicar que en la oferta Nº 45257, el señor Ugalde Pérez, indicó que desde el año 1995 al año 1999 no había cotizado para la Caja Costarricense del Seguro Social, no obstante, en la certificación mencionada, se indica que dicho señor labora desde el año 1975, contradiciendo la información aportada en la oferta. 15. Que además, en la gestión de solicitud de cesión indicó, que la misma se presentaba en virtud de que había encontrado una mejor oportunidad laboral en el Instituto Costarricense de Electricidad, sin embargo, posteriormente presentó una solicitud el 09 de noviembre del 2007, para que se suspendiera la tramitación de la cesión, y no volvió a gestionar nada en este sentido, pese a que laboraba para dicha institución, y por tanto acuerdan no puede asumir las obligaciones atinentes al funcionamiento de la concesión. 16. Que las circunstancias mencionadas, evidencian que el señor Ugalde Pérez, no administra su concesión de forma personal, pues el trabajo que desempeña en el ICE, es de tiempo completo, y le genera suficientes ingresos, además su intención de ceder la concesión, aún tramitando el cambio de unidad pone de manifiesto, que no es él quien se responsabiliza por el cuidado y manejo del vehículo que ampara la concesión, ni de su administración y buen funcionamiento. 17. Que habiéndose demostrado que el señor Ugalde Pérez transfirió la concesión de taxi, sin autorización del Consejo de Transporte Publico, e incurrió en una de las causales previstas tanto en el contrato de concesión para la extinción de la concesión como en la Ley 7969, se recomienda aplicar la sanción prevista por el ordenamiento jurídico para este tipo de incumplimientos, cual es la declaratoria de la caducidad del derecho de concesión. Por tanto: ACUERDAN EN FIRME Acoger las recomendaciones de la Comisión de Análisis Previo y por ello: 1. Decretar la caducidad del derecho de concesión de la placa TH-457 al tenerse por demostrada la transferencia sin autorización por parte del señor GILBERTO UGALDE PÉREZ de la concesión otorgada por el Consejo de Transporte Público. 2. Notificar a la Dirección General de la Policía de Tránsito para que proceda a recoger la placa TH-457 a fin de que la ponga a las órdenes del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, el cual hará el trámite correspondiente ante el Registro Público de la Propiedad de Bienes Muebles. 3. Notificar al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos para que realice el trámite correspondiente a la desinscripción del vehículo. 4. Notificar lo resuelto al señor Gilberto Ugalde Pérez a través de una publicación por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. 5. Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso de revocatoria ante el Consejo de Transporte Público, con apelación en subsidio para ante el Tribunal Administrativo de Transportes, ambos recursos deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Yolanda Mora Madrigal, Jefa Secretaria Ejecutiva. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Señor Orozco Vargas Roberto Guido Presente Para lo pertinente se les participa formalmente que en la Sesión Ordinaria del 20 de octubre de 2009, la Junta Directiva adoptó el acuerdo que en lo conducente se indica: Artículo Se conoce oficio DAJ de la Dirección de Asuntos Jurídicos, referente a solicitud de conclusión de procedimiento administrativo ordinario para averiguar la verdad de los hechos respecto a supuestas irregularidades en el servicio remunerado de personas en la modalidad de taxi de la placa TSJ 6278, a favor del concesionario Orozco Vargas Roberto Guido.

46 Pág 46 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Considerando: 1º Que mediante, artículo 5.18 de la sesión ordinaria , de fecha 27 de marzo de 2006, realizada por la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Transporte Público, en el cual la Junta Directiva comisiona a esta Dirección, iniciar procedimiento administrativo ordinario para la averiguación de la verdad real de los hechos, respecto a las supuestas irregularidades en la prestación del servicio remunerado de personas en la modalidad taxi en la placa TSJ 6278, a favor del concesionario Orozco Vargas Roberto Guido, cédula de identidad número º Que se confecciona expediente administrativo Nº PC, que contiene certificación de movimientos migratorios, emitido por la Dirección de Migración y Extranjería de los períodos 2000 al 2003 y 2004 al 2006 de fechas 6 de junio de 2006, a nombre del concesionario Orozco Vargas Roberto Guido, cédula de identidad número ( Ver folio 18 y 19), Contrato de Concesión de la placa TSJ 6278, firmado por el señor Arsenio Díaz García en su calidad de Apoderado Generalísima sin Límite de Suma en fecha 15 de marzo del 2005 ( Ver folios 9 al 14 ), fotocopias de las cédulas de identidad de los señores Orozco Vargas y Díaz García (Ver folio 7 y 8) así como certificación de la Dirección de Migración y Extranjería del período 2000 a 2003, y 2004 a 2006 de fechas 06 de junio 2006 (Ver folio 18 y 19), copia de la oferta Nº (Ver folio 1 a 4) donde se incluye declaración jurada (Ver folio 1 ) y apertura de procedimiento administrativo (Ver folios 20 a 23). 3º Que esta Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante expediente Nº11-06-PC, inicio Procedimiento Administrativo Ordinario de caducidad de la concesión administrativa modalidad taxi placa TSJ 6278 (Ver folios 28 a 35), designándose al Bach. Carlos Roberto González Morera, instructor del Órgano Director de investigación para determinar la veracidad de los hechos, confiriéndole audiencia de ley al concesionario Orozco Vargas Roberto Guido, cédula de identidad número , a las ocho horas del 09 de marzo de 2009, con el fin de que ejerciera su derecho de defensa y ofreciera las pruebas de su interés respecto al traslado de cargos realizado. 4º Que por ser imprecisa la dirección para notificaciones, la notificación del inició del procedimiento administrativo ordinario de caducidad, se realizó mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta (Ver folios 31 y 32). 5º Que el señor Orozco Vargas Roberto Guido, cédula de identidad número no concurrió a la Audiencia oral y privada de las ocho horas del 09 de marzo de 2009, por lo que tal y como se le advirtió en el traslado de cargos al no hacer uso de su derecho de defensa el asunto se resolverá con las pruebas existentes. 6º Que no obstante no haber concurrido a la audiencia oral y privada de las ocho horas del 09 de marzo de 2009, el señor Orozco Guido aporta al expediente escrito de fecha 22 de julio de 2009, el cual se acepta como prueba para mejor resolver. Considerando: Para efectos de dictar la presente resolución, con vista del expediente administrativo Nº PC correspondiente al presente procedimiento administrativo ordinario de caducidad, consta de 35 folios útiles y se tienen por acreditados los siguientes hechos: 1º La Ley Nº 7969 regula la materia del Servicio de Transporte Público Remunerado de Personas en la Modalidad Taxi, estableciéndose claramente los objetivos y responsabilidades que tienen los concesionarios de dicho servicio como se contempla en los siguientes artículos: Artículo 2º Establece la naturaleza de la prestación del servicio: Para todos los efectos legales y de prestaciones, el transportes remunerado de personas en la modalidad taxi se considera como un servicio público que se explotará mediante la figura de la concesión administrativa... Artículo 29. Concesión Administrativa previa:..., inciso c) Se otorgará una sola concesión administrativa por particular, la cual amparará la explotación del servicio público con un vehículo. Inciso d) Ninguna persona adjudicataria de una concesión podrá compartir, total o parcialmente, los derechos de concesión adjudicados a otra que, a su vez, sea adjudicataria de otra concesión de servicio público remunerado de personas, en otras modalidades de transporte terrestre. Artículo 38. Medio de Formalización: El contrato de concesión se formalizará en un documento que especifique los derechos y las obligaciones de las partes contratantes, así como el régimen de sanciones y causas que originan la cancelación de la concesión. Artículo 40. Extinción de la concesión, inciso a) Incumplir las obligaciones y los deberes fijados en está ley, su reglamento, el contrato o leyes y reglamentos conexos. Y en el inciso c) Ceder la concesión a favor de un tercero, sin autorización del Consejo. Artículo 48. Requisitos subjetivos del Concesionario,...inciso d) Comprometerse, mediante declaración jurada rendida ante notario público, a conducir personalmente, al menos durante una jornada de ocho horas diarias, el vehículo amparado a la concesión. (Subrayado no es de original ) De ahí que se deduzca la normativa expuesta anteriormente como la base legal del formulario de oferta Nº del concesionario Orozco Vargas Roberto Guido, cédula de identidad número , ( Ver folios 1 al 4) dentro del cual se indica en el aparte G- la obligación del oferente de aportar a la Administración declaración jurada de forma voluntaria indicando expresamente estar conforme con lo establecido en el artículo 48 de la citada Ley, comprometiéndose a prestar el servicio personalmente por lo menos ocho horas diarias en caso de ser adjudicado como es el caso de marras ( Ver folio 1). Aunado a la afirmación anterior, esta administración tiene como amparo legal las disposiciones contractuales consignadas en el contrato de concesión de la placa TSJ 6278 y que de seguido se transcriben: Artículo 3, inciso a), De la explotación del servicio:...a) El concesionario se obliga a cumplir con las obligaciones ofrecidas en la oferta de licitación, así como las obligaciones y compromisos establecidos en la normativa vigente... Artículo 5, inciso a), c), d) y g) De las obligaciones del Concesionario: A) Prestar el servicio bajo los principios del servicio público, para asegurar su continuidad..., c) Cumplir con la normativa vigente..., d) se compromete a que él, así como los conductores que contrate para la operación del servicio en horario diferente cuente..., g) a conducir personalmente, al menos una jornada de ocho diarias, el vehículo amparado a esta concesión. (Subrayado no es de Original) Artículo 7 inciso c), Atribuciones y obligaciones del concedente:...c) Concedente aplicará la normativa reglamentaria en lo referente a la prestación de los servicios, así como los aspectos vinculados al control y fiscalización de los mismos, igualmente supervisará la explotación de la concesión por medio del personal que designe y tendrá las facultades de inspección y control, así como la consecuente potestad penalizadora previo procedimiento administrativo... (Subrayado no es del original) Artículo 11. De las causales de caducidad de la concesión: La concesión podrá ser caducada por parte del concedente, previo procedimiento administrativo: inciso a) Por incumplimiento comprobado de las obligaciones y condiciones establecidas en la normativa vigente, en los términos y compromisos asumidos contractualmente y el acuerdo de adjudicación de la concesión....inciso j) La no prestación personal del servicio( mínimo 8 horas) sin tener para ello autorización del Consejo... (Subrayado no es del original) Artículo 14.- Señalamiento de lugar para oír notificaciones: A efecto de que el Consejo de Transporte Público, comunique las directrices administrativas que sean necesarias para que este servicio público se lleve a cabo en forma eficiente y en beneficio del usuario, conceder audiencias para velar por el debido proceso, así como para la comunicación de cualquier acto administrativo emitido por el concedente... (Subrayado no es del original) 2º Que el concesionario Orozco Vargas Roberto Guido, cédula de identidad número , participó en la Licitación Pública referente al Primer Procedimiento Especial Abreviado en la modalidad taxi, con la oferta Nº ( Ver folios 1 al 4), saliendo adjudicado con una concesión de una placa de taxi en la provincia de San José con vehículo tipo sedán, de conformidad con los artículos 01 de la sesión extraordinaria , publicado en Alcance 75-A a La Gaceta 207, de fecha 29 de octubre del 2001, y artículo 04 de la sesión ordinaria , de fecha 23 de abril del 2002, publicado en Alcance 35 a la Gaceta 83 del 02 de mayo del 2002, ambos de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público. (Ver folio 5). 3º En fecha 15 de marzo de 2005, procede a firmar el contrato de concesión de taxi TSJ 6278 ( Ver folios 9 al 14), el señor Arsenio Díaz García, cédula , en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, según testimonio de escritura pública número doscientos seis, visible al folio ciento seis vuelto, del tomo uno del protocolo del Notario Público Licenciado Oscar Hernández Salazar ( Ver folio 36 ) que consta en expediente administrativo No PC. 4º Mediante oficio DAJ esta Dirección Jurídica recomendó a los señores miembros de la Junta Directiva de este Consejo, iniciar procedimiento administrativo para averiguar la verdad de los hechos por incumplimiento al artículo 48 de la Ley Nº 7969, informe que fue acogido por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público según artículo 5.18 de la sesión ordinaria , de fecha 27 de marzo de 2006, y notificado por la Secretaría Ejecutiva de este Consejo, en el cual ordena a esta Dirección iniciar el procedimiento administrativo indicado. 5º Se confeccionó por esta Dirección expediente administrativo Nº PC, dentro del cual se designa al Bach Carlos Roberto González Morera como instructor del Órgano Director de investigación para determinar la veracidad de los hechos respecto a la no prestación del servicio remunerado de personas en modalidad taxi placa número TSJ 6278, de forma personal por el concesionario Orozco Vargas, para lo cual se confirió audiencia oral y privada para las ocho horas del 09 de marzo del 2009, al concesionario Orozco Vargas. 6º Que el inicio del procedimiento administrativo de caducidad fue notificado al concesionario Roberto Guido Orozco Vargas mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta. ( Ver folios 31 y 32 ). 7º Que constan en el expediente administrativo certificación extendida por la Dirección de Migración y Extranjería respecto a los movimientos migratorios del señor Roberto Guido Orozco Vargas, para los períodos 2000 a 2003, y 2004 al 2006, donde se consignan los siguientes datos:

47 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 47 Fecha Certificación Periodos Movimiento y Fecha 06 junio al 2003 No registra movimientos migratorios. (F. 27) 06 junio al 2006 Salida: (F. 06) De los anteriores movimientos migratorios se desprende que el concesionario Roberto Guido Orozco Vargas, cédula salió del país el día veintitrés de febrero del 2005 y al día 06 de junio del 2006 no había ingresado a territorio nacional, por lo cual ha incumplido con las obligaciones contractuales y legales contraídas con la Administración, respecto a la prestación del servicio de transporte remunerado de personas en la modalidad taxi en forma personal en un máximo de ocho horas diarias. 8º Que el concesionario Roberto Guido Orozco Vargas no se presentó a la comparencia programada para las ocho horas del día 09 de marzo del dos mil nueve, no haciendo uso de su derecho de defensa, debiendo resolverse el presente procedimiento administrativo ordinario con las pruebas existentes. No obstante el día 22 de julio de 2009 presenta escrito ante esta Asesoría Jurídica el cual se incorpora como prueba para mejor resolver. 9º Que el señor Orozco Vargas indica mediante nota de fecha 22 de julio de 2009, en lo conducente e interesa lo siguiente: solicito a ese Consejo la total eliminación de la concesión que; aunque fue vendida al señor Arsenio Díaz en el año 2000, posteriormente se usó para fines de cambios tanto en este despacho como en el Registro Público en forma dolosa; según consta en las acciones judiciales; exp NO del Tribunal o Juzgado Notarial; y al circuito II Judicial en la demanda penal exp. Que fue pasado a la Unidad especializada en fraudes del O.I.J con el Nº PE. Favor resolver a derecho. Este Órgano Director habiendo analizado la prueba documental que consta en autos, puede concluir que el concesionario no ha brindado el servicio de transporte remunerado de personas en la modalidad taxi personalmente tal y como se comprometió con este Consejo y tal y como lo manifiesta el propio concesionario, incluso manifiesta que solicita la total eliminación de la concesión administrativa modalidad taxi placa TSJ Considerando de fondo: De las pruebas que se han relacionado en los considerandos anteriores se logró demostrar que el concesionario Roberto Guido Orozco Vargas, cédula no cumplió con el compromiso adquirido con la Administración, cuando se le concedió la adjudicación de la placa de taxi TSJ 6278, puesto que el concesionario a través de declaración jurada presentada en la oferta Nº , expreso voluntariamente prestar el servicio de forma personal con una jornada laboral mínima de ocho horas diarias, obligación que igualmente se encuentra contemplada en la Ley Nº 7969 y las cláusulas contractuales expuestas. Asimismo se puede comprobar dentro del expediente la manifestación de voluntad que dio el concesionario a la Administración, mediante la declaración jurada (Ver folio 1) donde indicó que se comprometía a prestar el servicio personalmente en una jornada ordinaria mínima de ocho horas diarias y en la oferta presentada no señalo acogerse a las excepciones previstas en el artículo 49 de la Ley Nº 7969, indicando que posee licencia y código de conductor. Este órgano director considera procedente dictar la caducidad de la concesión de la placa de taxi TSJ 6278 por haberse corroborado por parte de la Administración, la no prestación personal del servicio por parte del Concesionario Roberto Guido Orozco Vargas, cédula , en una jornada diaria mínima de ocho horas, al encontrarse que el concesionario ha salido del país y manifestado expresamente que no presta el servicio desde el año 2000 fecha en que le vendió la concesión al señor Díaz García, por lo que solicita la cancelación de la concesión, de conformidad con las pruebas que constan en el. Por tanto: ACUERDAN EN FIRME Acoger las recomendaciones de la Comisión de Análisis Previo y por ello: 1. Por las razones de hecho y derecho expuestas este órgano director tiene por demostrado la no prestación personal del servicio de transporte remunerado de personas en la modalidad taxi por parte del Concesionario Roberto Guido Orozco Vargas, cédula , en una jornada mínima de de ocho horas diarias, dado que estuvo fuera del país, según certificaciones de movimientos migratorios de la Dirección de Migración y Extranjería, produciéndose de esta manera un incumplimiento a lo establecido en los artículos 2, 29, 38, 40 y 48 inciso d) de la Ley Nº 7969 y lo establecido en los artículos 3, 5 inciso g), 7, 11 inciso j), del Contrato de Concesión de la Placa TSJ Proceder a la cancelación de la concesión del servicio público modalidad taxi placas TSJ 6278, a favor del concesionario Roberto Guido Orozco Vargas, cédula , y ordenar al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, en coordinación con la Dirección General de la Policía de Tránsito, recoger la citada placa de taxi, que se encuentra destacada en la base de operación descrita como Area Metropolitana Provincia cantón de San José, para que dicha concesión regrese a la Administración. 3.- Ordenar al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, Oficina de taxis, realizar las providencias del caso para eliminar de los registros de concesiones al señor Roberto Guido Orozco Vargas, cédula de identidad número ) El expediente Nº PC que consta de 36 folios queda en custodia de la Dirección de Asuntos Jurídicos. 2) Notifíquese: Por encontrarnos en los supuestos establecidos en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública; procédase a enviar el acuerdo que se adopte para su publicación íntegra por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. 4/ Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso de revocatoria ante el Consejo de Transporte Público, con apelación en subsidio para ante el Tribunal Administrativo de Transportes, ambos recursos deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Yolanda Mora Madrigal, Jefa, Secretaria Ejecutiva. O.C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Señor Gerardo Solís Méndez Presente Para lo pertinente se les participa formalmente que en la Sesión Ordinaria del 18 de agosto del 2009, la Junta Directiva adoptó el acuerdo que en lo conducente se indica: Artículo Se conoce el oficio DAJ de la Dirección de Asuntos Jurídicos referente al procedimiento administrativo ordinario para averiguar la verdad de los hechos respecto a supuestas irregularidades en el servicio remunerado de personas en la modalidad de taxi de la placa TSJ Considerando: 1º Que el Consejo de Transporte Público promovió el Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis conforme lo establecido en la Ley Nº 7969 Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi. 2º Que dicha norma, no solamente crea al Consejo de Transporte Público y al Tribunal Administrativo de Transporte como órganos de desconcentración máxima adscritos al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, especializados en la materia de transporte público por vías públicas terrestres, conforme lo establecido en el criterio C de la Procuraduría General de la República, sino que además establece la obligación de la administración de promover el Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, así como las condiciones necesarias para brindar el servicio público remunerado de personas en vehículos en la modalidad de taxi, conforme los parámetros establecidos en dicha norma. 3º Que la Ley 7969 y el Decreto Ejecutivo MOPT y su reforma, Decreto Ejecutivo MOPT establecieron los parámetros o requisitos necesarios para ser oferente dentro del Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, así como las causas de origen y extinción del derecho de concesión. 4. Que el Artículo 40 inciso a) de la Ley 7969, establece las causales de extinción de la concesión dentro del Primer Procedimiento Especial Abreviado de Taxis, entre las cuales se señala el incumplir con los deberes señalados en el contrato, indica en lo que interesa la citada norma lo siguiente: Artículo 40.- Extinción de la concesión. El Consejo podrá cancelar la concesión administrativamente, de conformidad con las siguientes causales: a) Incumplir las obligaciones y los deberes fijados en esta ley, su reglamento, el contrato o las leyes y reglamentos conexos b).... 5º Que como se comprende de la anterior trascripción, un concesionario no puede disponer de la concesión otorgada libremente, sino que está limitada por una serie de normas legales que debe cumplir durante todo el periodo de vigencia de la concesión. 6º Que la potestad anteriormente señalada es reproducida por la Cláusula XI del Contrato de Concesión, en sus incisos a) y b) los cuales señalan que serán causales por las cuales el concedente el Consejo de Transporte Público podrá cancelar la concesión: el incumplimiento comprobado de las obligaciones y condiciones establecidas en la normativa vigente, así como el incumplimiento de los términos y compromisos asumidos contractualmente en el Artículo 40 de la Ley Nº Además el inciso j) de esta misma cláusula establece como casual de caducidad de la concesión lo siguiente La concesión podrá ser caducada por parte del concedente, previo procedimiento administrativo: a), b), c), d)..., e), f), h), i), j) La no prestación personal del servicio (mínimo 8 horas), sin tener para ello la autorización del Consejo de Transporte Público 7º Que además es importante señalar, que el artículo 48 inciso d) de la Ley 7969, establece como obligación y requisito subjetivo del concesionario el conducir personalmente durante una jornada de ocho horas el vehículo amparado por la concesión.

48 Pág 48 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del º Que de lo anterior se demuestra que, conforme a las potestades que otorga el ordenamiento jurídico vigente, el Consejo de Transporte Público podrá caducar aquellas concesiones en las cuales sus titulares incumplan su compromiso de conducir durante ocho horas el vehículo objeto de la concesión. 9º Que en relación a lo anterior, y de acuerdo a la prueba que consta en autos, sea la certificación expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería, el señor Solís Méndez sale y entra del país por periodos de varios días, a veces dos veces al mes, durante prácticamente todos los meses del año. Esto constituye una prueba irrefutable, pues indica que durante esos días no puede cumplir con su obligación de conducir personalmente una jornada de ocho horas diarias y que descuida la administración personal del servicio. 10. Que en este asunto también constituye prueba importante el hecho de que el señor Solís Méndez, otorgó un poder al señor José Antonio Solís Elizondo, cuya cita de inscripción es la Este poder quedó inscrito el día 19 de mayo del 2005, y se refiere específicamente a los negocios sobre el vehículo con placa TSJ-5021, además le da poder suficiente al apoderado para el retiro de indemnizaciones del INS, del Poder Judicial, así como trámites ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Con esta prueba, se demuestra que el señor Solís Méndez, debido a sus constantes ausencias del país, no mantiene un efectivo control y administración de su concesión y por tanto acuerdan, de sus obligaciones personales, tales como conducir una jornada mínima de ocho horas diarias el vehículo que ampara la concesión. 11. Que de acuerdo a lo anterior, y con las pruebas citadas que constan en el expediente, éstas resultan suficientes para tener por demostrado por parte de el órgano director, el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 48 inciso d), contraviniendo lo dispuesto en la cláusula XI incisos a), b) y j) del contrato de concesión, los cuales establecen la posibilidad por parte del Consejo de Transporte Público de caducar las concesiones previo procedimiento administrativo realizado al efecto cuando se demuestre el incumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato, el cartel, la oferta o la ley 7969, así como la no prestación personal del servicio por un periodo mínimo de ocho horas, sin tener para ello autorización del Consejo de Transporte Publico. 12. Que Que habiéndose demostrado que el señor Solís Méndez incumple la obligación de conducir personalmente el vehículo que ampara la concesión de taxi, incurriendo en una de las causales previstas tanto en el contrato de concesión para la extinción de la concesión como en la Ley 7969, se recomienda aplicar la sanción prevista por el ordenamiento jurídico para este tipo de incumplimientos, cual es la declaratoria de la caducidad del derecho de concesión. Por tanto: ACUERDAN EN FIRME Acoger las recomendaciones de la Comisión de Análisis Previo y por ello 1. Decretar la caducidad del derecho de concesión de la placa TSJ al tenerse por demostrada el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 48 inciso d) de la Ley 7969, por parte del señor Gerardo Solís Méndez. 2. Notificar a la Dirección General de la Policía de Tránsito para que proceda a recoger la placa TSJ-5021 a fin de que la ponga a las órdenes del Departamento de Administración de Concesiones y Permisos, el cual hará el trámite correspondiente ante el Registro Público de la Propiedad de Bienes Muebles. 3. Notificar al Departamento de Administración de Concesiones y Permisos para que realice el trámite correspondiente a la desinscripción del vehículo. 4. Notificar lo resuelto mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por tres veces consecutivas. 5. Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso de revocatoria ante el Consejo de Transporte Público, con apelación en subsidio para ante el Tribunal Administrativo de Transportes, ambos recursos deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Yolanda Mora Madrigal, Jefa Secretaria Ejecutiva. O.C. Nº Solicitud Nº C (IN ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES De conformidad con resolución RMT de las nueve horas del día 2 de octubre del 2009, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del 13 de agosto del 2009, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por González Madrigal Rosario, cédula de identidad Nº , a partir del día 01 de abril del 2009, por la suma de sesenta mil trescientos veinte colones sin céntimos ( ,00), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese. Lic. Álvaro González Alfaro, Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Lic. Róger Porras Rojas, Director. 1 vez. RP (IN ). JUSTICIA Y GRACIA REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Documento Admitido Traslado al Titular Documento: Nulidad por parte de terceros Nº y fecha: Anotación/ de 02/07/2009 Expediente: Registro Nº CAMPINA en clase 29 Marca Mixto. Registro de la Propiedad Industrial, a las 12:15:19 del 5 de noviembre del Conoce este Registro, la solicitud de nulidad, promovida por el Lic. Aarón Montero Sequeira, en su condición de apoderado de la empresa Advanced Total Marketing System Inc, contra el registro de la marca CAMPINA, Registro Nº , la cual protege y distingue leche y productos de leche, quesos y productos de quesos, yogurt y productos a base de yogurt, leche fermentada, cuajada, natilla, y productos elaborados con los mencionados anteriormente, con sabor a fruta, jugos de fruta o condimentos, cremas, mantequillas, aceites y grasas comestibles, aderezo de ensalada, productos lácteos en conserva, suero de leche, y de queso, compuesto de leche usados para preparar o aderezar comidas, proteínas para consumo humano extractos de sopa y carne, caseína, en clase veintinueve internacional, cuya propiedad es de la empresa Campina Nederland Holding B.V. Considerando: Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad por parte de terceros al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al interesado que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº Por tanto: Con base en las razones expuestas y citas de ley respectivas se resuelve: trasladar la solicitud de nulidad por parte de terceros al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese. Bernal E. Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico. RP (IN ). Documento Admitido Traslado al Titular Documento: Cancelación por falta de uso Nº y fecha: Anotación/ de 23/07/2009 Expediente: Registro Nº TRICOM AMIGO KIT en clase 16 Marca Mixto. Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:57:47 del 2 de noviembre de Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Lic. Aaron Montero Sequeira, en calidad de Apoderado de la empresa Administradora de Marcas RD SRL DE CV, contra el registro del signo distintivo TRICOM AMIGO KIT, Registro Nº , el cual protege y distingue: Tarjetas de papel y cartón para servicios propagados de telecomunicación nacional, internacional y celular, en clase 16 internacional, propiedad de Tricom Sociedad Anónima. Considerando: Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al interesado que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº Por tanto:

49 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 49 Con base en las razones expuestas y citas de ley respectivas se resuelve: trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese. Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico. RP (IN ). Documento Admitido Traslado al Titular Documento: Cancelación por falta de uso. Nº y fecha: Anotación/ de 23/07/2009 Expediente: Registro Nº TRICOM AMIGO KIT en clase 9 Marca Mixto. Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:31:11 del 2 de noviembre del Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Lic. Aaron Montero Sequeira, en calidad de Apoderado de la empresa Administradora de Marcas RD SRL DE CV, contra el registro del signo distintivo TRICOM AMIGO KIT, Registro Nº , el cual protege y distingue: Teléfonos celulares, radioteléfonos, teléfonos, radios, radiolocalizadores y otros instrumentos de comunicación a distancia; en clase 9 internacional, propiedad de Tricom Sociedad Anónima. Considerando: Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al interesado que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº Por tanto: Con base en las razones expuestas y citas de ley respectivas se resuelve: trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese. Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico. RP (IN ). Expediente Nº Registro de Propiedad Industrial. A las doce horas del diecinueve de agosto del dos mil seis. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Aarón Montero Sequeira, en su condición de apoderado especial de Administradora de Marcas RD, S DE R.L DE C.V, de la marca ALO MACHO (diseño), en clase 38 internacional, cuyo titular es Contenidos Digitales de México S. A. DE C.V. Se procede a dar traslado al titular del distintivo marcario concediéndole el plazo de un mes calendario, a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente, a efecto de que se apersone y manifieste al respecto, de conformidad con los artículos 37 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Nº 7978 del 6 de enero del 2000, 48 y 49 del Reglamento, para lo cual se le comunica que el expediente está a disposición de las partes en esta Oficina. Se le previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, advirtiéndose que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedarán notificados de las resoluciones posteriores con sólo que trascurran veinticuatro horas después de citadas, conforme lo dispone el artículo 6º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637 del 21 de octubre de Notifíquese. Lic. Johanna Peralta Azofeifa, Asesora Jurídica. RP (IN ). Expediente Nº Registro de Propiedad Industrial. A las once horas del diecinueve de agosto del dos mil seis. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Aarón Montero Sequeira, en su condición de apoderado especial de Administradora de Marcas RD, S DE R.L DE C.V, de la marca ALO. COM (diseño), en clase 38 internacional, cuyo titular es Contenidos Digitales de México S. A. DE C.V. Se procede a dar traslado al titular del distintivo marcario concediéndole el plazo de un mes calendario, a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente, a efecto de que se apersone y manifieste al respecto, de conformidad con los artículos 37 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Nº 7978 del 6 de enero del 2000, 48 y 49 del Reglamento, para lo cual se le comunica que el expediente está a disposición de las partes en esta Oficina. Se le previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, advirtiéndose que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedarán notificados de las resoluciones posteriores con sólo que trascurran veinticuatro horas después de citadas, conforme lo dispone el artículo 6º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637 del 21 de octubre de Notifíquese. Lic. Johanna Peralta Azofeifa, Asesora Jurídica. RP (IN ). Expediente Nº Registro de Propiedad Industrial. A las doce horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil seis. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Aarón Montero Sequeira, en su condición de apoderado especial de Administradora de Marcas RD, S DE R.L DE C.V, de la marca ALO MACHO, en clase 38 internacional, cuyo titular es Contenidos Digitales de México S. A. de C.V. Se procede a dar traslado al titular del distintivo marcario concediéndole el plazo de un mes calendario, a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente, a efecto de que se apersone y manifieste al respecto, de conformidad con los artículos 37 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Nº 7978 del 6 de enero del 2000, 48 y 49 del Reglamento, para lo cual se le comunica que el expediente está a disposición de las partes en esta Oficina. Se le previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, advirtiéndose que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedarán notificados de las resoluciones posteriores con sólo que trascurran veinticuatro horas después de citadas, conforme lo dispone el artículo 6º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637 del 21 de octubre de Notifíquese. Lic. Johanna Peralta Azofeifa, Asesora Jurídica. RP (IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL GERENCIA DE LOGÍSTICA ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Resolución Final para la imposición de sanción administrativa contra la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, derivada del incumplimiento del contrato 2784 del concurso PU , promocionado para la adquisición de servicios atebais. Código: Área de Salud Desamparados 3. Caja Costarricense de Seguro Social, Gerencia de Logística, Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, a las quince horas del siete de diciembre del año dos mil nueve, se resuelve en definitiva sanción administrativa derivada del incumplimiento del Contrato 2784, según PU Resultando 1º Como consecuencia de la participación voluntaria de la firma Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí; en el concurso PU promovido por la Institución para la adquisición de servicios de atabais en el Área de Salud de Desamparados 3, que comprende: la Sede Administrativa, los Ebais de Los Guido, Guido 2, Guido 3, Guido4, Guido 5, Linda Vista, Río Azul, Patarra, Guatuso, Fátima, Dos Cercas y San Lorenzo, la misma resultó adjudicada al cumplir con las condiciones técnicas, administrativas y legales, por lo que se suscribió el contrato 2784 por un monto inicial de ,20 (Veintitrés millones ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y tres colones con 20 cts.) 2º De acuerdo con la orden de compra citada, se pactó la entrega de acuerdo a la naturaleza del servicio y a las necesidades Institucionales. 3º De conformidad con el estudio de entregas realizado por la Subárea de Garantías, se logró determinar que la garantía de cumplimiento se tuvo que ejecutar en vista de el co-contratante no hizo el depósito requerido por la Administración, referente a los daños y perjuicios además que el contrato a petición de la Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí solicitó la renuncia a la ejecución debida del contrato, como falta imputable y sobre el cual se otorgó la audiencia inicial de traslado de cargos, la cual quedó establecida para el 24 de noviembre de º Consecuencia de lo anterior, la Subárea de Garantías aplicó la garantía de cumplimiento por ,00 tal y como lo estipulaba el cartel y la cláusula decimosexta del contrato 2784, que dice: El contratista de previo a la firma del contrato, depositará en calidad de garantía de cumplimiento una suma equivalente al 5% del monto total anual del contrato, que podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 37.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa, con una vigencia no menor de 15 meses. En caso de que se aplicare reajuste de precios o prórroga, dicha garantía de cumplimiento deberá ajustarse proporcionalmente en monto y vigencia según corresponda. 5º En tratándose de las tareas de seguimiento asignadas a la Subárea de Garantías en torno a la ejecución del contrato 2784, se requirió determinar la existencia de daños ocasionados a la Administración, producto de la renuncia a la ejecución del contrato y además del no depósito de los daños y perjuicios ocasionados con dicha conducta. Nótese que la Administración hizo las gestiones pertinentes de reajuste de precios con

50 Pág 50 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 ocasión de que la contratista así lo exigió y mediante oficio DCC , suscrito por la Licenciada Azyhadee Picado Vidaurre, en calidad de Jefe del Departamento de Contabilidad de Costos y Sección de Costos Industriales se determinó el ajuste que correspondía en ese momento por ,00 que para mayor abundamiento véase el folio 77 del expediente de la Sub-Área de Garantías, y sin embargo, recurre dicha firma en afirmar que tiene serios problemas financieros para la ejecución del contrato. Lo anterior es para afirmar de parte de la Administración que no obstante al manejo de los conceptos en materia de reajustes, dicha firma recurrió a la renuncia expresa por problemas financieros, que como se sabe, obedece más que todo a una incorrecta administración, según los hechos que se le presentaron y que se describen en la documentación que conforma el expediente; como paros, no cancelación de salarios y otros. No puede quedar al margen que la Administración se vio en la obligación de ejecutar la garantía de cumplimiento en razón de que se le notificó audiencia a dicha Asociación referente a los daños y perjuicios y nunca contestó siendo esta la génesis de la ejecución de esa garantía, además de que nunca amplió la garantía de cumplimiento a solicitud de la Administración sin que se lograra obtener su pretensión. En todo caso en el oficio A-ASD del 12 de noviembre de 2007 a vista del folio 182 del expediente de Sub-Área de Garantías determina que en el presente caso hubo una nueva contratación con otra firma en vista de que la Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí incumplió con su obligación., por lo que la Tesorería General de la Caja procedió a la ejecución de la Garantía de Cumplimiento por un monto de ,00, además que de acuerdo al oficio DCC del Área de Contabilidad de Costos a folio 161 del expediente de la Sub-Área de Garantías, estima que los daños que se han ocasionado a la Administración son de ,21 y el cálculo de actualización de intereses por parte de la Dirección Actuarial a folio 219 del expediente ya indicado lo estima en ,26 para lo cual véase el folio 219 donde se ubica el oficio DA º Al vencimiento del plazo otorgado en la resolución inicial de traslado de cargos, la firma Asociación Pro-Salud del Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, no presentó descargo alguno; por lo que de acuerdo con lo contemplado en dicha resolución esta circunstancia no impediría que se llegare a dictar la resolución de fondo, lo anterior hizo que la Administración dictara las audiencias mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 220 del 12 de noviembre del 2009, Nº 221 del 13 de noviembre de 2009 y Nº 222 del 16 de noviembre del Considerando: I. Con base en los elementos probatorios definidos previamente, la firma Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, participó en el concurso promovido por la Administración bajo concurso PU para la prestación de servicios de atebais según se explicó con anterioridad. Derivado de lo anterior se suscribió el contrato 2784 por un monto inicial de ,20 (veintitrés millones ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y tres colones con 20 cts), pactándose la entrega de la siguiente manera: de acuerdo a la naturaleza del servicio y a las necesidades institucionales. Consecuencia de lo anterior, la Subárea de Garantías aplicó la garantía de cumplimiento de conformidad con la correspondiente cláusula decimasexta del Contrato 2784, que dice: El contratista de previo a la firma del contrato, depositará en calidad de garantía de cumplimiento una suma equivalente al 5% del monto total anual del contrato, que podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 37.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa, con una vigencia no menor de 15 meses. En caso de que se aplicare reajuste de precios o prórrogas, dicha garantía de cumplimiento deberá ajustarse proporcionalmente en monto y vigencia según corresponda. por un monto de ,00 (Un millón setecientos seis mil colones con 00/100) Véase folios 188 y 189 del expediente de Garantías. No obstante y de conformidad con las tareas de seguimiento en torno a la ejecución del contrato 2784, se requirió determinar la existencia de daños ocasionados a la Administración, con ocasión del retiro o renuncia a la ejecución del contrato. Mediante oficio DCC del 27 de agosto del 2007, suscrito por la Licenciada Azyhadee Picado Vidaurre, en calidad de Jefe del Departamento de Contabilidad de Costos; considera que existe un daño que se le ocasionado a la Administración por un monto de ,21 (Cuatro millones doscientos diecinueve mil doscientos ochenta y tres colones con 21/100) por parte de la Asociación Pro-Salud del Barrio Corazón de Jesús de Aserrí. Por último, mediante DA la Dirección Actuarial informa en relación a la actualización de intereses es por la suma de ,42. II. No existen causales que permitan eximir de responsabilidad al contratista Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, toda vez que de conformidad con el artículo 1023 del Código Civil de Costa Rica, establece que los contratos obligan tanto a los que en ellos se expresa como a las consecuencias que la equidad, el uso o la ley hacen nacer de la obligación. En igual sentido el artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa refiere a la obligación de los contratistas a cumplir cabalmente con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada. Al no haberse ofrecido prueba de descargo o alegatos con tal fin este Órgano Director, no encuentra eximente alguno de responsabilidad frente al demostrado incumplimiento de la firma Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí. III. En relación con la falta imputada, el incumplimiento por el hecho de no renovar garantía de cumplimiento y la renuncia expresa al cumplimiento del contrato, son motivos suficientes para establecer que estamos en presencia de un incumplimiento de la empresa Asociación Pro- Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, con ocasión de la ejecución del contrato 2784 lo cual se encasilla en lo previsto en el artículo 99 de la Ley de Contratación Administrativa el cual reza: Sanción de apercibimiento: Se hará acreedora a la sanción de apercibimiento, por parte de la administración o la Contraloría General de la República, la persona física o jurídica que, durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas: a) El contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o cumplimiento... (el subrayado no es del original). Esta tipificación obedece, tal y como se señaló en los antecedentes, a que la empresa Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, que no hizo la respectiva renovación de la garantía de cumplimiento, además de que hizo renuncia expresa de la ejecución del contrato. IV. Así las cosas, el incumplimiento ya probado en cuanto a la renuencia de la renovación de la garantía de cumplimiento y la renuncia expresa en la ejecución del contrato por parte de Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí se encuadra su accionar en lo establecido en el artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa. V. Como se mencionó anteriormente, la casa comercial Asociación Pro-Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, generó a la Institución daños producto del incumplimiento por ,21 (Véase folio 232 a 233 expediente de Garantías ) y la actualización de intereses por ,21, ( véase folios 232 y 233 expediente ya indicado ) para un detalle final a cobrar de ,42. a cancelar por parte de dicha empresa. Por las razones expuestas, existen daños pendientes de cancelación a favor de la administración contratante, por incumplimiento contractual la casa comercial Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús, no los cubrió en su totalidad por lo que existe cuantificación por daños a liquidar, y Por tanto; Por los hechos antes expuestos, la prueba documental ofrecida y el fundamento legal indicado, se resuelve: 1) Imponer a la empresa Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, la correspondiente sanción de apercibimiento por no efectuar la renovación actualizada de la garantía de cumplimiento y renunciar expresamente a la ejecución del contrato en el contrato 2784 correspondiente al código Dicha sanción consistiría en una formal amonestación escrita dirigida a dicha casa comercial, a efecto de que corrija su conducta para que a futuro no reincida en su accionar, constituyendo como tal un antecedente para la aplicación, dentro de los tres años posteriores a la firmeza de la presente resolución, de la posible sanción de inhabilitación establecida en el inciso a) del artículo 100 de la Ley de Contratación Administrativa 2) Determinar la existencia de daños por liquidar en favor de la Institución por la suma de ,42 actualizados al 06 de junio del 2009, para lo cual se concede un plazo improrrogable de tres días para que realice el pago correspondiente ante la Sub-Área de Garantías del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria y/o apelación de conformidad con lo establecido en el artículo 217 de la Ley de Contratación Administrativa, mismos que deberán ser interpuestos dentro de los próximos tres días hábiles a partir del día posterior a la presente notificación, siendo que el recurso de revocatoria deberá interponerse ante la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios quien conocerá y resolverá lo pertinente. Por su parte el recurso de apelación sería conocido y resuelto por la Gerencia de Logística. Notifíquese. Lic. Álvaro Muñoz Fonseca, Jefe Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios. O. C. Nº C (IN ). GERENCIA FINANCIERA PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ El suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Buenos Aires, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Trabajadores Independientes incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 25 de agosto del 2009 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa. Patrono Multi Servicios Agrícolas Arias y Jara Soc. N Patronal Monto adeudado colones

51 La Gaceta Nº 8 Miércoles 13 de enero del 2010 Pág 51 Trabajador Independiente Araya Alvarado Carlos Luis N Trabajador Independiente Monto adeudado colones ,00 Barrantes Araya José ,00 Beita Granados José Leonel ,00 Cabrera Jiménez Carlos ,00 Chinchilla Figueroa Alexander ,00 Gómez Granados Isaías ,00 González Gutiérrez Teófilo ,00 Granados Ureña Ronaldo ,00 Leiva Calderón Yeiner ,00 Mora Jiménez Víctor Hugo ,00 Nájera Arias Víctor Julio ,00 Muñoz Ramírez William ,00 Trabajador Independiente Sequeira Anchía Gerardo E. Hidalgo González Keiner E. Obando Murillo Humberto , , ,00 Salazar Jiménez John W ,00 Solano Saldaña Gilberto ,00 Valverde Granados Isaac O. N Trabajador Independiente Monto adeudado colones ,00 Varela Chavarría Greivin ,00 Vásquez Guido Zulay ,00 Zúñiga Núñez Sergey ,00 TOTALES ,00 Sucursal de Buenos Aires. Área Gestión de Cobro. Lic. Mercedes Morera Zúñiga. RP (IN ). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE ATENAS OFICINA DE COBROS Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto el traslado de cargos de los contribuyentes que a continuación se indica: Traslado de cargos Aviso Nº Contribuyente Cedula Tributo Periodo Monto Intereses Total Nº Finca Fain Edgar Impuesto de bienes inmuebles 27 Trimestres , , , Fernández Martínez José María Impuesto bienes inmuebles 27 Trimestres , , , García Urbina José Miguel *IMP. bienes inmuebles/ mant. parque *19 TRIM. / 23 TRIM , , , Chista Buhler Elizabeth Impuesto de bienes inmuebles 31 Trimestres , , , Matijasevic Mike Nenad IMP. bienes inmuebles 27 Trimestres , , , Hans Buhler IMP. bienes inmuebles Malber Finn Johan Impuesto bienes inmuebles Cuenca Cacao S. A Representante legal: Di Fini Silvestro Impuesto de bienes inmuebles 31 Trimestres , , , Trimestres , , , Trimestres , , , AVISOS Atenas, 15 de diciembre del Departamento de Cobros. Ricardo Barrantes Solano. 1 vez. (IN ). COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ De conformidad con el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el Acuerdo Nº 15, de la sesión ordinaria de Junta Directiva Nº , celebrada el lunes 13 de octubre del 2009, en el cual se acordó suspenderlos del ejercicio de la profesión por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica Nº Carné Nombre Cuotas Balma Curco Ana Cecilia Fernández García Johnny Jiménez Ugalde Óscar Sánchez Matarrita José Francisco Vargas Rodríguez Everardo Zavala Martínez Yorleny 10 En ese sentido, se otorga un plazo de tres días hábiles a partir de la tercera publicación, para interponer recurso de revocatoria contra la decisión comunicada, ante la misma Junta Directiva. Se recuerda que el Colegio procederá a comunicar a las instituciones públicas y privadas, así como al público en general su condición de colegiado suspendido. MBA. Marco Tulio Sandoval Picado, Fiscal. Lic. Luis Fernando Masís Portuguez, Secretario. Lic. Jorge Sánchez Meoño, Director Ejecutivo a. í. (IN ).

52 La Imprenta Nacional Informa Su nuevo servicio de consulta de documentos publicados, desde nuestro sitio Web Disponible a partir del 16 de setiembre del Usted podrá consultar el número de La Gaceta y la fecha de publicación, así como el número de veces que ha sido publicado su documento. Para utilizar este servicio, realice lo siguiente: 1) Ingrese al sitio 2) Localice e ingrese a la opción llamada <Búsqueda por documento>, ubicada en el Menú Principal que se encuentra al lado izquierdo de la página. 3) Esta opción abrirá una ventana donde se le solicita seleccionar el lugar donde tramitó su publicación (Imprenta Nacional en la Uruca o Registro Público en Curridabat). 4) Una vez indicado el lugar, presione el botón <Aceptar>. 5) El sistema le solicitará <Introducir Número de Documento después de las letras iniciales>, (estas corresponden a dos prefijos IN o RP). Usted debe digitar sólo el número inmediatamente después de estos prefijos. Ver imagen para localizar su número de documento en la factura. 6) Luego oprima el botón <Buscar>. 7) Si fue publicado, podrá abrir y revisar La Gaceta correspondiente. 8) Una vez abierta La Gaceta consultada, puede visualizar su publicación digitando <Control + F> y el número de documento nuevamente. Si tramitó en el Registro Público, Curridabat: Ejemplo: Nota: digite sólo números Ejemplo: Si tramitó en la Imprenta Nacional, la Uruca:

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