REGLAMENTO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
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- Francisco José Venegas Sevilla
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1 GERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Segunda versión Aprobado por Consejo Universitario de fecha 17 de enero de 2012 CHIMBOTE- PERÚ Versión : 002 Cód: GCORP-RSRS F. Implementación: 17/01/2012 Pag. 1 de 6 Revisado: Gerencia
2 Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por finalidad establecer el Sistema de Responsabilidad Social determinando niveles de autoridad y asignando responsabilidad para la planificación, ejecución y evaluación de las actividades de proyección social y extensión universitaria que promueve la ULADECH Católica, y las acciones que desarrollen los departamentos, carreras y facultades en su relación entre la Universidad y las organizaciones de la comunidad en el contexto del conocimiento, la difusión de la cultura y la praxis de la responsabilidad social. Artículo 2º.- La base legal del presente reglamento comprende: La ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto Institucional, el Reglamento General Institucional, Plan Estratégico Institucional y la Norma Internacional ISO Artículo 3º.- Es de obligatorio cumplimiento por todos los miembros de la comunidad universitaria inmersos en el proceso. Artículo 4º.- El Sistema de Responsabilidad Social es un sistema transversal a los planes de estudios de las diferentes carreras profesionales. La gestión de este sistema está a cargo del Departamento de Responsabilidad Social adscrito a la Facultad de Educación y Humanidades, en adelante denominado Dares. Artículo 5º.- Las actividades de responsabilidad social se organizan por ciclos académicos formando redes de manera horizontal para ejecutar acciones conjuntas, siendo el núcleo generador la asignatura del Dares correspondiente al ciclo a través de un proyecto. El proyecto se presenta al Dares para su registro por el docente titular. Artículo 6º.- La Jefatura del DARES establece convenios y/o alianzas estratégicas con instituciones locales para la ejecución de los proyectos de extensión universitaria y proyección social de las carreras profesionales. La sección de coordinación del Dares, el coordinador y/o unidades de Admisión del Centro de Servicios de la ULADECH Católica son los responsables de establecer coordinaciones con las diferentes instituciones para la ejecución de los proyectos de responsabilidad social y acredita a docentes y estudiantes ante la institución que lo requiera. Artículo 7º.- El currículo molecular de las asignaturas de la carrera debe evidenciar Versión : 002 Cód: GCORP-RSRS F. Implementación: 17/01/2012 Pag. 2 de 6 Revisado: Gerencia
3 las actividades de responsabilidad social en cada unidad de aprendizaje; estas actividades se tomarán como criterio para la evaluación integral del estudiante. Artículo 8º.- Los matrículas de las asignaturas del DARES serán en el ciclo correspondiente según modalidad y plan de estudios, pudiendo llevar hasta dos asignaturas del DARES en paralelo, exceptuando a los estudiantes que cursan el último ciclo de la carrera. Artículo 9º.- Los sílabos y planes de aprendizaje de asignaturas de la carrera y otros compatibles que realicen actividades a la comunidad, deberán estar de acuerdo a proyectos de extensión universitaria y/o proyección social Los proyectos de extensión universitaria y/o proyección social serán implementados y supervisados por el DARES. Artículo 10º.- Los proyectos de extensión universitaria y/o proyección social, resultados y avances de las asignaturas del DARES y de la Carrera Profesional serán difundidos a través del sistema de información y comunicación institucional y de medios de comunicación masiva locales. Artículo 11º.- Las asignaturas ofrecidas por el Dares se ofrecen en blended learning, mediadas por el campus virtual siendo el periodo lectivo de cada ciclo de diecisiete semanas, como sigue: actividades de aprendizaje quince semanas; matrícula por cursos, una semana; y, evaluación, una semana. La modalidad de calificación es aprobada en la escala de 11 a 20 e inhabilitada cuando es desaprobada o no registra participación alguna. Artículo 12º.- La asistencia y puntualidad del docente serán evaluadas en función a la programación del ciclo académico en el EVA; y, para efecto de remuneración del docente tutor, éste informará, según cronograma de la escuela o centro académico, cada mes su reporte de hoja académica digital. Durante las sesiones presenciales el docente tutor deberá hacer uso de la hoja de asistencia para el reporte de sus horas. Artículo 13º.- El docente titular es el encargado de importar el curso a los grupos habilitados para su funcionamiento, además de verificar y monitorear el desarrollo del curso virtual de los docentes tutores en red a nivel nacional, y el cumplimiento del cronograma en sus diferentes etapas en el EVA y en las sesiones presenciales. Versión : 002 Cód: GCORP-RSRS F. Implementación: 17/01/2012 Pag. 3 de 6 Revisado: Gerencia
4 Asimismo, establece un mecanismo de vinculación (interinstitucionales, apoyos requeridos para estudiantes) Artículo 14º.- La distribución de grupos de estudiantes se realizará según modalidad, asignatura, carrera y centro académico, considerando un mínimo de 40 estudiantes y un máximo de 60. En casos excepcionales se podrán agrupar por diferentes centros o carreras para conformar el grupo de 40 a 60 estudiantes. Artículo 15º.- La distribución de grupos deberá realizarse de manera automática durante la matricula la misma que está a cargo de la Oficina de Registros Académicos. Cuando un grupo supera los 60 estudiantes, este sistema deberá desagrupar de manera que se mantenga el número mínimo de 40 estudiantes. Artículo 16º.- Para ser incorporados como docentes tutores al Departamento de Responsabilidad Social, los interesados deberán haber certificado en competencias TIC por la División de Tecnología Educativa. Artículo 17º.- La asistencia del docente tutor en aula moderna o virtual, se realizará en cinco tutorías presenciales. Durante la primera semana para la socialización del sílabo y el proyecto de extensión universitaria y/o proyección social de la asignatura; durante la cuarta semana para el aseguramiento del recojo de información del proyecto; durante la séptima semana para la planificación de las actividades que respondan al proyecto; durante la onceava semana para la realización de un ensayo previo a la ejecución del proyecto; y en la catorceava semana para la evaluación y estructura del informe final del proyecto de extensión universitaria / proyección social. Artículo 18º.- Las asignaturas del DARES utilizan el método de aprendizaje basado en problemas o mediante el método de casos para la realización de actividades y/o tareas que se desprenden del proyecto de extensión universitaria y/o proyección social. Artículo 19º.- Los resultados y avances de los proyectos de extensión universitaria/proyección social de las asignaturas del DARES y de la carrera profesional será de conocimiento del grupo de interés oficializado por la carrera profesional, la difusión estará bajo la responsabilidad de la jefatura del DARES. Versión : 002 Cód: GCORP-RSRS F. Implementación: 17/01/2012 Pag. 4 de 6 Revisado: Gerencia
5 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA PRIMERA: Para ser docente titular de las asignaturas del Dares se debe demostrar competencias en TIC y conocimientos en Interpretación de la Norma ISO SEGUNDA: Las asignaturas del DARES y los proyectos de extensión universitaria y proyección social, basarán sus contenidos en las materias fundamentales y asuntos incluidos en la Norma Internacional ISO , Norma Técnica Peruana que se presentan en la Tabla anexa al presente Reglamento. TERCERA: Los aspectos no considerados en el presente reglamento se incluirán en instructivos de trabajo de obligatorio cumplimiento aprobados por la Gerencia de Calidad a propuesta del DARES. Chimbote, Enero de 2012 JBDG/ Versión : 002 Cód: GCORP-RSRS F. Implementación: 17/01/2012 Pag. 5 de 6 Revisado: Gerencia
6 TABLA DE MATERIAS FUNDAMENTALES Y ASUNTOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES MATERIAS FUNDAMENTALES Y ASUNTOS Materia fundamental: Gobernanza de la organización Materia fundamental: Derechos Humanos Asunto 1: Debida diligencia Asunto 2: Situaciones de riesgo para los derechos humanos Asunto 3: Evitar la complicidad Asunto 4: Resolución de reclamaciones Asunto5: Discriminación y grupos vulnerables Asunto 6: Derechos civiles y políticos Asunto 7: Derechos económicos, sociales y culturales Asunto 8: Principios y derechos fundamentales en el trabajo Materia fundamental: Prácticas laborales Asunto1: Trabajo y relaciones laborales Asunto2: Condiciones de trabajo y protección social Asunto 3: Diálogo social Asunto 4: Salud y seguridad en el trabajo Asunto 5: Desarrollo humano y formación en el lugar de trabajo Materia fundamental: El medio ambiente Asunto 1: Prevención de la contaminación Asunto 2: Uso sostenible de los recursos Asunto 3: Mitigación y adaptación al cambio climático Asunto 4: Protección del medio ambiente, la biodiversidad y restauración de hábitats naturales Materia fundamental: Prácticas justas de operación Asunto 1: Anticorrupción Asunto 2: Participación política responsable Asunto 3: Competencia justa Asunto 4: Promover la responsabilidad social en la cadena de valor Asunto 5: Respeto a los derechos de la propiedad Materia fundamental: Asunto de consumidores Asunto 1: Prácticas justas de marketing, información objetiva e imparcial y prácticas justas de contratación Asunto 2: Protección de la salud y la seguridad de los consumidores Asunto 3: Consumo sostenible Asunto 4: Servicios de atención al cliente, apoyo y resolución de quejas y controversias Asunto 5: Protección y privacidad de los datos de los consumidores Asunto 6: Acceso a servicios esenciales Asunto 7: Educación y toma de conciencia Materia fundamental: Participación activa y desarrollo de la comunidad Asunto 1: Participación activa de la comunidad Asunto 2: Educación y cultura Asunto 3: Creación de empleo y desarrollo de habilidades Asunto 4: Desarrollo y acceso a la tecnología Asunto 5: Generación de riqueza e ingresos Asunto 6: Salud Asunto 7: Inversión social Fuente: Indecopi. Norma Técnica Peruana. ISO Guía de Responsabilidad Social.Lima, p. xii. JBDG/GC Versión : 002 Cód: GCORP-RSRS F. Implementación: 17/01/2012 Pag. 6 de 6 Revisado: Gerencia
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