REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD
|
|
|
- María Isabel Gómez Vázquez
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR MANUFACTURERO RELACIONADO CON LA PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA LLANTA, EL CAUCHO Y EL PLÁSTICO "COOPILLANTAS LTDA." EN USO DE SUS FACULTADES Y ESTATUTARIAS Y CONSIDERANDO: 1. Que en el estatuto de la Cooperativa, capítulo V régimen económico, artículo 40 se establece el fondo de solidaridad. 2. Que los Asociados efectúan abonos por nómina para el fondo de solidaridad, y 3. Que es principio cooperativo la colaboración con los Asociados Establece el presente reglamento para el fondo de solidaridad: ARTICULO 1. DEFINICION El fondo de solidaridad es un deposito de dinero que esta constituido por los abonos de los Asociados y los excedentes de Coopillantas, destinado para el cumplimiento de los fines benéficos de la Cooperativa para con los Asociados cuando estos se encuentran en situaciones que ameriten un respaldo económico a título de cooperación para contribuir a la solución total o parcial de las necesidades que se generan en una calamidad. Adicional a los principios solidarios propios del sector cooperativo, representa la parte social de la Cooperativa para con los Asociados en cuanto a compartir de los recursos disponibles con aquellos que los necesitan por circunstancias adversas. ARTICULO 2. OBJETIVO Establecer parámetros claros y equitativos para los diferentes tipos de eventos en los cuales los Asociados tienen derecho a acceder a los auxilios del fondo de solidaridad, así como definir los requisitos para la asignación de los mismos. Conservar la transparencia y buscar el beneficio real del Asociado de acuerdo con necesidades ciertas y comprobables que garanticen la destinación adecuada de los recursos aportados por los Asociados a este fondo.
2 ARTICULO 3. RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Los recursos de este fondo provienen de los aportes realizados por los Asociados como auxilio de solidaridad; estos aportes se descuentan directamente por nómina o se efectúan con pago por ventanilla, consignación y/o transferencia a una de las cuentas de la cooperativa y van dirigidos directamente al fondo de solidaridad de la Cooperativa, los mismos se encuentran protegidos por las políticas de inversión y destinación de recursos establecida para los diferentes productos. Los aportes mensuales de los Asociados se establecerán así: El 25% de un (1) salario mínimo diario legal vigente para todos los Asociados. Parágrafo 1. El Consejo de Administración podrá suspender, aumentar o disminuir, el porcentaje de los recursos aportados por los Asociados, en forma temporal o permanente. Otra fuente, para incrementar los recursos del fondo de solidaridad son los excedentes anuales de la Cooperativa de los cuales se apropia el 10% para destinarlo a este fondo. Los dineros no reclamados por Asociados o sus beneficiarios después de tres (3) años, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 24 de los estatutos vigentes de la Cooperativa, una vez adelantadas las gestiones y agotados los trámites por parte de la Cooperativa para su devolución, pasarán a engrosar el fondo de solidaridad de la Cooperativa. Adicionalmente, se llevaran a este fondo los recursos que se obtengan de la inversión de los dineros que pertenezcan a este fondo. En caso de verse disminuido este fondo el Consejo de Administración deberá tomar las medidas necesarias para prestar los auxilios establecidos en este reglamento. ARTICULO 4. CLASES DE AUXILIOS Teniendo en cuenta las diferentes situaciones de calamidad que pueden afrontar los Asociados de Coopillantas Ltda., se establecen los siguientes auxilios de solidaridad: 1. Auxilio de solidaridad por muerte (Asociado o familiar) 2. Auxilio de solidaridad por Hospitalización, cirugía y medicamentos (Asociado o familiar) 3. Auxilio de solidaridad por calamidad grave 4. Plan funerario 5. Destinación directa de recursos por parte de la Cooperativa ARTICULO 5. AUXILIO DE SOLIDARIDAD POR MUERTE
3 Consiste en dar un auxilio al Asociado cuando muere algún miembro de su grupo familiar básico o a los familiares del Asociado cuando este fallece. El auxilio de solidaridad por la muerte de un miembro del grupo familiar básico del Asociado es del 50% de 1 SMMLV (½ salario mínimo mensual legal vigente). Cuando fallece el Asociado, a su conyugue o compañero(a) permanente durante los últimos dos años, se le entregará un auxilio de dos (1.5) salarios mínimos mensuales legales vigentes. En ausencia de este se le entregara a los hijos debidamente registrados en la cooperativa. ARTICULO 6. AUXILIO DE SOLIDARIDAD POR HOSPITALIZACION, CIRUGIA Y MEDICAMENTOS En caso de hospitalización, cirugía o compra de medicamentos del Asociado o de un miembro de su grupo familiar básico, la Cooperativa le dará un auxilio de hasta el 50% del valor cancelado por estos conceptos, sin exceder de un (1/2) salario mínimo mensual legal vigente, por un año comprendido entre enero a diciembre. Este auxilio se podrá solicitar solamente una vez por semestre independientemente del grupo familiar. Dentro de este auxilio no se contemplaran las cirugías estéticas, ni los tratamientos que se desprendan de las mismas, ni los tratamientos odontológicos. El auxilio le será entregado al Asociado en cheque girado a la institución que le preste el servicio medico, o en efectivo una vez que el Asociado haya efectuado el pago, siempre que presente los soportes correspondientes, debidamente cancelados. ARTICULO 7. AUXILIO POR CALAMIDAD GRAVE Este es un auxilio que se entregara a los Asociados cuando sufran hechos graves, que lesionen su patrimonio familiar como, inundación, incendio, terremoto, asonada, o actos de terrorismo. Tiene por objeto aliviar la perdida y esta sujeto a la demostración del hecho en bienes propios. Por calamidad grave se entregara un auxilio hasta el valor de la calamidad, debidamente demostrado y valorada sin que sea superior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente. ARTICULO 8. AUXILIO FUNERARIO Este es un auxilio establecido para cubrir los gastos funerarios de acuerdo con el plan que se constituye en forma anual por la Cooperativa, y que cubre a todos los Asociados
4 inscritos y sus beneficiarios, de acuerdo con el plan que se contrate para el efecto. La Cooperativa podrá aportar como auxilio de solidaridad el valor anual del plan exequial que tenga vigente, siempre y cuando el fondo posea los recursos suficientes y sea aprobado por el Consejo de Administración. Este valor es cancelado por Coopillantas directamente a la entidad donde se contrate el plan exequial de acuerdo con los servicios contratados. ARTICULO 9. BENEFICIARIOS DEL AUXILIO DE SOLIDARIDAD POR MUERTE 1. POR MUERTE DEL ASOCIADO 1.1. La Esposa (o) o Compañera (o) permanente, con quien haya convivido los últimos dos (2) años 1.2. Los hijos, debidamente registrados 1.3. Padres del Asociado soltero sin hijos. 2. EL ASOCIADO SERA EL BENEFICIARIO DEL AUXILIO DE SOLIDARIDAD POR MUERTE DE ALGUN FAMILIAR, COMO: 2.1. Esposa (o) o compañera (o) permanente o quien haya convivido los dos (2) últimos años 2.2. Hijos menores de veinticinco (25) años o mayores con incapacidad física o mental permanente y que dependan económicamente del Asociado 2.3. Padres del Asociado soltero sin hijos. 3. HOSPITALIZACION, INTERVENCION QUIRURGICA Y MEDICAMENTOS El Asociado recibirá el auxilio por los gastos por estos conceptos de: 3.1. Su esposa (o) o compañera (a) permanente, con quien haya vivido los últimos dos (2) años 3.2. Hijos menores de veinticinco (25) o mayores con incapacidad física o mental permanente y que dependan económicamente del asociado Padres del asociado soltero sin hijos. 5. POR GRAVE EMERGENCIA DEL ASOCIADO El Asociado recibirá el auxilio cuando sea el directo afectado de: 5.1. Incendio 5.2. Inundación 5.3. Terremoto 5.4. Asonada o terrorismo
5 ARTICULO 10. REQUISITOS PARA SOLICITAR LOS AUXILIOS Son beneficiarios de los auxilios y por lo tanto podrán solicitar este auxilio todos los Asociados de COOPILLANTAS LTDA., que se encuentren en situación de habilidad y estén en plenitud de sus derechos, de conformidad con el estatuto, reglamentos y demás normas procedimentales internas. PARÁGRAFO 1: Se entiende como situación de habilidad, el Asociado que está al día en sus obligaciones financieras, de servicios, aportes y todas aquellas que adquiera con la Cooperativa, en desarrollo de los acuerdos cooperativos, al momento de la ocurrencia de la calamidad. Por muerte del Asociado: 1. Diligenciar el formulario de solicitud dentro de los treinta (30) días siguientes al deceso. 2. Presentar copia del registro civil de defunción del Asociado y de la cédula de ciudadanía. 3. Copia de la partida o registro de matrimonio o declaración extrajuicio en caso de unión libre (Cuando el beneficiario no este registrado en la base de datos de la Cooperativa). 4. Fotocopia de la cédula o registros civiles de los hijos, en caso de no estar registrados en la base de datos de la Cooperativa. 5. Autorización escrita por parte de los beneficiarios del fallecido (Esposa e hijos), indicando el nombre de la persona a quien se entregará el auxilio, con las firmas autenticadas. Por muerte de familiares: 1. Diligenciar el formulario de solicitud dentro de los treinta (30) días siguientes al deceso. 2. Presentar copia del registro civil de defunción y documento de identificación de la persona fallecida. 3. Copia autentica de la partida o registro civil de matrimonio o declaración extra juicio en caso de unión libre (Cuando fallece el cónyuge y no esta registrado en la base de datos de la Cooperativa). 4. Fotocopia de la cédula y registro civil (Cuando fallecen los hijos o los padres del Asociado y no están registrados en la base de datos de la Cooperativa). Hospitalización, intervención quirúrgica y medicamentos o tratamiento médico: 1. Diligenciar el formulario de solicitud de auxilio dentro de los treinta (30) siguientes a la ocurrencia del hecho. 2. Presentar el recibo de pago o de caja del hospital o centro medico, en el cual debe aparecer el nombre completo del paciente y el nombre de quien efectúo el pago.
6 3. Para el auxilio por concepto de medicamentos, presentar fórmula médica y recibo de pago de la compra originales, soportes que deben ser de una vigencia máximo de 90 días. 4. Acreditar el parentesco, cuando se trate de un familiar no registrado en la base de datos de la Cooperativa. Calamidad Graves Emergencias: 1. Diligenciar el formulario de solicitud de auxilio dentro de los treinta (30) siguientes a la ocurrencia del hecho. 2. Copia del certificado expedido por la autoridad competente. ARTICULO 11. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Todos los auxilios estarán sujetos a la disponibilidad de recursos en el fondo de solidaridad, y por ningún motivo serán acumulables para periodos futuros. Lo anterior significa que una vez agotados los recursos se debe esperar a la siguiente Asamblea General para la constitución o capitalización del fondo si no existieren otras fuentes a disposición del Consejo de Administración. ARTICULO 12. PRESUPUESTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Junto con los presupuestos presentados al Consejo de Administración para cada periodo, se deberá presentar por parte de la gerencia un presupuesto del fondo de solidaridad, en el cual se discrimine claramente la utilización de los recursos, el rendimiento de los mismos y la utilización o ejecución de estos durante el año. Este reglamento fue actualizado por el Consejo de Administración, en su sesión del día treinta (30) de julio de dos mil quince (2015), según consta en el acta No Comuníquese y cúmplase, En constancia firman: AQUILEO TORRES PEÑA Presidente LUZ NEFI ACUÑA MORENO Secretaria
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA El Consejo de Administración de la Cooperativa de Trabajadores de Bavaria, dirección y ventas BADIVENCOOP LTDA C O N S I D E R A N D O Que se hace necesario establecer
Reglamento Fondo Solidaridad
Reglamento Fondo Solidaridad TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO Y ALCANCE... 2 2. RESPONSABLE Y PERSONAL QUE INTERVIENE... 2 3. REGLAMENTACIÓN... 2 ARTICULO 1. FINALIDAD DEL REGLAMENTO.... 2 ARTICULO 2. MODALIDADES
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD BADIVENCOOP LTDA El Consejo de Administración de la Cooperativa de Trabajadores de Bavaria, dirección y ventas BADIVENCOOP LTDA C O N S I D E R A N D O Que se hace necesario establecer
REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD POLITICAS
POLITICAS Para el cumplimiento de los objetivos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coompartir señalados en el Estatuto, en las normas legales vigentes o en las leyes o disposiciones que las reformen,
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD ACUERDO Nº 002 DE MARZO 3 DE 2009
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD ACUERDO Nº 002 DE MARZO 3 DE 2009 Por el cual se modifica el reglamento del Comité de Solidaridad, para los asociados y asociadas del FONDO DE EMPLEADOS DEL DANE, FEDANE.
ACUERDO Nro ABRIL 26 DE 2018 REGLAMENTO DEL FONDO SOCIAL DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA DE SUBOFICIALES NAVALES "COOSONAV"
ACUERDO Nro. 002-2018 ABRIL 26 DE 2018 REGLAMENTO DEL FONDO SOCIAL DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA DE SUBOFICIALES NAVALES "COOSONAV" EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA DE SUBOFICIALES NAVALES "COOSONAV",
FONDO DE EMPLEADOS DEL DANE Resolución No del 17 de febrero de 1971.
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD ACUERDO Nº 001 DE JULIO 29 DE 2015 Por el cual se modifica el reglamento del Comité de Solidaridad, para los asociados y asociadas del FONDO DE EMPLEADOS DEL DANE,
LA JUNTA DIRECTIVA DE FESELSA, EN USO DE SU FACULTAD ESTATUTARIA CONFERIDA EN EL ARTÍCULO 58 VIGENTE Y CONSIDERANDO:
LA JUNTA DIRECTIVA DE FESELSA, EN USO DE SU FACULTAD ESTATUTARIA CONFERIDA EN EL ARTÍCULO 58 VIGENTE Y CONSIDERANDO: Que la Ley 79 de 1988 en el artículo 54, dispone que de los excedentes que resulten
REGLAMENTO GENERAL FONDO DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO GENERAL FONDO DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del FONDO DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I DEFINICIONES Para efectos
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICAFE
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICAFE RESOLUCION No. 005 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA UTILIZACIÓN DEL FONDO DE SOLIDARIDAD EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO
COOPERATIVA MULTIACTIVA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR COOPICBF. ACUERDO No 309 OCTUBRE 30 DE 2015 REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD
COOPERATIVA MULTIACTIVA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR COOPICBF ACUERDO No 309 OCTUBRE 30 DE 2015 REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD Por el cual se reglamenta los auxilios otorgados a los asociados y sus
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE EGRESADOS Y EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE OCCIDENTE COOAUTONOMA
PÁGINA: 1 de 6 El Consejo de Administración de la Cooperativa Multiactiva de Empleados y Egresados de la Universidad Autónoma de Occidente Cooautónoma, en uso de las atribuciones establecidas en el Capítulo
ACUERDO N. 001 ENERO DE 2015 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LOS AUXILIOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y BIENESTAR Y SE DEFINE LOS REQUISITOS Y OTROS
ACUERDO N. 001 ENERO DE 2015 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LOS AUXILIOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y BIENESTAR Y SE DEFINE LOS REQUISITOS Y OTROS EL PRESENTE DOCUMENTO ES UN ANEXO DEL ACUERDO N. 27 DE
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD
Por el cual se reglamenta el FONDO DE SOLIDARIDAD del FONDO DE EMPLEADOS DE BRINSA FEBRINSA. La Junta Directiva en uso de sus facultades que le confieren los Estatutos, contempladas en la ley C O N S I
ACUERDO DE CONSEJO REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y FONDO DE SOLIDARIDAD
ACUERDO DE CONSEJO AC-180 REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ Y FONDO DE SOLIDARIDAD ANEXOS: - Formato de solicitud de solidaridad - Formato de cronograma anual de actividades - Cuadro de indicadores
REGLAMENTO PARA OTORGAR AUXILIOS POR EL FONDO DE SOLIDARIDAD. ARTÍCULO 1º. RECURSOS: El Fondo de Solidaridad, estará conformado por los recursos que:
REGLAMENTO PARA OTORGAR AUXILIOS POR EL FONDO DE SOLIDARIDAD ARTÍCULO 1º. RECURSOS: El Fondo de, estará conformado por los recursos que: a. Los que determine la Asamblea de los excedentes que resultaren
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD
Por el cual se reglamenta el FONDO DE SOLIDARIDAD del FONDO DE EMPLEADOS DE BRINSA FEBRINSA. La Junta Directiva en uso de sus facultades que le confieren los Estatutos, contempladas en la ley C O N S I
COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE COLMOTORES LTDA COOPECOL LTDA REGLAMENTO PARA EL FONDO DE SOLIDARIDAD. ACUERDO No de Octubre de 2011
COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE COLMOTORES LTDA COOPECOL LTDA REGLAMENTO PARA EL FONDO DE SOLIDARIDAD ACUERDO No. 001 06 de Octubre de 2011 El Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE TRABAJADORES
FONDO DE EMPLEADOS DEL GRUPO ATLAS DE SEGURIDAD INTEGRAL - FONATLAS. ACUERDO No. 065 DE 2013 C O N S I D E R A N D O: A C U E R D A:
FONDO DE EMPLEADOS DEL GRUPO ATLAS DE SEGURIDAD INTEGRAL - FONATLAS ACUERDO No. 065 DE 2013 Por el cual se modifica el Reglamento del FONDO PARA AUXILIOS SOLIDARIOS del FONDO DE EMPLEADOS DEL GRUPO ATLAS
REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Acuerdo No. 010 Acta No. 501 del 18 de junio de 2005 El Consejo de Administración de la Cooperativa del Magisterio CODEMA", en uso de sus facultades legales y Estatutarias
REGLAMENTO FONDO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL
REGLAMENTO FONDO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del FONDO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL. TÍTULO
REGLAMENTO GENERAL DEL FONDO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL (FOPRESO) DEFINICIONES
REGLAMENTO GENERAL DEL FONDO DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL (FOPRESO) La Junta Directiva del FEPEP, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 76 de los Estatutos vigentes, aprueba el presente
FONDO DE EMPLEADOS DE CORANTIOQUIA FECORA REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD ACUERDO No. 001 DEL 15 DE ABRIL DE 2015 DE JUNTA DIRECTIVA
Por medio del cual se modifican algunos aspectos del reglamento del Fondo de Solidaridad del Fondo de Empleados de Corantioquia FECORA. La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Corantioquia FECORA,
ACUERDO Nro ABRIL 26 DE 2018 REGLAMENTO DEL FONDO MUTUAL DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA DE SUBOFICIALES NAVALES "COOSONAV"
ACUERDO Nro. 003-2018 ABRIL 26 DE 2018 REGLAMENTO DEL FONDO MUTUAL DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA DE SUBOFICIALES NAVALES "COOSONAV" EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA DE SUBOFICIALES NAVALES "COOSONAV",
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA
REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD FONDO DE EMPLEADOS PRAXAIR COLOMBIA ACUERDO No. 1 Por el cual se reglamenta el FONDO DE SOLIDARIDAD del Fondo De Empleados Praxair Colombia. La Junta Directiva en uso de sus facultades
FONDO DE EMPLEADOS DEL ÁREA METROPOLITANA FEDAREM REGLAMENTO DE COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL
FONDO DE EMPLEADOS DEL ÁREA METROPOLITANA FEDAREM REGLAMENTO DE COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL La Junta Directiva de. FONDO DE EMPLEADOS DEL AREA METROPOLITANA FEDAREM, en uso de sus facultades legales y estatutarias
REGLAMENTO DEL FONDO MUTUAL SUMAS SERVICIO EXEQUIAL -
REGLAMENTO DEL FONDO MUTUAL SUMAS SERVICIO EXEQUIAL - El Consejo de Administración, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y C O N S I D E R A N D O: a) Que el artículo 65 de la Ley 79 de 1.988
SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES
INDICE SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES 1. Definición 2. Aseguradora 3. Tomador y Beneficiario 4. Vigencia de la póliza 5. Vigencia Obligación 6. Amparos y valores asegurados 7. Edad de ingreso a la póliza
FONDO DE EMPLEADOS DOCENTES ACTIVOS Y JUBILADOS DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA
FONDO DE EMPLEADOS DOCENTES ACTIVOS Y JUBILADOS DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA REGLAMENTO DEL FONDO SOCIAL DE PREVISIÓN Y ASISTENCIA EDGARDO MANUEL DE LA CRUZ DEL VILLAR Por medio del cual se adopta el
COOLEVER COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD
COOLEVER COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD El Consejo de Administración de Coolever Cooperativa de Ahorro y Crédito, en uso de sus facultades legales y estatutarias y
FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD
0 de 8 FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO Resumen del cambio La presente resolución deroga la Resolución No. 003 del 24 de septiembre de 2011. Nueva edición Aprobado por 1-8 Resumen de cambios: 1. El fondo de
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SUBOFICIALES EN RETIRO COOPSUBMIR LTDA. ACUERDO Nro. 229 ACTA No. 304
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SUBOFICIALES EN RETIRO COOPSUBMIR LTDA ACUERDO Nro. 229 ACTA No. 304 REGLAMENTO DEL FONDO MUTUAL SOCIAL DE SOLIDARIDAD COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS
FONDO DE EMPLEADOS FECOM REGLAMENTO DEL AUXILIO EDUCATIVO
FONDO DE EMPLEADOS FECOM REGLAMENTO DEL AUXILIO EDUCATIVO INTRODUCCIÓN En su propósito de dar cumplimiento al objetivo de apoyar los proyectos educativos de los asociados al Fondo de Empleados FECOM y
ACUERDO No. 006 CONSIDERANDO
ACUERDO No. 006 POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL FUNCIONAMIENTO DEL COMITE DE SOLIDARIDAD Y LA UTILIZACION DEL FONDO DE SOLIDARIDAD DEL FONDO DE EMPLEADOS ABBOTT LABORATORIES DE COLOMBIA FONABBOTT. La Junta
COOPERATIVA MULTIACTIVA DE MILITARES BOYACENSES COMILBOY NIT REGLAMENTO FONDO MUTUAL AUXILIO FUNERARIO
ACUERDO Nº005/2014 (SEPTIEMBRE 17 DE 2014) El Consejo de Administración de COMILBOY, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la ley 79 de 1988, articulo 65 y los
COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE CUNDINAMARCA Y EL DISTRITO CAPÍTAL COOTRADECUN ACUERDO DE MAYO DE 2012
COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE CUNDINAMARCA Y EL DISTRITO CAPÍTAL COOTRADECUN ACUERDO DE MAYO DE 2012 INDICE REGLAMENTO SERVICIO EXEQUIAL PRESTADO A LOS ASOCIADOS A COOTRADECUN TITULO I
Cómo solicitar el Subsidio Familiar?
Cómo solicitar el Subsidio Familiar? Es tiempo de Afiliarse Aquí le ayudamos a lograrlo Instructivo 2 Afiliación para servicios Pueden afiliarse a COMPENSAR el trabajador y su grupo familiar conformado
ACUERDO NUMERO UNO DEL 26 DE NOVIEMBRE DE POR EL CUAL SE REGLAMENTA LOS SERVICIOS DE PREVISIÓN, SOLIDARIDAD Y CALAMIDAD DOMESTICA.
ACUERDO NUMERO UNO DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 2005. POR EL CUAL SE REGLAMENTA LOS SERVICIOS DE PREVISIÓN, SOLIDARIDAD Y CALAMIDAD DOMESTICA. El Consejo de Administración de COOTRANOR Cooperativa Multiactiva,
REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO FONDO DE SOLIDARIDAD El Consejo de Administración de la Cooperativa de Trabajadores Unidos El Bosque COOUNIBOSQUE, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los Artículos
FONDO DE EMPLEADOS DE COMCEL FONCEL. ACUERDO No. 014 de 2016 REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD
FONDO DE EMPLEADOS DE COMCEL FONCEL ACUERDO No. 014 de 2016 REGLAMENTO DE SOLIDARIDAD LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE EMPLEADOS DE COMCEL FONCEL en uso de sus facultades legales y estatutarias, en su reunión
Requisitos Generales
Requisitos Generales Tramite y Aprobación. Toda solicitud de crédito será diligenciada directamente por el asociado, indicado el número de cuotas quincenal o mensual según los descuentos de nómina, el
Requisitos Generales
Requisitos Generales Tramite y Aprobación. Toda solicitud de crédito será diligenciada directamente por el asociado, indicado el número de cuotas quincenal o mensual según los descuentos de nómina, el
FONDO DE BENEFICIO COMÚN DE LOS EMPLEADOS DEL SENA. ACUERDO 005 de 2016
FONDO DE BENEFICIO COMÚN DE LOS EMPLEADOS DEL SENA ACUERDO 005 de 2016 MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO DEL APOYO DE EDUCACION POR EXCELENTE RENDIMIENTO ACADEMICO PARA LOS ASOCIADOS Y SU GRUPO
ACUERDO No. 001 DE 2017
FONDO DE EMPLEADOS DE LA FISCALIA GENERAL DE NACION RAMA JUDICIAL Y MEDICINA LEGAL Y MINISTERIO PÚBLICO DE LA SECCIONAL CALDAS FONFISCAL JUDICIAL ACUERDO No. 001 DE 2017 Por medio del cual se expide el
REQUISITOS PARA CADA AYUDA
REQUISITOS PARA CADA AYUDA AYUDAS ECONÓMICAS POR ENFERMEDADES GRAVES (PARA SOCIOS, ESPOSA(O) E HIJOS) 2) Certificado médico, actualizado, sellado y firmado, con el respectivo código médico del profesional
REGLAMENTO DE CREDITO Y BENEFICIOS SINTRAFINDETER. Actualizado al 1 de Febero de 2016
Actualizado al 1 de Febero de 2016 PRESTAMOS LIBRE INVERSIÓN CARACTERISTICAS DEL CRÉDITO: Monto: Hasta $3 000.000 Plazo: Hasta 36 meses dependiendo de la capacidad de Endeudamiento del afiliado Tasa de
Requisitos Generales
Requisitos Generales Requisitos generales para acceder a créditos. Solicitud de Crédito. Poseer capacidad de pago mensual no exceder el 40% del devengado. No tener crédito con la misma línea para los créditos
LAUDO ARBITRAL 2016 PAGINA 16 A LA 24 FALLA:
LAUDO ARBITRAL 2016 PAGINA 16 A LA 24 FALLA: Las solicitudes del pliego de peticiones que la organización sindical SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MASIVO DEL VALLE
Nuestros Servicios. Ahorros. Beneficios. Requisitos Generales. Créditos. Seguros Voluntarios
Nuestros Servicios Ahorros Beneficios Requisitos Generales Créditos Seguros Voluntarios Quiénes Somos? Foncorbeta es una empresa asociativa, de derecho privado sin ánimo de lucro, constituida el 26 de
SINDICATO Nº 5 PUC PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE
SINDICATONº5PUC PONTIFICIAUNIVERSIDADCATÓLICADECHILE REGLAMENTO DE BENEFICIOS SOCIALES DEL SINDICATO Nº 5 DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE El presente reglamento regula
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del Fondo de Empleados de Salud Pública Municipal FO N SA LU D, en cumplimiento de sus f unciones señ aladas en el Estatuto, y C O N S I D E R A
REQUISITOS PARA REINTEGRO DE SALDOS A FAVOR
REQUISITOS PARA REINTEGRO DE SALDOS A FAVOR SALDO A FAVOR - EXCEDENTE EN PAGO Para acceder al saldo a favor es necesario nos envíes una carta debidamente firmada con huella dactilar, copia de la última
FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO REGLAMENTO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD
0 de 10 FICHA TÉCNICA DEL DOCUMENTO Resumen del cambio La presente resolución deroga la Resolución No. 003 del 24 de septiembre de 2011. Nueva edición Aprobado por 1-8 Resumen de cambios: 1. El fondo de
48 AÑOS DE SERVICIO DE LA MANO CON LOS ASOCIADOS PORTAFOLIO DE SERVICIOS
PORTAFOLIO DE SERVICIOS Principales: CONCEJO DE ADMINISTRACION Fernando Bohórquez Fabio Sánchez William Sierra Sonia Castañeda Mario Santana Suplentes: CONCEJO DE ADMINISTRACION Álvaro Rodríguez Asceneth
FONDO DE EMPLEADOS DE COMFENALCO ANTIOQUIA REGLAMENTO DEL AUXILIO EDUCATIVO
FONDO DE EMPLEADOS DE COMFENALCO ANTIOQUIA REGLAMENTO DEL AUXILIO EDUCATIVO INTRODUCCIÓN En su propósito de dar cumplimiento al objetivo de apoyar los proyectos educativos de los asociados al Fondo de
PARA REPORTAR UN SINIESTRO DEBE PRESENTAR COMO ASEGURADO
PARA REPORTAR UN SINIESTRO DEBE PRESENTAR COMO ASEGURADO 1.Formato de aviso de siniestro, debidamente diligenciado, por el asegurado. (IND-001) 2. Fotocopia de la tarjeta de propiedad del vehículo asegurado.
Documentos Requeridos para solicitar: DEVOLUCIÓN DE SALDOS POR NO PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA
DEVOLUCIÓN DE SALDOS POR PENÓN DE SOBREVIVENCIA Queremos asesorarlo y acompañarlo en la radicación de su prestación, para lo cual antes de la radicación de la documentación, es necesario que se comunique
CÓMO SOLICITAR EL SUBSIDIO FAMILIAR?
CÓMO SOLICITAR EL SUBSIDIO FAMILIAR? A Q U Í L E I N D I C A M O S C O M O H AC E R L O Compensar como entidad enmarcada en el campo de la Seguridad Social facilita a sus afiliados, a través de los Planes
INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL PROGRAMAS DE SUBSIDIOS E INCENTIVOS
1. NOMBRE DEL PROGRAMA: Beneficios Económicos 2. DISEÑO DEL PROGRAMA: a) En qué consiste el pago de las prestaciones económicas: Consiste en otorgar un subsidio económico a los cotizantes activos cuando
INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL PROGRAMAS DE SUBSIDIOS E INCENTIVOS
1. NOMBRE DEL PROGRAMA: Beneficios Económicos 2. DISEÑO DEL PROGRAMA: a) En qué consiste el pago de las prestaciones económicas: Consiste en otorgar un subsidio económico a los cotizantes activos cuando
