Municipalidad de la Ciudad de Corrientes. Honorable Concejo Deliberante
|
|
- Ramón Álvarez Juárez
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 VISTO La necesidad de promover y garantizar la paridad de género en la conformación de la nómina para cargos electivos de concejales en la Ciudad de Corrientes, Que durante la mayor parte del siglo pasado las mujeres se vieron marginadas del pleno ejercicio de sus derechos civiles, sociales y políticos. Que las normativas vigentes no garantizan la real oportunidad en el seno político, tal lo exige la Constitución Nacional, y que a pesar de las leyes es imperante adoptar el principio de paridad para enriquecer la representación política. Que a partir de la sanción de la Ley de Voto femenino en la República Argentina las mujeres conquistaban de una vez y para siempre el derecho a participar y definir el destino común del pueblo y el rumbo del país. A partir de allí, las mujeres argentinas ingresaban a la vida pública nacional, iniciando un camino sin retorno de progreso histórico en términos de protagonismo público. Que a partir del regreso de la democracia en 1983, la participación en las elecciones no facilitó el acceso a cargos de representación, en tanto su incorporación a instituciones políticas fue escasa hasta finales de siglo XX. Es a partir de los procesos de redemocratización y, sobre todo en los años noventa, con la implementación de cuotas por sexo en las listas electorales, que comienza a asegurarse el acceso de las mujeres a cargos electivos. Que cuando las condiciones para el acceso no son equitativas deben introducirse políticas que eliminen esa distorsión porque está en juego
2 tanto el derecho a ser elegido como el derecho a ser representados en el gobierno. Por tanto, trabajar por la paridad entre varones y mujeres para ocupar cargos públicos es fundamental para la vida democrática. Que, la Constitución Nacional en su artículo 37 garantiza la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios a través de acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral Que, es una obligación del Estado y nosotros sus representantes adoptar medidas que garanticen el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos obtenidos por la mujer, y con una necesidad de seguir construyendo espacios que beneficien a la democracia Y adoptar medidas para erradicar la discriminación contra las mujeres en el acceso a las funciones públicas y terminar con la desigualdad entre ambos sexos, reproducida por generaciones de manera inconsciente a través de la tradición, la costumbre y el hábito. Que, la iniciativa se presenta en medio del debate que está vigente en el Congreso de la Nación donde se discute implementar la paridad entre varones y mujeres en las distintos estamentos del Estado. Que, existen provincias argentinas que ya han legislado sobre la paridad de género: Córdoba (2000), Buenos Aires (2016) Santiago del Estero y municipios como Malargüe, Tunuyán, Rivadavia y se está discutiendo en muchos otros la implementación, acompañando el debate del proyecto de ley en el Congreso de la Nación que en el Senado de la Nación se le dio media sanción, casi por unanimidad, al proyecto de Ley de Paridad de Género. Que, a partir de la incorporación de las mujeres a la vida política, se planteó la necesidad de fomentar su presencia en los espacios de poder.
3 Dado que se partió de una realidad muy desigual, para lograr una igualdad de oportunidades en acceso a los cargos públicos fue necesario implementar un trato diferenciado entre varones y mujeres, a través de medidas de acción afirmativa como fue la sanción en el año 1991 de la Ley Nacional donde se estableció el llamado cupo femenino, con el propósito de garantizar la representación femenina en el cuerpo legislativo. La Ley obligó a que las listas que se presenten deberán tener mujeres en un mínimo del 30 % de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de resultar electas. No será oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos. Que, la reforma constitucional de 1994 profundizó aún más dicho proceso. El Artículo 37 de la Constitución Nacional establece Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral. Que además, la reforma constitucional otorgó jerarquía y rango constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 23), el Pacto de Derechos Civiles y Políticos (art. 25) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (art. 7), los que reconocen a la participación política como un derecho humano cuyo ejercicio tiene tres manifestaciones (Torres García, 2012): El derecho a votar y a ser elegido o elegida. El derecho de toda persona a
4 participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos. El derecho a acceder, en condiciones de igualdad, a la función pública, incluyendo la toma de decisiones. Que en el año 2009 el Congreso de la Nación Argentina, sancionó la Ley de "Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales", que presenta entre sus objetivos la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida. Que las mujeres en nuestro país han llevado adelante una larga lucha en pos del reconocimiento de sus derechos civiles y políticos claros ejemplos de ellos son: el voto femenino, el reconocimiento de la capacidad civil de las mujeres, la ley de divorcio, el cupo femenino para cargos electivos, la ley de violencia de género, entre otros. Sin embargo aún quedan cuestiones pendientes a fin de lograr la paridad real de los géneros. Uno de los aspectos que falta profundizar es la paridad en cuanto a la participación política. En este sentido el espíritu de la ley que estableció el cupo femenino fue instituir este porcentaje como un piso para la participación de las mujeres, en la realidad funciona la mayoría de las veces como un techo, dado que no se ven mujeres con una participación mayoritaria a ese 30% en las listas para cargos electivos. Asimismo, en cuanto al cumplimiento del cupo, en lo que respecta a la disposición de las listas, se ven en los armados cierta discrecionalidad que lleva a que mayoritariamente y salvo casos de extrema referencia política el género femenino ocupe el último lugar de tres.
5 Que el principio de paridad, concebido como un nuevo paradigma de igualdad entre varones y mujeres, y no como un cupo más amplio, debe ser incorporado al sistema de representación política. La adopción de este principio implica trascender la naturaleza afirmativa del cupo y avanzar en dirección hacia una representación que se sustente en el principio de igualdad de oportunidades para ser elegidas y para ocupar cargos políticos. Que la regulación en Argentina sobre la representación de las mujeres en el Poder Legislativo se encuentra rezagada respecto de otros países de la región (Bolivia, Ecuador, Costa Rica, México, entre otros) y europeos (Francia y España) que ya han introducido una regla de equidad en la representación legislativa (paridad). Que hasta 1991, las mujeres ocupaban un promedio de entre el 4% y 5% de las bancas en el Congreso y a partir de la Ley de Cupo la representación de la mujeres comenzó a aumentar progresivamente (entre 1991 y 1997 el porcentaje de bancas ocupadas por mujeres en la Cámara de Diputados pasó de 5,4% a 27,2%). Hoy las mujeres ocupan alrededor del 40% de las bancas del Congreso. (CIPPEC).
6 Que la constitución de la Provincia de Corrientes dice en su capítulo VIII en el art. 45; El Estado garantiza la igualdad real de oportunidades para varones y mujeres en lo cultural, económico, laboral, político, social y familiar Que son atribuciones establecidas en la carta Orgánica Municipal en las atribuciones y deberes del s, art 29 inc. 10 y art 57 de la misma. Que las mujeres son el 51% de la población en el país, en nuestra provincia y Departamento se encuentran sub representadas en los ámbitos legislativos, por tanto debemos tener una representación que dé cuenta de ello. Que en el concejo deliberante de la Ciudad de Corrientes hay diecinueve concejales de los cuales solamente seis son mujeres, Que en la Cámara de diputados de la provincia hay 22 diputados y de ellos son solamente 8 diputadas. Que los sistemas de representación democráticos deben ofrecer a las ciudadanas y los ciudadanos iguales condiciones para elegir a sus representantes y para acceder al poder. Que la paridad de género en el Concejo Deliberante permitirá garantizar a la mujer su inclusión en la vida pública, asegurándole de esta manera la vigencia real de los derechos políticos y sociales en condiciones de igualdad.
7 Que, este proyecto busca generar la paridad en el armado de las listas, estableciendo el cupo del 50% para las mujeres, y estableciendo el armado de las mismas con el sistema de cremalleras, que implica el intercalado de géneros. Que, en uso de sus facultades el honorable Concejo Deliberante, obra en consecuencia. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art. 1 APROBAR la paridad de género en la conformación de la nómina de concejales para cargos electivos en el ámbito de la ciudad de Corrientes. Art. 2º Las listas que se presenten para candidatos a concejales deberán respetar para los cargos una paridad del cincuenta (50) por ciento del género femenino y otro cincuenta (50) por ciento del género masculino. Este porcentaje será aplicable a la totalidad de la Nómina, la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre géneros por binomios (femenino-masculino o masculinofemenino). Cuando se trate de nóminas u órganos impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno. Entre uno y otro periodo electivo también se dará la alternancia del género que encabece la lista electoral de cada propuesta política
8 POR ELLO: Art., 3 : En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de los/as concejales, los sustituirán los candidatos del mismo género que les sigan en la lista de titulares. Una vez que ésta se hubiere agotado ocuparán los cargos vacantes los suplentes del mismo género que sigan de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva. Ar.. 4 : El género del candidato/a estará determinado por su Documento Nacional de Identidad (DNI), independientemente de su sexo biológico. Art. 5 La presente Ordenanza será refrendada por el señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante. Art 6º.- REGÌSTRESE, COMUNIQUESE, PUBLÌQUESE Y ARCHIVESE.
Derechos políticos. Conformación de los órganos de gobierno del Estado Federal.
Derechos políticos. Conformación de los órganos de gobierno del Estado Federal. Derechos políticos. Disposiciones de la Constitución Nacional. Artículo 37.- Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio
Más detallesLEY CUPO FEMENINO. El Honorable Senado y la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, sancionan con fuerza de ley:
Corrientes LEY 4.673 CUPO FEMENINO El Honorable Senado y la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, sancionan con fuerza de ley: Artículo 1º.- A partir de la sanción de la presente
Más detallesBoletín_estadístico: Participación Año 1, Número 4, 15 de agosto de 2017
Año, Número 4, 5 de agosto de 07 página PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES En México, fue hasta 953 cuando se reconoció a las mujeres su derecho a votar y ser electas para los puestos de elección popular.
Más detallesEl Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires
PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY ARTÍCULO 1º: Objeto. La presente ley tiene por objeto implementar medidas de acción positiva
Más detallesConcejo Municipal de Rosario
VISTO La necesidad de garantizar el pleno ejercicio del derecho y garantía constitucional a elegir y ser elegido consagrado en el artículo 37 de la Constitución Nacional y artículo 29 de la Constitución
Más detallesASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DE VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO ELECTORAL PARA GARANTIZAR LA PARIDAD DE GÉNERO VARIAS SEÑORAS DIPUTADAS Y SEÑORES DIPUTADOS EXPEDIENTE
Más detallesSara Mia Noguera Jefa de la Sección de Estudios y Proyectos Electorales Departamento para la Cooperación y Observación Electoral
Incorporación de la Perspectiva de Género en la Observación Electoral: una contribución para el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en el hemisferio Sara Mia Noguera Jefa de la Sección
Más detallesMetodologia para incorporar la perspectiva de Genero en las MOEs/OEA
Metodologia para incorporar la perspectiva de Genero en las MOEs/OEA David David Álvarez Álvarez Veloso Veloso Departamento Departamento para para la la Cooperación Cooperación y Observación y Observación
Más detallesIniciativa para modificar la Constitución Política del Estado de Yucatán, en materia de igualdad. Exposición de motivos
Mérida, a 14 de septiembre de 2016. H. Congreso del Estado de Yucatán: Iniciativa para modificar la Constitución Política del Estado de Yucatán, en materia de igualdad Exposición de motivos La igualdad
Más detallesPARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES
PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES EN EL MARCO DE LOS PROCESOS ELECTORALES Ana Patricia Gibson Ruffner Abogada JNE - Gerencia de Educación Electoral y Comunicaciones DERECHOS POLÍTICOS DE LAS MUJERES
Más detallesO PARIDAD PERSPECTIVAS PARA LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES EN PARAGUAY. Clyde Soto Centro de Documentación y Estudios (CDE) Asunción, 2015
ESTANCAMIENTO O PARIDAD PERSPECTIVAS PARA LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES EN PARAGUAY Clyde Soto Centro de Documentación y Estudios (CDE) Asunción, 2015 Presentación hecha en el Foro Más mujeres
Más detallesParidad y evaluación de las cuotas de participación política de las mujeres
Paridad y evaluación de las cuotas de participación política de las mujeres Line Bareiro X Conferencia Regional sobre la mujer de América Latina y el Caribe Quito, 8 de agosto de 2007 Comisión parlamentaria
Más detallesPARTICIPACIÓNPOLÍTICADELAS MUJERESEN COSTA RICA
PARTICIPACIÓNPOLÍTICADELAS MUJERESEN COSTA RICA De las cuotas a la Paridad Haydee Hernandez Pérez Unidad Tecnica de Igualdad y Equidad de Género COSTA RICA UTIEG 2 Situada en Centro América Cuenta en el
Más detallesEquidad y genero: sltuaclon actual y retos
www.senado2010.gob.mx Equidad y,.., genero: sltuaclon actual y retos 223 11 Mujeres. La Historia del 8 de Marzo María Serrano Serrano El "Día Internacional de la Mujer" conmemora en todo el mundo, el esfuerzo
Más detallesGUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO
GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO Nombre: Curso: CONCEPTOS BÁSICOS: CONCEPTO DE ESTADO: es la máxima institución
Más detallesDESIGUALDADES DE GÉNERO EN LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA
DESIGUALDADES DE GÉNERO EN LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA UN DEBATE (AÚN) PENDIENTE ESTUDIOS Y ANÁLISIS ABRIL 2017 Desigualdades de género en la representación política. Un debate (aún) pendiente A raíz de
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO P r e s e n t e. LICENCIADO MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que
Más detallesVI Conferencia Iberoamericana de Justicia Electoral Del 27 al 29 de Agosto Cancún, México
VI Conferencia Iberoamericana de Justicia Electoral Del 27 al 29 de Agosto Cancún, México Tema Contribuciones de la justicia electoral a la igual de género. Subtema Paridad y alternancia en procesos electorales.
Más detallesSara Mia Noguera Jefa Interina de la Sección de Estudios y Proyectos Electorales Departamento para la Cooperación y Observación Electoral
Incorporación n de la Perspectiva de Género G en la Observación n Electoral: una contribución n para el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en el hemisferio Sara Mia Noguera Jefa Interina
Más detallesEL CONGRESO DE LOS CHICOS
EL GOBIERNO ARGENTINO Primero lo primero: Art. 1 de la Constitución Nacional. La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal. Qué significa esto? Es representantiva
Más detallesCC. SECRETARIOS H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA LIX LEGISLATURA PUEBLA, PUEBLA.
CC. SECRETARIOS H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA LIX LEGISLATURA PUEBLA, PUEBLA. Los suscritos, diputados Mariano Hernández Reyes y Lizeth Sánchez García de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del
Más detallesPoder Judicial de la Nación
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO UNO: En Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil diecisiete, celebran el presente acuerdo extraordinario los doctores Santiago Hernán Corcuera y Alberto
Más detallesLa Constitución Política del Estado garantiza el voto de los bolivianos en el exterior
Marco legal La Ley Nº 4021 del Régimen Electoral Transitorio señala en su artículo 19º: Para las elecciones del 6 de diciembre de 2009, 4 de abril de 2010, los demás procesos electorales y las consultas
Más detallesFORO INTERNACIONAL DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
FORO INTERNACIONAL DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA PANEL: LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA JUSTICIA ELECTORAL LATINOAMERICANA Zacatecas, Zac. 25 DE OCTUBRE DE 2012 Cuando un líder político lee hoy en
Más detallesCiclo de Charlas De Sanvicentinas para Sanvicentinos. Lo femenino desde la política 21 de marzo de 2014
Ciclo de Charlas De Sanvicentinas para Sanvicentinos Lo femenino desde la política 21 de marzo de 2014 Mujer en Sociedad Políticas e Igualdad de Géneros Mujer en Sociedad LA RELACIÓN DE GÉNERO NO ES
Más detallesDiseño e implementación de medidas para la igualdad
Diseño e implementación de medidas para la igualdad Curso de Alta Formación 2015 Mireya Del Pino-Pacheco Dirección de Estudios y Políticas Públicas La igualdad se opone al privilegio, no a las diferencias
Más detallesParidad electoral en la Ley de Instrumentos y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa 2015:
Paridad electoral en la Ley de Instrumentos y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa 2015: Artículo Art. 4 Art. 8 Art. 9 Descripción Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación
Más detallesReglamentado por Decreto 859/03 de La Pampa Decreto 1.663/03 de La Pampa MODIFICATORIO DTO.859/03 (ART.10)
LEY 2.042 SISTEMA DE "ELECCIONES INTERNAS ABIERTAS" DE LOS PARTIDOS POLITICOS RECONOCIDOS EN LA PAMPA.- SANTA ROSA, 18 de Marzo de 2003 BOLETIN OFICIAL, 16 de Abril de 2003 Reglamentado por Decreto 859/03
Más detallesREFORMA POLÍTCA 2014 INICIATIVAS PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS LEGISLACIÓN SECUNDARIA
REFORMA POLÍTCA 2014 INICIATIVAS PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS LEGISLACIÓN SECUNDARIA Elaborado por: Blanca Olivia Peña Molina Red Mujeres en Plural PROPUESTA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Más detallesGRUPO PARLAMENTARIO DE MUJERES
GRUPO PARLAMENTARIO DE MUJERES Marzo de 2015 Ese Código también señalaba que la mujer no era considerada ciudadana, por lo cual no gozaba de los derechos civiles, sociales, económicos, culturales y mucho
Más detallesLa paridad de género en el Congreso Nacional*
La paridad de género en el Congreso Nacional* El Congreso de la Nación está debatiendo un proyecto de reforma electoral elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional. El proyecto propone reemplazar el sistema
Más detallesMARCO JURÍDICO. Instrumentos Internacionales y Nacionales
MARCO JURÍDICO Instrumentos Internacionales y Nacionales De acuerdo con los artículos 76, fracción I, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), los tratados internacionales
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con Proyecto de Decreto con relación a modificar los artículos 67 fracción XIII y 80 fracciones I, VI, VII y IX, y adicionar la fracción X a este mismo artículo de la Ley Orgánica del Congreso
Más detallesAMIGOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN;
DIP. RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA Presidente de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado de Michoacán. P r e s e n t e.- COMPAÑERAS DIPUTADAS; COMPAÑEROS DIPUTADOS; AMIGOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN;
Más detallesGACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
GACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL ENRIQUE ALEJANDRO
Más detallesDr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES
Dr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES ÍNDICE UNIDAD 1: LA DEMOCRACIA Concepto de democracia 1 Antecedentes: la democracia y otras formas de gobierno 1 En la
Más detallesel ConGreSo De LoS CHiCoS Derechos políticos de las mujeres en Argentina
el ConGreSo De LoS CHiCoS Derechos políticos de las mujeres en Argentina LAS MUJERES EN EL CONGRESO DE LA NACIÓN El 23 de noviembre de 2017 la Cámara de Diputados de la Nación aprobó por amplia mayoría
Más detallesy de Participación Ciudadana
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana Lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género y no discriminación en la postulación de candidaturas a diputaciones por
Más detallesII. SISTEMA ELECTORAL
II. SISTEMA ELECTORAL El sistema electoral argentino es de representación proporcional. Es decir, para la integración de los órganos de representación popular Cámara de Diputados y Senado se privilegia
Más detallesviernes 16 de marzo de 2018
viernes 16 de marzo de 2018 PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DECRETO 296.- POR EL QUE SE REFORMA EL PÁRRAFO QUINTO AL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO. EXPOSICIÓN
Más detallesConcejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 29 DE JUNIO DE 1987. VISTO: La obligación de cumplir con el cometido de convocar a elecciones municipales, en virtud de que las autoridades actuales cumplen con sus
Más detallesLa Paz, Baja California Sur, a veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete. C O N S I D E R A N D O
ACUERDO PLENARIO DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA SUR. POR EL QUE SE APRUEBA LA FIRMA DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES
Más detallesLey de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983
CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983 D.S.N 027-2007-PCM, Art. 2 (Define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1159-2PO1-16 1. Nombre de la Iniciativa. 2. Tema de la Iniciativa. Reforma del Estado. 3. Nombre de quien presenta la Iniciativa. 4. Grupo Parlamentario del
Más detallesCUESTIONARIO AVANCES Y DESAFÍOS EN LA ESFERA DE LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES
CUESTIONARIO AVANCES Y DESAFÍOS EN LA ESFERA DE LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES INTRODUCCIÓN Objetivos: El presente cuestionario ha sido preparado como parte del plan de trabajo de la Relatoría
Más detalleslegalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que deben observarse en el manejo de los recursos públicos.
LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE
Más detallesCOMISIÓN DE ASUNTOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DIP. RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO LXXIII LEGISLATURA PRESENTE Los que suscriben ALMA MIREYA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, SERGIO
Más detallesANEXO I. REGLAMENTO DE LA JUNTA ELECTORAL.
ANEXO I. REGLAMENTO DE LA JUNTA ELECTORAL. De la Agrupación Municipal Acción Marplatense del Partido de General Pueyrredón (Provincia de Buenos Aires).- ARTÍCULO 1. JUNTA ELECTORAL. FUNCIONES. La Junta
Más detallesCONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983
CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres LEY Nº 28983 DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2006 CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesPARIDAD EN EL PROCESO
1. Antecedentes Primer antecedente documentado en la Declaración de Atenas en el año 1992. Se reivindicó la igualdad de participación de las mujeres y los hombres en la toma de decisiones públicas y políticas.
Más detallesLEY DEPARTAMENTAL Nº 25 LEY DEPARTAMENTAL DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2010 RUBÉN COSTAS AGUILERA GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE SANTA CRUZ
LEY DEPARTAMENTAL Nº 25 LEY DEPARTAMENTAL DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2010 RUBÉN COSTAS AGUILERA GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE SANTA CRUZ Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental, ha sancionado
Más detallesCUOTAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES
CUOTAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES Yessica Elisa Clavijo Chipoco Abogada Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales LAS CUOTAS ELECTORALES Las cuotas son mecanismos
Más detallesPALABRAS DE LA DIPUTADA BEATRIZ ROJAS MARTÍNEZ EN EL MARCO DEL 57 ANIVERSARIO DE LA CONMEMORACION DEL SUFRAGIO FEMENINO
PALABRAS DE LA DIPUTADA BEATRIZ ROJAS MARTÍNEZ EN EL MARCO DEL 57 ANIVERSARIO DE LA CONMEMORACION DEL SUFRAGIO FEMENINO Honorable Asamblea Legislativa: A 57 años de haber logrado el voto femenino el balance
Más detallesPODER Y TOMA DE DECISIONES
PODER Y TOMA DE DECISIONES En los últimos 10 años, las organizaciones de mujeres en interacción con los parlamentos y otras instancias estatales, han impulsado la coordinación y elaboración de políticas
Más detallesCONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (1978)
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (1978) TÍTULO PRELIMINAR. Artículo 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad,
Más detallesExposición de Motivos
La suscrita Senadora Rosa Adriana Díaz Lizama, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos
Más detallesLeyes de Cuotas en América Latina para cargos de elección popular nacionales y sus reformas
(aprobación Legislación) Leyes de en América Latina para cargos de elección popular nacionales y sus reformas Mandato de Argentina I 1991 Mínimo 30 Bolivia I 1997 Mínimo 30 En Diputados: al menos una mujer
Más detallesHonorable Congreso del Estado de Tabasco Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional
Villahermosa, Tabasco a 12 de mayo de 2016 DIP. JUAN PABLO DE LA FUENTE UTRILLA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE TABASCO. PRESENTE. En mi carácter de Diputada integrante
Más detallesEL SISTEMA ELECTORAL CHILENO. Andrés Aguilar B. Embajada de Chile en Brasil
EL SISTEMA ELECTORAL CHILENO Andrés Aguilar B. Embajada de Chile en Brasil El Sistema Electoral: Algunos antecedentes REGIMEN PRESIDENCIALISTA DE GOBIERNO ESTADO UNITARIO Y CENTRALIZADO 15 REGIONES DISTRITOS
Más detallesJuez Jorge Martínez Arreguín
NORMATIVIDAD DEL FEMINICIDIO Juez Jorge Martínez Arreguín Celebro con gran entusiasmo la realización de esta mesa de trabajo porque debe ser el parteaguas entre la incapacidad del Estado Mexicano para
Más detallesLEY EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
LEY 13251 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.-Objeto. Créase en el ámbito de la Provincia de
Más detallesINFORME ESPECIAL. A 20 años de la Ley de Cupo Femenino
INFORME ESPECIAL A 20 años de la Ley de Cupo Femenino (Área de Actualidad Legislativa) La representación femenina en el Congreso, desde el 2000 a la actualidad Índice 1 Presentación Pág. 3 2 Comparación
Más detallesLine Bareiro Centro de Documentación y Estudios - Comité CEDAW XIV Encuentro Internacional de Estadísticas de Género Empoderamientos y autonomías de
Line Bareiro Centro de Documentación y Estudios - Comité CEDAW XIV Encuentro Internacional de Estadísticas de Género Empoderamientos y autonomías de las mujeres: medición del cumplimiento de los compromisos
Más detallesINFORME ESTADÍSTICO DE PARIDAD DE GÉNERO DE 1995 A 2016
INFORME ESTADÍSTICO DE PARIDAD DE GÉNERO DE 1995 A 216 EN EL REGISTRO Y ELECCIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS COMISIÓN ESPECIAL DE IGUALDAD DE GÉNERO DEL IETAM
Más detallesACTA POR LA QUE SE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS
ACTA POR LA QUE SE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS OBSERVACIONES GENERALES.- ACTA DE LA DÉCIMA PRIMERA SESIÓN PRIVADA QUE CELEBRA EL
Más detallesCONMEMORACIÓN DEL SUFRAGIO FEMENINO EN MÉXICO 17 de octubre
CONMEMORACIÓN DEL SUFRAGIO FEMENINO EN MÉXICO 17 de octubre Cuando una situación es adversa y la esperanza es poca, las determinaciones fuertes son las más seguras. Tito Livio En la actualidad, la participación
Más detallesPROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No SENADO. Por el cual se modifica el artículo 258 de la Constitución Política. El Congreso de Colombia DECRETA
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No. 001-14 SENADO Por el cual se modifica el artículo 258 de la Constitución Política El Congreso de Colombia DECRETA ARTÍCULO 1. El quedará así: artículo 258 de la Constitución
Más detallesVillahermosa, Tabasco; a 11 de febrero de 2015
ASUNTO: INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMA LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE TABASCO Y EL REGLAMENTO INTERIOR DEL H. CONGRESO DEL ESTADO. Villahermosa, Tabasco; a 11 de febrero
Más detallesLa participación de las mujeres en la democracia: entre las cuotas y la paridad Perspectiva comparada
La participación de las mujeres en la democracia: entre las cuotas y la paridad Perspectiva comparada ANA ISABEL GARCÍA QUESADA Especialista en equidad de género y políticas sociales 14 de junio de 2017
Más detallesBASES DE LA INSTITUCIONALIDAD (Capítulo 1)
1. Debate sobre el preámbulo 9 2. Considerandos del decreto promulgatorio...................... 10 3. Comentario de dicha fundamentación 10 BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD (Capítulo 1) 4. Antecedentes de
Más detallesQue se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Agraria.
HONORABLE ASAMBLEA: A las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos, de la LXII Legislatura del Senado de la República, les fue turnada para su estudio y dictamen correspondiente
Más detallesElecciones de Diputados a la Asamblea Nacional
Elecciones de Diputados a la Asamblea Nacional Febrero de 2010 1 La Asamblea Nacional 2 La Asamblea Nacional: Parlamento Unicameral Nuestra Asamblea Nacional es un parlamento unicameral, es decir, tiene
Más detallesINFORME DE INVESTIGACIÓN 113/ LA CUOTA POLÍTICA DEL GÉNERO FEMENINO EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2014
INFORME DE INVESTIGACIÓN 113/2014-2015 LA CUOTA POLÍTICA DEL GÉNERO FEMENINO EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2014 VICTOR HUGO NECIOSUP SANTA CRUZ Especialista parlamentario Lima, 27
Más detallesSan Fernando del Valle de Catamarca, de Marzo de 2016.
Sr. Presidente Concejo Deliberante de la Capital Juan Cruz Miranda Su despacho: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con el objeto de solicitarle la inclusión en el Temario de la próxima Sesión Ordinaria
Más detallesDiputada Martha Lilia Chávez González Presidenta
Informe de los Asuntos Relevantes Atendidos por la Comisión de Equidad, Género y Familia Diputada Martha Lilia Chávez González Presidenta 8 de Mayo de 2013 1 CONTENIDO 1. Nuevas Leyes y Reformas. 2. Institutos
Más detallesÍNDICE DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE
ÍNDICE DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE V Índice de la CONSTITUCIÓn POLÍTICA DE LA REPÚBLICa de chile Decreto Supremo Nº 100, de 2005, Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
Más detallesA 20 años de la Ley de Cupo Femenino. Informe realizado por : Diputada ALICIA GUTIÉRREZ, Integrante del Comité ejecutivo de la Red
A 20 años de la Ley de Cupo Femenino Informe realizado por : Diputada ALICIA GUTIÉRREZ, Integrante del Comité ejecutivo de la Red El cupo femenino se implementa en las elecciones a diputados nacionales
Más detallesPROYECTO DE LEY LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Expediente 1341-D-2017 Modificar la Ley 73 PROYECTO DE LEY LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1º.- Modificase el artículo 1 de la Ley 73 conforme el
Más detallesPresencia de las mujeres en la toma de decisiones
Presencia de las mujeres en la toma de decisiones Sonia Montaño, División Asuntos de Género, CEPAL Alejandra Valdés, INSTRAW Reunión Técnica de Expertos en Estadísticas de Género para el Análisis de los
Más detallesCONVOCATORIA A ELECCIONES DE INTEGRANTES DEL CONGRESO Y AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE MORELOS 2015
CONVOCATORIA A ELECCIONES DE INTEGRANTES DEL CONGRESO Y AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE MORELOS 2015 OBSERVACIONES GENERALES.- LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
Más detallesL E Y O R G Á N I C A M U N I C I P A L
L E G I S L A C I Ó N S E L E C C I O N A D A P R O V I N C I A D E C A T A M A R C A L E Y O R G Á N I C A M U N I C I P A L EXTRACTO DE LA LEY N 4640 CATAMARCA ARGENTINA http:// L E Y O R G Á N I C A
Más detallesProyecto de Ley caratulado: Elecciones Primarias Abiertas y Simultáneas - COMISIÓN DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LABOR PARLAMENTARIA.
Proyecto de Ley caratulado: Elecciones Primarias Abiertas y Simultáneas - COMISIÓN DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LABOR PARLAMENTARIA.- FUNDAMENTOS La provincia de San Luis viene aplicando, en su régimen
Más detallesDemandas indígenas y Reforma del Estado
Demandas indígenas y Reforma del Estado Representación política de los pueblos indígenas REFERENCIAS Instrumentos Jurídicos Nacionales e Internacionales sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Cuáles
Más detallesRESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N 001-2012-2013-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente: RESOLUCIÓN
Más detallesConsulta formulada por la señora Rina Contreras, en su. calidad de Presidenta del Partido Unidad Social Cristiana y
N o 1544-E-2001.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las ocho horas con cuarenta minutos del veinticuatro de julio del dos mil uno. Consulta formulada por la señora Rina Contreras, en su calidad
Más detallesACUERDO N 005 ACUERDA
ACUERDO N 005 POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO UNA COMISIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. El Concejo Municipal de Girardota
Más detallesH. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES
DICTAMEN DE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN III, DEL APARTADO A, DEL ARTÍCULO 2º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. HONORABLE ASAMBLEA A la
Más detallesProyecto de Acto legislativo (Propuesta Inicial) (Art. 10. PA.L.) Deróguese el Acto Legislativo 1 de 2007.
P Cómo utilizar la matriz de ARTÍCULOS NO APROBADOS EN PRIMERA VUELTA de la reforma política? La matriz se encuentra dividida por cada uno de los artículos que se encontraban propuestos en el PROYECTO
Más detallesMeta: Investigación Sobre la Participación Femenina en Cargos de Elección en el Ámbito de los Municipios
Meta: Investigación Sobre la Participación Femenina en Cargos de Elección en el Ámbito de los Municipios 1975-2010 Sistematización de Propuestas Para Fomentar La Participación Política de las Mujeres Como
Más detallesASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DEL ARTÍCULO 202 DE LA LEY N CÓDIGO ELECTORAL
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DEL ARTÍCULO 202 DE LA LEY N. 8765 CÓDIGO ELECTORAL SILVIA SÁNCHEZ VENEGAS DIPUTADA EXPEDIENTE N.º 19.915 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS
Más detallesDEL DIPUTADO RICARDO MEJÍA BERDEJA, A LA BASE OCTAVA DE LA CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE CANDIDATO O CANDIDATA PARA OCUPAR LA VACANTE DE CONSEJERO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS HONORABLE CONGRESO NACIONAL: La Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, creó el Tribunal Supremo Electoral como un ente autónomo e independiente cuya organización y funcionamiento
Más detallesIniciativa popular Reglamentación
Iniciativa popular Reglamentación Constitución Nacional: texto artículos 39 y 40 Trámite de la Ley 24747 Texto de la Ley 24747 Iniciativa Popular - 1 Iniciativa popular Reglamentación La iniciativa popular,
Más detallesDECLARAN DE INTERÉS REGIONAL LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN, FRENTE AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL
DECLARAN DE INTERÉS REGIONAL LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN, FRENTE AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Ordenanza Regional Nº 018-2009-GRMDD-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional
Más detallesPROYECTOS DE LEY N.º CD IP y sus Acums. Nros CD DB, CD BJS, CD DB PE MENSAJE 4678 y CD - DB DICTAMEN DE MAYORÍA
PROYECTOS DE LEY N.º 32922 CD IP y sus Acums. Nros. 32936 CD DB, 33773 CD BJS, 34195 CD DB 34230 PE MENSAJE 4678 y 34298 CD - DB DICTAMEN DE MAYORÍA Diputadas y Diputados de Santa Fe: La Comisión de Asuntos
Más detallesMinisterio de Defensa
BUENOS AIRES, VISTO, la Resolución Ministerial Nº 213 del día 16 de febrero de 2007 y, CONSIDERANDO: Que durante el transcurso del año 2006 se ha creado y puesto en funcionamiento el Observatorio sobre
Más detallesASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 14 Y 55 DE LA LEY N. 7794, CÓDIGO MUNICIPAL Y SUS REFORMAS, Y DEL ARTÍCULO 150 DE LA LEY N.º 8765, CÓDIGO ELECTORAL
Más detallesLEY DE REGULACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de Ley: LEY DE REGULACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POLÍTICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS ARTÍCULO 1º.-
Más detalles