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- Catalina Pereyra Carrizo
- hace 8 años
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Transcripción
1 Audiencia de convalidación de la detención preliminar judicial Mario Pablo Rodríguez Hurtado Profesor de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y Litigación Oral UNMSM, PUCP, AMAG maparo@amauta.rcp.net.pe
2 Turbios antecedentes D. Leg. 895 ( ). Ley contra el terrorismo agravado Detención preventiva policial de los implicados hasta por 15 días, con incomunicación por orden judicial, a solicitud de la policía (a.6.b) D. Leg. 897 ( ). Ley de procedimiento especial para la investigación y el juzgamiento de los delitos agravados que tipifica el D. Leg. 986
3 Detención de implicados por 24 horas. Por el número de implicados, su peligrosidad o complejidad de la investigación, el Fiscal, a solicitud de la policía, incluirá en su denuncia el pedido de ampliación de la investigación policial; el Juez autorizará en el auto de apertura de instrucción que la PNP realice investigaciones hasta por 15 días,, permaneciendo los detenidos en las instalaciones policiales (a.1.b y f)
4 Vladivideo revelador: : Conversación sostenida con un ex magistrado supremo el En la sala de la corrupción. Video y audios de Vladimiro Montesinos ( ) 2000), Tomo 2, Biblioteca Anticorrupción. Fondo Editorial del Congreso del Perú, Lima, 2004
5 VMT dice: ( ) estamos alistando todo el paquete de decretos legislativos ( ) para la reforma de la seguridad ciudadana.. Ya están ( ) los decretos legislativos listos (p.1101). Son procesos sumarios de 60 días, porque en 24 horas es imposibile que por la naturaleza y la complejidad de los autores ( ) la policía ( ) pueda hacer una investigación ( ) la policía podrá detener más allá de las 24 horas con mandato judicial,, porque el Juez Penal, recepcionada la denuncia dentro de las 24 horas de de detención por el Fiscal ad hoc ( ) el Juez apertura instrucción con detención ( ) y dispone que se cumpla ( ) por el término de 15 días. Entonces logramos llenar este vacío de los 15 días permitidos ya con orden judicial, no infringimos la Constitución ( )sino ya es el órgano jurisdiccional el que faculta
6 El Juez lo único que va a tomar (son las) generales de ley y se regresa y deja que la policía continúe con las investigaciones (p. 1102) ( ) El CPP lo vamos a dejar en suspenso ( ) indefinidamente.. Yo soy contrario, porque estamos quitándole al Poder Judicial ( ) la facultad más importante que es litigar y se la estamos traspasando al Ministerio i i Público ( ) mientras estemos acá este código no vendrá (p. 1104)
7 Ley ( ), ) modificada d por D. Leg. 988 ( ) Procedimiento i para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares Horizonte de aplicación (a.1) Delitos cometidos por pluralidad lid d de personas u organizaciones criminales,, siempre que se hayan usado recursos públicos o intervenido funcionarios o servidores públicos,, o cualquiera con el consentimiento o aquiescencia de éstos
8 Mandato judicial de detención preliminar hasta por 15 días Presupuestos: Elementos de convicción suficientes sobre la comisión de uno de los referidos delitos,, de la intervención del afectado y que éste se dará a la fuga o entorpecerá la actividad probatoria. Trámite: Antes de las 24 horas. El juez practica una audiencia reservada para verificar la identidad del detenido y garantizar el ejercicio de sus derechos. Dispone su libertad si encuentra errores en la individualización o ausencia de necesidad o urgencia de la medida, según las primeras diligencias Puede variar la medida por las restricciones del a. 143 CPP Si debe mantenerse la detención autoriza la conducción del afectado al establecimiento policial.
9 Nueva audiencia por requerimiento del imputado: Afectación del derecho a la defensa Irregularidades que perjudican la investigación Solicitud de variación de la medida El Juez, en su caso, comunica las irregularidades al Fiscal Superior; da por concluida las investigaciones preliminares y dispone que el Fiscal accione o archive Es factible el pedido alternativo de cualquier medida limitativa prevista en el a.143 CPP.. Ante la solicitud de detención el Juez puede optar por una de éstas, la que durará 15 días, prorrogables por el mismo plazo
10 Tenencia ilegal ld de armas de fuego (a.279), tenencia ilegal l de armas químicas (a.279a), sustracción o arrebato de armas y otros a miembros de las fuerzas armadas, policiales y servicios de seguridad (279B) Delitos cometidos por funcionarios públicos (abuso de autoridad, d concusión, peculado y corrupción de funcionarios) Delitos agravados (D. Leg Derogado) Delitos aduaneros (Leyes y 28008) y tributarios (D. Leg. 813) SIEMPRE QUE HAYAN SIDO COMETIDOS POR PLURALIDAD DE PERSONAS O EL AGENTE INTEGRE UNA ORGANIZACIÓN CRIMINAL
11 Terrorismo (DL ), delito de apología (a. 316 CP), Lavado de activos (Ley 27765), TID (A.296, 296A. 296B, 297, 298), delitos contra la humanidad (Genocidio,, desaparición forzada de personas, tortura), Delitos contra el Estado y la defensa nacional (Atentados contra la seguridad nacional y traición a la Patria. Delitos que comprometen las relaciones exteriores del Estado) Secuestro (a.152), trata de personas (a. 153A) y extorsión (a.200), siempre que se cometan por pluralidad de personas Otros delitos cuando el agente integra una organización criminal
12 Ley ( ), modificada por D. Leg. 989 ( ), que regula la intervención de la policía y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito Casos generales no flagrantes Motivo: Urgencia y peligro en la demora Fin: Evitar se perturbe la investigación y el agente se sustraiga de la persecución Trámite: De oficio o a petición de la policía, el Fiscal solicita al Juez dicte mandato de detención preliminar motivado y escrito, según las actuaciones remitidas id Plazo de detención: 24 horas. En casos de flagrancia o no el Fiscal puede pedir cualquiera de las medidas del a.143 CPP
13 Convalidación de la detención preliminar hasta por 7 días por pedido Fiscal Horizonte de aplicación especial: Delitos cometidos por organizaciones criminales TID Lavado de activos Terrorismo Secuestro Extorsión Trata de personas Presupuestos: No flagrancia o el agente en flagrancia evitó su detención Razones para considerar que la persona ha cometido uno de los referidos delitos y pueda existir peligro de fuga
14 Casos flagrantes. El Fiscal puede solicitar la convalidación de la detención preliminar hasta por 7 días Presupuestos: : Los ya señalados: Hecho, intervención del afectado, peligro de fuga En TID, terrorismo y espionaje,, la detención preliminar se extiende hasta 15 días Libertad antes del vencimiento del plazo, requiere aprobación del Fiscal Superior
15 Auto de convalidación de la detención preliminar en casos de flagrancia. Trámite: En el plazo de 24 horas el Fiscal solicita la convalidación. El detenido es puesto a disposición del Juez para que verifique su identidad y garantice el cumplimiento de sus derechos. Emite resolución. Si convalida dispone el retorno del detenido al centro de detención policial, a disposición del fiscal, caso contrario ordena sea investigado como citado
16 Auto de convalidación ió en casos no flagrantes El juez resuelve el pedido fiscal de detención en el día. El Detenido es puesto a disposición del Juez con las actuaciones, éste se pronuncia Contenido del auto de convalidación de la detención: Identidad del imputado Exposición de los hechos imputados Fundamentos de hecho y de derecho Circunstancias de las que se desprende el peligro de fuga
17 Deberes del Juez en casos de convalidación i de la detención preliminar Constituirse i donde d está el detenido para constatar t el avance de la investigación y salud de aquel.. En caso de irregularidades o afectación del derecho de defensa comunica esto al Fiscal para que adopte correctivos en 24 horas y lo informe, si no lo hace comunica al Fiscal Superior. De oficio, a pedido del detenido, su abogado o un familiar disponer el RML inmediato,, en caso el Fiscal no lo hbi hubiese ordenado d Autorizar el traslado del detenido de un lugar a otro del país,, a pedido fiscal por necesidad de la investigación
18 Atribuciones del Fiscal vencido el plazo de convalidación Formalizar denuncia Solicitar las medidas coercitivas que estime conveniente Liberar al detenido Obligaciones de la policía: Informar al detenido en flagrancia sobre la imputación Avisar de inmediato al Fiscal En casos de detención preliminar judicial sin flagrancia, informar al detenido sobre la imputación y comunicar al Fiscal, quien, al momento de denunciar, lo pone a disposición del Juez que dictó el mandato, o solicita convalidación de la detención.
19 Impugnación: Tanto el mandato de detención preliminar judicial como el de convalidación son apelables, sin efecto suspensivo
20 Modificación al concepto de delito flagrante (Ley y D. Leg.983 ( ) que afecta el a.359 NCPP Supuestos: Agente descubierto en la realización del hecho o acaba de cometerlo El agente ha huido y ha sido identificado inmediatamente después de perpetrar el hecho, por el agraviado o por otro que presenció lo sucedido, o por medio audiovisual i o análogo que ha registrado su imagen, y es encontrado dentro de las 24 horas de producido el hecho El agente es encontrado dentro de las 24 horas después de ocurrido el hecho con efectos o instrumentos procedentes de aquel o señales en si mismo o en su vestimenta que indican su probable autoría o participación en ese delito
21 Delito flagrante y TC Los presupuestos de inmediatez temporal y personal STC HC/TC (Marcha de los Cuatro Suyos) Sospecha policial y tránsito por la cercanía del lugar de los hechos h son insuficientes i para establecerlo l Criterios indispensables de inmediatez: HC/TC (Frida Anita Díaz) )y PHC/TC (Rodríguez)
22 Las retenciones en el NCPP Control policial de identidad (a.205) Batidas? En caso de vinculación con un delito, registro policial de vestimenta, equipaje y vehículo Conducción a la dependencia policial por carencia de documento de identidad d ( Adolescentes?) Toma de huellas dactilares y constatación de RQ Procedimiento por no más de cuatro horas
23 Controles policiales públicos por delitos graves (a. 206) bloqueos? Identificación de transeúntes y de los que estén en el lugar Registro de vehículos Control superficial de efectos personales Pesquisas o indagaciones en lugares abiertos, cosas o personas (a.208) Para encontrar rastros del delito o considerarse que ahí se esconde el imputado o un prófugo
24 Retenciones (a.209) La policía puede disponer que durante las pesquisas NO SE AUSENTEN las personas halladas en el lugar o comparezca cualquier otra Duración: No más de cuatro horas.. Más allá sólo con mandato judicial Registro de personas (a.210) Razones para pensar que la persona oculta en su cuerpo o ámbito personal bienes relacionados con el delito Alcance: Vestimenta, equipaje, vehículo
25 Registro corporal (a.211) Presupuestos: Delito grave (pena privativa de libertad superior a cuatro años). Establecer hechos significativos para la investigación A pedido fiscal el Juez puede ordenar, sin consentimiento del imputado: Análisis sanguíneos Pruebas genéticas moleculares Exploraciones radiológicas. Actuación de médico o personal especializado No debe importar peligro de daño grave a la salud del imputado
26 Actuación urgente por orden fiscal.pedidode. de confirmación judicial inmediata Realización sin presencia de defensor. Mínimas intervenciones con fines de intervención dispuestas por el Fiscal o la policía (pequeñas extracciones de sangre, piel, cabello). Realización a cargo de un experto. No deben importar riesgo. Caso contrario se requiere orden judicial, previo dictamen pericial
27 Examen corporal de otras personas (a.212) Aun sin su consentimiento Testigos en cuyo cuerpo deba constatarse huella o secuela del delito Exámenes para determinar descendencia. Extracciones sanguíneas admisibles, sin su consentimiento,, si no cabe daño a su salud y son vitales para la investigación Pueden rehusarse por los mismos motivos del testimonio (a.165) Y cuándo se trata del propio imputado no es auto incriminación? En caso de menores,, decide su representante legal, en defecto, el Juez
28 Examen corporal para alcoholemia (a.213) Por prevención o en intervención por posible delito viario,, la policía podrá realizar comprobaciones mediante aire aspirado En caso positivo o presencia de signos de influencia de alcohol u otra sustancia prohibida, el intervenido será retenido y conducido a un centro sanitario para la prueba en sangre u otros fluidos
29 NCPP a.261detención preliminar judicial por 24 horas. Casación Nº Huaura Petición fiscal, atención célere, conforme a actuaciones remitidas, id mandato judicial i Presupuestos: No flagrancia Razones para considerar que el agente ha cometido un delito grave (PPL superior a 4 años) Cierta posibilidad de fuga El sorprendido en flagrancia evita su detención El detenido fuga de un centro de detención preliminar
30 Orden de detención e individualización suficiente del imputado. Vías extraordinarias i Ejecución policial RQ con vigencia de seis meses. No caducan por tratarse de delitos especiales Auto de detención motivado (a.262):: Identidad del imputado, exposición hecho imputado, fundamentos de hecho y de derecho Deberes policiales (a.263.2) If Informa al ld detenido del dldli delito atribuido ibid y de sus derechos, mediante acta (a.71), de la autoridad que ha ordenado su detención, comunica al MP, lo pone a disposición del Juez
31 Deberes judiciales: Examina al imputado, con asistencia de su defensor, para verificar su identidad y garantizar el ejercicio de sus derechos. Lo pone a disposición del Fiscal e ingresa en el centro de detención policial o transitorio Deberes fiscales: : Libera o comunica al Juez la continuación de la investigación, solicitando prisión preventiva u otra medida Duración de 15 días de la detención preliminar en casos de terrorismo, TID y espionaje (a.264) Medidas judiciales: Constituirse al lugar de detención a indagar motivos de la detención, avance de las investigaciones y estado de salud del detenido. Si advierte afectación al derecho de defensa o irregularidades que perjudican la investigación las comunica al Fiscal del caso y al Fiscal Superior. El Fiscal debe adoptar medidas correctivas y avisarle de ello. Disponer RML del detenido. Autorizar su traslado de un lugar a otro
32 Detención preliminar incomunicada (a.265) En casos de terrorismo, TID y espionaje o delitos con pena superior a seis años, el Fiscal puede solicitar al Juez la incomunicación del detenido Duración: 10 días.. No impide las conferencias del afectado con su abogado
33 Audiencia i de convalidación ió de la detención preliminar judicial (a.266) Trámite: Vencidas las 24 horas, el Fiscal pone al detenido a disposición del Juez requiriendo auto de convalidación o lo libera La audiencia se hace ese mismo día. Presentes: : Fiscal, imputado, defensor Intervención de los asistentes y actuaciones proporcionadas por el MP. Decisión judicial en el mismo acto Duración: 7 días.. Luego a disposición del Juez para que dice prisión preventiva o comparecencia
34 Impugnación: : El auto de detención preliminar, incomunicación y convalidación son impugnables, sin efecto suspensivo
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