RESOLUCIÓN NÚMERO 162 DE 2008 (Julio 29) Por la cual se actualiza el comité de sostenibilidad contable del Municipio de Altamira El Alcalde del municipio de Altamira, en usos de sus atribuciones constitucionales y legales y, CONSIDERANDO: Que la Resolución No 119 de 27 de abril de 2006, por la cual se adopta el Modelo Estándar de Procedimiento para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, expedida por al Contador General de la Nación, establece en el numeral 2.1.10 que dada la característica recursiva de los sistemas organizacionales y la interrelación necesaria entre los procesos que desarrollan los entes públicos, estos evaluaran la pertinencia de contribuir e integrar el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable, como una instancia asesora del aérea contable y financiera de las entidades. Que la Administración Municipal debe establecer los lineamientos necesarios para garantizar la Sostenibilidad de su Sistema Contable Publico, lo cual además se ratifica a partir de lo definido en el Decreto 1599 de 2005, en cuanto a la documentación e implementación de los procesos, procedimientos, indicadores, puntos de control y demás aspectos exigidos por el citado decreto. Que de conformidad con la Resolución No 119 de 2006 emitida por la Contaduría General de la Nación, las entidades que conforman el sector publico tienen la obligación de adelantar las gestiones administrativas necesarias para garantizar que la información contable revele en forma fidedigna su realidad económica, financiera y patrimonial, de manera que sirva de instrumento para que los diferentes usuarios fundamenten sus decisiones relacionadas con el control y optimización de los recursos públicos, en procura de una gestión pública eficiente y transparente. Que en merito de lo expuesto: RESUELVE: ARTICULO 1. Crear el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable del, como una instancia asesora de los directivos de las aéreas de
gestión en la formulación de políticas y estrategias, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema contable, produciendo información confiable y oportuna. ARTICULO 2. El comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable de Administración Municipal de Altamira - Huila, estará integrado por los siguientes funcionarios: El Alcalde municipal. El Asesor jurídico. El Asesor Contable. El Contador del Municipio El Tesorero general del municipio, quien lo presidirá. El Jefe de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces. El auxiliar Administrativo de Tesorería. PARAGRAFO PRIMERO: El comité podrá invitar a los funcionarios que estime conveniente para el desarrollo de temas puntuales. PARAGRAFO SEGUNDO: El jefe de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces participa en forma permanente en las sesiones del Comité de Sostenimiento Contable, con derecho de voz pero no a voto. De conformidad con lo establecido por la Ley 87 de 1993 y el Modelo Estándar de Control Interno MECI, también se deberá evaluar la implementación, desarrollo y sostenimiento de los procesos y procedimientos necesarios para garantizar la Sostenibilidad del Sistema Contable de la Administración Municipal, así como los acuerdos y compromisos adquirido por los responsables de las aéreas de gestión en el Plan de Sostenibilidad Contable en forma separada, independiente y objetiva. ARTICULO 3. Son funciones del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Administración Municipal de Altamira: a) Asesorar a los responsables de las aéreas de gestión en la formulación de políticas y estrategias para implementar y desarrollar el Modelo Estándar de Procedimientos del Sistema Contable Público en la entidad. b) Revisar, analizar y recomendar la depuración de valores contables sobre los cuales se desconozca su origen o procedencia, con base en los informes que presenten las aéreas sobre la gestión administrativa realizada y los soportes documentales correspondientes. c) Realizar Auditoria en aéreas y procedimientos como; facturación, tesorería y pagos, jurisdicción coactiva y recuperación cartera, liquidación de nominas y
prestaciones sociales, administración de impuestos, administración presupuestal, contabilidad, inventarios, activos fijos, pasivos en general y cuando aplique seguimiento al manejo del modelo costos. d) Dictar su propio reglamento e) Las demás que sean asignadas por el Tesorero General del municipio, según la naturaleza de sus funciones. ARTÍCULO 4. El comité técnico de sostenibilidad del sistema contable realizará sesiones ordinarias cada tres meses y extraordinaria cuando se estime necesario previa citación de sus integrantes. Para estos efectos, el secretario del comité deberá citar con cinco días de antelación a la fecha de la reunión a cada uno de sus miembros, mediante comunicación escrita en la que se relacione el lugar, hora de la reunión y el temario a tratar. Dentro de cinco días no se incluirá ni el de la notificación ni de la reunión. Parágrafo: las reuniones serán validas cuando se reúnan, como mínimo, la mitad más uno de los miembros que integran el comité. Y, las decisiones se adoptaran por el voto de la mitad más uno de los miembros asistentes a la reunión. De las reuniones llevadas a cabo por el comité se levantaran actas, las cuales serán aprobadas y suscritas por sus miembros. ARTÍCULO 5. Presidente y secretario del comité: el presidente del comité de sostenibilidad contable será el Tesorero general del municipio. El comité tendrá un secretario quien será la persona encargada del mismo, para este caso, será el auxiliar administrativo de Tesorería. A falta de esta persona, ejercerá la secretaria, la persona que el presidente del comité designe. ARTÍCULO 6.- Funciones del presidente y el secretario: - Son funciones del presidente: - Convocar a las reuniones ordinarias o extraordinarias. - Preparar el temario de las reuniones. - Supervisar y controlar el adecuado cumplimiento de las funciones por parte de los integrantes del comité. - Coordinar y avalar la toma de decisiones gestionadas desde el comité- - Priorizar y seleccionar los temas y actividades de auditoría a cargo del comité.
- Son funciones del secretario: - Comunicar a los integrantes del comité las convocatorias a las reuniones del mismo. - Presentar al comité las informes relacionados con los procesos adelantados en materia de; formulación de políticas contables, depuración de saldos, y auditorias a las diferentes partidas, y demás atinentes a sus funciones. - Elaborar las actas de las reuniones efectuadas y sometidas a aprobación del comité en la siguiente reunión. - Velar por el cuidado y la conservación de los documentos y actas del comité ARTÍCULO 7. El establecimiento y el desarrollo de los procedimientos para la sostenibilidad del sistema contable de la administración municipal de Altamira, será responsabilidad del Tesorero general del municipio, los asesores jurídicos y contable, y de los funcionarios de las distintas aéreas de la entidad que tengan relación con el ciclo contable. En consecuencia, deberá concebirse y organizarse de tal manera que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones inherentes a cada cargo. PAGRAFO PRIMERO: los responsables de las aéreas generadoras de hechos financieros, económicos, y sociales que afecten la información contable, se reunirán periódicamente con los funcionarios a su cargo, con el objeto de analizar y evaluar el plan de sostenibilidad contable, para establecer las acciones administrativas y contables tendientes a garantizar la contabilidad y oportunidad de la información. El plan de sostenibilidad del sistema contable de la administración municipal, se concibe como el marco general de acciones a ejecutar por las áreas de gestión para optimizar sus procesos y procedimientos con el objeto de garantizar la calidad, eficacia, confiabilidad y oportunidad de la información contable, este debe obtener como mínimo actividades, fechas de cumplimiento, aéreas involucradas y los responsables del logro de las metas propuestas. PARAGRAFO SEGUNDO: a las reuniones de que trata el parágrafo anterior podrán ser invitados los funcionarios que se consideren necesarios, con el objeto de establecer acciones conjuntas tendientes a optimizar el proceso contable. Así mismo, se invitara al jefe de oficina asesora de control interno o quien haga sus veces, para evaluar el cumplimiento de los compromisos establecidos. PARAGRAFO TERCERO: las decisiones adoptadas en las reuniones que realicen los responsables de las aéreas de gestión, se consignaran en actas y las mismas se traducirán en acciones concretas delimitadas en el tiempo, con responsables definidos, incorporando y/o actualizando el plan de sostenibilidad del sistema contable de la
entidad. ARTICULO 8. Orden del día: para efectos de cada reunión del comité, se adopta el siguiente orden del día: 1- Verificación del quórum. 2- Lectura, modificación y aprobación del orden del día. 3- Lectura, modificación y aprobación del acta de la reunión anterior. 4- Lectura de las funciones del comité según acto de constitución. Esto con el objetivo de mantener control sobre las mismas. 5- Verificación e informe del cumplimiento de tareas. 6- Análisis de situaciones específicas y toma de decisiones. En este ítem se analizarán las situaciones específicas que ameriten ser discutidas en esta reunión de acuerdo con las situaciones presentadas. 7- Proposiciones, sustentación de las mismas y aprobación de ellas. Artículo 9. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones anteriores que le sean contrarias en la materia. COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en el municipio de Altamira a los veintiocho (28) días del mes de julio de dos mil ocho. (2008). AMIN LOSADA LOSADA Alcalde