DE LOS DIPUTADOS MARÍA DEL ROCÍO CORONA NAKAMURA Y RAFAEL GONZÁLEZ RESÉNDIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA A LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS A OBLIGAR A LAS INSTITUCIONES BANCARIAS A MANTENER UNA ACTUALIZACIÓN PERMANENTE DE LOS DATOS DE LOS DESIGNADOS COMO BENEFICIARIOS DE LAS CUENTAS BANCARIAS QUE OFRECEN EN SUS SERVICIOS, COMO UNA MEDIDA DE PROTECCIÓN AL AHORRO DE LOS USUARIOS. PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS PARA QUE EN EL MARCO DE SUS FACULTADES OBLIGUE A LAS INSTITUCIONES BANCARIAS A MANTENER UNA ACTUALIZACIÓN PERMANENTE DE LOS DATOS DE LOS DESIGNADOS, EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO, COMO BENEFICIARIOS DE LAS CUENTAS BANCARIAS QUE OFRECEN EN SUS SERVICIOS, COMO UNA MEDIDA DE PROTECCIÓN AL AHORRO DE LOS USUARIOS, POR PARTE DE LOS DIPUTADOS MARÍA DEL ROCÍO CORONA NAKAMURA Y DIPUTADO FEDERAL RAFAEL GONZÁLEZ RESÉNDIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL. Los suscritos, Diputada Federal MARÍA DEL ROCÍO CORONA NAKAMURA y Diputado Federal RAFAEL GONZÁLEZ RESÉNDIZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes: Consideraciones En la actualidad y en gran medida por la creciente integración de las naciones, en todas las economías del mundo, los instrumentos bancarios tanto de pago o disposición de efectivo así como también de ahorro, han sido asunto de preponderante interés para las autoridades en la materia. Sobre éste aspecto, los bancos y la gama de servicios que ofrecen, son de vital importancia y objeto de un estudio y seguimiento cuidadoso en función de las amplias y muy variadas exigencias de la actividad comercial tanto interna como internacional. Lo anterior, derivado de la necesidad de contar con un sistema tanto financiero como también bancario que sea ágil, eficiente, transparente y sobre todo acorde con el propósito de mejorar las condiciones de vida de la población mediante un financiamiento al desarrollo económico, próspero y sostenible. Por ello en cualquier lugar, los bancos -y en general el sistema bancario- tienen un papel fundamental en la consolidación de una nación. El apoyo social requiere la condición estricta de que el sistema financiero y bancario sea, organizado y competente, como un asunto que no solo les concierne a las autoridades, sino a la sociedad en su conjunto. Siendo requisito sine qua non en nuestro país Nuestro nivel de comercio nacional como internacional, nuestra posición geográfica o bien económica y en general, la dinámica de nuestra población entre la demanda de sus necesidades y la creciente oferta para atenderlas, así lo solicita. Es así que en cada sexenio y a lo largo de éstos, el sistema bancario ha sido eje y pieza fundamental de la política en materia económica que se emprende.
Como lo menciona el Banco de México: los bancos actúan como intermediarios realizando operaciones de crédito mediante la recepción y el otorgamiento de créditos directos de y hacia los clientes. Asimismo, está establecido en la Ley de Instituciones de Crédito que se considera servicio de banca y crédito la captación de recursos del público en el mercado nacional para su colocación en el público, mediante actos causantes de pasivo directo o contingente, quedando el intermediario obligado a cubrir el principal y, en su caso, los accesorios financieros de los recursos captados. En nuestro marco jurídico, está asentado que son las instituciones de banca múltiple o también llamados bancos comerciales los principales -aunque no los únicos- facultados dentro del territorio nacional para ofrecer este tipo de servicios a la población. En otras palabras, los bancos son instituciones que legalmente pueden captar recursos y colocarlos nuevamente en el mercado comercial por medio de distintos tipos de créditos, asumiendo ellos el riesgo de la citada operación, fungiendo así como intermediarios financieros entre los ahorradores y los diferentes proyectos productivos o necesidades de financiamiento. Es por esta característica, que una banca comercial consolidada y fuerte, tiene la capacidad de incidir decididamente en elevar el crecimiento económico y mejorar las condiciones de vida de la población en general. Sin embargo y de manera específica, es objeto del presente punto de acuerdo un instrumento bancario que en un par de décadas ha tenido un vertiginoso aumento en su demanda, porque las condiciones que ofrece en materia de facilidad en el acceso, seguridad y eficiencia, lo han convertido en un instrumento bancario destacado y de elevado uso. Nos referimos a las cuentas de débito, que pueden ser desde las cuentas básicas que se utilizan con el único propósito de guardar el dinero y disponer en él momento que se desee, hasta cuentas de ahorro que ofrecen no solo la disponibilidad del dinero sino también la oportunidad de acceder a sistemas de inversión muy agiles, accesibles y versátiles. Cabe señalar que los bancos ofrecen un sinfín de posibilidades de obtener una cuenta de débito que capta, administra y maneja ya no solo el ahorro sino también hasta el ingreso algunas veces total- de una persona. En la gran mayoría de los casos, solo se necesitan como mínimo entre 500 y mil pesos y una identificación oficial para abrir una cuenta de éste tipo y disponer a la par de una tarjeta bancaria o plástico que por ley en sus servicios comunes no es sujeto de cobro por concepto de comisiones, ya sea por ejemplo en la consulta de saldo o disposición de efectivo. En las condiciones actuales donde el tiempo es acelerado, las actividades a realizar son muchas e imperiosas, la necesidad de contar con la disposición de nuestro dinero en ambientes de seguridad; sin duda alguna las razones anteriores han sido el motivo por el cual estas cuentas son de las más solicitadas. No obstante de sus ventajas indiscutibles, se ha venido desarrollando un problema específico sobre este importante y necesario instrumento bancario. En el momento de solicitar una cuenta de débito, en el contrato se establece el requisito de nombrar a cuando menos un beneficiario que es la persona que el titular designa para recibir los recursos del saldo de la cuenta en caso de un infortunio que derive en la ausencia de éste. Sin embargo, es precisamente sobre este aspecto en particular donde los bancos no ponen su conocido especial interés, porque en primer lugar solicitan el nombre del designado, su teléfono y una dirección que no exige detalle preciso para su localización, además ni verifican los datos, ni mucho menos los actualizan, dejando este importante dato en un franco desinterés por años e incluso por décadas.
El argumento ante ello, es que las instituciones bancarias sólo ofrecen sus servicios para administrar y manejar el dinero que el titular les deposita en confianza a sus actividades, dejándole a éste la entera responsabilidad el uso, destino y finalidad de su dinero. Es entendible lo anterior, sin omitir considerar que el objeto del contrato es el recurso monetario, mas no la presencia o ausencia del titular, de tal motivo que en el caso de la falta de éste, el banco aún debe de asumir un grado de responsabilidad sobre ese recurso. Este es un asunto relevante, porque se han registrado cada vez más sucesos en donde siendo muchos y diversos los factores, los familiares directos o al menos los beneficiarios no saben que han sido designados como tales e incluso ni siquiera saben de la existencia de alguna cuenta de débito bancaria de un ser cercano. Asimismo, en casos desafortunados en donde el titular de una cuenta que se encuentre en los supuestos anteriores o semejantes, pierda la vida de manera inesperada, el dinero jamás llega a quien debía de recibirlo, porque la institución bancaria quizás no cuenta con la información para localizar a los beneficiarios. Dicho asunto puede parecer menor, pero no lo es. Somos un país en donde hay en el sistema bancario, más de 25,000 millones de contratos de cuentas de débito. El 74% de la Población Económicamente Activa dispone, maneja su dinero y además paga con una tarjeta de débito. De hecho la tarjeta de débito es el medio de pago que más se utiliza en el país, basta mencionar que de entre 100 movimientos que se registran en la red de cajeros para disponer de dinero, 95 provienen de una tarjeta de débito. Además, del total de la población un 25% de los adultos tienen una cuenta bancaria, pero ésta tendencia se encuentra en aumento porque se está consolidando el alza del promedio de una persona con cuenta bancaria para pasar de una a situarse en dos cuentas de este tipo. Finalmente se tiene registrado que al menos en el 40% de los hogares mexicanos en el área urbana del país, se maneja mínima una cuenta bancaria por parte de uno de sus integrantes. Como se puede apreciar, nuestra población cada vez más hace uso de este importante instrumento de pago, ahorro, inversión y disposición de efectivo. Sin duda alguna, podemos afirmar que la actividad económica y comercial en el país, se ha visto beneficiada con lo anterior, porque no únicamente el titular de la cuenta bancaria encuentra mayores condiciones de seguridad al no tener que traer su dinero de manera física consigo, sino también en aspectos de fiscalización, transparencia contable e incluso tributación. Sin embargo, la claridad en los servicios va de la mano con la transparencia en el manejo de los recursos que hay que señalar, no son propiedad de la institución bancaria, sino de sus clientes que junto a su dinero depositan también, su confianza. Por ello, debemos de garantizar a todos los usuarios del sistema bancario y en específico de aquellos que usan y disponen de una cuenta de débito, la tranquilad y la certeza de que en el lamentable caso de su definitiva ausencia involuntaria, su dinero le llegara a las personas que él sin importar cuantos años hayan pasado- hubiese designado en su momento. Es así, que consideramos necesario que las instituciones bancarias al detectar que no se realiza ningún movimiento en el transcurso de un año en alguna cuenta bancaria de débito, así como en el uso de la tarjeta o plástico correspondiente, asuman una responsabilidad solidaria para que busquen y notifiquen a los expresamente y por escrito, designados como beneficiarios.
Este valioso esfuerzo, que atiende situaciones comunes y ordinarias de un posible descuido u olvido, sobre un tema tan imprescindible como lo es la designación de los beneficiarios y su correspondiente notificación, al contratar una cuenta de débito; se puede solucionar asumiendo una corresponsabilidad entre las instituciones bancarias con sus clientes. Para ello, las instituciones bancarias deberán solicitarle al cliente en el contrato no solo la información detallada del beneficiario o los beneficiarios, que permita su localización y fácil ubicación, sino también, exigiendo de manera oficial la actualización de la información en un periodo considerable pero de manera permanente mientras tenga vigencia el contrato. Sin duda alguna, cualquier cantidad de dinero fruto del ahorro y el trabajo debe de ser cuidado y valorado, el espíritu de esta proposición con punto de acuerdo que se propone dotara de tranquilidad a quienes somos usuarios de este tipo de instrumentos bancarios, así como también reforzara la convicción de honestidad y transparencia de nuestras instituciones bancarias. Y en ello, esta soberanía no puede quedarse al margen de apoyar este valioso ejercicio de carácter no únicamente económico sino también social. Por lo expuesto anteriormente, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente: PUNTO DE ACUERDO ÚNICO: La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros para que en el marco de sus facultades obligue a las instituciones bancarias a mantener una actualización permanente de los datos de los designados, expresamente y por escrito, como beneficiarios de las cuentas bancarias que ofrecen en sus servicios, como una medida de protección al ahorro de los usuarios. Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de abril del 2015. Atentamente Dip. Fed. María del Rocío Corona Nakamura Dip. Fed. Rafael González Reséndiz 1www.banxico.org.mx 2 Ley de Instituciones de Crédito. Artículo 2. 3 Fuente: Banco de México. 4 Fuente: INEGI. 5 Fuente: Condusef
6 Fuente: INEGI. 7 Fuente: INEGI.