UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN INDIRECTA DEL DIRECTOR (A) DE CARRERA

Documentos relacionados
Reglamento de Concurso de Merecimientos y Oposición para el Acceso a la Docencia de la PUCE

RESOLUCIÒN ADMINSTRATIVA No

1. ANTECEDENTES FACULTAD- CENTRO ACTIVIDAD PRINCIPAL/LÍNEA DE INVESTIGACIÓN TÍTULO Y EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA (PERFIL DEL ASPIRANTE)

REGLAMENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE DOCENTES

Pontificia Universidad Católica del Ecuador Dirección General Académica

UNIVERSIDAD DE CUENCA FACULTAD DE ODONTOLOGIA CENTRO DE POSGRADOS. ESPECIALIZACIÓN EN PERIODONCIA Aprobada mediante Resolución: RCP-SO24.

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

BASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL

REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DECANO O DECANA DE ÁREA ACADÉMICA1

Presidente Consejo Superior Leonardo Tamayo Tamayo. Asesor Consejo Superior Carlos Eduardo Rodríguez Pulido. Rectora Cecilia Garzón Daza Ph.D.

BASES DEL CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN DE PERSONAL DOCENTE- INVESTIGADOR DE IAEN

BASES PARA SER DESIGNADO COMO DOCENTE INVESTIGADOR

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DOCENTE PARA INGRESO A LA DOCENCIA UNIVERSITARIA POR CONTRATO A TIEMPO PARCIAL 2018-II

PROCESO DE SELECCIÓN DEL DOCENTE DISTINGUIDO PARA EL AÑO 2018

TABLA DE EVALUACIÓN PARA CONCURSO PUBLICO DE PLAZAS DOCENTES Y JEFES DE PRACTICAS NOMBRADAS Y CONTRATADAS 2017

ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL

ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA ECOTEC

TÍTULO Y EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA (PERFIL DEL ASPIRANTE) Título de Doctor (Ph. D.) o Magíster en Artes o Diseño, registrado en la SENESCYT.

NOTIFICACIÓN No

OBJETIVO: Crear el Banco de Elegibles para contratación de Profesores Ocasionales de Tiempo Completo y de Hora Cátedra de la universidad de Pamplona.

UNIÓN TEMPORAL ALMA MATER-UTP NIT

Pontificia Universidad JAVERIANA Bogotá

EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO Considerando:

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY

espoch Escuela Superior Politécnica de Chimborazo

BASES DEL CONCURSO PARA EL INGRESO A LA DOCENCIA UNIVERSITARIA COMO DOCENTE INVESTIGADOR EN LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA

SISTEMA UNIVERSITARIO DEL EJE CAFETERO ÁREA DE DESARROLLO REGIONAL E INTEGRACIÓN ACADÉMICA CONVOCATORIA 001/ Presentación 2. 2.

Información descargada

UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRÍQUEZ FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD CONCURSO DIRECTOR(A)

FERIA UNIVERSITARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA

Cód. Informes de cumplimiento Evidencias Genera el informe. Sílabos aprobados Comisión Académica

DIRECTIVA Nº VRACD-UPLA

PROGRAMA PARA LA CAPACITACIÓN Y El DESARROLLO DE LOS DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA

JERARQUIZACIÓN ACADÉMICA MANUAL DE USO DE PLATAFORMA DE JERARQUIZACIÓN

BASES LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE PLANTA DE PERSONAL DE LA I. MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA

BASES DEL CONCURSO DE LA FACULTAD DE MEDICINA

BASES PARA EL CONCURSOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION. Estadística II

CONVOCATORIA. CONVOCATORIA Hoja 1

NOTIFICACIÓN No

UNIVERSIDAD TÉCNICA LUIS VARGAS TORRES DE ESMERALDAS VICERRECTORADO ACADÉMICO Esmeraldas-Ecuador La acreditación es compromiso de todos

Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades. Aprobado el 29 de agosto de 2002

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones

BASES DEL LLAMADO A CONCURSO PARA PROVEER TRES CARGOS DE ACADÉMICOS EN JORNADA COMPLETA

BASES CONCURSO PÚBLICO NACIONAL DE ANTECEDENTES PARA PROVEER EN CALIDAD DE TITULAR CARGOS DE DOCENTES DE INTEGRACIÓN AÑO 2014.

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE INGENIERÍA

TÉRMINOS DE REFERENCIA DE LA CONVOCATORIA No.27 (AÑO 2017) PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

RESOLUCIÓN ACADÉMICA de febrero de 2016 RESUELVE

PROFESOR/A INVESTIGADOR/A TITULAR AGREGADO/A B PARA EL DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA Y ESTUDIOS DE GÉNERO

REGLAMENTO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY CAPÍTULO I GENERALIDADES

Investigación e innovación Versión 1 - Revisión 1 Página 1 de 5

UNIVERSIDAD DEL CAUCA DEPARTAMENTO DE TELEMÁTICA PROGRAMAS DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN INGENIERÍA TELEMÁTICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y DESARROLLO PERSONAL

SOCIEDAD ARGENTINA DE ORTODONCIA

- Pedro de Valdivia Providencia, Santiago.

Reglamento del Consejo Nacional. del Partido Acción Nacional. Capítulo I

UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES DIVISIÓN DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

UNIVERSIDAD DE INVESTIGACIÓN DE TECNOLOGÍA EXPERIMENTAL YACHAY

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA

CONVOCATORIA INTERNA A CONCURSO DE MÉRITO Y OPOSICIÓN DE LA UCG

DECRETO RECTORAL No. 944 (27 de noviembre de 2006)

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA EL RECTORADO CONSIDERANDO:

FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO-SEDE ECUADOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA VICERRECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE DOCENCIA

CONVOCATORIA PARA LA PROMOCIÓN DEL PERSONAL DOCENTE ADSCRITO AL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE OAXACA

UNIVERSIDAD DE CALDAS VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES Y POSGRADOS CONVOCATORIA PARA ASIGNACIÓN DE UNA BECA DE POSGRADO EN EL MARCO DEL PROYECTO

UNIVERSIDAD DE CARABOBO VICERRECTORADO ACADÉMICO BAREMO DEL BONO DE RENDIMIENTO ACADÉMICO

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS ADMINISTRATIVOS UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR TÍTULO I DEFINICIONES

Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil

RESOLUCIÓN 535 DE 2017 (JUNIO 13)

PROCESO DE CERTIFICACIÓN EN TANATOLOGÍA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES MARINAS Y COSTERAS José Benito Vives De Andréis - INVEMAR CONVOCATORIA PARA PROVEER UN CARGO EN INVEMAR

BASES LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CARGO DE PLANTA DE PERSONAL DE LA I. MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA

Convocatoria nacional Jóvenes investigadores e innovadores 2016 COLCIENCIAS

ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y FECODE

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL

BASES CONCURSO PÚBLICO NACIONAL DE ANTECEDENTES PARA PROVEER EN CALIDAD DE TITULAR CARGOS DE DOCENTES DE AULA EN EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA AÑO 2014.

Pontificia Universidad JAVERIANA Bogotá

BASES DEL CONCURSO MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN DE PERSONAL DOCENTE-INVESTIGADOR DE IAEN

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE POPAYÁN SISTEMA DE INVESTIGACIÓN. CONVOCATORIA INTERNA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN I+D+i

Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura

1. IDENTIFICACIÓN DE LA VACANTE

LA EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE

CONVOCATORIA No. FI-003 SECRETARIO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRÍQUEZ FACULTAD DE EDUCACIÓN CONCURSO INTERNO EXTERNO DIRECTIVOS UNIDAD ACADÉMICA

El REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

Reglamento de Evaluación Integral del Profesor e Investigador

FORMULARIO DE POSTULACIÓN PARA ASISTENCIA A SEMINARIOS Y CONGRESOS

CONVOCATORIA NO. FCHS-005 COORDINADOR ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES

UNIVERSIDAD DE CALDAS VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADOS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADOS

Instructivo para el Proceso de Validación de Conocimientos de Especialidades Médicas

CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN PARA PROVEER EL CARGO DE DELEGADO DISTRITAL DEL GUAYAS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA

CARNAVAL ANDINO DE LA INTEGRACIÓN IQUIQUE 2017

BASES CONCURSO PUBLICO DIRECTOR DE OBRAS MUNICIPALES. ESCALAFON : DIRECTIVO GRADO : 9 FUNCION : Director de Obras Municipales Grado 9 N CARGOS : 1

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

INSTRUCTIVO DE LA UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL DE LA ESPOL

Transcripción:

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN INDIRECTA DEL DIRECTOR (A) DE CARRERA CAPÍTULO I De los candidatos a Directores de Carrera Art. 1 Los candidatos a Directores de las Carrera de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, deberán cumplir con los requisitos, competencias y procedimientos establecidos en el Art. 43 del Estatuto de la UCSG y entregar en la Coordinación Administrativa de la Facultad la documentación siguiente: a) Copia de la cédula de ciudadanía y/o del pasaporte; y para los extranjeros, copia de la cédula de identidad que deben obtener en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación. b) Carta de compromiso con el Estatuto, reglamentos y normativas de la UCSG y de la enseñanza cristiana como la transmite el magisterio de la Iglesia Católica. c) Copia del Título Profesional y del Grado Académico debidamente registrado en el CONESUP. d) Certificado del tiempo de ejercicio de la Docencia, emitido por la Secretaría General de la Universidad. e) Certificado de haber ejercido alguno de los siguientes cargos: CARGO DEPENDENCIA QUE EMITE LA CERTIFICACIÓN Representante Docente al Consejo Secretaría General de la UCSG Universitario Representante Docente al Consejo Decanato (De actas del Consejo Directivo) Directivo de la Facultad Director de Carrera Decanato(De actas del Consejo Directivo) Director de Escuela, Decanato (De actas del Consejo Directivo) Decano o Subdecano de la Facultad Coordinador Académico de Facultad Decanato(De actas del Consejo Directivo) Coordinador Administrativo de Facultad Decanato(De actas del Consejo Directivo) Miembro de la Comisión Académica de la respectiva Carrera (Por lo menos 2 años) Dirección de Carrera (De actas del Consejo Directivo f) Certificado que acredite su experiencia profesional y vinculación con el sector de la profesión. g) Copia de acuerdos, diplomas o premios académicos y/o profesionales emitidos por gremios, universidades, gobiernos locales o nacionales, organismos e instituciones públicos o privadas, nacionales o internacionales. h) Certificado de participación en pasantías docentes e investigativas internacionales. i) Certificación de haber participado en proyectos de investigación y/o desarrollo de la profesión; seminarios, congresos y/o talleres, nacionales o internacionales, en calidad de cursante, ponente, moderador u organizador. 1

j) Certificación o presentación de textos, guías didácticas, revistas científicas o académicas que verifiquen la autoría o coautoría de libros, manuales, memorias y artículos. k) Certificado de haber organizado y/o participado en producciones culturales, exposiciones y ejecuciones artísticas. l) Certificaciones de Institutos Educativos acreditados y/o universidades del dominio de una o más lenguas extranjeras, que sean parte del currículo de las carreras multilingües. Art. 2 Los candidatos a Directores de Carrera, deberán entregar conjuntamente con la documentación, un Plan de Trabajo de la Unidad Académica, que incorpore las funciones de docencia, vinculación, investigación y técnico administrativa, tomando como referencia la planificación de la Facultad y la planificación estratégica general de la universidad. Art. 3 Los candidatos a Directores de Carrera, deberán rendir las pruebas de liderazgo, competencias académicas y gestión institucional, así como de evaluación de personalidad y comportamiento, estipuladas por los estándares internacionales para la calidad de la gestión del desarrollo organizacional. CAPÍTULO II De la Evaluación de los Candidatos a Director de Carrera De la Evaluación de Méritos Art. 4 Para la evaluación de los méritos de los candidatos a Director de Carrera, se tomará en cuenta los siguientes aspectos: FUNCIÓN DOCENCIA Aspecto a Evaluarse Puntaje Puntaje máximo Máximo a calificarse Títulos de Pregrado Títulos de Carreras Terminales 50 50 Títulos de Postgrado Diplomado Superior de la Profesión 120 240 2 titulaciones Diplomado Superior en Docencia 120 120 1 titulación Diplomado Superior en Investigación Científica 120 120 1 Titulación Diplomado Superior en el área de Administración Educativa 120 120 1 titulación Especialista 300 600 2 titulaciones Maestría 500 1000 2 titulaciones PHD 1000 1000 1 titulación Evaluación Docente Pre-grado Calificación 50 50 Tres últimos años Evaluación docente de Postgrado Calificación 100 100 Tres últimos años Cursos y Seminarios 2

Participación en cursos, talleres y seminarios con el aval de universidades nacionales 10 20 Participación en cursos, talleres y seminarios con el aval de universidades internacionales Participación en cursos del CIEDD de más de 25 horas Presidente, expositor y/o conferencista de cursos, seminarios y talleres de mas de 25 horas avalados por universidades nacionales Presidente, expositor y/o conferencista de cursos, seminarios y talleres de mas de 25 horas avalados por universidades internacionales Participación en la organización de eventos académicos y/o profesionales 15 45 20 20 40 40 10 30 15 45 5 15 1 por cada categoría Pasantías Internacionales Participación en pasantías docentes y de investigación en universidades internacionales Publicaciones Libros, textos, manuales, textoguia (educ. a distanc.), con el aval de la UCSG o de otras universidades reconocidas por el CONESUP 10 20 2 pasantías 25 75 Guías didácticas 5 15 Máximo 3, 1 por año (publicados en los últimos 5 años) Máximo 3, 1 por año (publicados en los últimos 5 años) Artículos publicados en revistas científicas o culturales, reconocidas o indexadas. 10 30 Máximo 3, 1 por año (publicados en los últimos 5 años) 20 60 Producciones culturales, Máximo 3, 1 por año (realizados en los exposiciones y ejecuciones 15 45 últimos 5 años) artísticas Dominio de lengua extranjera 20 60 Hasta 3 lenguas Total Función Docencia 3920 3

FUNCIÓN DE VINCULACIÓN CON LA COLECTIVIDAD Aspecto a Evaluarse Puntaje Puntaje máximo Máximo a calificarse Vinculación con el sector de Desarrollo de la Profesión Cartas de reconocimiento a su gestión, de Actores y Sectores de Reconocida Experiencia Profesional 10 30 Acuerdos, diplomas o premios académicos y/o profesionales emitidos por gremios, universidades, gobiernos locales o nacionales, 20 60 organismos e instituciones públicos o privadas, nacionales o internacionales Haber ejecido un cargo de representación gremial de la docencia y/o de la profesión, 20 60 fuera de la UCSG Haber Ejercido constitucionalmente un cargo 30 30 1 cargo en la gestión pública Total Función Vinculación 180 FUNCIÓN TÉCNICO ADMINISTRATIVA Aspecto a Evaluarse Puntaje Puntaje máximo Máximo a calificarse Servicios prestados en la UCSG Decano 35 35 Un período Subdecano 30 30 Un período Director de Sistemas 25 25 Un período Director de Escuela o Carrera 25 25 Un período Director de Programas de Postgrado 20 20 Un período Representante Docente al Consejo Universitario 30 30 Un período Representante Docente al Consejo Directivo de la 10 10 Un período Facultad Director de Departamentos académicos 15 15 Un período Miembro de la Comisión Académica de la Universidad 15 15 Un período Miembro de Comisiones Asesoras Permanentes de la Universidad 5 5 Un período 4

Director de Instituto de Investigación Miembro del Consejo de investigación Miembro del Comité de Postgrado Coordinador Académico de Facultad Coordinador Administrativo de Facultad Miembro de la Comisión Académica de Carrera (Por lo menos 2 años) Miembro de la Comisión Técnico-Académica de Postgrado Miembro de la Comisión Técnica de Investigación Autoría o participación en proyectos académicos y profesionales desarrollados por Instituciones de Educación Superior Autoría o participación en proyectos académicos y profesionales desarrollados por la Carrera Haber ejecido un cargo de representación gremial de la docencia y/o de la profesión Total Función Técnico- Administrativa 20 20 Un período 10 10 Un período 10 10 Un período 10 10 Un período 10 10 Un período 5 5 Un período 5 5 Un período 5 5 Un período 20 20 Un proyecto 10 10 Un proyecto 10 30 345 Total General 4445 Art. 5 Cada uno de estos tres aspectos será ponderado y calificado sobre 100 puntos; luego se realizará una ponderación final en la que cada uno de estos aspectos aportará con la tercera parte de la valoración que será realizada sobre 100 puntos. Se aplicará, en lo que sea factible, la disposición transitoria primera del reglamento de carrera académica y escalafón docente, relacionado con los títulos de Doctor. De la Evaluación de la Propuesta de Planificación Art. 6.- Los candidatos para Directores de Carrera, entregarán el Plan de Trabajo de su Unidad Académica debidamente sustentada su factibilidad, para que sea evaluado por la Comisión Especial, que deberá tomar en cuenta los siguientes indicadores: INDICADORES PUNTUACIÓN Contextualización de la planificación: Actores, sociales y de la profesión. 10 Actualización en enfoques, científicos y /o de la profesión. 10 Innovación en las propuestas de mejoramiento de la Carrera. 10 Capacidad de despliegue, integración y articulación de la planificación de la 25 Carrera con las funciones y procesos generales de la Facultad y la Universidad. 5

Manejo de la metodología de Planificación Educativa. 10 Coherencia y pertinencia de los planteamientos. 20 Inclusión de una visión prospectiva de la Carrera. 15 Total 100 De las Pruebas de Liderazgo, Aptitud y Competencias de Dirección Art. 7 El Vicerrectorado Académico enviará a los postulantes inscritos en la Coordinación Administrativa de la Facultad, las pruebas de liderazgo, aptitud y competencias de dirección, aprobadas por el Consejo Universitario, para que sean resueltas y reenviadas para su calificación; además, deberá fijar la fecha y hora en que los postulantes que no se acojan a esta modalidad, deban rendir las pruebas respectivas en la Dirección de Recursos Humanos de la UCSG. El informe de los resultados de las pruebas de los postulantes será entregado a la Comisión Especial de Evaluación para su conocimiento e integración en la evaluación final. La Comisión Especial de Evaluación procederá a realizar una entrevista a los postulantes seleccionados; los grandes ejes temáticos de esta entrevista serán aprobados por el Consejo Universitario y calificado por el Vicerrector Académico y el Decano de la Facultad respectiva. La calificación de las pruebas de liderazgo será sobre 100 puntos y tendrá la siguiente conformación: 50 puntos la prueba escrita y 50 puntos la entrevista. CAPÍTULO V Del proceso de elección Art. 8 Para la elección de Directores de Carrera se deberá seguir el siguiente procedimiento: a.- La convocatoria a la postulación de candidaturas para Director de Carrera, la realizará el Decano de la Facultad en aquellas Unidades Académicas que de conformidad con el Estatuto de la UCSG, estén autorizadas para elegir Director de Carrera. b.- La convocatoria se realizará a todo el personal docente que hayan ejercido la docencia de acuerdo al literal E del Art. 43 del Estatuto por comunicación personal, y por carteles fijados en los sitios más visibles de la Universidad. c.- El plazo de la entrega de la documentación para la postulación de candidatos será de 21 días laborables, a partir de la fecha de la convocatoria. d.- Los documentos, debidamente certificados o notariados, así como las propuestas de planificación de la Carrera, serán presentados dentro del plazo establecido, de acuerdo al formato estipulado por el Consejo Universitario, ante la Coordinación Administrativa de cada Facultad, quien certificará su recepción. No se receptarán documentos enviados por correo electrónico o fax, así como tampoco los que fueren remitidos, una vez transcurrido las dieciocho horas del día final del plazo fijado en cada Facultad. 6

e.-. f.- g.- Una vez concluido el plazo de la entrega de documentos, el Consejo Directivo respectivo, verificará que los postulantes cumplan con los requisitos estatutarios, y dará a conocer si los interesados han sido o no calificados. Los postulantes que no hayan sido calificados, o de haber sido rechazada parte de su documentación, tendrán el derecho a presentar en un término de tres días laborables los justificativos, o desvanecer los motivos que originaron la no calificación. El Consejo Directivo analizará los descargos presentados y resolverá acerca de ellos. El Decano de la Facultad, en un término de tres días laborables luego de que el Consejo Directivo resuelva las apelaciones y/o aclaraciones, deberá informar al Vicerrector Académico los nombres de los postulantes calificados, y de inmediato procederá a la convocatoria de la Comisión Especial de Evaluación. De la Comisión Especial de Evaluación Art. 9 La Comisión Especial de Evaluación de los Candidatos a Directores de Carrera, estará conformada según lo estipulado en el literal c) del Art.46 del Estatuto de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil. Art. 10 El quórum para instalar la sesión de la Comisión Especial para la evaluación de los candidatos será de la mitad más uno de sus integrantes; ésta no podrá sesionar sin la presencia del Decano de la Facultad respectiva y del Vicerrector Académico. Art. 11 El Consejo Directivo de la Facultad, presentará a la Comisión Especial de Evaluación, las carpetas de los postulantes calificados, que deberán contener la hoja de vida, el Plan de Trabajo de Carrera; el informe de evaluación de las pruebas de liderazgo, aptitud y competencias de Dirección y el informe de la entrevista. Art. 12 El Decano, en coordinación con el Vicerrector Académico, señalará la fecha en que sesionará la Comisión Especial para la evaluación de los postulantes, una vez que haya recibido del Consejo Directivo las carpetas de los postulantes calificados y verificada la existencia de la totalidad de la documentación. Art. 13 La evaluación de los candidatos se realizará a base de los méritos, de la propuesta de planificación de la Carrera y de las pruebas de liderazgo, aptitud y competencia de dirección y la entrevista del postulante. Los puntajes se asignarán en correspondencia con los valores señalados en el presente Reglamento, en mérito a los documentos que consten en la carpeta de cada postulante. Art. 14 Para obtener el puntaje total de cada candidato se realizará una ponderación del 50% para la evaluación de méritos, el 30% para la Propuesta de Planificación sustentada de la Carrera, y el 20% para la evaluación de Liderazgo y Competencias de Dirección. Para poder seleccionar la nómina a ser enviada al Consejo Universitario, la Comisión Especial de Evaluación deberá ubicar los candidatos de mayor calificación, siempre y cuando hayan obtenido el 60% del puntaje en cada una de las categorías de evaluación. 7

CAPÍTULO VI De la elección Art. 15 En Sesión de Consejo Universitario, el Rector pondrá en consideración el informe de la Comisión Especial con la nómina de candidatos a Director de Carrera, con lo cual el Secretario General procederá a receptar la votación de sus miembros. Art. 16 Será elegido el candidato que obtenga la mitad más uno de los votos de los miembros del Consejo Universitario, contando siempre con el voto favorable del Decano de la Facultad respectiva. En caso de empate, el candidato que obtuvo el voto del Decano será el elegido. CAPÍTULO VII INTERPRETACIÓN DEL REGLAMENTO Art. 17 Solamente al Consejo Universitario le corresponde interpretar de manera generalmente obligatoria el presente Reglamento. Certifico:- Que el Consejo Universitario de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, en las sesiones del 22 de noviembre y 10 de diciembre del 2007, aprobó el presente Reglamento para la elección indirecta del Director (A) de carrera, y su aplicación quedó prevista una vez aprobada y en vigencia las reformas del Estatuto Universitario. Por otra parte, el CONESUP aprobó las reformas estatutarias en sesión del 21 de febrero del 2008, y el Consejo Universitario en sesión del 28 de febrero de 2008 dispuso que desde esa fecha, entrara en vigencia el Estatuto de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil con las reformas aprobadas Guayaquil, 3 de Marzo de 2008 Autorizado: Ab. Alejo Pérez Limones Prosecretario General Dr. Michel Doumet Antón Rector 8