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Transcripción:

REGLAMENTO 1. A través del certificado de Sistemas de Calidad, legitima que el sistema de gestión de la Organización IRRITEC MÉXICO SISTEMAS DE RIEGO, S.A. DE C.V. es conforme con la norma NMX-CC-9001-IMNC-2008 2. Su otorgamiento no constituye una Certificación de los productos o servicios de la Organización. Por tanto, el certificado y logo/marca/símbolo propiedad de sólo podrá utilizarse en información comercial del cliente (catálogos, folletos, publicaciones comerciales) 3. No se debe usar la marca/logo/símbolo propiedad de en informes de ensayo/prueba de laboratorio, de calibración ni de inspección o cualquiera donde el resultado del proceso sea la entrega de un informe, ya que dichos informes se consideran el producto final de este tipo de organizaciones. 4. El número de registro de Organización se materializa mediante el documento llamado Certificado cuya reproducción se reglamenta en el contenido de este documento. Este certificado es entregado formalmente por el Director General o por un representante de a la máxima autoridad de la Organización certificada, misma que firmará una carta compromiso de la observancia del presente reglamento. 5. otorga el certificado, cuyo objeto es dar autenticidad pública de la conformidad del sistema de gestión de la Organización solicitante con la norma de referencia. podrá certificar la inscripción de cualquier Organización, previa solicitud dirigida por escrito al Director General de 6. La Organización a la que se otorgue el Certificado de Registro puede hacer referencia al certificado y logo/marca/símbolo otorgado por, en cualquiera de sus publicaciones comerciales como son folletos y catálogos, artículos promocionales e incluso en publicidad manejada a través de medios masivos como periódicos, revistas, radio o televisión, siempre y cuando se precise el número de Registro concedido por, la norma de referencia contra la cual se ha otorgado el certificado, el alcance de la certificación del sistema de gestión y la leyenda "Sistema de Gestión de la Calidad certificado por SIGE, S.C o Sistema de Gestión Ambiental Certificado por, "Sistema de Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo por SIGE, S.C según sea el caso. 7. El logotipo de SIGE no debe ser alterado en su forma o colores y la única modificación permitida es en su tamaño, siempre respetando sus proporciones. 8. El certificado contiene, como mínimo la siguiente información: 1/5

- Nombre(s) de la Organización(es) certificada(s). - Domicilio(s) - Alcance de la certificación - Norma de referencia (Si existe alguna discrepancia (equivalencia) entre la norma nacional y la internacional, se deberán mencionar las dos). - Número de certificado - Fecha de emisión. - Fecha de expiración. - Nombre y firma del Gerente de Operación de. 9. Se considera uso indebido o abusivo del certificado y logo/marca/símbolo propiedad de cuando se utilice en alguno de los siguientes casos: - Cuando la solicitud de certificación esté todavía en proceso, o en los casos en que el certificado haya sido negado, reducido, suspendido parcial o totalmente o cancelado. - En comunicaciones o en catálogos de líneas de producto o procesos de los cuales sólo algunos fueron objeto del alcance de la certificación del sistema de gestión, de manera que se induzca a creer que el sistema de gestión certificado ampara líneas de producto o servicios que no fueron objeto de la certificación. - En los productos o servicios de la Organización. - En Organizaciones diferentes a las que les fue otorgado el certificado, aún cuando pertenezcan a un mismo grupo industrial o de Organizaciones. - En cualquier otra forma en que se induzca a creer que lo que está certificado es el producto. 10. El titular del certificado sólo podrá hacer uso del mismo y del logo/marca/símbolo propiedad de en los documentos mencionados en el presente reglamento de forma que no induzca a confusión alguna. Queda prohibido hacer uso del registro en cualquier tipo de documentación u objetos con otros fines que los especificados en el presente reglamento. Para una correcta interpretación del presente artículo, la Organización registrada deberá someter previamente a todos los documentos comerciales u objetos donde se vaya a hacer referencia al certificado y logo/marca/símbolo propiedad de, a través del Gerente de Operación. 11. Toda falta por parte de los titulares del derecho de uso de certificado y logo/marca/símbolo propiedad de en la aplicación del presente Reglamento, así como todo uso del certificado y logo/marca/símbolo propiedad de que no cumpla con este Reglamento o con la legislación vigente podrá hacerse acreedor a una de las sanciones siguientes: 2/5

- Publicación de la infracción incurrida por parte del titular. - Suspensión parcial o total del Certificado de Registro por un tiempo determinado. - Retiro definitivo (cancelación) del Certificado de Registro, dando la oportuna difusión. La Comisión Técnica de Certificación de Sistemas de Gestión será la responsable de analizar cualquier falta al presente reglamento. En caso de sanción, el interesado deberá ser oído antes de la ejecución de la decisión. Estas sanciones serán notificadas por escrito al interesado por parte de la Gerencia de Operación de 12. En caso de que el titular del certificado no esté de acuerdo con la decisión emitida por SIGE, podrá presentar una apelación contra dicha decisión de acuerdo al Procedimiento General de Apelaciones y disputas, publicado en la página Web de SIGE. Las apelaciones deberán ser presentadas en un plazo de quince días a contar desde el día de la notificación de la decisión correspondiente. 13. La validez del derecho de uso del Certificado de Registro cesará automáticamente en los casos siguientes: - Cuando las normas en las que se basa el Registro dejan de ser aplicables. 14. Cuando se cumpla una o más de las condiciones establecidas en el inciso 7 del presente Reglamento. - Cuando se cumpla el plazo de vigencia del Registro de Organización. - Cuando se incumpla alguna de las disposiciones establecidas en el presente reglamento. - A solicitud de la Organización por así convenir a sus intereses. En este caso, la Organización debe cubrir los siguientes requisitos: - La Organización debe elaborar un escrito en donde solicite la cancelación del certificado y dar a conocer las razones de la misma; el comunicado debe estar elaborado en hoja membretada de la Organización y firmado por el representante legal. - La Organización debe elaborar una carta compromiso donde se comprometa a no volver a usar el certificado y logo/marca/símbolo propiedad del o hacer un uso indebido de los mismos. - Para autorizar la cancelación del certificado y del contrato de prestación de servicios de certificación, debe comprobar que la Organización está al 3/5

corriente en sus pagos. Esto debe ser mediante una notificación o constancia de no adeudos por parte de la Gerencia de Administración. - debe dar aviso a las partes interesadas, de la cancelación del certificado y realizar las publicaciones necesarias para informar al público en general sobre dicha cancelación. - Para notificar al titular sobre la cancelación del certificado indicado en la solicitud de cancelación, se emite un comunicado por parte de firmado por la Dirección General el cual indica dicha cancelación. 15. Además de las sanciones previstas en el inciso 9. del presente reglamento, todo empleo abusivo del certificado y logo/marca/símbolo propiedad del ya sea de un titular o de un tercero dará derecho a que e inicie dentro del marco de la legislación vigente toda acción judicial que juzgue conveniente. 16. El titular del Registro de Organización debe llevar registros de todas las reclamaciones y quejas relativas a su sistema de gestión y del manejo efectivo de ellas, mismo que debe estar disponible a para su consulta en cualquier momento que éste juzgue conveniente. Asimismo debe contar con un procedimiento donde indique la forma en que llevará el registro de las reclamaciones y quejas relativas a su sistema de gestión, mismo que será revisado por durante las auditorías de vigilancia. 17. El titular del Certificado de Registro tiene la responsabilidad de mantener o, de ser posible, mejorar el nivel de su Sistema de Gestión con respecto al que existía al momento en que otorgó el Certificado. Como evidencia de esta situación el titular del uso del certificado y logo/marca/símbolo propiedad de debe permitir y cubrir los costos de las auditorías de vigilancia a su Sistema de gestión por parte de. 18. Como evidencia de que la Organización ha comprendido el presente reglamento, debe expedir y firmar una carta compromiso de observancia del reglamento de uso del certificado y logo/marca/símbolo propiedad de 19. Uso de marca IQNet de uso exclusivo para empresas certificadas en Sistemas de Gestión. La marca IQNet debe utilizarse en combinación con la marca de empresa registrada SIGE correspondiente, de la siguiente forma: a) Con el nombre de la empresa certificada (división) b) Con el número de registro de certificado (opcional) c) Haciendo referencia a la norma aplicable con el periodo de validez del certificado dentro del área / alcance certificados d) Por la compañía certificada (el dueño legal) sin ningún cambio en los colores especificados por el miembro. e) Se permite alargar o reducir en documentos, letreros, ventanas y publicidad en documentos generales de la empresa con una clara descripción del alcance de la certificación. 4/5

De igual manera, no puede utilizarse sobre los productos o empaques de los mismos, y cuando el siguiente texto se incluya de forma tal que se entienda que el texto y la marca de certificación está ligados: fabricado bajo un sistema certificado por un organismo acreditado, en cumplimiento con la norma mexicana NMX- CC/ISO 9001, NMX-SAA-ISO14001 y/o NMX-SAST-001/ OHSAS 18001. Si llegara a aplicar, se debe hacer referencia a la marca SIGE, en un solo conjunto con la de IQNet, como se indica en los puntos 7-18; de este reglamento. Existirán algunos casos cuando habrá duda respecto a qué actividades entenderá el cliente dentro de la palabra fabricado. En estos casos, en lugar de utilizar la palabra fabricado, podrá utilizarse un término más específico y apropiado para describir las actividades de alcance de la certificación. Por ejemplo: ensamblado, empaquetado, envasado, etc. No podrá ser utilizada haciendo referencia a la certificación medioambiental cuando los requerimientos legales lo prohíban. El logotipo de IQNet se utiliza bajo la siguiente gama de colores: También puede ser usado en escala de grises o en negro. Si tiene alguna duda o pregunta respecto al uso del símbolo IQNet o su alcance, le pedimos contactar al personal de ; quiénes le ofrecerán información exacta sobre este tema. Tel (55) 5531 3759, 55 31 5924, 5203 1628 Exts:109, 107 operez@sige.org.mx; pcano@sige.org.mx 5/5