Líneas de Financiación del IDAE para Proyectos de Biomasa

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Transcripción:

Líneas de Financiación del IDAE para Proyectos de Biomasa

CONVOCATORIAS IDAE ABIERTAS: BIOMCASA II GIT PAREER+Crece

PROGRAMA BIOMCASA II: CONVOCATORIA BOE 14 de enero de 2013 DESTINATARIOS PRESUPUESTO TIPOLOGÍAS Empresas de Servicios Energéticos habilitadas al Biomcasa II 5.000.000 (IDAE) Biomasa para: Agua caliente y/o calefacción y/o refrigeración en edificios CONDICIONES Financiación máxima por proyecto: 350.000 Amortización: EURIBOR + 4,5% Hasta 12 años + 1 de carencia (opcional) Hasta el 100% de la inversión financiable según tipología Máximo 1.000.000 de proyectos Biomcasa por ESE habilitada GARANTÍAS REQUISITOS Pignoración derechos de cobro 10% aval bancario (salvo comunidades de vecinos) Ahorro económico mínimo al usuario del 5% (con excepciones) Mantener estándares de calidad (RITE, Guía Técnica )

PROGRAMA BIOMCASA II:

BIOMCASA II

PROGRAMA GIT: CONVOCATORIA BOE 26 abril 2011, modificado el BOE 7 octubre 2013 DESTINATARIOS PRESUPUESTO TIPOLOGÍAS CONDICIONES GARANTÍAS Empresas de servicios energéticos habilitadas al GIT 17.000.000 (IDAE) Biomasa, solar, geotermia Agua caliente y/o calefacción y/o refrigeración en edificios Calor y/o frio en procesos productivos. Secaderos y hornos Limites de inversión elegible según tipologías Financiación hasta 80% de la inversión elegible Tipo: Euribor + 2,2 % Plazo de hasta 10 años con 1 de carencia (opcional) Financiación mínima por proyecto de edificios: 350.000 Financiación mínima por proyecto en otros casos: 100.000 Financiación máxima por proyecto 3.000.000 Máximo 5.000.000 por habilitada (considerando todos los programas) Pignoración de los derechos de cobro 20% aval bancario REQUISITOS Ahorro económico mínimo al usuario del 5%. Mantener estándares de calidad (RITE, Guía técnica ) GRANDES INSTALACIONES TÉRMICAS

PROGRAMA GIT residencial: GRANDES INSTALACIONES TÉRMICAS

PROGRAMA GIT industrias: GRANDES INSTALACIONES TÉRMICAS

GIT

PROGRAMA PAREER+Crece: Resolución de 25 de septiembre 2013 por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa PAREER.(BOE de 1 de octubre de 2013). Resolución de 28 de abril de 2015, por la que se modifican las bases reguladoras del PAREER y se convoca el programa PAREER-CRECE (BOE de 5 de mayo 2015). Para facilitar la lectura de las bases, en la web de IDAE se publica un texto refundido y consolidado, que serán las bases del programa PAREER-CRECE. OBJETO: Incentivar y promover la realización de actuaciones de reforma que favorezcan la reducción de emisiones de dióxido de carbono mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables, en los edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: INICIO: 2/10/2013 FIN: 31/12/2016 se podrá ampliar el plazo anterior como máximo hasta el 31 diciembre de 2020 PRESUPUESTO de 200 M, proveniente de: Presupuesto sobrante del actual PAREER que estaba dotado con 125.000.000. Importe de 75.000.000, correspondientes al Plan de Medidas para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia (CRECE), con origen en los Presupuestos Generales del Estado 2015. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: EDIFICIOS ELEGIBLES: Edificios existentes, construidos antes de 2014. Edificios de cualquier uso regulado por el artículo 2.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E). ACTUACIONES ELEGIBLES: Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación. Tipología 3: Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas. Tipología 4: Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: BENEFICIARIOS: Personas físicas y jurídicas, de naturaleza pública o privada, propietarias únicos de edificios existentes. Comunidades o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda constituidos como propiedad horizontal. Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios. Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición Empresas de servicios energéticos (ESE). REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: ACTUACIONES ELEGIBLES: Mejorar 1 letra como mínimo de la calificación energética total del edificio medida en la escala de emisiones de CO 2. Para actuaciones enmarcadas en la tipología 3, serán elegibles cuando la potencia térmica nominal de generación de calor o frío de la nueva instalación térmica sea mayor de 40 kw. El coste elegible conjunto sobre el que se solicita la ayuda deberá ser superior a 30.000 e inferior a 4.000.000. Las actuaciones objeto de ayuda deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas. No podrán haberse iniciado actuaciones antes de la entrada en vigor del Programa. (2/10/2013). La ejecución de las actuaciones comprometidas en la solicitud de ayuda deberá iniciarse en un período no superior a seis meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de ayuda correspondiente. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: ACTUACIONES ESPECÍFICAS TIPOLOGIA 3 - BIOMASA: Serán actuaciones elegibles las realizadas en instalaciones de calefacción, climatización, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas con potencia mayor o iguala 40 kw, que incluyan sistema de intercambio humos /agua y que sustituyan a instalaciones de energía convencional existentes en edificios, incluyendo inversiones en redes de calefacción centralizada que den servicio a más de un edificio. Deberán incorporar el sistema de teleseguimiento PRETEL, conectado al IDAE, pasando a formar parte del Sistema Armonizado PRETEL de seguimiento de instalaciones renovables térmicas. Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE) y en el documento reconocido del RITE Guía Técnica: Instalaciones de biomasa térmica en los edificios, publicada por el IDAE. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: COSTES ELEGIBLES: 1. Honorarios profesionales, técnico competente: Certificado de eficiencia energética. Redacción de los proyectos técnicos. Dirección y ejecución de la obra y de la instalación Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda concedida. Coste de gestión de la ayuda (con un límite de 3.000 por expediente y 4% de la ayuda otorgada). 2. Inversión en equipos, materiales, los costes de ejecución, obra civil asociada e instalaciones auxiliares y los específicos para cada tipología: silos, sistemas de generación de calor/frío, modificación de la sala de calderas, sistemas de transporte interno de biomasa, sistemas de tratamientos y emisión de los humos y demás elementos necesarios para su explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER-Crece: MECANISMOS DE APOYO ECONÓMICO: Ayuda sin contraprestación + Préstamo reembolsable AYUDA: Ayuda Base: máximo del 25% sobre el coste elegible en la tipología 3 (biomasa). Ayudas Adicionales, incremento de porcentaje de coste elegible de acuerdo a: Criterio social Edificios de viviendas calificados bajo algún régimen de protección pública. Edificios de viviendas situadas en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas. Eficiencia Energética Calificación final A Calificación final B Incremento de 2 o más letras Actuación Integrada Combinación de dos o más tipologías (obligatoriamente tipología 1) Condiciones según tipo de uso del edificio y actuaciones elegibles REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: PRÉSTAMO REEMBOLSABLE: Tipo de interés: Euribor + 0,0% Plazo máximo de amortización de 12 años (incluido periodo de carencia opcional de 1 año) Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo. http://www.tesoro.es/sp/depositos.asp REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: LIMITACIONES: Limitaciones al coste elegible: Según el anexo I de las bases del programa en función de la potencia de la instalación. El coste elegible conjunto sobre el que se solicita la ayuda deberá ser superior a 30.000 e inferior a 4.000.000. Limitación a la Ayuda sin contraprestación + Préstamo reembolsable: La suma de la ayuda sin contraprestación y el préstamos reembolsable no podrá superar el 90% del coste elegible (100% para administraciones públicas). Limitaciones de laayuda total: Aplicada a la suma de la ayuda sin contraprestación y el importe de subvención bruta equivalente al préstamo solicitado. Limitación según los apartados 7, 8 y 9 del artículo 41 del Reglamento UE 651/2014, de 17 de junio de 2014 (Sólo para empresas). Limitaciones FEDER según la localización de la actuación (Anexo V Bases). Las ayudas otorgadas podrán ser compatibles con cualesquiera otras concedidas, siempre que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por los Reglamentos anteriores. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

PROGRAMA PAREER+Crece: JUSTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES: en un plazo máximo de 12 meses desde la notificación de concesión de la ayuda. Certificado final de obra suscrito por el director de obra y director de ejecución de la obra, en su caso, para las actuaciones de mejora de la envolvente térmica. Certificado de la instalación térmica, suscrito por el director de la instalación o instalador autorizado en el órgano competente de la Comunidad Autónoma de acuerdo con el RITE, en el caso de las actuaciones 2,3 y 4. Certificado de eficiencia energética obtenido una vez realizadas las actuaciones, suscrito por técnico competente, en el que se acredite la mejora mínima de 1 letra y registrado en el Registro de la Comunidad Autónoma. Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud de la ayuda, emitido por organismo de control. Facturas y justificantes bancarios de los pagos realizados. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN EL SECTOR RESIDENCIAL

SOLICITUD DE AYUDA AL PROGRAMA PAREER-CRECE La documentación debe cargarse en la web: http://www.idae.es/ Las dudas y aclaraciones se podrán formular en el correo: ciudadano@idae.es

GRACIAS POR SU ATENCIÓN