BASES CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE ALTO HOSPICIO Antecedentes generales PRIMERO: Las presentes bases tienen como objetivo establecer las condiciones, requisitos y pautas técnicas a utilizar en el llamado a Concurso Público de Profesionales de la Educación, para proveer los cargos vacantes que se indican a continuación, que regulará la incorporación a la Dotación Docente Directiva, en calidad de titulares, para los Establecimientos Educacionales Municipales de la Comuna de Alto Hospicio que en cada caso se señalan. El cargo a proveer con el presente concurso público, tiene las siguientes características: CARGO: DIRECTOR ESTABLECIMIENTO VACANTES CARGA HORARIA Liceo Juan Pablo II 1 44 Hrs. Colegio Simón Bolívar 1 44 Hrs. SEGUNDO: El llamado a concurso se publicará en un diario de circulación nacional y en un diario de circulación regional, con una anticipación de 15 días hábiles a lo menos, contados desde la fecha de recepción de antecedentes. TERCERO: Los antecedentes curriculares serán recepcionados en la Dirección de Servicios Traspasados del Municipio, ubicada en Avenida Los Álamos Nº 3101, Comuna de Alto Hospicio, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 horas, hasta el día Lunes 09 de Noviembre de 2009. La postulación deberá hacerse en carta dirigida a la Dirección de Servicios Traspasados de la Municipalidad de Alto Hospicio, en sobre cerrado con la identificación respectiva del cargo al cual postula, incluyendo los antecedentes y documentación exigida. La postulación proveniente de otras provincias o regiones deberá enviarse por correo certificado, con al menos tres días hábiles anteriores a la fecha señalada como plazo final de recepción de antecedentes, esto es, Miércoles 04 de Noviembre de 2009. La Comisión que más adelante se indica, se reserva el derecho de solicitar los antecedentes originales o verificar la autenticidad de la documentación, si lo estima necesario. Página 1 de 5
Se deberá indicar claramente el domicilio, número telefónico, correo electrónico o cualquier otra forma, que permita localizar en forma expedita y oportuna al postulante. La documentación deberá entregarse en forma completa. Una vez ingresada y timbrada como recepcionada, no podrán adicionarse, ni entregarse nuevos antecedentes. Requisitos generales de postulación CUARTO: Los requisitos para postular son los siguientes: 1. Ser ciudadano chileno. 2. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente (en caso de postulantes varones). 3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo. 4. Cumplir con los requisitos específicos señalados en el Artículo 2 del DFL Nº 1/96 de Educación (Título de Profesor o Educador). 5. No estar inhabilitado, ni haber sido suspendido en el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso por resolución ejecutoriada, o formalizado por hechos cuya pena corresponda a crimen o simple delito. 6. Contar con perfeccionamiento en las áreas pertinentes a la función (Postítulo, Magíster, Postgrado, Diplomado, etc.). 7. No encontrarse afecto a la Ley Nº 20.158, o en proceso conforme dicha normativa. 8. No haber sido sancionado ni haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, a menos que hayan transcurrido cinco o más años desde el término de tales servicios. 9. Experiencia mínima comprobada de ejercicio profesional en el Área de Educación, de 5 años. QUINTO: Para acreditar lo indicado precedentemente, cada postulante deberá acompañar los siguientes antecedentes (en original o copia autorizada ante Notario, cuando así se exigiera): - Currículum Vitae. - Copia simple de Cédula de Identidad por ambos lados. - Certificado de Nacimiento. - Certificado de Título, o copia autorizada de Título Profesional. - Certificado de situación militar al día, si procede. - Certificado de Antecedentes Personales. - Documentación que acredite experiencia laboral (certificados, contratos de trabajo o actos administrativos de nombramiento). - Certificados de Perfeccionamiento. - Certificado de Post-Títulos, Post-grados, etc. Página 2 de 5
- Certificado extendido por el sostenedor del sistema educacional donde actualmente preste servicios o empleador anterior que acredite no haber sido sancionado a través de sumario, ni encontrarse en proceso o afecto a la Ley Nº 20.158 (sólo para postulantes a docentes). - Declaración Jurada Notarial de cumplir con el inciso b) del Artículo 56 de dicha Ley en relación a parentescos con funcionarios directivos de la Municipalidad de Alto Hospicio, hasta el nivel de Jefe de Departamento. - Declaración Jurada Notarial para optar a Cargo Público que acredite no haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o medida disciplinaria y no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos. En el caso que se exijan certificados, éstos no podrán tener una antigüedad superior a treinta días contados hacia atrás desde el Lunes 09 de Noviembre de 2009. SEXTO: No se aceptará la presentación de documentación fuera del plazo de postulación, ni la adición de documentación no incluida en la postulación. Requisitos específicos de postulación SEPTIMO: Los postulantes, deberán además: 1. Diseñar un proyecto o propuesta de trabajo basado en el PEI del establecimiento que postula y en el Modelo de Calidad de la Gestión Escolar que se estructura en áreas de liderazgo, gestión curricular, convivencia y apoyo a los estudiantes, recursos. 2. Exponer el proyecto o propuesta de trabajo en las fechas que se le comuniquen. 3. Tener estudios de administración, supervisión, evaluación u orientación vocacional; lo que no se exigirá si no hubieren postulado profesionales docentes con dichos estudios. Comisión Calificadora del Concurso OCTAVO: Se formará una Comisión Calificadora del Concurso, que estará compuesta, de acuerdo al Art. 31 bis del Estatuto Docente, por: - El Director de Servicios Traspasados, en reemplazo del Director del Departamento de Administración de Educación Municipal (Jefe del Departamento de Educación), por ausencia de titular en dicho cargo. - El Director de la Escuela de Lenguaje Municipal, Oasis del Saber, en razón de no existir otro establecimiento de igual nivel de enseñanza. Página 3 de 5
- Un representante del Centro General de Padres y Apoderados del establecimiento que corresponda a la vacante concursable, elegido por éstos. - Un docente elegido por sorteo de entre los profesores de la dotación del establecimiento que corresponda a la vacante concursable. - Un funcionario técnico del Departamento Provincial de Educación de Iquique, designado por dicho organismo, quien integrará en calidad de Ministro de Fe, sin derecho a voto. De la selección NOVENO: Tras el cierre de la recepción de antecedentes, se reunirá la Comisión a fin de abrir los sobres con los antecedentes y verificar si los postulantes cumplen con las exigencias de la cláusula quinta de las Bases. Durante esa selección, la Comisión evaluará a los postulantes según los siguientes indicadores, debidamente ponderados: - Perfeccionamiento docente pertinente (certificado).- que indique las horas de perfeccionamiento Docente realizadas a la vista, otorgándose preferencia a los postulantes que demuestren un perfeccionamiento superior a 350 horas. Porcentaje asignado 40%. - Excelencia en el Desempeño Docente (certificado). Porcentaje asignado 20%. - Años de experiencia (certificado).- que demuestre el tiempo servido en alguna institución pública o privada, en años y meses. Debe ser emitido por las jefaturas respectivas y de preferencia deberán dividirse en tiempo servido como Docente de Aula, Docente Técnico y Docente Directivo, privilegiándose a quienes demuestren mayor experiencia en Cargos Directivos. Porcentaje asignado 40%. DECIMO: Los postulantes que obtengan menos de un 40% acorde lo indicado precedentemente, quedarán excluidos del Concurso. El resto, será citado a una entrevista psicológica (30%), una entrevista personal (30%), y una prueba de conocimientos sobre gestión educacional (40%). El horario de las entrevistas y prueba, serán comunicados oportunamente a los postulantes seleccionados, conforme las vías de contacto que hayan señalado en sus postulaciones. De la resolución del concurso UNDECIMO: Finalizadas las entrevistas y prueba, y con el resultado de éstas, la Comisión elaborará un informe que contendrá una quina con los postulantes que hayan obtenido los cinco puntajes más altos, en orden decreciente. Página 4 de 5
El informe será entregado al Sr. Alcalde como propuesta, quien podrá nombrar a quien ocupe el primer lugar del informe, o por resolución fundada, nombrar a quien ocupe el segundo lugar. Si no pudiere formarse quina, la Comisión declarará desierto el concurso. DUODECIMO: El postulante designado por el Sr. Alcalde, será notificado por la Comisión, por cualquiera de las vías de contacto que haya señalado, quien deberá manifestar si acepta o no el cargo. En caso que el seleccionado no acepte el cargo o renunciare a él sin haber asumido, el Sr. Alcalde procederá a nombrar al que le siguiera en la quina propuesta, y así sucesivamente. La renuncia o rechazo deberá formalizarse por escrito o por Acta levantada al efecto por el Secretario Municipal. DECIMOTERCERO: El cargo de Docente Directivo se asumirá por un periodo de 5 años contados desde la fecha de su nombramiento. De la Remuneración VIGESIMOTERCERO: La remuneración será establecida en concordancia con lo dispuesto en el Estatuto de los Profesionales de la Educación. Título Final DECIMOCUARTO: Los antecedentes no serán devueltos a los postulantes. DECIMOQUINTO: Cualquier situación no prevista en las Bases del Concurso, será resuelta aplicándose el Estatuto Docente y su Reglamento, y en forma supletoria se aplicará la Ley Nº 18.883.. Alto Hospicio, Octubre de 2009.- Página 5 de 5