H. CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E. A los C. Diputados, integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría General, actualmente Comisión de Fiscalización, nos fue turnada para su estudio y dictamen, la glosa sobre la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, la cual incluye la revisión del primero, segundo, tercero y cuarto trimestres, así como la Anual, correspondiente a las operaciones practicadas, así como su estado de situación patrimonial del ejercicio fiscal del 2006. Del presente asunto obran los siguientes A N T E C E D E N T E S: 1.- El Gobierno del Estado de Chihuahua en cumplimiento a lo que dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución Política del Estado, vigente hasta el 10 de mayo del presente año, remitió al H. Congreso del Estado su Cuenta Pública, relativa al ejercicio fiscal del 2006. 2.- El C. Presidente de la Diputación Permanente del H. Congreso del Estado, con fundamento en lo que establece el artículo 37, en relación con lo dispuesto en el numeral 30 fracción IX, ambos de la Ley Orgánica del H. Congreso del Estado, turnó a la Comisión que suscribe, la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006. 3.- La Comisión de Fiscalización en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 64, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, remitió a la Contaduría General para su revisión y glosa, la Cuenta Pública en estudio. Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio del presente asunto, realizamos las siguientes C O N S I D E R A C I O N E S: 1.- Dispone el artículo 64, fracción VII de la Constitución Política del Estado, que son facultades del H. Congreso del Estado, revisar la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua. 1
2.- Por otra parte, la Constitución Política del Estado en sus numerales 168, 169 y 170, entre otros aspectos, disponen que el H. Congreso del Estado contará con un Órgano Técnico, denominado Contaduría General, el cual tendrá a su cargo la glosa de los ingresos, egresos y estado de situación patrimonial de los entes públicos y que dependerá directa e inmediatamente del H. Congreso del Estado por conducto de la Comisión de Vigilancia. 3.- Por disponerlo así, nuestro máximo ordenamiento en el Estado, toda Cuenta Pública de ingresos y egresos, así como estado de situación patrimonial, quedará glosada por la Contaduría General a más tardar, dentro de los siguientes seis meses en que ésta la reciba, quien deberá rendir dentro del mes siguiente a partir de la fecha en que quedo glosada, un informe a la Comisión de Vigilancia de los resultados derivados de la glosa practicada; siendo por ello, que el Contador General, el C. P. Sérbulo Lerma Carbajal, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del Estado, envió a los suscritos el Informe de la Auditoría que nos ocupa. 4.- La Constitución Política del Estado, establece que la revisión de las Cuentas Públicas tanto de los Municipios como de Gobierno del Estado, tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas. Si del examen de la cuenta anual aparecen discrepancias entre las cantidades gastadas y las respectivas partidas del presupuesto o no existe exactitud o justificación de los gastos hechos, se determinarán las responsabilidades a que haya lugar de acuerdo con la ley, en su caso aprobará la Cuenta Pública anual. 5.- La Contaduría General del H. Congreso del Estado, en cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General, remitió el Informe de resultados de la Auditoría practicada a la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006, solicitándole al ente auditado que en un término de 15 días hábiles contados a partir de la notificación rindiera las aclaraciones que estimara conveniente. 6.- El articulo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del Estado en sus párrafos segundo y tercero, impone la obligación a cargo del titular del ente auditado de rendir las aclaraciones que estimen pertinentes a las observaciones determinadas en la auditoría practicada, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de su recepción y que en caso de omisión será causa de responsabilidad. El C. 2
Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, dio contestación a las observaciones formuladas por el Órgano Técnico de Fiscalización. 7.- El C. Contador General informa al H. Congreso del Estado por conducto de la Comisión de Vigilancia, que la revisión a los ingresos, egresos y situación patrimonial de Gobierno del Estado de Chihuahua, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006 y que en cumplimiento a lo que establece el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Contaduría General, la auditoría que nos ocupa tuvo como objeto los siguientes aspectos: I. ESTADOS FINANCIEROS II. II.1. II.2. II.3. II.4. II.5. INGRESOS IMPUESTO SOBRE NÓMINAS IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y OTROS BIENES MUEBLES USADOS IMPUESTO SOBRE HOSPEDAJE IMPUESTO SOBRE LOTERÍAS, RIFAS Y SORTEOS IMPUESTO CEDULAR A LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES II.6. AUTORIZACIÓN PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS O LOCALES PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ENVASE CERRADO, ABIERTO O AL COPEO II.7. II.8. REVISIÓN ANUAL DE LICENCIAS DE ESTABLECIMIENTOS O LOCALES EN LOS QUE SE EXPENDEN, DISTRIBUYEN O INGIEREN BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ENVASE CERRADO, ABIERTO O AL COPEO ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DE DATOS DE LAS LICENCIAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS O LOCALES EN LOS QUE SE EXPENDEN, DISTRIBUYEN O INGIEREN BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ENVASE CERRADO, ABIERTO O AL COPEO II.9. ACTOS Y CONTRATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO QUE CAUSAN EL 2% II.10. ASENTAR CADA ACTA DE MATRIMONIO FUERA DE LAS OFICINAS II.11. EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE ACTOS DEL REGISTRO CIVIL DE LAS PERSONAS II.12. EXPEDICIÓN DEL TARJETÓN ANUAL DE CONCESIONARIO O PERMISIONARIO DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE II.13. EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA ANUAL DE REVISIÓN MECÁNICA DE PRESTADORES DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE II.14. EXPEDICIÓN DE LA REVALIDACIÓN DE MICA DE FIERRO DE HERRAR II.15. LICENCIA DE CONDUCIR DIGITALIZADA: SERVICIO PARTICULAR 3
II.16. LICENCIA DE CONDUCIR DIGITALIZADA: SERVICIO CHOFER II.17. DOTACIÓN DE PLACAS METÁLICAS DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR II.18. EXPEDICIÓN O REPOSICIÓN DE ENGOMADO ANUAL DE CONTROL VEHICULAR II.19. INGRESOS DE INFRAESTRUCTURA RURAL II.20. REMATE DE VEHÍCULOS II.21. ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES: PROGRAMA DE COMERCIALIZACIÓN II.22. RECUPERACIÓN DE LOTES Y TITULACIÓN II.23. ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES: FRACCIONAMIENTO UNIVERSITARIO II.24. RENDIMIENTOS FINANCIEROS II.25. INFRACCIONES A LA LEY DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE II.26. PARTICIPACIONES, APORTACIONES Y TRANSFERENCIAS FEDERALES III. EGRESOS III.1. SERVICIOS PERSONALES III.2. SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO III.3. SERVICIOS DE ASESORÍA, INFORMÁTICOS, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES III.4. SERVICIOS BANCARIOS, COMERCIALES Y FINANCIEROS III.5. SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN E INSTALACIÓN III.6. SERVICIOS DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN III.7. SERVICIOS OFICIALES III.8. SERVICIOS FINANCIEROS PAGADOS A LA S.H.C.P. III.9. UNIFORMES, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS III.10. SUBSIDIOS III.11. ADQUISICIONES DE BIENES INMUEBLES III.12. ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES III.13. PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS III.14. OBRA PÚBLICA POR CONTRATO IV. CUENTAS DE BALANCE IV.1. EXISTENCIA FINAL IV.2. INVERSIONES EN EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL IV.3. DEUDORES DIVERSOS IV.4. DEUDORES DIVERSOS MUNICIPIOS IV.5. DEUDA PÚBLICA V. VARIACIONES PRESUPUESTALES VI. AUDITORÍA TÉCNICA DE OBRA PÚBLICA 4
VII. DIRECTORIO DE FUNCIONARIOS DE GOBIERNO DEL ESTADO 8.- Ahora bien, no pasa desapercibido para quienes integramos la Comisión que suscribe, que del propio Informe de Auditoría de la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, correspondiente a las operaciones practicadas del ejercicio fiscal del año 2006, se desprenden una serie de observaciones derivadas de la falta de sistemas de control interno, que deben ser corregidas por el ente auditado, implementando los mecanismos internos necesarios para tal efecto. Por lo anteriormente expuesto esta Comisión de Fiscalización, con fundamento en lo que establecen los artículos 172 de la Constitución Política del Estado, 43, 45, 46, 52, 59 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea el siguiente Proyecto de D e c r e t o: ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo que establecen los artículos 64, fracción VII, 83 Bis, 83 Ter, y 172 de la Constitución Política del Estado vigente a la fecha, 64 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como, el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contaduría General del H. Congreso del Estado, se revisó la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, correspondiente al Ejercicio Fiscal del 2006 y como consecuencia; ARTÍCULO SEGUNDO.- Comuníquese al C. Gobernador Constitucional del Estado mediante copia certificada del Dictamen, así como del informe y glosa de la auditoría que derivado de la revisión practicada a la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006, se desprenden una serie de recomendaciones por la falta de sistemas de control interno y con ello eficientar el ejercicio de la Administración Pública. TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Económico.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la minuta de Decreto, en los términos en que deba publicarse. 5
D A D O en el Salón de Sesiones del Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chih., a los Trece días del mes de Septiembre del año Dos Mil Siete. POR LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DIP. MINERVA CASTILLO RODRÍGUEZ PRESIDENTA DIP. MANUEL ARTURO NARVÁEZ NARVÁEZ DIP. ALBERTO CARRILLO GONZÁLEZ SECRETARIO VOCAL Esta hoja corresponde al Dictamen de la Cuenta Pública de Gobierno del Estado de Chihuahua, del ejercicio fiscal del año 2006. 6