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DOCUMENTACIÓN PARA INSCRIBIR NEGOCIOS, CAMBIO DE DOMICILIO Y/O ANEXO O CAMBIO DE RUBRO 1- Solicitud por duplicado (sellado $ 70,00).- 2- Declaración Jurada provisional exigible, con fotocopia de ultimo recibo abonado.- (ANEXO 001) 3- Fotocopia de inscripción en Ingresos Brutos.- 4- Fotocopia de la inscripción ante la A.F.I.P. (C.U.I.T.).- 5- Fotocopia del D.N.I. con domicilio actualizado.- 6- DOS SERVICIOS DEL DOMICILIO QUE FIGURA EN DOC. (LUZ-GAS-T.E.) 7- PLANO DEL LOCAL APROBADO POR OBRAS PRIVADAS 8- a) De alquilar, fotocopia del contrato de locación con mención del rubro a explotar.- b) En caso de comodato, fotocopia autenticada del contrato de comodato mencionando tipo de negocio. Firmado por el propietario y comodatario.- c) De ser propietario, fotocopia de escritura registrada en el Registro de la Propiedad, deberá presentar fotocopia de la misma o del boleto de compraventa.- EN TODOS LOS CASOS DEBERÁ PRESENTAR RECIBO DE TASA POR SERV. A LA PROPIEDAD.- 9- Informe técnico sobre seguridad en caso de emergencias (matafuegos salidas de emergencia tablero eléctrico ventilación), suscrito por un profesional matriculado idóneo.- 10- PARA SOCIEDADES, S.R.L. o S.A. o de otro tipo (excepto sociedad de hecho). Además de los requisitos detallados en los puntos que correspondan según el rubro del negocio. a- Fotocopia autenticada por Escribano Público o Tribunal de Justicia del contrato social con inscripción en el Registro Público de Comercio.- b- De estar la solicitud firmada por Gerente, Apoderado o similar, deberá presentar fotocopia autenticada del poder o autorización que le permita realizar dicho trámite.-

EN CASO DE ACOMPAÑAR FOTOCOPIA PRESENTAR ORIGINAL PARA SU CERTIFICACIÓN. LIBRO DE INSPECCIONES $ 31,00 LIBRETA DE SANIDAD : Emisión $ 33,00 - / Renovación $ 26,00 - Para aquellos negocios que la Ordenanza fija su obligatoriedad. LA ORDENANZA GENERAL IMPOSITIVA VIGENTE DETERMINA QUE: ART.121) Es obligatorio para él o los titulares y toda persona que manipule elementos alimenticios y otros que intervengan en la elaboración de los mismos, munirse de la libreta de sanidad que proveerá la Asistencia Pública Municipal. Están obligados además, las personas que prestaren servicios personales que a criterio del Departamento Ejecutivo, sean pasibles de las disposiciones establecidas en el párrafo anterior. ART.122) La libreta de sanidad deberá ser certificada anualmente, debiendo estar siempre en poder del titular, para ser presentada cuando la requiera el Inspector Municipal. Para obtención de la misma deberá presentar documento de identidad y una fotografía tipo carnet.- (Solicitar requisitos en Asistencia Pública Municipal El trámite es Personal) Se deberá gestionar Libreta de Sanidad para el titular y todo el personal del local comercial.- IMPORTANTE: LA ORDENANZA GENERAL IMPOSITIVA VIGENTE DETERMINA QUE: Ningún contribuyente podrá iniciar sus actividades y/o abrir locales para la atención al público sin que la autoridad municipal haya verificado previamente las condiciones de los mismos. Constatando el cumplimiento de los requerimientos exigidos para la actividad, se procederá al otorgamiento de la HABILITACIÓN correspondiente. Quienes no cumplan con esta disposición, serán pasibles de sanciones que podrán llegar hasta la CLAUSURA del local.-

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA PARA INSCRIBIR NEGOCIOS SEGÚN RUBRO PARA TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO i. Certificado libre deuda por la contribución a la actividad comercial.- PARA TRÁMITES REFERENTES A ESTACIONES DE SERVICIOS O SIMILARES i. Fotocopia autenticada de la Autorización de la Secretaría de Energía de la Nación para el expendio de combustible.- i Certificación de prueba hidráulica de los tanques de almacenamiento de combustible.- Plano de planta del negocio, deberá precisar lugares destinados al público, la administración y demás dependencias. De ser fotocopia deberá estar Autenticada por autoridad competente.- DE TRATARSE DE CLINICAS o SIMILARES FARMACIAS Y OPTICAS.- i. Plano de planta del negocio, deberá precisar lugares destinados al público, la administración y demás dependencias. De ser fotocopia deberá estar Autenticada por autoridad competente.- Fotocopia autenticada de la Autorización de repartición Médica o Farmacéutica competente según corresponda.- i OPTICAS Y FARMACIAS: Fotocopia autenticada del título del profesional.-

VEHÍCULOS UTILIZADOS EN LA ACTIVIDAD COMERCIAL.- i. Libre Deuda del Impuesto Automotor.- i iv. Fotocopia del Título del Automotor.- Fotocopia del Seguro en vigencia.- Radicación del vehículo en esta Ciudad.- DE TRATARSE DE AGENCIAS DE REMISSES.- i. Además de los puntos que correspondan y de los requisitos solicitados en Dirección de Tránsito.- Convenio del Titular de la agencia con los permisionarios obligándose solidariamente (fotocopia autenticada).- DE TRATARSE DE CYBER O SERV. DE INTERNET.- i. Informe técnico sobre seguridad en caso de emergencias (matafuegos salidas de emergencia tablero eléctrico ventilación).- i Contrato de locación de servicios con Técnico Matriculado que se haga responsable de la colocación de filtros de paginas pornográficas y/o prohibidas.- Certificado de instalación de filtros extendido por el mismo Técnico Matriculado.-

PARA REFERENTES A BARES, COMEDORES, CONFITERÍAS BAILABLES O SIMILARES.- i. Plano de planta del negocio, deberá precisar lugares destinados al público, la administración y demás dependencias. De ser fotocopia deberá estar Autenticada por autoridad competente.- Certificado de antecedentes y de domicilio extendido por la policía de la Provincial.- i Planos de instalación eléctrica y propalación sonora proyectada.- iv. Constancia que la totalidad de los revestimientos existentes en el interior del local son de materiales no combustibles, o bien ignífugos, o con tratamiento ignífugo.- v. Constancia de capacidad autorizada, suscrita por profesional competente.- vi. Titulo que acredite la legitima ocupación del inmueble.- v Certificado de libre deuda del inmueble a ocupar, en relación a todas las tasas, contribuciones y multas municipales y libre deuda de los peticionantes con respecto de obligaciones y tributos municipales.- vi Declaración jurada, en caso de haber desarrollado actividad similar en otra jurisdicción, especificando la misma, el lugar donde fue realizada, su fecha de inicio y conclusión y las razones del cese.- ix. Certificado de inspección final, que debe incluir expresamente el plan de evacuación y rol de incendio, suscrito por un profesional matriculado idóneo y con asesoramiento especifico de los Bomberos Voluntarios de Bell Ville, que deberá renovarse semestralmente.- x. Póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los daños que eventualmente se pudieren ocasionar al público asistente y a terceros en general.-

xi. En caso de tratarse de personas jurídicas, deberá acreditarse personería, acompañando contrato y estatutos sociales y cumplimentar los requisitos de los incisos 14 y 20 respecto de todos los directores, administradores, gerentes y síndicos. Para las sociedades en formación, deberán acreditar inscripción definitiva en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días, bajo apercibimiento de revocación del a habilitación.- x Constancia de contratación de servicio de emergencia médica permanente. xi En caso de encontrarse los locales en planta alta La documentación mencionada deberá presentarse por duplicado, excepto los planos que deberán presentarse por cuadruplicado.- PARA REFERENTES A GERIATRICOS Y JARDINES MATERNALES O PRE JARDINES.- i. Constancia que la totalidad de los revestimientos existentes en el interior del local son de materiales no combustibles, o bien ignífugos, o con tratamiento ignífugo.- Certificado de inspección final, que debe incluir expresamente el plan de evacuación y rol de incendio, suscrito por un profesional matriculado idóneo y con asesoramiento especifico de los Bomberos Voluntarios de Bell Ville, que deberá renovarse semestralmente.- i Constancia de capacidad autorizada, suscrita por profesional competente.- iv. Titulo que acredite la legitima ocupación del inmueble.- v. Póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los daños que eventualmente se pudieren ocasionar al público asistente y a terceros en general.- vi. Constancia de contratación de servicio de emergencia médica permanente. v Constancia título Maestra Jardinera vi Constancia de Buena Conducta.-