Bases y Condiciones para la postulación de agentes de la Propiedad Industrial para integrar el equipo de apoyo del Programa Mi Primer Registro El presente concurso tiene por objetivo la selección de agentes de la Propiedad Industrial a fin de integrar el grupo de apoyo que brindará asesoramiento en la presentación de solicitudes de marcas y/o modelos o diseños industriales y en la realización de búsquedas de Información Tecnológica a los beneficiarios del programa Mi Primer Registro. Requisitos para inscribirse al concurso 1. El postulante deberá ser agente de la Propiedad Industrial matriculado y con el pago de la matricula al día; 2. El postulante no debe tener una sanción en curso de ejecución; 3. Deberá acreditar al menos dos años de experiencia en la actividad. Proceso de inscripción al concurso Los interesados deberán descargar de la página Web del INPI el Formulario de inscripción de Agentes y enviarlo junto a su Curriculum Vitae a la siguiente dirección de correo electrónico: info@miprimerregistro.org. La inscripción del agente en el concurso y su participación en el equipo de apoyo del Programa Mi Primer Registro es a título personal, por lo que el mismo no podrá derivar en terceros las tareas y trabajo que le fueran asignados. Los formularios serán recibidos hasta las 10 horas del día viernes 24 de julio. Los formularios que ingresen después de la fecha y horario antes mencionado serán desestimados, no pudiendo ingresar al concurso. 1
Concurso La selección de los Agentes se realizará por medio de un sorteo entre todos los inscriptos, el día lunes 27 de julio en presencia de las autoridades del INPI, de la Asociación Argentina de Agentes de la Propiedad Industrial y de la Cámara de Agentes de la Propiedad Industrial de la República Argentina. A cada postulante se le asignará un número y se procederá a sortear las posiciones para integrar el grupo de apoyo del Programa Mi Primer Registro. Los agentes que resulten en los tres primeros puestos integrarán inmediatamente dicho equipo y serán renovados por quienes hayan ocupado las posiciones siguientes en el sorteo, una vez que hayan superado la presentación de 50 solicitudes de registro y búsqueda, no pudiendo integrar nuevamente el equipo de consultores. Este proceso se renovará sucesivamente una vez que se hayan completo el mismo número de solicitudes. Actividades a desarrollar en el marco del programa La actividades que deberán realizar los agentes en el marco del Programa son las siguientes: a) participación en los talleres informativos, a través de exposiciones sobre los beneficios del registro y asesoramiento personalizado a los asistentes. b) una vez que el equipo de Mi Primer Registro les haya asignado los formularios de Manifestación de Interés, de los beneficiarios que reúnen las condiciones para aplicar, el agente deberá contactarlos, ya sea durante el mismo taller o posteriormente, entregarles el Formulario de Aplicación para ampliar la información y asesorarlos en cuanto a la mejor estrategia de protección de su/s activo/s. 2
c) informarles a los beneficiarios sobre la posibilidad de realizar una búsqueda en la Dirección de Información Tecnológica, para verificar si lo que desean registrar ya se encuentra registrado. Deberán ordenar búsquedas en dicha Dirección a nombre de los beneficiarios. c) luego de haber obtenido los resultados de la búsqueda el agente evaluará junto al beneficiario la posibilidad y la oportunidad de efectuar el registro. Si la evaluación arroja un resultado positivo se procederá al llenado de los formularios. En caso negativo se indagará si el beneficiario tiene otro activo para registrar y se reanudará el proceso mediante un nuevo formulario. d) presentación de las solicitudes de registro ante el Programa. Retribuciones Los agentes recibirán por su labor una retribución de: - MIL DOSCIENTOS PESOS ($1.200) por cada presentación de solicitud de registro de marca de un beneficiario del Programa; - MIL QUINIENTOS ($1.500) por cada presentación de solicitud de registro de modelo o diseño industrial de un beneficiario del Programa; - MIL PESOS ($1.000) por cada presentación de solicitud de búsqueda nacional o internacional de patentes. Las búsquedas que se realicen en la Dirección de Información Tecnológica del INPI previa presentación de la solicitud de registro de marcas y/o modelos o diseños industriales, no generará retribución al agente. Este es un paso obligatorio en el asesoramiento a los beneficiarios. 3
En caso de que el beneficiario haga uso de dos (2) de los beneficios del programa - presentación de solicitud de registro de marca y modelo o diseño industrial, o presentación de solicitud de registro de marca y presentación de una solicitud de búsqueda nacional o internacional de patentes, o presentación de solicitud de registro de modelo o diseño industrial y presentación de una solicitud de búsqueda nacional o internacional de patentes - el agente recibirá como remuneración no más de DOS MIL DOSCIENTOS PESOS ($2.200) por ambas solicitudes. En caso de que el beneficiario haga uso de tres (3) de los beneficios del programa, presentación de solicitud de registro de marca y modelo o diseño industrial y presentación solicitud de búsqueda nacional o internacional de patentes, el agente recibirá como remuneración no más de TRES MIL PESOS ($3.000) por las tres solicitudes. El pago de los honorarios de los agentes se realizará mensualmente, previa presentación y rendición de las solicitudes presentadas ante el Programa. La rendición de las solicitudes presentadas ante el Programa efectuará de la siguiente manera: el último día hábil de cada semana cada agente deberá presentar ante la coordinadora del Programa una carpeta que incluya el formulario de aplicación de cada beneficiario asignado, fotocopia del formulario de solicitud de registro/búsqueda presentado por cada beneficiario asignado y fotocopia del comprobante de pago de tasa de cada solicitud de registro/búsqueda. Cada agente seleccionado podrá presentar hasta 50 solicitudes de registro y de búsquedas de Información Tecnológica ante el INPI (cincuenta solicitudes entre todas las categorías). Al haber alcanzado esta cantidad de solicitudes dejarán de brindar este tipo de servicio en el Programa y será reemplazado por el agente que continúe en orden del sorteo. 4
Otras consideraciones - Los aranceles de las solicitudes de registro y búsquedas serán cubiertos por el Programa Mi Primer Registro. - Los montos de los honorarios antes descriptos son finales, es decir incluyen I.V.A. - Una vez que el agente se haya inscripto en el Programa, se le irán asignando beneficiarios hasta cumplimentar las 50 solicitudes de registro de marcas y modelos o diseños industriales y búsqueda nacional o internacional de patentes. El agente no podrá rechazar o interrumpir la asistencia y acompañamiento a un beneficiario que les fuera signado. En caso de hacerlo se considerará que desiste de su participación en el Programa y se dará lugar al agente que siga en el orden del sorteo. - El agente no podrá denegar a un beneficiario que cumpla con los requisitos de las bases y condiciones del programa ninguno de los beneficios del Programa. - El agente deberá participar de todos los Talleres Informativos que se desarrollen en el marco del Programa mientras dure su participación en el mismo, entiéndase no haya culminado con la presentación de las 50 solicitudes de registro y búsqueda. En caso de no hacerlo en más de dos oportunidades se considerará que desiste de su participación en el Programa y se dará lugar al agente que siga en el orden del sorteo. - La responsabilidad profesional del agente se agotará luego de la presentación del tramite de solicitud de registro o búsqueda, según corresponda. 5