PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Documentos relacionados
Manual de Procesos y Procedimientos. Unidad de Asesoría Jurídica

PRINCIPIO DE PLANEACIÓN MARÍA LORENA CUÉLLAR CÓMO ACTÚA EN MATERIA PREVENTIVA LA PGN FRENTE A LA GESTIÓN DEL ESTADO?

Rama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.

DERECHO ADMINISTRATIVO I

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006

LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CONTENCIOSAS ADMINISTRATIVAS A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN VENEZUELA.

3.1) Procedimiento Administrativo: Delimitación n de conceptos

Programa de Derecho Procesal I. 2. Análisis de las condiciones sociológicas, psicológicas, tecnológicas, geográficas, etc. del Proceso.

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BOROX

COMPETENCIA DE LA SALA TERCERA (CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA Y LABORAL)

CAPITULO I. Objeto Artículo 1.

Bases para la selección de un monitor para impartir la acción formativa. enmarcado en la Subvención Global del Fondo Social Europeo, del que

GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO

III REUNION SOBRE INSPECCION Y VIGILANCIA DE MERCADOS Y ENTIDADES

Resumen de la normativa sobre tasas judiciales 20/11/2012. Están sujetos al pago de las tasas judiciales los siguientes supuestos:

ESTADÍSTICAS SOCIALES RECOPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS JUDICIALES CONCEPTOS Y DEFINICIONES

REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

Test parcial. 19 de febrero de 2013

Gabinete Jurídico. Informe 0516/2008

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

Dentro de las alternativas discutidas, los municipios han planteado las siguientes:

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE

RESOLUCION No DE MARZO DE Por medio del cual se crea el comité de ética de la Alcaldía Municipal de Saravena y se asigna unas funciones

REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO DESPACHO Y DE LAS CAUSAS PARA JUZGADOS Y SALAS PENALES

Madroñera. ANUNCIO. De aprobación provisional del reglamento Registro Contable. Reglamento del Registro Contable de Facturas

SEMINARIO SOBRE EL SEGURO DE CAUCIÓN: Un Nuevo Instrumento de Garantía en la Celebración de Contratos

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID

TEMA 3 RECURSOS ADMINISTRATIVOS ENLAS LEYES LOCALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

Disposición 55/2015. AFIP. Seguridad Social. Deudas. Infracciones. Multas. Impugnaciones

Alfredo Alcañiz Rodríguez Secretario Judicial. 1.- Reformas en la tramitación de un procedimiento ordinario

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia.

1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra.

México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil siete.

DERECHO ADMINISTRATIVO I

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL LA TRONCAL LATRONCAL CAÑAR -ECUADOR

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES

Segundo.- En el acto de la vista, la parte demandada no compareció, ordenando la continuación del juicio en su

DERECHO PROCESAL CIVIL A) RECURSO DE REPOSICIÓN.

PROFESIONAL EN DERECHO 2

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Expte. DI-877/ EXCMO. SR. CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES Edificio Pignatelli ZARAGOZA

IMPLICACIONES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE

REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE ALICANTE

Id. Cendoj: Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 15 DE 2008 (Noviembre 4) Por la cual se delegan facultades en materia de representación

LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL LEY N Artículo III.- Finalidad

ANEXO II Guía para determinación de unidad de destino de expedientes judiciales

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

RESOLUCIÓN Nº.: R/00129/2009 HECHOS

AL PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE AYUNTAMIENTO DE PALMA

Aplicación de la disposición transitoria 3ª de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

TEMA 9: LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVA

PODER JUDICIAL. El principio de separación de poderes

Propuestas a considerar para la elaboración de una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante.

INTRODUCCIÓN AL DERECHO Agustín Villalba Zabala

DERECHO ADMINISTRATIVO I

Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz

SOCIEDADES LABORALES. Regula el Registro Administrativo de Sociedades Laborales.

FUNDAMENTOS DEL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL. Dr. Mauro Chacón Corado

sanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses.

REAL DECRETO-LEY 1/2015, DE 27 DE FEBRERO CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE

Reglamento para la aprobación de los proyectos de cánones de la ARESEP y de la SUTEL que son competencia de la Contraloría General de la República

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE UNIONES DE HECHO (PUBLICADO EN B.O.P / ) TITULO PRELIMINAR

Novedades Jurídicas. A continuación os dejamos un resumen del contenido de la Resolución publicada:

Facultad de Ciencias de Trabajo UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Programación de Asignatura

NUMERO 13 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE

PRESENTACION. Procuraduría Pública Municipal 2

LA FUNCIÓN DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN


PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE

DICTAMEN 43/2013. (Sección 1ª)

Criterios para determinar la competencia en materia civil

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES ANEJO III MODELO DE AVAL BANCARIO PARA LAS GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA.

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 176/2014 TAD.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Control Judicial de los Actos de la COFECE

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

PROYECCION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS (ACUERDOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES)

BUENOS AIRES, Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de

Derecho Militar Jurisdiccional y Administrativo

PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO 2012

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

Guía sobre contratación pública

BOR nº152, de 15 de noviembre de 2007 [página 7414]

LECCIÓN 11. LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS PENALES Y SUS FASES.

LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISION PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA PENAL.

Orden TIN/1459/2010, de 28 de mayo, por la que se crea la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTON MORONA. Considerando:

RESUMEN Seguridad industrial-organismos de control

PREGUNTAS FRECUENTES "TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA"

DECRETO NUMERO EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO

Transcripción:

Talleres de actualización para el Concejo Municipal de La Antigua Guatemala PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS Rony Linares López La Antigua Guatemala, 23 de mayo de 2014

Asociación de Investigación y Estudios Sociales Fundación Konrad Adenauer Con el apoyo Agencia de Cooperación de la Asociación de Municipalidades de Holanda y Centro de Formación de la Cooperación Española en La Antigua Guatemala

Base Legal: Constitución Política de la República de Guatemala. Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, Decreto 1-86 Asamblea Nacional Constituyente. Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República. Ley de Lo Contencioso Administrativo, Decreto 119-96 del Congreso de la República.

El Procedimiento Administrativo Serie de fases o etapas que comprende un expediente administrativo, que se ejecutan por sí o ante las autoridades administrativas o los funcionarios o empleados públicos cuya finalidad es la decisión administrativa (Calderón Morales, Hugo:2002). Es decir, se trata de un conjunto ordenado de actos dirigido a la adopción de una resolución final por un órgano de la Administración Pública. Por lo tanto, los trámites previos son instrumentales respecto a la decisión definitiva. (García de Enterría: 1993)

El Procedimiento Administrativo El Expediente Administrativo: En un sentido genérico expediente equivale a procedimiento administrativo. Desde un punto de vista específico: (está regulado en la legislación guatemalteca) el expediente es la documentación escrita de un procedimiento administrativo. El expediente se compone de documentos ordenados cronológicamente, debidamente numerados y foliados. Debiéndose anotar en cada pieza o memorial día y hora de su presentación o recepción. Código Municipal, artículos 139 al 141 Ley de lo Contencioso Administrativo, artículos: 1, 2

El Procedimiento Administrativo El Expediente Administrativo: Código Municipal ARTICULO 140.- Formación de expedientes. De todo asunto que se tramite por escrito se formará expediente, debidamente foliado con los memoriales que se presenten y demás actos de autoridad que correspondan a las actuaciones. Los interesados deberán indicar en su primer escrito o comparecencia personal, la dirección exacta donde recibirán citaciones dentro del perímetro de los centros poblados o de su residencia en la circunscripción municipal; en caso de no manifestarse el cambio de dirección, las citaciones se harán en el lugar que conste en autos. Los expedientes administrativos deberán impulsarse de oficio, observándose el derecho de audiencia y asegurando la celeridad, sencillez, y eficacia del trámite. La actuación administrativa será gratuita.

El Procedimiento Administrativo El Expediente Administrativo: Código Municipal ARTICULO 166.- Características del procedimiento administrativo. Salvo disposición en contrario de la ley, las ordenanzas y reglamentos, el procedimiento ante el juzgado de asuntos municipales será oral, público, sencillo, desprovisto de mayores formalismos y actuado e impulsado de oficio, por lo que es necesaria la inmediación del juez en actos y diligencias de prueba.

El Procedimiento Administrativo El Expediente Administrativo: Ley de lo Contencioso Administrativo ARTICULO 2.- Principios. Los expedientes administrativos deberán impulsarse de oficio, se formalizarán por escrito, observándose el derecho de defensa y asegurando la celeridad, sencillez y eficacia del trámite. La actuación administrativa será gratuita.

Las partes en el Procedimiento Administrativo En primer lugar interviene: La Administración Pública, a través de sus órganos competentes. El órgano ha de ser competente, desde el punto de vista material u objetivo, temporal y territorial. En caso de incompetencia el acto es nulo de pleno derecho. En segundo lugar: El administrado o interesado en el asunto, es decir, a los particulares cuyos derechos o intereses pueden ser afectados por la resolución.

Los principios del Procedimiento Administrativo Principio de Legalidad y Juridicidad Constitución Política de la República Artículo 5, Libertad de Acción Artículo 44, Derechos inherentes a la persona, supremacía constitucional Artículo 153, Imperio de la Ley Artículo 154, Función Pública, sujeción a la ley Artículo 155, Responsabilidad por infracción a la ley Artículo 156, No obligatoriedad de órdenes ilegales Artículo 204. Supremacía Constitucional, condición esencial de la administración de justicia Artículo 239, Principio de Legalidad Artículo 221. Tribunal de lo Contencioso Administrativo

Los principios del Procedimiento Administrativo Principio de Legalidad y Juridicidad ARTICULO 221.- Tribunal de lo Contencioso-Administrativo. Su función es de contralor de la juridicidad de la administración pública y tiene atribuciones para conocer en caso de contienda por actos o resoluciones de la administración y de las entidades descentralizadas y autónomas del Estado, así como en los casos de controversias derivadas de contratos y concesiones administrativas. Para ocurrir a este Tribunal, no será necesario ningún pago o caución previa. Sin embargo la ley podrá establecer determinadas situaciones en las que el recurrente tenga que pagar intereses a la tasa corriente sobre los impuestos que haya discutido o impugnado y cuyo pago al Fisco se demoró en virtud del recurso. Contra las resoluciones y autos que pongan fin al proceso, puede interponerse el recurso de casación.

Los principios del Procedimiento Administrativo Principio de seguimiento de oficio, que responde a las exigencias propias del interés público que el procedimiento administrativo pone en juego. La Administración gestora del interés público, está obligada a desplegar por sí misma, ex oficio, toda la actividad que sea necesaria para dar adecuada satisfacción o protección a dicho interés, sea cual sea la actitud, pasiva o activa, que puedan adoptar los particulares que hayan comparecido en el procedimiento, lo que impone igualmente, correcciones importantes al juego propio del principio de congruencia característico del proceso civil, permitiendo al órgano competente, en aras del interés público, extender el contenido de su decisión a todas las cuestiones planteadas en el expediente, hayan sido o no alegadas por los interesados (García de Enterría: 1993)

Los principios del Procedimiento Administrativo Principio antiformalista: Derecho de Petición: artículo 28, Código Municipal, 140, 166 Ley de Lo Contencioso Administrativo, 2 Principio de Legitimación: En el procedimiento no interviene el conjunto de los ciudadanos, sino sólo los interesados, que son los administrados cuyos o intereses pueden verse afectados que debe adoptar la Administración Pública. La excepción cuando se reconoce por la legislación el carácter público de la acción.

Los principios del Procedimiento Administrativo Audiencia, defensa y contradicción: Constitución Política de la República: Artículo 12, Derecho de Defensa Artículo 14, Presunción de inocencia y publicidad del proceso Artículo 29, Libre acceso a tribunales y dependencias del Estado, Artículo 30, Publicidad de los actos administrativos. Excepción datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia; art 24, segundo párrafo. Artículo 31, Acceso a archivos y registros estatales Artículo 32, Objeto de las citaciones Ley del Organismo Judicial: 171 al 177 certificaciones

Los principios del Procedimiento Administrativo Imparcialidad Escritura Gratuitidad Publicidad

FASES del Procedimiento Administrativo INICIO: 167 Código Municipal ORDENACION DEL PROCEDIMIENTO 168 Código Municipal; 4 Ley de lo Contencioso Administrativo INSTRUCCIÓN Y DILIGENCIAS, 168 169 Código Municipal RESOLUCION FINAL, 170 Código Municipal; 141 al 146 Ley del Organismo Judicial EJECUCION, 165, 150 al 154 Código Municipal 141, 171 aplicación supletoria de leyes procesales

Control del Procedimiento Administrativo VIA GUBERNATIVA RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Reposición: Revocatoria Revocatoria de Oficio Reconsideración, 182 de la LOJ, 141 Código Municipal RECURSOS JUDICIALES ORDINARIOS Contencioso Administrativo Casación RECURSO JUDICIAL EXTRAORDINARIO O PRIVATIVO Amparo Inconstitucionalidad en caso concreto Constitución Política de la República LEYES APLICABLES: Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad Código Municipal 155 AL 160 Ley de Lo Contencioso Administrativo Ley del Organismo Judicial 178 al 187; Ley de Contrataciones del Estado, 99 al 101

Juzgado de Asuntos Municipales ARTICULO 259. Juzgado de Asuntos Municipales. Para la ejecución de sus ordenanzas y el cumplimiento de sus disposiciones, las municipalidades podrán crear, de conformidad con la ley, su Juzgado de Asuntos Municipales y su Cuerpo de Policía de acuerdo con sus recursos y necesidades, los que funcionarán bajo órdenes directas del alcalde. ARTÍCULO 161.- Creación de juzgados de asuntos municipales. Para la ejecución de sus ordenanzas, el cumplimiento de sus reglamentos, demás disposiciones y leyes ordinarias, la Municipalidad podrá crear, según sus recursos y necesidades, los juzgados de asuntos municipales que estime convenientes y los juzgados de asuntos municipales de tránsito que considere necesarios. En la creación de juzgados podrá asignarse competencia por razón de la materia y territorio, según las necesidades del municipio.

MUCHAS GRACIAS