UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO SECRETARIA GENERAL CONSEJO UNIVERSITARIO SESION Nº 1528 EXTRAORDINARIA FECHA: Miércoles 21-04-04 HORA: 09:00 a.m. SITIO: SALÓN MULTIPLE, EDIFICIO RECTORADO UCLA, PLANTA BAJA. PUNTO ÚNICO: TALLER DE TRABAJO A SER EFECTUADO POR EL CONSEJO UNIVERSITARIO Y LA CONSULTORIA JURÍDICA DE LA UCLA, PARA TRATAR ASUNTOS CONCERNIENTES A LAS SITUACIONES, PROCEDIMIENTOS, INTERPRETACIONES Y CONSULTA DE CARÁTER JURÍDICO Y REGLAMENTARIA, DE MAYOR FRECUENCIA DE USO O APLICACIÓN EN LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO. EXPOSICIÓN CENTRAL BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL DR. OMAR PORTELES MENDOZA, CONSULTOR JURÍDICO DE LA UCLA. CONSEJO UNIVERSITARIO SESIÓN 1528 EXTRAORDINARIA En Barquisimeto, el día ocho de octubre de dos mil tres, a las nueve de la mañana, en el Salón de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, se reunieron los miembros del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Presente: Francesco Leone, Rector; Leonardo Montilva Najul, Vicerrector Académico; Edgar Alvarado R., Vicerrector Administrativo; Nelly Velásquez V., Secretaria General; Leopoldina de Rodríguez, Decana de Administración y Contaduría; Rafael Perdomo, Decano de Ciencias y Tecnología, Oswaldo Castillo, Decano de Ciencias Veterinarias; Rafael Lugo, Decano de Agronomía; Leonardo Colmenárez, Decano de Ingeniería Civil; Mariela Montilva de Mendoza, Decana de Medicina; Jesús Arroyo, Representante del Ministro de Educación Superior; Domingo Calicchio, Representante de los Profesores; Juan José Perozo, Representante de los Profesores; Ricardo Corona, Director del
C.D.C.H.T.; Jenia Alfonzo, Directora General de Postgrado; Salvador Camacho, Director de Planificación Universitaria; Rafael Gásperi, Director de Extensión Universitaria y Carlos J. Perdomo Trocolis, Representante Estudiantil. Verificado el quórum Reglamentario, el Rector da inicio a la Sesión 1528 Extraordinaria. Punto Único: Taller de Trabajo a ser efectuado por el Consejo Universitario y la Consultoría Jurídica de la UCLA, para tratar asuntos concernientes a las situaciones, procedimientos, interpretaciones y consulta de Carácter Jurídico y Reglamentaria, de mayor frecuencia de uso o aplicación en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Exposición central bajo la responsabilidad del Dr. Omar Porteles Mendoza, Consultor Jurídico de la UCLA. Primera Parte: Salón Múltiple, Edificio Rectorado de la UCLA, Planta Baja. El Vicerrector Académico da inicio al Consejo Universitario Sesión 1528 Extraordinaria. Solicita a la Secretaria General la constatación del quórum. La Secretaria General constata el quórum reglamentario. El punto único a tratar será: Taller de Trabajo a ser efectuado por el Consejo Universitario y la Consultoría Jurídica de la UCLA, para tratar asuntos concernientes a las situaciones, procedimientos, interpretaciones y consulta de Carácter Jurídico y Reglamentaria, de mayor frecuencia de uso o aplicación en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Exposición central bajo la responsabilidad del Dr. Omar Porteles Mendoza, Consultor Jurídico de la UCLA. El Vicerrector Académico, da en nombre del Consejo Universitario. la bienvenida a los abogados ponentes en este Taller: De Consultoría Jurídica, Omar Porteles, María Elena Cañizales, Mónica Peña; de Auditoría Interna, Francisco García; de Recursos Humanos a Juan Carlos Pernía. También se encuentran como invitados especiales la Licenciada Nancy Ramírez, Auditora Interna; el Consejo de Apelaciones encabezado por el Profesor Manuel Delgado y la Dirección de Personal Docente y de Investigación por su Director Ramón Bereciartu la Dirección de Recursos Humanos con su Directora, Profesora María Estela Marantes y la Dirección de Formación de Personal Académico con su Directora Profesora María Gómez. Estos fueron a los que el
Consejo Universitario identificó como actores fundamentales para la realización de un taller de esta naturaleza. Excusa la ausencia del ciudadano Rector, quien se encuentra en la ciudad de Caracas en asuntos académicos impostergables. Palabras del Consultor Jurídico Introducción sobre el desarrollo del taller, temario, descripción: Dr. Omar Porteles: La motivación de esta reunión es que a menudo el Consejo Universitario y otros integrantes de ese plantel de Autoridades Universitarias tienen dudas, tienen angustias y las plantean a la Consultoría Jurídica y esto originó la iniciativa de la Secretaría General de establecer esta reunión a los fines de conversar pues más que exposiciones profundas para los cuales, primero no están capacitados y segundo, piensa que el Auditorium asimila mejor ideas prácticas y concretas que estar aquí disertando de cosas muy profundas. Es obvio que se debe comenzar por una parte introductoria, por una parte general, porque cuando los integrantes del Consejo Universitario plantean qué es una notificación, cómo se notifica o plantean algo relativo a las pruebas, cómo se trae a un procedimiento administrativo a un administrado, esto no es otra cosa que plantear unos términos que se oyen por ahí y que no se les presta mucha atención, sobre todo se oyen mucho en los últimos tiempos y se oye hablar de la legalidad, del estado de derecho, de la legalidad administrativa y algunas veces hay extrañeza cuando se habla de autotutela. Todas esas dudas que mutuamente se tienen están enmarcadas en una forma general en ese contexto de lo que es el Estado de Derecho. y qué es el principio de le legalidad? Que todas las autoridades, que toda la Administración Pública debe actuar de acuerdo con los parámetros establecidos Constitucional y legalmente. Es muy distinta la actuación en el sector del Derecho Privado a la actuación del Sector del Derecho Público. En el sector del Derecho Privado, como ciudadanos, podemos hacer todo lo que la Ley no nos prohíba; sin embargo, en el sector del Derecho Público, la actuación es distinta. Aquí solo se nos permite hacer lo que la Norma nos autoriza para actuar, porque todos deben actuar dentro de ese marco de competencia. Y esto es lo que a menudo confunde y cuesta asumir y asimilar de por
qué me van a decir a mí, que yo no la notifiqué si yo por teléfono hablé con ella. Pero es un marco legal que hay que cumplir. Por eso decía que todo debe comenzar refiriéndose al principio de la legalidad. Ese principio se consigue tipificado en la Constitución de la República, en su artículo 137 y el cual establece que todos los órganos de la República, que todos los órganos que ejercen el Poder Público, deben sujetar su actuación a la Constitución y a las Leyes. Sencillamente, ese es el principio de la legalidad. De ahí parte todo. Como consecuencia de eso se consigue el 138 de la Constitución que dice que cuando la Administración Pública se aparta de eso, esa actuación no tiene validez. Dice que toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos. Es decir, que todas las Autoridades Administrativas deben actuar dentro del marco legal. Esta es, en forma genérica, la noción de Autotutela, como que la Administración puede revisar su actuación. Que la Administración puede revisar, motu propio, revisar su actuación. Sin embargo, el concepto de Autotutela es amplio. significa que la Administración tiene un campo de acción que no está sometido inicialmente a ninguna Autoridad. Es que la Autoridad Administrativa declara y es parte de la Autotutela. Es que la Administración Pública ejecuta y eso es parte de la Autotutela. Y es que la Administración Pública revisa, y eso es parte de la Autotutela. Y revisa porque se lo piden los interesados. Y llegamos a la Autotutela de Oficio, cuando la Administración puede revisar sus actuaciones. Y el Principio de la Legalidad determina porque se proyecta hacia el campo de la competencia, el hecho de que los órganos de la Administración Pública deban actuar basados y fundamentados en el principio de la legalidad, no significa otra cosa que debe actuar de acuerdo con la competencia que para ella establece la Constitución y las Leyes. Y cuando se habla de la administración, se está frente a la Universidad y la Universidad es parte de la Administración Pública, y la Universidad es parte de la Administración descentralizada, por lo tanto, todo lo que se acaba de decir, se aplica a la Universidad. La Universidad, como ente público, como ente de la Administración Pública debe actuar enmarcada dentro de su competencia, debe actuar de acuerdo a los parámetros que señala el principio de la legalidad y no se puede apartar de ello. Y si lo hace, estamos ante una autoridad que usurpó una función, una actividad y en consecuencia eso está viciado de nulidad. En el caso de la Universidad se debe partir de la Constitución, se tiene una Ley Orgánica de Educación, se tiene una Ley de Universidades y el caso de las Universidades Experimentales, como sigue siendo el caso de la UCLA, existe un Reglamento que dicta el Ejecutivo Nacional. Existe
también el Estatuto de la Función Pública, Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Ley de la Contraloría. Son todas las Normas que tiene que aplicar la Universidad para dictar sus decisiones. Se dividió el Consejo Universitario en dos (2) grupos para la realización del taller. Se les entregó a cada grupo o equipo, un caso para resolver de acuerdo con lo señalado por el Dr. Porteles, es decir en relación a la aplicación jurídica, porque en el caso estaban involucrados: un (1) docente, un (1) bachiller y un (1) administrativo, y que sanciones se deberán aplicar a cada uno de ellos. Los abogados participantes realizaron labores de facilitadores a los Consejeros y los invitados. Se les dio un tiempo estimado y al finalizar el mismo, tomo la palabra el Dr. Juan Carlos Pernìa para explicar el proceso del funcionario administrativo en el caso planteado, luego tomo la palabra la Dra. Marìa Elena Cañizales para explicar el procedimiento del bachiller, luego tomo la palabra la Dra. Mónica Peña para explicar el procedimiento del Docente y por ùltimo el Dr. Francisco García explicó las responsabilidades administrativas, civiles y penales de los funcionarios, por último los consejeros manifestaron estar sastifechos con el taller, y solicitaròn la realización de otro por cuanto faltaron temas que agotan.
AUTORIDADES Y CONSEJO UNIVERSITARIO Francesco Leone Durante Rector Leonardo Montilva Nelly Velásquez Velásquez Edgar Alvarado Vicerrector Académico Secretaria General Vicerrector Administrativo DECANOS Leopoldina de Rodríguez Ramón Lugo Rafael Perdomo Decana de Administración Decano de Agronomía Decano de Ciencias Y Contaduría Y Tecnología Leonardo Colmenárez Mariela Montilva de Mendoza Oswaldo Castillo Decano de Ingeniería Civil Decano de Medicina Decano de Ciencias Veterinarias REPRESENTANTES Jesús Arroyo Juan José Perozo Domingo Calicchio Representante del Ministerio de Representante de los Representante de los Educación Profesores Profesores DIRECTORES Ricardo Corona Director de Investigación Zahira Moreno Directora de Planificación Rafael Gasperi Director de Extensión Jenia Alfonzo Directora de Postgrado Carlos Perdomo T. Representante Estudiantil Ramón Salcedo Director Docente y de Secretaria CONSULTORIA JURIDICA Omar Porteles