Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio de Auxiliares de control en Hospital Intermutual de Euskadi, Centro Mancomunado de Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, nº 291
Índice 1. Objeto...2 2. Plazo de ejecución...2 3. Condiciones generales del servicio...2 4. Presupuesto...5 5. Medios humanos requeridos...5 6. Seguro...7 7. Aprobación...7 1
1. Objeto: El objeto del presente pliego es establecer las prescripciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de Auxiliares de control para Hospital Intermutual de Euskadi, Centro Mancomunado de Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, nº 291, sito en la calle Fontecha y Salazar, número 6 de Bilbao. 2. Plazo de ejecución: El plazo de ejecución para el desarrollo del servicio objeto de este contrato se establece en 2 años, a contar desde el día 01.01.2016 al 31.12.2017 (ambos inclusive), y podrá ser prorrogado por otros dos periodos anuales sucesivos, en las condiciones descritas en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Estas prórrogas anuales se acordarán individualmente por el Órgano de contratación del Hospital, siendo obligatorias para el adjudicatario sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. A los efectos de no perjudicar el normal funcionamiento del Hospital, en caso de resolución del contrato o en el supuesto de que al vencimiento del mismo (con o sin ejecución de las prórrogas previstas) no se hubiera producido la adjudicación de una nueva licitación, la empresa adjudicataria se comprometerá a seguir prestando el servicio hasta el momento en que se produjera la nueva adjudicación. 3. Condiciones generales del servicio: Los servicios objeto del presente contrato, a llevar a efecto dentro del horario estipulado, consistirán principalmente en: 2
- Supervisar y comprobar el tránsito de personas y vehículos a zonas privadas, particulares o reservadas, así como atender, informar y orientar a propietarios, trabajadores y visitantes, en las instalaciones del Hospital. - Controlar y gestionar las llaves comunes de las instalaciones. - Distribuir los consumibles por las instalaciones. - Recepcionar y distribuir el correo y la paquetería. - Supervisar y comprobar el correcto estacionamiento y aparcamiento de vehículos (por ejemplo no dejar aparcar coches particulares en el vado de ambulancias). - Comprobar mediante rondas las instalaciones del Hospital (alumbrado, hilo musical, cerramientos, puertas de accesos a garaje, calderas, cuadros de luces, instalación contra incendios, cañerías, ). - Recoger residuos sólidos en garaje. - Recoger y sacar la basura y cartones; en todo caso meterlas dentro de los contenedores orgánicos públicos que hay en el exterior (en su horario correspondiente). - Archivar las historias clínicas. - Recoger las historias clínicas solicitadas y distribuirlas a los departamentos indicados. - Sacar fotocopias y triturar documentación. - Acompañar a los proveedores y representantes a las diferentes áreas donde tengan concertada entrevista. - Atender la centralita telefónica por la noche si fuese necesario. - Relevar al personal de Admisión cuando se le indique (Sábados y Domingos principalmente) en horario de 8:00 h. a 15:00 h. ó de 15:00 h. a 22:00 h. - Ayudar al personal de mantenimiento si fuese necesario. 3
El servicio se prestará durante todos los días del año, conforme a la distribución que a continuación se describe: - De Lunes a Viernes de 7:30 horas a 15:30 horas. - Todos los Sábados y Domingos de 15:00 horas a 22:00 horas. - Todos los días del año de 22:00 horas a 6:00 horas. - Los días festivos que caigan de Lunes a Viernes no hay servicio. Iniciado el servicio, la empresa adjudicataria aportará un cuadrante mensual donde se reflejen los turnos de trabajo y horario de cada uno de los auxiliares asignados. En caso de necesitar alguna sustitución o cambio en el personal, deberá garantizarse la continuidad del servicio formando previamente al nuevo personal en las funciones de su puesto de trabajo. Toda sustitución de auxiliares deberá ser solicitada a la Dirección del Centro y contar con la aprobación de ésta. Si por necesidades organizativas de la actividad del Hospital, fuese necesario aumentar o reforzar el servicio en días, turnos u horarios distintos a los expuestos anteriormente, la Dirección del Centro lo solicitará a la empresa adjudicataria, con tiempo suficiente. Las horas realizadas mediante petición de la Dirección por necesidades del servicio o refuerzo, se deberán facturar al mismo precio que el resto de horas y en factura aparte. Todos los gastos necesarios para el perfecto desarrollo del servicio serán por cuenta del adjudicatario (uniformes, formación, seguros, transporte,...). El adjudicatario no podrá bajo ningún concepto ceder, traspasar o subarrendar la explotación del servicio objeto del presente concurso, siendo causa de resolución del contrato este incumplimiento. 4
4. Presupuesto: La oferta económica se realizará conforme al modelo anexo al pliego de cláusulas administrativas particulares y contendrá el precio unitario hora de servicio, IVA excluido. Dicho precio será único, independientemente del horario del servicio a realizar: diurno, nocturno o festivo. El presupuesto del que se dispone es estimado, estando éste en función de las necesidades del Hospital y siendo su importe de 50.374,00 euros anuales, IVA excluido. Este importe sólo sirve como referencia, en base a multiplicar el precio unitario hora de servicio por el total estimado de horas al año. El precio unitario por hora de servicio será como máximo de 8,90 euros (IVA excluido). El cálculo de horas estimadas, salvo que el número de días festivos anuales pueda variar siguiendo la distribución, horario y turnos expuestos, es de 5.660 horas al año. Hospital Intermutual de Euskadi declina cualquier responsabilidad en caso de que el número de horas efectivamente realizadas sea menor que la estimación efectuada de servicios. Ningún precio unitario ofertado por los licitadores podrá superar los precios unitarios máximos de licitación, ni las ofertas en cómputo anual podrán superar el presupuesto máximo de licitación establecido; en caso contrario, las proposiciones serán desestimadas. 5. Medios humanos requeridos: La empresa deberá contar con el personal necesario para atender las obligaciones derivadas del contrato. En ningún caso ni circunstancia la existencia de este contrato supone relación laboral entre el adjudicatario o su personal y Hospital Intermutual de Euskadi. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario en relación con el cumplimiento de las disposiciones 5
vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, sin que Hospital Intermutual de Euskadi asuma ningún tipo de responsabilidad al respecto. El adjudicatario aceptará por tanto todas las responsabilidades que se deriven de las relaciones que pueda establecer con terceras personas durante la vigencia del contrato, para desarrollar el objeto del mismo, por lo que Hospital Intermutual de Euskadi no se subrogará en dichas relaciones. La facultad de control y dirección de los auxiliares corresponde a la empresa adjudicataria por disponer la misma de una titularidad independiente de la de Hospital Intermutual de Euskadi, así como de organización autónoma. No obstante, con el fin de que no quede dañada la imagen del Hospital, el adjudicatario se compromete a adoptar todas aquellas medidas que considere necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos: - Realizar su actividad laboral con la máxima diligencia y corrección. - Utilizar ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de presentación. - Desempeñar sus funciones cumpliendo con toda la normativa aplicable en Centros Hospitalarios, resultando el adjudicatario el único y exclusivo responsable por las infracciones en que pueda incurrir dicho personal. En el supuesto de que se produzcan quejas motivadas contra sus trabajadores, por falta de capacidad o incorrecto comportamiento, la Dirección del Centro dará traslado de las mismas al adjudicatario. En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los operarios con ocasión del ejercicio de los trabajos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que esto alcance en modo alguno a Hospital Intermutual de Euskadi. 6
6. Seguro: Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista dentro del plazo establecido, deberá aportar copia de la póliza y justificante de pago de la prima de contratación de un seguro que cubra la responsabilidad civil superior a 600.000, incluido el riesgo en que pueda incurrir como consecuencia de la prestación del servicio. 7. Aprobación: Visto el presente pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio de Auxiliares de control, junto con el pliego de cláusulas administrativas particulares que se acompaña como anexo a éste, y del que forma parte inseparable, el Órgano de contratación de Hospital Intermutual de Euskadi ha tenido a bien dar su aprobación. En Bilbao, a 21 de octubre de 2015 Asier Agote Amelibia Director Gerente 7