Examen Periódico Universal

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Transcripción:

Examen Periódico Universal Uruguay en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: una visión global de los Derechos Humanos en nuestro país. 2009-2013

Presidente de la República Sr. José Mujica Ministro de Relaciones Exteriores Sr. Luis Almagro Secretario de la Presidencia de la República Sr. Homero Guerrero Secretario de Derechos Humanos de Presidencia de la República Sr. Javier Miranda Directora General de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente Sra. Graciela Jorge Pancera Director General para Asuntos Políticos del Ministerio de Relaciones Exteriores Sr. Ricardo González Arenas Directora de Derechos Humanos y Derecho Humanitario de Cancillería Sra. Alejandra Costa Equipo de producción Sofía Scarabino Valdés Fernanda Zacheo Agradecimientos Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) Fundación Friedrich Ebert en Uruguay - Alejandra Umpiérrez

Examen Periódico Universal Uruguay en el Consejo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas: una visión global de los Derechos Humanos en nuestro país 2009-2013

Sumario 3 Presentación de Naciones Unidas Se consolida el Examen Periódico Universal. Un paso importante en el largo viaje de los derechos humanos... 5 Presentación del Gobierno Uruguay y el Examen Periódico Universal: una herramienta para las políticas públicas con enfoque de derechos humanos... 11 El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos... 15 Informe Nacional ante el Consejo de Derechos Humanos... 27 Informe de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo... 61 Informes de las Organizaciones de Sociedad Civil... 71 Intervención del Secretario de la Presidencia de la República, Sr. Homero Guerrero, ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas... 147 Recomendaciones... 159

Presentación de Naciones Unidas

Un paso importante en el largo viaje de los derechos humanos 7 La historia de la lucha por los derechos humanos constituye una de las claves fundamentales para entender la fi sonomía que nuestras sociedades van alcanzando y explica buena parte de la historia de la Humanidad. Durante siglos, pensadores, fi lósofos, políticos, activistas, movimientos sociales y miles de personas comprometidas en atender a los desprotegidos y promover a los olvidados, fueron plasmando la idea contemporánea de los derechos humanos. Sin embargo, fue recién después de la II Guerra Mundial cuando se dieron los pasos defi nitivos para consolidar a los derechos humanos como piedra fundamental de la actual civilización. Primero fue en 1945 con la Carta de las Naciones Unidas basada en los pilares de la seguridad, el desarrollo y los derechos humanos, y luego, con un texto que por su fuerza moral se ha vuelto en costumbre aceptada universalmente, como el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse : la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Desde 1948, una nueva generación de tratados, pactos, convenciones, protocolos dio lugar a lo que hoy llamamos el Sistema Universal de los Derechos Humanos, el que incluye no solamente normas e instrumentos internacionales, sino también mecanismos de seguimiento, de prevención y de vigilancia como por ejemplo los órganos de tratados y los procedimientos especiales. En esa línea, la Asamblea General de Naciones Unidas dio un paso histórico el 15 de marzo de 2006, al sustituir a la Comisión de Derechos Humanos creada en 1946 por el Consejo de Derechos Humanos, y resolviendo que éste tendría a su cargo un nuevo mecanismo universal para la promoción y protección de los derechos humanos: el Examen Periódico Universal (EPU). El EPU se ha erigido desde entonces en un mecanismo sin antecedentes. En el mismo, los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas presentan su situación en materia de derechos humanos, los pasos dados y los desafíos que enfrentan. Durante este ejercicio, que tiene como telón de fondo toda la información disponible en materia de derechos humanos sobre el país concernido, se reciben los puntos de vista y las recomendaciones de los demás países. Estas, una vez aceptadas por el país examinado, se convierten en una de las hojas de ruta para ese país y un referente ineludible para adoptar reformas legislativas, emprender políticas públicas o bien para promover reformas institucionales. El proceso involucra al Estado como un todo tanto la información como las recomendaciones refi eren a la actuación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial- y también a los organismos

autónomos e independientes de protección como las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, a las organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales, así como al sistema de Naciones Unidas del país examinado. En el caso del Uruguay, el proceso del EPU ha sido particularmente fecundo y participativo, tanto en el primer ciclo en 2009, como en este segundo ciclo de enero de 2014. Tanto el Gobierno, la Institución Nacional de Derechos Humanos, las organizaciones de la sociedad civil, el Comisionado Parlamentario para el sistema penitenciario y el Sistema de Naciones Unidas, presentaron documentos con la información clave para entender la situación de los derechos humanos en el país y pautas para recomendaciones en torno a las distintas acciones y políticas a seguir. En este segundo ciclo del EPU del Uruguay, hubo un reconocimiento de los países acerca de las medidas que el país ha tomado en los últimos para reducir los niveles de pobreza, sobre el establecimiento y puesta en marcha de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo y respecto de los esfuerzos para aumentar los derechos de las personas LGBTI (personas lesbianas, gay, bisexuales, trans género e intersexuales). Los países también resaltaron la aprobación de la ley de matrimonio igualitario, los esfuerzos que se están haciendo para proteger los derechos de las mujeres y se reconocieron algunos avances en cuanto al mejoramiento de las condiciones de las prisiones y de centros de privación de libertad. Examen Periódico Universal Las principales recomendaciones que recibió Uruguay por parte de los otros Estados fueron respecto a la necesidad de mejorar las condiciones de hacinamiento en las prisiones, que se apruebe una reforma procesal penal y que se fortalezca el sistema de justicia juvenil. Asimismo, se recomendaron medidas para incrementar la equidad de género en la esfera política y pública, para asegurar la protección de las mujeres frente a la violencia doméstica y medidas adicionales en contra de la trata. Otras recomendaciones solicitaron que se garantice la implementación de la legislación para combatir el racismo y la discriminación, la adopción de un plan nacional de acción para tratar con las peores formas de trabajo infantil y que se aumenten las acciones dirigidas a combatir la deserción escolar. Es importante señalar que las recomendaciones del EPU que son señaladas por los Estados, tendrían que se miradas a la luz de aquellas análogas que derivan de los expertos y expertas, como son los órganos de tratados y los procedimientos especiales de las Naciones Unidas. Las primeras son una excelente puerta de entrada para avanzar técnica y articuladamente con las segundas, en todas aquellas áreas que el Estado considere asignarles prioridad. En ese sentido, el Sistema de Naciones Unidas en Uruguay con sus agencias, fondos y programas

quiere seguir colaborando como un espacio imparcial para contribuir en el análisis de los temas emergentes de este proceso. Para ello, se cuenta con el valioso soporte técnico de la Ofi cina Regional para América del sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), que a su vez asiste en la función de secretaría técnica del ACNUDH respecto de los mecanismos de derechos humanos, incluido el Consejo de Derechos Humanos. 9 Un próximo paso sería fortalecer un ámbito o mecanismo nacional de seguimiento que cumpla el rol de dar vida a cada una de las recomendaciones del documento fi nal del EPU. Igual que en el resto del proceso, en ese mecanismo los actores involucrados Gobierno (incluyendo el Ejecutivo, Legislativo y Judicial), Institución Nacional de Derechos Humanos, Comisionado Parlamentario, sociedad civil y el Sistema de Naciones Unidas, cada unos desde sus mandatos, perspectivas y especifi cidades, podrán contribuir para que los temas identifi cados como pendientes sean abordados. Quizás dentro de algunos años se diga que, en materia de promoción y protección de los derechos humanos, hubo un antes y un después del establecimiento del Examen Periódico Universal. Todavía hay que esperar para ver cómo los países van procesando las recomendaciones y asumiendo los nuevas temas. Mientras tanto, parece claro que el EPU es un mecanismo innovador, creativo y abierto a la participación de todos los interesados, constituyéndose ya en un referente ineludible para el diseño de políticas públicas en materia de derechos humanos. Los textos aquí incluidos, son prueba de ello. Amerigo Incalcaterra Representante Regional para América del Sur de la Ofi cina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Denise Cook Coordinadora Residente de Naciones Unidas en Uruguay

Presentación del Gobierno

Uruguay y el Examen Periódico Universal: una herramienta para las políticas públicas con enfoque de derechos humanos. 13 De acuerdo a la resolución A/HRC/RES/5/1 del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el pasado 29 de enero, Uruguay se presentó ante el Grupo de Trabajo del Examen Periódico Universal (EPU), para analizar el informe relativo al segundo ciclo del EPU. Para este examen, además del informe presentado por el Estado, el Grupo de Trabajo contó con documentos de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, así como de organizaciones no gubernamentales. Analizada esta pluralidad de información, tras escuchar la presentación de la delegación uruguaya y los puntos de vista expresados por los Estados participantes, miembros y no miembros del Consejo, se formularon una serie de observaciones y recomendaciones al Estado uruguayo. En el mes de junio próximo, en oportunidad de celebrarse el 26 período ordinario de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, se aprobará el examen presentado por Uruguay y se aceptarán formalmente las observaciones y recomendaciones formuladas. La presente publicación recoge los documentos fundamentales de este proceso del segundo ciclo del EPU de Uruguay. De esta forma, el Estado da cumplimiento a su obligación de dar la mayor difusión al desarrollo de este proceso, así como sus resultados. A través de su comparecencia en el EPU, nuestro país pone de manifi esto su más fi rme apoyo al sistema internacional de promoción y protección de los derechos humanos, así como su compromiso de respetar las obligaciones internacionales asumidas y contribuir al fortalecimiento de sus normas e instituciones. El Examen también constituye una oportunidad para nuestro país, ya que nos permite pasar raya y evaluar con una perspectiva más amplia el nivel de desarrollo de la realización de los derechos humanos en el Uruguay. Este diagnóstico sistematizado constituye una herramienta de gran importancia para mejorar la calidad de nuestras políticas públicas, fortalecer los instrumentos de aplicación y la coordinación interinstitucional, de forma de alcanzar de una mejor manera el objetivo trazado, que no es otro que la realización de todos los derechos humanos de todas las personas que habitan en nuestro país.

Con este espíritu, Uruguay presentó su Informe correspondiente al segundo ciclo del EPU. Y ahora corresponde rendir cuentas ante la sociedad civil organizada de los resultados de esa presentación ante el Grupo de Trabajo del Consejo, informando de los avances alcanzados en la implementación de las normas internacionales de derechos humanos, de los logros obtenidos, pero también de las difi cultades que se han encontrado en la implementación efectiva de ese marco normativo. De esta forma, a través del dialogo constructivo con los órganos del sistema internacional en materia de derechos humanos, Uruguay procura profundizar y dotar de mayor efi ciencia las políticas públicas, cuyo objetivo último es la realización de los derechos fundamentales de la población. Ese es el gran desafío que nuestro gobierno se ha fi jado y por esa razón nuestro país valora las observaciones y recomendaciones formuladas por los Estados participantes en el dialogo interactivo del EPU. Una nueva etapa comienza en lo inmediato, la del seguimiento de las observaciones y recomendaciones formuladas. El primer paso es el de la presentación pública de esta información. A partir de aquí se procurará ahondar la deliberación pública en torno a estas políticas, a través de diálogos interactivos con los diversos actores gubernamentales vinculados a la causa de los derechos humanos y de una más intensa coordinación con la sociedad civil. Para ello, el Poder Ejecutivo cuenta con la herramienta de la Comisión Interinstitucional, creada por resolución de 25 de octubre de 2011. El Gobierno asume el compromiso de promover la interlocución y la refl exión crítica entre todos estos actores, así como fortalecer los mecanismos para consolidar el enfoque de derechos en las políticas públicas. Examen Periódico Universal Javier Miranda Secretario de Derechos Humanos Presidencia de la República Ricardo González Arenas Director General para Asuntos Políticos Ministerio de Relaciones Exteriores

El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos

El Examen Periódico Universal como parte del Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos 17 Luego de aprobada la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, diversas normas internacionales y mecanismos creados en el ámbito de las Naciones Unidas fueron conformando lo que hoy se conoce como Sistema Internacional de los Derechos Humanos. Este sistema está integrado por un subsistema convencional y otro no convencional. El área convencional El sistema de tratados sigue hasta hoy enriqueciendo sus áreas temáticas con la aprobación de nuevos instrumentos y el surgimiento de nuevos órganos creados en virtud de los tratados. Los tratados de derechos humanos son instrumentos jurídicos que establecen las normas internacionales para promover y proteger los derechos humanos en todo el mundo. Con la ratifi cación de los tratados, los Estados manifi estan su acuerdo con estas normas y se comprometen a aplicar los derechos a nivel nacional. A su vez, los órganos creados en virtud de tratados alientan y apoyan a los Estados en este esfuerzo. El sistema de tratados de derechos humanos va más allá del plano internacional. Es en el plano nacional donde la promoción y protección de los derechos humanos cobra más importancia. Las normas acordadas a nivel internacional establecidas en los tratados requieren una aplicación efectiva en el plano nacional a fi n de asegurar que todas las personas puedan ejercerlos. En ese sentido, es de particular importancia el funcionamiento de los Órganos de Tratado, que realizan el seguimiento de su aplicación y periódicamente formulan recomendaciones específi cas o generales a los países para mejor interpretar y aplicar los derechos establecidos en los acuerdos internacionales. Existen actualmente nueve tratados fundamentales de derechos humanos. La aplicación de esos nueve tratados es supervisada por un comité de expertos denominado como Órgano del tratado respectivo. Estos órganos están integrados por miembros independientes e imparciales elegidos por los Estados Partes en el tratado en cuestión. En la actualidad, existen nueve órganos de tratados:

- El Comité de Derechos Humanos, que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 1. - El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que se estableció en 1985 en virtud de una resolución del Consejo Económico y Social 2. - El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, que supervisa la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 3. - El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 4. - El Comité contra la Tortura, que supervisa la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 5. Asimismo, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura 6 creó el Subcomité para la Prevención de la Tortura, que tiene un mandato preventivo centrado en un enfoque innovador, continuo y dinámico para la prevención de la tortura y los malos tratos. - El Comité de los Derechos del Niño, que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño 7. - El Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, establecido por la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 8. Examen Periódico Universal - El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 9. - El Comité contra las Desapariciones Forzadas, creado en virtud de la Convención Internacional para la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas 10. 1 http://www2.ohchr.org/spanish/law/ccpr.htm 2 http://www2.ohchr.org/spanish/law/cescr.htm 3 http://www2.ohchr.org/spanish/law/cerd.htm 4 http://www2.ohchr.org/spanish/law/cedaw.htm 5 http://www2.ohchr.org/spanish/law/cat.htm 6 http://daccess-dds-ny.un.org/doc/undoc/gen/n02/551/51/pdf/n0255151.pdf?openelement 7 http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm 8 http://www2.ohchr.org/spanish/law/cmw.htm 9 http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf 10 http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm

En virtud de los tratados, los Estados Partes están obligados a presentar informes sobre las medidas legislativas y prácticas que han adoptado para aplicar sus disposiciones. Para proceder al examen de los informes se entabla un diálogo público entre representantes del Estado que va a ser examinado y los miembros del órgano de tratado correspondiente. 19 Todos los órganos de tratados examinan los informes iniciales y los informes periódicos presentados por los Estados Partes, relativos a la aplicación de las disposiciones del tratado que corresponda. Los expertos del órgano de tratado realizan una serie de preguntas sobre asuntos especialmente preocupantes o eventualmente sobre situaciones que podrían confi gurar una violación o un riesgo a los derechos humanos contemplados en el tratado. El Estado debe dar respuesta a esas interrogantes y explicar los pasos que seguirá al respecto. Finalmente, el órgano realiza una valoración global del informe en forma de observaciones fi nales dirigidas al gobierno interesado, en las que se formula un balance de los diversos aspectos que favorecen o difi cultan la aplicación del tratado y los principios que el mismo contiene. La mayor parte de los órganos de tratados también pueden examinar las denuncias de particulares, siempre que el Estado Parte afectado haya reconocido la competencia del comité correspondiente para llevar a cabo dicho examen. Las Recomendaciones y Observaciones Generales de los Órganos de Tratado son una fuente de inspiración para las políticas de protección a los derechos humanos en los países. No solamente interpretan las disposiciones generales de los tratados, sino que también señalan pautas concretas para la elaboración de políticas. El área extra convencional Paralelamente a este sistema convencional, otra serie de mecanismos y procedimientos complementan los engranajes de lo que algunos denomina la maquinaria del Sistema Internacional de Protección. En ese sentido, cabe consignar la existencia de organismos, procedimientos o funciones que emanan directamente de la estructura de Naciones Unidas y que, desde un rol de gran independencia técnica, tienen también la fi nalidad de promover y proteger los derechos humanos. Estos mecanismos no convencionales están conformados por un conjunto de actores denominado Procedimientos Especiales (Relatores especiales, Grupos de Trabajo y Expertos Independientes),

que por su trayectoria y legitimidad formulan recomendaciones a los países a partir de los compromisos que asumieron internacionalmente. Los Procedimientos Especiales son adoptados por el Consejo de Derechos Humanos, a fin de examinar, vigilar, asesorar e informar públicamente acerca de las situaciones de violaciones de los derechos humanos en un país o territorio determinado (mandatos por país 11 ), o sobre una situación o temática específica que afecta los derechos humanos en un país particular o en todo el mundo (mandatos temáticos 12 ). La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos les presta asistencia logística para el cumplimiento de sus mandatos. Se trata de funciones con una interacción directa e intensa con las situaciones de violación concreta de los derechos humanos. A partir de las denuncias o información que les llega, los diversos titulares de mandatos (actualmente hay 37 mandatos temáticos y 14 referidos a países concretos) pueden o bien comunicar sus inquietudes e interrogantes a los Estados de que se trate, realizar recomendaciones generales o solicitar una invitación para visitar un país. Sus documentos (tantos los informes de países como sus documentos temáticos anuales) son muy valorados por apuntar a violaciones y problemas concretos en el cumplimiento de los derechos humanos. También es de destacar que su accionar, debido a su independencia técnica y política, suele tener un fuerte impacto en la opinión pública. A diferencia de los órganos de las Naciones Unidas, para poner en funcionamiento los procedimientos especiales no se requiere que el Estado haya ratifi cado el instrumento o tratado pertinente, ni haber agotado los recursos nacionales para tener acceso a los mismos. El rol fundamental del Consejo de Derechos Humanos Examen Periódico Universal El Consejo de Derechos Humanos es un órgano subsidiario de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Su cometido es fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo, hacer frente a situaciones de violaciones de los derechos humanos y formular recomendaciones. Fue creado por la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de marzo de 2006 13. 11 http://www.ohchr.org/en/hrbodies/sp/pages/countries.aspx 12 http://www.ohchr.org/en/hrbodies/sp/pages/themes.aspx 13 http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/hrcouncil/docs/a.res.60.251._sp.pdf

Miembros del Consejo 21 Está integrado por 47 Estados, elegidos por mayoría absoluta en la Asamblea General. Los asientos se distribuyen entre los grupos regionales de las Naciones Unidas como sigue: 13 por África, 13 por Asia, 8 por América Latina y el Caribe, 7 por Europa Occidental y otros grupos, y 6 por Europa Oriental. Durarán 3 años en sus funciones, pudiendo ser reelectos hasta por dos periodos consecutivos. Estos podrán ser suspendidos una vez electos si cometen abusos sistemáticos a los derechos humanos. Funcionamiento del Consejo El Consejo se reúne en sesiones ordinarias tres veces al año. Las sesiones ordinarias operan sobre una gama importante de temas y proceden según un orden del día predefi nido llamado Agenda. También existen las sesiones extraordinarias que no están incluidas en el calendario anual del Consejo, pero se convocan a iniciativa de un Estado, apoyado, por lo menos, por un tercio de los miembros del Consejo. En el año 2007 el Consejo adoptó su paquete de construcción institucional que proporciona elementos que guían su trabajo futuro. Entre estos se destaca el nuevo mecanismo de Examen Periódico Universal. Existe un Comité Asesor, que apoya en diversas cuestiones temáticas relativas a los derechos humanos y el nuevo mecanismo de método de denuncias que permite que individuos y organizaciones presenten denuncias sobre violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. Asimismo, el Consejo cuenta con el apoyo de los llamados Procedimientos Especiales. Éstos son los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos para inspeccionar las violaciones de los derechos humanos en países concretos o examinar temas globales de derechos humanos. El Examen Periódico Universal Un paso importante en la consolidación de un sistema de protección de alcance global, fue la transformación en abril de 2006 de la Comisión de Derechos Humanos en el nuevo Consejo de

Derechos Humanos. Por resolución del 15 de marzo de ese año, se estableció que este nuevo órgano sería responsable de promover el respeto universal por la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, sin distinción de ningún tipo y de una manera justa y equitativa. La resolución de la Asamblea general dispuso que la labor del Consejo debía estar guiada por los principios de universalidad, imparcialidad, objetividad y no selectividad, diálogo internacional constructivo y cooperación a fi n de impulsar la promoción y protección de todos los derechos humanos, es decir, los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo. Esa misma resolución, en un contexto donde primó la búsqueda de mecanismos más efi caces e innovadores para la protección a nivel global de los derechos humanos, estableció que el nuevo Consejo realizaría un examen periódico universal, basado en información objetiva y fi dedigna, sobre el cumplimiento por cada estado de sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos de una forma que garantice la universalidad del examen y la igualdad de trato respecto de todos los estados; el examen será un mecanismo cooperativo, basado en un diálogo interactivo, con la participación plena del país de que se trate y teniendo en consideración sus necesidades de fomento de la capacidad; dicho mecanismo complementará y no duplicará la labor de los órganos creados en virtud de tratados; el Consejo determinará las modalidades del mecanismo del examen periódico universal y el tiempo que se le asignará antes de que haya transcurrido un año desde la celebración de su primer período de sesiones. Examen Periódico Universal Así nació el Examen Periódico Universal (EPU), donde todos los Estados miembros de las Naciones Unidas aceptaron someterse al escrutinio de los demás Estados. Todo ello, teniendo como contexto de fondo los compromisos internacionales de los países, las recomendaciones y observaciones de los respectivos Órganos de Tratado y las recomendaciones de los procedimientos especiales (relatores y expertos independientes). Un primer ciclo de aplicación del Examen Periódico Universal dejó un positivo balance en el que todos los Estados lograron mantener el diálogo constructivo que se propuso sobre muchos temas sensibles y complejos. Con el nuevo mecanismo, que debe entenderse funcionando en sintonía con los demás existentes, la vigencia de los derechos humanos en el mundo sumó un nuevo factor de protección.

Actualmente se encuentra en marcha el segundo ciclo del Examen Periódico Universal, al cual Uruguay presentó su informe el pasado 29 de enero. 23 Qué es el Examen Periódico Universal? A través de un innovador mecanismo, el Consejo de Derechos Humanos revisa periódicamente el cumplimiento de cada uno de los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas en cuanto a las respectivas obligaciones y compromisos en el ámbito de los derechos humanos. El EPU es un mecanismo de cooperación basado en el diálogo interactivo entre cada Estado examinado y los Estados Miembros y Observadores del Consejo. En cada etapa participan las organizaciones intergubernamentales, las instituciones nacionales de derechos humanos, así como representantes de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, los defensores de los derechos humanos, las instituciones académicas y de investigación. Los objetivos del EPU son: -Mejorar la situación de los derechos humanos en el terreno; -Cumplir con las obligaciones y los compromisos del Estado en materia de derechos humanos y la evaluación de los avances y los retos que se planteen; -Fortalecer la capacidad del Estado y la asistencia técnica, en consulta con el Estado examinado y con su consentimiento; -Intercambiar las mejores prácticas entre los Estados y otros actores interesados; -Apoyar la cooperación en la promoción y protección de los derechos humanos; -Fomentar la plena cooperación y el compromiso con el Consejo de Derechos Humanos, otros órganos de derechos humanos y la Ofi cina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH). Cómo funciona el examen periódico universal? La resolución 5/1 14 del Consejo de Derechos Humanos establece la periodicidad y el orden del examen. El EPU está supeditado a un ciclo de cuatro años y consiste en varias etapas: 14 http://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?si=a/hrc/res/5/1

a) La información de base Información sobre la cual se basará el examen, incluye: -la información preparada por el Estado examinado (informe nacional); -una compilación de información de las Naciones Unidas acerca del Estado examinado. Ésta comprende la información contenida en los informes de los Órganos de Tratados y los Procedimientos Especiales preparada por la Ofi cina del Alto Comisionado de las Naciones para los Derechos Humanos. -Un resumen de la información presentada por otras partes interesadas, incluidas las instituciones nacionales de derechos humanos, las organizaciones no gubernamentales y otros actores de la sociedad civil, preparada asimismo por la OACDH. b) El examen El examen tiene lugar en Ginebra, en el marco del Grupo de Trabajo del EPU, que está integrado por los 47 Estados Miembros del Consejo y consiste en un diálogo interactivo entre el Estado examinado, los Estados Miembros y los Observadores del Consejo. El grupo de trabajo se reúne anualmente y celebra tres periodos de sesiones de dos semanas, en cada uno de los cuales examina a 16 Estados. *Un grupo de tres relatores, seleccionados por sorteo entre los miembros del Consejo (troika), facilita cada examen. *El grupo de trabajo aprueba un documento fi nal al término de cada examen. c) Aprobación del examen El Consejo examina y aprueba el documento fi nal del EPU. En general, el Consejo realiza ese examen y aprobación en el periodo ordinario de sesiones siguiente al examen. Examen Periódico Universal d) Seguimiento Es necesario que haya un seguimiento de parte de los Estados examinados y otras partes interesadas con respecto a la aplicación de las conclusiones y recomendaciones que fi guren en el documento fi nal. Entre cada ciclo del EPU, los Estados tienen el compromiso de avanzar en la implementación de las recomendaciones que aceptó en el procedimiento. El EPU alienta a los Estados a realizar amplias consultas para el mejor cumplimiento de lo establecido en el informe fi nal. Los estados también tienen el compromiso adicional de enviar un informe de medio término o de avance al Consejo de Derechos Humanos, donde se reporta el estado de implementación de las re-

comendaciones a dos años del diálogo interactivo. La Ofi cina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) asiste a los Estados para que implementen estas recomendaciones, a la vez que facilita la cooperación entre los actores involucrados en el proceso del EPU. En particular, a nivel regional, la Ofi cina Regional de ACNUDH lleva adelante un proyecto de apoyo al proceso del EPU de manera de lograr la más amplia difusión y participación en el mismo de los diversos actores involucrados. 25 Los documentos que conforman el proceso del EPU, que va desde la recopilación de informes en torno a la situación de los derechos humanos en los países realizada por diversos actores públicos, el diálogo interactivo entre los países con el proceso de análisis y propuestas que conllevas, más la formulación y aceptación de las recomendaciones para el país concernido, constituyen un material valioso para el trabajo en derechos humanos. El proceso EPU, en conexión con los restantes mecanismos internacionales de protección (recomendaciones de los Órganos de Tratados y restantes Procedimientos Especiales) genera una amplia información para la formulación de nuevas políticas públicas, la generación de planes de protección y la atención de situaciones de riesgo concreto para los derechos humanos. El seguimiento de sus recomendaciones es tan importante como el proceso que lleva a las mismas, ya que da oportunidad a actores con mandatos institucionales diversos a interactuar y concretar medidas de protección a los derechos humanos. En la medida que este mecanismo convoca al Estado todo incluyendo en un amplio abanico al Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, sociedad civil y organismos dotados de autonomía como la Institución Nacional de Derechos Humanos, el Comisionado Parlamentario para las Cárceles y el Defensor del Vecino- sus recomendaciones son una referencia obligada para renovar los mecanismos de promoción, protección y cuidado de los derechos humanos en sus más diversas facetas.

Informe Nacional ante el Consejo de Derechos Humanos

NacionesUnidas Asamblea General A/HRC/WG.6/18/URY/1 Distr. general 12 de noviembre de 2013 Original: español 29 Consejo de Derechos Humanos Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal 18º período de sesiones 27 de enero a 7 de febrero de 2014 Informe Nacional presentado con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos * Uruguay * El presente documento se reproduce tal como se recibió. Su contenido no entraña la expresión de opinión alguna por parte de la Secretaría de las Naciones Unidas.

I. Metodología y proceso de consultas 1. El presente Informe fue elaborado de conformidad a la Resolución CDH 16/21, coordinado por la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Humanitario del Ministerio de Relaciones Exteriores, y contó con la participación de todos los organismos estatales relevantes. 2. El Ministerio de Relaciones Exteriores realizó actividades informativas dirigidas a la sociedad civil, en las que se expusieron los detalles del proceso de redacción del Informe Nacional, solicitándosele sus aportes e impulsándola a presentar recomendaciones de acuerdo a sus intereses y opiniones. La primera jornada informativa contó con la participación de representantes de la Ofi cina Regional del ACNUDH. 3. Posteriormente, durante la elaboración del informe, el Estado mantuvo encuentros con la sociedad civil, recibiendo numerosos comentarios que fueron debidamente considerados por los redactores. 4. En este proceso, pudo constatarse con beneplácito que la mayoría de las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida convergen en líneas de acción que ya están siendo implementadas. 5. En el punto 5 del presente Informe se incorpora un capítulo de Promesas y Compromisos voluntarios, de conformidad a las directrices aprobadas para el segundo ciclo del EPU. 6. Uruguay reitera su compromiso con el mecanismo de Examen Periódico Universal, habiendo aceptado todas las recomendaciones formuladas en el marco de su primer EPU y presentado el Informe Mitad de Camino en setiembre de 2012. Examen Periódico Universal II. Avances en la implementación de las recomendaciones A. Firma, adhesión, ratificación (Recomendaciones 1, 2, 3 y 4) 7. Adhesión a la Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (ley 17.724 de 3.05.04).

8. Ratifi cación del Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC ley 19.029 de 12.12.12). 31 9. El Gobierno ha iniciado consultas interinstitucionales para considerar la posibilidad de ratifi car el Convenio Nº 169 de la OIT. B. Institución, nacional de derechos humanos (Recomendaciones 8 y 9) 10. La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) fue creada por ley 18.446 (24.12.08, en la redacción dada por la ley 18.806 de 14.09.11). Sus cinco integrantes fueron nombrados en mayo de 2012. Su acreditación ante el Comité Internacional de Coordinación se encuentra en proceso. El ACNUDH y el PNUD apoyaron todo el proceso que condujo a la gestación de la INDH. 11. La ley de creación de la INDH le otorga autonomía presupuestal dentro del Poder Legislativo, el cual también provee los recursos técnicos. El presupuesto para el actual período fue aprobado. C. Informes a los órganos de vigilancia de tratados (Recomendaciones 10, 11, 20 y 21) 12. Uruguay ha completado el proceso de puesta al día con los diversos órganos de vigilancia de los tratados internacionales de derechos humanos. Con posterioridad al primer EPU en 2009, Uruguay presentó el informe nacional sobre derechos económicos, sociales y culturales (2010), el relativo a racismo, discriminación racial, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia (2011), el de desapariciones forzadas (2013), así como el de derechos civiles y políticos (2013), habiendo mantenido el diálogo correspondiente con los respectivos Comités. 13. Se presentaron asimismo los informes nacionales sobre: derechos de las personas con discapacidad, derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, derechos del niño y sus protocolos sobre venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños en pornografía y participación de niños en conflictos armados, aguardándose la fecha para el diálogo con los respectivos Comités.

14. Por otra parte, mediante Resolución Presidencial del 25.10.2011, se creó la Comisión Interinstitucional para la Elaboración de Informes al Mecanismo de Examen Periódico Universal y los órganos de Monitoreo de Tratados, y para hacerle seguimiento a sus recomendaciones. Esta Comisión funciona en el ámbito de la Cancillería e incluye otros Ministerios, los Poderes Legislativo y Judicial, así como organizaciones de la sociedad civil, la academia y el sistema de Naciones Unidas. 15. De conformidad a la temática de los informes y a lo establecido por la mencionada Resolución Presidencial, se han mantenido encuentros regulares con organizaciones no gubernamentales que trabajan en la materia de cada Comité. 16. Desde la entrada en funcionamiento de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, se mantiene una fl uida comunicación con la misma, habiendo sido incorporada a los procesos de elaboración de los informes como observador, respetando su independencia y la presentación de sus informes alternativos. D. Derechos del niño, explotación sexual de niños/as y adolescentes y sistema penal juvenil (Recomendaciones 14, 15, 16, 18, 44, 45, 46, 47, 67, 68, 69, 70) Examen Periódico Universal 17. En 2008 el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales (CONAPEES), defi nió los objetivos nacionales y lineamientos estratégicos sobre políticas públicas para la infancia y adolescencia para el período 2010-2030. Este proceso de discusión, tuvo como resultado la Estrategia Nacional de Infancia Adolescencia y Familia (ENIA) 2010 2030, que recogió la opinión de más de 5.000 niños/as y adolescentes. Adicionalmente, se cuenta con un Plan de Acción de la ENIA 2010 2015 que incluye los principales problemas identifi cados a resolver y las propuestas a desarrollar, con indicadores de partida, metas a alcanzar y acciones para cada uno de los servicios dirigidos a la infancia y la adolescencia. 18. En mayo de 2013, en el marco del convenio entre UNICEF, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y el CONAPEES, se lanzó la campaña masiva No hay excusas, que se desarrolla en los medios de comunicación y la vía pública, y que está orientada a denunciar el fenómeno de la explotación sexual comercial de niños/as y adolescentes y posicionarlo como problema en la agenda pública. 19. En materia de trata y tráfi co de niños y niñas, en 2011 el INAU comenzó a implementar

el Plan Nacional de Acción para la Erradicación de la Explotación Sexual de la Niñez y la Adolescencia con especial hincapié en prevención, protección, atención, restitución, participación, capacitación, difusión, monitoreo y evaluación de esta problemática. Este Plan fue elaborado e impulsado por el Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPESE). 33 20. Entre los años 2009 y 2012 se produjeron 23 procesamientos por explotación sexual infantil y adolescente, mayormente patrocinados por la Defensoría Pública en lo Penal especializada en Crimen Organizado. 21. En el año 2009 se reglamentó la ley 18.250 de 2008 (que tipifi ca los delitos de trata y tráfi co de personas), estableciendo agravantes especiales cuando la víctima es un niño/a, adolescente o persona con discapacidad. Fueron creados 2 Juzgados del Crimen Organizado con competencia nacional, dos Defensores de Ofi cio (Ley 18.362 de 2008) y dos Fiscalías Especializadas (Ley 18.390 de 2008) cuya fi nalidad es procesar los delitos de trata de personas. 22. El número de niños/as y adolescentes (NNA) en situación de calle en Uruguay ha descendido en los últimos años. En 2003, la ONG Gurises Unidos realizó un censo para determinar la cantidad de niños en dicha situación, arribando a un número de 3.100 para Montevideo y el área metropolitana. Para mejorar las condiciones de vida de NNA y su integración en espacios de derechos, se creó el Programa integral de atención a niños en situación de calle (Infacalle) co-ejecutado por el INAU y el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES). 23. En 2007, habiendo transcurrido 2 años de ejecución del Programa Infacalle, INAU llevó adelante un nuevo relevamiento, contabilizándose 1.887 NNA, 40 % menos que en 2003. 111 NNA se encontraban en situación de calle extrema. Como respuesta se crea el programa Red de Calle Extrema. 24. Actualmente continúa bajando la cantidad de NNA en situación de calle. Para confi rmar el nuevo escenario, se está planifi cando la realización de un nuevo censo. 25. En lo concerniente a los adolescentes en conflicto con la ley, en julio de 2011 se fortaleció la institucionalidad que atiende este problema con la creación del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA). Desde ese año comenzó la transformación de la ejecución de

las medidas de restricción de libertad, profundizando el enfoque socio educativo de responsabilización de los adolescentes en conflicto con la ley penal. Ello supuso implementar acciones que favorecen la permanencia del adolescente en su marco de convivencia familiar y comunitaria, o en su caso, adoptar medidas de privación de libertad en centros de internación ordenados con una graduación progresiva en el uso de la libertad ambulatoria. Para ambos casos de medidas con o sin privación de libertad, se están desarrollando acciones para incorporar al adolescente a una rutina educativa obligatoria, de carácter personalizado. 26. La atención de los adolescentes en la modalidad de medidas alternativas a la privación de libertad, logró ampliarse a nivel nacional a través de 25 proyectos en 17 departamentos. 27. Se han realizado experiencias de mediación comunitaria, llevadas adelante por los Regionales de INAU, para la resolución alternativa de confl ictos entre jóvenes, evitando así su judicialización, en particular en problemas vinculados a diferencias entre grupos de simpatizantes de instituciones deportivas. 28. El nuevo organismo (SIRPA), que está a cargo de una Comisión Delegada del Directorio del INAU, apunta a incrementar los niveles de especialización con alto grado de autonomía técnica a través del desarrollo de cinco programas: a) ingreso, estudio y derivación, b) medidas socioeducativas de base comunitaria, c) medidas curativas, d) medidas privativas de libertad y semi-libertad, e) inserción socio-comunitaria y atención al egreso. 29. En el año 2011 el INAU destinó importantes recursos para obras de infraestructura y para el período 2012 al 2014, lo hizo para invertir en recursos humanos especializados para cada uno de estos cinco programas. Examen Periódico Universal 30. En Uruguay hay aproximadamente 67.000 niños/as y adolescentes en situación de trabajo infantil, entendiendo como tal el trabajo desarrollado por personas menores de 15 años y el trabajo peligroso a cargo de adolescentes entre 15 y 17 años. El Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección del Adolescente Trabajador (CETI) tiene por objetivo asesorar, coordinar y proponer políticas y programas tendientes a la eliminación del trabajo infantil. 31. El CETI está elaborando el Plan de Acción para la erradicación del trabajo infantil en la recolección y clasifi cación de residuos, que se implementará en Montevideo y Canelones.

Asimismo, comenzó en 2012 el proceso de elaboración del Plan de Acción para la protección del adolescente trabajador. 35 32. Por otra parte, se profundizaron las inspecciones laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en todo el territorio nacional, ponderándose por riesgo o por actividades, en especial en período de zafra. Se corresponde al incremento de mano de obra estival en los departamentos de Colonia, Canelones, Maldonado y Rocha. A su vez, se recibieron desde el Banco de Seguros del Estado (BSE) denuncias sobre accidentes que involucraban menores de 18 años. 33. En el año 2012, se otorgaron un total 3.931 permisos laborales (1.971 interior del país y 1.960 en la capital). 34. Se realizaron actividades de sensibilización en Escuelas Públicas y Escuelas Agrarias de UTU en Montevideo, Artigas, Colonia, Flores y Río Negro bajo la consigna Trabajo infantil y trabajo adolescente protegido. 35. A nivel de MERCOSUR, se está llevando adelante un trabajo conjunto denominado El MERCOSUR unido contra el trabajo infantil, que implica acciones regionales y binacionales, especialmente en zonas de frontera. 36. En 1990 Uruguay ratifi có la Convención Internacional de los Derechos del Niño. En 2004 aprobó el Código de la Niñez y la Adolescencia. Asimismo, ratifi có los Convenios OIT Nº138 (Edad Mínima de Admisión al Empleo) y Nº182 (Peores Formas de Trabajo Infantil). 37. Uruguay registra actualmente un sólido proceso de consolidación de las políticas sociales integrales dirigidas a niños/as y adolescentes. En particular, se viene avanzando en la concreción de acciones clave para abordar las situaciones de mayor vulnerabilidad que padecen niños/as trabajadores, en situación de calle y/o víctimas de maltrato. Desde la elaboración de la Estrategia Nacional para la Infancia y Adolescencia 2010-2030 y la construcción de la Reforma Social por parte del gobierno nacional, con participación de actores sociales, pasando por diferentes políticas y acciones específi cas dirigidas a esta población, se vienen realizando esfuerzos sin precedentes por alcanzar el pleno ejercicio de los derechos por parte de todos los niños/as y adolescentes. 38. En el marco del Plan de Equidad, Ley 18.227 del 22 de diciembre de 2007, se puso en prác-

tica un sistema de Asignaciones Familiares, cuya cobertura es de 600.000 niños aproximadamente, que ha tenido importante incidencia en hogares de menores ingresos, impactando tanto en la reducción de la pobreza como de la indigencia. Debe destacarse también la creación de la estrategia de fortalecimiento de las capacidades familiares ( Cercanías ), que tiene por objetivo atender las situaciones familiares de extrema vulnerabilidad. Es una estrategia interinstitucional, dirigida conjuntamente por el MIDES y el INAU, con participación de los organismos de salud, educación y vivienda, y la sociedad civil, que desarrolla acciones de proximidad a través de equipos territoriales y que busca favorecer el acceso de las familias a servicios y prestaciones. 39. El Plan CAIF ha viabilizado la atención de niños de 0 a 3 años, a través de modalidades diversas que comprenden estimulación oportuna, educación inicial, alimentación y apoyo familiar. A ello se suman otros esfuerzos del sector público como los centros infantiles diurnos del INAU, los centros del programa Nuestros Niños de la Intendencia Departamental de Montevideo y el nivel de 3 años en los Jardines de Infantes de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). La cobertura conjunta de estos servicios alcanzó un importante nivel, como resultado del esfuerzo realizado en el marco del Plan de Equidad para la ampliación de la cobertura y mejora de la calidad en la atención de la primera infancia. Examen Periódico Universal 40. El sistema educativo ha dado pasos relevantes al defi nir la obligatoriedad de la educación inicial en los niveles de 4 y 5 años. Asimismo, se han implementado programas en educación primaria tendientes a responder a las necesidades de los diversos contextos en que está operando el sistema educativo, entre ellos la ampliación del número de escuelas de tiempo extendido o completo, que actualmente asciende a 31. A nivel de enseñanza media, están en práctica diversos programas orientados a fomentar la permanencia de los adolescentes en el sistema educativo. 41. El CONAPESE ha posibilitado la formación de recursos humanos y acciones de sensibilización dirigidas a técnicos y comunidad en general. El INAU promovió la creación de un Programa de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Trata y/o Explotación Sexual Comercial. Se profundizaron los alcances del Sistema integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV), desarrollando acciones de formación, sensibilización y atención de las situaciones de violencia a niños/as y adolescentes, logrando integrar la perspectiva generacional en el diseño de las propuestas del Consejo Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica, que permite avanzar en un marco de género y generaciones.