Versión: 1.0 Fecha de entrada en vigencia: 15/09/2015 Enmiendas: - NOTA TÉCNICA PARA ESTUDIOS NO TÉCNICOS No.2 Aviso de vigencia Este documento se encuentra vigente desde la fecha indicada en la portada. Los comentarios y enmiendas propuestas pueden ser enviadas a través de la página web www.accioncontraminas.gov.co o al correo electrónico accioncontraminas@presidencia.gov.co Nota sobre los Derechos de Autor y de reproducción Este documento es de carácter público y su difusión se considera relevante para la Acción Integral contra Minas Antipersonal en Colombia. Está permitido reproducir, guardar o transmitir el documento o partes del mismo, por cualquier medio, sin el previo consentimiento escrito de la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra Minas Antipersonal (CINAMAP), la Instancia Interinstitucional de Desminado Humanitario y/o de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (DAICMA), siempre y cuando se conserve la integridad del mismo y se cite la respectiva fuente. Este documento y su contenido no pueden ser comercializados. 1
Tabla de contenido PRÓLOGO... 3 INTRODUCCIÓN... 4 PROCEDIMIENTO CUANDO SE DEBE CAMBIAR EL ESTATUS DE UN EVENTO QUE SE ASOCIA A UN ÁREA PELIGROSA O ÁREA PELIGROSA CONFIRMADA... 5 PROCEDIMIENTO PARA EL TRATAMIENTO EN CASO DE CONFIRMACIÓN DE QUE UN EVENTO PERTENECE O PUEDE PERTENECER A OTRO MUNICIPIO... 5 PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE VEREDAS VERDES TANTO EN GESTIÓN DE INFORMACIÓN COMO EN OPERACIONES... 6 PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE EXPEDIENTES MUNICIPALES... 7 2
PRÓLOGO Las prácticas de gestión y los procedimientos operativos para la acción humanitaria contra las minas antipersonal están en constante evolución. Las mejoras se realizan, y se requieren cambios, para mejorar la seguridad y la productividad. Los cambios pueden provenir de la introducción de nuevas tecnologías, en respuesta a una nueva mina o la amenaza UXO, y de la experiencia de campo y lecciones aprendidas en otros proyectos y programas de acción contra las minas. Esta experiencia y las lecciones aprendidas deben compartirse de manera oportuna. Las notas técnicas proporcionan un foro para compartir experiencias y lecciones aprendidas por la reunión, recopilación y publicación de información técnica sobre temas importantes de actualidad, en particular las relativas a la seguridad y la productividad. Las notas técnicas complementan los aspectos más generales y los principios que se abordan en los Estándares Nacionales de Desminado. Las notas técnicas no cuentan formalmente antes de su publicación. Se basan en la práctica experiencia y la información disponible al público. Con el tiempo, algunas notas técnicas pueden ser "promovidos" a convertirse en Estándares, mientras que otras pueden ser retiradas cuando ya no sea pertinente o si es reemplazada por información actualizada. Las notas técnicas no son documentos legales ni Estándares. No es requisito legal aceptar el asesoramiento prestado en la nota técnica. Son meramente consultivos y están diseñados únicamente para complementar los conocimientos técnicos o para proporcionar más orientación sobre la aplicación de los Estándares. 3
INTRODUCCIÓN El Estándar Nacional de Estudios No Técnicos provee las especificaciones y lineamientos para planear e implementar Estudios No Técnicos para el Desminado Humanitario en el territorio Colombiano, con el fin de identificar, a partir de Sospechas (registradas en el IMSMA o suministradas por la población), las Áreas Peligrosas y/o Áreas Peligrosas Confirmadas que representan un riesgo para las comunidades afectadas por las MAP/AEI/MUSE. De igual manera, el Estándar Nacional provee detalles sobre las responsabilidades y obligaciones de los actores involucrados en la ejecución de Estudios No Técnicos. La experiencia en terreno ha demostrado la necesidad de acordar procedimientos para: cambio de estatus de eventos cuando se asocian a un área peligrosa o a un área peligrosa confirmada; tratamiento en caso de confirmación de que el evento pertenece o puede pertenecer a otro municipio; manejo de veredas verdes tanto en Gestión de Información como en operaciones y finalmente el manejo de los expedientes municipales. 4
PROCEDIMIENTO CUANDO SE DEBE CAMBIAR EL ESTATUS DE UN EVENTO QUE SE ASOCIA A UN ÁREA PELIGROSA O ÁREA PELIGROSA CONFIRMADA En los casos en que la investigación en terreno concluya que un evento IMSMA está asociado a un área peligrosa o área peligrosa confirmada que se encuentre en proceso de intervención o ya haya sido intervenida, ésta debe asociarse al Estudio No Técnico de dicha área por medio de una actualización del formulario de reporte de ENT del AP/APC. En todos los casos, el reporte de ENT deberá incluir toda información relevante que demuestre y permita evidenciar que efectivamente el evento que se pretende asociar por georreferenciación o descripción al área en cuestión, ocurrió dentro del área y su riesgo será eliminado con la intervención de la misma. Para cualquier actualización de un ENT deberán al menos diligenciarse los campos de fecha, antecedentes, criterios de confirmación, y cualquier otro que sea necesario por los datos adicionales o actualizados del formulario de reporte de ENT. Además anexo a esta actualización debe mantenerse el reporte de ENT anterior. Además, el Plan de Intervención del área deberá incluir en sus consideraciones este nuevo hallazgo y cuando sea necesario será modificado en consecuencia. PROCEDIMIENTO PARA EL TRATAMIENTO EN CASO DE CONFIRMACIÓN DE QUE UN EVENTO PERTENECE O PUEDE PERTENECER A OTRO MUNICIPIO Cuando se tenga confirmación, a partir de la investigación durante el ENT que un evento pertenece a otro municipio esto deberá reportarse a través de un formulario de reporte de ENT donde se registren toda la información y evidencias con las cuales la ODH decide que ese evento no ocurrió en el municipio donde se está investigando sino en otro. La conclusión de dicho ENT no será ni una cancelación ni una confirmación de peligro, sino una solicitud para que DAICMA apruebe y actualice su base de datos y cambie de municipio dicho evento. En las observaciones de la base datos debe quedar registrado el ID del ENT y este documento deberá estar disponible para que pueda ser consultado por la ODH o equipo que realice la investigación en el nuevo municipio asociado al evento. El identificador del evento no debe cambiar, sin embargo el identificador de un nuevo ENT en el municipio donde fue relocalizado el evento obedecerá a la generación normal de identificadores de la ODH en ese municipio. Para evitar perder el trazado es importante señalar en los antecedentes el ID del evento así como señalar el ID del ENT con el cual se solicitó el cambio de municipio. 5
PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE VEREDAS VERDES TANTO EN GESTIÓN DE INFORMACIÓN COMO EN OPERACIONES Primer escenario: Se entiende como vereda verde aquella en la que no hay eventos IMSMA registrados a la fecha en que es investigada y que durante la investigación no se encuentra evidencia de contaminación alguna. En estos casos la organización realiza un reporte de ENT al que le anexa el acta de Enlace Comunitario donde las autoridades locales determinan que no hay sospecha en la vereda Segundo escenario El segundo escenario es aquel en el que la vereda no cuenta con algún evento IMSMA y existen antecedentes que tras ser investigados no configuran la existencia de un evento o sospecha. En estos casos la organización realiza un reporte de ENT al que le anexa el acta de Enlace Comunitario donde las autoridades locales determinan que la Organización investigó los antecedentes y además que no hay sospecha en el resto de la vereda. Los antecedentes no requieren la emisión de un FULE pues no hay evidencia que los configure en eventos Tercer escenario El tercer escenario es aquel en el que la vereda cuenta con eventos IMSMA que tras ser investigados se cancelan. En este caso la Organización debe realizar un reporte de ENT para la vereda donde relaciona las acciones adelantadas para cada uno de los eventos IMSMA y anexa un acta de enlace comunitario donde se evidencia que no hay sospecha de contaminación en el resto de la vereda Las actas de enlace comunitario que blindan el trabajo en la vereda y que determinan que la comunidad no tiene sospechas de contaminación por minas antipersonal o municiones sin explotar, deben ser tramitadas a través de formularios de reporte de ENT. Las actas de enlace comunitario, deberán contener todos los elementos que den claridad sobre el estado de la vereda frente a la no sospecha por contaminación. Se entiende que solo serán diligenciados los campos que apliquen para estos caso (es indispensable reportar un punto de referencia de la vereda verde con coordenadas) y que por lo menos deberán incluir el acta de enlace comunitario con la firma del presidente de la junta de acción comunal. En caso de no existir un presidente de JAC, se deberá escalar en las demás autoridades del municipio que puedan representar a esa comunidad (corregidores, secretarios de gobierno, etc.). 6
PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE EXPEDIENTES MUNICIPALES Cuando a pesar de cumplir con todos los esfuerzos razonables por investigar un evento IMSMA no se encuentra ningun tipo de información relevante que sirva para tomar decisiones de cancelación o confirmación del evento, se cambiará el estado del evento de abierto a en recolección de información, soportado en el reporte de ENT diligenciando únicamente los campos que apliquen para este caso y con sus respectivas evidencias. 7