JÓVENES, PARTICIPACIÓN, POLÍTICAS DE JUVENTUD Y SU INCIDENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES, MUNICIPIO DE PACHO CUNDINAMARCA



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Transcripción:

2009 JÓVENES, PARTICIPACIÓN, POLÍTICAS DE JUVENTUD Y SU INCIDENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES, MUNICIPIO DE PACHO CUNDINAMARCA Camilo Andrés Silva R FUNDACIÒN COLOMBIA SIGLO XXL ENERO - 2009

PROYECTO: JÒVENES LIDERES CONTRUYENDO REGIÒN CRACIA. DIAGNOSTICO PARTICIPACIÒN E INCIDENCIA DE LOS JÒVENES. Pacho, Cundinamarca Editores: Autores: Camilo Andrés Silva Riveros. Fabián Alexander Rivera Sierra. 1ª Edición: Enero 2009 ISBN: 2009. Fundación Colombia XXL Hecho en Colombia Fundación Colombia XXL. Bogotá, Colombia Agradecimientos especiales al programa pequeñas donaciones del Banco Mundial, Gobernación de Cundinamarca y a los jóvenes del municipio de Pacho, sin quienes el presente proyecto no se abría podido realizar.

PROLOGO El presente trabajo es el resultado del apoyo del programa de pequeñas donaciones del Banco Mundial, la gobernación del Departamento de Cundinamarca, y especialmente de la participación y colaboración de la población joven, los profesores y directivos de los colegios municipales, la Escuela Familiar de Formación Agraria EFA de Pacho Cundinamarca y líderes juveniles, quienes desde el primer momento de la puesta en marcha del proyecto jóvenes lideres construyendo región-cracìa, no escatimaron en abonar esfuerzos para apoyar la formación y organización de esta nueva propuesta construida desde y para los jóvenes pachunos. Es de vital importancia resaltar que a pesar de los inconvenientes presentados por las condiciones políticas y culturales marcadas en el Municipio como consecuencia de la cultura política colombiana, el conflicto interno durante los ochenta y las dificultades económicas de algunos jóvenes del sector rural, se puede evidencia el compromiso y el interés de la juventud en participar propositivamente en la construcción de nuevas estrategias, planes y proyectos de carácter político (políticas públicas de juventud- PPJ, Consejos Municipales de juventud- CMJ, juntas de acción comunal JAC etc ),cultural, social, ambiental y electoral en un campo donde las nuevas ideas y la participación activa del joven en los escenarios de toma decisiones se hacen evidente en la nuevas generaciones presentes. De allí que este proyecto se consolido como la primera estrategia de organización y formación política juvenil en la región del Rionegro, con el fin de hacer más coherente y objetiva la participación del joven en los distintos espacios que brinda, el Estado, los gobiernos, la constitución política y las distintas entidades que trabajan día a día por hacer de Colombia un país incluyente y en paz. Donde el ciudadano responsable participa de manera propositiva y razonables entorno a la toma de decisiones que los afectan, a sus

obligaciones, derechos y responsabilidades como actor constructor de la sociedad, permitiendo consigo la transformación de una cultura política y por ende la construcción de una sociedad mejor. Razones por las cuales la FUNDACIÒN COLOMBIA SIGLO XXL, comprometida con el mejoramiento de las condiciones de vida de la población colombiana y muy especialmente motivados con el fin de apoyar a nuestros coterráneos del municipio de Pacho, y en nuestro propósito de hacer de Cundinamarca y Colombia un país donde se pueda vivir mejor, presentamos ante ustedes, esta herramienta, con el fin de que sirvan de base para el desarrollo de futuros proyectos, planes, programas y políticas, enfocadas en el mejoramiento de la calidad de vida de la población joven y con ello con el de sus familias. No sin antes agradecer al BANCO Mundial y a Gobernación de Cundinamarca en cabeza respectivamente por la Doctora LEYLA OSORIO QUINTERO, asesora Despacho del Gobernador, asignada a la Consejería de Acción Social Programa Juventud, quienes con su incondicional colaboración, hicieron posible que por primera vez la región del Rionegro contara con espacio donde los jóvenes fueran los principales actores y gestores de un nuevo proyecto que busca aportar su grano arena para consolidar la política pública de juventud Municipal y el primer sistema de juventud de la región. Camilo Andrés Silva R. Representante legal Fundación Colombia SIGLO XXL

ANTECEDENTES En el año de 1991 la constitución política instituyo nuevos mecanismos de participación y control donde la sociedad toma partida en la deliberación, la toma de decisiones y especialmente se reconoce al joven como sujeto de deberes y derechos, que sirvieron de base para que el Estado en el año de 1997 sancionara la primera ley de juventud nacional (ley 375). Donde se establece como finalidad promover la formación integral de los jóvenes por medio del apoyo en la realización de planes, programas y proyectos que tengan como finalidad el servicio a la sociedad, la vida, la paz, la solidaridad, la tolerancia, la equidad entre géneros, el bienestar social, la justicia, la formación integral de los jóvenes y su participación política en los niveles nacional, departamental y municipal i en el marco institucional por parte del Estado y la sociedad civil para la juventud. De allí que el Estado y la sociedad se encuentran obligados a promover y garantizar los mecanismos democráticos de representación de la juventud en las diferentes instancias de participación, ejercicio, control y vigilancia de la gestión pública ii. Razón por la cual el Departamento de Cundinamarca en cabeza del gobernador Andrés Gonzales en el año 2008, con el fin de construir con el desarrollo y su programa de gobierno se sanciona la ordenanza 020 por medio de la cual se instituye la primera Política Departamental de Juventud, donde se articula los preceptos constitucionales y de la política Nacional de Juventud de acuerdo a los lineamientos definidos por los y las jóvenes Cundinamarqueses, entidades públicas, privadas y sociales comprometidas con esta población donde se definen las líneas estratégicas que definen el marco conceptual, político y social para su implementación 1 dentro del territorio Departamental. 1 Ordenanza 020,Asamblea de Cundinamarca Articulo 2

Teniendo en cuenta la importancia de la incidencia de los jóvenes y su papel determinante en la calidad de vida de la población, la organización Colombia Siglo XXL se constituyo informalmente por un grupo de jóvenes estudiante de la Escuela Superior de Administración Publica ESAP-, líderes juveniles miembros de juntas de acción comunal, estudiantes, profesionales y jóvenes independientes en el mes de Septiembre del año 2006 en el municipio de Pacho Cundinamarca con el fin de se realizar charlas y encuentros informales con jóvenes habitantes del municipio interesados en el proceso de conformación del CMJ, en el año 2007 participamos en la construcción de propuestas para la política Departamental de juventud y finalmente en el Mayo de 2008 nos constituimos jurídicamente como organización sin ánimo de lucro con el fin de contribuir con la construcción social, formación y desarrollo de capital social, humano, cultural y político departamental. Pacho Cundinamarca El municipio de pacho se encuentra ubicado en el nor-occidente del departamento de Cundinamarca y es cabecera de la región del Rionegro, del cual hacen parte también los municipios de la Palma, Yacopi, el Peñon, Píame, Topaipi, Villa Gómez y San Cayetano, se encuentra a una altitud de 2136 M, su población es de 26.825 habitantes, 14.867 en el casco rural y 11.958 2 en el urbano su economía se sustenta en la producción agropecuaria, con especialidad en la ganadería lechera productos agrícolas tales como el café, la naranja, caña de azúcar, el maíz, al plátano,frutas y hortalizas 3. Cuenta con una alta riqueza ecológica, posee importantes reservas naturales y forestales, ostentando una sobre carga hidroecologica elemental que abastece de agua los principales acueductos municipales de Pacho y los municipios aledaños de la región del Rionegro y posee una posición geográfica estratégica, como resultado de la cercanía al mercado más 2 sisben, al 28 de Junio de 2007 3 Plan Municipal De desarrollo El futuro de Pacho es hoy, 2004

grande del país (Bogotá) y al magdalena medio, posee condiciones privilegiadas para el turismo, la floricultura, la biodiversidad y flora. Por qué en Pacho, Cundinamarca? En Pacho, porque es la cabecera Municipal de una de las regiones más importantes para el desarrollo Departamental por su cercanía con otros Departamentos, vías de comunicación y transporte neurálgicas para el comercio Departamental, abonado a ello la buena participación de los Jóvenes en los primeros planes pilotos llevados a cabo por nuestros compañeros originarios de este Municipio. Sumado a esto, que como cabecera Municipal tenemos la obligación de ser los pioneros en el desarrollo de este tipo de iniciativas que constituyen alternativas para ejercer de manera directa la participación, control, conciencia ciudadana y empoderamiento de nuevas herramientas para ayudar a la administración a cumplir su función de servir a la comunidad y al interés colectivo de la ciudadanía, por medio de la participación propositiva y responsable de los jóvenes habitantes del Municipio. Del nombre JÒVENES LÍDERES CONSTRUYENDO REGIÒN-CRACIA

Porque del nombre, para ello importante tener en cuenta tres aspectos centrales, el primero Jóvenes porque como se a demostrado en estudios recientes realizados por distintos organismos que trabajan por el desarrollo como el Banco Mundial, la UNICEF entre otras han mostrado como esta generación es una de las más sanas, educadas y cruciales para el desarrollo de países como Colombia Además es importante tener en cuenta que el índice poblacional mundial de Jóvenes entre los 14 y 30 años se aproxima a los 3.000 millones, cifra más alta en la historia,razón por la cual es importante que las administraciones y las organizaciones que trabajan por esta población se concentren en incluir dentro de la toma de decisiones la participación cada vez más directa de estos actores, no solo como derecho reglamentado en la constitución, sino como una oportunidad donde las autoridades, el sector privado, la escuela y las universidades, concreten mutuamente alternativas para el mejoramiento de su calidad de vida, la de sus hermanos, familiares e hijos venideros. Por su parte es importante tener en cuenta que la priorización efectiva, eficaz y eficiente de recursos presentes en la juventud, puede mitigar y reducir las cargas fiscales de los gobiernos, como resultado de la priorización del gasto en programas, planes, proyectos y políticas publicas que redunden en la construcción de capital humano, generación de oportunidades y la autosostenibilidad abandonando el modelo paternalista Estatal donde el Estado aporta todo. La connotación de líder, porque es importante que los mismos jóvenes sean quienes lleven a la agenda publica problemas y soluciones a sus necesidades en un espacio donde se reafirmen su condición de ciudadanos desde una

mirada republicana donde el ciudadano entendido como aquel que interactúa en relación a la comunidad, el Estado y a unas instituciones, hace uso público de un interés y una razón que le son propias de su homus politicon desde una perspectiva aristotélica, donde se confirma su condición natural de ser político. Por lo cual es importante que los Jóvenes adquieran nuevas destrezas y herramientas que le permitan responder a sus comunidades como líderes y mediadores capaces de poner en la palestra pública los problemas de interés general de sus familias y comunidades, construidas a partir de la participación e incidencia local. Ahorra construyendo región Cracìa porque es importante que a partir del nivel regional se empiecen a evidenciar las principales formas de desarrollo desde una nueva perspectiva que exige la participación de lo local y lo regional en un mundo globalizado que no independiente a Colombia hace necesario que las mismas comunidades y gobiernos descentralizados formen parte integran en la solución y construcción de un nuevo país. Objetivo del proyecto. Fortalecer el empoderamiento de los jóvenes de herramientas, conceptos y conocimientos que le faciliten desenvolverse en la arena pública como un actor central y decisivo en la formulación de políticas públicas, planes, programas y proyectos que contribuyan a su desarrollo y al de su comunidad por medio de la capacitación y consolidación de una red de apoyo de jóvenes Pachunos. Metodología El proyecto consto de tres fases en las cuales se desarrollaron actividades de capacitación, formación, aplicación de conocimientos en los espacios de construcción y participación pública ciudadana, organización y articulación donde se conformo la primera red de jóvenes pachunos pacho joven-, y se

realizo el estudio de este ojos. documento diagnostico que se presenta ante sus En una primera fase se realizaron sesiones de capacitación y formación que comprendieron dos módulos uno de participación juvenil en el que se expusieron las generalidades de la constitución política, la participación ciudadana y se especificará el marco normativo de juventud en Colombia,haciendo especial énfasis en la política pública de juventud del departamento (ordenanza 020/07), los mecanismos de participación ciudadana juvenil en Colombia y la institucionalidad administrativa encarda de la juventud en Colombia en el nivel central y descentralizado. Donde participaron jóvenes de los distintos colegios del Municipio, jóvenes integrantes del los consejos estudiantiles, gobiernos escolares, organizaciones juveniles, lideres verdales de las JAC (Juntas de Acción Comunal) y jóvenes habitantes en general del municipio de Pacho Cundinamarca. En su segunda fase, los jóvenes capacitados en la primera fase realizaran un diagnostico, basado en un análisis Social y político de las percepciones y componentes básicos de la cultura política por parte de los jóvenes del Municipio por medio de la realización de discusiones, análisis, intercambio de experiencias y la realización de 300 encuestas que fueron construidas y realizadas por los mismos jóvenes participes del proceso. Como última fase se organizaron los jóvenes conformando la primera red de jóvenes Pachunos en el Municipio con la finalidad de garantizar un proceso de continuidad que contribuya de manera significativa y directa en el fortalecimiento de la participación de los jóvenes en la formulación, orientación y vigilancia de las políticas públicas del municipio para así fortalecer la participación de los jóvenes en la toma de decisiones que los afectan.

Participación, percepción y elementos de la cultura política juvenil del Municipio de Pacho Cundinamarca. Para el desarrollo de este estudio fue necesario recopilar las experiencias de los jóvenes participantes de la capacitación, trabajo de campo enfocado en la conversación e intercambio de percepciones y sugerencia por parte de la juventud, para realizar un trabajo que lograra incluir la mayor parte de los aportes de los jóvenes en materia de participación, intercambio social y muy especialmente lo que consideran como agenda prioritaria para el Municipio. Para ello fue necesario contactar a los principales líderes comunales y estudiantiles del sector rural y urbano, además que fue trascendental contar con el apoyo de los profesores de las distintas instituciones educativas, al igual que las oficinas de la alcaldía que trabajan por el desarrollo del Municipio quienes nos facilitaron documentos que permitieron dar una orientación más puntual desde la institución pero muy especialmente desde la mirada del joven. Lo que hace de este documento una base no solo para los jóvenes del Municipio, sino también para la administración municipal en la medida que se incluye lo que lo que la población juvenil considera como necesario en base a los paramentos de las políticas Departamentales y Municipales para la juventud y el desarrollo, siendo de este modo el resultado de la articulación de la participación juvenil, la priorización municipal y la estrategias políticas de la administración central y Municipal.

Participación de los jóvenes en espacios de inclusión y dialogo político. La participación como un derecho pero ante todo como un componente esencial para garantizar la gobernabilidad y la cercanía e involucramiento de los con los administrados en la toma de decisiones que lo afectan, hacen de este un factor neurálgico para el desarrollo local motivos por los cuales el presente análisis busca dar cuenta de los principales factores que conviven en la cultura política juvenil en el Municipio de Pacho Cundinamarca. Índice de participación juvenil Es crítico observa que el 59% de los jóvenes del Municipio manifiesta su desconocimientos de los espacios de participación juvenil que ofrece el Municipio, lo que evidencia la existencia de un amplio desconocimiento y falta de mecanismos propicios para la divulgación de los proceso y proyectos que involucran a la población. Razón por la es importante mencionar que si bien los jóvenes desconocen los mecanismos institucionales de participación que facilita la administración es importante tener en cuenta que el 96 % de los jóvenes encuestados considera que la participación juvenil es importante para el desarrollo de programas que se materializan en el mejoramiento de la calidad de vida, 210 piensan que la participación es un componente que influye en su vida, siendo los habitantes del sector rural quienes dan mayor importancia - el 95%-, lo que nos lleva a mencionar que a pesar de las características del contexto cultural del campesino individualista se empieza mostrar un nuevo interés por participar en aquello que se conoce como la cosa común. Por su parte a la pregunta cómo cree usted que podría contribuir con el mejoramiento de su calidad de vida?, surgieron 6 propuestas genéreles: participando y colaborado con organismos no gubernamentales, auto gestionar y poner en marcha proyectos para la generación de ingresos,

estudiar para generar competencias que el permitan a mi familia vivir mejor por medio del trabajo, organizarse en pequeñas empresas agrícolas, generar alternativas para el cuidado del medio ambiente y el respeto por las leyes existentes. Argumentos con los cuales vale la pena la pena mencionar que a pesar de existir un amplio desconocimiento de la participación de los jóvenes, se hace presente el interés por parte de ellos en articularse más allá de sus sitios donde se desarrollan sus labores diarias, convirtiendo este interés en una oportunidad para generar sinergias que pueden redundar en el mejoramiento de las relaciones de los habitantes, de la administración con sus administrados y en formula efectiva para garantizar la inclusión y contribuir en el mejoramiento de su calidad de vida. Como complemento a este propósito la población joven del Municipio plantea como propuesta la organización y apoyo de organizaciones juveniles integradas en el Municipio bajo la figura de un Consejo Municipal de Juventud articula entre los jóvenes y la administración Municipal, que permita el reconocimiento directo del joven, la intermediación directa con la alcaldía y sus organismos de apoyo. organizar grupos juveniles serios. que ayuden a cambiar algunas cosas injustas en la población 4 Crear espacios donde participen activamente con apoyo de la alcaldía y donde tengan en cuenta la opinión de cada uno 5 Haciendo una especie de congreso juvenil, dando ideas innovadoras a una sociedad de escases de estas 6 4 Eliana Soto Navarrete, 15 años Pacho, Cundinamarca. 5 Diana Marcela Rincón, 18 años, Pacho, Cundinamarca 6 Cristian David Cardenas,17 años Pacho, Cundinamarca

Teniendo espacios de participación como un consejo juvenil, y proyectos donde puedan trabajar vinculados a la alcaldía 7 Participando activamente en consejos para la toma de decisiones 8 Siendo esta una alternativa que va en acuerdo con la política Nacional, Departamental de juventud y más especialmente en el compromiso del actual gobernador Andrés Gonzales, se debe tener en cuenta que la puesta en marcha de esta iniciativa contribuirá con la formación del sistema Departamental de juventud, del cual hacen parte la empresa privada, la administración Departamental, la municipal, las organizaciones juveniles y mínimo el 50% de los consejos de juventud del total de los 116 Municipios del Departamento,por lo cual sea necesario el respaldo de la alcaldía Municipal, ya que es con voluntad política y articulación de esfuerzos entre los distintos actores que lograra mejorar e implementar realmente la política Departamental de juventud. Conforme a ello es crítico mencionar como el 65% de los encuestados considera que los jóvenes no son reconocidos como actores importantes para la toma de decisiones, lo que hace necesario la implementación de estrategias de visisibilizaciòn de los procesos que se están realizando actualmente, a si como del fortalecimiento de los espacios de participación de la juventud en la concertación de decisiones colectivas. Complementario a esto se pudo identificar que del total de la muestra no participa en ningún en espacio de concertación ciudadana el 67% en el sector rural frente a un 76% en el sector urbano, mientras que participan en el rural el 33% y el 24% participa, sin embargo expresan su interés de participar 191 jóvenes de los encuestados, 7 Sonia Johana Poveda, 19 años Pacho, Cundinamarca 8 Judy Rodriguez Orguela, 18 años, Pacho, Cundinamarca

Los principales sectores donde más participan los jóvenes son: los comités de barrio, Juntas de Acción Comunal JAC, grupos de la iglesia, la universidad y el colegio en los porcentajes que se muestran abajo en la grafica. 9 SECTORIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÒN DE LOS JÒVENES 8 % IGLESIA,83% COMITES BARRIO Y JAC,3% UNIVERSIDAD, 8% COLEGIO Participación de los jóvenes en movimientos y partidos políticos. No ajeno a la situación de desconocimiento de los espacios de participación, es evidente que la actuación de los movimientos y partidos políticos no ha sido suficiente para vincular a los distintos sectores de la población, es muestra de ello que el 77% de los jóvenes desconoce actividades de movimientos cívicos y 9 Si embargo manifiestan que por medio del cuidado calles, la solidaridad, aportando ideas, siendo jóvenes de bien y corrigiendo, ayudar buenos hábitos en la comunidad, cumplir las leyes, creando movimiento político, respeto opiniones, conocimiento ley, desarrollo de capacidades, entiendo más, conocimiento del Municipio, interesándome por los problemas de la comunidad,desarrollando actividades para controlar la actuación de nuestros representantas y dejando los vicios, son formas de participación que pueden contribuir al mejoramiento del Municipio.

partidos políticos, siendo superior en el sector urbano que rural 48% frente a un 23% en la población urbana- Pero al igual que en el anterior análisis los jóvenes manifiestan a su vez el interés por participar en la renovación generacional de los partidos políticos e incluso proponer la formación de un movimiento político de jóvenes 10. Argumentando que si una de las principales funciones de los partidos politico es ser el interlocutor entre las necesiddes colectivas, a fin de buscar soluciiones dicha funciòn esta dando paso a la reproducciòn de lamentables practicas pòliticas que contradicen la razòn por la cual, ademàs que no han desarrollado procesos de acercamiento con la poblaciòn joven del Municipio. Las acciones de la administración Municipal y la percepción de los jóvenes Con el fin de identificar la mirada que tienen los jóvenes de la administración Municipal y sus agentes, se tomaron en cuenta tres variables de reconocimiento, inclusión y corrupción. Resultado de ello se puede identificar que el 72% de los jóvenes habitantes del municipio consideran que los proyectos que están realizando el municipio y la gobernación no atienden realmente a las necesidades de este grupo poblacional, siendo en el sector urbano el 81%,mientras que en el sector rural el 62 % considera que se si son tenidos en cuenta, lo que refleja que si bien las políticas de desarrollo rural que ha implementado la administración han logrado la inclusión y participación de los actores jóvenes en procesos para el mejoramiento de la calidad de vida, se deben fomentar nuevas estrategias para garantizar la intervención de distintos matices culturales,y sociales que se dan en el nuevo contexto de la globalización donde,nuevas formas de expresión especialmente en el sector urbano se hacen presente en relación a su interacción como medios externos y distintos al rural. 10 Mónica Soriano, 16 años, Pacho, Cundinamarca.

Por parte del conocimiento de políticas se evidencia que el 78 % de la población rural dice desconoce las políticas que está realizando el municipio a favor de la población joven y paralelo al 72% de la población urbana, si bien por parte de la percepción de inclusión anteriormente mencionada considera que se sienten incluidos, en base al conocimiento de estas políticas dicen desconocer como consecuencia que no participan, no conocen los medios para la construcción de las mismas a pesar de que se llevan a cabo, no existen puentes suficientes de comunicación donde la población palpe el origen de los programas que llevan a cabo en su vereda o barrio. Lo que se puede ver reflejado en las intervenciones de algunos participantes en el proceso, ya que nunca han participado y consideran que no existe voluntad política por parte de la administración. aportando ideas, pero al igual si el alcalde no deja recibir solicitudes no sirve 11, lo que evidencia Ahorra con el fin de medir el índice de percepción por parte de los jóvenes en cuanto a la ejecución del presupuesto 149 jóvenes manifestaron que el último año observaron o escucharon irregularidades en el manejo de los recursos públicos. De allí es necesario fortalecer la implementación de mecanismos para la rendición de cuentas, el acercamiento al ciudadano y el apoyo a las veedurías y consejos ciudadanos quienes en últimas son los medios más cercanos con los que cuenta el ciudadano para colaborar con el cuidado de los recursos, el control político y la concertación de sus necesidades en la agenda pública. 11 Aura María Villamil, 18 años, Pacho, Cundinamarca

En relación a los miembros de las corporaciones públicas elegidos popularmente 176 jóvenes manifiestan su cercanía con alguno de ellos y su dialogo con ellos luego de la elección, siendo esto para el sector urbano, mientras que de los encuestados ruralmente 57-72%- no ha visto a un representante luego de la elección, lo que implica un mayor grado de responsabilidad con el electorado del sector rural. Finalmente con lo referente a seste tema se puede evidenciar que a pesar que la constitución política de Colombia y más recientemente la ley orgánica de planeación pone como obligación de las administraciones municipales la inclusión de los distintos actores de la sociedad civil, jóvenes, adulto mayores, gremios, organizaciones etc., en la elaboración del plan municipal de desarrollo, es precaria su aplicación ya que el 89 % de la población nunca ha participado en estos espacios de concertación y participación ciudadana. Lo cual significa un llamado a la administración a facilitar los medios de acceso e intercambio con la comunidad, logrando con ello mayor legitimidad y reconocimiento de la actuación pública frente a la población. Política Pública de Juventud Departamental En cuanto a la política Departamental de juventud es importante mencionar que si bien se llevaron a cabo procesos con el fin de incluir a la mayor cantidad de jóvenes, el 84% de los jóvenes manifiesta que no participo en la construcción de la política pública de juventud, no por la

falta de interés sino por la insuficiencia de medios descentralizados para participar y por la falta de medios de intercambio de comunicación y voluntad política local. Los cinco ejes centrales que los jóvenes consideran prioritarios en la puesta en marcha de la política departamental de juventud en orden de importancia, consideran: la educación con un 45 %, salud 25%,mejoramiento acceso a servicios públicos un 18% y prevención y atención al consumo de sustancias psicoactivas con un 16 % y respectivamente con un escala de 1 a 5, se califican en orden de importancia la primera con un 4.5, la segunda 4.6, la tercera 4.3, cuarta 3.8 y ultima con 4.4. Estar pendiente de la participación de la política de juventud en el municipio 12 Los jóvenes frente a sus derechos y obligaciones 12 Sergio Lopez 14 años, Pacho, Cundinamarca

Frente al compromiso del ciudadano de acceder a unos derechos pero cumplir una obligación es importante tener en cuenta este como un factor definitivo para el desarrollo de un comportamiento político donde no solamente se reconozcan unos derechos, sino que se atribuyan unas obligaciones, siendo un punto favorable más no satisfactorio el 72% de los encuestados manifiestan conocer sus derechos y obligaciones Pero críticamente consideran que le han violentado sus derechos el 41 % de los encuestados Los jóvenes y lo gobiernos escolares El 79 % considera que los gobierno escolares son un espacio de participación importante para garantizar los derechos de los estudiante sin embargo expresan que por falta de apoyo de instituciones encargada de articular no han existido los suficientes elementos para organizarse y poner en funcionamiento y dar la real importancia que este como primer espacio de representación política, lo que alimenta el descontento y la apatía a futuros espacios de participación electoral, ciudadana y política.

ANEXOS Ley No. 375 del 4 de julio de 1997 por la cual se expide la Ley de la Juventud CAPITULO I DE LOS PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DE LA LEY ARTICULO 1. OBJETO. Esta ley tiene por objeto establecer el marco institucional y orientar políticas planes y programas por parte del Estado y la sociedad civil para la juventud. ARTICULO 2. FINALIDAD. Como finalidad la presente ley debe promover la formación integral del joven que contribuya a su desarrollo físico, sicológico, social, y espiritual. A su vinculación y participación activa en la vida nacional, en lo social, lo económico y lo político como joven y ciudadano. El Estado debe garantizar el respeto y promoción de los derechos propios de los jóvenes que le permitan participar plenamente en el progreso de la Nación. ARTICULO 3. JUVENTUD. Para los fines de participación y derechos sociales de los que trata la presente Ley, se entiende por joven la persona entre 14 y 26 años de edad. Esta definición no sustituye los límites de edad establecidos en otras leyes para adolescentes y jóvenes en las que se establecen garantías penales, sistemas de protección, responsabilidades civiles y derechos ciudadanos. ARTICULO 4. Para los efectos de la presente Ley se entenderán como: a. Juventud: Entiéndese por juventud el cuerpo social dotado de una considerable influencia en el presente y en el futuro de la sociedad, que pueda asumir responsabilidades y funciones en el progreso de la comunidad colombiana. b. Mundo Juvenil: Entiéndese por mundo juvenil los modos de sentir, pensar y actuar de la juventud, que se expresa por medio de ideas, valores, actitudes y de su propio dinamismo interno. ARTICULO 5. FORMACIÓN INTEGRAL Y PARTICIPACIÓN. El Estado, la sociedad civil y los propios jóvenes crearán, condiciones para que la juventud asuma el proceso de su formación integral en todas sus dimensiones. Esta formación se desarrollará en las modalidades de educación formal, no formal, e informal y en su participación en la vida económica, cultural, ambiental, política y social del país. ARTICULO 6. DERECHOS. El Estado dará trato especial y preferente a los jóvenes que se encuentren en circunstancias de debilidad y vulnerabilidad manifiesta, con el fin de crear condiciones de igualdad real y efectiva para todos. Con tal propósito desarrollará programas que creen condiciones de vida digna para los jóvenes especialmente para los que viven en condiciones de extrema pobreza, centros urbanos, las comunidades afrocolombianas, indígenas y raizales e indigentes y para quienes se encuentren afectados por alguna discapacidad.

ARTICULO 7. Todo joven tiene derecho a vivir la adolescencia y la juventud como una etapa creativa, vital y formativa. ARTICULO 8. COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS, INDIGENAS RAIZALES Y CAMPESINAS. El Estado colombiano reconoce y garantiza a la juventud de las comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y campesinas el derecho a un proceso educativo, a la promoción e integración laboral y a un desarrollo socio cultural acorde con sus aspiraciones y realidades étnico culturales. CAPITULO II DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LA JUVENTUD ARTICULO 9. TIEMPO LIBRE. El estado garantiza el ejercicio del derecho de los jóvenes a la recreación, práctica de deporte y aprovechamiento creativo del tiempo libre. Para esto dispondrá de los recursos físicos, económicos y humanos necesarios. ARTICULO 10. EDUCACION. La educación escolar, extraescolar, formal y no formal, son un derecho y un deber para todos los jóvenes y constituyen parte esencial de su desarrollo. ARTICULO 11. CULTURA. La cultura como expresión de los valores de la comunidad y fundamento de la entidad nacional será promovida especialmente por el Estado, la sociedad y la juventud. Se reconoce su diversidad y autonomía para crearla, desarrollarla y difundirla. ARTICULO 12. DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. El Estado colombiano reconoce y garantiza el derecho al libre y autónomo desarrollo de la personalidad, la libertad de conciencia, la diversidad étnica, cultural y política de los jóvenes colombianos y promueve la expresión de sus identidades, modos de sentir, pensar y actuar y sus visiones e intereses. ARTICULO 13. DEBERES. Son deberes de los jóvenes nacionales y extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes y respetar los derechos ajenos, asumir el proceso de su propia formación, actuar con criterio de solidaridad, respetar las autoridades legítimamente constituidas, defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica, participar activamente en la vida cívica, política, económica y comunitaria del país, colaborar con el funcionamiento de la justicia y proteger los recursos naturales y culturales, respetando las diferencias. CAPITULO III DE LAS POLITICAS PARA LA PARTICIPACION DE LA JUVENTUD ARTICULO 14. PARTICIPACION. La participación es condición esencial para que los jóvenes sean actores de su proceso de desarrollo, para que ejerzan la convivencia, el diálogo y la solidaridad y para que, como cuerpo social y como interlocutores del Estado, puedan proyectar su capacidad renovadora en la cultura y en el desarrollo del país.

ARTICULO 15. PROPOSITO DE LA PARTICIPACION. El Estado garantizará el apoyo en la realización de planes, programas y proyectos que tengan como finalidad el servicio a la sociedad, la vida, la paz, la solidaridad, la tolerancia, la equidad entre géneros, el bienestar social, la justicia, la formación integral de los jóvenes y su participación política en los niveles nacional, departamental y municipal. ARTICULO 16. ESTRATEGIAS PEDAGOGICAS. El Estado, la sociedad en su conjunto y la juventud como parte de esta diseñarán estrategias pedagógicas y herramientas técnicas conceptuales y de gestión para la promoción de la participación de las nuevas generaciones. ARTICULO 17. REPRESENTACION. El Estado y la sociedad, coordinadamente, tienen la obligación de promover y garantizar los mecanismos democráticos de representación de la juventud en las diferentes instancias de participación, ejercicio, control y vigilancia de la gestión pública, teniendo en cuenta una adecuada representación de las minorías étnicas y de la juventud rural en las instancias consultivas y decisorias que tengan que ver con el desarrollo y progreso de la juventud, así como la promoción de la misma juventud. CAPITULO IV SISTEMA NACIONAL DE JUVENTUD ARTICULO 18 : SISTEMA NACIONAL DE JUVENTUD: El Sistema Nacional de Juventud es el conjunto de instituciones, organizaciones, entidades y personas que realizan trabajo con la juventud y en pro de la Juventud. Se clasifican en sociales, estatales y mixtas. Son instancias sociales de la juventud el Consejo Nacional de Juventud, los Consejos Departamentales, y los Consejos Distritales y Municipales de juventud como cuerpos colegiados de representación y las organizaciones no gubernamentales que trabajan con jóvenes, y demás grupos juveniles de todo orden. Son instancias estatales de juventud a nivel nacional, el Viceministerio de la Juventud del Ministerio de Educación Nacional y a nivel departamental y local las dependencias que autónomamente creen las entidades territoriales, tales como secretarías, oficinas o instituciones departamentales, distritales o municipales para la juventud. ARTICULO 19: DE LOS CONSEJOS MUNICIPALES DE JUVENTUD. En los municipios y distritos se conformarán Consejos de la Juventud como organismos colegiados y autónomos, cuya conformación será de un 60% de miembros elegidos por voto popular y directo de la juventud y el 40% de representantes de organizaciones juveniles, según reglamentación del Gobierno Nacional. Los municipios y los distritos en asocio con el Gobierno Nacional desarrollarán programas que motiven la participación de los jóvenes en la conformación de los Consejos. ARTICULO 20: DE LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE LA JUVENTUD. En cada departamento se conformará un Consejo Departamental de Juventud como organismo colegiado y autónomo de la juventud el cual se integrará por los delgados de

los Consejos Juveniles Municipales, en los términos que lo reglamente el Gobierno Nacional. ARTICULO 21: DEL CONSEJO NACIONAL DE JUVENTUD. Se conformará un Consejo Nacional de la Juventud integrado por los delegados de cada uno de los Consejos Departamentales de Juventud y representantes de las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales de San Andrés y Providencia, juventudes Campesinas, organizaciones o movimientos juveniles de carácter nacional, según reglamento del Gobierno Nacional. ARTICULO 22. FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE JUVENTUD. Serán funciones de los Consejos de Juventud, en sus respectivos ámbitos territoriales: a. Actuar como interlocutor ante la administración y las entidades públicas para los temas concernientes a la juventud; b. Proponer a las respectivas autoridades los planes y programas necesarios para hacer realidad el espíritu de la presente ley. c. Cumplir las funciones de veedor en la ejecución de los planes de desarrollo en lo referente a la juventud; d. Establecer canales de participación de los jóvenes para el diseño de los planes de desarrollo. e. Fomentar la creación de organizaciones y movimientos juveniles f. Dinamizar la promoción, formación integral y participación de la juventud, de acuerdo con los fines de la presente ley. g. Elegir representantes ante otras instancias de participación juvenil; y h. Adoptar su propio reglamento. ARTICULO 23. SOCIEDAD CIVIL. Las instituciones, organizaciones, y movimientos juveniles de la sociedad civil que trabajan en pro de la juventud, participarán en la ejecución de la presente ley de manera particular, integrándose a los sistemas Nacional, Departamental, Distrital y Municipal y de áreas metropolitanas, de que trata la presente ley; y conformarán redes a escala local, municipal, regional y nacional, que sin vulnerar su autonomía, les permitan compartir experiencias, apoyarse mutuamente y realizar programas conjuntos con el Estado y con los jóvenes. ARTICULO 24. REDES DE PARTICIPACION JUVENIL. Los jóvenes individualmente y/o asociados en organizaciones libremente establecidas serán uno de los principales ejecutores de la presente ley y podrán crear redes de participación que les sirva para la concertación con el Estado y las instituciones que trabajan en pro de la juventud. Estas redes también serán un medio para la representación de la juventud de que trata el artículo 45 de la Constitución Nacional. ARTICULO 25. DIVULGACION DE LA LEY. El Estado garantizará la divulgación, promoción y capacitación de los jóvenes en lo referente a la legislación vigente sobre juventud, en especial capacitará a los jóvenes elegidos en cargos de representación para un adecuado cumplimiento de su misión. Se establece el día nacional de la juventud el cual corresponderá a la fecha de sanción de la presente ley y de igual manera se creará el himno de la juventud. CAPITULO V DE LA EJECUCION DE LAS POLITICAS DE JUVENTUD

DE LAS INSTANCIAS ESTATALES ARTICULO 26: DE LA POLITICA NACIONAL DE JUVENTUD: El Estado, los jóvenes, organismos, organizaciones, y movimientos de la sociedad civil que trabajen en pro de la juventud, concertarán las políticas y el plan nacional, departamental, municipal y distrital de juventud, que contribuyan a la promoción social, económica, cultural y política de los jóvenes a través de las siguientes estrategias, entre otras: Desarrollo participativo de planes de desarrollo juvenil en los diferentes entes territoriales. Incorporación de los Planes de Desarrollo juvenil en los Planes de Desarrollo Territoriales, de acuerdo con la oportunidad y procedimientos que establece la Ley. Fomentar la información y formación para el ejercicio de la ciudadanía por parte de los jóvenes. Ampliar y garantizar las oportunidades de vinculación laboral de los jóvenes y el desarrollo de programas de generación de ingresos, principalmente a través de la formación y capacitación para el trabajo y la implementación de proyectos productivos Consolidar los sistemas nacional, departamental, municipal y distrital de atención interinstitucional a la juventud. Promover la ampliación del acceso de los jóvenes a bienes y servicios. ARTICULO 27: DISTRIBUCION DE COMPETENCIAS: Los municipios y distritos son ejecutores principales de la política de juventud en su respectiva jurisdicción. Tienen competencia para formular planes y programas de inversión que permitan la ejecución de las políticas. Apoyarán el funcionamiento de los Consejos Municipales y Distritales de Juventud y promoverán la participación de los jóvenes en su territorio. Los Departamentos asesorarán y coordinarán la acción de los municipios y promoverán acciones concurrentes entre ellos. Tienen competencia para formular planes y programas de inversión a escala departamental. Apoyarán el funcionamiento de los Consejos Departamentales de Juventud. La Nación, a través del Ministerio de Educación y del Viceministerio de Juventud formulará y orientará la política nacional de juventud. Promoverá la coordinación y concertación intersectoriales a nivel nacional. Formulará planes y programas de alcance nacional. A la Nación corresponde facilitar la conformación de redes y el intercambio de experiencias entre los departamentos, distritos y municipios. El adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Juventud, será responsabilidad de la Nación. ARTICULO 28. DEFENSORÍA DE LA JUVENTUD. Créase en la Defensoría del Pueblo el Programa de la Promoción y Protección de los derechos humanos de los jóvenes, para lo cual deberá adecuar instalaciones y planta de personal, teniendo en cuenta la nomenclatura contenida en la Ley 24 de 1.992, con sujeción a los programas y necesidades del servicio, así como disponibilidad de recursos. CAPITULO VI DE LAS POLITICAS PARA LA PROMOCION SOCIAL DE LOS JOVENES ARTICULO 29. CONCERTACION. El estado y la sociedad civil, con la participación de los jóvenes concertaran políticas y planes que contribuyan a la promoción social, económica, cultural y política de la juventud a través de las siguientes estrategias.

a. Complementar e incidir en el acceso a los procesos educativos formales, mejorando las oportunidades de desarrollo personal y formación integral en las modalidades de educación extraescolar, educación formal, no formal e informal. b. Mejorar las posibilidades de integración social y ejercicio de la ciudadanía por parte de los jóvenes. c. Garantizar el desarrollo y acceso a sistemas de intermediación laboral, créditos, subsidios y programas de orientación sociolaboral y de capacitación técnica, que permitan el ejercicio de la productividad juvenil mejorando y garantizando las oportunidades juveniles de vinculación a la vida económica, en condiciones adecuadas que garanticen su desarrollo y crecimiento personal, a través de estrategias de autoempleo y empleo asalariado. d. Impulsar programas de reeducación y resocialización para jóvenes involucrados en fenómenos de drogas, alcoholismo, prostitución, delincuencia, conflicto armado e indigencia. e. Ampliar el acceso de los jóvenes a bienes y servicios. f. El estado garantizará progresivamente el acceso de los jóvenes a los servicios de salud integral. ARTICULO 30. CENTROS DE INFORMACION Y SERVICIOS A LA JUVENTUD. El Viceministerio de la juventud impulsará la creación en los municipios de centros de información y servicios a la juventud, como espacios de formación y servicios, donde encuentren ambientes apropiados para su formación integral, se desarrollen programas y se apoyen sus iniciativas. El gobierno Nacional a través del Sistema Nacional de Cofinanciación apoyará este programa. Los Centros de información y servicios de la juventud estarán organizados directamente por los entes territoriales, o por las entidades privadas sin ánimo de lucro, mediante la celebración de contratos con aquellos o con otras entidades públicas, teniendo en cuenta la población juvenil de cada entidad territorial, así como también con el SENA. ARTICULO 31. MEDIOS DE COMUNICACION. El estado promoverá y apoyará la creación por parte de los jóvenes de medios de comunicación para el desarrollo a través de su efectiva participación en medios masivos de comunicación. Para tal efecto el gobierno adoptará las medidas necesarias a través del Ministerio de Comunicaciones. ARTICULO 32. INICIATIVAS JUVENILES. El Viceministerio de la Juventud concertará con los entes territoriales y las respectivas dependencias la destinación y distribución de recursos para las Iniciativas Juveniles que contribuyan a apoyar la consolidación de las organizaciones juveniles y promover su formación, participación y proyección comunitaria a través de proyectos específicos en diferentes áreas de su interés. ARTÍCULO 33. SERVICIOS. La Juventud en el rango de edad establecido en la presente Ley, tiene el derecho de acceder a los programas de vivienda, empleo, reforma agraria y créditos. Para tal efecto, se elaborarán proyectos específicos para la juventud.

ARTÍCULO 34. ECONOMÍA SOLIDARIA. El Estado garantizará oportunidades reales para la creación de empresas asociativas, cooperativas o cualquier tipo de organización productiva que beneficien a la juventud. CAPITULO VII DE LAS POLITICAS PARA LA CULTURA Y LA FORMACION INTEGRAL DE LA JUVENTUD ARTÍCULO 35. PROMOCIÓN POLITICA Y CULTURAL. El Estado promoverá toda forma de expresión política y cultural de la Juventud del país, con respecto y respeto a las tradiciones étnicas, la diversidad regional, sus tradiciones religiosas, las culturas urbanas y las costumbres de la juventud campesina. Para esto se dotará a los jóvenes de mecanismos de capacitación y apoyo efectivo para el desarrollo, reconocimiento y divulgación de la cultura, haciendo énfasis en el rescate de su propia identidad y favoreciendo especialmente a los jóvenes que viven en condiciones de vulnerabilidad. ARTICULO 36. FORMACION INTEGRAL JUVENIL. Se realiza en los diversos espacios pedagógicos definidos por la Ley 115 General de Educación, y en el conjunto de las interacciones sociales y vivencias del joven en su vida cotidiana ARTICULO 37. MODALIDADES DE LA FORMACIÓN. La Formación Integral de la juventud debe desarrollarse en las modalidades de Educación Extraescolar, y en las modalidades de Educación Formal, No Formal e Informal. La educación No formal tiene por objeto complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados. Por Educación Informal se entiende como todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres y comportamientos sociales. ARTICULO 38. EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR. Se considera que la educación extraescolar es la acción pedagógica realizada en un cuadro de no obligación, de libre adhesión y durante el tiempo libre, que busca la formación integral de los jóvenes y la transformación del mundo juvenil en fuerza educativa al servicio del desarrollo del país. PARAGRAFO: El Estado y la Sociedad promoverán especialmente aquellas formas de Educación extraescolar que imparten los jóvenes a los jóvenes, en grupos, organizaciones y movimientos juveniles, con el apoyo de adultos especializados para tal fin. ARTICULO 39. CARACTERÍSTICAS DE LA FORMACIÓN. La Formación debe ser: Integral : Abarca las dimensiones que permiten a la juventud construir, expresar y desarrollar su identidad en los aspectos físico, psíquico, afectivo cognoscitivo y espiritual para participar de manera activa en la vida social. Autoformativa : La juventud debe asumir una relación con el ser y el saber y mediante el pensamiento, donde encuentre respuesta a sus intereses y logre apropiarse de los elementos que le faciliten el pleno desarrollo de sus potencialidades, permitiéndole

construir de esta forma una vida creativa y participativa que redunde en beneficio de la sociedad. Progresiva : Conforme a la evolución psico-social del joven, se deben elaborar estrategias que les permitan interactuar de una manera crítica, reflexiva y propositiva con la sociedad. Humanista : Mediante un permanente diálogo promover el respeto, la tolerancia y la autonomía de la juventud para aportar en la creación de una sociedad democrática, pacifista y pluralista en donde se reconozcan y legitimen todos los valores que determinan al ser humano. Permanente: Es un esfuerzo que cubre toda la vida ARTICULO 40. SUJETOS DE LA FORMACION INTEGRAL JUVENIL. Son sujetos de la Formación Integral Juvenil, las entidades del sistema educativo que preparen programas en éste sentido, las entidades públicas, privadas y organismos no gubernamentales, que desarrollen actividades formativas y recreativas que abarquen la educación no formal, informal y extraescolar; los padres y madres de familia que, de una u otra forma se vinculen a las mencionadas actividades; los propios jóvenes, y los medios de comunicación. ARTICULO 41. PRACTICA DE FORMACION INTEGRAL JUVENIL. Para llevar a la práctica la Formación Integral Juvenil, es necesario: a.) Incentivar a los jóvenes para que utilicen en forma positiva el tiempo libre de manera individual o participando en grupos, movimientos y organizaciones juveniles, para que presten servicios a la comunidad y sean educadores de sus compañeros en el ejercicio responsable y solidario de la libertad. b.) Promover la formación de líderes juveniles con capacidad para incidir en el medio ambiente donde viven, respecto a actividades culturales, recreativas, políticas, sociales, comunitarias, a través de procesos de investigación y organización, en favor de la comunidad. c) Reconocer y facilitar los espacios donde los jóvenes de manera autónoma desarrollan una socialización propositiva, forjan nuevas identidades culturales y formas diversas de participación social, política y comunitaria. d.) Desarrollar la infraestructura necesaria para implementar la Formación Integral Juvenil. e.) Investigar la realidad juvenil y diseñar pedagogías apropiadas para la formación juvenil, que posibiliten el diálogo de saberes y la construcción colectiva del conocimiento, en interacción de jóvenes con instituciones especializadas. ARTICULO 42. FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS. Las redes y las instituciones encargadas de la coordinación de la política de juventud a nivel nacional, departamental, municipal y distritos, adelantarán procesos de formación con todos los funcionarios gubernamentales y no gubernamentales que se relacionen en su quehacer público con jóvenes. Estos procesos de formación harán énfasis en los aspectos que viabilicen una relación respetuosa, y el conocimiento de las características particulares de la juventud. CAPITULO VIII DE LA FINANCIACIÓN DE LA LEY