LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACIÓN



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Transcripción:

LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACIÓN Conforme a lo establecido en La Ley 1105 de 2006, modificatoria del Decreto- Ley 254 de 2000, en su artículo 17, se fijan los criterios que deben tener en cuenta las entidades en liquidación para la enajenación de sus activos. Por lo tanto se ordena la realización de la subasta pública No.01 de 2012, cuyo objeto es: Ofrecer en venta en firme, al mejor postor, LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, cuyo avalúo y características se encuentran publicados en el Reglamento establecido para su venta, no siendo admisibles las posturas por precio inferior al establecido en los avalúos dados a cada uno de los bienes. Podrá participar en la SUBASTA cualquier persona natural ó jurídica, nacional o extranjera, que tenga interés en adquirir a título oneroso uno o varios de los bienes. Con el propósito de garantizar una amplia participación, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, hará entrega del presente REGLAMENTO de manera gratuita a los interesados, quienes podrán adquirirlo en las oficinas de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, situada en la Carrera 7 N º 8-45 Coliseo Municipal de Madrid Cundinamarca, en el horario comprendido entre 9:00 A.M. a 5:00 PM, de lunes a viernes, desde el día 10 de SEPTIEMBRE de 2012 hasta el 14 de SEPTIEMBRE de 2012. Los interesados podrán también obtener el REGLAMENTO a través del link de contratación de la página Web www.contratos.gov.co, y/o portal de contratación y/o www.madridcundinamarca.gov.co

CRONOGRAMA PARA LA ENAJENACIÓN DE LOS BIENES. ACTIVIDAD Publicación del ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA SUBASTA PUBLICA en un Diario de amplia circulación nacional. 10 de SEPTIEMBRE de 2012 FECHA Publicación del REGLAMENTO Cronograma de Visitas de inspección a los bienes a subastar e información de los mismos. Presentación de documentos para participar en la SUBASTA Termino para subsanar documentos presentados Fecha de subasta y Adjudicación. 10 de SEPTIEMBRE de 2012 a las 8:00 a.m. Desde el 11 hasta el 14 de SEPTIEMBRE de 2012, en horario de 9 ama 5 p.m. Desde el 17 hasta el 19 de SEPTIEMBRE de 2012, en horario de 9.ma 5 p.m. 20 de SEPTIEMBRE DE 2012 en horario de 9 a.ma 5 p.m. 27 de SEPTIEMBRE de 2012 a las 10:00 a.m. Se hace necesario realizar la presente convocatoria respecto de los bienes de propiedad de Asociación de Municipios Sabana de Occidente en Liquidación, cuya identificación, características y valor de los mismos, se hace con la siguiente relación de los bienes: No BIEN DESCRIPCION VALOR AVALUO Marca BITELLI, modelo BORA, año 1998, peso CILINDRO BITELLI C- 8.000 KG, vibración HIDROSTATICA, motor DISEL 80 98 DEUTZ F4L912 de propiedad de la Asociación de $ 39.789.000 1 Municipios Sabana de Occidente. VOLQUETA OIB 352 Marca CHEVROLET, placa OIB 352, línea KODIAK, modelo 1996, color AZUL COBALTO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana $ 34.760.000 2 Occidente VOLQUETA OIB 353 Marca CHEVROLET, placa OIB 353, línea KODIAK, modelo 1996, color AZUL COBALTO de propiedad de $ 37.920.000 3 la Asociación de Municipios Sabana de Occidente. 4 5 VOLQUETA KODIAK OFK 255-98 VOLQUETA KODIAK OFK 256-98 CAMABAJA Marca CHEVROLET, placa OFK 255, línea KODIAK, modelo 1998, color AZUL PERLADO. De la propiedad de Asociación de municipios sabana de $ 46.882.000 occidente. Marca CHEVROLET, placa OFK 256, línea KODIAK Y CARROCERIA PLATON, modelo 1998, color AZUL PERLADO. De propiedad de la Asociación de $ 22.600.000 Municipios Sabana de Occidente

7 6 8 9 10 11 12 13 14 15 RETROEXCAVADORA JCB 214-99 RETROEXCAVADORA KOMATSU PC 200-95 CARRODE BOMBEROS OJF 887 CAMION VACTOR OFK 163 Marca JCB, modelo 214-CM 4X4X4, DOBLE TRACCION, motor PEKINS DE 100 HP, peso 8.323 KGS, color AMARILLO, CUCHARON CARGADOR 1.2 M3 con dientes, tipo 6 en uñas montacargas. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca KOMATSU, modelo PC 200-6A, modelo 1995, color AMARILLO, peso 19.500 KG, cucharon 0.93 METROS CUBICOS, turbo cargado 133 HP. A 2.200 R.P.M. 19.500 KGS. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca FORD, placa OJF 887, modelo 1995, color ROJO, clase CHASIS CABINADO, 8 CILINDROS EN "V". De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca FORD, con unidad combinada de presión y succión marca VACTOR, modelo 2105C, línea LN 8000, modelo 1996, motor DISEL FORD FD-1460, color BLANCO-ROJO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 59.626.000 $ 50.000.000 $ 30.494.700 $ 83.650.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 355, línea KODIAK, VOLQUETA OIB 355 modelo 1996, motor CATERPILLAR 3116 DE 185 H.P, color AZUL COBALTO. De propiedad de la Asociación de Municipios $ 16.290.000 Marca FORD 8000,placa OJF 761, línea LN- 8000, modelo 1992, motor FORD 7.8 L-210 H.P 2400RPM- ACPM, capacidad 15 TONELADAS. De la CAMION VAC-CON propiedad de la Asociación de Municipios Sabana OFK -032 Occidente. $ 39.816.000 VOLQUETA Marca INTERNACIONAL, placa OFK 188, modelo DOBLETROQUE OFK 1998, color BLANCO. De la propiedad de la $ 68.132.000 188-98 Asociación de Municipios Sabana Occidente. VOLQUETA Marca INTERNACIONAL, placa OFK 193 modelo DOBLETROQUE OFK 1998,color BLANCO. De la propiedad de la $ 59.668.000 193-98 Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca CARROCERIAS EL SOL, año de fabricación TRAILER DE CAMA 1994, capacidad 18 TONELADAS, Piso MADERA, BAJA R25167 estructura METALICA. De propiedad de la $ 5.146.000 Asociación de Municipios Sabana Occidente. CARROTANQUE Marca CHEVROLET, KODIAK, 209 Diesel, referencia C7HO42, MOTOR 9LN03661, MODELO 1996, COLOR AZUL COBALTO, TANQUE en acero al OJJ-885 carbón, capacidad 200 galones. $ 22.930.000

ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE - EN LIQUIDACIÓN REGLAMENTO PARA LA VENTA DE UNOS BIENES DE PROPIEDAD DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE - EN LIQUIDACIÓN SUBASTA PÚBLICA No. 01 DE 2012 DIRIGIDA AL PÚBLICO EN GENERAL MADRID CUNDINAMARCA, SEPTIEMBRE DE 2012

TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO PRIMERO INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS INTERESADOS 1.1 INFORMACIÓN SOBRE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS EN LIQUIDACION. 1.2 OBJETO DE LA INVITACION 1.3 ANTECEDENTES 1.4 VALOR DEL REGLAMENTO Y LUGAR DE ADQUISICIÓN 1.5 QUIENES PUEDEN PARTICIPAR 1.6 REGIMEN JURÍDICO DE LA SUBASTA 1.7 PUBLICIDAD DE LA INVITACION 1.8 PRINCIPALES DATOS DE LOS BIENES PUESTOS EN VENTA 1.9 CRONOLOGRAMA PARA LA ENAJENACIÓN DE LOS BIENES 1.10 ACCESO A LA INFORMACIÓN

1.11 ALCANCE DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS EN LIQUIDACION POR LA INFORMACIÓN PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS. 2.1. Gastos de Participación CAPITULO SEGUNDO DE LA SUBASTA 2.2. Presentación de documentos para participar en la subasta 2.2.1 Solicitud de Inscripción 2.2.2 Documentos para acreditar la calidad en la cual actúan 2.2.3 Certificación de Origen de Fondos 2.2.4 Acreditación del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 2.2.5 Certificado de Antecedentes Fiscales 2.2.6 Documento de constitución del Consorcio ó Unión Temporal 2.2.7 Apostilla y Autenticación de Documentos 2.3. Precio base de los bienes 2.4. Prohibición de presentar posturas parciales 2.5. Subasta y procedimiento

2.6. Firma de la promesa de compraventa 2.7. Acta donde se concreta el negocio de compraventa realizado ANEXOS ANEXO N 1: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA ANEXO N 2: CERTIFICACION DE ORIGEN DE FONDOS ANEXO N 3: CERTIFICACIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 ANEXO N 4: ACTA DE ADJUDICACIÓN DE BIENES.

CAPITULO PRIMERO INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PARTICIPANTES 1.1. INFORMACIÓN SOBRE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS. La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE En liquidación, es una Entidad Administrativa de Derecho Público,con personería jurídica y patrimonio propio e independiente de los Municipios que la integran, tenía por objeto integrar una unidad con régimen legal propio, con el fin de fomentar: La solidaridad, la cooperación y el fortalecimiento regional, aunando esfuerzos y administrar recursos para la prestación conjunta de servicios públicos, ejecución de obras públicas, cumplimiento de funciones administrativas y actividades que propendan por el desarrollo integral del territorio de cada uno de los municipios que la conforman y que en su orden son: Municipios de BOJACA, EL ROSAL, FACATATIVA, FUNZA, MADRID, MOSQUERA, SIBATE, SOACHA, SUBACHOQUE y ZIPACON, creada mediante la Ordenanza Departamental No. 24 del 28 de Noviembre de 1.990,expedida por la Asamblea de Cundinamarca Mediante Decisión 02 de Noviembre 30 de 2010, la Asamblea General de Municipios socios de la Asociación de Municipios de sabana occidente decide y ordena la supresión y liquidación de dicha Asociación. El proceso liquidatrorio que adelanta la ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION,se encuentra regulado de forma general por el Decreto Ley 254 de 2000 por medio del cual se expidio el regimen de liquidación de las entidades públicas del orden nacional y que permite aplicarlo a entidades públicas del orden territorial,modificado parcialmente por la Ley 1105 de 2006; y al que le son aplicables en lo no

establecido en aquel,por remisión de la citada ley en su articulo 1º inciso primero,las normas del estatuto organico del sistema financiero(ley 663 de 1.993),modificado parcialmente por el Decreto 2555 de 2010, en lo referente a procesos de liquidación forzosa administrativa de entidades del sector financiero.estatuto que a su vez en lo no reglado para las entidades financieras en liquidación remite a las normas aplicables a este, y las normas procesales del codigo contencioso administrativo en lo que hace referencia con los actos administrativos del liquidador. Que atendiendo lo dispuesto en las normas anteriores,el liquidador tiene entre otras funciones, la de ejecutar los actos que tiendan a facilitar la preparación y realización de una liquidación rapida y efectiva,y a su vez celebrar los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación. 1.2. OBJETO DE LA INVITACION Ofrecer en venta en pública subasta, al mejor postor, la cantidad de quince (15) bienes entre Muebles e inmuebles, vehículos y maquinaria pesada, ubicados en el ICA vía Mosquera, Alcaldía de Bojaca, Alcaldía de Mosquera, Alcaldía de Madrid, Alcaldía de Soacha, Alcaldía de Facatativa, Alcaldía de Funza. 1.3. ANTECEDENTES Creación: La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE En liquidación, es una Entidad Administrativa de Derecho Público, con personería jurídica y patrimonio propio e independiente de los Municipios que la integran, creada mediante la Ordenanza Departamental No. 24 del 28 de Noviembre de 1.990, expedida por la Asamblea de Cundinamarca.

De la supresión y liquidación de la Entidad: Mediante Decisión 02 de Noviembre 30 de 2010, la Asamblea General de Municipios socios de la Asociación de Municipios de sabana occidente decide y ordena la supresión y liquidación de dicha Asociación, se designó como Gerente Liquidadora a la Dra. YAHEL BIBIANA BUENO PINEDA y como miembros de la Junta Liquidadora a los alcaldes de los Municipios de BOJACA, MADRID Y FUNZA cundinamarca, respectivamente. Posteriormente, el día 10 de AGOSTO de 2011, se designó a la Dra. HEIDY DATHIANA MARTINEZ RODRIGUEZ, como nueva Gerente Liquidadora, en remplazo de la designada Dra. YAHEL BIBIANA BUENO PINEDA, quien se posesiono el día 09 de Diciembre de 2011, según acta. De conformidad con lo establecido en el artículo 6º del Decreto 254 de 2000, en concordancia con el Decreto 663 de 1993 y el artículo 295, numeral 9º, del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, son funciones del Liquidador las siguientes: Actuar como representante legal de la entidad en liquidación; Ejecutar los actos que tiendan a facilitar la preparación y realización de una liquidación rápida, progresiva y efectiva; Velar por la adecuada conservación de los bienes de la intervenida, adoptando las medidas necesarias para mantener los activos en adecuadas condiciones de seguridad física y ejerciendo las acciones judiciales y administrativas requeridas para el efecto y celebrar todos los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la liquidación. Mediante la Resolución No.06 del 15 de junio de 2012, conforme al artículo 15 de la Ley 1105 de 2006, la Gerente Liquidadora aprobó el valor de los avalúos de los bienes Muebles, inmuebles, vehículos y maquinaria de propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de occidente en

Liquidación. En cumplimiento de lo establecido en artículo 30 del Decreto 254 de 2000, el cual fue modificado por el artículo 16 de la Ley 1105 de 2006, la Gerente Liquidadora mediante la Resolución No. 08 del 19 de Julio de 2012, hizo la oferta preferencial a todas las entidades públicas, en especial a los municipios que conformaron dicha Asociación, hoy en Liquidación, a través de una relación junto con el valor del avaluó en la página web: www.madrid-cundinamarca.gov.co en las alcaldías Municipales que conforman la Asociación de Municipios en liquidación, con el fin de que en un plazo máximo de un (1) mes, contado a partir de la fecha de la publicación, las demás entidades públicas informaran si se encontraban interesadas en adquirir a título oneroso cualquiera de dichos bienes. Revisado el archivo físico y la base de datos del programa de correspondencia de la ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE en liquidación, no SE ENCONTRO que entidad pública alguna, haya manifestado su interés en adquirir a título oneroso cualquiera de los bienes relacionados. DESCRIPCION DE LOS BIENES OFRECIDOS EN VENTA Mediante Resolución No.08 de fecha 19 de Julio de 2012, la Gerente Liquidadora relaciono y discriminó los bienes de propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente en liquidación, así como el avaluó dado a cada uno de los mismos y que será base para la enajenación de estos. El inventario y avalúo de los bienes inmuebles de propiedad de la ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, que se relaciona en el anexo No.1, se encuentra contabilizado en libros, con base en los avalúos oficiales realizados para la vigencia 2011, por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi- IGAC.

Que el inventario y avalúo de los demás bienes y procesos a que se refiere la normatividad antes relacionada, se encuentran determinados, como sigue a continuación: RELACION DE INVENTARIO Y AVALUO DE LA MAQUINARIA DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION No BIEN DESCRIPCION VALOR AVALUO Marca BITELLI, modelo BORA, año 1998, peso 8.000 KG, CILINDRO BITELLI C- vibración HIDROSTATICA, motor DISEL DEUTZ F4L912 de 80 98 1 propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente. $ 39.789.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 352, línea KODIAK, modelo VOLQUETA OIB 352 1996, color AZUL COBALTO. De la propiedad de la Asociación de $ 34.760.000 2 Municipios Sabana Occidente VOLQUETA OIB 353 Marca CHEVROLET, placa OIB 353, línea KODIAK, modelo 1996, color AZUL COBALTO de propiedad de la Asociación de $ 37.920.000 3 Municipios Sabana de Occidente. Marca CHEVROLET, placa OFK 255, línea KODIAK, modelo VOLQUETA KODIAK 1998, color AZUL PERLADO. De la propiedad de Asociación de OFK 255-98 $ 46.882.000 5 8 4 6 7 VOLQUETA KODIAK OFK 256-98 CAMABAJA RETROEXCAVADORA JCB 214-99 RETROEXCAVADORA KOMATSU PC 200-95 CARRODE BOMBEROS OJF 887 municipios sabana de occidente. Marca CHEVROLET, placa OFK 256, línea KODIAK Y CARROCERIA PLATON, modelo 1998, color AZUL PERLADO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente Marca JCB, modelo 214-CM 4X4X4, DOBLE TRACCION, motor PEKINS DE 100 HP, peso 8.323 KGS, color AMARILLO, CUCHARON CARGADOR 1.2 M3 con dientes, tipo 6 en uñas montacargas. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca KOMATSU, modelo PC 200-6A, modelo 1995, color AMARILLO, peso 19.500 KG, cucharon 0.93 METROS CUBICOS, turbo cargado 133 HP. A 2.200 R.P.M. 19.500 KGS. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca FORD, placa OJF 887, modelo 1995, color ROJO, clase CHASIS CABINADO, 8 CILINDROS EN "V". De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 22.600.000 $ 59.626.000 $ 50.000.000 $ 30.494.700

9 10 CAMION VACTOR OFK 163 VOLQUETA OIB 355 Marca FORD, con unidad combinada de presión y succión marca VACTOR, modelo 2105C, línea LN 8000, modelo 1996, motor DISEL FORD FD-1460, color BLANCO-ROJO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 83.650.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 355, línea KODIAK, modelo 1996, motor CATERPILLAR 3116 DE 185 H.P, color AZUL COBALTO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 16.290.000 11 CAMION OFK -032 VAC-CON Marca FORD 8000,placa OJF 761, línea LN- 8000, modelo 1992, motor FORD 7.8 L-210 H.P 2400RPM- ACPM, capacidad 15 TONELADAS. De la propiedad de la Asociación de Municipios S $ 39.816.000 12 13 14 15 VOLQUETA DOBLETROQUE 188-98 VOLQUETA DOBLETROQUE 193-98 OFK OFK TRAILER DE CAMA BAJA R25167 CARROTANQUE OJJ-885 Marca INTERNACIONAL, placa OFK 188, modelo 1998, color BLANCO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca INTERNACIONAL, placa OFK 193 modelo 1998,color BLANCO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca CARROCERIAS EL SOL, año de fabricación 1994, capacidad 18 TONELADAS, Piso MADERA, estructura METALICA. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca CHEVROLET, KODIAK, 209 Diesel, referencia C7HO42, MOTOR 9LN03661, MODELO 1996, COLOR AZUL COBALTO, TANQUE en acero al carbón, capacidad 200 galones. $ 68.132.000 $ 59.668.000 $ 5.146.000 $ 22.930.000 Para continuar con su proceso de venta, de acuerdo al avalúo dado a cada uno de los bienes, relacionados anteriormente, así como en el Anexo No.1, el cual forma parte integral del presente Reglamento. La Ley 1105 de 2006, modificatoria del Decreto-Ley 254 de 2000, en su artículo 17 fija los criterios que deben tener en cuenta las entidades en liquidación para la enajenación de sus activos. El texto de dicho artículo es el siguiente:

Artículo 17. El artículo 31 del Decreto-ley 254 de 2000 quedará así: Artículo 31. Enajenación de activos a terceros. Los activos de la entidad en liquidación que no sean adquiridos por otras entidades públicas, se enajenarán con criterio estrictamente comercial, con sujeción a las siguientes normas: a) El liquidador podrá celebrar contratos con entidades públicas o privadas para promocionar y gestionar la pronta enajenación de los bienes; b) La enajenación se hará por subasta, con o sin martillo, o por contratación directa bajo criterios de selección objetiva; c) Se podrán admitir ofertas de pago del precio a plazo, con la constitución de garantías suficientes a favor de la entidad que determine el liquidador; d) El precio base de enajenación será el del avalúo comercial. En todo caso, el valor por el cual podrá enajenar el liquidador los activos será su valor en el mercado, que debe incorporar el costo de oportunidad del dinero y el valor presente neto de la administración y mantenimiento, de conformidad con la reglamentación que para el efecto establezca el Gobierno Nacional; e) Se podrá hacer uso de mecanismos tales como la enajenación del predio total o la división material del mismo y la enajenación de los lotes resultantes, la preselección de oferentes, la constitución de propiedad horizontal sobre edificaciones para facilitar la enajenación de las unidades privadas resultantes y los demás que para el efecto determine el reglamento. Parágrafo 1. Para la determinación de los bienes que deban ser materia de enajenación y la oportunidad en que esta deba realizarse, se tendrá en cuenta la necesidad de garantizar el funcionamiento de la entidad durante la liquidación, pero sin afectar con ello la celeridad requerida en el procedimiento liquidatorio. Parágrafo 2. Para la enajenación de sus bienes, las entidades en liquidación podrán acudir a cualquiera de los mecanismos autorizados por el derecho privado, siempre y cuando en la celebración del contrato se

garantice la transparencia, la eficiencia y la selección objetiva, en la forma que señale el reglamento. Para esta enajenación las entidades podrán, entre otros, celebrar convenios entre sí, contratos con particulares que se encarguen de dicha enajenación o aportar los bienes a mecanismos fiduciarios para enajenarlos, explotarlos económicamente o titularizarlos. (.).". (Subrayas fuera de texto) 1.4. VALOR DEL REGLAMENTO Y LUGAR DE ADQUISICIÓN Con el propósito de garantizar una amplia participación, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, hará entrega del presente REGLAMENTO de manera gratuita a los interesados, quienes podrán adquirirlo en las oficinas de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, situada en la Carrera 7 N º 8-45 Coliseo Municipal de Madrid Cundinamarca, en el horario comprendido entre 9:00 A.M. a 5:00 PM, de lunes a viernes, desde el día 10 de SEPTIEMBRE de 2012 hasta el 14 de SEPTIEMBRE de 2012. Los interesados podrán también obtener el REGLAMENTO a través del link de contratación de la página Web www.contratos.gov.co, y/o en el portal único de contratación pública. Se considera documento oficial de este REGLAMENTO o de sus modificaciones, los textos que reposan en la ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION; en consecuencia, de presentarse alguna diferencia entre éstos y los tomados de la página web, prevalecerá el texto de los primeros. 1.5. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR

Podrá participar en la SUBASTA cualquier persona natural ó jurídica, nacional o extranjera, que tenga interés en adquirir a título oneroso uno o varios de los bienes relacionados (Anexo No.1), ubicados en el ICA- vía- Mosquera, Bojaca, Facatativa, Funza, Soacha, Mosquera, y en el municipio de Madrid donde se encuentra la ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, Los participantes gozarán de igualdad de condiciones en esta INVITACION, sin importar si pertenecen o no a los grupos de personas a los cuales se dirigieron las primeras etapas de la venta (Artículo 30 del Decreto 254 de 2000, modificado por el artículo 16 de la Ley 1105 de 2006). Los participantes NO deberán estar incursos, ni como proponente individual, ni como miembro de un Consorcio o Unión Temporal, en las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución y en la Ley. 1.6. REGIMEN JURÍDICO DE LA SUBASTA La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION adelantará el proceso de venta en pública subasta, bajo el régimen del derecho privado, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1105 de 2006 y el código de procedimiento Civil Colombiano. 1.7. PUBLICIDAD DE LA INVITACION Si bien este proceso de venta en subasta se rige por las normas del derecho privado, con el fin dar cumplimiento a los principios de publicidad y libre concurrencia, y al deber de selección objetiva, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION publicará este REGLAMENTO en el link de contratación de la página Web

www.contratos.gov.co, Reglamento Subasta Pública 01 de 2012, y/o Igualmente publicará un (1) aviso en un Diario de amplia circulación nacional y/o en el portal Único de Contratación Pública. 1.8. PRINCIPALES DATOS DE LOS BIENES OFRECIDOS EN VENTA. RELACION DE INVENTARIO Y AVALUO DE LA MAQUINARIA DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION No BIEN DESCRIPCION VALOR AVALUO Marca BITELLI, modelo BORA, año 1998, peso 8.000 KG, CILINDRO BITELLI C- vibración HIDROSTATICA, motor DISEL DEUTZ F4L912 de 80 98 1 propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente. $ 39.789.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 352, línea KODIAK, modelo VOLQUETA OIB 352 1996, color AZUL COBALTO. De la propiedad de la Asociación de $ 34.760.000 2 Municipios Sabana Occidente VOLQUETA OIB 353 Marca CHEVROLET, placa OIB 353, línea KODIAK, modelo 1996, color AZUL COBALTO de propiedad de la Asociación de $ 37.920.000 3 Municipios Sabana de Occidente. Marca CHEVROLET, placa OFK 255, línea KODIAK, modelo VOLQUETA KODIAK 1998, color AZUL PERLADO. De la propiedad de Asociación de OFK 255-98 4 municipios sabana de occidente. $ 46.882.000 5 6 7 VOLQUETA KODIAK OFK 256-98 CAMABAJA RETROEXCAVADORA JCB 214-99 RETROEXCAVADORA KOMATSU PC 200-95 Marca CHEVROLET, placa OFK 256, línea KODIAK Y CARROCERIA PLATON, modelo 1998, color AZUL PERLADO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente Marca JCB, modelo 214-CM 4X4X4, DOBLE TRACCION, motor PEKINS DE 100 HP, peso 8.323 KGS, color AMARILLO, CUCHARON CARGADOR 1.2 M3 con dientes, tipo 6 en uñas montacargas. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca KOMATSU, modelo PC 200-6A, modelo 1995, color AMARILLO, peso 19.500 KG, cucharon 0.93 METROS CUBICOS, turbo cargado 133 HP. A 2.200 R.P.M. 19.500 KGS. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 22.600.000 $ 59.626.000 $ 50.000.000

8 CARRODE BOMBEROS OJF 887 Marca FORD, placa OJF 887, modelo 1995, color ROJO, clase CHASIS CABINADO, 8 CILINDROS EN "V". De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 30.494.700 9 CAMION VACTOR OFK 163 10 VOLQUETA OIB 355 CAMION VAC-CON 11 OFK -032 VOLQUETA DOBLETROQUE OFK 12 188-98 VOLQUETA DOBLETROQUE OFK 13 193-98 14 15 TRAILER DE CAMA BAJA R25167 CARROTANQUE OJJ-885 Marca FORD, con unidad combinada de presión y succión marca VACTOR, modelo 2105C, línea LN 8000, modelo 1996, motor DISEL FORD FD-1460, color BLANCO-ROJO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 83.650.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 355, línea KODIAK, modelo 1996, motor CATERPILLAR 3116 DE 185 H.P, color AZUL COBALTO. De propiedad de la Asociación de Municipios $ 16.290.000 Marca FORD 8000,placa OJF 761, línea LN- 8000, modelo 1992, motor FORD 7.8 L-210 H.P 2400RPM- ACPM, capacidad 15 TONELADAS. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 39.816.000 Marca INTERNACIONAL, placa OFK 188, modelo 1998, color BLANCO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana $ 68.132.000 Occidente. Marca INTERNACIONAL, placa OFK 193 modelo 1998,color BLANCO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana $ 59.668.000 Occidente. Marca CARROCERIAS EL SOL, año de fabricación 1994, capacidad 18 TONELADAS, Piso MADERA, estructura METALICA. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana $ 5.146.000 Occidente. Marca CHEVROLET, KODIAK, 209 Diesel, referencia C7HO42, MOTOR 9LN03661, MODELO 1996, COLOR AZUL COBALTO, TANQUE en acero al carbón, capacidad 200 galones. $ 22.930.000

1.9. CRONOGRAMA PARA LA ENAJENACIÓN DE LOS BIENES. ACTIVIDAD FECHA Publicación del ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA SUBASTA PUBLICA en un Diario de amplia circulación nacional. 10 de SEPTIEMBRE de 2012 Publicación del REGLAMENTO Cronograma de Visitas de inspección a los bienes a subastar e información de los mismos. Presentación de documentos para participar en la SUBASTA Termino para subsanar documentos presentados Fecha de subasta y Adjudicación. 10 de SEPTIEMBRE de 2012 a las 8:00 a.m. Desde el 11 hasta el 14 de SEPTIEMBRE de 2012, en horario de 9 a.m a 5 p.m. Desde el 17 hasta el 19 de SEPTIEMBRE de 2012, en horario de 9 a.m a 5 p.m. 20 de SEPTIEMBRE DE 2012 en horario de 9 a.m a 5 p.m. 27 de SEPTIEMBRE de 2012 a las 10:00 a.m. Firma de la Promesa de Compraventa y Pago del 50% del Avalúo Comercial del bien adjudicado. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación en subasta. No obstante el cronograma antes fijado, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, a su mejor conveniencia y cuantas veces lo considere útil para el proceso de venta. Igualmente, en cualquier momento podrá suspender o dar por terminado este proceso de venta, si a su juicio se presentan circunstancias de cualquier naturaleza que hagan inconveniente continuar con el mismo.

La decisión de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION de suspender o desistir de la SUBASTA antes de su realización, no dará derecho a los interesados para solicitar indemnización o el reembolso de los gastos en los que hayan incurrido, con miras a participar en ella. La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION comunicará a los interesados cualquier decisión que tome en este sentido. 1.10. ACCESO A INFORMACIÓN La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION pondrá a disposición de los interesados el avalúo realizado a los bienes, documento que podrá consultarse en las instalaciones de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION ubicadas en el ICA vía Mosquera, Bojaca, Facatativa, Funza, Soacha, Mosquera, y en el municipio de Madrid donde se encuentra la ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, El proponente debe declarar en la Manifestación de Interés de participar en la SUBASTA (Anexo N 1) que: a) Conoce las características y estado general del bien a subastar y así lo acepta; b) Renuncia a toda eventual reclamación que se fundamente en el desconocimiento o conocimiento insuficiente del bien a subastar y que exonera de toda responsabilidad por estos aspectos, a La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION. 1.11. ALCANCE DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION POR LA INFORMACIÓN PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS. Las decisiones que adopten los interesados en esta SUBASTA, serán de su entera y exclusiva responsabilidad y deberán basarse en sus propios análisis, estudios, valoraciones, investigaciones, inspecciones, visitas y/o entrevistas, y no únicamente en la documentación ofrecida, ni en opiniones, afirmaciones,

comentarios o sugerencias de cualquiera de las personas al servicio de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION. La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION NO asume obligación alguna, NI garantiza de manera explícita o implícita, la integridad, exactitud, confiabilidad o calidad de la información que suministre de forma escrita o verbal, para los fines del presente proceso, ni se hace responsable por el uso que los interesados puedan darle a la misma, o por cualquier inexactitud o deficiencia que ella contenga, o por cualquier otra causa, circunstancia que los Interesados aceptan de forma libre y con pleno conocimiento. El Proponente será responsable de obtener toda la información que pueda influir en su decisión, por tanto una vez adjudicadas los bienes, no podrá alegar cualquier falta de diligencia suya como razón para desistir del negocio de compraventa realizado, ni le dará derecho a presentar reclamación o solicitar reembolsos o ajustes de cualquier naturaleza. La participación en la subasta se considerará como manifestación expresa de que ha examinado el reglamento, que ha obtenido las aclaraciones sobre los puntos inciertos o dudosos, que acepta que los documentos están completos y son compatibles y adecuados para determinar el objeto y las demás condiciones del contrato y que ha formulado su propuesta en forma libre, seria, precisa y coherente. En consecuencia, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, no será responsable por su descuido, mala interpretación u otros hechos desfavorables, que puedan incidir en la elaboración de la propuesta.

2.1. GASTOS DE PARTICIPACION CAPITULO SEGUNDO DE LA SUBASTA Todos los gastos, tanto directos como indirectos, en que incurra el interesado para participar en la SUBASTA, correrán por su cuenta. En ningún caso, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION será responsable por dichos gastos, cualquiera que sea el resultado de ella. Será responsabilidad única y exclusiva de cada interesado, adelantar las actividades necesarias para participar en la SUBASTA. 2.2. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA Para participar en la SUBASTA, los interesados deberán inscribirse previamente, entregando la siguiente documentación antes de las 5:00 PM del día 17 de Septiembre de 2012, en la sede de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, situada en la Carrera 7 N 8-45del Cundinamarca: 2.2.1. Manifestación de Interés de participar en la SUBASTA (Anexo N 1) Este documento debe ser diligenciado de acuerdo con el contenido del Anexo N 1, y entregarse debidamente firmado por la persona natural, o por el representante legal ó apoderado de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, según el caso. 2.2.2. Documentos para acreditar la calidad en la cual se actúa Las personas naturales deberán presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía, o de extranjería, dependiendo de si se trata de nacionales colombianos o de extranjeros.

Las personas jurídicas deberán presentar: - Copia del Certificado de Existencia y Representación Legal, o del documento que lo sustituya, dependiendo de la naturaleza del participante, expedido dentro de los treinta (30) días calendario anterior a la fecha de presentación de la Oferta, por la Cámara de Comercio de su domicilio, o por el órgano competente, según el caso. Si del contenido del Certificado de Existencia y Representación legal, o del documento que lo reemplace, se desprende que el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para comprometer a la persona jurídica en la SUBASTA, deberá adjuntar el acta de la junta de socios o asamblea de accionistas, junta directiva u otro documento idóneo, donde conste expresamente la autorización del órgano competente de la sociedad. En ningún caso la autorización podrá ser posterior a la SUBASTA. - Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o apoderado - El Poder autenticado en Notaría (Para los apoderados). - Las personas jurídicas de naturaleza no societaria, que no puedan acreditar su existencia y representación legal por medio del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, lo harán mediante: a) Fotocopia simple de la ley, ó fotocopia auténtica de la Ordenanza o Acuerdo que autorizó su creación; b) Fotocopia simple del Decreto, o fotocopia auténtica de otro tipo de acto por medio del cual se hubieren adoptado sus estatutos; c)fotocopia auténtica del acto de nombramiento del o de los representantes legales, y d) Fotocopia auténtica del acta de posesión del o de los representantes legales. - Tratándose de personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, éstas deberán probar su existencia y representación aportando el certificado expedido por la autoridad extranjera del domicilio de la sociedad con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de la SUBASTA, donde conste lo siguiente: 1) Que la sociedad existe como persona jurídica; 2) Que ejerce su objeto social de acuerdo con las leyes de su domicilio; 3) El nombre de quien o quienes, de acuerdo con las disposiciones estatutarias, ejercen la

Representación legal; y 4) La facultad de sus representantes legales para obligar a la sociedad en los actos o contratos que resultan de este REGLAMENTO y, de ser el caso, para conferir a un tercero dicha facultad mediante poder. 2.2.3. Certificación de Origen de Fondos (Anexo N 2) Todas las personas interesadas en participar en la SUBASTA, deberán acreditar previamente que los recursos con los cuales harán el pago de los bienes son de origen lícito, ya que no provienen de ninguna actividad contemplada como delictiva en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione. La acreditación se hará mediante declaración, de acuerdo con el texto del Anexo N 2 del presente REGLAMENTO. 2.2.4. Acreditación de cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 50 de la Ley 789 de 2.002 (Anexo N 3) En cumplimiento de lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, las personas jurídicas que deseen participar en la SUBASTA, deberán acreditar previamente, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el Representante Legal si la empresa no está obligada a tener Revisor fiscal, que durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la SUBASTA han cancelado los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. En el evento de que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. En caso que la sociedad tenga acuerdo de pago con las entidades recaudadoras, respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros integrantes siempre que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido. 2.2.5. Certificado Antecedentes Fiscales De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2002, y en el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 174 de 2002, todo participante en la SUBASTA, ya sea a título individual, o como miembro de un Consorcio ó Unión Temporal, deberá presentar previamente el Certificado de Antecedentes Fiscales expedido por la Contraloría General de la República, correspondiente al último Boletín de Responsables Fiscales, en el que conste que no se encuentra reportado en dicho Boletín. 2.2.6. Documento de constitución del Consorcio ó Unión Temporal Si quien participa en la SUBASTA es un Consorcio ó Unión Temporal, deberá entregar previamente copia del documento de constitución, donde conste: a) La lista de las personas que lo integran; b) El porcentaje (%) de participación de cada integrante, c) la responsabilidad en caso de incumplimiento del compromiso asumido en la SUBASTA. 2.2.7. Apostilla y Autenticación de Documentos Cuando se trate de documentos públicos emanados o provenientes del exterior y siempre que hubieren sido emitidos en territorios o jurisdicciones que hagan parte de la Convención de la Haya de 1961 (Convención de Apostilla) sobre legalización de documentos extranjeros mediante el proceso de "Apostilla", dicha autenticación mediante apostilla será aceptable, de conformidad con lo establecido en la Ley 455 de 1998, por medio de la cual se incorporó a la legislación colombiana dicha Convención, para lo cual tienen la condición de documentos públicos los siguientes: (i) los que emanan de una autoridad o funcionario relacionado con las cortes o

tribunales de un Estado, incluyendo los que emanen de un fiscal, un secretario de un tribunal o un portero de estrados; (ii) los documentos administrativos; (iii) los actos notariales y (iv) los certificados oficiales colocados en documentos firmados por personas a título personal, tales como certificados oficiales que consignan el registro de un documento o que existía en una fecha determinada y autenticaciones oficiales y notariales de firmas. Cuando se trate de documentos emanados o provenientes del exterior que: (i) no tuvieren la condición de documento público, o (ii) cuando hubiere sido emitido en territorio o jurisdicción que no hace parte de la "Convención de Apostilla", se requerirá la autenticación, legalización y consularización por parte del Cónsul de Colombia en la jurisdicción competente o, a falta de dicho cónsul, por parte de una nación amiga. Para estos efectos se tendrá en cuenta que el Cónsul de Colombia está en la obligación de certificar que las sociedades extranjeras existen y ejercen su objeto social conforme con las leyes de su país o territorio de origen tal y como se establece en el artículo 480 del Código de Comercio. La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION podrá solicitar a quienes hayan presentado documentos, subsanar los defectos de forma que advierta en ellos o el aporte de la documentación faltante. Dicha solicitud deberá ser atendida por los interesados antes de la realización de la SUBASTA, dando lugar a la exclusión de aquellos que no subsanen las deficiencias dentro del término otorgado para el efecto.

2.3. PRECIO BASE Y FORMA DE PAGO DE LOS BIENES OFRECIDOS EN VENTA El precio base de los bienes, es el del avalúo comercial dado a los mismos y publicado con la subasta, no siendo admisibles las posturas por precio inferior a éste, los que para tal efecto, se recuerda así: RELACION DE INVENTARIO Y AVALUO DE LA MAQUINARIA DE LA ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION No BIEN DESCRIPCION VALOR AVALUO Marca BITELLI, modelo BORA, año 1998, peso 8.000 KG, CILINDRO BITELLI C- vibración HIDROSTATICA, motor DISEL DEUTZ F4L912 de 80 98 1 propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente. $ 39.789.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 352, línea KODIAK, modelo VOLQUETA OIB 352 1996, color AZUL COBALTO. De la propiedad de la Asociación de $ 34.760.000 2 Municipios Sabana Occidente VOLQUETA OIB 353 Marca CHEVROLET, placa OIB 353, línea KODIAK, modelo 1996, color AZUL COBALTO de propiedad de la Asociación de $ 37.920.000 3 Municipios Sabana de Occidente. 4 5 6 7 VOLQUETA KODIAK OFK 255-98 VOLQUETA KODIAK OFK 256-98 CAMABAJA RETROEXCAVADORA JCB 214-99 RETROEXCAVADORA KOMATSU PC 200-95 Marca CHEVROLET, placa OFK 255, línea KODIAK, modelo 1998, color AZUL PERLADO. De la propiedad de Asociación de municipios sabana de occidente. Marca CHEVROLET, placa OFK 256, línea KODIAK Y CARROCERIA PLATON, modelo 1998, color AZUL PERLADO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana de Occidente Marca JCB, modelo 214-CM 4X4X4, DOBLE TRACCION, motor PEKINS DE 100 HP, peso 8.323 KGS, color AMARILLO, CUCHARON CARGADOR 1.2 M3 con dientes, tipo 6 en uñas montacargas. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca KOMATSU, modelo PC 200-6A, modelo 1995, color AMARILLO, peso 19.500 KG, cucharon 0.93 METROS CUBICOS, turbo cargado 133 HP. A 2.200 R.P.M. 19.500 KGS. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 46.882.000 $ 22.600.000 $ 59.626.000 $ 50.000.000

8 CARRODE BOMBEROS OJF 887 Marca FORD, placa OJF 887, modelo 1995, color ROJO, clase CHASIS CABINADO, 8 CILINDROS EN "V". De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 30.494.700 9 10 11 CAMION VACTOR OFK 163 VOLQUETA OIB 355 CAMION OFK -032 VAC-CON Marca FORD, con unidad combinada de presión y succión marca VACTOR, modelo 2105C, línea LN 8000, modelo 1996, motor DISEL FORD FD-1460, color BLANCO-ROJO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 83.650.000 Marca CHEVROLET, placa OIB 355, línea KODIAK, modelo 1996, motor CATERPILLAR 3116 DE 185 H.P, color AZUL COBALTO. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. $ 16.290.000 Marca FORD 8000,placa OJF 761, línea LN- 8000, modelo 1992, motor FORD 7.8 L-210 H.P 2400RPM- ACPM, capacidad 15 TONELADAS. De la propiedad de la Asociación de Municipios S. $ 39.816.000 12 13 14 15 VOLQUETA DOBLETROQUE 188-98 VOLQUETA DOBLETROQUE 193-98 OFK OFK TRAILER DE CAMA BAJA R25167 CARROTANQUE OJJ-885 Marca INTERNACIONAL, placa OFK 188, modelo 1998, color BLANCO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca INTERNACIONAL, placa OFK 193 modelo 1998,color BLANCO. De la propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca CARROCERIAS EL SOL, año de fabricación 1994, capacidad 18 TONELADAS, Piso MADERA, estructura METALICA. De propiedad de la Asociación de Municipios Sabana Occidente. Marca CHEVROLET, KODIAK, 209 Diesel, referencia C7HO42, MOTOR 9LN03661, MODELO 1996, COLOR AZUL COBALTO, TANQUE en acero al carbón, capacidad 200 galones. $ 68.132.000 $ 59.668.000 $ 5.146.000 $ 22.930.000 2.4. PROHIBICIÓN DE PRESENTAR POSTURA TOTAL. Los participantes en la SUBASTA, deberán presentar postura individual por cada bien de su interés, la SUBASTA se hace bajo la condición UNO POR UNO, lo que significa que los bienes se subastarán en forma individual, no siendo admisible presentar postura por la totalidad de los mismos.

2.5. SUBASTA Y PROCEDIMIENTO. El 27 de Septiembre de 2012, previo al inicio de la SUBASTA, La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION, leerá los nombres de las personas que podrán participar en ella, por haberse inscrito y aportado los documentos requeridos en cada caso. En caso de presentarse alguna discrepancia con el cumplimiento de los requisitos por parte de alguno de los oferentes para participar en la subasta, esta se resolverá por parte de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION de inmediato. A las 10:00 a.m. del 27 de Septiembre de 2012, se dará apertura oficial a la subasta y se comunicará las reglas bajo las cuales se llevará a cabo ésta. Una vez iniciada la subasta no se permitirá la participación de oferentes que lleguen tarde. El único aspecto que se tomará en cuenta para la adjudicación de los BIENES A SUBASTAR será el precio, ya que la documentación solicitada para la inscripción solo servirá para determinar si la persona puede o no participar en la SUBASTA. La participación en la SUBASTA implica la aceptación de todos los términos y condiciones establecidos en el presente REGLAMENTO. El precio base para el inicio de posturas es el avalúo comercial de cada uno de los bienes, no siendo admisibles las posturas por precio inferior a éste. Será tenida en cuenta como postura admisible la que supere en UN MILLON DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($1.000.000) a la última presentada. DILIGENCIA DE SUBASTA Y ADJUDICACIÓN. Llegados el día y la hora para el remate La Gerente Liquidadora o el encargado de realizarlo anunciará en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre

deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto del cincuenta (50%) por ciento del avalúo dado al bien a subastar. Transcurrida una hora desde el comienzo de la subasta pública, La Gerente liquidadora o el encargado de realizar la subasta, abrirá los sobres y leerá en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el presente Reglamento. A continuación adjudicará al mejor postor los bienes materia de la subasta pública. Los interesados podrán alegar las irregularidades que puedan afectar la validez de la subasta hasta antes de la adjudicación de los bienes. En la misma diligencia se acordara la devolución de las sumas depositadas a quienes no resulten favorecidos con la adjudicación, excepto la que corresponda al comprador adjudicado, que se reservará como garantía de sus obligaciones para los fines de la adjudicación como tal. Igualmente, se procederá a la devolución cuando por cualquier causa no se lleve a cabo la subasta pública. Nadie podrá subastar por un tercero si no presenta poder debidamente autenticado con presentación personal. Efectuada la subasta pública, se extenderá un acta en que se hará constar: 1. La fecha y hora en que tuvo lugar la diligencia. 2. Designación de las partes del proceso. 3. La identificación de las dos últimas ofertas que se hayan hecho y el nombre de los postores. 4. La designación del rematante, la determinación de los bienes rematados, y la procedencia del dominio del ejecutado si se tratare de bienes sujetos a registro. 5. El precio del remate.

Si la licitación quedare desierta por falta de postores, de ello se dejará constancia en el acta. Una vez adjudicada el bien, el Comprador diligenciará y firmará el documento contenido en el Anexo N 4, denominado ACTA DE ADJUDICACIÓN DEL BIEN, en el que se consignan los datos esenciales del negocio realizado, el cual se entenderá perfeccionado con la firma de la Gerente Liquidadora de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION. Si el adjudicatario incumple con alguna de las Condiciones exigidas para legalizar el contrato una vez adjudicado, es facultativo de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION adjudicarlo a la segunda mejor propuesta y hacer efectiva la multa por incumplimiento. 2.6. FIRMA DE LA PROMESA DE COMPRAVENTA Quien resulte adjudicatario del bien, deberá pagar el CINCUENTA POR CIENTO del valor ofertado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la SUBASTA, los que se tendrán como la cuota inicial del negocio de la venta, en la cuenta de La ASOCIACION DE MU NICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION y hacerse presente con la consignación de dicho valor en las dependencias de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION para la firma de la promesa de compraventa. 2.7. ACTA DONDE SE CONCRETA EL NEGOCIO DE COMPRAVENTA REALIZADO Una vez adjudicada el bien, el Comprador diligenciará y firmará el documento contenido en el Anexo N 4, denominado ACTA DE ADJUDICACIÓN DELBIEN SUBASTADO, en el que se consignan los datos esenciales del negocio realizado, el cual se entenderá perfeccionado con la firma de la Gerente Liquidadora de La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION.

2.8. FIRMA DE LA PROMESA DE COMPRAVENTA. Una vez La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION confirme el pago del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor ofrecido por parte del comprador (es), adelantará el trámite a que haya lugar para suscribir el contrato de promesa de compraventa conforme a las disposiciones legales aplicables a dichos contratos. En caso que el comprador no realice dicho pago, dentro del término previsto de cinco (5) días, se entenderá resuelta la adjudicación, lo que dará lugar a que el comprador incumplido PAGUE A La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION A TITULO DE INDEMNIZACIÓN EL DIEZ (10%) DEL AVALUO COMERICAL DADO AL BIEN SUBASTADO, quedando La ASOCIACION DE MUNICIPIOS SABANA DE OCCIDENTE EN LIQUIDACION en libertad para enajenar nuevamente dicho bien. (Fin del REGLAMENTO)