NORMATIVA PARA LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) GRADO EN ARTE



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Transcripción:

NORMATIVA PARA LA ELABORACIÓN Y DEFENSA DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) GRADO EN ARTE FACULTAD DE BELLAS ARTES ARTE EDERREN FAKULTATEA

1. INTRODUCCIÓN El presente documento, aprobado en Junta de Centro el 12 de diciembre de 2014, sustituye al aprobado el 17 de mayo de 2012. En él se pretenden adecuar las características y particularidades propias del Trabajo de Fin de Grado del título de Grado en Arte, a la normativa marco sobre la elaboración y defensa del Trabajo de Fin de Grado en la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. Dicha normativa fue aprobada por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU el 16 de mayo de 2012 y publicada en el BOPV el 19 de junio de 2012. El documento contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa del TFG y se completa con el resto de reglamentaciones y procedimientos de la UPV/EHU en vigor y que se refieren, entre otras, al sistema de evaluación, reconocimiento y transferencia de créditos y movilidad de estudiantes, recogidas en la llamada Normativa de gestión para las enseñanzas de grado. 2. NATURALEZA DEL TRABAJO FIN DE GRADO En el actual Plan de estudios, el TFG se ubica en el 4º curso como una materia obligatoria con una carga de 18 ECTS. Para la realización del TFG, el alumnado tendrá asignado con anterioridad un director o directora. 2.1. El TFG supone la realización por parte del alumnado, de forma individual, de un proyecto, trabajo, estudio, obra o corpus de obras artísticas originales, bajo la supervisión de uno o más directores o directoras. En él se integrarán y desarrollarán tanto los contenidos formativos recibidos, como las capacidades, competencias y habilidades adquiridas durante el periodo de docencia del grado. Para ello, recopilará y presentará todo aquel material necesario (dosier y obra) para reflexionar e informar sobre su proceso de creación. Asimismo, expondrá y defenderá lo realizado (documentos y parte práctica) ante un tribunal. 2.2. El TFG deberá estar orientado a la aplicación de las competencias generales asociadas a la titulación y que demuestren la capacitación para la búsqueda, gestión, organización e interpretación de datos relevantes, vinculados al área de estudio (proyecto, obra, ) tratada, así como la emisión de juicios que incluyan una reflexión sobre temas destacados de índole artística, social, científica, tecnológica, ética o estética, y que facilite la comprensión de un pensamiento y un juicio crítico, lógico y creativo.

2.3. El TFG podrá ir dirigido hacia cualquiera de los ámbitos del Arte relacionado con los contenidos del Grado. Para facilitar la elección del tema y la asignación del profesor/a director/a, los Departamentos con sede en la Facultad elaborarán un documento en el que se relacionen, a modo orientativo, líneas y ámbitos posibles de actuación y el profesorado afín a ellos. 2.4. El TFG podrá ser defendido y evaluado una vez que se tenga constancia fehaciente de que la estudiante o el estudiante ha superado todas las materias restantes del plan de estudios y dispone, por tanto, de todos los créditos necesarios para la obtención del título de Grado, salvo los correspondientes al propio TFG. Con Carácter excepcional, podrán matricular y defender su TFG aquellos/as alumnos/as con una asignatura pendiente de cuarto curso, equivalente a 6 créditos ECTS. A los efectos de la obtención de las tasas de rendimiento académico, no serán tenidos en cuenta los resultados de la matricula del TFG mientras no se haya podido defender el proyecto por no haber superado el total de créditos restantes. 2.5. El TFG es un trabajo protegido por la Ley de Propiedad Intelectual. En consecuencia, la titularidad de los derechos de propiedad intelectual corresponderá a quien lo haya realizado. 2.6. La Facultad facilitará, en función de sus posibilidades reales y bajo supervisión del director/a, las condiciones para que el alumnado pueda desarrollar el TFG. 3. INSCRIPCION Y CONVOCATORIAS 3.1. La matrícula del TFG se realizará dentro de los plazos de matrícula que establezca la Facultad de Bellas Artes, mediante el abono de los precios públicos que correspondan conforme a los créditos que tenga asignados. Para matricular el TFG será necesario tener matriculadas todas las asignaturas requeridas para finalizar el plan de estudios. 3.2. La matrícula dará derecho a dos convocatorias oficiales en cada curso académico, una ordinaria y otra extraordinaria, de acuerdo a lo establecido en el calendario académico aprobado por la Junta de Centro. El alumnado que no haya sido evaluado o no haya defendido su trabajo en alguna de las convocatorias establecidas para el curso académico (julio y septiembre), deberá volver a matricularse en el siguiente curso y abonar de nuevo las tasas correspondientes para presentarse a las siguientes convocatorias, sean estas la excepcional de enero-febrero, la ordinaria de julio o la extraordinaria de septiembre.

3.3. El alumnado especificará en la matrícula la lengua oficial en la que desea defender su TFG. 3.4. Los centros, atendiendo a criterios organizativos y de programación docente, podrán establecer la celebración de las defensas de los TFG de forma distribuida a lo largo del curso académico o, preferentemente, de forma agrupada, en los plazos correspondientes a las convocatorias ordinaria y extraordinaria, cuyas fechas serán acordadas en el calendario académico de cada curso. En cualquier caso, se facilitará que el alumnado pueda matricular el TFG después de que tenga certeza de haber superado el resto de las asignaturas y créditos necesarios para graduarse. 3.5. El acta de evaluación del TFG se deberá cerrar de acuerdo con lo establecido en la Normativa de Evaluación de la Universidad, siendo responsabilidad del Secretario o Secretaria del Tribunal su correcta cumplimentación y entrega a los servicios administrativos, conforme al procedimiento establecido por el Centro. Asimismo, corresponderá a la Dirección del Centro velar por el cumplimiento de lo establecido en este artículo. 4. DEL DIRECTOR/A, SU ASIGNACION Y ELECCION DEL TEMA DEL TRABAJO 4.1. El TFG se dirigirá por profesorado miembro de un departamento con docencia en el Grado o profesorado adscrito al centro que imparte el Grado. El profesor/a será responsable de exponer a cada estudiante las características del trabajo, de orientarlo en su desarrollo y de velar por el cumplimiento de los objetivos fijados, así como de realizar el seguimiento y elaborar un informe escrito previo a la defensa, del que se dará traslado a la estudiante o al estudiante. Asimismo, velará por facilitar, en función de las posibilidades reales del centro, los medios para el desarrollo del TFG. 4.2. El TFG podrá ser dirigido por más de una persona. 4.3. También podrán dirigir TFGs aquellos doctores y doctoras vinculados a la universidad siempre que exista un codirector o codirectora miembro de un departamento con docencia en el grado o adscrito al centro que imparte el grado. 4.4. Si la estudiante o el estudiante desarrolla parte del TFG o su totalidad, en el marco de un convenio de prácticas, en otras instituciones u organismos distintos a la UPV/EHU, el TFG podrá ser dirigido por personal ajeno a la universidad, en este caso deberá existir un codirector o codirectora que cumpla las condiciones del apartado 4.1.

4.5. La Junta de Centro, o Comisión en quien delegue, en colaboración con los Departamentos y Secretaría, instrumentará y publicará, antes de la finalización del periodo de matriculación, un procedimiento para la asignación de los directores/as y los temas, tipologías de trabajo, líneas y ámbitos posibles de actuación que podrán desarrollarse en la elaboración del Trabajo Fin de Grado, así como las lenguas en las que el TFG podrá ser elaborado y defendido. 4.6. A efectos de cómputo en el encargo docente del profesorado se aplicará la normativa vigente al respecto en la UPV/EHU. En el marco de esta normativa, cada Departamento asignará a su profesorado adscrito un número de TFG en función de las necesidades de programación docente de cada curso académico. 5. CALENDARIO PARA LA MATRÍCULA, INSCRIPCIÓN Y ASIGNACIÓN DE DIRECTORES DEL TFG. 5.1. La matrícula del Trabajo de Fin de Grado se llevará a cabo una vez que el/la estudiante haya superado todas las asignaturas conducentes al título de grado. Por tanto, con carácter general y a excepción del alumnado de cursos anteriores, la matrícula deberá realizarse durante el mes de junio en las fechas que estipule el calendario académico de la facultad. 5.2. Los plazos de defensa del TFG por cada año académico serán prioritariamente: JULIO: Convocatoria ordinaria. SEPTIEMBRE: Convocatoria extraordinaria ENERO-FEBRERO: Convocatoria excepcional para alumnos/as de cursos anteriores con la defensa del TFG pendiente y con todas las asignaturas del grado aprobadas, así como para los casos excepcionales establecidos en el punto 2.4. de la presente normativa. A efectos de matriculación, esta convocatoria está ligada al curso académico en el que se realiza la defensa del TFG. A modo de ejemplo, una defensa realizada en enero del 2016 estará vinculada al curso académico 2015/2016. Por lo tanto, al igual que ocurre con el resto de las asignaturas del grado, el pago de las tasas de matrícula del TFG en el curso 2014/2015, en ningún caso dará derecho a una defensa en enerofebrero del 2016. 5.3. Se establecerá un periodo en el mes de diciembre, cuyas fechas aparecerán reflejadas en el calendario académico del curso, para que los

estudiantes graben en GAUR y presenten en la Secretaría del centro en formato papel, el documento de solicitud de dirección y la propuesta del TFG dirigido al Departamento más afín al trabajo a desarrollar. Tanto en la inscripción en GAUR como en el documento en papel se consignará, al menos, una descripción del mismo y una breve explicación de motivaciones, intenciones, posibles recorridos procesuales, procedimentales y/o las temáticas a explorar. Además, se indicará el nombre del profesor/a que solicita sea su director/a (el alumno podrá exponer previamente su proyecto al profesor en el horario de tutorías). En caso de carecer de tutor/a, en este documento el alumnado podrá proponer por orden de preferencia varios profesores. Al menos una semana antes del comienzo del 2º cuatrimestre, cada departamento publicará la asignación definitiva de directores/as, siempre en función de los requerimientos particulares de su encargo y oferta docentes, intentando satisfacer la solicitud de los alumnos. En cualquier caso la dirección del Centro garantizará la asignación de director/a del TFG a todo el alumnado. 5.4. El director/a determinará junto con el alumno el calendario particular y la dinámica de reuniones de tutorización. Siempre que sea conveniente, se realizarán tutorías en grupo. Se podrá establecer un sistema de evaluación continua al menos una vez al mes durante el segundo cuatrimestre, de los que se derivarán 2 informes provisionales y uno definitivo, que será el realmente vinculante. 6. TRIBUNAL DE EVALUACION 6.1. Los Departamentos, en colaboración con la Dirección del Centro, configurarán los Tribunales de Evaluación atendiendo, en la medida de lo posible, a criterios de idioma y afinidad del profesorado a la temática de los diferentes TFG desarrollados. Esta configuración deberá garantizar Tribunales de Evaluación en las dos lenguas oficiales. 6.2. Cada Tribunal estará formado por tres profesores y, al menos, una suplente, todas ellas pertenecientes al profesorado del centro que imparte el título de Grado. 6.3. En cada Tribunal habrá una Presidenta/e y un Secretario/a. De no existir otra previsión en el propio Centro, se utilizará el criterio de categoría docente y antigüedad para nombrar el Presidente/a y Secretaria/o, que ejercerán como tales en todas sus actuaciones.

7. PRESENTACION Y DEFENSA DEL TRABAJO FIN DE GRADO 7.1. Si hubiera documentación visual, sonora, escrita, etc. el alumnado presentará, con antelación a la defensa del TFG y en las fechas que estipule el calendario académico para cada convocatoria, la parte escrita y la documentación visual del TFG. Con carácter general, deberá hace entrega en la secretaría del departamento al que pertenezca el/la tutor/a del TFG, la siguiente documentación: - 4 copias del dosier en papel. Un ejemplar para cada miembro del tribunal y otro para su posible utilización en la Exposición de Trabajos de Fin de Grado que promueve la facultad. - 1 copia digitalizada en formato pdf del dosier en un CD para su archivo. En el CD se deberá especificar el nombre y apellidos del/la alumno/a, el título del trabajo, el grado al que pertenece y el curso académico. El dosier deberá contener obligatoriamente en su portada los siguientes datos: FACULTAD DE BELLAS ARTES UPV-EHU Trabajo de Fin de Grado. Grado en Arte Título del trabajo Nombre y apellidos del/la alumno/a Nombre y apellidos del/la tutor/a y departamento al que pertenece Curso académico El incumplimiento de estas normas básicas de presentación podrá motivar el rechazo del dosier en las secretarías de los departamentos hasta que el/la alumno/a haya subsanado los errores u omisiones que se detecten. 7.2. La defensa del TFG será realizada por la/el estudiante de manera presencial en la fecha establecida y en los espacios acondicionados y asignados a tal efecto. El Centro procurará facilitar al alumnado las condiciones más adecuadas para la exposición del TFG. Todo requerimiento especial deberá ser notificado al menos con 15 de días de antelación al día de la defensa. 7.3. La defensa se podrá efectuar en cualquiera de los idiomas que se han utilizado en la impartición del grado, conforme a lo dispuesto en la memoria de verificación del título, siempre que se puedan establecer tribunales competentes en dichas lenguas. En todo caso, se garantizará el derecho al uso de cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma.

7.4. En el acto de presentación y defensa del TFG el alumnado dispondrá la obra realizada, de manera que el tribunal pueda tener un contacto directo con la misma. En el caso de las artes performativas, se habrá de acordar con el tribunal el horario de realización. Además, el/la estudiante tendrá, en su caso, un tiempo máximo (15 minutos) para la defensa oral de su trabajo, contestando con posterioridad a las preguntas, aclaraciones, comentarios y sugerencias que pudieran plantearle los miembros del Tribunal. 8. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN 8.1. Una vez vista in situ la obra realizada y leído el informe elaborado por el director o directora, el tribunal deliberará sobre la calificación conforme a los criterios de evaluación publicados en la guía docente del TFG y ajustado a lo dispuesto en la memoria de verificación del título. La calificación provisional del TFG se publicará en un máximo de 24 horas desde el final de la defensa del mismo. 8.2. En caso de obtener la calificación de suspenso, el tribunal hará llegar un informe al estudiante o a la estudiante con las recomendaciones oportunas para la mejora del trabajo y su posterior evaluación. Se enviará también una copia del informe al director o directora. 8.3. La calificación se otorgará conforme a la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que se añadirá su correspondiente calificación cualitativa: 0-4,9: Suspenso (SS). 5,0-6,9: Aprobado (AP). 7,0-8,9: Notable (NT). 9,0-10: Sobresaliente (SB). La mención de Matrícula de Honor podrá ser otorgada, una vez calificados el conjunto de los TFG correspondientes al año académico vigente, a estudiantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9,0. Su número no podrá exceder del 5% del alumnado matriculado en esa materia en el correspondiente curso académico. Los tribunales en los que se determine que el trabajo defendido merece la calificación de Matrícula de Honor, deberán realizar una solicitud a la dirección del centro, que será quien decida en caso de que el número de aspirantes sobrepase el porcentaje permitido por ley. En tal caso, la nota media del expediente de los/las aspirantes será el criterio principal a tener en cuenta.

8.4. La revisión o reclamación de las calificaciones finales de los TFG se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en la Normativa en materia de evaluación de la Universidad, aunque en ese caso, por tratarse de tribunal, la revisión de la evaluación en primera instancia se realizará por el mismo tribunal y en la siguiente instancia será resuelta por la Comisión de Reclamaciones del centro, cuya resolución será recurrible ante el Rector/Rectora de la Universidad en alzada. 9. TFG Y MOVILIDAD ESTUDIANTIL La Facultad de Bellas Artes, excepcionalmente, intentará garantizar el deseo de movilidad del alumnado durante el periodo de realización del TFG (4º curso-2º semestre), siempre que las normativas a aplicar lo permitan. En estos casos, el alumnado podrá desarrollar su trabajo durante su estancia en el centro de acogida, si bien deberá defenderlo en la Facultad de Bellas Artes de la UPV-EHU. Será obligación del/la estudiante en esta situación, cumplir con todos los trámites ligados al TFG (inscripción, matrícula, solicitud de defensa, etc.), así como mantener una comunicación fluida y continua con el director/a de su TFG. 10. ANÁILISIS Y MEJORA Finalizado el curso académico el Vicedecano de Ordenación Académica presentará un informe que incluya los aspectos más relevantes en el desarrollo de los TFG: - Nº de TFG inscritos - Nº de TFG defendidos - Relación de profesorado y nº de TFG dirigidos - Relación de profesorado miembro de tribunales evaluadores de TFG - Incidencias y observaciones - Aspectos a mejorar Ratificado en Junta de Centro el 3 de febrero de 2016