1 PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA REGIR LA CONTRATACION, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO Y LA FORMA DE CONCURSO, DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A CENTRO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA DE PERSONAS MAYORES NO DEPENDIENTES. 1.- OBJETO. DEL CONTRATO. El objeto de la convocatoria es la contratación de servicios, para el Ayuntamiento con arreglo a los programas de actuación del Departamento municipal de Bienestar Social, en Centro diurno de Promoción de la Autonomía y Prevención de la Dependencia de Personas Mayores no dependientes. Los servicios a prestar por la empresa adjudicataria del contrato, comprenderán tanto la emisión de informes y propuestas de programas, como la ejecución de los mismos. Se entiende por Centro diurno de Promoción de la Autonomía y Prevención de la Dependencia de Personas Mayores no dependiente un servicio asistencial y de apoyo familiar de actuación diurna, con servicio que facilita el traslado en casos necesarios, con atención predominantemente a necesidades básicas y socio - culturales, con medios de talleres ocupacionales, programas socio educativos y de animación, de personas mayores, que comienzan a presentar leves dificultades para realizar las actividades básicas de la vida diaria, no afectadas por grados moderados de dependencia (física, psíquica o social), promoviendo su autonomía y la permanencia en su entorno habitual. Los servicios objeto del presente contrato se coordinarán e integraran con los que se proporcionan en el Hogar San Roque, centro que proporciona a las personas mayores válidas un marco adecuado para el desarrollo de la convivencia, la satisfacción de sus demandas culturales, la realización de actividades de recreo, esparcimiento, cuidado personal y aquellas que, así mismo, tengan como ámbito natural el comunitario. 2.-PROGRAMAS A modo de orientación, y a salvo de mayor concreción o modificaciones que los Servicios Sociales Municipales puedan realizar, el concurso se refiere a los siguientes servicios, cuyo alcance y contenido deberá diseñar y ofertar cada licitadora: 1.- Centro de Promoción de la Autonomía San Roque. Centro diurno que atiende a una población aproximada de 30 usuarias y que para su adecuado funcionamiento precisa de los siguientes servicios mínimos: a) Dirección del Centro, que mantendrá la responsabilidad de la programación de actividades y de funcionamiento del personal del servicio, y realizará las funciones de comunicación y seguimiento con los responsables designados por la administración municipal. b) Coordinación del equipo de Centro (que podrá ser cualquiera de los o las trabajadoras del Centro, u otra persona destinada por la empresa
2 adjudicataria), quien deberá conocer perfectamente a los demás trabajadores, así como las exigencias de actuación que son precisas en cada momento con las personas usuarias del centro. c) Servicios auxiliares, que se encarguen de apoyar en el cuidado de la higiene y aseo personal, y estén presentes en cualesquiera otras tareas que se realicen en el centro y/o les sean encomendadas por la empresa o los servicios sociales municipales. d) Realización de las actividades de activación cognitiva y psicofísica, mediante técnicas de animación sociocultural. Se precisa la atención de las usuarias en el tiempo que permanecen en el Centro por medio de talleres ocupacionales y programas socio- educativos. 3.- MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. La entidad adjudicataria estará obligada a disponer de los medios o recursos materiales y humanos precisos para la correcta prestación del servicio. Como mínimo, se precisa la cobertura de dos jornadas laborales de animación sociocultural, una media jornada de personal auxiliar, y una jornada de manejo de transporte. Entre los trabajadores y trabajadoras contratadas por la adjudicataria para la prestación del servicio y el no existirá relación jurídica de ningún tipo quedando, este último, exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la relación entre la empresa adjudicataria y el citado personal. El Ayuntamiento pondrá a disposición de la empresa los locales y medios materiales necesarios para el desarrollo y seguimiento del programa. 4.-PERSONAS USUARIAS. La Comisión de Gobierno del, a la vista de las necesidades planteadas por el Área de Bienestar Social, determinará la inclusión de usuarias a los programas objeto del presente contrato, el precio público del mismo, así como el tiempo de prestación. 5.- MODO DE PRESTAR LA ASISTENCIA TECNICA. La asistencia técnica, objeto del contrato a prestar por la entidad adjudicataria, se prestará en las siguientes condiciones: a) Se realizará conforme a las instrucciones que reciba del área de Bienestar Social para el desarrollo de programas aprobados por este, bien a propuesta de la adjudicataria o del propio área, tanto en las dependencias municipales como fuera de ellas, dentro de los horarios de apertura y cierre recogidos en la cláusula séptima.
3 b) Las personas que realicen sus labores dentro de los centros mencionados contarán con buen nivel técnico, formación según necesidades, reparto de funciones, etc. siendo responsables de su labor y resultados. c) Los Trabajadores y trabajadoras dependientes de la adjudicataria y adscritas al cumplimiento del objeto del contrato, y que así lo requieran, deberán tener la especialización acreditada en las materias señaladas en el presente pliego. En este sentido, la empresa adjudicataria notificará al Ayuntamiento el nombre, circunstancias personales e historia profesional de las personas adscritas, quienes en su caso podrán ser sustituidas por otras de similares características y capacitación, por acuerdo entre el Ayuntamiento y la entidad adjudicataria. Del mismo modo, durante las ausencias que accidentalmente se produzcan, siempre que sean de duración superior a un día laborable, las personas adscritas al servicio adjudicado serán sustituidas por cuenta de la entidad, exceptuando el periodo vacacional u otras causas justificadas, previa aprobación por el responsable municipal. d) La adjudicataria y/o las personas adscritas al cumplimiento del contrato informarán por escrito y/o verbalmente, a requerimiento de los responsables municipales de Bienestar Social o de los órganos competentes del Ayuntamiento, cuantas veces fueran requeridos para ello. Anualmente redactará un informe completo y detallado relativo a su gestión que entregarán al responsable del área de Bienestar Social. 6.- RESPONSABILIDADES. La adjudicataria se responsabilizará ante el Ayuntamiento de las faltas que cometan sus trabajadores o trabajadoras y quedará obligada al resarcimiento de todos los daños que se causen con motivo de la defectuosa prestación del servicio en las instalaciones y bienes, tanto públicos como privados, a partir de la fecha de adjudicación del servicio. En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna al Ayuntamiento, sino sólo al contratista, por lo que pudiera provenir del incumplimiento de las obligaciones que el mismo tuviera contraídas con las personas empleadas. Igualmente, serán responsabilidad del contratista todos los daños, perjuicios y accidentes de cualquier naturaleza que sean ocasionados a terceras personas por su personal, maquinaria o como consecuencia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato. A tal fin estará obligado a suscribir una póliza de responsabilidad civil para garantizar los citados riesgos, por el importe establecido en el pliego de condiciones administrativas. 7.- HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. La adjudicataria deberá cumplir los siguientes horarios: Centro de Promoción de la Autonomía: - De lunes a Viernes de 10 a 19 horas, con excepción del meses de julio, que será de 10 a 16 horas, y agosto que permanecerá cerrado.
4 Los horarios de prestación del servicio, así como los horarios de apertura al público de las instalaciones podrán ser modificados por los servicios técnicos sociales municipales, de acuerdo con la adjudicataria, dependiendo de las circunstancias, épocas del año, programas o necesidades del servicio. 8.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO El presupuesto económico que establece la administración para hacer frente a las obligaciones económicas que derivan de la ejecución del contrato se fija en la cantidad de ciento sesenta mil euros. (159.500 ) I.V.A. incluido que podrá ser mejorado a la baja por los licitadores, debiendo entenderse incluidos en el mismo todos los impuestos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal y también el I.V.A. y el beneficio industrial del contratista. El precio señalado tiene un carácter de máximo y los licitadores podrán limitarse en la oferta, a cubrir el tipo de máximo de licitación o bien a rebajar, debiendo consignar en su proposición cantidad concreta no teniéndose como válida y correcta la proposición que tenga cifras comparativas, como tanto más o menos que la oferta más ventajosa o expresiones por el estilo. 9.- CRITERIOS DE ADJUDICACION. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del concurso, relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye, son los siguientes: 1. Oferta económica, hasta 55 puntos. 2. Memoria, valor técnico de la oferta y de la realización de actividades, que redunden en una mejor ejecución del servicio, y que como mínimo contenga: propuesta de organización y gestión, metodología para dotar al servicio de mayor calidad, así como aquellos mecanismos que coadyuven a intensificar la coordinación de la empresa con el Dpto. de Servicios Sociales. Hasta 35 puntos 3. Mejoras y servicios, no incluidos en lo exigido en el presente pliego, que se propongan para la prestación del servicio, hasta 10 puntos desglosado en: a. Recursos personales y materiales que se afectarán total o parcialmente a la prestación del servicio, al margen de los establecidos como medios mínimos, se ponderará la experiencia, preparación y cualificación profesional del personal técnico de dedicación directa, hasta 5 puntos. b. Resto de mejoras, así como acciones de innovación, que puedan redundar en una mejor prestación de los trabajos objeto del contrato, hasta 5 puntos
5 La puntuación conjunta máxima alcanzable por cada por cada concursante será de 100 puntos. La ponderación de los criterios de adjudicación reseñada se considerará como máxima para cada uno de los criterios señalados, valor que podrá ser reducido a tenor del grado en que concurra el criterio correspondiente. 10.- DURACIÓN DEL CONTRATO: La duración del contrato será de dos años prorrogable por dos años mas. Se anexa el personal que ha de ser subrogado Portugalete 11 de junio de 2012 Fdo. Marta Azkarretazabal Técnica de Bienestar Comunitario
6 ANEXO 1 RELACION DE PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE SERVICIO DE DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A CENTRO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA DE PERSONAS MAYORES NO DEPENDIENTES EN EL MUNICIPIO DE PORTUGALETE EMPRESA CONTRATISTA: EDEX. Centro de Recursos Comunitarios CONVENIO APLICABLE: II. Convenio Colectivo de Intervención Social de Bizkaia Puesto de Trabajo Categoría Tipo de Contrato Jornada ( en %) Fecha Antiguedad Salario Bruto año 2011* Animadora 1 Grupo 3 Indefinido 100% 01/12/2005 22.384,81.- Comp. 2.734,76.- Animadora 2 Grupo 3 Indefinido 52,95% (Guarda Legal) Animadora 3 Grupo 3 Interinidad 47,05% (Sustitución Guarda Legal) 01/10/2007 11.852,76.- 03/05/2010 10.254,02.- Auxiliar Grupo 4 Indefinido 50% 04/10/2007 10.017,23.- Chofer Grupo 4 Indefinido 100% 19/11/2008 20.034,45.- * No están actualizadas las tablas salariales para el año 2012. Pendiente de la aprobación del convenio