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En la ciudad de La Plata, a los 20 días del mes de Febrero del año 2009, los Sres. Integrantes del Jurado designado en el Concurso Abierto que se convocara por Resolución nº 746/08, Dres. Roberto Falcone, Hernán Gullco y Omar Ozafrain, proceden a dejar registro de los puntajes asignados a cada postulante y de las cuestiones previas resueltas. En este sentido, se deja constancia que a los fines de lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento ( Pauta Correctiva ), concurren varios postulantes que excederían aritméticamente el tope de quince (15) puntos en lo que atañe a trayectoria laboral, apareciendo el Dr. Ves Losada como el concursante que obtuviera el puntaje provisorio más alto (18,00 puntos). Por ello, de conformidad con lo expresamente previsto en el Reglamento, se procede a reconocer al citado concursante el máximo obtenible (15 puntos) y se fija como porcentaje correctivo el descuento del 16,66% (diferencia entre los 18 puntos iniciales y los 15 que se reconocen al Dr. Ves Losada) para el resto de los postulantes en relación a la valoración de este rubro. En segundo lugar, se deja constancia de que se ha decidido (con fundamento en lo previsto por el artículo 8 primer párrafo del Reglamento) interpretar que el descuento resultante de la pauta correctiva no puede conducir a la exclusión del concurso de aquellos postulantes que, en el cómputo inicial, excedieren el mínimo fijado por el artículo 10. En este sentido, se decide que los concursantes que se encontraren en la situación indicada mantengan su condición, reconociéndoseles al efecto si el resultado de la reducción condujere a un monto menor- el mínimo de doce (12) puntos. En lo que hace a la situación particular de cada uno de los postulantes, el Jurado ha decidido, por los fundamentos que se detallan más abajo: (I) ESTABLECER EL SIGUIENTE ORDEN DE MERITO PROVISORIO: 1 ELHART, Raúl Fernando (22,66 puntos); 2 PEREYRA, Pablo Eduardo (21,83 puntos); 3. ENNIS, José Luis (20,33 puntos); 4. VES LOSADA, Alberto Mariano (18,00 puntos); 5. PAZ, Silvana Sandra (18,00 puntos); 6. PARBST, Mariana (17,83 puntos); 7. WUHSAGK, Pablo Guillermo (15,83 puntos); 8 REZZONICO, Daniel Horacio (15,83 puntos); 9 PORCEL DE PERALTA, Mariela Alejandra (15,66 puntos); 10 SEVERINO, Antonio Francisco (14,33 puntos); 11. TRANQUILINI, Ignacio (13,83 puntos); 12 MORENO, Guillermo Raúl (13,76 puntos); 13. BILBAO, Alina Azul (13,66); 14. VIUDIS, Patricia Teresa (12,16 puntos); 15 a 22 BENITEZ, Fernando Gonzalo, BILCICH, Pablo Javier; BORRONE, Silvia Noemí; GRAZIANO, Claudia Alejandra; IMPERIALI, Claudia Gisela; ITURBURU, Matías; ROLDAN, Fernando Pedro y SALDISE, María Alejandra (12,00 puntos); (II) DECLARAR EXCLUIDOS del concurso a los siguientes postulantes ANDIA, Gladis Elena; BIBE, Leonardo Martín; BODETICH, Javier Alberto; DEL CERO, Mauricio Darío; GARCIA DASSEVILLE, María Carolina por renuncia expresa-; HUERGO, María Victoria; PISCICELLI, Andrés Gastón y; RIPANI, Fabiana Carlota. A continuación se transcriben las consideraciones individuales del Jurado respecto de la situación y/o antecedentes de cada concursante. EVALUACIONES INDIVIDUALES: POSTULANTE: ANDIA, Gladis Elena. Vencido el plazo de inscripción y la prórroga oportunamente concedida, la postulante ha omitido acompañar toda constancia documental, de modo que por aplicación de lo previsto en los artículos 1, 4 y cctes. del Reglamento corresponde su exclusión del concurso por no haber acreditado el cumplimiento de los requisitos mínimos fijados en el artículo 2º de la Resolución 746/08 ni la concurrencia de los antecedentes que invoca.

POSTULANTE: BENITEZ, Fernando Gonzalo. 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UBA el 27/VI/05. Hasta el 30/VIII/06, fue Auxiliar 4º en el Juzgado de Garantías nº 3 de Lomas de Zamora, ejerciendo en forma interina el cargo de Auxiliar 2º entre el 11/V/05 y el 09/I/06. El 30/X/06 fue designado Auxiliar Letrado con funciones en la UFI nº 2 de San Isidro, siendo ascendido a Secretario (nivel 19) el 14/VI/07, cargo que desempeña hasta la actualidad. Corresponden nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 tercer párrafo y punto a inc. 3), a los que se suman dos (2) por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y uno con cincuenta (1,50) por antigüedad (art. 12 punto c ). Subtotal provisorio: 12,50 puntos (10,41 por aplicación de la pauta correctiva). 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones ni ejercicio de la docencia (artículo 14 puntos a y b ). Como estudios de posgrado, resulta merituable con 0,25 (cero con veinticinco) puntos la materia (de 26 horas cátedra) que acreditó haber cursado en la UCA. Las restantes constancias de asistencia a jornadas y congresos no implican ejercicio de la docencia ni posgrado en curso en los términos del artículo 14 del Reglamento, de modo que no resultan susceptibles de valoración autónoma. Puntaje final: 12,00.- POSTULANTE: BIBE, Leonardo Martín. 1. Trayectoria Laboral. Procurador y Abogado, con títulos expedidos por la UNLP el 16/III/06 y el 22/XI/06, respectivamente. Ingresó al Poder Judicial como Auxiliar 6º de la Procuración General, habiendo ascendido en el año 2007 al cargo de Auxiliar 4º. Según surge con claridad del artículo 2º de la Resolución General nº 746/08, la antigüedad mínima de tres (3) años se computa no desde la fecha de finalización de los estudios sino desde la de expedición del título (en sentido concordante, ver artículo 12 inciso c in fine del Reglamento). En el caso, datando el título de abogado del mes de noviembre de 2006, es evidente que al momento del cierre de inscripción -y aún actualmente- el postulante no reunía uno de los requisitos mínimos exigidos para la participación en el concurso. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución General antes citada y en los artículos 1º, 7 y 8 del Reglamento de Concurso, corresponde disponer la exclusión del Dr. Bibé. Sin perjuicio de lo dicho y a mayor abundamiento, podría agregarse que, siendo que el postulante reviste cargo de Auxiliar 4º en el Poder Juidicial y que no acredita antecedentes valorables en el área académica (no reviste carácter de posgrado ni de doctorado la aprobación de un examen para cubrir cargos en el poder judicial), el puntaje obtenible nunca podría superar los cinco (5) puntos (conf. art. 12 punta a inciso 12), lo que conduciría igualmente a su exclusión con fundamento en lo previsto por el artículo 10 del citado reglamento. POSTULANTE: BILBAO, Alina Azul. 1. Trayectoria Laboral. Abogada, con título expedido por la UBA el 18/X/00. Dice haberse desempeñado en el año 2000 como Auxiliar Administrativa en la Cámara en lo Penal Económico de la Capital Federal. Entre los años 2002 y 2004 se desempeñó como Ayudante y Abogada en diversos estudios jurídicos.

Desde el 18/X/04 hasta el 22/XII/05 fue Directora de información de Gestión de la Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires. El 15/III/06 ingresó al Poder Judicial de la Provincia en Planta Temporaria- como Prosecretaria de la Procuración General (nivel 19.25), pasando a integrar la Planta Permanente a partir del 28/04/06. Por lo dicho, corresponde partir del mínimo de diez (10) puntos fijados por el Reglamento para esta clase de cargos y adicionarle en el caso un (1) punto por especificidad de las tareas y otros tres (3) por antigüedad, lo que arroja un subtotal provisorio de catorce (14) puntos (11,66 por aplicación de la pauta correctiva) 2. Antecedentes Académicos: No refiere publicaciones ni ejercicio de la docencia. Acredita no obstante finalización de un Master en Estudios Internacionales en la Universidad Pompeu Fabra (con título expedido el 16/X/02); calidad de estudiante de doctorado en la misma Universidad (con catorce materias aprobadas), aprobación del curso de Instructores de la Procuración General no valorable autónomamente-, de una materia (de 60 horas cátedra) de la Especialización en Derecho Penal de la UBA y asistencia a diversas jornadas vinculadas a la especialidad no valorables autónomamente-. De conformidad con lo estipulado por el artículo 14 punto c inciso a iii e inciso b i, corresponde reconocer dos (2) puntos por los estudios cursados en la Universidad Pompeu Fabra y la materia correspondiente a la especialización de la UBA, valorada conjuntamente con los restantes antecedentes que acredita. Puntaje final: 13,66.- POSTULANTE: BILCICH, Pablo Javier. 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UNLZ el 01/IX/03. Entre los años 2004 y 2007 se desempeñó como Abogado Particular, ingresando al Poder Judicial en el año 2007 como Auxiliar Letrado de la Defensoría Penal Descentralizada de Florencio Varela, cargo que mantiene hasta la fecha de cierre del concurso. Corresponden entonces ocho (8) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 4), a los que se suman dos (2) puntos por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y otros dos con cincuenta (2,50) por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de doce con cincuenta (12,50) puntos, que por aplicación de la pauta correctiva debe reducirse a 10,41 puntos. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones científicas (art. 14 punto a ). En relación al ejercicio de la docencia (art. 14 punto b ), refiere haberse desempeñado en la UNQUI como Profesor de Etica y Legislación e Informática durante los años 1997 y 1998 pero, sin perjuicio de otras consideraciones, no acompaña constancia alguna que lo avale. Con respecto al punto c del artículo 14 ( carreras jurídicas y cursos de postgrado), acompaña constancia de aprobación de seis (6) módulos correspondientes a la Carrera de Especialización en Derecho Penal y Criminología que se brinda en la sede del Colegio de Abogados de Quilmes por convenio con la Universidad de Lomas de Zamora, antecedente por el que se reconoce un (1) punto a la luz de lo previsto en el artículo 14, punto c, inciso b i.- Puntaje Final: 12,00.- POSTULANTE: BODETICH, Javier Alberto.

1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UNLP el 20/04/05. No invoca ni acredita ejercicio profesional ni desempeño en cargos electivos o instituciones públicas o privadas. Aclara que aún no se encuentra matriculado. Por ello, de conformidad con lo previsto por los artículos 11 y 12 contrario sensu del Reglamento de Concurso, no habiéndose invocado antecedente laboral alguno, corresponden cero (0,00) puntos por este item. 2. Antecedentes Académicos: El postulante no posee publicaciones ni ejerce la docencia. Tampoco posee doctorados, maestrías o especializaciones finalizadas o en curso. Sólo acredita participación en calidad de asistente a seis (6) jornadas o cursos sobre temas vinculados a la materia de la vacante a cubrir y haber concursado para el cargo de Abogado Inspector para la Secretaría Penal de la Suprema Corte de Justicia. De conformidad con lo previsto por el artículo 14 del Reglamento del Concurso, los antecedentes invocados no resultan autónomamente merituables a la luz de los parámetros y estándares de valoración allí fijados. Corresponde entonces también por este ítem un total de cero (0,00) punto. Puntaje Final: 0,00.- POSTULANTE: BORRONE, Silvia Noemí. 1. Trayectoria Laboral: Abogada y Escribana, con títulos expedidos el 28/IX/04 por la UBA y el 10/XI/05 por la UCALP, respectivamente. Desde la expedición del título se desempeñó como Auxiliar 4º del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial Quilmes hasta el día 16/XII/04, fecha en la que tomó posesión del cargo de Secretaria (nivel 19) con funciones en la Fiscalía de Cámaras. Por lo dicho, corresponde partir del mínimo de nueve (9) puntos fijados por el Reglamento para esta clase de cargos (conf. art. 12 tercer párrafo del Reglamento) y adicionarle en el caso dos (2) puntos por especificidad de las tareas y otros dos (2) por antigüedad, lo que arroja un subtotal provisorio de trece (13) puntos que, por aplicación de la pauta correctiva, se reducen a 10,83. 2. Antecedentes Académicos: No refiere publicaciones científicas (art. 14 punto a del Reglamento. Como ejercicio de la docencia, invoca y acredita haber participado como expositora en el primer y segundo Curso Superior de Formación de Instructores de Tiro Policial y Operaciones Policiales, extremo por el cual se le concede un total de cero con cincuenta (0,50) puntos. En relación a lo estipulado en el artículo 14 punto c, acredita asistencia a diversas jornadas que no computan autónomamente en éste ítem y aprobación de dos cursos de posgrado (total 75 horas cátedra) por los que se le reconocen un total de cero con veinticinco (0,25) puntos. Puntaje Final: 12,00.- POSTULANTE: DEL CERO, Mauricio Darío. Vencido el plazo de inscripción y la prórroga oportunamente concedida, el postulante ha omitido acompañar las constancias documentales que permitan acreditar la concurrencia y exactitud de los antecedentes laborales y académicos que invoca, de modo que por aplicación de lo previsto en los artículos 1, 4, 10 y cctes. del Reglamento corresponde su exclusión del concurso. POSTULANTE: ELHART, Raúl Fernando.

1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UNLZ el 7/VI/89. Desde el 08/VIII/89 hasta el 31/III/06 se desempeñó como abogado en el Cuerpo Jurídico de la Armada Argentina, revistiendo en el citado organismo el cargo de Jefe de la Asesoría Legal y Técnica desde el 01/II/04. Asimismo, desde el 01/III/04 y hasta el 28/II/06, se ha desempeñado como Procurador Fiscal Auxiliar ante el Tribunal Administrativo de la Navegación por nombramiento del señor Presidente de la Nación. El 10/V/06 fue designado Instructor Judicial del Ministerio Público Fiscal de Quilmes (nivel 19), cumpliendo actualmente funciones de Secretario en la UFI 2 del referido distrito. Corresponden entonces nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 3), a los que se suman dos (2) por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y tres (3) puntos por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de catorce (14) puntos que, por aplicación de la pauta correctiva, quedan reducidos a 11,66.- 2. Antecedentes Académicos: Acredita la publicación de veinte (20) artículos en autoría y uno (1) en coautoría sobre temas vinculados a la especialidad, ítem por el que se concede el total de cinco (5) puntos de conformidad con lo previsto por el artículo 14 a del Reglamento. Con relación a lo previsto en el punto b del artículo 14 ( ejercicio de la docencia ), se desempeñó en la UBA como Ayudante de Segunda por concurso en las asignaturas Teoría General del Derecho -entre el 16/X/01 y el 13/IX/05- y Elementos de Derecho Penal y Procesal Penal entre el 19/VI/01 y el 15/IX/04-. Asimismo, ha sido designado como Profesor Extraordinario con grado de Adjunto de la USAL por el periodo comprendido entre el 1/III/06 y el 28/II/07, asignándosele funciones en las cátedras Derecho y Legislación Turística y Técnicas de Investigación Científica del Master en Defensa y Seguridad Hemisférica, por todo lo cual se lo reconocen tres (3) puntos. Por último, acompaña título de Especialista en Derecho Penal y Criminología expedido por la UNLZ el 25/VI/02, copia del certificado analítico, de aprobación de la asignatura habilitante para la presentación de tesis doctoral y Resolución del Consejo Académico de la Facultad de Derecho de la citada Universidad aprobando el tema de tesis propuesto, item por el cual se reconocen tres puntos (3), lo arroja un subtotal de once (11) puntos. Puntaje Final: 22,66.- POSTULANTE: ENNIS, José Luis. 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UNLP el 2/X/02. Desde esa fecha y hasta el 24/VI/03, se desempeñó como Auxiliar Primero en la Fiscalía del Tribunal de Casación Penal. Desde el 24/VI/03 hasta la fecha de cierre del concurso se desempeñó como Auxiliar Letrado Relator (nivel 19.25) del citado órgano. Corresponden entonces diez (10) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 2), a los que se suman tres puntos (3) por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y otros tres (3) por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de dieciséis (16) puntos que se reducen a 13,33 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: No resultando pertinente la valoración autónoma de obras inéditas o que no se encuentren en prensa y próximas a su publicación conf. artículo 14 punto a del Reglamento-, el análisis debe ceñirse en el caso a la valuación de los tres artículos cuya publicación actual o próxima sí ha sido

suficientemente acreditada, lo que hace merecedor al postulante a un punto con cincuenta (1,50) teniendo en cuenta la calidad y trascendencia de los trabajos, así como el hecho de referirse a temas atingentes a la especialidad. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14, punto b, corresponden también dos puntos con cincuenta (2,50) por el ejercicio de la docencia universitaria como auxiliar docente interino ad honorem de Derecho Penal de la UNLP desde el 2004 a la fecha-; Jefe de Trabajos Prácticos años 2006 a 2008-; Auxiliar Docente año 2008- en asignaturas de las Especialización en Derecho Penal de la UNLP y disertante en diversas jornadas y congresos. Por último, se reconocen tres (3) puntos por la Especialización en Derecho Pnal y Criminología según título expedido por la UNLP el 28/II/07, lo que arroja un subtotal de siete (7) puntos. Puntaje Final: 20,33.- POSTULANTE: GARCIA DASSEVILLE, María Carolina. Según escrito recibido con fecha 17/II/09, la postulante ha renunciado a su inscripción en el concurso, por lo que no corresponde más que aceptar el pedido y declararla excluida del mismo. POSTULANTE: GRAZIANO, Claudia Alejandra. 1. Trayectoria Laboral: Abogada, con título expedido por la UBA el 08/V/96. Desde esta fecha y hasta el 5/X/98 se ha desempeñado en la Municipalidad de la Matanza como personal Profesional. Desde esta última fecha y hasta la actualidad se desempeña como Abogada Adscripta de la Suprema Corte con funciones desde el 18/XI/99- en la Defensoría General del Departamento Judicial de la Matanza (nivel 19). Corresponden entonces nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 3), a los que se suman dos (2) por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y tres (3) puntos por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de catorce (14) puntos que se reducen a 11,66 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: La publicación que invoca, por versar sobre materia ajena a lo jurídico, no resulta merituable en los términos del artículo 14 inciso a del reglamento. En relación al ejercicio de la docencia (art. 14 punto b ) invoca su carácter de coordinadora, organizadora y/o disertante en cursos sobre negociaciones en situaciones de crisis, pero en concreto sólo acredita haber actuado como coordinadora de evento en el I Encuentro sobre actuación en situaciones de riesgo organizado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial La Matanza, extremo por el que se le reconoce cero con veinticinco (0,25) puntos. Por otro lado, acredita asistencia a Cursos y Jornadas vinculados a la especialidad y aprobación de varios exámenes en el Consejo de la Magistratura Provincial, antecedentes que no resultan merituables en forma autónoma a la luz de los parámetros contenidos en el artículo 14 del citado Reglamento. Puntaje Final: 12,00.- POSTULANTE: HUERGO, María Victoria. Vencido el plazo de inscripción y la prórroga oportunamente concedida, la postulante ha omitido acompañar toda constancia documental, de modo que por

aplicación de lo previsto en los artículos 1, 4 y cctes. del Reglamento corresponde su exclusión del concurso por no haber acreditado el cumplimiento de los requisitos mínimos fijados en el artículo 2º de la Resolución 746/08 ni la concurrencia de los antecedentes que invoca. POSTULANTE: IMPERIALI, Claudia Gisela. 1. Trayectoria Laboral: Abogada, con título expedido por la UBA el 16/X/85. Matriculada en Colegio de Abogados de San Isidro el 28/VII/87. Dice haberse desempeñado entre los años 1985 y 1999 en un estudio jurídico, habiendo prestado juramento el día 19/III/99 como Abogada Adscripta de la Suprema Corte de Justicia con funciones de Instructor Judicial en el Departamento Judicial San Isidro (nivel 19), cargo que ejerce en la actualidad. Corresponden entonces nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 3), a los que se suma un (1) punto por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y tres puntos (3) por antigüedad (art. 12 punto c ), los que arrojan un subtotal provisorio de trece (13) puntos que, por aplicación de la pauta correctiva, se reducen a 10,83 puntos. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones científicas (art. 14 punto a ) ni ejercicio de la docencia (art. 14 punto b ). En relación al punto c del artículo 14 ( carreras jurídicas y cursos de postgrado ), acompaña constancia de aprobación de posgrado en Resolución de Conflictos para la formación de Negociadores y Mediadores (192 horas teórico prácticas y 30 horas de pasantías) dictado por el Colegio de Abogados de San Isidro entre el 18/III/97 y el 9/XII/97. Refiere haber aprobado exámenes de Fiscal en el Consejo de la Magistratura Provincial no susceptible de valoración autónoma- y acompaña por último certificado que acredita la conclusión satisfactoria del curso para Futuros Instructores Judiciales dictado en el Departamento Judicial San Martín del 15 de junio al 30 de noviembre de 1998 no susceptible de valoración autónoma-. Por lo dicho, y de conformidad con los parámetros del artículo 14 del Reglamento, corresponden por este sub item un total de un (1) punto. Puntaje Final: 12,00.- POSTULANTE: ITURBURU, Matías: 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UCALP el 13/XI/02. Hasta el 08/VII/04 se desempeñó como Oficial Primero del Juzgado de Garantías nº 1 de Quilmes. Desde la fecha indicada hasta la actualidad se desempeña como Auxiliar Letrado del citado organismo. Corresponden ocho (8) puntos por el cargo, a lo que se adiciona uno (1) por especialidad y tres (3) por antigüedad. Subtotal: doce (12) puntos, que por aplicación de la pauta correctiva se reducen a diez 10. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones ni ejercicio de la docencia. Acredita Especialización en Derecho Penal en curso en la UBA, con tres (3) materias cursadas y aprobadas (108 horas cátedra), así como la asistencia a diversas jornadas y congresos, todo lo cual se califica con un (1) punto. Puntaje final: 12,00.- POSTULANTE: MORENO, Guillermo Raúl.

1. Trayectoria Laboral: Procurador, Abogado y Escribano, con títulos expedidos por la UNLP el 27/VI/95, el 30/VIII/95 y el 7/VIII/96 respectivamente. Hasta el año 2002 se desempeñó como Asesor en la Cámara de Diputados de la Provincia. El 3/IV/02 ingresó al Poder Judicial como Abogado Inspector en la Procuración General, ejerciendo funciones de Relator de Ministro hasta el 25/VIII/04 con prestación de servicios en la Oficina de Denuncia y Seguimiento de Actos de Corrupción contra la Administración Pública. Desde el 25/VIII/04 hasta la actualidad, se desempeñó como Abogado Inspector de la Procuración General nivel 19,25-, prestando funciones en la Sala de Relatoría de Asuntos Constitucionales y Administrativos y en el Departamento de Derechos Humanos, Política Penitenciaria y Denuncias de la Procuración General. Corresponden diez (10) puntos por el cargo, uno (1) por especificidad y tres (3) por antigüedad, lo que arroja un subtotal provisorio de catorce (14) puntos que, por aplicación de la pauta correctiva, quedan reducidos a 11,66.- 2. Antecedentes Académicos: Refiere un artículo publicado y cinco libros editados, todos sobre historia y/o derecho constitucional. El artículo (Evolución del constitucionalismo en la Provincia de Buenos Aires) consta de 39 páginas sobre historia institucional de la Provincia (surgimiento de la provincia, antecedentes constitucionales, etc.). El primero de los libros ( Textos completos de la CN y de la prov. ) consta de una introducción del autor sobre constitucionalismo social seguido de la copia de ambos textos constitucionales (de Provincia y de Nación). El segundo libro que cita ( El sistema constitucional bonaerense ) es una obra colectiva en la que se incluye un artículo de similar contenido al arriba citado. El tercer libro (La nueva política) es nuevamente una obra colectiva en la que el autor tiene publicado un artículo en el que se reseñan los aspectos básicos de organización institucional de la Provincia (integración de la legislatura, mecanismo de sanción de leyes, estructura del poder judicial, etc). En relación al cuarto libro ( En cumplimiento de pactos preexistentes ), se reproducen en él los textos de la CN y de seis Pactos, Tratados y Convenciones (Pacto de Pilar, Pacto de Benegas, Tratado del Cuadrilátero, Convenciones de Cañuelas y Barracas, Pacto Federal y Acuerdo de San Nicolás), con explicaciones del autor atingentes a cada uno de ellos. El último de los libros es una Constitución de la Provincia comentada y con notas de jurisprudencia. Se trata de un libro de unas 360 páginas, las primeras 30 con un estudio preliminar de otro autor y el resto exclusivas del concursante, con comentarios a cada uno de los artículos y referencias jurisprudenciales. Por la calidad y consistencia de los trabajos, y teniendo en cuenta además la parcial falta de vinculación directa y específica con la materia relativa al cargo a cubrir, se estima pertinente reconocer un total de un (1) punto por el conjunto de estas publicaciones. En otro orden, acredita asimismo ejercicio de la docencia en la UNLP en la Cátedra de Derecho Constitucional como Jefe de Trabajos Prácticos por concurso con dedicación simple desde el 01/VIII/98, siendo luego designado mediante nombramiento directo como Adjunto Interino Ad-Honorem el 9/XI/98 en la misma materia y facultad. Acredita asimismo ejercicio de la docencia en la misma facultad en el Seminario sobre aspectos de la Constitución Bonaerense (Resolución 169/05) y dictado de las asignaturas Pensamiento Político y Reforma del Estado y Reforma Política (años 2006/2007) en la Escuela Superior de Dirigentes. Acredita también participación como ponente, panelista y disertante en diversos congresos, seminarios y jornadas de derecho público, por todo lo cual, teniendo en cuenta las pautas del artículo 14 del reglamento,

especialmente, las materias de distinta rama-, los cargos ejercidos y los períodos de desempeño, se estima procedente reconocer un total de un (1) punto. Se considera acreditado, por último, la asistencia a un curso de posgrado sobre Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que se le conceden cero con diez (0,10) puntos. Puntaje final: 13,76.- POSTULANTE: PARBST, Mariana. 1. Trayectoria Laboral: Abogada, con título expedido por la UBA el 20/V/98. Entre el 1/VII/98 y el 17/V/2005 se desempeñó en el Juzgado de Transición nº 1 y en el Tribunal en lo Criminal nº 7 de San Isidro como abogada contratada de la Suprema Corte de Justicia (personal de planta temporaria, Grupo 5, Profesional categoría A). El 18/V/2005 fue nombrada en el cargo de Oficial Mayor del TOC 7 de San Isidro, siendo designada el 22/VI/05 como Auxiliar Letrada Interina, nombramiento que se convirtiera en definitivo a partir del 13/XII/06. Actuó a su vez interinamente como Secretaria entre el 26/VI/2006 y el 08/VIII/06, entre el 22/II/07 y el 01/IV/07 y a partir del 28/III/08, nombramiento que se convirtiera en definitivo a partir del día 1º/XII/2008. Corresponden entonces nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 3), a los que se suma un (1) punto por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y otros tres (3) por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de trece (13,00) puntos que se reducen a 10,83 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: Acredita ser autora de dos artículos vinculados a la especialidad de la vacante a cubrir, extremo por el cual se concede, de conformidad con las pautas del artículo 14 inciso a punto c del Reglamento, el total de un (1) punto. Asimismo, acredita ejercicio actual de la docencia universitaria en la Facultad de Derecho de la UBA, en la Asignatura Elementos de Derecho Penal y Procesal Penal cátedra Dr. Donna-, como ayudante de segunda y de primera por concurso desde el 28/XI/01 y desde el 15/VI/04 respectivamente, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 14, inciso b, punto c i del Reglamento, se conceden por éste sub-item un total de tres (3) puntos. En relación al artículo 14 inciso c (doctorados y posgrados), acredita la realización de 19 cursos correspondientes a la Carrera de Especialización en Derecho Penal de la UBA, con un total de 540 horas cátedra cursadas y aprobadas con las calificaciones que se detallan en el analítico acompañado, carrera que, en consecuencia, se encuentra con la carga horaria cumplida y pendiente de finalización. Acredita finalmente la asistencia a diversos cursos y seminarios y la aprobación de exámenes en el Consejo de la Magistratura antecedentes éstos no susceptibles de valoración autónoma-, por lo que, por este subítem, se estima procedente conceder un total de tres (3) puntos, correspondiendo en definitiva por los antecedentes académicos un total de siete (7) puntos. Puntaje final: 17,83.- POSTULANTE: PAZ, Silvana Sandra. 1. Trayectoria Laboral: Procuradora, Abogada y Escribana, con títulos expedidos por la UNLP el 9/VIII/90, el 16/VIII/89 y el 28/XII/90, respectivamente. Ingresó

al Poder Judicial como Auxiliar 6º de la SCBA con anterioridad a la expedición del título de Abogado. Entre el 27/XII/88 y el 9/IX/89 se desempeño como Auxiliar 4º; como Oficial 2º del Juzgado en lo Criminal nº 4 de La Plata entre el 9/X/90 y el 04/XII/90; como Oficial 1º interino entre el 4/XII/90 y el 27/X/92; como Oficial 1º entre el 27/X/92 y el 9/VIII/94. A partir del 9/VIII/94 fue designada Secretaria de Ministerio Público con funciones en la Defensoría de Pobres y Ausentes nº 4 de Quilmes hasta el 13/XI/97, fecha en la que prestó juramento como Consejera de Familia en el Tribunal Colegiado de Instancia Unica del Fuero de Familia nº 2 de Quilmes. El 30/III/99 fue designada Secretaria de la Fiscalía de Cámaras de La Plata (nivel 19.25), prestando servicios como adscripta en la Oficina de Defensa de los Intereses de la Sociedad de la Procuración General, en el Área de Política Criminal de la Fiscalía de Cámaras, en la Oficina de Derechos Humanos y delitos contra la Administración Pública y en el departamento de Derechos Humanos de la Procuración. Corresponden entonces diez (10) puntos por el cargo, a lo que se adicionan dos (2) por especificidad y otros tres (3) por antigüedad: subtotal quince (15), que se reducen a doce con cincuenta (12,50) por aplicación de la pauta correctiva.- 2. Antecedentes Académicos: Invoca diversas publicaciones en calidad de autora o coautora, versando la mayoría de ellas sobre violencia familiar, justicia restaurativa, derechos de las víctimas, acceso a la justicia, derecho penal juvenil y mediación, estimándose procedente reconocer el total de un (1) punto por el conjunto de publicaciones que se han invocado y acompañado de conformidad con lo que exige el Reglamento. En lo que atañe al ejercicio de la docencia, se desempeñó en la UNLP entre 1987 y 2001 en la Cátedra de Derecho Civil V, siempre por designación directa, en los cargos de Auxiliar Docente, JTP y Adjunto Interino. En la UBA -Cátedra de Derecho Civil V- fue ayudante por designación directa a partir de 1994 y, al menos, hasta 1997. También fue Auxiliar por concurso entre los años 1994 a 1998 en Derecho Procesal. Asimismo, acredita su pasada condición de docente de un curso dictado en el año 2000 por convenio entre Ministerio Público y Universidad de La Plata, el ejercicio del cargo de Secretaria del Instituto de Derechos del Menor, UNLP, años 2000 a 2004, cargo equiparable a JTP; su carácter de Docente de cursos introductorias a la carrera de derecho, UNLP; y de expositora y ponente en diversos cursos y jornadas, por todo lo cual se le reconocen en conjunto un total de un punto con cincuenta (1,50). Por último, acredita su condición de Especialista en Derecho Penal (UNLP), su condición de Especialista en Derecho Civil UNLP (1990-1992), su carácter de Especialista en Mediación y Posgrado así como el doctrado en curso en la UNLP, por todo lo cual se le reconoce el total de tres (3) puntos. Puntaje final: 18,00.- POSTULANTE: PEREYRA, Pablo Eduardo. 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UBA el 27/X/00. Hasta el 11/VI/01 se desempeñó como Auxiliar Cuarto del TOC nº 2 de Quilmes. Entre el 11/VI/01 y el 17/IV/02 fue Oficial 1º del Juzgado en lo Correccional nº 3 de Quilmes, siendo designado Secretario del TOC nº 1 de Quilmes el 12/IV/02, cargo que ejerció hasta el 4/X/04. Finalmente, desde el 5/X/04 hasta la actualidad se desempeñó como Auxiliar Letrado Relator de la Sala Segunda del Tribunal de Casación (nivel 19.25). Corresponden entonces

diez (10) puntos por el cargo, a lo que se adicionan tres (3) por antigüedad y otros tres (3) por especificidad. Subtotal: dieciséis (16,00) puntos que, por aplicación de la pauta correctiva se reducen a 13,33. 2. Antecedentes Académicos: Acompaña copia de siete (7) artículos publicados, todos sobre temas vinculados a la labor de la vacante a cubrir, item por el que, teniendo en cuenta la calidad y trascendencia de los trabajos, se le reconoce un total de cuatro (4) puntos, no siendo susceptible de valoración autónoma los trabajos inéditos respecto de los que tampoco se ha acreditado que se encontraren en prensa. Acredita por otra parte su pretérita condición de docente regular por concurso en la cátedra de Derecho Penal del Profesor Julio B. Maier en la UBA, como ayudante de segunda años 2002 a 2006-. Además, acredita participación como ponente en dos Congresos Internacionales de Derecho Penal y Criminología y de Expositor en Seminario de la UBA, antecedentes de docencia por los que se le reconocen en conjunto un total de tres puntos con cincuenta (3,50). Acredita por último Especialización de Derecho Penal en curso en la UBA, con cinco (5) materias cursadas y aprobadas (106,5 horas), por las que corresponde reconocer un (1) punto. Puntaje final: 21,83.- POSTULANTE: PISCICELLI, Andrés Gastón. Vencido el plazo de inscripción y la prórroga oportunamente concedida, el postulante ha omitido acompañar toda constancia documental, de modo que por aplicación de lo previsto en los artículos 1, 4 y cctes. del Reglamento corresponde su exclusión del concurso por no haber acreditado el cumplimiento de los requisitos mínimos fijados en el artículo 2º de la Resolución 746/08 ni la concurrencia de los antecedentes que invoca. POSTULANTE: PORCEL DE PERALTA, Mariela Alejandra. 1. Trayectoria Laboral: Procuradora, Abogada y Escribana, con títulos expedidos por la UNLP los días 7/VII/97, 6/IV/98 y 19/II/99, respectivamente. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia el 28/V/97 como auxiliar 4º en la entonces Defensoría de Pobres y Ausentes nº 8 de La Plata. El 23/XI/98 ascendió a Auxiliar Letrado de la misma sede y el 11/IV/06 a Secretaria (nivel 19), cargo que desempeña actualmente. Corresponden entonces nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 3), a los que se suman dos puntos (2) por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y otros tres (3) por antigüedad (art. 12 punto c ), los que arrojan un subtotal provisorio de catorce (14) puntos, que se reducen a 11,66 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones científicas (art. 14 punto a ). En relación al artículo 14 punto b (ejercicio de la docencia), acredita haberse desempeñado como Auxiliar Docente Interino Ad Honorem de la Facultad de Derecho de la UNLP en la materia Prácticas de Adaptación Profesional en Procedimientos Penales entre el 13/IX/99 y el 31/XII/99. Acredita participación como miembro, panelista o coordinadora en varios jornadas o cursos atingentes a la especialidad. Acompaña por último título de Especialista en Derecho Penal expedido el 7/IX/05 por la UNLP con el correspondiente certificado analítico, Por lo dicho, y de conformidad con los parámetros del artículo 14 del Reglamento, corresponde un (1) punto por el

ejercicio de la docencia universitaria acreditado (conf. art. 14 punto b inciso c iii ) y tres (3) por la especialización finalizada (art. 14, punto c inciso a i ), teniendo para esto en cuenta las normas con arreglo a las cuales se ha obtenido el título y las calificaciones logradas. Puntaje Final: 15,66.- POSTULANTE: REZZONICO, Daniel Horacio. 1. Trayectoria Laboral: Abogado y Escribano, según títulos expedidos por la UNLP el 5/V/95 y el 20/V/06 respectivamente. Al momento de expedición del título de Abogado, se desempeñaba como Auxiliar 2º Interino en la Cámara Tercera de Apelación en lo Criminal y Correccional de La Plata, cargo en el que fue confirmado el 10/V/95. El 20/V/98 fue ascendido a Auxiliar 1º, pasando a prestar servicios en la Procuración General a partir del 5/X/98. El 13/VII/99 fue designado Abogado Adscripto con funciones en el Departamento de Control Interno y, a partir del 1/III/00, en el Área de Relatoría Penal. El 31/VIII/00 fue nombrado Abogado Inspector y el 26/XI/03 Prosecretario (nivel 19,25), cargo que desempeña hasta la actualidad. Corresponden diez (10) puntos por el cargo que actualmente desempeña, tres (3) puntos por antigüedad y otros tres (3) por especificad. Subtotal provisorio: dieciséis (16) puntos, que se reducen a 13,33 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: Invoca como publicaciones Escala de Evaluación de Capacidad para Actuar en Proceso Penal, libro de autoría de Jorge Folino, Jorge Castillo y Ronald Roesch, en el que se agradece la colaboración del postulante junto a otros dos abogados, participación que no se estima autónomamente merituable a la luz de lo previsto por el artículo 14 punto a inciso e del Reglamento. En lo que atañe al ejercicio de la docencia, acredita desempeño en la Cátedra de Derecho Penal II de la UCALP, como JTP entre los años 2001 y 2003 y como Adjunto entre los años 2004 y 2008, ambos cargos por designación directa, ejercicio por el que se reconocen un punto con cincuenta (1,50). Por último acredita haber sido alumno de la Maestría en Ciencias Penales de la UCALP con un total de seis (6) materias cursadas y aprobadas, extremo por el que se le reconoce un (1) punto. Puntaje Final: 15,83.- POSTULANTE: RIPANI, Fabiana Carlota. Vencido el plazo de inscripción y la prórroga oportunamente concedida, la postulante ha omitido acompañar toda constancia documental, de modo que por aplicación de lo previsto en los artículos 1, 4 y cctes. del Reglamento corresponde su exclusión del concurso por no haber acreditado el cumplimiento de los requisitos mínimos fijados en el artículo 2º de la Resolución 746/08 ni la concurrencia de los antecedentes que invoca. POSTULANTE: ROLDAN, Fernando Pedro. 1. Trayectoria Laboral: Procurador, Abogado y Escribano, con títulos expedidos por la UNLP el 3/II/99 el primero y el 30/XII/99 los dos últimos. Entre los años 93 y 94 se desempeñó como Miembro del Comité de Etica Clínica del Hospital Sup. Sor María Ludovica de la Plata. Entre los años 2000 y 2001 dice haber

ejercido como asesor legal del Movimiento de Trabajadores de Berisso, Ensenada y La Plata. Entre los años 2004 y 2007 desempeñó cargos públicos, primero como Coordinador Jurídico de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia años 2004 a 2005- y luego como Director del Area Legal del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima del Ministerio de Justicia -2005 a 2007. En función de lo dicho, se reconocen cuatro puntos con cincuenta (4,50) por antigüedad y ocho (8) puntos por especificidad, teniendo especialmente en cuenta para esto último las constancias demostrativas de la labor desempeñada en el Centro de Protección de los Derechos de la Víctima. Corresponden doce con cincuenta (12,50) por este item que, por aplicación de la pauta correctiva, se reducen a 10,41.- 2. Antecedentes Académicos. Más allá de haberse omitido acompañar copia de las publicaciones que se invocan (conf. art. artículo 4 del Reglamento), lo cierto es que todas ellas corresponden a disertaciones, ponencias y participaciones en congresos o jornadas que corresponde sean evaluadas como ejercicio de docencia, punto éste en el que se acredita: participación como disertante, ponente o autor de trabajo libre en seis (6) congresos, uno sobre derecho penal, dos sobre víctimas, dos sobre Emergencias y catástrofes y uno sobre psicología social y comunitaria. Además, acredita haberse desempeñado como Director Docente del taller de Política Criminal organizado en año 2006 por el Centro de Protección de los Derechos de la Víctima del Ministerio de Justicia. Por último, acompaña constancia que acredita organización de un seminario y suscripción de un contrato bimestral de locación de servicios con la UBA, cuyo objeto es Asistir en las acciones de fortalecimiento del Ministerio de Justicia, por todo lo cual se le reconoce un total de un (1) punto. No acredita posgrados o especializaciones finalizadas o en curso. Acompaña constancias, no obstante, de haber dirigido un proyecto de investigación sobre la participación del particular damnificado en el proceso, item por el cual se le reconoce cero con cincuenta (0,50) puntos. Puntaje final: 12,00.- POSTULANTE: SALDISE, María Alejandra. 1. Trayectoria Laboral: Procuradora, Abogada y Escribana, según títulos expedidos por la UNLP el 15/VIII/02, el 15/IV/04 y el 20/V/05, respectivamente. Actualmente dice ejercer libremente la profesión. Asimismo, desde el 12/V/06 se desempeña como Subalcaide del Escalafón Profesional y Técnico del Servicio Penitenciario Boranerense. Por ello, a tenor de lo estipulado en el artículo 5 inciso d y 12 ( Ejercicio de la Profesión ), corresponde reconocer a la postulante dos puntos con cincuenta (2,50) por antigüedad y diez (10) puntos por la especificidad acreditada mediante la constancia de nombramiento en el cargo público que ejerce y la certificación de las funciones concretas que ha cumplido como Secretaria de Sumarios Administrativos (con seguimiento de IPP en trámite) y responsable del desarrollo de proyecto de trabajo sobre internos inimputables, lo que arroja un subtotal provisorio de doce puntos con cincuenta (12,50) que se reducen a 10,41 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: No acredita publicaciones, ejercicio de docencia ni realización de doctorados, maestrías o postgrados, no resultando autónomamente

valorable en este ítem la mera participación como asistente en jornadas y congresos. Puntaje Final: 12,00.- POSTULANTE: SEVERINO, Antonio Francisco.- 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la Universidad Atlántida Argentina el 1/IV/04. Desde esta fecha hasta noviembre de 2004 revistió el cargo de Oficial Mayor de la Fiscalía General de Dolores. En noviembre de 2004 ascendió a Auxiliar Letrado en el mismo órgano, ascendiendo luego nuevamente a Secretario de Primera Instancia el 28/XII/05 y pasando el 24/06/08 a prestar funciones en el Cuerpo de Instructores Judiciales de la Procuración General en carácter de Abogado Adscripto nivel 19-. Por lo dicho, corresponde partir del mínimo de nueve (9) puntos fijados por el Reglamento para esta clase de cargos y adicionarle en el caso dos (2) puntos por especificidad de las tareas y otros dos (2) por antigüedad, lo que arroja un subtotal provisorio de trece (13) puntos que deben reducirse a 10,83 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones. Como ejercicio de docencia, acredita nombramiento directo como JTP en Cátedra de Derecho Penal II de la Universidad Atlántida Argentina para el período 04/VIII/08 al 22/XI/08, extremo por el que se le reconoce cero con cincuenta (0,50) puntos. Acredita asimismo haber concluido carrera de Especialización en Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Lomas de Zamora (con ocho materias y dos seminarios que suman en total 360 horas cátedra), por lo que se conceden otros tres (3) puntos, aclarándose que la mera asistencia a jornadas o congresos no son susceptibles de valorarse con puntuación autónoma. Puntaje Final: 14,33.- POSTULANTE: TRANQUILINI, Ignacio. 1. Trayectoria Laboral: Abogado y Escribano, con títulos expedidos por la UNLP el 6/V/2002 y el 6/VIII/03, respectivamente. Ingresó al Poder Judicial como Auxiliar 4º del Juzgado Correccional nº 4 de La Plata el día 14/11/2001. El 22/II/05 fue designado Auxiliar Letrado Interino y el 20/XII/06 fue designado en el cargo de Secretario del mismo órgano. Corresponden entonces nueve (9) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 3), a los que se suma un (1) punto por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y otros tres (3) por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de trece (13) puntos, que deben reducirse a 10,83 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones científicas (art. 14 punto a ) ni ejercicio de la docencia (art. 14 punto b ). En relación al punto c del artículo 14 ( carreras jurídicas y cursos de postgrado), acompaña constancias de aprobación de trece (13) cursos de posgrado correspondientes a la Carrera de Especialización en Derecho Penal de la Universidad de Buenos Aires (332,5 horas cátedra) así como constancia de la UNLP que acredita el curso actual de la carrera de Maestría en Relaciones Internacionales con aprobación de ocho (8) materias. Por lo dicho, y de conformidad con los parámetros del artículo 14 del Reglamento, corresponden por este sub item un total de tres (3) puntos.

Puntaje Final: 13,83.- POSTULANTE: VES LOSADA, Alberto Mariano. 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UCALP el 27/IX/99. Matriculado en el Colegio de Abogados de La Plata el 21/X/99, con suspensión de matrícula por incompatibilidad desde esa misma fecha. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia como Auxiliar 6º en la Secretaría de Actuación Judicial de la Suprema Corte el 21/XII/93, registrando luego los siguientes ascensos: 6/XII/94, auxiliar 4º; 30/IX/97, auxiliar 2º; 13/III/02, Abogado Adscripto (nivel 19) de las Salas de Relatoría Penal de la Procuración General; y 9/XII/03, Abogado Inspector (nivel 19,25) en la misma sede, disponiéndose su equiparación a nivel 20 a partir del 1/V/08. Corresponden entonces doce (12) puntos por el cargo que actualmente desempeña (art. 12 punto a inc. 1), a los que se suman tres puntos (3) por especificidad de las tareas (art. 12 punto b ) y otros tres (3) por antigüedad (art. 12 punto c ), lo que arroja un subtotal provisorio de dieciocho (18) puntos, que se reducen a 15 en función de lo previsto en el artículo 11 del Reglamento. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones científicas (art. 14 punto a ) ni ejercicio de la docencia (art. 14 punto b ). En relación al punto c del artículo 14 ( carreras jurídicas y cursos de postgrado), acompaña constancias de aprobación de veintiún (21) cursos de posgrado correspondientes a la Carrera de Especialización en Derecho Penal de la Universidad de Buenos Aires (404 horas cátedra) así como certificados de asistencia a doce (12) Congresos y Jornadas atingentes a la materia no susceptibles de valoración autónoma-. Por lo dicho, y de conformidad con los parámetros del artículo 14 del Reglamento, corresponden por este sub item un total de tres (3) puntos. Puntaje Final: 18,00.- POSTULANTE: VIUDIS, Patricia Teresa. 1. Trayectoria Laboral: Abogada, con título expedido por la UCALP el 4/V/87. Entre el 11/II/91 y el 31/III/93 se desempeñó como Secretaria de Primera Instancia en el Juzgado nº 1 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería en Pico Truncado, Provincia de Santa Cruz, cesando por renuncia. Desde el 24/VI/02 hasta la actualidad se desempeña como Secretaria de Ministerio Público (nivel 19) en la Fiscalía General de La Plata, en el área de Mesa General de Entradas, Estadísticas y Registraciones. Por lo dicho, corresponde partir del mínimo de nueve (9) puntos fijados por el Reglamento para esta clase de cargos y adicionarle en el caso dos (2) puntos por especificidad de las tareas y otros tres (3) por antigüedad, lo que arroja un subtotal provisorio de catorce (14) puntos que se reducen a 11,66 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: No invoca publicaciones, debiendo reconocerse cero con cincuenta (0,50) puntos por la participación activa en las jornadas y congresos que acredita. En relación al punto c del artículo 14, refiere diversas especializaciones terminadas y en curso pero omite acompañar las constancias respectivas, con lo que debe desestimarse su merituación por incumplimiento de la carga explicitada en el artículo 4 del Reglamento. Puntaje final: 12,16.-

POSTULANTE: WUHSAGK, Pablo Guillermo. 1. Trayectoria Laboral: Abogado, con título expedido por la UBA el 6/III/97. Desde esta fecha y hasta el 15/II/00 ejerció el cargo de Oficial Mayor Relator del TOF nº 2º de San Martín, desempeñándose interinamente en el cargo de Secretario de Cámaras ad hoc entre el 30 de marzo y 4 de Abril de 1998 y entre el 13 de Abril de 1998 y el 15 de Febrero de 2000. El 17/II/00 ingresó al Poder Judicial de la Provincia como Secretario de Ministerio Público del Departamento Judicial San Isidro, siendo ascendido en esa misma sede el 29/XII/00 al cargo de Secretario de Cámaras, que desempeñó hasta el 26/V/03. El 27/V/03 fue adscripto con el mismo cargo a la Procuración General con funciones en las Salas de Relatorías Penales-, siendo finalmente designado en el cargo de Abogado Inspector nivel 19.25- en esa misma sede el 7/V/08, cargo que ejerce actualmente. En función de lo dicho, cabe reconocer diez (10) puntos por el cargo desempeñado, a los que se suman el máximo de tres (3) por especificidad y otros tres (3) por antigüedad, lo que arroja un subtotal provisorio de dieciséis (16) puntos que se reducen a 13,33 por aplicación de la pauta correctiva. 2. Antecedentes Académicos: Invoca en este rubro la coautoría en las obras Memoria sobre Desfederalización en Materia de Estupefacientes períodos 2006 y 2007-, editadas por la Procuración General, trabajos por los cuales se reconoce un total de cero con cincuenta (0,50) puntos. No invoca ejercicio de docencia universitaria. En relación al punto c del artículo 14, acredita haber finalizado con la carga horaria prevista para la Carrera de Especialización en Derecho penal y Ciencias Penales de la USAL, restando la presentación del trabajo final, extremo éste por el cual se reconoce un total de dos (2) puntos. Puntaje Final: 15,83.-