El Rol del médico en la prevención de la tortura y del trato inhumano y degradante



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Transcripción:

El Rol del médico en la prevención de la tortura y del trato inhumano y degradante Ponencia presentada en el primer encuentro para la prevención de la tortura en Barcelona, del 3 y 4 febrero 2006 Gisela Perren Klingler. Psiquiatra, ex- miembro del ECPT, Suiza Respetar los Derechos Humanos, en el sentido de la igualdad (no discriminación) Empowerment o la participación, la universalidad ( indivisibilidad) y la responsabilidad (legalidad) es algo que esta vigente y que se practica, en general, en Europa. Lamentablemente en la práctica se sigue viendo algo distinto en algunos lugares; las interpretaciones nacionales de los deberes de las fuerzas del orden hacen que a menudo esto sea poco claro. Un particular grupo de la población en riesgo de padecer lesiones en sus derechos humanos son las personas privadas de su libertad, ya sea por las fuerzas del orden, porque están dentro de sistemas psiquiátricos, o en sistemas educativos u hogares de ancianos. Precisamente estas personas estan siempre corriendo el riesgo de ser maltratados o incluso torturados. La pregunta es, en qué estados de Europa esto sucede en forma sistemática y en cuáles con regularidad, en contextos conocidos o no sistemáticos y ocasionales. Estados que en el siglo 20 no han trabajado su pasado violento, corren aún más peligro hoy en día de ignorar los derechos humanos de determinados grupos. Como estados deben ocuparse de esta historia de violencia y sus consecuencias tanto en el nivel micro, medio y macro. Tortura y trato inhumano y degradante hacia las personas privadas de su libertad, son violaciones a los derechos humanos. Los fundamentos jurídicos están suficientemente definidos en documentos internacionales y España ha firmado y ratificado los acuerdos más importantes. La prevención de la tortura y del trato inhumano y degradante (1) es admitida en este marco de justicia como de suma importancia. Prevención es originalmente un concepto de la medicina y se deben distinguir distintos tipos de prevención. Prevención primaria: Ocuparse de que el maltrato no tenga lugar. Para esto se necesita realizar diversas actividades. - Legislación a nivel nacional e internacional, que prohíba los maltratos y la tortura - Regulación que sostenga a la ley con firmeza - Litigación, esto implica investigaciones jurídicas por cuerpos independientes y persecuciones de infracciones, o sea imposibilitar la impunidad. - Educación la intención de crear conciencia para evitar la tortura en la sociedad en todas sus formas Prevención secundaria : Una vez ocurrido el maltrato, mediante intervenciones inmediatas sobre las reacciones resultantes en las víctimas en el marco biopsicosocial, intenta evitar la cronificación de las mismas y la aparición de patologías Prevención terciaria : Es el tratamiento médico- psicológico de las consecuencias de la tortura, la rehabilitación, la reintegración de las víctimas en su ambiente biopsicosocial. 1. Tortura será definida aquí de la siguiente manera, de acuerdo a textos internacionales: Es en primer lugar un término jurídico: ejercicio innecesario de la violencia, a través de fuerzas estatales o para estatales, que en forma intencionada

aplican dolor a nivel físico o moral. En adelante hablaremos de tortura o maltrato en general, lo que implica todo tipo de formas de tortura y maltrato inhumano y degradante de personas que han perdido su libertad. Los tres tipos de prevención deben interrelacionarse multidisciplinariamente, para hacerse eficaces y proporcionar sus resultados. Las funciones básicas en este trabajo de prevención están relacionadas a las fuerzas del orden, juristas, y jueces, también a los médicos. Por este motivo es una de las garantías exigidas por el CPT que una persona, que ha sido detenida exija ser atendida por un médico en forma inmediata. En el documento del CPT se habla de un médico de elección propia. En la interpretación del texto se debe leer por debajo de un médico de elección propia que lo que se pretende es que sea independiente y digno de confianza. Para esto necesita tener junto a pesar que es un médico desconocido, conocimientos específicos de psicología, poder presentarse ante una persona en una situación extrema, y que esta persona detenida pueda considerarlo a él como un protector. Esto es importante porque cada detención es una situación extrema, aún cuando haya habido tratamiento adecuado de las fuerzas del orden y del juez, ya que durante la detención todo lo que es importante para una persona libre se pierde repentinamente con limitaciones masivas. Paralelamente a estas restricciones normales durante la reclusión la persona detenida está expuesta a determinados peligros relativos e innecesarios, desde el maltrato hasta el uso de la tortura. El abuso de superioridad, pero también técnicas de interrogación, intimidación, humillaciones y amenazas son formas clásicas relacionadas a la tortura, lamentablemente una tentación frecuente de las fuerzas del orden. Durante el tiempo que dura mas dias la incomunicación (leyes antiterroristas!), más peligroso se vuelve la situación para la persona retenida. La meta de la tortura se observa comúnmente en el empleo de la información. Sin embargo se supo luego de las torturas masivas en Latinoamérica durante las dictaduras militares, que esto sólo es correcto en parte. La mayoría de las veces corresponde también a otros múltiples conceptos: intimidación y/o humillación de toda una población completa o de un pueblo, previa intimidación, dentro de un proceso político donde una sola voz se impone fuerte, miedo, no poder expresarse con tranquilidad y sin leyes fidedignas, son a decir verdad más frecuentes los motivos reales para su uso y para tolerarlo y la impunidad de la tortura. Una sociedad democrática con un sistema ordenado que funciona tiene que detener y castigar cualquier utilizador de cualquier tipo de maltrato y tortura. La actividad de los médicos tiene en este marco una doble función preventiva: el médico que revisa y comprueba rápidamente, luego de los acontecimientos, signos y heridas físicas y lo relaciona con la detención, imposibilita que la tortura se oculte y es improbable que se construya o instale un muro de silencio. A través de esto puede entonces, por un lado, ser de ayuda en la litigación en donde él contará con pruebas documentadas y apropiadas para entregar en una investigación contra las fuerzas del orden, y por otro lado, puede posibilitar un tratamiento en el sentido de la prevención secundaria. Para que esta actividad sea eficiente, el médico necesita precondiciones minima de naturaleza personal e institucional. Independencia: El médico que aquí tiene la función de un experto, tiene que ser muy conciente de su neutralidad ( o ser bipartito) y debe poseer competencia y valor, y ejercerlo. Información: El médico debe estar bien informado sobre sus derechos y garantías profesionales, así como los derechos de sus clientes. Calificación profesional: El médico debe haber estudiado como se hace una pericia: el detenido necesita tener la posibilidad hacer declaraciones como se pasaron sus experiencias violentas; el médico tiene que inspectar y después describir los signos físicos y psuíquicos y si corresponden a la denuncia. Al final debe saber como describir y la denuncia y los signos y evaluar el todo si hay posibilidad de malos tratos.

Las declaraciones, los signos y el contexto deben luego ser interrelacionados en un dictamen final Procedimiento: Para los médicos deben existir además caminos para que las declaraciones hechas por los detenidos y los signos físicos y psíquicos detectados sean elevados a la autoridad correcta, aún cuando el cliente no quiera presentar una denuncia. Información: Uno de los fundamentales derechos de los médicos en nuestra cultura es que las personas pueden ser revisadas sin la presencia de un tercero. Este derecho esta en general establecido en relación al tratamiento con el médico ya que es una condición previa en la relación médico paciente / cliente. En la situación donde el médico no debe realizar un tratamiento, sino que tiene el papel de un experto, juega este derecho un no poco importante papel. Conseguir esto es también su deber, cuando las personas ( clientes, no pacientes) están especialmente vulnerables, como sucede durante la incomunicación. El CPT exige que en casos de detenidos peligrosos y sólo en caso de emergencia, que haya presente un observador en la misma habitación, que no escuche y sea visible. Esta presencia puede también estar solo bajo explícito pedido del médico, cuando él se sienta en peligro. El médico tiene el derecho de tomarse el tiempo que crea necesario para la entrevista con el paciente como para obtener su consentimiento informado y una anamnesis coherente, y lograr una revisación física y psíquica que permita dar el siguiente paso. Obtener un consentimiento informado de personas, que están en shock por la pérdida de libertad, es ya algo difícil. Más difícil es aún cuando alguien fue maltratado, abusado o torturado. Para una persona tan asustada y sufriente, necesita este paso su tiempo y mucho tacto psicológico. Esta es la hipótesis para el consentimiento informado del cliente, un derecho básico en nuestra cultura. Cuando la incomunicación dura hasta 5 días ( en España desde 2003 hasta 13 días) es importante realmente desde el punto de vista médico ético, dedicarle desde la primera entrevista todo el tiempo necesario a todos los intereses que están en juego, ya que el médico puede tener que tomar una responsabilidad durante 5 días ( o hasta 13). Esto no es de naturaleza terapéutica, sino que debe ser hecho en el sentido de la prevención primaria y secundaria. Ya que el uso de violencia hacia las personas durante la incomunicación, lamentablemente en países seguros también en Europa- aún se ve como una epidemia, allí tiene el médico un compromiso extra, el de proteger a su cliente para reducir esta epidemia, esto es hacer prevención primaria y secundaria. En casi todos los países de Europa hoy en día están los médicos comprometidos en la relación normal con los pacientes a hacer la denuncia cuando descubren signos de violencia familiar, y esto es independiente del consentimiento del paciente. Este derecho o este compromiso- lo tiene también según la mirada del CPT- el médico forense, que debe comprobar si hay signos físicos o psíquicos de maltrato. Así como cuando un niño maltratado por sus padres no está en condiciones de dar su consentimiento informado al médico para que comunique y haga denuncias judiciales sobre el origen de sus lesiones, de esa misma forma está también muy poco en condiciones de hacerlo alguien que ha sido torturado o maltratado durante su incomunicación. Esto luego infortunadamente puede incluirse en el interrogatorio y/o también en el proceso penal. El derecho de alguien que ha perdido su libertad se puede resumir en forma muy corta: el tiene derecho a la integridad física y psíquica aún cuando sea criminal o terrorista. La institución estatal que lo sostiene es responsable del bienestar y la integridad de los detenidos. En este sentido el médico es competente para proteger a las personas, que permanezcan incomunicadas, tanto tiempo como la incomunicación dure (este es un problema jurídico) La calificación profesional: Hay países en Europa donde las tareas médicas de los expertos la realizan médicos forenses formados, en otros países se espera que cada práctica médica sea calificada. Las dos formas tienen su pro y su contra. Lo que resulta importante para estos dos grupos es que se haya tomado una posición experta en la cual

se sea bien bipartito o neutral- esto significa una posición sin prejuicios para poder trabajar adecuadamente. Los Forenses deben saber y tener las técnicas comunicativas como tomar contacto con personas horrorizadas, trabajar sobre su consentimiento, antes de encaminar su anamnesis y revisación médica y psicológica. La descripción precisa de los signos físicos corresponde a la rutina de los forenses, pero a nivel psicológico deberán lentamente incluirlo en la rutina, al igual que poder construir la anamnesis y las conclusiones finales. Médicos practicantes ( o médicos en hospitales públicos) deben sencillamente poder tener contacto con las personas y elaborar un consentimiento informado, porque esto es parte de su rutina cotidiana. En cambio deben aprender como se hace la anamnesis de una experiencia violenta, sin ser sugestivo, como se describen correctamente signos físicos y psíquicos, para así luego ser una fuente fuerte de información para los jueces, y deben también aprender como se formulan las conclusiones finales tal que el juez los pueda considerar objetivos. Al mismo tiempo están lamentablemente tan poco informados sobre sus derechos y obligaciones, sobre las de las personas privadas de su libertad y sobre las de las fuerzas del orden! Los dos grupos de médicos deben aprender como se concluye una conversación sobre una experiencia violenta, que generalmente esta acompañada de muchas emociones (y así precisamente gana credibilidad), poder concluir así que el cliente, de alguna manera, esta nuevamente en condiciones de seguir siendo interrogado y puede continuar con la soledad de la incomunicación. El protocolo de Estambul puede servir como fundamento de este trabajo. No obstante es un documento elaborado y complicado, pero puede en sus rasgos fundamentales ser útil tomarlo en esta fase como modelo central, aún cuando allí las investigaciones exigidas no se realizan / necesitan. El CPT tiene elaborado un modelo sencillo para forenses españoles. El procedimiento: El médico encargado de establecer signos de maltrato tiene que tener la obligación y la posibilidad de comunicar esta información inmediatamente, sin poner en peligro a su cliente. También tiene que informar al respecto a su cliente y darle las garantías necesarias, como para que este maltrato no vuelva a suceder. Su denuncia debe imposibilitar la impunidad del delito (lo que es tortura) a través de representantes del estado con resultados inmediatos. Para que esto pueda suceder se necesita una voluntad política, que se cierre la puerta al uso del maltrato y de la tortura en las personas privadas de su libertad; esto es prevención primaria. Educación y concientización : Los médicos pueden /deben ayudar a esta toma de conciencia a nivel nacional, informando a la sociedad, cuales son los peligros para los detenidos durante el tiempo de la incomunicación y que tan vulnerables y desamparados están. Es importante que él haga esto no como un luchador solitario, sino en el marco de una organización profesional nacional. A nivel internacional es Amnesty International un importante aliado, así como los informes, recomendaciones y doctrinas del CPT y ONGs ciertas. Reflexiones finales : El trabajo conjunto de médicos, abogados, grupos defensores de los DDHH, y colegas hacen que el grito para prevenir la tortura sea más fuerte y eficiente. Se debe exigir la toma de conciencia de la responsabilidad de la sociedad toda /(accountability) su participación y la lucha por la universalidad e indivisibilidad de los Derechos Humanos y la búsqueda de la igualdad y la no discriminación de todas las personas. Sólo así puede luego el Estado, titular

del monopolio del poder, ser responsable plenamente al respecto, ya que sus agentes se comportarán en forma correcta y en caso de que esto no suceda, se investigará a través de una comisión independiente y de ser apropiadiamente castigado. Entonces estarán aplicadas las cuatro partes de la prevención que fueron citadas al principio: Legislación, educación, regulación, y castigo y la prevención secundaria sólo en algunos casos será necesaria. Los médicos tienen en esto una importante función que desempeñar: les corresponde a ellos como ciudadanos de una determinada sociedad, luchar por condiciones sensatas, y ocuparse de que no puedan entrar en una colusión con el sistema. Es de suponer que una sociedad completa imposibilita a sus médicos a que cometan una violación semejante a su juramento hipocrático. Por último queda para los estados encargados demonstrar y explicar, que esten rigurosos, en el sofocar el germen de la tortura y el maltrato a través de sus fuerzas del orden. Sólo así puede demostrar que los compromisos que se han firmado y los diferentes acuerdos nacionales e internacionales pueden prosperar, y ser realmente respetados. Para un estado europeo esto debería ser algo evidente, incluso (o especialmente) en tiempos de terrorismo internacional.