CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE TURISMO SOSTENIBLE MÁGINA, MÁGICA, ASÓMATE EN LA COMARCA DE SIERRA MÁGINA, AÑO 2010



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Transcripción:

CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE TURISMO SOSTENIBLE MÁGINA, MÁGICA, ASÓMATE EN LA COMARCA DE SIERRA MÁGINA, AÑO 2010 ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN La Iniciativa de Turismo Sostenible a través del Programa de Turismo Sostenible MÁGINA MÁGICA, ASÓMATE, posee el siguiente ámbito territorial: Albánchez de Mágina, Bélmez de la Moraleda, Bedmar-Garcíez, Cabra del Santo Cristo, Cambil- Arbuniel, Campillo de Arenas, Cárcheles, Huelma-Solera, la Guardia de Jaén, Larva, Jimena, Jódar, Mancha Real, Noalejo-Hoya del Salobral, Pegalajar-la Cerradura y Torres. OBJETIVOS PRIORITARIOS El Programa de Turismo Sostenible MÁGINA, MÁGICA: ASÓMATE se entiende por un conjunto integrado de medidas dirigidas a la consecución de los siguientes objetivos: a) Creación de producto turístico o mejora del existente b) Fortalecimiento de la competitividad del sector turístico local. c) Creación, mantenimiento y mejora del espacio turístico. d) Implantación de sistemas y herramientas de gestión medioambiental. 1 TIPOS DE AYUDAS Estas ayudas se concederán ajustándose a lo dispuesto en la Orden de 9 de Noviembre de 2006, por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo, la Orden de 9 de Noviembre de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Turismo, modificada por la Orden de 28 de junio de 2007, por la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la Orden de 22 de diciembre de 2008 y por la Orden de 12 de noviembre de 2009 y demás normativa reguladora de la concesión de subvenciones públicas. BENEFICIARIOS Podrán ser entidades beneficiarias de las actuaciones subvencionables las reguladas en la Orden de 9 de noviembre de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Turismo, las asociaciones que se constituyan en Promotores de Turismo Sostenible, así como las PYMES o municipios u organismos o sociedades de ellos dependientes, asociadas a las mismas. Tal y como establece la normativa reguladora, es condición necesaria que el solicitante sea socio de la Asociación para el Desarrollo Rural de la Comarca de

Sierra Mágina (ADR SIERRA MÁGINA), entidad promotora del Programa de Turismo Sostenible MÁGINA, MÁGICA: ASÓMATE. OBLIGACIONES Y REQUISITOS DE LOS BENEFICARIOS Los requisitos para ser beneficiarios y las obligaciones de los mismos vienen establecidas en los artículos 21 y 28 de la Orden de 9 de Noviembre de 2006 por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo. Entre otras condiciones están el que el proyecto no este iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda en la ADR SIERRA MÁGINA, y que se deberá ejecutar en alguno de los ámbitos territoriales que integran la Comarca Sierra Mágina y que se indican en el apartado de ámbito territorial de aplicación. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes correspondientes a la convocatoria de 2010, finaliza el día 31 de Marzo de 2010. El lugar de presentación será ADR SIERRA MÁGINA, Calle Posadas s.n. 23.120 Cambil. Para ampliar información dirigirse a ADR SIERRA MÁGINA, teléfono 953 300 400 o fax 953 300 177. GASTOS SUBVENCIONABLES Serán subvencionables los mismos gastos que para cada tipo de proyecto se determinan en la Orden de 9 de Noviembre de 2.006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Turismo, modificada por la Orden de 28 de junio de 2007, por la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la Orden de 22 de diciembre de 2008 y por la Orden de 12 de noviembre de 2009. 2 LÍMITE Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES La concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes del ejercicio correspondiente, pudiéndose adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual en las condiciones previstas en el artículo 39 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y norma de desarrollo. Las intensidades máximas de este tipo de subvenciones serán de un 60% para Entidades Locales y de un 40% para PYMES, del valor de la inversión en ambos casos. Los bienes que hayan sido objeto de subvención deberán mantenerse y dedicarse a los fines previstos en la solicitud y concesión, durante un período, como mínimo, de cinco años. PROYECTOS SUBVENCIONABLES a) Creación de producto turístico o mejora del existente: a.1. Creación de centros de interpretación de recursos turísticos. a.2. Escenificación de hechos históricos. a.3. Implantación de rutas turísticas.

a.4. Recuperación y puesta en valor turístico del patrimonio monumental. a.5. Puesta en valor de vías verdes. a.6. Recuperación y puesta en valor de recursos turísticos. a.7. Construcción y dotación de material de oficinas de información turística. a.8. Creación de nuevos productos. a.9. Creación, ampliación y mejora de establecimientos turísticos. a.10. Creación de oferta complementaria. a.11.creación de establecimientos con oferta de turismos específicos que respondan a motivaciones de una determinada demanda turística. b) Fortalecimiento de la competitividad del sector turístico local: b.1. Apoyo a los emprendedores del territorio que quieran orientar o expandir su actividad empresarial al sector turístico. b.2. Diseño y creación de oficinas virtuales de información y marketing turístico basadas en el uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente Internet. b.3. Difusión y sensibilización de las posibilidades tecnológicas entre las empresas y entidades del sector turístico que opera en el territorio. b.4 Incorporación de sistemas de procesos de tecnificación e innovación tecnológica en la gestión de la actividad turística y en la empresa. b.5. Incorporación de las TIC a la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística, privilegiando la relación directa entre el territorio y el producir del servicio turístico y el mercado turístico. b.6. Fomento de nuevas tendencias de marketing turístico. 3 c) Creación, mantenimiento y mejora del espacio turístico: c.1. Embellecimiento de los entornos y accesos a los recursos incluyendo eliminación de cableado, recuperación de elementos de la arquitectura tradicional, embellecimiento de vías en cascos históricos así como el soterramiento de contenedores de residuos. c.2. Establecimiento y mejora de los sistemas de señalización turística. c.3. Mejora de la accesibilidad. c.4. Creación y recuperación de miradores paisajísticos. c.5. Recuperación y tratamiento paisajístico. c.6. Rehabilitación o restauración, para su dedicación al uso turístico, de inmuebles con más de 50 años de antigüedad y con algún significado histórico o que refleje la tipología constructiva representativa del lugar, recuperando su entorno o memoria histórica. d) Implantación de sistemas y herramientas para la sostenibilidad medioambiental: d.1. Implantación de sistemas de gestión en las empresas o instalaciones turísticas conducentes a la obtención de certificaciones o distintivos en gestión medioambiental. d.2.implantación o adaptación de instalaciones dirigidas a la instalación de energías no contaminantes, sistemas de ahorro energético y de agua, sistemas de depuración o reciclado de residuos, de reducción de la contaminación acústica o lumínica y de seguridad o contra incendios

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS INTERESADOS EN LA SOLICITUD INICIAL 1) Solicitud oficial. Con los contenidos que indica el Anexo 1. 2) Declaración expresa responsable sobre concurrencia de ayudas, según modelo indicado en el Anexo 2. 3) Declaración expresa responsable sobre otros compromisos, según modelo indicado en el Anexo 3. 4) Memoria descriptiva del proyecto, firmada en todas sus páginas por técnico competente, con los contenidos del Anexo 4. 5) Facturas proforma o presupuestos justificativos de la inversión a realizar, desglosado por partidas, según los artículos 25, 28 y 35.2 de la orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, modificada por orden de 27 de noviembre de 2007, firmados por técnico competente. 6) Acreditación de la personalidad del solicitante: Si es persona física: D.N.I. del interesado. Si es persona jurídica: D.N.I. del representante legal C.I.F. de la entidad. Documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la solicitud: Poderes notariales, Certificados, etc. Escrituras o documento de constitución de la entidad, estatutos o actas fundacionales inscritas en el correspondiente Registro oficial 7) Certificado de cuenta bancaria, 8) Declaración responsable, según establece el Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior. 9) Documentación Económica Documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Balance de situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y declaración del Impuesto sobre sociedades, del último ejercicio, en caso de no ser empresarios autónomos. Declaración de la Renta del último ejercicio en caso de empresarios autónomos. 10) Documentación en caso de realización de Obra Civil: En aquellos casos en que el objeto subvencionable contemple la ejecución de obra civil, deberá aportarse anteproyecto básico, en el que se recoja el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa turística aplicable. 11) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributariasestatal y autonómica- y frente a la seguridad social o autorización de su consulta. En el caso de no estar inscrita en la Seguridad Social, además, declaración de no tener personal contratado a su cargo. 12) Informe de vida laboral del solicitante emitido por la Seguridad Social. 13) En caso de ser PYME u otra entidad que desarrolle actividades económicas, presupuesto de tesorería mensual. 4

14) En caso de ser entidad local, acuerdo del Pleno u órgano competente (acreditando esta competencia) acordando: aceptar el compromiso de financiación del presupuesto de los proyectos incluidos en el Plan de Acción que no resulte subvencionable; iniciar la inversión en el año en que se firme la Adenda, en caso de no estar ya iniciada, sin que al tiempo de terminar el plazo de presentación de solicitudes aquélla pueda encontrarse finalizada. 15) En caso de ser PYME u otra entidad que desarrolle actividades económicas, certificado que acredite acogerse a los beneficios de la orden y compromiso de cofinanciación del importe del proyecto incluido en el Plan de Acción que no resulte subvencionable. 16) Detalle del procedimiento y autorizaciones necesarias para iniciar la actuación y, en su caso, si se cuenta con las mismas. 17) Cuando se trate de proyectos que a su finalización requieran, para su puesta en funcionamiento de un sistema de gestión y explotación, se detallará cuál será éste, su viabilidad económica y el compromiso del beneficiario de asumir los gastos que conlleve su explotación. 18) Acreditación de la titularidad, o disponibilidad por un periodo mínimo de cinco años, del bien sobre el que se actúa con el proyecto. 19) Dossier fotográfico explicativo del bien y/o la zona donde se pretenda actuar. 20) En el supuesto de proyectos asociados a oficinas de información turística, se deberá recoger el compromiso de incorporación a la Red de Oficinas de Turismo de Andalucía cuando se trate de nuevas oficinas, o acreditar dicha incorporación en el caso de oficinas ya existentes. 21) En caso de ser PYME u otra entidad que desarrolle actividades económicas y cuando se trate de socios mancomunados, toda la documentación que se presente deberá estar firmada por todos los socios. 22) Cuando se trate de establecimientos de alojamiento en suelo no urbanizable, proyecto de actuación aprobado por el Ayuntamiento y copia del informe favorable de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio emitido en el procedimiento. 23) Presupuesto de inversión, desglosado por partidas consideradas como gastos subvencionables, según los artículos 25, 28 y 35.2 de la orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, modificada por orden de 27 de noviembre de 2007. 5 Con posterioridad y si el proyecto resulta apoyado por el PTS MÁGINA, MÁGICA: ASÓMATE, deberá aportar además: 1) Licencias de obra exigibles por la legislación vigente para la actividad de que se trate. 2) Licencia de actividad, informes ambientales procedentes, inscripciones en registros, y cualquier otro permiso o requisito que sea exigible por las Administraciones Públicas para la actividad. 3) Facturas y justificantes de pago, de los gastos e inversiones acometidas en el proyecto. 4) Otra que se estime necesaria en cada caso.

PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN El procedimiento de concesión y justificación junto con la documentación necesaria para el cobro de la ayuda viene establecido en el CAPITULO IV de la Orden de 9 de Noviembre de 2.006 por la que se articula la Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía y se instrumentan medidas para su desarrollo, la Orden de 9 de Noviembre de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Turismo, modificada por la Orden de 28 de junio de 2007, por la Orden de 27 de noviembre de 2007, por la Orden de 22 de diciembre de 2008, por la Orden de 12 de noviembre de 2009 y demás normativa reguladora de la concesión de subvenciones públicas.. DIFUSIÓN Esta convocatoria se publicará mediante su exposición en los tablones de anuncios de las dependencias de la ADR SIERRA MÁGINA, en el sitio web www.magina.org, en los Ayuntamientos de la Comarca, Entidades Colaboradoras y en medios de comunicación comarcales y provinciales de mayor implantación. Cambil, 7 de enero de 2010. 6